SENADO DE LA REPÚBLICA LXII LEGISLATURA Los suscritos Senadores LILIA GUADALUPE MERODIO REZA, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y CARLOS ALBERTO PUENTE SALAS, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de conformidad con los artíulos 8, numeral 1, fracción I y 164 del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideraciódel Pleno, la siguiente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, EN MATERIA DE DEDUCIBILIDAD CON RELACIモN A LA PROMOCIモN DEPORTIVA con base en la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Conforme a la legislación vigente en la materia, no todas las personas con fines no lucrativos están autorizadas para recibir donativos deducibles de impuesto; en particular, la promoción del deporte, actividad establecida en la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil como objeto de fomento que no se encuentra prevista en la Ley del Impuesto sobre la Renta. Se señala a la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil, ya que la misma contempla a la promoción del deporte como objeto de fomento por su importancia para el desarrollo nacional. Todo ello derivado de conformidad con la Ley General de Cultura Física y Deporte misma que establece en su Artículo 2 que:
Esta Ley y su Reglamento tienen por objeto establecer las bases generales de coordinación y colaboración entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, así como de la concertación para la participación de los sectores social y privado en materia de Cultura Física y Deporte, teniendo las siguientes finalidades generales: I. Fomentar el óptimo, equitativo y ordenado desarrollo de la cultura física y el deporte en todas sus manifestaciones y expresiones; II. Elevar, por medio de la cultura física y el deporte, el nivel de vida social y cultural de los habitantes en las Entidades Federativas, Distrito Federal y Municipios; III. Fomentar la creación, conservación, mejoramiento, protección, difusión, promoción, investigación y aprovechamiento de los recursos humanos, materiales y financieros destinados a la cultura física y el deporte; IV. Fomentar el desarrollo de la cultura física y el deporte, como medio importante en la preservación de la salud y prevención de enfermedades; V. Fomentar el desarrollo de la cultura física y el deporte, como medio importante en la prevención del delito; VI. Incentivar la inversión social y privada para el desarrollo de la cultura física y el deporte, como complemento de la actuación pública; VII. Promover las medidas necesarias para erradicar la violencia y reducir los riegos en la práctica de actividades físicas, recreativas o deportivas que pudieran derivarse del doping, así como de otros métodos no reglamentarios; VIII. Fomentar, ordenar y regular a las Asociaciones y Sociedades Deportivas, Deportivo-Recreativas, del deporte en la Rehabilitación y de Cultura Física-Deportiva; IX. Promover en la práctica de actividades físicas, recreativas y deportivas el aprovechamiento, protección y conservación adecuada del medio ambiente; X. Garantizar a todas las personas sin distinción de género, edad, capacidades diferentes, condición social, religión, opiniones, preferencias o estado civil la igualdad de oportunidades dentro de los programas de desarrollo que en materia de cultura física y deporte se implementen, y XI. Los deportistas con algún tipo de discapacidad no serán objeto de discriminación alguna, siempre que las actividades a realizar no pongan en peligro su integridad.
Aunado a lo anterior, debemos destacar que, el 12 de octubre de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación las reformas a los artículos 4° y 73 en su fracción XXIX-J de la Constitución en materia de Cultura Física y Deporte, en la cual se establece que:
“Toda persona tiene derecho a la cultura física y a la práctica del deporte. Corresponde al Estado su promoción, fomento y estímulo conforme a las leyes en la materia”.
Este nuevo derecho consagrado en nuestra Constitución, debe aplicarse a partir de la participación también de los sectores social y privado en colaboración a esta nueva responsabilidad del Estado, atendiendo tanto al mandato constitucional como a la concertación de la participación de ambos sectores en materia de Cultura Física y Deporte, que le impone la Ley General de Cultura Física y Deporte a la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE). En el caso de la deducibilidad a la promoción del deporte, encontramos que la Ley General de Cultura Física y Deporte otorga a la CONADE la responsabilidad de ser el gestor de estímulos fiscales para las aportaciones de los sectores social y privado, conforme lo dispone el artículo 29 fracciones IX y XX de dicho ordenamiento:
Artículo 29. La CONADE tiene las siguientes atribuciones: IX. Promover y fomentar ante las instancias correspondientes en el ámbito federal, el otorgamiento de estímulos fiscales a los sectores social y privado derivado de las acciones que estos sectores desarrollen a favor de la cultura física y el deporte; XX. Promover e incrementar con las previsiones presupuestales existentes, los fondos y fideicomisos ya sean públicos o privados, que en materia de cultura física y deporte se constituyan con el objeto de organizar la participación de los sectores social y privado, a efecto de contribuir al desarrollo deportivo del País;
En concordancia con esta última fracción del artículo 29 de Ley General de Cultura Física y Deporte. Cabe señalar que la CONADE cuenta con dos fideicomisos públicos, que conforme a la normatividad y facultades, hoy ya no son susceptibles de recibir donativos. Estos fideicomisos Fondo Nacional para el Deporte (FONADE) y el Fondo para el Deporte de Alto Rendimiento (FODEPAR), ambos creados con el propósito de incrementar los apoyos que se otorgan al deporte, son además fundamentales para la formulación de normas y programas, así como ejecutar acciones para promover a la educación física, el deporte para todos, el deporte estudiantil, el selectivo y el de alto rendimiento. Debemos destacar, que aún cuando la ley le otorga atribuciones a la CONADE para la creación de Fideicomisos públicos o privados, ésta no ha dado cumplimiento a la reforma planteada en 2005 para el reconocimiento a los medallistas olímpicos a que se refiere la ley en el artículo 99 que a letra dice:
Corresponde a la CONADE y a los organismos de los sectores públicos otorgar y promover en el ámbito de sus respectivas competencias, ayudas, subvenciones y reconocimientos a los deportistas, técnicos y organismos de cultura física y deporte ajustándose a lo dispuesto en la presente Ley, su Reglamento y en su caso, en la convocatoria correspondiente. La CONADE promoverá y gestionará la constitución de fideicomisos destinados al otorgamiento de un reconocimiento económico vitalicio, a los deportistas que en representación oficial obtengan o hayan obtenido una o más medallas en Juegos Olímpicos o Paralímpicos. La CONADE, regirá los criterios y bases para el otorgamiento y monto de la beca a que se harán acreedores los beneficiados por los fideicomisos creados para reconocimiento a medallistas olímpicos y paralímpicos.
La presente propuesta aquí planteada  busca establecer las condiciones para que, efectivamente, se incentive a la Cultura Física y el Deporte como actividad considerada como objeto de fomento dada su importancia para el desarrollo del país. Pretende incentivar además la participación de los sectores social y privado, a través de que sean éstos susceptibles de recibir donativos deducibles, para lo cual deberán cumplir con los requisitos que establece la legislación aplicable en la materia, para con ello contribuir a salvaguardar los recursos del Estado y fortalecer los mecanismos de transparencia y rendición de cuentas de las Organizaciones de la Sociedad Civil. Basta revisar el brutal incremento al Presupuesto Federal destinado al Deporte, durante la administración que está por concluir, para dar por sentado, que no se observa la debida importancia que tienen los recursos privados para el desarrollo del deporte del país. Aunado a las bondades que trae consigo la práctica de la actividad deportiva en especial para el combate al sedentarismo, obesidad y la canalización adecuada del ocio; cuya responsabilidad recae también de manera social en el sector privado. La obtención de recursos a través de la deducción de donativos recibidos debe servir para impulsar todas aquellas acciones de apoyo y fomento del deporte, en apego a la normatividad aplicable y bajo la promoción y supervisión de la CONADE para transparentar y eficientar la aplicación de los recursos en beneficio del deporte nacional. El objeto de esta iniciativa, no sólo tiene que ver con la captación de mayores recursos privados para la actividad deportiva, busca además con ello dar cumplimiento al objeto de la Ley General de Cultura Física y Deporte en aras de cumplir con las finalidades enmarcadas en el artículo 2, sino contribuir con la CONADE como rector de la política nacional en la materia, a desarrollar todo lo concerniente a la actividad deportiva en apego a las disposiciones constitucionales del derecho a la cultura física y la práctica del deporte. Sin duda alguna ésta es la primera respuesta para que se pueda dar cabal cumplimiento al nuevo mandato constitucional en el tema. Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de esta soberanía, la siguiente: Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en materia de deducibilidad con relaci a la promoci deportiva. Art兤ulo レnico.- Se reforman la fracci VI y la fracci XVI del art兤ulo 95 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue: Articulo 95.  I. ・a V. ・ VI. Instituciones de asistencia o de beneficencia, autorizadas por las leyes de la materia, así como las sociedades o asociaciones civiles, organizadas sin fines de lucro y autorizadas para recibir donativos en los términos de esta Ley, que tengan como beneficiarios a personas, sectores, y regiones de escasos recursos; que realicen actividades encaminadas al desarrollo y promoción del deporte;  que realicen actividades para lograr mejores condiciones de subsistencia y desarrollo a las comunidades indígenas y a los grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad, dedicadas a las siguientes actividades: a) … a h) … i)     La promoción del deporte. VII. … a XV. … XVI. Asociaciones o sociedades civiles organizadas con fines políticos o religiosos. XVII. … a XX. …

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación Dado en el Senado de la República del día veinte del mes de noviembre del año dos mil doce.

SENADOR CARLOS ALBERTO PUENTE SALAS

SENADORA LILIA GUADALUPE MERODIO REZA

Las libertades de expresión y asociación son derechos esenciales que constituyen a una sociedad democrática. Son el resultado de una lucha histórica por la consolidación de una nación basada en los principios de representatividad, federalismo y democracia.

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 13 de noviembre  de 2012.

  H. ASAMBLEA:   LOS DIPUTADOS ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, EN LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL VI LEGISLATURA, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 Base Primera, fracción V, inciso j) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 fracciones XIV y 46 la fracción I, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y; 85 fracción I, 86 y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CREA LA LEY QUE REGULA LAS MANIFESTACIONES Y MARCHAS EN VÍA PÚBLICA EN EL DISTRITO FEDERAL, de conformidad con la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las libertades de expresión  y asociación son derechos esenciales que constituyen a una sociedad democrática. Son el resultado de una lucha histórica por la consolidación de una nación basada en los principios de representatividad, federalismo y democracia. Mucho tuvieron que sufrir nuestros antepasados para lograr el estado de equidad en el que nos encontramos, alejarnos de la barbarie donde las ideas eran reprimidas al filo del sable. Pero hoy en día, vemos como estas expresiones sociales son abusadas por grupos políticos en contra del resto de la ciudadanía, al convertir este derecho en un modus operandi. La manifestación se ha convertido en un medio de presión político destructivo, utilizan por líderes de grupos como un modo de negocio con las autoridades, afectando al resto de la población en lo económico, psicológico y social. De acuerdo con el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, la palabra manifestación, deriva del término latino “manifestatio” y se define como la reunión pública, generalmente al aire libre, en la cual los asistentes reclaman algo o expresan su protesta por algo. Las manifestaciones, las marchas y los plantones ejercen tres de los derechos fundamentales consagrados en los artículos 13, 19 y 20 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, garantizados en nuestra Carta Magna como las libertades de expresión, de tránsito y de libre asociación. En los artículos 6º, 9º y 11º de nuestra Constitución se consagran estas libertades del hombre, fruto de la lucha histórica social para permitir la externalización de las ideas y opiniones; la libertad de movernos sin ninguna restricción en toda nuestra gran nación; y de asociarnos públicamente con quien queramos. Nuestra Ley Fundamental otorga estas libertades, pero también se establecen las restricciones para mantener un orden o paz pública. Dentro de estas, en el caso del artículo 6º Constitucional se restringe la libertad de expresión cuando se atenta contra la moral, los derechos de terceros, provocan algún delito o perturben al orden público. Para el artículo 9º Constitucional que otorga la libertad de asociación, se restringe la participación de extranjeros en actividades de petición política, además que en ninguna reunión armada se tendrá derecho para deliberar. Es importante mencionar que en dicho artículo, al referirse a las reuniones o asambleas que buscan hacer una petición o protesta con objeto lícito en respuesta a los actos de autoridad, estas podrán ser disueltas cuando se profieran injurias contra la autoridad, se ejerza violencia o se amenace a los titulares de los cargos públicos para intimidarla u obligarla a actuar en determinado sentido. Estas restricciones no sólo se encuentran contempladas en nuestro marco regulatorio, sino también están identificadas como necesarias para consolidar una sociedad democrática y es así como se manifestó en los artículos 13, 15, 16 y 22 de la Convención Americana de Derechos Humano. Por lo tanto podemos, entender que el derecho de la libertad de expresión constituye la piedra angular para la vigencia de una sociedad tolerante, plural, participativa y democrática. Sin embargo debemos entender que el espíritu del legislador al formular estas acotaciones, no tiene una naturaleza represiva, sino que por el contrario busca encauzar esta expresión y asociación libres respondiendo a la necesidad de salvaguardar los derechos e intereses particulares y colectivos de una sociedad. No es un acto que provenga de una autoridad represora que inhiba las libertades humanas, solo busca la tranquilidad y paz social entre los iguales. En el Distrito Federal, por ser la sede de los Poderes de la Unión, además de la capital financiera del país, se concentra una gran aglomeración de personas que en ella habitamos, aunado a su inmensa población flotante. Tan sólo en la capital del país somos poco menos de 9 millones de habitantes, considerando el último censo de población del INEGI 2010 (8,851,080 habitantes), sin contar los millones de habitantes que viven en la zona metropolitana compartida con los municipios colindantes del Estado de México. La convivencia entre los habitantes del DF es difícil, y se refleja en los traslados de un punto a otro, donde pueden convertirse en tiempos perdidos. Estudios del Instituto Mexicano de la Competitividad AC, revelaron que del 2007 a la fecha se ha tenido un aumento en el tiempo de traslado dentro de la Ciudad, pasando de 53 minutos a 1 hora con 21 minutos promedio. Aunado a esto, tenemos diferentes movimientos sociales que demandan atención y respuesta de las autoridades y que entorpecen aún más la circulación en el Distrito Federal, sin considerar los millones de personas que se suman a la población flotante por diferentes motivos y congestionan las vialidades de nuestra Ciudad. Esto no es nuevo en México, las manifestaciones se encuentran ya reguladas en nuestro ordenamiento local. La Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal define a las manifestaciones como “la concentración humana generalmente al aire libre, incluyendo en ésta las marchas y plantones”. En dicha Ley también se define a las marchas como “cualquier desplazamiento organizado, de un conjunto de individuos por la vialidad hacia un lugar determinado” y en lo que respecta a los plantones la citada Ley los define como “la congregación y permanencia temporal en un lugar público determinado por un grupo de individuos”. Este instrumento normativo regula las manifestaciones públicas en la vialidad, y se reconoce el derecho de toda persona que habita en el Distrito Federal a utilizar la vía pública, y las autoridades no podrán limitar el tránsito de peatones o vehículos, salvo que se realicen desfiles, caravanas, peregrinajes y manifestaciones las cuales tengan como objeto ser una concentración de personas con cualquier fin lícito. En estos casos se deberá avisar a la Secretaría de Seguridad Pública por lo menos con 48 horas de anticipación a su realización para que la misma autoridad pueda informar al resto de la ciudadanía sobre las afectaciones en el tránsito de la Ciudad, además de tomar las medidas necesarias para evitar el bloqueo de vías primarias de circulación continua. Otra restricción es el utilizar las vías primarias de circulación continua, salvo que sea el único medio para llegar al punto de concentración y solamente sea con el fin de cruzar de un punto a otro. Hoy en día la Ley esta rebasada por nuestra realidad y vemos día a día como organizaciones y ciudadanía en general toman las calles de la ciudad para manifestar su voluntad, sea con fines lícitos o contrarios a las leyes e instituciones. Sin ninguna aviso, organizaciones secuestran la Ciudad y la policía tiene que actuar de manera inmediata ante reclamos que se realizan con autoridades, que no tienen la competencia ni la facultad de resolver sus necesidades. Nosotros somos testigos como legisladores de este escenario, ya que cada sesión nuestro recinto es invadido por grupos de ciudadanos demandando respuestas que muchas veces no corresponden a las facultades de la Asamblea Legislativa. Todo lo anterior revela la necesidad de generar un instrumento legislativo que encause la libre expresión y asociación ciudadana por un camino que permita desarrollar su correcta expresión ante las instancias competentes y respetando en todo momento la paz y orden público, la propiedad y la integridad de los habitantes del Distrito Federal, ofreciendo alternativas adecuadas que permitan aprovechar no solo el espacio público sino también los tiempos de radio y televisión destinados para el Gobierno del Distrito Federal. México cumpliendo con su carácter como nación eminentemente democrática, plural e incluyente, debe contar con herramientas que permitan el pleno desarrollo de sus habitantes sin reprimir la legítima voluntad de sus ciudadanos. En este sentido, conocer el panorama internacional permite entender con mayor precisión los criterios ideales para legislar en materia de manifestación ciudadana a la par de las naciones insignia en la democracia internacional. Países como Francia, Reino Unido, Alemania y los Estados Unidos, comparten el mismo procedimiento administrativo para ordenar las marchas y manifestaciones el cual consiste en el aviso previo por escrito a las autoridades policiacas informando quien será el responsable, la cantidad de manifestantes esperados, la utilización de equipos de sonido, los tiempos de duración, la ruta o lugar público donde se generará la afectación y los motivos del reclamo. Todo esto con el fin de garantizar el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de asociación, tránsito y expresión, además de salvaguardar el orden y la paz pública. Las autoridades en los mencionados países podrán negar el permiso de manifestación cuando exista la presunción de desorden y riesgo social. Al efecto, el presente ordenamiento busca dotar a la autoridad local de elementos necesarios para dar cause expedito y preciso a este derecho que tiene la ciudadanía, sin por ello afectar la vida social, obstaculizando el desarrollo de las actividades económicas, políticas y sociales de la urbe. En los mencionados países, cuando los manifestantes muestran la mínima sospecha de que dicho acto desatará un desorden público con violencia social tanto a las personas como a los bienes muebles e inmuebles del dominio público o privado, estas serán razón suficiente para detener y evitar dicho acto. Por ejemplo, las protestas musulmanas en toda Europa por la caricaturización de su profeta Mahoma, que se realizaron el año pasado en diferentes países de la Comunidad Europea, fueron restringidas y reprimidas por el temor fundado de un desate de violencia en contra del resto de la ciudadanía. Existen otros escenarios en los que los instrumentos normativos si fungen con un carácter restrictivo que violentan los derechos de los grupos sociales afectados, cuya expresión se busca inhibir. Tal es el caso de Alemania, Estados Unidos y Reino Unido, donde restringen aún más los actos de aglomeración en determinados lugares públicos con un valor histórico, cultural y de notable importancia para la nación. Esto responde a la necesidad de salvaguardar el patrimonio cultural de los centros históricos, además de sostener la paz pública en zonas de gran importancia económica y financiera. En los Estados Unidos se establecen lugares específicos denominados “Foros Públicos”, consistentes en plazas, calles, parques y banquetas donde la ciudadanía puede expresarse sin afectar al resto de la población. Del mismo modo, las leyes Norteamericanas contemplan estos “Foros Públicos Limitados”, en donde, si bien se permite la libertad de expresión, la autoridad está facultada para delimitar por razones de tiempos, temas, horarios y fechas, a todo tipo de aglomeración. Además los manifestantes deberán pagar un derecho a las oficinas del tesoro local para poder realizar dichos actos, que van de los $ 25 a $ 45 dólares según el equipo de sonido que se pretendan montar o la cantidad de personas citadas a dicho evento. En el caso del Reino Unido también se prohíben y tipifican las manifestaciones en lugares de notable importancia como el Parlamento Inglés, la Avenida de Whithall, la Calle de Downing, la Catedral de Westminister, Casa del Ayuntamiento de Middlesex recinto sede de la Suprema Corta de Inglaterra, las oficinas centrales del Departamento de Policía de Scotland Yard, la Oficina del Ministerio del Interior, el Palacio de Gobierno de la Ciudad de Londres,  el Hospital de St. Thomas y el Jardín del Jubileo o mejor conocido como el Jubilee Garden. Todos estos sitios son restringidos por la preminencia que implica salvaguardar la paz pública y la promoción turística. Estos lugares son de mucha importancia porque en ellos se crean e interpretan las leyes, se congregan oficinas de gobierno tales como del Tesoro y Administración Estatal. Los ingleses también destinan espacios públicos especiales para la expresión de ideas y manifestaciones para no alterar el orden público. Este lugar es la Plaza de Trafalgar en la Capital Inglesa. Naciones como Francia, Reino Unido y Rusia, tipifican las conductas de desorden público en actos de manifestación e imponen penas privativas de la libertad y sanciones pecuniarias. Por ejemplo, en Francia se sanciona de 6 meses a un año de prisión y se establecen multas de 7,500 a 15 mil euros cuando los manifestantes alteran el orden público o su acto es contrario a lo registrado ante la autoridad. En Reino Unido se sanciona con cárcel de tres meses a un año a quien altere el orden público en cualquier manifestación, mientras que en Rusia, además de castigar con cárcel de uno a tres años a quien se manifieste sin avisar a la autoridad y genere desorden público, se imponen penas trascendentales de 5,000 a un millón y medio de Rublos. Considerando la paridad del Dólar, Euro y los Rublos Rusos en el cambiante mercado de divisas, estamos hablando de penas arriba de los 100 mil, 200 mil y 600 mil pesos. Las diferentes cámaras empresariales, tales como la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo en Pequeño del DF (CANACOPE) y la Cámara Nacional de Industriales Ecologistas de México (CONIECO), han hecho estimaciones sobre las manifestaciones y determinaron que las marchas o plantones dentro de la Ciudad provocan pérdidas por 10 millones de pesos al comercio establecido. La Cámara de Comercio, Servicios y Turismo de la Ciudad de México (CANACO DF), ha hecho declaraciones respecto a estudios realizados en donde se estipula que en las manifestaciones que duran menos de cuatro horas, éstas generan un impacto económico negativo a la Ciudad por 319 millones de pesos, las manifestaciones que duran cinco horas, su impacto económico ascienden a los 574 millones de pesos y las que duran ocho horas, registran pérdidas en el sector por 957 millones de pesos. Lo alarmante de esta situación es que según datos de la Secretaría de Seguridad Pública del DF, durante el 2011 se realizaron 45,513 interrupciones al tráfico, de las cuales 3,031 correspondieron a bloqueos realizados por manifestaciones, marchas y plantones. Otro dato importante de la misma Secretaría de Seguridad Pública del DF es que en el primer semestre de este año ya se han realizado 25,570 bloqueos a la vialidad, de los cuales 1,427 correspondieron a marchas, manifestaciones y plantones. Vemos un aumento del 11% en los bloqueos a la circulación del DF. Lo que vivimos el pasado sábado primero de diciembre en la toma de protesta de nuestro Presidente, es un ejemplo de la necesidad inminente e impostergable de regular todo tipo de manifestación o protestas y así velar por la oportuna ejecución de las normas. La CANACO DF precisó que las pérdidas del sector turístico y servicios, causadas por las manifestaciones del pasado primero de diciembre fueron por 950 millones de pesos, además, los daños causados a los inmuebles comerciales suman alrededor de 28 millones de pesos. Los 9,970 negocios ubicados alrededor de nuestro Recinto Legislativo, registraron pérdidas de 149 millones de pesos por falta de ventas. Por lo tanto podemos concluir que la pérdida total por las revueltas del pasado primero de diciembre ascendió a los 1,127 millones de pesos. El centro de la Capital, no sólo es de notable importancia por concentrar las oficinas de gobierno que dirigen esta Ciudad, sino también es el punto del nacimiento histórico y cultural. En el Partido Verde vemos la necesidad de salvaguardar los derechos de cada individuo, sin coartar ninguna libertad ni afectar los derechos de terceros. La presente iniciativa busca armonizar estas libertades de expresión y asociación, garantizando el orden público mediante los siguientes actos: potencializar los derechos de audiencia a través de los medios de comunicación; disminuir los índices de contaminación atmosférica; y fortalecer el sector económico y turístico de la capital evitando la utilización de avenidas y lugares de notable importancia nacional. Por todo lo antes expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículo 122 apartado C, Base Primera, fracción V, inciso J, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 42 fracción XV del Estatuto de Gobierno, así como el artículo 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I, 86 y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a consideración del Pleno, la siguiente:               INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CREA LA LEY QUE REGULA LAS MANIFESTACIONES Y MARCHAS EN VÍA PÚBLICA EN EL DISTRITO FEDERAL, para quedar como sigue:  

CAPÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

  Artículo 1.   La presente Ley es de orden público e interés general y tiene por objeto proteger, armonizar y establecer las bases para el ejercicio de los derechos de libertad de expresión,  de asociación y de tránsito reconocidos en los artículos 6º, 9º y 11º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,  salvaguardando el pleno respeto de los derechos de terceros, los  bienes del dominio público, la protección del medio ambiente, el orden público de la Ciudad y el pleno goce de las libertades de sus habitantes.   Artículo 2.   Para los efectos de esta Ley se entenderá por:   I.         Bloqueo: Obstrucción o cierre total de la vía pública; II.        Contraloría: Contraloría Interna del Distrito Federal III.      Dirección General  de Control y Gestión: La Dirección General de Control y Gestión de Manifestaciones  y Marchas en Vía Pública en el Distrito Federal; IV.       Jefes Delegacionales: Titulares de los órganos político administrativos del Distrito Federal; V.        Líderes o Representantes: Personas físicas y morales que tengan acreditado tal carácter ante sus respectivas organizaciones; VI.       Ley: Ley que Regula la Manifestaciones y Marchas en Vía Pública en el Distrito Federal; VII.     Manifestación: Concurrencia pública concertada y temporal de cualquier naturaleza que realizan varios individuos con una finalidad de realizar una protesta. VIII.    Manifestaciones ilícitas: Aquellas concurrencias que no fueron registradas ante la Dirección General de Control y Gestión y en las que se afectan los derechos de terceros, el medio ambiente, perturban el orden público y/o cometen algún delito o afecten  los bienes del dominio público con la finalidad de realizar una protesta; IX.       Marcha: Cualquier desplazamiento organizado por un conjunto de individuos a través de la vía pública hacia un determinado lugar con el fin de realizar una manifestación; X.        Órganos de la Administración Pública: El conjunto de órganos que componen la Administración Centralizada, desconcentrada y paraestatal; XI.       Plantón: Grupo de individuos que se congregan y permanecen un determinado tiempo en un bien de dominio público con el fin de realizar una manifestación; XII.     Secretaría de Gobierno: La Secretaría de Gobierno del Distrito Federal; XIII.    Secretaría de Protección Civil.- La Secretaría de Protección Civil del Distrito Federal; XIV.    Secretaría de Seguridad Pública: La Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; XV.      Secretaría de Transporte y Vialidad: La Secretaría de Transporte y Vialidad del Distrito Federal; XVI.    Vía Pública: Conjunto de elementos cuya función es permitir el tránsito de vehículos, ciclistas y peatones, así como facilitar la comunicación entre las diferentes áreas o zonas de actividad. XVII. Vialidad: Conjunto integrado de vías de uso común que conforman la traza urbana de la Ciudad, cuya función es facilitar el tránsito eficiente y seguro de personas y vehículos; XVIII. Vías primarias: Espacio físico cuya función es facilitar el flujo del tránsito vehicular continuo o controlado por semáforos, entre distintas zonas de la Ciudad, con la posibilidad de reserva para carriles confinados a la operación de vehículos de emergencia; y XVIII. Vías secundarias.- Espacio físico cuya función es facultar el flujo del tránsito vehicular no continuo generalmente controlado por semáforos entre distintas zonas de la Ciudad;   Artículo 3.   La aplicación de la presente Ley corresponde al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a través de la Secretaría de Gobierno, la que deberá coordinarse con las Secretarías de Seguridad Pública, Transporte y Vialidad, Protección Civil y con los Jefes Delegacionales para garantizar y vigilar que el ejercicio de los derechos de libertad de expresión, de asociación y de tránsito se efectúen con apego a esta Ley.   Artículo 4.   Queda prohibido que en cualquier manifestación, marcha o plantón, sus integrantes expresen injurias, insultos, amenazas, o empleen violencia contra las personas, incurriendo en las conductas tipificadas en los ordenamientos penales vigentes.  

CAPITULO SEGUNDO

DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MANIFESTANTES

  Artículo 5. Son derechos de los manifestantes:   a) Utilizar las vías y espacios públicos conforme a su naturaleza y destino; b) Ejercer sus derechos sin perturbar el orden y la tranquilidad públicos, ni afectar la continuidad del desarrollo normal de las actividades de los habitantes; c) Tendrán derecho a asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; y b) Ser escuchados por autoridad competente cuando las peticiones sean debidamente fundadas y motivadas, con base al marco jurídico correspondiente en el Distrito Federal y se hayan cumplido con las disposiciones establecidas en la presente Ley. c) Recibir del Gobierno del Distrito Federal los servicios de paramédicos, agua potable, baños móviles y recolección de basura.   Artículo 6. Son obligaciones de los manifestantes:   a) Informar a la Dirección General de Control y Gestión de Manifestaciones  y Marchas en Vía Pública en el Distrito Federal sobre la realización de manifestaciones, marchas o plantones; b) Respetar los lineamientos del Reglamento de Tránsito relativos a la circulación de las calles y avenidas y semáforos en la realización de manifestaciones, marchas o plantones; c) Adoptar las medidas de seguridad y orden a efecto de que las manifestaciones, marchas o plantones garanticen su buen desarrollo y respeto a los derechos de terceros; d) Disolver la manifestación, marcha o plantón cuando se afecten los  bienes de dominio público; e) Cumplir con las disposiciones correspondientes en materia de Protección Civil, f) Abstenerse de realizar toda manifestación, marcha o plantón en las locaciones consideradas como patrimonio cultural, histórico y artístico; g) No ocultar su identidad durante la realización del evento, con cualquier elemento que impida su identificación plena; y h) Cumplir  con lo establecido en la presente  Ley.  

CAPITULO TERCERO

DE LAS AUTORIDADES EN MATERIA DE MANIFESTACIONES Y MARCHAS EN LA VIA PÚBLICA

  Artículo 7.- Corresponde a la Secretaría de Gobierno:   I. Garantizar y vigilar que el ejercicio de los derechos de libertad de expresión, de asociación y de tránsito se efectúen con apego a esta Ley;   II. Coordinarse con las secretarías a que se refiere el Artículo 3º para garantizar la celebración de marchas y manifestaciones de forma pacífica, segura y salvaguardando los derechos a la libertad de expresión, asociación y tránsito;   III. Recibir a través de la Dirección General de Control y Gestión el registro de manifestaciones, marchas o plantones a celebrarse en la vía pública por parte de los habitantes del Distrito Federal;   IV. Conformar y mantener actualizado, a través de la Dirección General de Control y Gestión, un Padrón del Registro de Marchas y Manifestaciones en el Distrito Federal;   V. Dar aviso a los Órganos de la Administración Pública local sobre la realización de marchas, plantones o manifestaciones que tengan que ver con su materia, a efecto de que envíen un representante para escuchar, y en su caso atender las demandas y peticiones ciudadanas durante la manifestación que se realice en las vías públicas.   VI. Dar aviso a la Contraloría cuando algún órgano de la Administración Pública Local se niegue u omita enviar un representante  para escuchar, y en su caso atender las demandas y peticiones ciudadanas durante la manifestación que se realice en la vía pública;   VII. Instalar las mesas de negociación necesarias, en coordinación con los órganos de la Administración Pública al efecto de conocer y atender las peticiones, quejas y propuestas de los habitantes, para mitigar las alteraciones producidas por las manifestaciones ilícitas en la vía pública.   VIII.- En coordinación con las secretarias referidas en el artículo 3º  de esta Ley, tomar las medidas necesarias para evitar el bloqueo o cierre de las vías primarias de circulación continua, salvaguardando el pleno respeto de los derechos de terceros, los  bienes del dominio público,  la integridad  de los manifestantes, la protección del medio ambiente, el orden publico de la Ciudad y el pleno goce de las libertades de sus habitantes.   IX. Llevar a cabo las gestiones interinstitucionales necesarias para permitir el acceso a los medios de comunicación a los habitantes de la Ciudad,  y dar a conocer sus demandas y peticiones  a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal;   X. Dar a conocer a los habitantes de la Ciudad de México, a través del  Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal, información suficiente que les permita conocer sobre el desarrollo de las marchas y manifestaciones registradas ante la Dirección General de Coordinación y Control;   XI. Ordenar la disolución de cualquier manifestación, marcha o plantón cuando sus participantes infrinjan las disposiciones previstas en la presente Ley y demás ordenamientos;   XII. Garantizar la presencia de cuando menos un representante del órgano de la Administración Pública Local involucrado en las demandas o peticiones de los manifestantes y atenderlas;   XIII. Coordinar con las instancias del Gobierno Federal las demandas o peticiones de los manifestantes cuando estas sean de su competencia; y   XIV. Las demás que el presente ordenamiento establezca.   Artículo 8.  A la Secretaría de Transporte corresponde:   I.- Garantizar el derecho a la libertad de tránsito de los habitantes, salvaguardando los derechos de libertad de expresión y de asociación de las personas que participan en una manifestación o marcha en la vía pública;   II. Coadyuvar con el resto de las autoridades en el reordenamiento y control de las marchas o manifestaciones en la vía pública;   III. Tomar las medidas necesarias para  dar a conocer a los capitalinos alternativas viales para evitar las alteraciones producidas por las manifestaciones, marchas o plantones;   IV.  Vigilar que la vialidad, infraestructura, equipamiento auxiliar, servicios y elementos inherentes o incorporados a ella se utilicen en forma adecuada conforme a su naturaleza; coordinándose en su caso, con la Secretaría de Protección Civil y de Seguridad Pública para lograr este objetivo, y   V. Coadyuvar con las autoridades en la comisión de delitos durante marchas y manifestaciones.   Artículo 9. Corresponde a la Secretaría de Protección Civil:   I. Realizar las acciones tendientes a atender situaciones de emergencia o desastre durante las manifestaciones realizadas en vía publica;   II. Revisar, previo a la celebración de marchas o manifestaciones en vía pública, las condiciones de riesgos  del lugar donde se pretenda llevar a cabo y darlo a conocer a las demás secretarias de inmediato;   III. Coadyuvar con las demás autoridades a las que se refiere esta Ley.   Artículo 10. Corresponde a los Jefes Delegacionales:   I.- Coordinarse con las autoridades referidas en el artículo 3º de esta Ley para garantizar el derecho a la libertad de expresión, de asociación y tránsito de los  habitantes del Distrito Federal en las manifestaciones, marchas o plantones que se realicen en la vía pública;   II. Vigilar que las vialidades secundarias de sus demarcaciones territoriales, su infraestructura, servicios y elementos inherentes o incorporados a éstos, se utilicen adecuadamente conforme a su naturaleza;   III. Mantener la vialidad libre de obstáculos u objetos que impidan, dificulten u obstaculicen el tránsito vehicular y peatonal, excepto en aquellos casos debidamente autorizados.  

CAPITULO CUARTO

DE LA DIRECCIÓN GENERAL  DE CONTROL Y GESTION DE MARCHAS Y MANIFESTACIONES

  Articulo 11. La Dirección General de Control y Gestión de Marchas y Manifestaciones será el órgano dependiente de la Secretaria de Gobierno del Distrito Federal, que recibirá,  registrará, gestionará, comunicará y coadyuvará en la supervisión, asistencia y orden en la realización de marchas, manifestaciones y plantones en la vía publica.   Articulo 12. Los lideres o representantes de  las organizaciones  deberán registrar ante la Dirección de Control y Gestión, las marchas o manifestaciones  que se pretendan celebrar en la  vía pública.   Articulo 13. La Dirección de Control y Gestión, deberá comunicar dentro de 24 horas por escrito a las Secretarias de Seguridad Pública, de Transporte y Vialidad, de Protección Civil y a los Jefes Delegacionales correspondientes, cuando tengan registrado una marcha, manifestación o plantón en la vía publica, a efecto de que se tomen las medidas de prevención, control y de seguridad necesarias.   Artículo 14. La Dirección General de Control y Gestión, invitará a los representantes del acto para expresar sus denuncias a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal, a efecto de coadyuvar en la pronta solución del conflicto que generaría la posible marcha o manifestación.  

CAPITULO QUINTO

DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS MARCHAS O MANIFESTACIONES

 

Articulo 15. Cualquier persona tendrá el derecho de manifestarse en la vía pública sin transgredir los derechos y garantías individuales de otro ciudadano.   Articulo 16. Las manifestaciones sólo podrán celebrarse de lunes a jueves en los horarios comprendidos de las 9:30 a las 12 horas, y de las 15 a las 18:30 horas con el fin de no afectar las vialidades en horarios pico.   Articulo 17. Queda prohibida la celebración de manifestaciones o marchas en lugares públicos con valor histórico, cultural, turístico y de notable importancia para el desarrollo y administración del Distrito Federal, salvaguardando la derrama económica, la generación de empleos y la estabilidad económica social.   Articulo 18. Queda prohibida cualquier manifestación en vialidades de un sólo carril. Cuando las marchas o manifestaciones tengan lugar en vialidades de tránsito vehicular,  deberán obligatoriamente dejar el cincuenta por ciento de la vialidad afectada libre para dar paso al transito vehicular. Cuando la vialidad lo permita, la manifestación se deberá realizar en los carriles laterales.   Articulo 19. En el caso de las manifestaciones ilícitas, la autoridad apercibirá a los manifestantes a dejar de realizar esta conducta. En caso de negativa la autoridad tomara las medidas conducentes para rencauzar a los manifestantes a las zonas permitidas para llevar a cabo las manifestaciones, haciéndose efectivas las sanciones previstas en la presente Ley.   Articulo 20. Las manifestaciones deberán ser pacificas y que no afectaran el mobiliario urbano, el medio ambiente o la integridad a terceros,  en caso contrario, se aplicaran las sanciones administrativas correspondientes señaladas en esta Ley,  sin perjuicio de la aplicación de sanciones dispuestas en los ordenamientos penales vigentes.  

