INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 298 Y 299; Y, SE ADICIONA UN ARTÍCULO 298 BIS, AL REGLAMENTO INTERIOR DEL SENADO DE LA REPÚBLICA; CON EL FIN DE REGULAR LA ACTIVIDAD DE CABILDEO.

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Del Sen. Pablo Escudero Morales,del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la que contiene proyecto de decreto por el que se modifica el artículo 26 y se adiciona un artículo 44 bis a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

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SENADORAS LISBETH HERNÁNDEZ LECONA, IVONNE LILIANA ÁLVAREZ GARCÍA, ANGÉLICA DEL ROSARIO ARAUJO LARA, MARÍA ELENA BARRERA TAPIA, MARGARITA FLORES SÁNCHEZ, MA. DEL ROCÍO PINEDA GOCHI Y MELY ROMERO CELIS,CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 71 FRACCIÓN II Y 133 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 8 NUMERAL 1 FRACCIÓN I, 164 NUMERALES 1 Y 2, 169 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DEL REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPÚBLICA, SOMETEMOS A CONSIDERACIÓN DEL PLENO LEGISLATIVO INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 3, LA FRACCIÓN IV DEL ARTICULO 6 AMBOS DE LA LEY DE VIVIENDA; Y SE ADICIONA LA FRACCIÓN XX AL ARTÍCULO 3 DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, BAJO LAS SIGUIENTES:

C O N S I D E R A C I O N E S

En México las actividades agropecuarias tienen una gran importancia en el medio rural como fuente de ingresos y proveedor de alimentos. El sector agropecuario desarrolla sus actividades en gran parte de las localidades rurales y aprovecha los recursos naturales, constituyéndose en uno de los principales medios de empleo para la población que reside en el medio rural. El sector agropecuario mexicano ha enfrentado transformaciones profundas durante las últimas décadas. El continuo proceso de urbanización, el intenso proceso de globalización y las transformaciones demográficas han configurado un nuevo entorno para este sector. Con el ánimo de abordar el tema de la actividad agropecuaria a nivel federal, la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, reglamentaria de la fracción XX del  artículo 27 de la Constitución de los Estado Unidos Mexicanos, establece un término de las actividades agropecuarias, de la siguiente forma: Artículo 3o.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por:
  1. Actividades Agropecuarias. Los procesos productivos primarios basados en recursos  naturales renovables: agricultura, ganadería (incluye caza), silvicultura y acuacultura (incluye pesca). 
Nuestro país cuenta con un territorio nacional de 198 millones de hectáreas de las cuales 145 millones se dedican a la actividad agropecuaria. Cerca de 30 millones de hectáreas son tierras de cultivo y 115 millones son de agostadero. Además, los bosques y selvas cubren 45.5 millones de hectáreas. [1] Estas cifras permiten conocer la importancia del sector en los diferentes niveles, nacional, estatal y municipal. Por lo que respecta al sub-sector agrícolaes una actividad fundamental en el medio rural, en el cual habita una parte altamente significativa de la población nacional. La política pública respecto a este subsector primario se articula con la contribución a la seguridad alimentaria, el mejoramiento de ingresos de los agricultores, la conservación de los recursos naturales y la integración del sector primario en el mercado interior e internacional. Ahora bien, la situación que hoy en día viven los predios dedicados a la actividad agropecuaria se havisto afectada por el desarrollo rural y el asentamiento humano, el proceso de urbanización en nuestro país resulta irreversible y con elevadísimos costos para la sociedad dada su escasa planeación y ordenamiento, mismo que se ha dejado sentir básicamente en terrenos de núcleos agrarios que han sido absorbidos por la mancha urbana, trastocando sus esquemas de organización y producción. Debido a lo anterior, es por ello que se considera que la presente iniciativa  atañe a la Ley General de Asentamientos Humanos y a la Ley de Vivienda. Ante esta problemática que genera la falta de planeación en los asentamientos humanos, y que en constantes ocasiones afecta a las zonas dedicadas a la producción agropecuaria, es necesario implementar el fomento a la conservación de las zonas agropecuaria, considerando que el desarrollo agrícola y rural juega también un papel muy relevante dentro de la estrategia para mejorar la inserción internacional del país. En las negociaciones  comerciales internacionales el sector agroalimentario es considerado como altamente sensible en función de la multifuncionalidad de la agricultura, es decir, su importante incidencia en la alimentación, el empleo, la conservación de los recursos naturales, el medio ambiente, el ordenamiento territorial, el ecoturismo, la preservación del paisaje rural y la conservación del patrimonio cultural. Por lo anterior, es necesario adentrarnos a la Ley General de Asentamientos Humanos, la cual tiene como objetivo; establecer la concurrencia de la Federación, de las entidades federativas y de los municipios, para la ordenación y regulación de los asentamientos humanos en el territorio nacional; fijar las normas básicas para planear y regular el ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; definir los principios para determinar las provisiones, reservas, usos y destinos de áreas y predios que regulen la propiedad en los centros de población, así como determinar las bases para la participación social en materia de asentamientos humanos. [2] Por lo que respecta a la Ley de Vivienda, la cual establece y regula la política nacional, los programas, los instrumentos y apoyos para que toda familia pueda disfrutar de vivienda digna y decorosa. [3]Cabe hacer mención que la Ley antes mencionada, prevé en su artículo segundo la siguiente descripción de la vivienda: ARTÍCULO 2.- Se considerará vivienda digna y decorosa la que cumpla con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de asentamientos humanos y construcción, habitabilidad, salubridad, cuente con los servicios básicos y brinde a sus ocupantes seguridad jurídica en cuanto a su propiedad o legítima posesión, y contemple criterios para la prevención de desastres y la protección física de sus ocupantes ante los elementos naturales potencialmente agresivos. Así mismo, y aun a pesar de que la propia Ley de Vivienda en su artículo 6, establece los lineamientos que debe considerar la Política Nacional de Vivienda, desafortunadamente en muchos de los casos no son tomados en consideración para la planeación del desarrollo urbano. En este mismo orden de ideas, tanto Ley de Vivienda como la Ley General de Asentamientos Humanos no son precisas al señalar que contemplanentre sus finalidades el fomento a la actividad agropecuaria, con la intensión de llevar a cabo al máximo,el uso de la tierra. Por lo resulta necesario que nuestra normatividad federal logre un mayor alcance en cuanto a la conservación y preservación del sector agropecuario. Cabe mencionar que el Poder Ejecutivo tiene latente la preocupación por abordar el presente tema, dado que se encuentra plasmado a través del Plan Nacional de Desarrollo vigente, que a la letra dice: “Enfoque Transversal (México Incluyente), Estrategia I. Democratizar la Productividad” , con la línea de acción siguiente:
• Promover el uso eficiente del territorio nacional a través de programas que otorguen certidumbre jurídica a la tenencia de la tierra, reduzcan la fragmentación de los predios agrícolas y promuevan el ordenamiento territorial en zonas urbanas, así como el desarrollo de ciudades más competitivas.
Aunado a lo anterior, la presente iniciativa tiene como objeto implementar en los ordenamientos que regulan el asentamiento humano, el fomento a la conservación de los predios dedicados a las actividades agropecuarias, con el ánimo de evitar que el crecimiento poblacional afecte la productividad de los sectores primarios básicos desarrollados en el campo mexicano. Por lo anteriormente expuesto, presentamos a Consideración del Pleno del Senado de la República la siguiente: INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL SEGUNDO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 3, Y LA FRACCIÓN IV DEL ARTICULO 6, AMBOS DE LA LEY DE VIVIENDA; Y SE ADICIONA LA FRACCIÓN XX AL ARTÍCULO 3 DE LA LEY GENERAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS. PRIMERO.- Se reforma el segundo párrafo del artículo 3, así como la fracción V del artículo 6, ambos de la Ley de Vivienda, para quedar como sigue: ARTÍCULO 3.-… Las políticas y programas, así como los instrumentos y apoyos a la vivienda a que se refiere este ordenamiento, se regirán bajo los principios de respeto a la legalidad y protección jurídica a la legítima tenencia, así como el combate a la invasión de predios, a la desintegración de los predios dedicados a la producciónagropecuariay al crecimiento irregular de las ciudades. … … … ARTÍCULO 6.- La Política Nacional de Vivienda tiene por objeto cumplir los fines de esta Ley y deberá considerar los siguientes lineamientos: I a IV. … V. Establecer los mecanismos para que la construcción de vivienda respete el entorno ecológico, y la preservación y el uso eficiente de los recursos naturales,tal como la conservación de los predios dedicados a la producción agropecuaria; VI.… SEGUNDO.-Se adiciona la fracción XX del artículo 3 de la Ley General de Asentamientos Humanos, para quedar como sigue: ARTICULO 3o.- El ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano de los centros de población, tenderá a mejorar el nivel y calidad de vida de la población urbana y rural, mediante: I a XIX. … XX. El fomento a la conservación de los predios dedicados a las actividades agropecuarias.

