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México, D. F., a 17 de febrero de 2015

POSICIONAMIENTO DEL PARTIDO VERDE, EN VOZ DE LA DIPUTADA CARLA ALICIA PADILLA RAMOS, RESPECTO AL DICTAMEN QUE REFORMA LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 112 DE LA LEY GENERAL DE SALUD, RELATIVO A LA AUTOMEDICACIÓN

Con la venia de la presidencia.

Compañeros y compañeras legisladores, es evidente que la educación a la salud debe de orientar y capacitar a la población sobre el autocuidado a la salud; incluyendo temas de automedicación responsable y riesgos de autoprescripción.

La automedicación se define como la selección y uso de medicamentos por parte de los individuos para el tratamiento de trastornos o síntomas autodiagnosticados o autoreconocidos.

En la inmensa mayoría de los hogares, una gran parte de las enfermedades que aparecen en la vida de las personas, son manejadas, al menos inicialmente, con alguna de las técnicas o medicamentos que la propia familia conoce o tiene a su alcance para aliviar dichos problemas.

Los “autocuidados sanitarios” constituyen una forma de responsabilidad individual sobre la propia salud, por la que el paciente elige libremente un tratamiento a partir de sus propios conocimientos.

La automedicación constituye un hecho cotidiano y habitual en la mayoría de los hogares.

Existen fármacos de libre acceso seguros y efectivos que se usan para manejar o asistir en el manejo de más de 450 condiciones médicas, muchas de las cuales ocurren decenas de veces por año. Por ejemplo, estos productos son los principales en el tratamiento de dolores de cabeza o agruras.

Otras condiciones que se pueden tratar con estos medicamentos como terapia primaria son gripa común, rinitis alérgica, dismenorrea, fiebre, constipación o estreñimiento, diarrea, dermatitis por contacto, entre otras. De igual manera, pueden ser usadas para disminuir síntomas menores y con ello evitar visitas triviales o innecesarias a consulta, con el consecuente ahorro económico.

El autocuidado sigue siendo necesario, tanto para el manejo de enfermedades agudas no graves, pero muy frecuentes, como para la prevención en forma de hábitos de vida saludables, de las enfermedades que hoy en día son la causa principal de enfermedad y muerte, problemas cardiovasculares y cáncer. La organización mundial de la salud ha reconocido que el autocuidado en salud es el recurso más importante en la atención médica y que este incluye la automedicación.

Esta actividad se está convirtiendo en un área cada vez más importante dentro de los servicios de asistencia familiar. Facilita a los pacientes a una mayor independencia a la toma de decisiones sobre el manejo de enfermedades menores, promoviendo así su empoderamiento.

Los consumidores necesitan información objetiva, clara y precisa en relación con los fármacos de libre acceso y suplementos. Deben de conocer los potenciales riesgos a la salud asociados con los medicamentos de libre acceso y los efectos adversos que pueden ser significantes.

Existe una carencia de información que apoye la automedicación segura y responsable. La finalidad de proveer esta información es darle al usuario de medicamentos herramientas para que tome decisiones informadas sobre su salud, y protegerlo de riesgos potenciales derivados de consumir medicamentos. Diversos estudios han mostrado que los consumidores quieren información sobre sus medicamentos, y que la información adecuada disminuye la ocurrencia de reacciones adversas.

Es muy importante la aprobación del presente dictamen, ya que la presente reforma permitirá promover el autocuidado y al automedicación responsable; detener la práctica de que los individuos ingieran medicamentos sin prescripción médica, basándose únicamente en sus experiencias de padecimientos, lo cual implica un riesgo para la salud.

Con la presente reforma y con el escenario que vive nuestro país en materia de salud; la automedicación responsable coadyuva a que el Estado erogue los recursos estrictamente necesarios, además de reducir una práctica incorrecta de la autoprescripción al momento que la persona reconoce con mayor certeza cuándo debe de acudir o no al médico.

En el grupo parlamentario del Partido Verde, mi Partido, votaremos a favor del presente dictamen, porque no cabe duda que es esencial promover la automedicación responsable y distinguirla de la autoprescripción, por los beneficios individuales y sociales que aporta, por el impacto positivo que tiene en la salud pública; y en el Sistema Nacional de Salud.

Votemos a favor y sentemos con ello las bases para la construcción de un mejor presente y un futuro más próspero para las mexicanas y los mexicanos.

Por su atención, muchas gracias.

Es cuanto, señor presidente.