CAPITULO SEXTO

DEL REGISTRO DE MARCHAS Y MANIFESTACIONES

  Articulo 21. La Dirección de Control y Gestión, será la autoridad encargada de recibir y registrar los comunicados de celebración de marchas y manifestaciones realizados en la vía publica.   Articulo 22. La Dirección de Control y Gestión, dentro de las 24 horas siguientes  a la recepción del aviso de realización de una marcha o manifestación deberá emitir un aviso preventivo al órgano de la Administración Pública Local, involucrado con sus demandas, a efecto de preparar las medidas de respuesta y atención de los manifestantes. Esta dirección deberá concertar con los manifestantes a participar en mesas de negociación con las instancias responsables e involucradas en sus demandas.   Articulo 23. Las manifestaciones o marchas en vía pública deberán ser comunicadas por escrito a la Dirección de Control y Gestión, a través del líder o representante de la organización,  con una antelación de cuando menos 72 horas a su celebración.   Articulo 24. Dentro de las veinticuatro horas siguientes a la recepción del aviso,  la autoridad podrá, por razones de orden público y de seguridad o peligro para las personas o los bienes, mediante resolución motivada, modificar la ruta , la fecha, el sitio y la hora de la manifestación, marcha o plantón.   Dicha resolución será notificada al representante o líder registrado en el domicilio señalado para tal efecto.   De no ser aceptada por los organizadores las modificaciones propuestas, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la autoridad competente.   Si dentro de ese término no se hiciere observación por la respectiva autoridad, se entenderá cumplido el requisito exigido para la manifestación o marcha.   Articulo 25. Cuando existan causas extraordinarias y graves que justifiquen la urgencia de la celebración de manifestaciones, marchas o plantones en la vía pública, la comunicación a que hace referencia el artículo anterior podrá hacerse con una antelación mínima de 24 hora;, siempre y cuando se garantice la integridad y seguridad de los participantes, así como de terceros.   Articulo 26. Para efectos de lo señalado en el articulo 12 de esta Ley, las organizaciones de ciudadanos que pretendan manifestarse en la vía publica, deberán nombrar a un representante o líder, para que en su representación envié  a la Dirección de Control y Gestión, el comunicado donde se avise sobre la celebración de una manifestación en la vía publica.   Articulo 27. El representante o líder, referido en el párrafo anterior, también será quien los represente ante cualquiera de  los órganos de la Administración Publica Local,  involucrados en la atención de sus peticiones o demandas colectivas.   Articulo 28. En el caso de las manifestaciones y marchas de sindicatos u organizaciones constituidas previamente,  su presidente, Secretario General o quien tenga las facultades de representación de la organización, deberá dar aviso a la Dirección  de Gestión y Control sobre  la intención de realizar la marcha o manifestación en la vía publica, de igual manera dicho representante será quien represente a la organización ante cualquiera de los órganos de la Administración Publica Local, involucrada en la atención de sus peticiones o demandas colectivas.   Articulo 29. En el escrito de comunicación se hará constar:   I.         Nombre, apellidos, domicilio e identificación oficial del líder o representante de la organización, así como copia de la  identificación oficial de las personas que participaran en la manifestación. En caso de personas morales, deberá acompañarse también la denominación, naturaleza y domicilio de éstas. II.        Lugar, fecha, hora y duración prevista. III.      Objeto de la misma. IV.       Autoridades involucradas V.        Itinerario proyectado, puntos de concentración, además de las vías públicas que serán utilizadas por la manifestación. VI.       Medidas de seguridad previstas por los organizadores o que se soliciten al Gobierno del Distrito Federal o Delegacional que corresponda.   Articulo 30.  La Dirección de Control y Gestión, pondrá a disposición en el portal de Internet y en las oficinas de la Secretaria de Gobierno, los formatos para facilitar la designación de los líderes o representantes de organizaciones ciudadanas, así como los formatos de registro de manifestaciones o marchas.  

CAPITULO SEPTIMO

INFRACCIONES Y SANCIONES

Articulo 31.  Son infracciones a la presente Ley:   I.     Alterar el orden público; II.   Proferir injurias, insultos o amenazas contra la autoridad o las personas; III.  Ejercer violencia contra cualquier persona; IV.   Realizar actos que dañen los bienes de dominio público o privado, V.    Realizar actos que dañen las áreas verdes, VI.   Afectar las vialidades y el libre transito de las personas y   Articulo 32.  Cada una de las infracciones a la presente Ley, serán sancionadas por la autoridad competente con una o más de las siguientes sanciones:   I. Amonestación; II. Multa; III. Arresto administrativo; IV. Reparación del Daño a terceros, y V. Actividades de apoyo a la comunidad.   Articulo 33.  Para la imposición de las sanciones por infracciones a la presente Ley se tomará en cuenta:   I. Los daños o afectaciones que se hubieren propiciado, o se puedan generar con motivo de los hechos constitutivos de las violaciones al presente ordenamiento; II. Las condiciones económicas del infractor, y III. La reincidencia.   Articulo 34.  Los líderes, representantes y manifestantes serán los responsables de las alteraciones al orden público y a las afectaciones al patrimonio público o privado, al medio ambiente y a  terceros. Las sanciones a que se harán acreedores los infractores a la presente Ley se impondrán en los siguientes términos:   I. Amonestación;   II. Multa de 11 a 20 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal o con arresto de 13 a 24 horas, para los manifestantes que contravengan las disposiciones del presente ordenamiento;   III. Multa de 50 a 100 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, a los organizadores o convocadores, ya sean éstos personas físicas o morales, que contravengan las disposiciones del presente ordenamiento. Para la aplicación de esta sanción se deberá identificar a los representantes o líderes de la manifestación, conforme a la solicitud presentada ante la Dirección de Control y Gestión;   IV. Multa de 100 a 150 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal y arresto de quince a treinta días,  a los  líderes, representantes, o aquellos que organicen, convoquen, participen o hayan tomado la palabra en el transcurso de las reuniones publicas o manifestaciones, sin dar aviso previo y por escrito,  referido en el articulo 12  de esta Ley.   V. Arresto Administrativo; VI. Reparación del daño a terceros; y VII. Actividades de Apoyo a la Comunidad   Articulo 35.  Los servidores públicos que contravengan las disposiciones de esta Ley, incurren en responsabilidad y  serán sancionados en los términos de la Ley en la materia.   Articulo 36. Quienes interrumpan, perturben o en alguna forma pretendan impedir u obstaculizar la  celebración  de marchas o manifestaciones registradas ante la Dirección de Control y Gestión, serán sancionados con arresto de veinte a treinta y seis horas o con multa de  100 a 150 días de salario mínimo.   Articulo 37.  Las sanciones a que se refiere este capítulo se impondrán sin perjuicio de las que procedan de conformidad con otras disposiciones vigentes.   Articulo 38. Los infractores de la presente Ley serán sancionados por la autoridad competente conforme a los procedimientos dispuestos en la en la Ley de Cultura Cívica y supletoriamente en la Ley de Procedimientos Administrativos del Distrito Federal.  

CAPÍTULO OCTAVO

DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD

  ARTÍCULO 39. Las personas afectadas por actos, omisiones o resoluciones de la autoridad, podrán optar entre interponer el recurso de inconformidad o el juicio de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.  

T R A N S I T O R I O S

  Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.   Segundo. Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan el contenido del presente Decreto.   Tercero. Se instruye a la Secretaría de Gobierno del Distrito Federal para crear dentro de su estructura la Dirección General de Control y Gestión de Manifestaciones  y Marchas en Vía Pública en el Distrito Federal en un periodo de 30 días posteriores a la aprobación del presente Decreto.   Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:  

 

DIP. JESUS SESMA  SUAREZ            DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ

COORDINADOR                                       VICECOORDINADOR

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a  11 de diciembre de 2012.

    DIP. MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA P R E S E N T E     Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO SOBRE EL PRESUPUESTO DE LA DELEGACIÓN CUAJIMALPA DE MORELOS ,  bajo la siguiente    

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

 

La historia de Cuajimalpa se remonta hasta el año de 1342 cuando llegaron los primeros habitantes tepanecas llegaron a lo que hoy es su territorio. De esta manera, Cuajimalpa  fue considerada como Municipio hasta el año 1928, y que a partir del 1 de enero de 1929 se convirtió en una Delegación del Distrito Federal. Finalmente, en 1970 se le denominó Cuajimalpa de Morelos.   Según datos del INEGI, su población es de casi 190,000 personas que ocupan casi 50,000 viviendas. La delegación ocupa el 4.7% de la superficie del Distrito Federal.   Su uso de suelo está dividido de la siguiente manera: zona urbana (47%), agricultura (4%), bosque (47%) y pastizal (2%).   Actualmente, el desarrollo de la zona de Santa Fe ha traído un interés especial en la región, por lo que se ha consolidado como uno de los nodos de actividad más importante al interior de la demarcación y para la Ciudad de México, conjuntamente con el Corporativo Arcos Bosques, entre otros tantos puntos en los que confluye un gran número de personas que generan fuerte movilidad en un ámbito metropolitano.   Su presupuesto para el año 2012 ascendió a 769.2 millones de pesos, que finalmente llegó a 803.1 millones de pesos, como resultado de las ampliaciones líquidas necesarias para cubrir obligaciones laborales.   La Delegación Cuajimalpa, al igual que la mayoría de las delegaciones del Distrito Federal, atraviesa por una situación complicada en materia financiera debido al poco margen de maniobra con el que cuenta para operar su presupuesto, ello sin dejar de mencionar los recursos tan limitados que año con año le son asignados por esta Soberanía.   Entre los principales problemas presupuestales por los que atraviesa, para afrontar el techo presupuestal asignado para el año 2013, encontramos los siguientes:   En primer término encontramos los “recursos etiquetados”, mismos que no pueden ser destinados a ningún otro rubro más que al que están destinados de origen, lo que disminuye significativamente el margen para elaborar una estrategia financiera de prioridades de acuerdo a las políticas delegacionales.   Los recursos etiquetados para Cuajimalpa en el 2012 fueron del orden del 15% de su techo presupuestal, mismo que se incrementará para el 2013 a un 17%.   En segundo lugar tenemos al “gasto centralizado”, concepto bajo el cual diversas dependencias del Gobierno Central realizan cargos en el presupuesto de las demarcaciones. Entre los conceptos a destacar se encuentran las partidas asociadas a la nómina, papel bond, toners, vestuario, prendas de protección, combustibles, material asfáltico, renta de equipo de fotocopiado, seguros y servicios de vigilancia.   El gasto centralizado de igual forma reduce el margen de maniobra a las delegaciones, se ha venido incrementando año con año. En el presupuesto aprobado para 2012 se ubicó en 173.9 millones de pesos y para el Anteproyecto 2013 se presupuestaron 181.2 millones de pesos, es decir, un incremento de 7.3 millones que representa el 4.2%.   En tercer lugar se ubican los “servicios personales”, ya que la política laboral implementada por el Gobierno Central de la Ciudad ha generado actualmente una carga financiera muy importante para las Delegaciones, ya que más de la mitad de la plantilla de personal está constituida por personas de la tercera edad, que por el nivel salarial en que se ubican no encuentran ningún aliciente para poder retirarse del servicio público con una pensión digna, acorde al tiempo de labores que han brindado al Gobierno.   Como consecuencia de ello, los Gobiernos Delegacionales tienen que recurrir cada año a la contratación de personal bajo el esquema de honorarios y a programas de personal eventual que incrementan sustancialmente el gasto corriente, contrataciones que además tienen que ser sometidos a la autorización de las instancias centrales.   En este contexto, el gasto del capítulo 1000 Servicios Personales representa un rubro que absorbe gran parte de los recursos asignados. En el caso de la Delegación Cuajimalpa de Morelos, con cifras al cierre de noviembre de 2012, dicho capítulo de gasto representa un porcentaje del 66.6 del total del presupuesto. Para el techo 2013, el porcentaje destinado al capítulo 1000 representa el 70.3%.   El porcentaje destinado al pago de servicios personales, viene a agravar la situación del ya de por sí reducido margen de operación, afectado por los recursos etiquetados y por el gasto centralizado.   Finalmente, las “fuentes de financiamiento” también constituyen un obstáculo más para el buen desempeño de las funciones de las autoridades delegacionales. Al respecto, para el año 2013, del total de 780 millones de pesos que las autoridades delegacionales nos han hecho saber le serán asignados, 633.2 provienen de recursos fiscales, 13.9 provienen de recursos autogenerados; 89 provienen del FORTAMUN; 31.2 del FAFEF y 13.5 provienen de deuda (crédito).   De la anterior conformación, los recursos fiscales que son la fuente con la que se puede financiar de manera más significativa el gasto operativo delegacional, se encuentran etiquetados en su mayoría para cubrir el costo de la nómina. Así, de los 633.2 millones de recursos fiscales, 549 se han tenido que destinar a partidas del Capítulo 1000 (servicios personales), aunado a otros 8.6 millones que se destinaron a cubrir sueldos del personal de honorarios, totalizando 557.6 MP   Como consecuencia de lo descrito, del monto de recursos fiscales, a la Delegación tan solo le restan 75.6 millones para repartirlo prioritariamente entre las partidas del Capítulo 4000 (Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas), que para 2013 alcanzará 17.4 millones de pesos.   Los 58.2 millones de recursos fiscales restantes, que podrían destinarse al gasto de operación, nuevamente se ven afectados en razón que la Secretaría de Finanzas ha dispuesto que sea con esta fuente de financiamiento con la que se cubra el Presupuesto participativo 2013, que de acuerdo con el techo 2013 notificado, representa un importe de 23.4 millones. Con ello el margen de operación con recursos fiscales quedaría tan solo en 34.8 millones con en el que se tienen que cubrir, además, gasto centralizado como seguros, responsabilidad patrimonial y energía eléctrica, entre otros, disminuyendo aún más la capacidad para afrontar los gastos de operación indispensables para el funcionamiento mínimo de la Delegación.   En conclusión, de acuerdo con la información de las Cuentas Publicas de 2007 a 2011 y al Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, en los últimos seis años, el presupuesto destinado a las Delegaciones pasó de representar el 20.7% del presupuesto total del GDF en 2007 al 17.0% en 2012, es decir, una reducción de 3.7 puntos porcentuales.   Lo anterior representa que, en términos reales, las delegaciones dejaron de recibir recursos en 2012 por alrededor de 5,107.6 millones de pesos (el 3.7% del presupuesto total autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal), que el GDF redirigió para cubrir otras necesidades de la ciudad, a través del engrosamiento del aparato burocrático, mediante la creación de nuevas dependencias, órganos desconcentrados y organismos, que le han venido a restar funciones a los órganos político administrativos o que incluso han venido a duplicarlas.   Derivado de todo lo anterior es que es urgente destinar mayores recursos a esta Delegación del Distrito Federal, con el objeto de que pueda hacer frente a los requerimientos que la sociedad le exige día con día. No olvidemos que la calidad de los servicios que presten las demarcaciones, siempre estarán de la mano de un presupuesto acorde a las necesidades reales de operación.   En tal virtud, un elemento que en primer término deseamos abordar por las implicaciones medioambientales y ecológicas que implica, es el relativo a la renovación de su parque vehicular, el cual contiene unidades que datan del año 1981.   Al respecto, cabe hacer mención que la última vez que el presupuesto asignado a la Delegación Cuajimalpa le permitió hacer una inversión considerable en esta materia, fue en el año 2002, cuando se adquirieron 60 unidades (en su mayoría camiones de volteo, de redilas y pipas de agua). Lo anterior da cuenta de la necesidad de realizar un fuerte inversión es este rubro, con la intención de mejorar las condiciones en las que opera el parque vehicular y abonar para reducir fuentes de contaminación importante.   Aunado a lo anterior, las reparaciones de estos vehículos resultan ser ya cotidianas y muy costosas, debido a que las refacciones son muy antiguas y en algunos casos son difíciles de encontrar en el mercado nacional, debiendo permanecer varias semanas en el taller autorizado, reduciendo la capacidad operativa de la demarcación y por ende, incrementando el número de quejas de la ciudadanía. Además, estos vehículos generan una mayor cantidad de bióxido de carbono y partículas suspendidas al medio ambiente, lo que provoca que se contribuya a la contaminación atmosférica de la demarcación y de la Ciudad de México, por ello es necesario y urgente la renovación de los vehículos de que prestan los diversos servicios públicos, con la finalidad de estar en condiciones de brindar un servicio de calidad y con seguridad para los habitantes de la demarcación y los operadores de los mismos.   El objetivo es renovar y sustituir la cuarta parte del parque vehicular para la prestación de servicios públicos de la Delegación Cuajimalpa de Morelos como la recolección de residuos sólidos, mantenimiento de la red de agua potable y de drenaje, sustitución de luminarias del alumbrado público, así como de bacheo y repavimentación de vialidades secundarias, con objeto de brindar mejores servicios y de mayor calidad, optimizar el gasto de combustible, economizar en el mantenimiento y rendimiento del parque vehicular, atender las demandas ciudadanas, ampliar la cobertura de rutas, logrando una reducción en la emisión de contaminantes a través de la adquisición de equipo de transporte con tecnologías modernas más amigables con el medio ambiente para el bienestar de los Cuajimalpenses.   Ello implica que en el capítulo 5000 (Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles), se requieren 34.0 MP para renovar el 25% del parque vehicular operativo. Con ello se podrían adquirir los siguientes vehículos:  
RECOLECTORES

1,930,000.00

5

9,650,000.00

BARREDORA

1,050,000.00

2

2,100,000.00

AMBULANCIA

810,000.00

2

1,620,000.00

CAMIONETAS MEDIA TON.

499,000.00

6

2,994,000.00

CAMIÓN DE 2 TON.