TRANSITORIOS

ÚNICO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación Dado en el Salón de Sesiones del Senado de la República, a los 10 días del mes de octubre del 2013.

ATENTAMENTE

SEN. LISBETH HERNÁNDEZ LECONA

SEN. IVONNE LILIANA ÁLVAREZ GARCÍA

SEN. ANGÉLICA DEL ROSARIO ARAUJO LARA

SEN. MARÍA ELENA BARRERA TAPIA

SEN. MARGARITA FLORES SÁNCHEZ

SEN. MA. DEL ROCÍO PINEDA GOCHI

SEN. MELY ROMERO CELIS


[1]SAGARPA 2007, Programa Sectorial de desarrollo Agropecuario y Pesquero 2007-2012
[2] Articulo 6, Ley General de Asentamientos Humanos
[3] Articulo  1, Ley de Vivienda
La que suscribe, María Elena Barrera Tapia, Senadora de la República de la LXII Legislatura al Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ylos artículos 8, numeral 1, fracción I, 164, y 169 del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración de esta H. Soberanía, la presente Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona el treceavo párrafo al artículo 4de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La seguridad social, también llamada seguro social o previsión social, se refiere principalmente a un campo de bienestar social relacionado con la protección social o cobertura de las necesidades socialmente reconocidas, como salud, vejez o discapacidades.

La Organización Internacional del Trabajo, define la seguridad social, como la protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos.

La seguridad social tiene por objeto crear, en beneficio de todas las personas y sobre todo de los trabajadores, un conjunto de garantías contra ciertas contingencias que pueden reducir o suprimir su actividad, o bien imponerles gastos suplementarios.