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

México, D. F., a 17 de febrero de 2015

POSICIONAMIENTO DEL PARTIDO VERDE, EN VOZ DEL DIPUTADO RUBÉN ACOSTA MONTOYA, RELATIVO AL DICTAMEN QUE ADICIONA UNA FRACCIÓN IV AL ARTÍCULO 464 TER DE LA LEY GENERAL DE SALUD

Gracias, presidente.

Pido una disculpa a la Comisión de Salud por desviarme para aclarar lo que es obvio, algunas imprecisiones, ideas preconcebidas que no tienen nada que ver con la realidad; porque algunos aquí, en particular una persona que así lo expresó, le molesta que el Verde sí cumple lo que promete.

Que el Verde, verdaderamente lo que le promete a la gente, alcanza el objetivo y no nada más eso, sino que ejerce su derecho, lo repito, ejerce su derecho de hacerlo del conocimiento, como se lo exige la ley. Lo que hacemos en el Partido Verde es informarle a la ciudadanía que lo que te prometí, te lo cumplí.

Pero además me llamó la atención un poco el discurso de la persona que hizo el señalamiento, porque resulta que ahora le parece mal que el Gobierno o más bien que el Partido Verde, proponga que el Gobierno asuma su obligación de surtir esos medicamentos de manera correcta a la gente; y que, si no los tiene, tenga la opción de poderlos tener en una farmacia que es pública, en la que no se estaría beneficiando en la tercera venta a un particular. Una cuestión muy extraña que mejor prefiera que lo hagan los particulares.

No sabemos por dónde van esos intereses, parecen oscuros, negros, extraños, pero bueno fuera, de eso nos desviamos entonces al tema que nos ocupa y que es un tema noble.

Entramos en materia entonces. Una muestra médica es un producto farmacéutico, como todos ustedes saben, y es un instrumento de publicidad para que esos laboratorios que fabrican precisamente esos medicamentos, puedan hacerlos llegar a un doctor con el fin de que lo promocione de la manera adecuada o bien se cerciore también del efecto que tiene ese medicamento de manera positiva para su paciente.

En este sentido, las muestras médicas son fabricadas con los mismos requisitos y especificaciones que los originales, y lo único que los distingue de estos es la leyenda en el empaque que señala muestra médica. De la fabricación total de un medicamente sólo el uno por ciento de ellos es una muestra médica.

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, Cofepris, reconoció que la comercialización de muestras médicas, detona un verdadero problema sanitario y una falsificación precisamente de estos medicamentos. ¿Por qué? Porque esos empaques que normalmente se usan para estas muestras médicas, se pueden utilizar para otros fines.

De acuerdo a los informes de la Cofepris, indican que la venta de  muestras médicas representan la tercera parte del mercado negó, las cuales se pueden encontrar en Internet, mercados ambulantes o en cualquier otro uso que se dé a la venta del mercado negro de este tipo de medicamentos.

Como una estrategia, desde 2010 la Cofepris realiza operativos conjuntos con la PGR, Profeco y Sedena, con el fin de decomisar esas muestras médicas que se venden de forma ilegal y resguardar la salud de la población. Otro ejemplo más de que el Gobierno hace su papel de manera correcta.

Es así que en el primer trimestre de 2014 incautaron más de cinco toneladas de muestras médicas que se encontraban a la venta en el comercio informal de Jalisco, Estado de México, Distrito Federal y Puebla. Y esto lo cito como un ejemplo de muchos operativos que se están llevando a cabo en el país.

Por obviedad de tiempo, les expreso -compañeras y compañeros- que con la aprobación de esta reforma se podrá desincentivar la venta ilegal de muestras médicas al establecer una pena de uno a 9 años de prisión y una multa equivalente de 20 mil a 50 mil días de salario mínimo a quien comercialice irregularmente muestras médicas, y peor aún, que aproveche este noble producto de promoción con otros fines que no son los señalados.

Compañeras y compañeros legisladores, los integrantes del grupo parlamentario del Partido Verde, votaremos, por supuesto, a favor de esta iniciativa que es noble y que aporta más para la protección y la salud de la gente.

Es cuanto, presidente, y gracias por su defensa a favor del tiempo de cualquier diputado.

Gracias.

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

CAMARA DE DIPUTADOS HONORABLE CONGRESO DE LA UNION LXII LEGISLATURA   Quien suscribe, Rosa Elba Pérez Hernández, Diputada de la LXII Legislatura, perteneciente al Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta Asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 31 Y 34 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL al tenor del siguiente:  

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

En la actualidad somos testigos de la discriminación de la cual son objeto las personas mayores de 40 años, los empleadores difícilmente adquieren sus servicios afectándoles con ello su economía personal, por ello consideramos necesario hacer algo para evitar la segregación por este carácter, sobre todo, porque en algunos años más el bono demográfico del que gozamos como país, en la actualidad se revertirá por razones naturales, de esta manera las condiciones presentes serán las mismas en un futuro, circunstancia que afectará severamente a la economía nacional.  