1,450,000.00

4

5,800,000.00

CAMIONETA PICK UP 8 CIL 4x2

370,000.00

7

2,590,000.00

CAMIONETA PICK UP 8 CIL 4x4

474,000.00

5

2,370,000.00

CAMIÓN C/CAJA TRASERA

815,000.00

1

815,000.00

CAMIÓN DE VOLETO

1,040,000.00

3

3,120,000.00

CAMIÓN PIPA

1,450,000.00

1

1,450,000.00

CAMIÓN PETROLIZADOR

1,490,000.00

1

1,490,000.00

   

33,999,000.00

    En materia de sustentabilidad, otro aspecto en el que consideramos se debe apoyar a esta Delegación, es el relativo a las áreas verdes. Se contempla reforzar más de 20,000 m2 a través de la reforestación en el campo de fútbol de San Pablo Chimalpa, zona protegida que se encuentra dentro de la reserva de los mantos acuíferos de dicho lugar, el cual mide 120 m x 80 m lo que nos da un total de 9,600 m2, así como en los camellones y parques de la zona de Santa Fe, Bosques y Bosques de las Lomas, lo cual nos da un aproximado de 10,400 m2, vital zona de importancia para la preservación de las áreas verdes.   En este sentido, los recursos que se requieren oscilan alrededor del 1% del Presupuesto asignado actualmente a la Delegación, es decir, 8 millones de pesos.   Por otro lado pero también en materia de sustentabilidad, un asunto que merece toda nuestra atención es el relativo al suelo de conservación. En términos generales, el Suelo de Conservación absorbe el 79.96% del total del territorio Delegacional y se encuentra integrado por los usos: Rescate Ecológico (RE), Producción Rural Agroindustrial (PRA), Preservación Ecológica (PE); y el de los Poblados Rurales, por los usos: Habitacional Rural de Baja Densidad (HRB), Habitacional Rural (HR), Habitacional Rural con Comercio y Servicios (HRC) y Equipamiento Rural (ER).   El cuidado del suelo de conservación constituye un proyecto estratégico de largo alcance regional ya que el rescate de barrancas en la Delegación Cuajimalpa evitará los asentamientos humanos irregulares y la recuperación de la superficie verde de la delegación. No perdamos de vista los siguientes aspectos:  
  • Valoración de los recursos naturales de la zona, como las especies de flora endémica.
  • Respeto y cuidado del medio ambiente.
  • Aprovechamiento racional de los recursos naturales.
  • Demostración de valores de respeto  al medio ambiente.
  • Difusión y multiplicación de conocimientos de preservación y mejora del medio ambiente.
  En este rubro, los recursos que se requieren también alcanzan el 1% del presupuesto de la Delegación: 8 millones de pesos.   En este sentido y en lo que respecta también a la sustentabilidad, es necesario contribuir con acciones de mitigación al fenómeno global de cambio climático.   Lo anterior se puede lograr si se sustituye el equipamiento de alumbrado público en vialidades de la Delegación Cuajimalpa, como serían postes, balastros y lámparas, para generar un ahorro en el consumo de energía, y por lo tanto contribuir a mitigar la emisión de gases de efecto invernadero, así como lograr ahorros por el pago del suministro de energía eléctrica.   Mediante este recurso se podrá contribuir a suministrar un mejor servicio de alumbrado público en la totalidad de las avenidas, calles principales, y calles secundarias de la Delegación Cuajimalpa de Morelos. Se estima que con este cambio, se podría apoyar a la economía local, permitiendo la ampliación de los horarios de apertura de los negocios ubicados en las calles y avenidas beneficiadas,  por cuestiones de inseguridad en el último año, así como reducir el índice de asaltos.   Con la mejora de la calidad de los servicios de iluminación en la Delegación, no sólo se podrá fortalecer la infraestructura social, sino que se reducirán los costos operativos en un 5 % lo cual se traducirá en aproximadamente un promedio de 25 proyectos de beneficio social; además de reducir la emisión de contaminantes aeróbicos y abatir la generación de materiales sólidos altamente contaminantes generados por el reemplazo periódico y mantenimiento de las luminarias.   La proyección del presente proyecto es de 5 años en su vida útil sustituyendo 323 Postes y 323 lámparas del alumbrado público, para generar un ahorro en el consumo de energía, mantenimiento y reemplazos, beneficiando a 173,625 personas beneficiadas.   En este renglón, la propuesta consiste en otorgarle un presupuesto adicional a su techo presupuestal para el próximo año, correspondiente al 2% del actual presupuesto delegacional, equivalente a 16 millones de pesos,   Finalmente, consideramos que existen una serie de proyectos prioritarios y para cuya realización la Delegación Cuajimalpa requiere un mayor presupuesto para canalizarlo a inversión. Entre ellos se encuentran los siguientes:
  • Programa Integral de Mantenimiento de Escuelas, en el Anteproyecto tan solo se presupuestaron 9.0 millones de pesos, se requieren 27.0 millones de pesos adicionales para brindar un mantenimiento conforme a las necesidades de los 52 planteles que se ubican en la demarcación. Total requerido: 36.0 millones de pesos.
  • Construcción de Centro de Desarrollo Comunitario, se plantearon recursos por 3.2 millones de pesos y no se requieren recursos adicionales. Total requerido: 3.2 millones de pesos.
  • Estabilización del Talud en la Col. Las Tinajas, solamente se logró aportar 2.0 millones de pesos para iniciar con trabajos previos, se requieren 13.0 millones de pesos extras para ejecutar los trabajos en su totalidad. Con recursos de este ejercicio se financió el proyecto ejecutivo. Total requerido: 15.0 millones de pesos.
  • Repavimentación de vialidades, se presupuestaron para 2013 tan solo 11.2 millones de pesos, se requieren recursos adicionales del orden de 48.8 millones de pesos para atender una importante superficie de rodamiento que se encuentra en un mal estado. Total requerido: 60.0 millones de pesos.
  • Rescate de espacios públicos, se programaron recursos por 4.8 millones de pesos que se espera que se dupliquen con recursos federales del Ramo 20 Desarrollo Social del Programa de Rescate de Espacios Públicos (PREP). Se requerirían de 25.0 millones de pesos adicionales a lo presupuestado para atender y rescatar del hampa y malvivientes, a parques, jardines, glorietas, camellones y módulos deportivos. Total requerido: 29.8 millones de pesos.
  • Rehabilitación de la red secundaria de agua potable, se logró presupuestar un importe de 4.0 millones de pesos para 2013, se necesitarían recursos adicionales por más de 21.0 millones de pesos para atender las demandas de la ciudadanía. Total requerido: 25.0 millones de pesos.
  • En el mantenimiento de la red de drenaje y alcantarillado se presupuestaron para el próximo ejercicio un importe de 6.0 millones de pesos millones de pesos. Para atender la mayor parte de la demanda ciudadana, se necesitan recursos extras por 19.0 millones de pesos. Total requerido: 25.0 millones de pesos.
  • En cuanto al mantenimiento de mercados públicos, se programaron recursos por 4.4 millones de pesos. No se requieren recursos adicionales puesto que en los últimos años se nos han etiquetado cifras parecidas. Total requerido: 4.4 millones de pesos.
    En suma, en el Capítulo 6000 Inversión Pública se requerirían cubrir, en primera instancia recursos por 44.7 millones de pesos.     Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con    

PUNTO DE ACUERDO

 

  ÚNICO: La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Publica de esta Soberanía, se le asignen a la Delegación Cuajimalpa de Morelos, 111 millones de pesos correspondientes a recursos adicionales a lo establecido en el techo presupuestal que actualmente se le está considerando para el año 2013, de la siguiente manera:  
  • 34 millones de pesos para la renovación del 25% de su parque vehicular, mismo que cuenta con unidades que datan del año 1981 y que no cuenta con unidades nuevas para dar servicio a la comunidad desde hace 10 años.
  • 8 millones de pesos para la reforestación de áreas verdes, con el objetivo de proveer reservas ecológicas en zonas estratégicas de la Delegación, al implementar la plantación de árboles, pastos y recursos asociados mediante la utilización de especies apropiadas a las condiciones ambientales de la región.
  • 8 millones de pesos para el suelo de conservación en el territorio de la Delegación, con el fin de realizar acciones de saneamiento de la vegetación, control de erosión y limpieza, y para la elaboración del proyecto ejecutivo de restauración de los recursos hídricos de la barranca, el cual es complementario a las acciones antes mencionadas.
  • 16 millones de pesos para la aplicación de medidas de mitigación al cambio climático, consistente en la sustitución de 323 Postes y 323 lámparas del alumbrado público.
  • 45 millones de pesos para destinarse a inversión pública en proyectos prioritarios de diversa índole, tales como mantenimiento de escuelas, repavimentación de vialidades, rescate de espacios públicos y la rehabilitación de la red secundaria de agua potable, entre otros.

Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:  

       DIP. JESÚS SESMA  SUÁREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ

                     COORDINADOR                                                       VICECOORDINADOR

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 11 de diciembre de 2012.

  DIP. MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL P R E S E N T E     Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN PUNTO DE ACUERDO SOBRE EL PRESUPUESTO DESTINADO AL COMBATE CONTRA LA TRATA DE PERSONAS EN EL DISTRITO FEDERAL, al tenor de  la siguiente:  

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

“La libertad consiste en hacer lo que tú quieres, sin perjuicio de nadie.

El libertinaje consiste en hacer lo que te obligan a hacer, en tu propio perjuicio.”

Francesca Gualdini de Lusitania

  El Protocolo de Palermo declara que para prevenir y combatir eficazmente la trata de personas, especialmente de mujeres y niños, se requiere un enfoque amplio e internacional en los países de origen, tránsito y destino para que se incluyan:   a)    Medidas de prevención de la trata; b)    Sanciones a los traficantes; y, c)    Protección a las víctimas.   La trata de personas, el abuso sexual y la explotación sexual comercial infantil y de mujeres; el tráfico de órganos y, el tráfico de personas con fines de explotación laboral, vulneran gravemente los derechos humanos de quien la padece con dramáticas consecuencias para su salud y desarrollo psicoemocional como la pérdida del proyecto de vida, la inhabilidad de crear lazos con personas de su edad y la presencia de agudas depresiones. Sobre este punto, la expansión de las redes de tratantes en todo el mundo y de las millonarias ganancias que genera la trata de personas en sus diversas modalidades, se debe en buena parte a la practicidad y eficiencia de las nuevas tecnologías como el Internet y la transferencia de archivos vía electrónica.   Ejemplo de ello es la producción y distribución de las imágenes pornográficas por internet que representan un negocio de entre 2,000 y 3,000 millones de dólares, según datos de UNICEF- México.   De acuerdo al Informe Mundial sobre la Trata de Personas realizado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito[1] del año 2009, se establece que la explotación sexual es, con gran diferencia, la forma de trata de personas detectada con más frecuencia con un 79%, seguida del trabajo forzado con 18%, lo que podría obedecer a un sesgo estadístico.   En ese sentido, el Informe establece que la explotación de la mujer suele ser visible y ocurre en los centros urbanos o al lado de las carreteras, por lo que es objeto de denuncias más frecuentes. La explotación sexual ha pasado a ser el tipo de trata más documentado en las estadísticas globales.   En cambio, otras formas de explotación no son notificadas suficientemente como el trabajo forzado o en condiciones de servidumbre -entre la que se encuentra la servidumbre doméstica y el matrimonio forzado-, la extracción de órganos y la explotación de los niños en la mendicidad, la industria del sexo y la guerra.   Adicionalmente, el Informe de referencia establece que la mayoría de los delitos de trata de personas, revisten un carácter nacional o regional y los cometen personas cuya nacionalidad es la misma que sus víctimas, estableciendo que se dan algunos casos notables de trata de personas sobre largas distancias.   Así, Europa es el destino de víctimas de los más variados puntos de origen, mientras que las víctimas procedentes de Asia son objeto de trata a la más amplia variedad de destinos, Por su parte, el continente americano destaca como origen y destino de las víctimas de trata de seres humanos.   En el marco del Día Internacional de la Prevención del Abuso Infantil, en el pasado mes de noviembre, UNICEF advirtió que 150 millones de niñas y 73 millones de niños han sido víctimas de alguna forma de abuso sexual antes de cumplir los 18 años de edad.   Por ello, no podemos perder de vista que, además del aumento en el número de víctimas, el nivel de organización y estructura que han alcanzado las redes de delincuencia organizada dedicadas a la trata y explotación de personas en nuestro país también se ha incrementado, así como las gigantescas ganancias que este mercado ilícito genera.   Como botón de muestra, nuestro país no sólo se ha convertido en un destacado destino para el turismo sexual, sino que además ocupa el segundo lugar a nivel mundial de producción de pornografía infantil, adolescente y tráfico de mujeres con fines de explotación sexual.   Datos del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, arrojaron en promedio que a diario se denuncian dos casos de abuso sexual contra infantes -muchos de ellos cometidos por familiares o amigos-, siendo tan solo en el año 2010 recibidas por esa Institución 18 mil 12 denuncias de maltrato infantil, de las cuales alrededor del 5% correspondieron a denuncias referentes al abuso sexual infantil -equivalente a 900 denuncias en ese año-.   A mayor abundamiento, México cuenta con el Diagnóstico de Human Trafficking Assesment Tool, realizado por la American Bar Association (ABA), que señala que se han detectado 47 bandas dedicadas a la trata de personas con fines sexuales y laboral.   También se documentó que las Entidades con mayor riesgo de que se cometa este ilícito son Baja California, Chiapas, Chihuahua, Guerrero, Oaxaca, Tlaxcala, Quintana Roo, entre otras.   En cuanto al Diagnóstico de las condiciones de vulnerabilidad que propicia la trata de personas en México, elaborado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Centro de Estudios e Investigación en Desarrollo y Asistencia Social, dado a conocer el año 2011, se establece que en nuestro país cerca de 12 millones de personas son víctimas de trata, de las cuales:   a)     79% son para explotación sexual, b)     3% son para extracción de órganos y, c)     18% son para explotación laboral. Respecto a la trata de personas con fines de explotación sexual, datos de la Comisión Especial de Lucha contra la Trata de Personas, señalan que de 2005 a 2008 se detectaron más de 300 casos de trata.   Sobre el particular, la Procuraduría General de la República informó a la Cámara de Diputados que del 2008 al 2010, diversas Entidades le han reportado averiguaciones previas por trata de personas en agravio de 271 víctimas, 167 mujeres, 30 hombres y 74 cuyo sexo no se especificó.   Por su parte, el INEGI señala que de 3.6 millones de personas que sufren trata, 31% son menores de edad, -entre 5 y 17 años-, y 69% son personas migrantes e indígenas que se explotan para realizar trabajos peligrosos para su seguridad, salud y moral.   Ahora bien, en el Distrito Federal, el trabajo realizado por la Procuraduría General de Justicia, señala que se han detenido por la comisión de dicho delito a 200 personas, desmantelado 14 organizaciones y rescatado 323 víctimas[2].   Sin embargo, no podemos pasar por alto que en zonas como la Merced, Buenavista por citar dos casos, son espacios donde se tiene identificado no solo las cabezas de las bandas organizadas, sino los espacios públicos y establecimientos en donde se ejerce la Trata de Personas, tema que ha derivado en diversas Recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.   De igual forma, gracias al Informe Especial de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal 2006, se dio notoriedad a la grave situación que tenemos en nuestra Capital frente a la trata de personas y el abuso sexual.   Por ello, la Asamblea Legislativa ha reformado el Código Penal del Distrito Federal, introduciendo los tipos penales que castigan severamente las conductas lesivas que constituyen las diversas modalidades de explotación sexual comercial, así como la tipificación de la explotación sexual.   De igual forma, se reformó la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal, a fin de crear refugios especializados, específicamente para víctimas de trata de personas.   Por ello, en el presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2011, se estableció en el Transitorio Cuadragésimo Sexto, lo siguiente:   “Artículo Cuadragésimo Sexto.- En el presupuesto de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal se destina 10,000,000 de pesos, para la adquisición de un inmueble del refugio para mujeres, niñas y niños sobrevivientes de trata de personas.”[3]   Adicionalmente, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal, en el Título Quinto “Del Presupuesto para la Instrumentación de esta Ley”, en su artículo 76, establece textualmente en lo conducente:   TÍTULO QUINTO DEL PRESUPUESTO PARA LA INSTRUMENTACIÓN DE ESTA LEY   Artículo 76. El Proyecto de Presupuesto de Egresos Anual deberá incluir como prioritarios, con base en los presupuestos operativos anuales enviados por las dependencias, las partidas y recursos necesarios para la aplicación y cumplimiento de la presente Ley.   En este punto, el Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, que tiene rango de Ley, en su Capítulo 30, relativo a los Derechos de las víctimas de Trata y Explotación Sexual Comercial, establece entre otras cuestiones lo siguiente:   30.1 Legislación y Políticas públicas integrales para las víctimas de trata de personas y explotación sexual comercial, cuyo objetivo es diseñar, instrumentar y evaluar, con enfoque de derechos humanos, leyes, políticas públicas y presupuesto para las víctimas de trata de personas, que habitan y transitan en el Distrito Federal, con base a procesos de consulta y participación amplia con organizaciones de la sociedad civil y las y los integrantes del grupo de población, trabajo que se encuentra propuesto desde el Protocolo de Estambul (Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacionales).   Por ello, en el Partido Verde, compartimos la visión de las Organizaciones No Gubernamentales que señalan que en materia de combate y erradicación de la Trata de Personas, no todo se reduce a dinero.   Sin duda, la prevención a través de campañas masivas en hoteles, zonas turísticas, información en medios masivos de comunicación sobre las señales de alerta para saber cuando nos enfrentamos a una persona que sufre trata o es un tratante de personas, son fundamentales.   De igual forma, la capacitación a las autoridades encargadas de la seguridad pública y Ministerios Públicos, resulta fundamental para la atención de las víctimas de Trata, pues en muchas ocasiones se re-victimiza a las personas cuando son rescatadas, incluso se les fincan responsabilidades de tipo penal, razón por la cual las personas SOBREVIVIENTES DE LA TRATA, prefieren seguir siendo esclavas, antes de ser atendidas por alguna autoridad.   Por ello, a través de este punto de acuerdo los Diputados del Partido Verde, como parte de los compromisos en materia de Derechos Humanos que signamos y porque es nuestra convicción el trabajar para erradicar este problema que nos lacera como sociedad, presentamos este día la siguiente propuesta que contiene varios ejes de acción:   a)           Se está solicitando a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, destine y etiquete una partida presupuestal adicional de 60 millones de pesos a la Secretaría de Desarrollo Económico, para que la misma sea utilizada única y exclusivamente para apoyar a personas sobrevivientes de Trata de personas en la creación de micros, pequeñas y medianas empresas, con el fin de que puedan tener un trabajo estable.   No podemos olvidar que a las personas sobrevivientes de trata, derivado de la explotación a la que han sido sometidas, se encuentran sumamente sexualizadas, no sólo en su lenguaje, sino también en su comportamiento, razón por la cual es complicado que puedan permanecer en un trabajo de manera permanente, pues su comportamiento es visto como acoso.   En ese sentido, el trabajo que realizan las ONG´s, además de rescate, es de acompañamiento y rehabilitación hasta que logran las víctimas de trata recuperar su seguridad, siendo parte del proceso de sanación el contar con un trabajo, y que mejor que ese trabajo sea a través de la  creación  de sus propias empresas.   b)           Solicitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Publica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, que etiquete una partida presupuestal adicional de 25 millones de pesos, al Sistema Integral de la Familia (DIF-DF), para la atención y cuidado de niñas, niños y jóvenes menores de edad, rescatados y que hayan sido víctimas de mendicidad forzada, misma que también está considerada como una forma de trata.   Sobre el particular, resulta relevante que no se cuenta con datos por parte de las autoridades de la Ciudad, sobre este grave problema que a la vista de todos está presente.   c)         Se está solicitando a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, que también destine una partida de 10 millones de pesos adicional al presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2013, a la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, con el fin de actualizar los datos del Informe Especial sobre la Trata de Personas en el Distrito Federal, y para que además se incluyan los temas la explotación laboral y de trata con motivo del tráfico de órganos.   Lo anterior habida cuenta de que la trata no solamente es con fines sexuales, sino también con fines de explotación laboral y de tráfico de órganos.   d)        También se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, que destine un partida de 10 millones de pesos adicionales de manera equitativa a la Secretaría de Seguridad Pública y a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, a fin de dar capacitación en materia de derechos humanos y atención a víctimas de Trata de Personas.   Esto porque es de vital importancia que con la actuación de la autoridad no se re-victimice  a las personas sobrevivientes de esta actividad ilegal.   e)         Por otro lado, se está solicitando al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, que durante el tiempo oficial  que tiene asignado  en medios de comunicación, se destine un bloque en el que se den a conocer las formas de Trata y las acciones para que como sociedad distingamos las señales que son utilizadas por el crimen organizado en esta materia, dirigidas principalmente a los grupos vulnerables para la comisión de este delito, como lo son mujeres, niños, niñas, jóvenes y personas indígenas.   f) También se está solicitando al Secretario de Gobernación, así como al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, que celebren convenios necesarios en materia de Turismo, con el fin de realizar campañas masivas en hoteles, restaurantes y zonas turísticas en general de la Ciudad de México, que contenga información relativa a la prevención y denuncia de las actividades ilícitas de trata.   g) Por lo que se refiere a lo establecido en la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal, relativo a los refugios especializados para víctimas de trata de personas, como espacios donde se brindan a las víctimas alojamiento por el tiempo necesario, asistencia médica especializada, jurídica, psiquiátrica y psicológica, para la reintegración social y laboral de las mismas, se solicitan 33 millones de pesos.   Este refugio está a cargo de la Procuraduría General del Justicia del Distrito Federal y según los informes de esta instancia y de algunas ONG´s en México, la atención integral para niñas, niños, jóvenes y mujeres sobrevivientes de la Trata de personas, tiene un costo promedio mensual que va de los 10 mil a los 11 mil pesos, y el internamiento en los refugios es en promedio de 6 meses. En ese orden de ideas, lo solicitado alcanzaría para un aproximado de 500 personas en ese mismo periodo de tiempo.   h) En otro orden de ideas, un problema que tienen que ver con la trata de personas es el relativo a desaparición de niños, niñas y jóvenes con fines de explotación y comercio sexual, de ahí que sea necesario que dentro del Programa de Recompensas Económicas que tiene la Procuraduría del Distrito Federal, se destine un presupuesto específico para que se pueda otorgar una recompensa a toda aquella persona que proporcione información sobre este delito.[4]   Sobre este punto, datos del año 2010 del Programa de Personas Desaparecidas de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, registraron 346 personas desaparecidas.   i) Finalmente, a través de este punto de acuerdo se está solicitando al Procurador General de Justicia del Distrito Federal, cree la Fiscalía Especializada en el combate al delito de trata de personas, ya que actualmente solamente está constituida como una Agencia Especializada, por lo que no cuenta con el personal ni con los elementos e instrumentos para la persecución y detención de tratantes y rescate de las víctimas. Esta Fiscalía es indispensable, tal y como desde el año 2011, lo reconoció el actual Jefe de Gobierno del Distrito Federal siendo entonces Procurador de Justicia de la Ciudad de México.   Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con  