El término de seguridad social puede usarse para hacer referencia a:

  • Entidad que administra los fondos y otorga los diferentes beneficios que contempla la seguridad social en función al reconocimiento a contribuciones hechas a un esquema de seguro. Estos servicios o beneficios incluyen típicamente la provisión de pensiones de jubilación, seguro de incapacidad, pensiones de viudez y orfandad, cuidados médicos y seguro de desempleo.
  • Mantenimiento de ingresos, principalmente la distribución de efectivo en caso de pérdida de empleo, incluyendo jubilación, discapacidad y desempleo.
  • Servicios provistos por las administraciones responsables de la seguridad social, que pueden incluir cuidados médicos y aspectos de trabajo social.
  • El acceso a las necesidades básicas, tales como comida, educación, vivienda y cuidados médicos.
La seguridad social es además un instrumento de política social diseñado para responder las necesidades de una colectividad en un momento determinado. Los sistemas de seguridad social deben, por tanto, ajustarse a los cambios poblacionales, económicos y de salud que se registren en la sociedad. La seguridad social ha tenido un papel fundamental de los estados modernos para combatir la pobreza, y redistribuir el ingreso, por medio de la transferencia de servicios, en especial a los grupos menos favorecidos. Sin embargo, la seguridad social no se agota en la lucha contra la pobreza, ya que su propósito radica en generar mejores condiciones de justicia y equidad, fortalecer la seguridad personal y familiar, y mejorar los niveles de calidad de vida de los miembros de la sociedad. La seguridad social a través de la historia, sumariamente registra los antecedentes  siguientes: En la antigüedad la caridad era un mecanismo de incipientes alcances para protegerse de los riesgos.Cabría señalar al respecto, la Ley de los Pobres que los ingleses constituyeron a finales del siglo XVI y principios del siglo XVII. La colonización española trajo a los dominios ultramarinos  algunas instituciones protectoras de la salud y del salario, como las mutualidades y las cajas de ahorro. La explosión demográfica y el adelanto tecnológico del maquinismo tuvieron como contrapartida el avance sociológico de la organización obrera. Así como surgen las instituciones del derecho colectivo del trabajo, se hacen necesarias nuevas medidas protectoras de la salud en el trabajo y fuera de él para coadyuvar a un desarrollo integral de la clase laborante y de su familia. Los antecedentes directos de la seguridad social se remontan a un poco más de un siglo. En Alemania desde 1883, Otto Von Bismarck, el llamado “Canciller de Hierro”, a través de un esquema formado con las aportaciones de patrones y trabajadores, estableció un seguro que protegía a estos últimos de los accidentes de trabajo, enfermedades, invalidez y vejez. En Inglaterra, William Beveridge,lanza hacia 1940 su famoso Plan Básico de Seguridad Social, y en 1946 estableció el Servicio Nacional de Salud. De hecho, gobiernos de países con regímenes políticos disímiles, se convencieron de las bondades de seguridad social e incluyeron en sus estructuras diversas modalidades para cubrir este derecho básico de la población. Durante la primera mitad del siglo XX, muchas naciones del continente europeo giraron del Estado liberal al Estado de bienestar social. Las condiciones políticas internas, el advenimiento del nuevo régimen en la URSS, las dos grandes guerras mundiales, las propuestas económicas de la época, las posturas reformistas del socialismo democrático, e incluso el pensamiento social de algunos partidos conservadores, contribuyeron para que existieran gobiernos comprometidos con el desarrollo humano. De esta manera se fortaleció la posibilidad de que el Estado diseñara y pusiera en práctica mecanismos para alcanzar una más justa distribución de la riqueza, con fórmulas que garantizaran la satisfacción de los requerimientos fundamentales de los grupos de la población más necesitados. La Declaración Universal de los Derechos Humanos adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su Resolución 217 A (III), del 10 de diciembre de 1948, estableció los mínimos indispensables para que las personas tuviesen acceso a prestaciones de carácter económico, social y cultural. En México, la seguridad social tiene como antecedentes las leyes de José Vicente Villada y del General Bernardo Reyes, que datan de la primera década del siglo pasado, así como las legislaciones del periodo revolucionario de los estados de Jalisco, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán. Fue hasta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 5 de febrero de 1917, en el artículo 123, fracción XXIX, cuando se reconoció la necesidad de establecer la utilidad social, de constituir cajas de seguros populares para asumir las consecuencias de la invalidez, la cesación involuntaria en el trabajo y demás riesgos inherentes a las relaciones obrero-patronales. En 1929, se reformó el artículo 123, fracción XXIX, para declarar de utilidad pública la expedición de la Ley del Seguro Social, la cual fue promulgada hasta el año de 1943. Se consideró de utilidad pública la expedición de la Ley del Seguro Social, por el interés y convenienciade contar con un marco normativo que regulara el derecho a la salud, a la asistencia médica, a la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo. En el año de 1974, se volvió a reformar el citado precepto constitucional, en esta ocasión para declarar de utilidad pública, ya no la expedición, sino la ley misma (del Seguro Social), texto que aún permanece vigente y que es del tenor literal siguiente: “XXIX. Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares.” La seguridad social, originalmente, se estableció en la Constitución como un derecho acotado a los trabajadores o a la población que contaba con un empleo formal y no como un derecho constitucional para todos los mexicanos. El 5 de diciembre de 1960, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma al artículo 123 constitucional, por virtud del cual se estableció el Apartado B, para incorporar los derechos de los trabajadores al servicio de los Poderes de la Unión y de los entonces territorios federales y Departamento del Distrito Federal. Actualmente, el Apartado B del artículo 123, regula las relaciones de los trabajadores al servicio de los Poderes de la Unión y del Gobierno del Distrito Federal. Por otra parte, después de diversas reformas al artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el año de 1996, se estableció el actual texto de la fracción VI, que faculta a las legislaturas de los estados para expedir leyes regulatorias de las relaciones de trabajo de sus trabajadores, con base en las disposiciones del Apartado B del artículo 123 de la propia Constitución. Bajo este marco normativo, se crearon en diferentes fechas institutos especializados para la atención de los trabajadores, que de acuerdo al tipo de empresa o gobierno en el que laboraran, era la naturaleza de la institución que los respaldaba. De esta forma nacieron las siguientes instituciones:
  • IMSS Instituto Mexicano del Seguro Social.
  • ISSSTE Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
  • ISSFAM Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
  • INFONAVIT Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
  • FOVISSSTE Fondo para la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
  • Institutos de seguridad social de las entidades federativas.