EXPOSICION DE MOTIVOS

En días previos nos toco vivir y participar intensamente, en dos reformas preferentes, proceso inédito en la historia legislativa mexicana. Uno de aquellos retos trascendentales, fue el tema de la reforma laboral, la cual, con todos los paralelismos hallados en este plural grupo de formadores de leyes, alcanzó, en términos generales, por todas las fuerzas políticas del país, y en las dos Cámaras, puntos en comunión logrando ser remitida por el Senado al Ejecutivo Federal para la correspondiente promulgación, la cual esperamos en breve, pues la reforma laboral debe fungir como un pistón en el engranaje social para generar empleos y crecimiento en la economía. Sin embargo, a pesar de ser un cambio fundamental, no dado desde hace cuatro décadas, es un logro inacabado, el cual debemos intentar mejorar constantemente. Por ello, en esta ocasión traigo a la reflexión un fenómeno social común, la discriminación laboral por edad, la cual se encuentra vinculada con la materia del derecho social, el bono demográfico presente hoy en día en el país y su proyección en algunos años más.   La discriminación laboral por edad se acentúa después de los 40 años, circunstancia indeseable, pues a esas alturas de la vida las personas cuentan con fuerza física plena y además, con la experiencia propia de la vida, así como la propia de su técnica o profesión. Al respecto, los empleadores suelen no contratar a personas de este segmento, porque sus honorarios son más encarecidos a los de jóvenes, y a éstos se les puede remunerar con cantidades decrecientes en comparación a las personas mayores. Es común constatar en los anuncios clasificados de los diarios del país, la exclusión de contratar solamente a menores de 40, esto impacta seguramente de modo considerable a la economía y bienestar de familias cuyas cabezas de hogar rondan por esas edades y con preocupación atestiguan una baja en el poder adquisitivo. Los informes de algunas compañías expertas en búsqueda de empleo, manifiestan que el 80 por ciento de la oferta de trabajo, excluye  a profesionales que sobrepasan la edad de 40 años. El rango de edad se ha convertido en un factor determinante para la inserción en el mercado laboral, el cual es inconcebible ya que además de que discrimina a esas personas, distorsiona el mercado laboral debido a que, si estas personas no se excluyeran se aportaría mayor productividad al mercado debido a su experiencia. De este modo, el ciclo económico y las condiciones del mercado laboral, convierten a las personas en este supuesto en subempleados, trabajando en cuestiones diferentes a su preparación, percibiendo poco y no proporcionar todos lo aprendido durante años. Países como Estados Unidos de Norte América, España, Australia, Chile, ó Argentina, han reconocido esta situación y cuentan con marcos jurídicos dedicados a resolverla. El nombre de la ley americana es “ACTA DE DISCRIMINACION LABORAL”. Por todo lo precedente, es que someto a la consideración de esta Asamblea una propuesta de modificación a leyes administrativas las cuales considero podrán generar mejoras al entorno social, y apoyar el ciclo económico. Lo anterior consta de ofrecer estímulos fiscales para propiciar la contratación en estos esquemas, de individuos en las brechas de edades referidas sabiendo que se ganaría experiencia, responsabilidad, y fuerza física plena.

 

 

INICAITVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.

DECRETO

Único.- Se modifica la fracción XXV y se recorren en su orden las subsecuentes, de la Ley Orgánica de las Administración Pública Federal; Artículo 31.- A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I a XXIV … XXV.- Establecer, en coordinación con la Secretaría de Economía, los estímulos fiscales necesarios para evitar la discriminación laboral, por cualquier razón. XXVI.- Los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos. Artículo 34.- A la Secretaría de Economía corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I a V VI.- Estudiar y determinar mediante reglas generales, conforme a los montos globales establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los estímulos fiscales necesarios para el fomento industrial, evitar la discriminación laboral, el comercio interior y exterior y el abasto, incluyendo los subsidios sobre impuestos de importación, y administrar su aplicación, así como vigilar y evaluar sus resultados; VII. …

 

TRANSITORIO

UNICO. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación derogándose todas las disposiciones contradictorias. Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 06 días del mes de diciembre del 2012.

Suscribe

 

Diputada Rosa Elba Pérez Hernández