 

PUNTO DE ACUERDO

 

PRIMERO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, destine y etiquete una partida presupuestal adicional de 60 millones de pesos en el Presupuesto de egresos del 2013, a la Secretaría de Desarrollo Económico, para apoyar a personas sobrevivientes de Trata de Personas en la creación de micros, pequeñas y medianas empresas, con el fin de que puedan tener un trabajo estable y acorde a sus necesidades en el presupuesto de egresos del 2013.   SEGUNDO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Soberanía, que etiquete una partida presupuestal adicional de 25 millones de pesos en el Presupuesto de egresos del 2013, para el Sistema Integral de la Familia (DIF-DF), para la atención y cuidado de niñas, niños y jóvenes menores de edad, rescatados y que hayan sido víctimas de mendicidad forzada.   TERCERO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Soberanía, destine una partida de 10 millones de pesos adicional en el Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2013, a la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, para que se avoque a la realización de la actualización de los datos del Informe Especial sobre la Trata de Personas en el Distrito Federal, incluyendo además de la explotación sexual, la explotación laboral y la que se realiza con fines de tráfico de órganos.   CUARTO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Soberanía, destine y etiquete recursos por 10 millones de pesos adicionales en el Presupuesto de Egresos 2013, de manera equitativa entre la Secretaría de Seguridad Pública y la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, a fin de dar capacitación a su personal en materia de derechos humanos y atención a víctimas de Trata de personas, con el fin de no re-victimizar a las personas sobrevivientes de esta actividad ilícita.   QUINTO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, que durante el tiempo que tiene asignado como del Estado en medios de comunicación, se destine un bloque en donde se den a conocer las formas de Trata con fines de explotación sexual, laboral y de tráfico de órganos, en una campaña dirigida a identificar las acciones que utiliza la delincuencia organizada para involucrar a las mujeres, niñas, niños, jóvenes y personas indígenas en las distintas formas de Trata de personas y medidas para su prevención y denuncia.   SEXTO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita respetuosamente a la Secretaría de Turismo, a la Secretaría de Seguridad Pública y a la Procuraduría General de Justicia, todas del Distrito Federal, para que analicen de manera conjunta la posibilidad de celebrar convenios de colaboración con la iniciativa privada, con el fin de realizar campañas masivas de información en hoteles, restaurantes y zonas turísticas de la Ciudad de México, relativa a la Trata de personas, su prevención y denuncia.   SÉPTIMO .- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Soberanía, destine y etiquete una partida presupuestal adicional a su techo presupuestal, equivalente a 33 millones de pesos a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, para la atención integral de niñas, niños, jóvenes y mujeres víctimas de Trata de personas con fines de explotación sexual y comercial, en el refugio especializado a su cargo.   OCTAVO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Soberanía, destine y etiquete una partida suficiente al Programa de Recompensas Económicas de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, especialmente para los informantes sobre personas desaparecidas víctimas de Trata de personas.   NOVENO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita al titular de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, a que de manera inmediata y mediante los procedimientos conducentes, cree la Fiscalía Especializada en el combate al delito de trata de personas, y en caso de ser necesario, solicite a esta Soberanía que se destinen los recursos presupuestarios necesarios para su puesta en marcha y funcionamiento.   Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:

 

       DIP. JESUS SESMA  SUÁREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ

                     COORDINADOR                                                       VICECOORDINADOR


[1] www.unodc.org. Resumen Ejecutivo Informe Mundial sobre la Trata de Personas UNODC (Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito). Febrero de 2009.
[2] 6º. Informe Procurador General de Justicia del Distrito Federal 2012. Glosa del Sexto Informe de Gobierno del Distrito Federal.
[3] Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2011, Gaceta Oficial del Distrito Federal. 31 de diciembre 2010. www.consejeria.df.gob.mx/gacetas
[4] http://www.youtube.com/watch?v=Nwx7s1OQF6o

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a  11 de diciembre de 2012.

    DIP. MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA P R E S E N T E   Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO SOBRE EL PRESUPUESTO DE LA DELEGACIÓN CUAJIMALPA DE MORELOS ,  bajo la siguiente    

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

 

La historia de Cuajimalpa se remonta hasta el año de 1342 cuando llegaron los primeros habitantes tepanecas llegaron a lo que hoy es su territorio. De esta manera, Cuajimalpa  fue considerada como Municipio hasta el año 1928, y que a partir del 1 de enero de 1929 se convirtió en una Delegación del Distrito Federal. Finalmente, en 1970 se le denominó Cuajimalpa de Morelos.   Según datos del INEGI, su población es de casi 190,000 personas que ocupan casi 50,000 viviendas. La delegación ocupa el 4.7% de la superficie del Distrito Federal.   Su uso de suelo está dividido de la siguiente manera: zona urbana (47%), agricultura (4%), bosque (47%) y pastizal (2%).   Actualmente, el desarrollo de la zona de Santa Fe ha traído un interés especial en la región, por lo que se ha consolidado como uno de los nodos de actividad más importante al interior de la demarcación y para la Ciudad de México, conjuntamente con el Corporativo Arcos Bosques, entre otros tantos puntos en los que confluye un gran número de personas que generan fuerte movilidad en un ámbito metropolitano.   Su presupuesto para el año 2012 ascendió a 769.2 millones de pesos, que finalmente llegó a 803.1 millones de pesos, como resultado de las ampliaciones líquidas necesarias para cubrir obligaciones laborales.   La Delegación Cuajimalpa, al igual que la mayoría de las delegaciones del Distrito Federal, atraviesa por una situación complicada en materia financiera debido al poco margen de maniobra con el que cuenta para operar su presupuesto, ello sin dejar de mencionar los recursos tan limitados que año con año le son asignados por esta Soberanía.   Entre los principales problemas presupuestales por los que atraviesa, para afrontar el techo presupuestal asignado para el año 2013, encontramos los siguientes:   En primer término encontramos los “recursos etiquetados”, mismos que no pueden ser destinados a ningún otro rubro más que al que están destinados de origen, lo que disminuye significativamente el margen para elaborar una estrategia financiera de prioridades de acuerdo a las políticas delegacionales.   Los recursos etiquetados para Cuajimalpa en el 2012 fueron del orden del 15% de su techo presupuestal, mismo que se incrementará para el 2013 a un 17%.   En segundo lugar tenemos al “gasto centralizado”, concepto bajo el cual diversas dependencias del Gobierno Central realizan cargos en el presupuesto de las demarcaciones. Entre los conceptos a destacar se encuentran las partidas asociadas a la nómina, papel bond, toners, vestuario, prendas de protección, combustibles, material asfáltico, renta de equipo de fotocopiado, seguros y servicios de vigilancia.   El gasto centralizado de igual forma reduce el margen de maniobra a las delegaciones, se ha venido incrementando año con año. En el presupuesto aprobado para 2012 se ubicó en 173.9 millones de pesos y para el Anteproyecto 2013 se presupuestaron 181.2 millones de pesos, es decir, un incremento de 7.3 millones que representa el 4.2%.   En tercer lugar se ubican los “servicios personales”, ya que la política laboral implementada por el Gobierno Central de la Ciudad ha generado actualmente una carga financiera muy importante para las Delegaciones, ya que más de la mitad de la plantilla de personal está constituida por personas de la tercera edad, que por el nivel salarial en que se ubican no encuentran ningún aliciente para poder retirarse del servicio público con una pensión digna, acorde al tiempo de labores que han brindado al Gobierno.   Como consecuencia de ello, los Gobiernos Delegacionales tienen que recurrir cada año a la contratación de personal bajo el esquema de honorarios y a programas de personal eventual que incrementan sustancialmente el gasto corriente, contrataciones que además tienen que ser sometidos a la autorización de las instancias centrales.   En este contexto, el gasto del capítulo 1000 Servicios Personales representa un rubro que absorbe gran parte de los recursos asignados. En el caso de la Delegación Cuajimalpa de Morelos, con cifras al cierre de noviembre de 2012, dicho capítulo de gasto representa un porcentaje del 66.6 del total del presupuesto. Para el techo 2013, el porcentaje destinado al capítulo 1000 representa el 70.3%.   El porcentaje destinado al pago de servicios personales, viene a agravar la situación del ya de por sí reducido margen de operación, afectado por los recursos etiquetados y por el gasto centralizado.   Finalmente, las “fuentes de financiamiento” también constituyen un obstáculo más para el buen desempeño de las funciones de las autoridades delegacionales. Al respecto, para el año 2013, del total de 780 millones de pesos que las autoridades delegacionales nos han hecho saber le serán asignados, 633.2 provienen de recursos fiscales, 13.9 provienen de recursos autogenerados; 89 provienen del FORTAMUN; 31.2 del FAFEF y 13.5 provienen de deuda (crédito).   De la anterior conformación, los recursos fiscales que son la fuente con la que se puede financiar de manera más significativa el gasto operativo delegacional, se encuentran etiquetados en su mayoría para cubrir el costo de la nómina. Así, de los 633.2 millones de recursos fiscales, 549 se han tenido que destinar a partidas del Capítulo 1000 (servicios personales), aunado a otros 8.6 millones que se destinaron a cubrir sueldos del personal de honorarios, totalizando 557.6 MP   Como consecuencia de lo descrito, del monto de recursos fiscales, a la Delegación tan solo le restan 75.6 millones para repartirlo prioritariamente entre las partidas del Capítulo 4000 (Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas), que para 2013 alcanzará 17.4 millones de pesos.   Los 58.2 millones de recursos fiscales restantes, que podrían destinarse al gasto de operación, nuevamente se ven afectados en razón que la Secretaría de Finanzas ha dispuesto que sea con esta fuente de financiamiento con la que se cubra el Presupuesto participativo 2013, que de acuerdo con el techo 2013 notificado, representa un importe de 23.4 millones. Con ello el margen de operación con recursos fiscales quedaría tan solo en 34.8 millones con en el que se tienen que cubrir, además, gasto centralizado como seguros, responsabilidad patrimonial y energía eléctrica, entre otros, disminuyendo aún más la capacidad para afrontar los gastos de operación indispensables para el funcionamiento mínimo de la Delegación.   En conclusión, de acuerdo con la información de las Cuentas Publicas de 2007 a 2011 y al Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, en los últimos seis años, el presupuesto destinado a las Delegaciones pasó de representar el 20.7% del presupuesto total del GDF en 2007 al 17.0% en 2012, es decir, una reducción de 3.7 puntos porcentuales.   Lo anterior representa que, en términos reales, las delegaciones dejaron de recibir recursos en 2012 por alrededor de 5,107.6 millones de pesos (el 3.7% del presupuesto total autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal), que el GDF redirigió para cubrir otras necesidades de la ciudad, a través del engrosamiento del aparato burocrático, mediante la creación de nuevas dependencias, órganos desconcentrados y organismos, que le han venido a restar funciones a los órganos político administrativos o que incluso han venido a duplicarlas.   Derivado de todo lo anterior es que es urgente destinar mayores recursos a esta Delegación del Distrito Federal, con el objeto de que pueda hacer frente a los requerimientos que la sociedad le exige día con día. No olvidemos que la calidad de los servicios que presten las demarcaciones, siempre estarán de la mano de un presupuesto acorde a las necesidades reales de operación.   En tal virtud, un elemento que en primer término deseamos abordar por las implicaciones medioambientales y ecológicas que implica, es el relativo a la renovación de su parque vehicular, el cual contiene unidades que datan del año 1981.   Al respecto, cabe hacer mención que la última vez que el presupuesto asignado a la Delegación Cuajimalpa le permitió hacer una inversión considerable en esta materia, fue en el año 2002, cuando se adquirieron 60 unidades (en su mayoría camiones de volteo, de redilas y pipas de agua). Lo anterior da cuenta de la necesidad de realizar un fuerte inversión es este rubro, con la intención de mejorar las condiciones en las que opera el parque vehicular y abonar para reducir fuentes de contaminación importante.         Aunado a lo anterior, las reparaciones de estos vehículos resultan ser ya cotidianas y muy costosas, debido a que las refacciones son muy antiguas y en algunos casos son difíciles de encontrar en el mercado nacional, debiendo permanecer varias semanas en el taller autorizado, reduciendo la capacidad operativa de la demarcación y por ende, incrementando el número de quejas de la ciudadanía. Además, estos vehículos generan una mayor cantidad de bióxido de carbono y partículas suspendidas al medio ambiente, lo que provoca que se contribuya a la contaminación atmosférica de la demarcación y de la Ciudad de México, por ello es necesario y urgente la renovación de los vehículos de que prestan los diversos servicios públicos, con la finalidad de estar en condiciones de brindar un servicio de calidad y con seguridad para los habitantes de la demarcación y los operadores de los mismos.   El objetivo es renovar y sustituir la cuarta parte del parque vehicular para la prestación de servicios públicos de la Delegación Cuajimalpa de Morelos como la recolección de residuos sólidos, mantenimiento de la red de agua potable y de drenaje, sustitución de luminarias del alumbrado público, así como de bacheo y repavimentación de vialidades secundarias, con objeto de brindar mejores servicios y de mayor calidad, optimizar el gasto de combustible, economizar en el mantenimiento y rendimiento del parque vehicular, atender las demandas ciudadanas, ampliar la cobertura de rutas, logrando una reducción en la emisión de contaminantes a través de la adquisición de equipo de transporte con tecnologías modernas más amigables con el medio ambiente para el bienestar de los Cuajimalpenses.   Ello implica que en el capítulo 5000 (Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles), se requieren 34.0 MP para renovar el 25% del parque vehicular operativo. Con ello se podrían adquirir los siguientes vehículos:  
RECOLECTORES

1,930,000.00

5

9,650,000.00

BARREDORA

1,050,000.00

2

2,100,000.00

AMBULANCIA

810,000.00

2

1,620,000.00

CAMIONETAS MEDIA TON.

499,000.00

6

2,994,000.00

CAMIÓN DE 2 TON.

1,450,000.00

4

5,800,000.00

CAMIONETA PICK UP 8 CIL 4x2

370,000.00

7

2,590,000.00

CAMIONETA PICK UP 8 CIL 4x4

474,000.00

5

2,370,000.00

CAMIÓN C/CAJA TRASERA

815,000.00

1

815,000.00

CAMIÓN DE VOLETO

1,040,000.00

3

3,120,000.00

CAMIÓN PIPA

1,450,000.00

1

1,450,000.00

CAMIÓN PETROLIZADOR

1,490,000.00

1

1,490,000.00

   