Lo expuesto permite afirmar que la seguridad social se introduce en el orden jurídico del País, como una garantía social consagrada por el artículo 123, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Así, tratándose de obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y trabajadores en general, la seguridad social tiene sufundamento en el apartado A, fracción XXIX,  del artículo 123 Constitucional. Respecto de los servidores públicos de los Poderes de la Unión y del Gobierno del Distrito Federal, la seguridad social tiene sustento en el Apartado B, fracción XI, del artículo 123 de la Constitución. Y por lo que se refiere a los servidores públicos de los  gobiernos de las entidades federativas, la seguridad social tiene como base los artículos 116, fracción VI, y 123, Apartado B, fracción XI, de la propia Ley Fundamental. La seguridad social comparte además la naturaleza de un derecho humano, agrupado dentro de los derechos económicos, sociales y culturales, reconocido en diversos instrumentos internacionales suscritos por el Estado Mexicano, a saber Declaración Universal de Derechos Humanos. Artículo 22.- Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad. Artículo 25 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. 2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Artículo 9.- Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a la seguridad social, incluso al seguro social. Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Artículo XVI.- Toda persona tiene derecho a la seguridad social que le proteja contra las consecuencias de la desocupación, de la vejez y de la incapacidad que, proveniente de cualquier otra causa ajena a su voluntad, la imposibilite física o mentalmente para obtener los medios de subsistencia. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Artículo 11.- Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomaran medidas apropiadas para celebrarla efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento. Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San Salvador”. Articulo 9.- Derecho a la seguridad social. 1. Toda persona tiene derecho a la seguridad social que la proteja contra las consecuencias de la vejez y de la incapacidad que la imposibilite física o mentalmente para obtener los medios para llevar una vida digna y decorosa. Artículo 17.- Protección de los ancianos. Toda persona tiene derecho a protección especial durante su ancianidad. En tal cometido, los Estados Partes se comprometen a adoptar de manera progresiva las medidas necesarias a fin de llevar este derecho a la práctica. En el Diario Oficial de la Federación de día 10 de junio de 2011, se publicó la reforma constitucional en materia de derechos humanos, que implica un cambio radical en el tradicional paradigma de la tutela de los derechos inherentes a la persona, y que permite adecuar el orden jurídico al sentido y alcance que a través de diversas pautas ha ido fijando el concierto internacional en la materia. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a partir de esta significativa reforma, establece que todas las personas gozan de los derechos humanos que reconoce tanto la propia Ley Fundamental, como los establecidos en los tratados internacionales suscritos por el Estado Mexicano. Esta reforma es trascendental, pues con ella se genera un bloque de derechos que se integra con los establecidos en el cuerpo constitucional y con los derechos fundamentales contenidos en los tratados internacionales en los que México es parte. La seguridad social al estar reconocida como derecho humano por diversos instrumentos internacionales suscritos por el Estado Mexicano, forma parte importante de ese bloque de derechos fundamentales, los que se rigen por principios y reglas propios,que universalmente se han considerado indispensables para el respeto de la dignidad y del desarrollo humano. La seguridad social en su acepción de derecho humano, otorga una protecciónmás amplia, que las que puede brindar en su carácter de garantía social. Como garantía social, se limita a los trabajadores formales y a los servidores públicos; en tanto que como derecho humano, propicia la cobertura universal de los servicios de seguridad social. El nuevo marco constitucional, impone al Estado Mexicano la responsabilidad de garantizar el derecho humano de la seguridad social,reconocido en los instrumentos internacionales que tiene suscritosenla materia. Como la seguridad social se traduce enlas medidas que la sociedad proporciona a sus integrantes con la finalidad de evitar desequilibrios económicos y sociales,se advierte que en su concepto mismo subyace uno de los fines del Estado, que no es otro que el de preservar y mejorar la condición de los miembros de la sociedad en su conjunto. México necesita de una reforma profunda y urgente, que a luz de las nuevas condiciones económicas, políticas y sociales, estructure un modelo de sistema de seguridad social universal e integral, que cubra la totalidad de la población y no solo a los trabajadores y a los servidores públicos. El País requiere de un nuevo sistema de seguridad social de cobertura universal, que sea viable en lo financiero y eficiente en su calidad; que incorpore a los trabajadores de la economía informal, estimule la generación de empleos, promueva la inclusión financiera en materia de aseguramiento de riesgos, garantice la portabilidad de derechos; y, en fin, que con la responsabilidad compartida entre la sociedad y el Estado, se provea un entorno adecuado para el desarrollo de una vida digna de los mexicanos. Por lo anterior, se considera que es necesario que el derecho humano de seguridad social quede establecido de forma expresa en la Constitución, para que de manera plena y clara se manifieste la voluntad del Estado deavanzar hacia un sistema de cobertura universal e integral de los servicios de seguridad social a la población. No se pasa por alto que para estructurar un sistema universal de seguridad social, deben superarse múltiples y complejos obstáculos, supuesto que los factores que influyen y condicionan la seguridad social de un país, son de diferente naturaleza, entre los que sobresalen los de carácter económico, laboral, político y social. Sin embargo, las dificultades para acceder a un sistema universal de seguridad social, no deben ser óbice para dejar pasar el momento histórico de elevar a rango constitucional el derecho humano de la seguridad social y establecer las previsiones para que el Estado, asuma la obligación de generar las condiciones necesarias para dar plena vigencia a este derecho fundamental. La universalidad e integralidad de la seguridad social es una aspiración nacional que poco a poco se ha venido colmando. México ha emprendido un viaje sin retorno hacia la cobertura universal e integral de los servicios de seguridad social; el seguro popular,con todo y su insuficiencia y la inconveniencia de sus efectos, y la pensión para adultos mayores, dan cuenta de ello. El Plan Nacional de Desarrollo 2013–2018, propone ampliar el acceso a la seguridad social, promoviendo la cobertura universal de los derechos en esta materia, a toda la población, independientemente de la condición laboral de las personas. El Pacto por México, establece en su primer acuerdo que:”Se creará una red de protección social que garantice el acceso al derecho a la salud y otorgue a cualquier mexicano, independientemente de su condición social o estatus laboral, un conjunto de beneficios sociales procurados por el Estado a través de un Sistema de Seguridad Social Universal…” La reforma constitucional que se propone tiene como propósito central establecer las bases normativas, que sean el punto de partida para transitar a un sistema de seguridad social universal e integral, que genere mejores condiciones de justicia y equidad, fortalezca la seguridad personal y familiar, y mejore los niveles de calidad de vida de la sociedad. Por último, es importante señalar que la vigencia, promoción y tutela del derecho humano de seguridad social, debe estar basado en las políticas públicas que promueva el Ejecutivo que propendan a la protección social de los mexicanos, sin importar su condición laboral. En este sentido, la propuesta de reforma constitucional es coincidente con las políticas públicas que sobre la materia se establecen en el Plan Nacional de Desarrollo 2013 – 2018, en donde se plantea no solo ampliar el acceso a la seguridad social,sino promover la cobertura universal e integral de los servicios de seguridad social en la población y facilitar la portabilidad de derechos entre los diversos subsistemas que existen en los tres niveles de Gobierno. Por los motivos expuestos, se propone adicionar con un párrafo treceavo el artículo 4de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por las razones y fundamentos que han quedado precisados, someto a la consideración de esta H. Soberanía la siguiente Iniciativa con proyecto de:

DECRETO

ARTÍCULO ÚNICO.- Se adiciona el treceavo párrafo al artículo 4de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue: Articulo 4 Toda persona tiene derecho a la seguridad social para lograr una vida digna y decorosa. El Estado garantizará el ejercicio de este derecho.

TRANSITORIOS

Artículo Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Salón de sesiones del Senado de la República a los9días del mes de octubre de 2013.

SenadoraMaría Elena Barrera Tapia

De los Senadores Lucero Saldaña Pérez, Martín Orozco Sandoval, Graciela Ortiz González, Fernando Herrera Ávila y María Elena Barrera Tapia, integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, Organismos No Gubernamentales, la que contiene proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XXIX-R al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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De diversas Senadoras de los Grupos Parlamentarios y de las Senadoras Layda Sansores San Román y Mónica Arriola Gordillo, la que contiene proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

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De los Senadores Mariana Gómez del Campo Gurza, Laura Angélica Rojas Hernández, Jorge Luis Lavalle Maury, Jesús Casillas Romero y Pablo Escudero Morales, la que contiene proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 6° y 9° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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Del Sen. Pablo Escudero Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la que contiene punto de acuerdo por el que se solicita al Jefe de Gobierno del Distrito Federal un informe sobre el procedimiento de adjudicación que se realizó para la contratación de servicios relativos a la restauración y rehabilitación del monumento ecuestre a Carlos IV.

 

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PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO QUE PRESENTAN LOS SENADORES RENÉ JUÁREZ CISNEROS, AARÓN IRÍZAR LÓPEZ, MELY ROMERO CELIS, FRANCISCO SALVADOR LÓPEZ BRITO, ARMANDO RÍOS PITER, SOFÍO RAMÍREZ HERNÁNDEZ, FÉLIX ARTURO GONZÁLEZ CANTO, RAÚL POZOS LANZ, OSCAR ROSAS GONZÁLEZ Y LUIS ARMANDO MELGAR BRAVO, INTEGRANTES DE LA LXII LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN, POR EL QUE SE EXHORTA A LAS SECRETARÍAS DE TURISMO Y MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, PARA QUE DE MANERA CONJUNTA DESARROLLEN UN PROGRAMA A NIVEL FEDERAL QUE AYUDE A DAR UN MAYOR IMPULSO Y DINAMISMO ECOTURÍSTICO A LOS HUMEDALES COSTEROS EN ZONA DE MANGLAR, BUSCANDO SIEMPRE UN EQUILIBRIO ENTRE LA CONSERVACIÓN AMBIENTAL Y LOS PLANES DE DESARROLLO ECONÓMICO, A TRAVÉS DEL PROGRAMA DE PAGO POR SERVICIOS AMBIENTALES.

Los que suscriben, senadores René Juárez Cisneros, Aarón Irízar López, Mely Romero Celis, Francisco Salvador López Brito, Armando Ríos Piter, Sofío Ramírez Hernández, Félix Arturo González Canto, Raúl Pozos Lanz, Oscar Rosas González y Luis Armando Melgar Bravo, integrantes de la LXII Legislatura del H. Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que nos confieren los artículos 8 fracción II y 276 del Reglamento del Senado de la República, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente Proposición con Punto de Acuerdo que se fundamenta en la siguiente

Exposición de Motivos:

La actividad turística en México posee una importancia económica y social de gran magnitud, ya que contribuye al 8% del Producto Interno Bruto Nacional (PIB) y genera más del 9% de los empleos directos e indirectos.

El turismo es un importante generador de divisas y de ingresos en moneda nacional, empleos, destino de inversión extranjera directa y detonador de la construcción de infraestructura regional para la atención de la demanda de servicios de los visitantes, por lo que es una actividad estratégica para el crecimiento y desarrollo económico de un país, especialmente, de las zonas más rezagadas.

Cabe destacar que en los últimos 15 años el turismo ecológico a nivel mundial tiene una creciente demanda, mientras que una parte importante de esta actividad está asociada a los manglares. De ahí la importancia de seguir generando una mayor oferta turística en México que permita una explotación racional y sustentable de nuestros litorales, ya que en ellos se desarrollan actividades cinegéticas como el avistamiento de aves migratorias, además de albergar una gran variedad de vida silvestre y contar con una riqueza natural que permite atraer a un número importante de turistas de estos singulares ecosistemas.

A partir de lo anterior, consideramos necesario generar un programa que permita la reactivación ecoturística de la zona de manglares en los litorales de nuestro país. Con ello, se estará contribuyendo al desarrollo de esta actividad económica a favor de las comunidades costeras de México, pero también, a preservar estos ecosistemas por su importante contribución al medio ambiente.

En este sentido, consideramos vital que la Secretaría de Turismo (SECTUR) y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), desarrollen una estrategia conjunta que permita crear un programa a nivel federal que ayude a dar un mayor impulso y dinamismo ecoturístico en los manglares, y que traiga aparejada una campaña de difusión como una de las ofertas turísticas de México hacia el mundo, pero también para nuestro mercado interno.

De forma paralela, consideramos pertinente una campaña educativa incorporada a esta oferta turística, que permita destacar al manglar como un ecosistema irremplazable y único, capaz de albergar una increíble biodiversidad tales como aves migratorias, criaturas marinas y reptiles, además de las especies vegetales asociadas, al tiempo de destacar a México como uno de los países más importantes y con mayor potencial en este rubro, para generar una actividad económica sustentable y competitiva.

Una buena educación ambiental y campañas de comunicación social serán elementos fundamentales para generar conciencia pública sobre el valor y necesidad de conservación de los manglares y el desarrollo de actividades turísticas sustentables, en la que será vital incorporar la participación de organizaciones comunitarias de las zonas costeras de nuestro país en la prestación de actividades productivas alternativas como el ecoturismo, transporte de servicios en bote, elaboración de artesanías, servicios de alimentación, fortalecimiento organizacional, capacitación en manejo sostenible de recursos y en experiencias de reforestación del manglar y crianza de especies marinas, entre otras.

Con ello, consideramos que se podrán establecer alianzas estratégicas con empresas locales de turismo y las comunidades locales para realizar la gestión turística en forma coordinada, mejorar los servicios y cuidados del medio ambiente, difundir permanentemente al público usuario el rol de la conservación de los manglares, e identificar circuitos prioritarios en zonas permitidas para realizar actividades ecoturísticas y potenciar las acciones de control y vigilancia coordinada con las organizaciones de usuarios y la incorporación de guardaparques voluntarios locales, así como el reconocimiento y fortalecimiento de los comités de vigilancia local.

Además, los manglares son fundamentales para la actividad pesquera, la protección y crianza de una diversidad de especies de crustáceos y moluscos, además de servir como una barrera natural contra la erosión, huracanes y ciclones, actuando como zona de amortiguamiento y resguardo.

Dentro de las bondades económicas de los manglares está la de proporcionar a México altos beneficios económicos tan solo por servicios ambientales para la pesca.

Consideramos que de lograr hacer realidad esta propuesta podremos contribuir a resaltar la importancia de estos ecosistemas, así como concientizar sobre el impacto de los desarrollos portuarios, de la infraestructura turística, la canalización, los rellenos y el incremento de sedimentos, entre otras actividades humanas, que provocan el deterioro y la pérdida de grandes extensiones de humedal costero y manglares, al tiempo de fomentar su conservación y, en su caso, su restauración.

Los manglares están presentes en los 17 estados de la República que tienen litoral, el estado de Campeche posee la mayor superficie de manglar del país con 194 mil 190 hectáreas.

Desgraciadamente en México existe poca cultura sobre el cuidado y conservación de nuestros recursos naturales y, por ende, la carencia de medidas efectivas para su conservación tanto por parte de las autoridades, como por parte de los poseedores del recurso.

México tiene una tasa promedio de pérdida cuatro veces mayor a la mundial, es decir, 4.43 hectáreas cada día y, de continuar a ese ritmo, para el año 2025 habrá desaparecido entre el 40 y el 50 por ciento de la superficie de manglar.

Los manglares tienen una gran importancia biológica, social y económica, ya que contribuyen a mitigar el calentamiento global al ofrecer hábitat y refugio para flora y fauna terrestre y acuática; mientras que en los ámbitos social y ambiental estos sistemas proveen de gran cantidad de servicios y productos a las comunidades rurales, tales como: la producción de leña y carbón, material de construcción para viviendas rurales y la fabricación de cercos para la delimitación de los terrenos o el confinamiento de animales para el consumo doméstico. Ningún otro ecosistema del mundo genera semejante riqueza económica y ecológica por unidad de volumen.

Entre las ciudades de la Republica más afectadas por la edificación de infraestructuras hoteleras en estos ecosistemas se encuentran Manzanillo, Colima, Escuinapa, Sinaloa, Chetumal, Quintana Roo y Acapulco, Guerrero, donde se han reportado daños severos debido a la construcción sobre dunas costeras y por los efectos de los fenómenos climatológicos provocados por el cambio climático global.

Entender el beneficio ecoturístico mediante una explotación racional y sustentable de los manglares, permitirá el crecimiento de la actividad turística a través de la disposición y uso de una serie de recursos naturales que, como cualquier actividad socioeconómica, debe ser adecuada para evitar una serie de impactos sobre el medio ambiente y el deterioro de estos ecosistemas.