33,999,000.00

        En materia de sustentabilidad, otro aspecto en el que consideramos se debe apoyar a esta Delegación, es el relativo a las áreas verdes. Se contempla reforzar más de 20,000 m2 a través de la reforestación en el campo de fútbol de San Pablo Chimalpa, zona protegida que se encuentra dentro de la reserva de los mantos acuíferos de dicho lugar, el cual mide 120 m x 80 m lo que nos da un total de 9,600 m2, así como en los camellones y parques de la zona de Santa Fe, Bosques y Bosques de las Lomas, lo cual nos da un aproximado de 10,400 m2, vital zona de importancia para la preservación de las áreas verdes.   En este sentido, los recursos que se requieren oscilan alrededor del 1% del Presupuesto asignado actualmente a la Delegación, es decir, 8 millones de pesos.   Por otro lado pero también en materia de sustentabilidad, un asunto que merece toda nuestra atención es el relativo al suelo de conservación. En términos generales, el Suelo de Conservación absorbe el 79.96% del total del territorio Delegacional y se encuentra integrado por los usos: Rescate Ecológico (RE), Producción Rural Agroindustrial (PRA), Preservación Ecológica (PE); y el de los Poblados Rurales, por los usos: Habitacional Rural de Baja Densidad (HRB), Habitacional Rural (HR), Habitacional Rural con Comercio y Servicios (HRC) y Equipamiento Rural (ER).   El cuidado del suelo de conservación constituye un proyecto estratégico de largo alcance regional ya que el rescate de barrancas en la Delegación Cuajimalpa evitará los asentamientos humanos irregulares y la recuperación de la superficie verde de la delegación. No perdamos de vista los siguientes aspectos:  
  • Valoración de los recursos naturales de la zona, como las especies de flora endémica.
  • Respeto y cuidado del medio ambiente.
  • Aprovechamiento racional de los recursos naturales.
  • Demostración de valores de respeto  al medio ambiente.
  • Difusión y multiplicación de conocimientos de preservación y mejora del medio ambiente.
  En este rubro, los recursos que se requieren también alcanzan el 1% del presupuesto de la Delegación: 8 millones de pesos.           En este sentido y en lo que respecta también a la sustentabilidad, es necesario contribuir con acciones de mitigación al fenómeno global de cambio climático.   Lo anterior se puede lograr si se sustituye el equipamiento de alumbrado público en vialidades de la Delegación Cuajimalpa, como serían postes, balastros y lámparas, para generar un ahorro en el consumo de energía, y por lo tanto contribuir a mitigar la emisión de gases de efecto invernadero, así como lograr ahorros por el pago del suministro de energía eléctrica.   Mediante este recurso se podrá contribuir a suministrar un mejor servicio de alumbrado público en la totalidad de las avenidas, calles principales, y calles secundarias de la Delegación Cuajimalpa de Morelos. Se estima que con este cambio, se podría apoyar a la economía local, permitiendo la ampliación de los horarios de apertura de los negocios ubicados en las calles y avenidas beneficiadas,  por cuestiones de inseguridad en el último año, así como reducir el índice de asaltos.   Con la mejora de la calidad de los servicios de iluminación en la Delegación, no sólo se podrá fortalecer la infraestructura social, sino que se reducirán los costos operativos en un 5 % lo cual se traducirá en aproximadamente un promedio de 25 proyectos de beneficio social; además de reducir la emisión de contaminantes aeróbicos y abatir la generación de materiales sólidos altamente contaminantes generados por el reemplazo periódico y mantenimiento de las luminarias.   La proyección del presente proyecto es de 5 años en su vida útil sustituyendo 323 Postes y 323 lámparas del alumbrado público, para generar un ahorro en el consumo de energía, mantenimiento y reemplazos, beneficiando a 173,625 personas beneficiadas.   En este renglón, la propuesta consiste en otorgarle un presupuesto adicional a su techo presupuestal para el próximo año, correspondiente al 2% del actual presupuesto delegacional, equivalente a 16 millones de pesos,   Finalmente, consideramos que existen una serie de proyectos prioritarios y para cuya realización la Delegación Cuajimalpa requiere un mayor presupuesto para canalizarlo a inversión. Entre ellos se encuentran los siguientes:
  • Programa Integral de Mantenimiento de Escuelas, en el Anteproyecto tan solo se presupuestaron 9.0 millones de pesos, se requieren 27.0 millones de pesos adicionales para brindar un mantenimiento conforme a las necesidades de los 52 planteles que se ubican en la demarcación. Total requerido: 36.0 millones de pesos.
  • Construcción de Centro de Desarrollo Comunitario, se plantearon recursos por 3.2 millones de pesos y no se requieren recursos adicionales. Total requerido: 3.2 millones de pesos.
  • Estabilización del Talud en la Col. Las Tinajas, solamente se logró aportar 2.0 millones de pesos para iniciar con trabajos previos, se requieren 13.0 millones de pesos extras para ejecutar los trabajos en su totalidad. Con recursos de este ejercicio se financió el proyecto ejecutivo. Total requerido: 15.0 millones de pesos.
  • Repavimentación de vialidades, se presupuestaron para 2013 tan solo 11.2 millones de pesos, se requieren recursos adicionales del orden de 48.8 millones de pesos para atender una importante superficie de rodamiento que se encuentra en un mal estado. Total requerido: 60.0 millones de pesos.
  • Rescate de espacios públicos, se programaron recursos por 4.8 millones de pesos que se espera que se dupliquen con recursos federales del Ramo 20 Desarrollo Social del Programa de Rescate de Espacios Públicos (PREP). Se requerirían de 25.0 millones de pesos adicionales a lo presupuestado para atender y rescatar del hampa y malvivientes, a parques, jardines, glorietas, camellones y módulos deportivos. Total requerido: 29.8 millones de pesos.
  • Rehabilitación de la red secundaria de agua potable, se logró presupuestar un importe de 4.0 millones de pesos para 2013, se necesitarían recursos adicionales por más de 21.0 millones de pesos para atender las demandas de la ciudadanía. Total requerido: 25.0 millones de pesos.
  • En el mantenimiento de la red de drenaje y alcantarillado se presupuestaron para el próximo ejercicio un importe de 6.0 millones de pesos millones de pesos. Para atender la mayor parte de la demanda ciudadana, se necesitan recursos extras por 19.0 millones de pesos. Total requerido: 25.0 millones de pesos.
  • En cuanto al mantenimiento de mercados públicos, se programaron recursos por 4.4 millones de pesos. No se requieren recursos adicionales puesto que en los últimos años se nos han etiquetado cifras parecidas. Total requerido: 4.4 millones de pesos.
    En suma, en el Capítulo 6000 Inversión Pública se requerirían cubrir, en primera instancia recursos por 44.7 millones de pesos.     Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con    

PUNTO DE ACUERDO

 

  ÚNICO: La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Publica de esta Soberanía, se le asignen a la Delegación Cuajimalpa de Morelos, 111 millones de pesos correspondientes a recursos adicionales a lo establecido en el techo presupuestal que actualmente se le está considerando para el año 2013, de la siguiente manera:  
  • 34 millones de pesos para la renovación del 25% de su parque vehicular, mismo que cuenta con unidades que datan del año 1981 y que no cuenta con unidades nuevas para dar servicio a la comunidad desde hace 10 años.
  • 8 millones de pesos para la reforestación de áreas verdes, con el objetivo de proveer reservas ecológicas en zonas estratégicas de la Delegación, al implementar la plantación de árboles, pastos y recursos asociados mediante la utilización de especies apropiadas a las condiciones ambientales de la región.
  • 8 millones de pesos para el suelo de conservación en el territorio de la Delegación, con el fin de realizar acciones de saneamiento de la vegetación, control de erosión y limpieza, y para la elaboración del proyecto ejecutivo de restauración de los recursos hídricos de la barranca, el cual es complementario a las acciones antes mencionadas.
  • 16 millones de pesos para la aplicación de medidas de mitigación al cambio climático, consistente en la sustitución de 323 Postes y 323 lámparas del alumbrado público.
  • 45 millones de pesos para destinarse a inversión pública en proyectos prioritarios de diversa índole, tales como mantenimiento de escuelas, repavimentación de vialidades, rescate de espacios públicos y la rehabilitación de la red secundaria de agua potable, entre otros.

Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:  

       DIP. JESÚS SESMA  SUÁREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ

                     COORDINADOR                                                       VICECOORDINADOR

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 11 de diciembre de 2012.

  DIP. MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL P R E S E N T E     Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN PUNTO DE ACUERDO SOBRE EL PRESUPUESTO DESTINADO AL COMBATE CONTRA LA TRATA DE PERSONAS EN EL DISTRITO FEDERAL, al tenor de  la siguiente:  

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

“La libertad consiste en hacer lo que tú quieres, sin perjuicio de nadie.

El libertinaje consiste en hacer lo que te obligan a hacer, en tu propio perjuicio.”

Francesca Gualdini de Lusitania

  El Protocolo de Palermo declara que para prevenir y combatir eficazmente la trata de personas, especialmente de mujeres y niños, se requiere un enfoque amplio e internacional en los países de origen, tránsito y destino para que se incluyan:   a)    Medidas de prevención de la trata; b)    Sanciones a los traficantes; y, c)    Protección a las víctimas.   La trata de personas, el abuso sexual y la explotación sexual comercial infantil y de mujeres; el tráfico de órganos y, el tráfico de personas con fines de explotación laboral, vulneran gravemente los derechos humanos de quien la padece con dramáticas consecuencias para su salud y desarrollo psicoemocional como la pérdida del proyecto de vida, la inhabilidad de crear lazos con personas de su edad y la presencia de agudas depresiones. Sobre este punto, la expansión de las redes de tratantes en todo el mundo y de las millonarias ganancias que genera la trata de personas en sus diversas modalidades, se debe en buena parte a la practicidad y eficiencia de las nuevas tecnologías como el Internet y la transferencia de archivos vía electrónica.   Ejemplo de ello es la producción y distribución de las imágenes pornográficas por internet que representan un negocio de entre 2,000 y 3,000 millones de dólares, según datos de UNICEF- México.   De acuerdo al Informe Mundial sobre la Trata de Personas realizado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito[1] del año 2009, se establece que la explotación sexual es, con gran diferencia, la forma de trata de personas detectada con más frecuencia con un 79%, seguida del trabajo forzado con 18%, lo que podría obedecer a un sesgo estadístico.   En ese sentido, el Informe establece que la explotación de la mujer suele ser visible y ocurre en los centros urbanos o al lado de las carreteras, por lo que es objeto de denuncias más frecuentes. La explotación sexual ha pasado a ser el tipo de trata más documentado en las estadísticas globales.   En cambio, otras formas de explotación no son notificadas suficientemente como el trabajo forzado o en condiciones de servidumbre -entre la que se encuentra la servidumbre doméstica y el matrimonio forzado-, la extracción de órganos y la explotación de los niños en la mendicidad, la industria del sexo y la guerra.   Adicionalmente, el Informe de referencia establece que la mayoría de los delitos de trata de personas, revisten un carácter nacional o regional y los cometen personas cuya nacionalidad es la misma que sus víctimas, estableciendo que se dan algunos casos notables de trata de personas sobre largas distancias.   Así, Europa es el destino de víctimas de los más variados puntos de origen, mientras que las víctimas procedentes de Asia son objeto de trata a la más amplia variedad de destinos, Por su parte, el continente americano destaca como origen y destino de las víctimas de trata de seres humanos.   En el marco del Día Internacional de la Prevención del Abuso Infantil, en el pasado mes de noviembre, UNICEF advirtió que 150 millones de niñas y 73 millones de niños han sido víctimas de alguna forma de abuso sexual antes de cumplir los 18 años de edad.   Por ello, no podemos perder de vista que, además del aumento en el número de víctimas, el nivel de organización y estructura que han alcanzado las redes de delincuencia organizada dedicadas a la trata y explotación de personas en nuestro país también se ha incrementado, así como las gigantescas ganancias que este mercado ilícito genera.   Como botón de muestra, nuestro país no sólo se ha convertido en un destacado destino para el turismo sexual, sino que además ocupa el segundo lugar a nivel mundial de producción de pornografía infantil, adolescente y tráfico de mujeres con fines de explotación sexual.   Datos del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, arrojaron en promedio que a diario se denuncian dos casos de abuso sexual contra infantes -muchos de ellos cometidos por familiares o amigos-, siendo tan solo en el año 2010 recibidas por esa Institución 18 mil 12 denuncias de maltrato infantil, de las cuales alrededor del 5% correspondieron a denuncias referentes al abuso sexual infantil -equivalente a 900 denuncias en ese año-.   A mayor abundamiento, México cuenta con el Diagnóstico de Human Trafficking Assesment Tool, realizado por la American Bar Association (ABA), que señala que se han detectado 47 bandas dedicadas a la trata de personas con fines sexuales y laboral.   También se documentó que las Entidades con mayor riesgo de que se cometa este ilícito son Baja California, Chiapas, Chihuahua, Guerrero, Oaxaca, Tlaxcala, Quintana Roo, entre otras.   En cuanto al Diagnóstico de las condiciones de vulnerabilidad que propicia la trata de personas en México, elaborado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Centro de Estudios e Investigación en Desarrollo y Asistencia Social, dado a conocer el año 2011, se establece que en nuestro país cerca de 12 millones de personas son víctimas de trata, de las cuales:   a)     79% son para explotación sexual, b)     3% son para extracción de órganos y, c)     18% son para explotación laboral. Respecto a la trata de personas con fines de explotación sexual, datos de la Comisión Especial de Lucha contra la Trata de Personas, señalan que de 2005 a 2008 se detectaron más de 300 casos de trata.   Sobre el particular, la Procuraduría General de la República informó a la Cámara de Diputados que del 2008 al 2010, diversas Entidades le han reportado averiguaciones previas por trata de personas en agravio de 271 víctimas, 167 mujeres, 30 hombres y 74 cuyo sexo no se especificó.   Por su parte, el INEGI señala que de 3.6 millones de personas que sufren trata, 31% son menores de edad, -entre 5 y 17 años-, y 69% son personas migrantes e indígenas que se explotan para realizar trabajos peligrosos para su seguridad, salud y moral.   Ahora bien, en el Distrito Federal, el trabajo realizado por la Procuraduría General de Justicia, señala que se han detenido por la comisión de dicho delito a 200 personas, desmantelado 14 organizaciones y rescatado 323 víctimas[2].   Sin embargo, no podemos pasar por alto que en zonas como la Merced, Buenavista por citar dos casos, son espacios donde se tiene identificado no solo las cabezas de las bandas organizadas, sino los espacios públicos y establecimientos en donde se ejerce la Trata de Personas, tema que ha derivado en diversas Recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.   De igual forma, gracias al Informe Especial de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal 2006, se dio notoriedad a la grave situación que tenemos en nuestra Capital frente a la trata de personas y el abuso sexual.   Por ello, la Asamblea Legislativa ha reformado el Código Penal del Distrito Federal, introduciendo los tipos penales que castigan severamente las conductas lesivas que constituyen las diversas modalidades de explotación sexual comercial, así como la tipificación de la explotación sexual.   De igual forma, se reformó la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal, a fin de crear refugios especializados, específicamente para víctimas de trata de personas.   Por ello, en el presupuesto de egresos para el ejercicio fiscal 2011, se estableció en el Transitorio Cuadragésimo Sexto, lo siguiente:   “Artículo Cuadragésimo Sexto.- En el presupuesto de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal se destina 10,000,000 de pesos, para la adquisición de un inmueble del refugio para mujeres, niñas y niños sobrevivientes de trata de personas.”[3]   Adicionalmente, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal, en el Título Quinto “Del Presupuesto para la Instrumentación de esta Ley”, en su artículo 76, establece textualmente en lo conducente:   TÍTULO QUINTO DEL PRESUPUESTO PARA LA INSTRUMENTACIÓN DE ESTA LEY   Artículo 76. El Proyecto de Presupuesto de Egresos Anual deberá incluir como prioritarios, con base en los presupuestos operativos anuales enviados por las dependencias, las partidas y recursos necesarios para la aplicación y cumplimiento de la presente Ley.   En este punto, el Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, que tiene rango de Ley, en su Capítulo 30, relativo a los Derechos de las víctimas de Trata y Explotación Sexual Comercial, establece entre otras cuestiones lo siguiente:   30.1 Legislación y Políticas públicas integrales para las víctimas de trata de personas y explotación sexual comercial, cuyo objetivo es diseñar, instrumentar y evaluar, con enfoque de derechos humanos, leyes, políticas públicas y presupuesto para las víctimas de trata de personas, que habitan y transitan en el Distrito Federal, con base a procesos de consulta y participación amplia con organizaciones de la sociedad civil y las y los integrantes del grupo de población, trabajo que se encuentra propuesto desde el Protocolo de Estambul (Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacionales).   Por ello, en el Partido Verde, compartimos la visión de las Organizaciones No Gubernamentales que señalan que en materia de combate y erradicación de la Trata de Personas, no todo se reduce a dinero.   Sin duda, la prevención a través de campañas masivas en hoteles, zonas turísticas, información en medios masivos de comunicación sobre las señales de alerta para saber cuando nos enfrentamos a una persona que sufre trata o es un tratante de personas, son fundamentales.   De igual forma, la capacitación a las autoridades encargadas de la seguridad pública y Ministerios Públicos, resulta fundamental para la atención de las víctimas de Trata, pues en muchas ocasiones se re-victimiza a las personas cuando son rescatadas, incluso se les fincan responsabilidades de tipo penal, razón por la cual las personas SOBREVIVIENTES DE LA TRATA, prefieren seguir siendo esclavas, antes de ser atendidas por alguna autoridad.   Por ello, a través de este punto de acuerdo los Diputados del Partido Verde, como parte de los compromisos en materia de Derechos Humanos que signamos y porque es nuestra convicción el trabajar para erradicar este problema que nos lacera como sociedad, presentamos este día la siguiente propuesta que contiene varios ejes de acción:   a)           Se está solicitando a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, destine y etiquete una partida presupuestal adicional de 60 millones de pesos a la Secretaría de Desarrollo Económico, para que la misma sea utilizada única y exclusivamente para apoyar a personas sobrevivientes de Trata de personas en la creación de micros, pequeñas y medianas empresas, con el fin de que puedan tener un trabajo estable.   No podemos olvidar que a las personas sobrevivientes de trata, derivado de la explotación a la que han sido sometidas, se encuentran sumamente sexualizadas, no sólo en su lenguaje, sino también en su comportamiento, razón por la cual es complicado que puedan permanecer en un trabajo de manera permanente, pues su comportamiento es visto como acoso.   En ese sentido, el trabajo que realizan las ONG´s, además de rescate, es de acompañamiento y rehabilitación hasta que logran las víctimas de trata recuperar su seguridad, siendo parte del proceso de sanación el contar con un trabajo, y que mejor que ese trabajo sea a través de la  creación  de sus propias empresas.   b)           Solicitar a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Publica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, que etiquete una partida presupuestal adicional de 25 millones de pesos, al Sistema Integral de la Familia (DIF-DF), para la atención y cuidado de niñas, niños y jóvenes menores de edad, rescatados y que hayan sido víctimas de mendicidad forzada, misma que también está considerada como una forma de trata.   Sobre el particular, resulta relevante que no se cuenta con datos por parte de las autoridades de la Ciudad, sobre este grave problema que a la vista de todos está presente.   c)         Se está solicitando a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, que también destine una partida de 10 millones de pesos adicional al presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2013, a la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, con el fin de actualizar los datos del Informe Especial sobre la Trata de Personas en el Distrito Federal, y para que además se incluyan los temas la explotación laboral y de trata con motivo del tráfico de órganos.   Lo anterior habida cuenta de que la trata no solamente es con fines sexuales, sino también con fines de explotación laboral y de tráfico de órganos.   d)        También se solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, que destine un partida de 10 millones de pesos adicionales de manera equitativa a la Secretaría de Seguridad Pública y a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, a fin de dar capacitación en materia de derechos humanos y atención a víctimas de Trata de Personas.   Esto porque es de vital importancia que con la actuación de la autoridad no se re-victimice  a las personas sobrevivientes de esta actividad ilegal.   e)         Por otro lado, se está solicitando al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, que durante el tiempo oficial  que tiene asignado  en medios de comunicación, se destine un bloque en el que se den a conocer las formas de Trata y las acciones para que como sociedad distingamos las señales que son utilizadas por el crimen organizado en esta materia, dirigidas principalmente a los grupos vulnerables para la comisión de este delito, como lo son mujeres, niños, niñas, jóvenes y personas indígenas.   f) También se está solicitando al Secretario de Gobernación, así como al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, que celebren convenios necesarios en materia de Turismo, con el fin de realizar campañas masivas en hoteles, restaurantes y zonas turísticas en general de la Ciudad de México, que contenga información relativa a la prevención y denuncia de las actividades ilícitas de trata.   g) Por lo que se refiere a lo establecido en la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal, relativo a los refugios especializados para víctimas de trata de personas, como espacios donde se brindan a las víctimas alojamiento por el tiempo necesario, asistencia médica especializada, jurídica, psiquiátrica y psicológica, para la reintegración social y laboral de las mismas, se solicitan 33 millones de pesos.   Este refugio está a cargo de la Procuraduría General del Justicia del Distrito Federal y según los informes de esta instancia y de algunas ONG´s en México, la atención integral para niñas, niños, jóvenes y mujeres sobrevivientes de la Trata de personas, tiene un costo promedio mensual que va de los 10 mil a los 11 mil pesos, y el internamiento en los refugios es en promedio de 6 meses. En ese orden de ideas, lo solicitado alcanzaría para un aproximado de 500 personas en ese mismo periodo de tiempo.   h) En otro orden de ideas, un problema que tienen que ver con la trata de personas es el relativo a desaparición de niños, niñas y jóvenes con fines de explotación y comercio sexual, de ahí que sea necesario que dentro del Programa de Recompensas Económicas que tiene la Procuraduría del Distrito Federal, se destine un presupuesto específico para que se pueda otorgar una recompensa a toda aquella persona que proporcione información sobre este delito.[4]   Sobre este punto, datos del año 2010 del Programa de Personas Desaparecidas de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, registraron 346 personas desaparecidas.   i) Finalmente, a través de este punto de acuerdo se está solicitando al Procurador General de Justicia del Distrito Federal, cree la Fiscalía Especializada en el combate al delito de trata de personas, ya que actualmente solamente está constituida como una Agencia Especializada, por lo que no cuenta con el personal ni con los elementos e instrumentos para la persecución y detención de tratantes y rescate de las víctimas. Esta Fiscalía es indispensable, tal y como desde el año 2011, lo reconoció el actual Jefe de Gobierno del Distrito Federal siendo entonces Procurador de Justicia de la Ciudad de México.   Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con  