De lograr una actividad socioeconómica exitosa en los manglares de la manera en que realizamos este planteamiento, estamos seguros que las comunidades costeras de nuestro país podrían verse beneficiadas y serían las primeras en luchar por su conservación y preservación, ya que representará la posibilidad de una actividad ecoturística detonadora de empleos en beneficio de miles de familias que ahí habitan, además de potenciar la oferta turística de México y la captación de divisas al generar una mayor demanda para los destinos y atractivos de nuestro país.

De lograr la estructuración de un programa federal, que permita a su vez, la formulación de una estrategia nacional coordinada entre los tres órdenes de gobierno para el impulso del ecoturismo en los manglares que tome en cuenta la participación de los poseedores de éstos ecosistemas (en México el 80% de ellos tienen dueño), a través del Programa de Pago por Servicios Ambiéntales, lograremos fomentar una actividad que beneficiará a las poblaciones costeras y, de paso, la conservación de las zonas de manglar.

Con estas acciones, desde el Senado de la República se pretende fortalecer la ardua lucha por la protección y conservación sustentable de los ecosistemas de manglar en México, pero también, generar una posibilidad empleo para miles de familias a través del ecoturismo sustentable en los humedales costeros en zona de manglar, buscando siempre un equilibrio entre la conservación ambiental y los planes de desarrollo económico.

Consideramos que es un buen momento para promover la protección de los ecosistemas costeros a través de estrategias que no paralicen la actividad turística tradicional, pero que de forma creativa, sustentable y armónica, puedan servir de contrapeso a ambiciosos proyectos turísticos que solo benefician a unos cuantos inversionistas depredadores del medio ambiente, poniendo en riesgo a los habitantes de estas zonas afectadas.

La protección de los recursos naturales con los que cuenta nuestro país es una responsabilidad de todos los mexicanos, por tal motivo, tenemos la obligación de conservarlos para las generaciones futuras. Conjuntar el crecimiento de la industria turística no debe estar peleado con el deterioro de los ecosistemas, en especial, el relativo a la protección de los humedales en zonas de manglar.

Con la finalidad de incentivar el ecoturismo por medio de la reactivación de la zona de manglares es que ponemos a consideración esta Proposición con Punto de Acuerdo, convencidos que con el respaldo del Gobierno Federal es posible detonar la actividad ecoturística y, al mismo tiempo, ofrecer educación ambiental a las personas para cuidar de su entorno, explotando de manera sustentable las cualidades más significativas de estos ecosistemas y promocionarlos como un producto atractivo dentro de la oferta turística de México, bajo la óptica de crear regiones competitivas a partir de una economía sostenible, donde la población productivamente ocupada alcance ingresos que le permitan vivir con calidad y sin deterioro del equilibrio ambiental en perjuicio de sus propias comunidades.

México puede convertirse en líder mundial del turismo ecológico basado en el aprovechamiento sostenible de bosques y manglares, de las áreas naturales protegidas a través de la ecología social, con la participación de ciudadanos que defiendan organizada y sistemáticamente las playas, ríos y manglares, donde se lleven a cabo proyectos productivos sostenibles en beneficio del desarrollo para las poblaciones locales.

Constituir y posicionar a nivel nacional e internacional la actividad ecoturística a partir del uso sostenible del ecosistema de manglar, asegurará la participación de la sociedad civil organizada, organizaciones sociales, de los gobiernos federal, estatal y municipal, instituciones públicas y privadas, así como de universidades y otras con interés común, para conformar una comunidad de actores interesados en recuperar los bosques de manglar, mantener la diversidad biológica del ecosistema, favorecer la generación de ingresos de los pobladores de las zonas costeras con base en el desarrollo de servicios turísticos sustentables, incrementar el nivel de los conocimientos, actitudes y prácticas de la población respecto a la conservación de este tipo de ecosistemas, y posicionar a nivel nacional e internacional a nuestro país como uno de los mejores dentro de la oferta ecoturística.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente proposición con

PUNTOS DE ACUERDO

Primero.- El Senado de la República exhorta a las secretarías de Turismo y Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que de manera conjunta desarrollen un programa a nivel federal que ayude a dar un mayor impulso y dinamismo ecoturístico a los humedales costeros en zona de manglar, buscando siempre un equilibrio entre la conservación ambiental y los planes de desarrollo económico, a través del Programa de Pago por Servicios Ambiéntales.

Segundo.- El Senado de la República exhorta a las secretarías de Turismo, Medio Ambiente y Recursos Naturales y Desarrollo Social, a implementar una estrategiaque ayude a establecer una actividad socioeconómica exitosa en las zonas demanglares para que las comunidades costeras de nuestro país puedan versebeneficiadas, y en la que se les involucre en su preservación y explotación sustentable, con el propósito de potenciar la oferta turística de México y la captación de divisas.

Tercero.- El Senado de la República exhorta a las secretarías de Turismo y Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que el programa federal para impulsar y dar mayor dinamismo ecoturístico a los manglares, este acompañado de una campaña educativa sobre ecoturismo sustentable en los humedales costeros en zona de manglar, cuyo principal propósito sea difundir de forma permanentemente al público usuario, una buena educación ambiental y conciencia pública sobre el valor y necesidad de conservación que permita destacar al manglar como un ecosistema irremplazable y único, capaz de albergar una increíble biodiversidad, al tiempo de destacar a México como uno de los países más importantes en este rubro y con capacidad de generar una actividad económica sustentable y competitiva.

Dado en el salón de sesiones del Senado de la República a los 8 días del mes de octubre de 2013.