 

PUNTO DE ACUERDO

 

PRIMERO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, destine y etiquete una partida presupuestal adicional de 60 millones de pesos en el Presupuesto de egresos del 2013, a la Secretaría de Desarrollo Económico, para apoyar a personas sobrevivientes de Trata de Personas en la creación de micros, pequeñas y medianas empresas, con el fin de que puedan tener un trabajo estable y acorde a sus necesidades en el presupuesto de egresos del 2013.   SEGUNDO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Soberanía, que etiquete una partida presupuestal adicional de 25 millones de pesos en el Presupuesto de egresos del 2013, para el Sistema Integral de la Familia (DIF-DF), para la atención y cuidado de niñas, niños y jóvenes menores de edad, rescatados y que hayan sido víctimas de mendicidad forzada.   TERCERO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Soberanía, destine una partida de 10 millones de pesos adicional en el Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2013, a la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, para que se avoque a la realización de la actualización de los datos del Informe Especial sobre la Trata de Personas en el Distrito Federal, incluyendo además de la explotación sexual, la explotación laboral y la que se realiza con fines de tráfico de órganos.   CUARTO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Soberanía, destine y etiquete recursos por 10 millones de pesos adicionales en el Presupuesto de Egresos 2013, de manera equitativa entre la Secretaría de Seguridad Pública y la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, a fin de dar capacitación a su personal en materia de derechos humanos y atención a víctimas de Trata de personas, con el fin de no re-victimizar a las personas sobrevivientes de esta actividad ilícita.   QUINTO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, que durante el tiempo que tiene asignado como del Estado en medios de comunicación, se destine un bloque en donde se den a conocer las formas de Trata con fines de explotación sexual, laboral y de tráfico de órganos, en una campaña dirigida a identificar las acciones que utiliza la delincuencia organizada para involucrar a las mujeres, niñas, niños, jóvenes y personas indígenas en las distintas formas de Trata de personas y medidas para su prevención y denuncia.   SEXTO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita respetuosamente a la Secretaría de Turismo, a la Secretaría de Seguridad Pública y a la Procuraduría General de Justicia, todas del Distrito Federal, para que analicen de manera conjunta la posibilidad de celebrar convenios de colaboración con la iniciativa privada, con el fin de realizar campañas masivas de información en hoteles, restaurantes y zonas turísticas de la Ciudad de México, relativa a la Trata de personas, su prevención y denuncia.   SÉPTIMO .- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Soberanía, destine y etiquete una partida presupuestal adicional a su techo presupuestal, equivalente a 33 millones de pesos a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, para la atención integral de niñas, niños, jóvenes y mujeres víctimas de Trata de personas con fines de explotación sexual y comercial, en el refugio especializado a su cargo.   OCTAVO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Soberanía, destine y etiquete una partida suficiente al Programa de Recompensas Económicas de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, especialmente para los informantes sobre personas desaparecidas víctimas de Trata de personas.   NOVENO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita al titular de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, a que de manera inmediata y mediante los procedimientos conducentes, cree la Fiscalía Especializada en el combate al delito de trata de personas, y en caso de ser necesario, solicite a esta Soberanía que se destinen los recursos presupuestarios necesarios para su puesta en marcha y funcionamiento.   Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:

 

       DIP. JESUS SESMA  SUÁREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ

                     COORDINADOR                                                       VICECOORDINADOR


[1] www.unodc.org. Resumen Ejecutivo Informe Mundial sobre la Trata de Personas UNODC (Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito). Febrero de 2009.
[2] 6º. Informe Procurador General de Justicia del Distrito Federal 2012. Glosa del Sexto Informe de Gobierno del Distrito Federal.
[3] Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2011, Gaceta Oficial del Distrito Federal. 31 de diciembre 2010. www.consejeria.df.gob.mx/gacetas
[4] http://www.youtube.com/watch?v=Nwx7s1OQF6o
CAMARA DE DIPUTADOS HONORABLE CONGRESO DE LA UNION LXII LEGISLATURA   Quien suscribe, Rosa Elba Pérez Hernández, Diputada de la LXII Legislatura, perteneciente al Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta Asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 31 Y 34 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL al tenor del siguiente:  

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

En la actualidad somos testigos de la discriminación de la cual son objeto las personas mayores de 40 años, los empleadores difícilmente adquieren sus servicios afectándoles con ello su economía personal, por ello consideramos necesario hacer algo para evitar la segregación por este carácter, sobre todo, porque en algunos años más el bono demográfico del que gozamos como país, en la actualidad se revertirá por razones naturales, de esta manera las condiciones presentes serán las mismas en un futuro, circunstancia que afectará severamente a la economía nacional.  

EXPOSICION DE MOTIVOS

En días previos nos toco vivir y participar intensamente, en dos reformas preferentes, proceso inédito en la historia legislativa mexicana. Uno de aquellos retos trascendentales, fue el tema de la reforma laboral, la cual, con todos los paralelismos hallados en este plural grupo de formadores de leyes, alcanzó, en términos generales, por todas las fuerzas políticas del país, y en las dos Cámaras, puntos en comunión logrando ser remitida por el Senado al Ejecutivo Federal para la correspondiente promulgación, la cual esperamos en breve, pues la reforma laboral debe fungir como un pistón en el engranaje social para generar empleos y crecimiento en la economía. Sin embargo, a pesar de ser un cambio fundamental, no dado desde hace cuatro décadas, es un logro inacabado, el cual debemos intentar mejorar constantemente. Por ello, en esta ocasión traigo a la reflexión un fenómeno social común, la discriminación laboral por edad, la cual se encuentra vinculada con la materia del derecho social, el bono demográfico presente hoy en día en el país y su proyección en algunos años más.   La discriminación laboral por edad se acentúa después de los 40 años, circunstancia indeseable, pues a esas alturas de la vida las personas cuentan con fuerza física plena y además, con la experiencia propia de la vida, así como la propia de su técnica o profesión. Al respecto, los empleadores suelen no contratar a personas de este segmento, porque sus honorarios son más encarecidos a los de jóvenes, y a éstos se les puede remunerar con cantidades decrecientes en comparación a las personas mayores. Es común constatar en los anuncios clasificados de los diarios del país, la exclusión de contratar solamente a menores de 40, esto impacta seguramente de modo considerable a la economía y bienestar de familias cuyas cabezas de hogar rondan por esas edades y con preocupación atestiguan una baja en el poder adquisitivo. Los informes de algunas compañías expertas en búsqueda de empleo, manifiestan que el 80 por ciento de la oferta de trabajo, excluye  a profesionales que sobrepasan la edad de 40 años. El rango de edad se ha convertido en un factor determinante para la inserción en el mercado laboral, el cual es inconcebible ya que además de que discrimina a esas personas, distorsiona el mercado laboral debido a que, si estas personas no se excluyeran se aportaría mayor productividad al mercado debido a su experiencia. De este modo, el ciclo económico y las condiciones del mercado laboral, convierten a las personas en este supuesto en subempleados, trabajando en cuestiones diferentes a su preparación, percibiendo poco y no proporcionar todos lo aprendido durante años. Países como Estados Unidos de Norte América, España, Australia, Chile, ó Argentina, han reconocido esta situación y cuentan con marcos jurídicos dedicados a resolverla. El nombre de la ley americana es “ACTA DE DISCRIMINACION LABORAL”. Por todo lo precedente, es que someto a la consideración de esta Asamblea una propuesta de modificación a leyes administrativas las cuales considero podrán generar mejoras al entorno social, y apoyar el ciclo económico. Lo anterior consta de ofrecer estímulos fiscales para propiciar la contratación en estos esquemas, de individuos en las brechas de edades referidas sabiendo que se ganaría experiencia, responsabilidad, y fuerza física plena.

 

 

INICAITVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.

DECRETO

Único.- Se modifica la fracción XXV y se recorren en su orden las subsecuentes, de la Ley Orgánica de las Administración Pública Federal; Artículo 31.- A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I a XXIV … XXV.- Establecer, en coordinación con la Secretaría de Economía, los estímulos fiscales necesarios para evitar la discriminación laboral, por cualquier razón. XXVI.- Los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos. Artículo 34.- A la Secretaría de Economía corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I a V VI.- Estudiar y determinar mediante reglas generales, conforme a los montos globales establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los estímulos fiscales necesarios para el fomento industrial, evitar la discriminación laboral, el comercio interior y exterior y el abasto, incluyendo los subsidios sobre impuestos de importación, y administrar su aplicación, así como vigilar y evaluar sus resultados; VII. …

 

TRANSITORIO

UNICO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación derogándose todas las disposiciones contradictorias. Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 06 días del mes de diciembre del 2012.

Suscribe

 

Diputada Rosa Elba Pérez Hernández

Quien suscribe, Gabriela Medrano Galindo, integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista, presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 4, fracción V, y 5, fracción XII, así como el capítulo III Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

La violencia de género es uno de los fenómenos sociales más extendidos y, a la vez, silenciados. El maltrato a las mujeres es el crimen más oculto, por su difícil investigación al quedar relegado al espacio privado. Sus dimensiones culturales, políticas y personales nos conducen a abordarla desde sus consecuencias y efectos en una sociedad, que desvaloriza a las mujeres y legitima la violencia como medio de relación humana.

Exposición de Motivos

Según la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (diciembre de 1993), se considera violencia contra la mujer “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive la amenaza de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada”.

Como Estado parte, en esta declaración estamos obligados a “aplicar por todos los medios apropiados y sin demora una política encaminada a eliminar la violencia contra la mujer”, y a legislar en materia civil, penal, laboral y administrativa para sancionar las ofensas realizadas a las mujeres que sean objeto de violencia.

México firmó la Convención Belém do Pará el 6 de junio de 1995, y fue aprobada por el Senado en 1998. Esta convención constituye el primer instrumento regional cuyo propósito específico es dirigirse y remediar la violencia basada en el género.

La convención constituye un paso definitivo para el avance en la condición de las mujeres, que obliga a los países miembros a modificar y adoptar las medidas legislativas necesarias para garantizar la protección de la mujer contra la violencia de género, perpetrada en el ámbito público como en el privado, por cualquier persona, incluyendo al Estado.

No obstante que la Convención de Belém do Pará tiene el mayor número de ratificaciones entre todos los tratados de derechos humanos, la violencia contra las mujeres constituye una violación de esos derechos y de las libertades individuales; es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desigual entre mujeres y hombres.

Las diferencias entre la violencia contra la mujer y otras formas de agresión y coerción residen en que en este caso el factor de riesgo o vulnerabilidad es el solo hecho de ser mujer. Es una realidad que las mujeres suelen ser víctimas de diversas formas de violencia a manos de sus parejas, familiares, o sus empleadores, así como de otros actores o hasta de manera institucional, pero como condición indispensable para su desarrollo individual y social y su plena e igualitaria participación en todas las esferas de la vida, debemos eliminar cualquier tipo de violencia de género.

Generalmente, los autores de estos actos de violencia atribuyen su comportamiento violento a la pobreza, el desempleo, problemas de drogadicción y alcoholismo, sin embargo, ninguna razón justifica el maltrato de mujeres o niñas en el seno familiar.

La violencia surge como una seria violación de los derechos humanos, que revoca el derecho de la mujer a la dignidad, la igualdad, la autonomía y el bienestar tanto físico como emocional, los derechos de las mujeres son universales e indivisibles, este deber de respeto incluye a las políticas económicas que pueden afectar derechos inalienables.

La violencia no es sólo una manifestación de relaciones de poder desiguales, abusivas e injustas, sino que también es un fenómeno de alto costo económico que trae como resultado, pérdidas significativas de potencial productivo. Ésta constituye la forma más abusiva de victimización de que son objeto las mujeres durante toda su vida. Este fenómeno tiene grandes implicaciones en la sociedad y genera problemas que a menudo empiezan en el nacimiento y continúan a lo largo de su ciclo de vida, afecta a mujeres de todo el mundo: pobres, rurales y de cualquier grupo racial y económico.

Esta iniciativa tiene el objeto de fortalecer a las mujeres indígenas, por medio del conocimiento y del reconocimiento de sus derechos humanos, del saber que no están solas y que pueden cambiar situaciones que las lastiman y las excluyen, por ello y derivado de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, nos pareció importante integrar a esta ley el apartado que realizan sobre las mujeres en las zonas rurales.

Hace más de tres décadas muchas de las formas de violencia en contra de la mujer eran aceptadas. A medida de que organizaciones o grupos comunitarios, alientan a las mismas mujeres a hablar sobre sus problemas, se comienza a hacer más evidente que la violencia contra ellas ocurre a grandes dimensiones y que ninguna es inmune, y que las instituciones han sido insensibles ante tal acontecimiento.

En muchos lugares de México se ha tolerado durante largo tiempo, la violencia contra la mujer, y la violación a sus derechos humanos permitiendo con ello la impunidad de los agresores.

Las comunidades rurales dependen de la agricultura y de actividades relacionadas con esta como la ganadería, la agroindustria. Un buen de porcentaje de la población total está representada por mujeres del área rural, las cuáles fuera del trabajo doméstico, participan activamente en tareas agrícolas y pecuarias, realizando casi todo el ciclo de producción.

Ellas se preocupan de la producción de alimentos, cría de ganado y aves de patio, hortalizas, cereales y frutas. Las mujeres participan ocupándose también de la siembra, abono de la tierra, recolección, deshierbe, almacenamiento y comercialización de los productos obtenidos. Tienen a su cargo, además, todas las tareas del hogar como: el acarreo de agua, búsqueda de leña, lavado de la ropa, preparación de alimentos, molida del maíz, cuidado de los niños, etcétera.

Existe una división sexual del trabajo que realizan las mujeres rurales, así como grandes diferencias en los ingresos económicos obtenidos.

La población rural vive en condiciones de pobreza superiores a la población urbana. Las entidades federativas con mayores índices de marginalidad coinciden con las de mayor porcentaje de población rural, lo cual repercute directamente en las condiciones de vida de la mujer campesina, singularmente en las de la mujer indígena.

La mujer rural está incorporada en los procesos de producción junto a los de reproducción, sin contar en la mayoría de los casos con los servicios básicos que le ayuden en esta tarea, emplean hasta 16 horas al día produciendo, elaborando, vendiendo, preparando alimentos, recogiendo materiales para combustible y acarreando agua para el hogar, además de otras tareas.

En este contexto, los problemas de salud, educación y empleo, adquieren características constantes con los de las mujeres urbanas.

Los problemas de salud en la mujer rural se centran en el aspecto reproductivo y se agudizan por la desnutrición, el excesivo trabajo físico y la carga emocional, por las precarias condiciones de servicios que incrementan su jornada y provocan enfermedades infectocontagiosas que traen consigo la mortandad infantil, lo que agudiza la presión sobre la mujer que tiene bajo su cuidado a la familia enferma, y el maltrato físico por violencia intrafamiliar que enfrenta en numerosas ocasiones.

Ante la necesidad de llevar recursos a la familia, la mujer rural ha desarrollado diversas tareas económicas. Exista una fuerte tendencia a tratar de vincular labores domésticas con actividades remunerativas que ayuden en la economía familiar: tejidos, confección de prendas de vestir, elaboración de accesorios para el hogar. Se ha incrementado el trabajo de maquila casera y el aprovechamiento de esta mano de obra con un manejo de las relaciones laborales entre mujeres y empleadores que está al margen de la ley, con lo que no se comprometen prestaciones que las beneficien tales como contrato, seguro social, primas vacacionales, etcétera.

Estas mujeres tienen potencial para participar en el desarrollo social y económico de sus comunidades y regiones. Pero la atención y el apoyo que recibe para lograrlo son insuficientes. La mujer rural demanda capacitación, participar en las decisiones de su sociedad, desarrollar actividades económicas que le generen ingreso y mejor nivel de vida para su familia; demanda servicios e infraestructura para su pueblo y para descargar las pesadas jornadas de trabajo doméstico y así progresar en su desarrollo personal e integrarse y participar en la dignificación de la calidad de vida del sector rural.

Cuando se aborda la problemática de los indígenas el asunto de la exclusión es de significada importancia, ya que el ser excluido significa no tener la posibilidad de compartir un espacio y un tiempo común en la comunidad. Una sociedad producirá exclusión, cuando sea menos capaz de crear un sentido compartido por todos los miembros que la integran, y cuanto más reduzca las posibilidades de la mayoría de influir dentro de las relaciones sociales. La exclusión está determinada por diferentes factores, entre los que destacan: la generación, la condición de género, la situación geográfica, la pertenencia étnica, el estrato socioeconómico, el partido político, la clase social, etc., de los sujetos que se encuentran dentro de una sociedad.

Para tener más claro este fenómeno, basta con referirnos a la temática de la exclusión que experimentan las mujeres rurales, quienes por condiciones en las que se encuentran, la viven cotidianamente; por su nivel socioeconómico, género, zona geográfica en la que viven y en algunos casos la pertenencia a alguna etnia.

Las mujeres indígenas están luchando por los derechos colectivos de sus comunidades, al mismo tiempo que se manifiestan al rechazo de los aspectos de las costumbres que atentan contra su dignidad en donde entra la violencia de género, la imposición de matrimonios y su marginación del gobierno comunitario, entre otros.

Si bien hemos logrado avances legislativos y esfuerzos por capacitar al personal encargado de la justicia, el reconocimiento de los derechos de las mujeres y en la prevención de la violencia, esos esfuerzos poco se reflejan en la atención cotidiana hacia la población rural, y especialmente hacia las mujeres indígenas.

Con objeto de erradicar esta práctica violatoria de los derechos humanos de las mujeres y que sigue siendo común en el país, en el Grupo Parlamentario del Partido Verde nos vemos en la necesidad de presentar esta iniciativa encaminada a reformar y adicionar algunos artículos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para que de esta manera la comunidad femenina y en especial la comunidad femenina rural, se desenvuelva en un ambiente de progreso y dignidad, así como para que la sociedad mexicana reconozca y aplique los derechos de las mujeres.

Así pues, en esta propuesta agregamos una adición al artículo 4, en relación a los derechos humanos de las mujeres en referencia a los principios rectores que deberán ser observados en la elaboración de las políticas federales y locales.

La mujer es el grupo excluido más grande del mundo, padece de toda clase de marginación, y a pesar de las mejoras obtenidas en las legislaciones, no ha sido posible conseguir las mismas oportunidades que los hombres, es por ello que consideramos necesario adicionar en la lista de definiciones del artículo 5 del mencionado ordenamiento, en la fracción XIII, la definición de “discriminación de la mujer”.