S u s c r i b e n ,

Sen. René Juárez Cisneros

Sen. Aarón Irízar López

Sen. Mely Romero Celis

Sen. Francisco Salvador López Brito

Sen. Armando Ríos Piter

Sen. Sofío Ramírez Hernández

Sen. Félix Arturo González Canto

Sen. Raúl Pozos Lanz

Sen. Oscar Rosas González

Sen. Luis Armando Melgar Bravo

El suscrito SenadorLUIS ARMANDO MELGAR BRAVO, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXII Legislatura de la Cámara de Senadores
PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO DE URGENTE RESOLUCIÓN POR EL QUE SE HACE UN LLAMADO A LAS AUTORIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERALPARA LA SIMPLIFICACIÓN, USO EFICIENTE Y APROVECHAMIENTO DEL SEGUNDO PUNTO INTERNO DE CONTROL ADUANAL DE HUIXTLA EN EL ESTADO DE CHIAPAS. El suscrito SenadorLUIS ARMANDO MELGAR BRAVO, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXII Legislatura de la Cámara de Senadores, de conformidad con lo previsto en el artículo 8, numeral 1, fracción II, 87, 95 y 276 del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración de esta Soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, con carácter de urgente resolución, con base en la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En junio de 2013 se anunciaron en algunos medios de comunicación, las primeras operaciones del SegundoPunto de Control Interno en el Municipio de Huixtla, Chiapas. Cuenta con una extensión de 26.78 hectáreas de terreno y 14,115m2 construidos, se encuentra ubicado a 57km de la frontera de Talismán y a 64km de Ciudad Hidalgo. Esta obra, que representa una inversión equivalente a 148 millones de pesos[1], se realizó en sustitución de la garita fronteriza denominada Viva México, con el objeto de resolver el complejo problema migratorio y aduanal de esta región fronteriza, la cual reporta una serie de accesos irregulares entre Chiapas y Guatemala. El punto de revisión anterior Viva Méxicopadecía un grave caos vial que resultaba en largas filas de autobuses de vehículos particulares y camiones de carga, debido a la insuficiencia de su infraestructura, lo que afectaba la seguridad y la competitividad de las actividades comerciales y turísticas de la zona fronteriza. Según un estudio de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) del 2004, Chiapas es un Estado receptor de contingencias migratorias de centroamericanos que se dirigen a la frontera norte. Adicionalmente, se reportaron 32 pasos vehiculares informales, además de aquéllos en los que se puede atravesar a pie, mientras que legalmente sólo existen cuatro: dos en el municipio de Suchiate, uno en Tuxtla Chico y otro en Frontera Comalapa. De acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Migración (INM), durante 2012 Chiapas registró la llegada legal de un millón 599 mil 584 extranjeros, de ellos, un millón 93 mil 169 lo hicieron vía terrestre por Frontera Talismán, la gran mayoría de origen guatemalteco, hondureño y salvadoreño.Además en el 2004-2007, ingresaron a México por esta frontera de Chiapas 1.7 y 1.9 millones de extranjeros, de los cuales 7 u 8 de cada 10 son entradas documentadas. A pesar de que actualmente sólo tiene operaciones la Administración General de Aduanas, bajo la lógica alinear esfuerzos para impulsar una frontera segura, próspera y eficiente, este Segundo Punto de Control Interno tiene capacidad para concentrar en un solo lugar la operación de las diversas dependencias federales y estatales, lo que se traduce en simplificación y eficiencia administrativa.   Las dependencias que pueden beneficiarse del aprovechamiento y uso eficiente del Punto Interno de Control de Huixtla son (i) las Secretarías de la Defensa Nacional; Relaciones Exteriores; Hacienda y Crédito Público; Seguridad Pública; Agricultura, Ganadería Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y de Marina (ii) el Instituto Nacional de Migración; y (iii) las Procuradurías General de la República, Federal de Protección al Ambiente, General de Justicia del Estado de Chiapas.   El principal beneficio de integrar la operación de estas dependencias será la simplificación y eficiencia administrativa, así como el combate a la corrupción. Así mismo esto aumentaría la presencia de autoridades en la frontera para reforzar la seguridad en zonas de convergencia de caminos informales y la ejecución de controles aduanales más ágiles y eficientes. Adicionalmente, se impide el tráfico de mercancía ilícita, de armas de fuego, explosivos, drogas y personas. Está adaptado a los volúmenes y tipos de flujos detectados (peatonales y de vehículos, tanto de carga como ligeros). Cuenta con la tecnología más moderna y estaciones migrantes que consideran espacios específicos para albergar a los infantes, lo que ayuda a regular los flujos que entren al país. Por lo antes expuesto ponemos a su consideración el siguiente punto de acuerdo de urgente resolución:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.- Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través de la Administración General de Aduanas, a informar sobre los avances y beneficios en materia de eficiencia y simplificación administrativa a partir del inicio de operaciones del Punto Interno de Control de Huixtla, como sede de las dependencias de la administración competentes. SEGUNDO.- Se exhorta a la Secretaría de la Función Pública a través del Instituto de Administración y Avalúo de Bienes Nacionales para que informe a esta Soberanía sobre el avance en el Plan Maestro del Punto Interno de Control Huixtla, Chiapas. TERCERO.- Se exhorta a las Secretarías de la Defensa Nacional, Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Seguridad Pública, Agricultura, Ganadería Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y de Marina; al Instituto Nacional de Migración; a las Procuradurías General de la República, Federal de Protección al Ambiente, General de Justicia del Estado de Chiapas; para que informen de las acciones que -en el marco de su Plan de Trabajo-tengan contempladas para el aprovechamiento y uso eficiente del Punto Interno de Control Huixtla, en Chiapas. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Senadores el veinticuatrode septiembre del año dos mil trece.

Senador Luis Armando Melgar Bravo


1 Autorizada por la SHyCP en abril de 2012 y esta a cargo del Servicio de Administración Tributaria.
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