Y por último, pretendemos adicionar en el título II el capítulo III Bis, donde se hace referencia a la violencia en la comunidad rural, y se propone adoptar medidas para evitar la discriminación en estas zonas con el fin de asegurar la igualdad entre hombres y mujeres respetando en todo momento sus derechos a seguridad social, acceso a atención médica, educación, igualdad en oportunidades económicas, obtención de créditos y préstamos agrícolas, así como a tener condiciones de vida adecuadas en sectores como vivienda, electricidad, agua, transporte, etcétera.

El apoyo que nos toca brindar como legisladoras y legisladores, es generar las condiciones óptimas para que las mujeres tengan más y mejores oportunidades educativas y laborales, con el único y claro objetivo de disminuir esta terrible discriminación hacía nuestras hermanas indígenas.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados se somete a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se adicionan las fracciones V al artículo 4 y XII al 5, así como el capítulo III Bis en el título II, de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para quedar como sigue:

Artículo 4. ...

I. a IV. ...

V. Los derechos humanos de la mujer.

Artículo 5. ...

I. a XI. ...

XII. Discriminación contra la mujer: denotará toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.

Título II Modalidades de la Violencia

Capítulo III Bis De la Violencia en la Comunidad Rural

Artículo 17 Bis. El Estado mexicano tendrá en cuenta los problemas especiales a que hace frente a la mujer rural y el importante papel que desempeña en la supervivencia económica de su familia, incluido su trabajo en los sectores no monetarios de la economía.

Se adoptarán medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en zonas rurales a fin de asegurar en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, su participación en el desarrollo rural y en sus beneficios, y en particular le asegurarán el derecho a

I. Participar en la elaboración y ejecución de los planes de desarrollo a todos los niveles;

II. Tener acceso a servicios adecuados de atención médica, inclusive información, asesoramiento y servicios en materia de planificación de la familia;

III. Beneficiarse directamente de los programas de seguridad social;

IV. Obtener todos los tipos de educación y de formación, académica y no académica, incluidos los relacionados con la alfabetización funcional, así como, entre otros, los beneficios de todos los servicios comunitarios y de divulgación a fin de aumentar su capacidad técnica;

V. Organizar grupos de autoayuda y cooperativas a fin de obtener igualdad de acceso a las oportunidades económicas mediante el empleo por cuenta propia o por cuenta ajena;

VI. Participar en todas las actividades comunitarias;

VII. Obtener acceso a los créditos y préstamos agrícolas, a los servicios de comercialización y a las tecnologías apropiadas, y recibir un trato igual en los plantes de reforma agraria y de reasentamiento; y

VIII. Gozar de condiciones de vida adecuadas, particularmente en las esferas de la vivienda, los servicios sanitarios, la electricidad y el abastecimiento de agua, el transporte y las comunicaciones.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de noviembre de 2012.

Diputada Gabriela Medrano Galindo (rúbrica)

El suscrito, Nabor Ochoa López, diputado de la LXII Legislatura e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a la consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por la cual se reforma el artículo 115, fracción IV, inciso c), párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

La fracción IV del artículo 115 constitucional le determina al municipio la competencia de administrar libremente su hacienda; asimismo, en el inciso a) de esa misma fracción, estipula la facultad de éste para recibir las contribuciones establecidas por las entidades federativas sobre la propiedad inmobiliaria.

De este modo concluimos, por una parte, en la autonomía del municipio en la recaudación; más no así en la imposición de contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.

En este sentido, apreciamos constantemente en el ámbito municipal, la necesidad de recaudar más recursos y fortalecer la hacienda municipal, pues las demandas y necesidades de la ciudadanía van en aumento, lo que ocasiona frecuentemente que los municipios tengan que recurrir al endeudamiento. Es por ello importante vincular, primero, la necesidad de obtener más recaudación propia; y segundo, la realidad jurídica de la inexistencia de un apartado legal en la Constitución por virtud del cual se fundamente el cobro del impuesto predial a favor de los municipios de los inmuebles propiedad de la federación y los estados, cuya labor esté encaminada a una actividad diferente de la principal que realizan.

Concebimos esta opción como una vía justa para aumentar la recaudación en los municipios, consiguiendo así mejores ingresos para la implementación de políticas públicas cuyo objeto sea propiciar mayor cobertura y/o calidad de los servicios públicos de su competencia.

Exposición de Motivos

El Estado mexicano está constituido por tres órdenes de gobierno: el Estado federal, las entidades federativas y el municipio. Este último, materia que hoy nos ocupa, está regido por el artículo 115 Constitucional, en el cual se señala que el municipio libre es la base de la división territorial y de la organización política y administrativa de los estados; la administración del municipio está a cargo del ayuntamiento y es de elección popular directa; se haya investido de personalidad jurídica y manejará su patrimonio conforme a la ley; administrará libremente su hacienda; formulará, aprobará y administrará sus planes de desarrollo urbano; además tiene intervención en procesos de conurbación y tiene el mando de la fuerza pública municipal.

De acuerdo con el Inegi, en México existen 2 mil 440 municipios distribuidos en 31 entidades federativas las cuales guardan importantes diferencias de concentración en número de municipios y en población asentada. Cuatro entidades tienen menos de 10 municipios; once entidades tienen entre 11 y 50 municipios; 8 entidades con más de 50 y menos de 100 municipios; 5 entidades tienen más de 100 municipios; dos entidades tienen más de 200; y el estado de Oaxaca tiene 570 municipios, que constituyen el 23 por ciento del total nacional.

A pesar de las distintas facultades que le brinda la Constitución a los municipios, en realidad son pocas las que ejerce, debido a la poca infraestructura con la que cuentan. En México, los municipios tienen características muy particulares desde el punto de vista económico, es decir, la manera en que se allegan de recursos y las potestades tributarias con los que cada uno cuenta son diversas, ya que, el papel que juegan las transferencias federales es fundamental para el desempeño de sus funciones. Las principales potestades tributarias de los municipios son el impuesto predial, derechos y aprovechamientos; además de que las bases gravables son muy pequeñas por lo que la recaudación propia es muy pobre y las necesidades son muy elevadas.

La centralización de los ingresos, dependió en mucho del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal que data de 1980 y que se refleja en la Ley de Coordinación Fiscal. En la anterior, se estableció el conjunto de disposiciones y órganos que regularían la cooperación entre la federación y las entidades federativas, incluyendo el Distrito Federal, con la finalidad de armonizar el sistema tributario mediante la coordinación y colaboración intergubernamental, estableciendo y distribuyendo las participaciones que correspondan a sus haciendas públicas en los ingresos federales y apoyar al sistema de transferencias mediante los fondos de aportaciones federales (ramos 28 y 33, respectivamente).

En otras palabras, se cedieron potestades tributarias a cambio de mayores transferencias federales. Sin embargo, ese conjunto de disposiciones, lejos de beneficiar a los municipios, no les ha permitido avanzar para poder satisfacer las demandas de sus pobladores, debido a que, en los últimos años se ha recurrido al endeudamiento para llevar a cabo la infraestructura necesaria y hacer frente a las necesidades particulares de cada uno. En la mayoría de los casos, las transferencias que le brinda la federación son insuficientes, ya que depende de los criterios establecidos en la Ley de Coordinación Fiscal como se lleva a cabo la distribución de los recursos. Actualmente, la mayoría de los Municipios presentan carencias graves en muchos temas básicos como es la salud, educación, desarrollo social, servicios públicos, entre otros.

La manera en que se distribuyen recursos a los estados y municipios es a través de los ramos 28 (Participaciones a Entidades Federativas y Municipios) y 33 (Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios). En el caso del ramo 28, el Fondo General de Participaciones es el componente principal del sistema de participaciones ya que de acuerdo a la Ley de Coordinación Fiscal en su artículo segundo menciona que del total de la Recaudación Federal Participable que obtenga la federación en un ejercicio, se asigne 20% al Fondo General de Participaciones, el cual tiene como criterios de asignación de recursos principalmente la población de las Entidades Federativas como medida para promover la equidad; el criterio de territorialidad con base en los impuestos asignables, y el resto en proporción inversa a las participaciones por habitante.

De acuerdo con cifras del Sistema Estatal y Municipal de Bases de Datos del Inegi y datos publicados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el 82 por ciento de las participaciones la concentran sólo trece entidades federativas como se observa en el cuadro siguiente:

También se observa en la información anterior, que el criterio poblacional de distribución de recursos no ha sido promotor de un desarrollo más equitativo ya que no toma en cuenta las diferencias que se observan en la Entidades Federativas respecto de sus necesidades, los costos de prestar servicios y su capacidad fiscal; como es el caso de los Estados de Guerrero, Hidalgo, Oaxaca, Colima, Zacatecas, Tlaxcala por mencionar algunos.

De acuerdo con el Instituto Mexicano de la Competitividad, en 2010, las cinco entidades federativas más competitivas fueron el Distrito Federal, Nuevo León, Coahuila, Querétaro, y Aguascalientes. Las primeras tres, están intrínsecamente relacionadas con las Participaciones Federales asignadas, y las dos últimas con el nivel de inversión extranjera directa.

Por otro lado, un factor fundamental para hacer frente a la debilidad presupuestal de los municipios ha sido la contratación de deuda, que ha derivado en un descontrol de las administraciones municipales, convirtiéndose en un tema de prioridad en la agenda nacional. En el cuadro siguiente se observa el nivel de endeudamiento de los municipios de acuerdo a cada entidad federativa a la que pertenecen; por lo que, de las diez entidades federativas con mayor endeudamiento de sus municipios, ocho son a las que mayor nivel de recursos se les asignan según el criterio de población, pero que no necesariamente son eficientes en el uso y destino de los mismos.

Actualmente, el municipio es considerado una pieza fundamental en el federalismo Mexicano; sin embargo, éste no ha tenido el respaldo institucional suficiente para funcionar correctamente. Es por ello, que se necesita fortalecer las haciendas municipales mediante esfuerzos claros y precisos, de manera que se lleven a cabo acciones concretas que permitan mejorar la recaudación de ingresos propios.

Esos recursos adicionales permitirían, no solo satisfacer las demandas ciudadanas, sino que se estimularía el crecimiento económico de los municipios y se atraería inversión que genere empleos y un bienestar en la población, disminuyendo los índices de marginación y así, generar competitividad entre los municipios, a efecto de que los beneficiados de ésta planeación sean siempre los ciudadanos.

Un fenómeno que cada vez es más frecuente es el hecho de que los gastos operativos en los municipios van cada vez en aumento y su recaudación es menor. Por lo que el balance fiscal de la hacienda municipal es deficitario en algunas entidades federativas. Este hecho representa riesgos para asignación de un préstamo crediticio, lo que hace aún más difícil solventar los compromisos establecidos.

Para evitar que los municipios aumenten sus gastos operativos y recurran al endeudamiento, así como también aumenten y mejoren su recaudación y es necesario el aprovechamiento máximo de sus potestades tributarias. En el caso del Impuesto predial, suponiendo que se recaudara sin excepciones, sería una variable importante que incrementaría considerablemente los ingresos propios y el municipio tendría efectivamente la libre administración hacendaria y autonomía municipal, logrando además una menor dependencia de las participaciones federales.

El derecho fiscal señala que el impuesto predial es un tributo principalmente a favor de los gobiernos municipales; al igual que otro tipo de gravámenes inmobiliarios bien puede ser una fuente importante de ingresos, por lo que es de particular interés que los municipios puedan aprovechar los beneficios que esta facultad pueda hacer llegar a su hacienda.

El artículo 115 de nuestra Constitución establece en su fracción IV la exención de pago de contribuciones a “los bienes de dominio público de la federación, de los estados o de los municipios, salvo que tales bienes sean utilizados por entidades paraestatales o por particulares, bajo cualquier titulo, para fines administrativos o propósitos distintos a los de su objeto público.”

Los municipios han tenido diversos problemas al interpretar este precepto constitucional, pues los usuarios de dichos bienes fundamentan el no pago de sus contribuciones en el hecho de que los bienes mencionados se encuentran dentro de la denominación “de dominio público”, argumentando junto con ello que están destinados a un servicio público, ocasionando procesos judiciales burocráticos, costosos y resoluciones que afectan los ingresos de los Municipios.

Actualmente, la forma de exención para estos gravámenes impide el que muchos de los inmuebles que se encuentran dentro del territorio municipal cumplan con estas obligaciones fiscales, lo que provoca un injustificado subsidio de este orden de gobierno, es decir el municipal, que es el que menor proporción recibe del ingreso fiscal en comparación con el Estatal y desde luego Federal.

Al eliminar estas exenciones se podrá contribuir a una mejor y más ordenada contribución, así como fortalecer la capacidad de gestión pública municipal en términos de eficacia y eficiencia. Además, esta propuesta va en total congruencia con la idea de fortalecer la hacienda pública Municipal, a través de incrementar los ingresos municipales; lograr una menor dependencia de los recursos transferidos por la federación y avanzar hacia un federalismo fiscal más justo y equitativo con los municipios.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y por los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto

Único. Se reforma el párrafo segundo, inciso c), fracción IV, del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 115. ...

I...III.

IV...

c)...

Las leyes federales no limitarán la facultad de los Estados para establecer las contribuciones a que se refieren los incisos a) y c), ni concederán exenciones en relación con las mismas. Las leyes estatales no establecerán exenciones o subsidios en favor de persona o institución alguna respecto de dichas contribuciones. Sólo estarán exentos los bienes de dominio público de la federación, de los estados o los municipios, salvo que tales bienes sean utilizados, bajo cualquier titulo, para fines administrativos o propósitos distintos a los de su objeto público.

Transitorios

Primero. La presente reforma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las legislaturas estatales deberán modificar su marco legal para hacer posible la implementación del cobro predial correspondiente, dentro de los 90 días naturales posteriores a la entrada en vigor del presente decreto.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veintisiete de noviembre de 2012.

Diputado Nabor Ochoa López (rúbrica)

 

El suscrito, Carlos Octavio Castellanos Mijares, integrante de la LXII Legislatura, perteneciente al Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 6 de la Ley de Planeación, al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

Actualmente no se tiene un rumbo claro del Plan Nacional de Desarrollo (PND); la Ley de Planeación es un conjunto de normas de orden público e interés social encaminadas a establecer los objetivos, las estrategias y prioridades nacionales que se llevarán a cabo dentro de un sexenio.

Es necesario que a las anteriores metas se dé seguimiento puntual y exhaustivo, para verificar que cada uno de los ejes se vaya cumpliendo de manera adecuada o si, en determinado momento existen retrasos, la Cámara de Diputados pueda señalarlos, de manera que no sólo sea un mero trámite de entrega de informes de avances de este ordenamiento.

Exposición de Motivos

El bienestar de una nación se basa en la adecuada aplicación de las políticas públicas en beneficio de todos los sectores. Por ello, la programación que todo gobernante realice respecto a las estrategias y programas del Estado mexicano, es por demás importante.

En este sentido, el contar con un sistema de planeación nacional correcto, permite incrementar el impacto de las políticas públicas, estableciendo mecanismos de coordinación de acciones y trabajo intersectoriales, en temas prioritarios para el desarrollo de la nación.

Así, el Plan Nacional de Desarrollo se convierte en el principal instrumento del quehacer público, pues de él depende en gran medida el porvenir de nuestro país. De nada sirven altos niveles de crecimiento, si no se tienen las estrategias adecuadas para transmitirlo en todos los ámbitos.

Durante décadas el Plan Nacional de Desarrollo, ha sido visto como un mero trámite burocrático del gobierno en turno, y no como una herramienta estratégica, de crecimiento y de consolidación de principios básicos para el desarrollo. Uno de los principales cambios por los que debe empezar nuestro país, es precisamente la transformación del sistema de planeación nacional.

Es por ello, que para el Grupo Parlamentario del Partido Verde, resulta de suma importancia el promover reformas que contribuyan al mejoramiento de la planeación nacional, de tal forma que también sea posible generar una mayor consistencia entre las políticas y los programas de las distintas dependencias, a fin de que las acciones de las entidades de la administración pública federal sean sinérgicas y busquen atender realmente las necesidades de la sociedad.

Frecuentemente observamos que los objetivos planteados en el PND no se cumplen con cabalidad, y al respecto, no existe repercusión alguna. Por ello, proponemos que sea la Cámara de Diputados a quien anualmente se entregue un informe sobre los avances en cuanto a los objetivos de los cinco ejes propuestos en éste, con la finalidad de que la Auditoría Superior de la Federación pueda realizar el análisis respectivo.

Al respecto, es de señalar que si bien cada mes de marzo el Ejecutivo remite a la Comisión Permanente del Congreso un informe de acciones y resultados de la ejecución del plan y los programas, ésta ha sido un práctica que se ha venido dando con poca estructuración y sustento legal para poder tener una mayor exigencia en cuanto a los resultados e informes presentados. Pareciera ser, tan sólo un trámite de cortesía política que tiene el Ejecutivo con el Congreso, y no un verdadero informe de rendición de cuentas.

Por todo esto, consideramos necesario hacer las enmiendas correspondientes para ofrecer una verdadera injerencia revisora a la Cámara de Diputados, y por ende, a la Auditoría Superior de la Federación.

En este sentido, vale la pena señalar que si bien el Congreso ya tiene ciertas facultades respecto al paquete económico anual, que de alguna manera rige los programas mediante los cuales se da cumplimiento al PND, es ilógico que éste instrumento que es de la mayor relevancia para la nación, no establezca mecanismo de control y verificación que a la larga ofrezcan mayor certidumbre y beneficios a la sociedad en general.

Si bien el artículo 5 de la Ley de Planeación establece que el Presidente de la República remitirá el Plan Nacional de Desarrollo al Congreso de la Unión para su examen y opinión, el resultado de lo anterior se reduce al cumplimiento de un mero trámite político, sin que exista una facultad expresa de seguimiento por parte del Congreso.

Con lo anterior, se pretende que el Ejecutivo federal efectivamente conforme un Plan de Desarrollo incluyente, que sea sujeto a una mayor transparencia y rendición de cuentas.

Por todo ello, sometemos a su consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se modifica el artículo 6 de la Ley de Planeación

Artículo Único. Se reforma el segundo párrafo del artículo 6 y se modifica el párrafo tercero del mismo artículo a la Ley de Planeación.

Ley de Planeación

Artículo 6. ...

En el mes de marzo de cada año, el Ejecutivo remitirá a la Cámara de Diputados el informe de las acciones y resultados de la ejecución del plan y los programas a que se refiere el párrafo anterior, incluyendo un apartado específico con todo lo concerniente al cumplimiento de las disposiciones del artículo 2 constitucional en materia de derechos y cultura indígena.

La Secretaría de Hacienda tendrá la obligación de proporcionar en el documento antes señalado, la información de las cuentas relacionadas y correspondientes a lo establecido en los dos párrafos que anteceden, a fin de permitir a la Cámara de Diputados a que a través de la Auditoría Superior de la Federación, se realice el análisis de las cuentas, con relación a los objetivos y prioridades de la planeación nacional.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de noviembre de 2012.

Diputado Carlos Octavio Castellanos Mijares (rúbrica)

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