De los Senadores Arely Gómez González, Laura Angélica Rojas Hernández, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, Pablo Escudero Morales, María Marcela Torres Peimbert, Zoé Robledo Aburto, Dolores Padierna Luna, Isidro Pedraza Chávez y Angélica de la Peña Gómez con proyecto de decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

De los Senadores Arely Gómez González, Laura Angélica Rojas Hernández, Alejandro de Jesús Encinas Rodríguez, Pablo Escudero Morales, María Marcela Torres Peimbert, Zoé Robledo Aburto, Dolores Padierna Luna, Isidro Pedraza Chávez y Angélica de la Peña Gómez con proyecto de decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

SE TURNÓ A LAS COMISIONES UNIDAS DE ANTICORRUPCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, SEGUNDA.

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Del Sen. Pablo Escudero Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, y del Sen. Roberto Albores Gleason, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Del Sen. Pablo Escudero Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, y del Sen. Roberto Albores Gleason, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

SE TURNÓ A LAS COMISIONES UNIDAS DE VIVIENDA Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, PRIMERA.

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La suscrita Senadora MARÍA ELENA BARRERA TAPIA, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXII Legislatura de la H. Cámara de Senadores

La suscrita Senadora MARÍA ELENA BARRERA TAPIA, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXII Legislatura de la H. Cámara de Senadores, perteneciente, en ejercicio de la facultad que confieren los artículos 116 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración,laPROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARÍA DE SALUD FEDERAL PARA QUE A SU VEZ RECOMIENDE A LAS INSTITUCIONES DE SEGUROS ESPECIALIZADAS EN EL RAMO DE SALUD, CONTEMPLAR LA CIRUGÍA BARIÁTRICA DENTRO DE SUS PÓLIZAS DE SEGUROS, COMO UN MÉTODO DE TRATAMIENTO PARA LA OBESIDAD MÓRBIDA,bajo la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Es una obligación de los legisladores identificarlas necesidades que padece la población, especialmente las del Estado que representamos; el propósito siempre es que la creación de las leyes que rigen al Estado Mexicano estén impregnadas de ese conocimientode causa social y humanitario; el cual, tiene como resultado gozar de leyes eficaces que se traduzcan en una plena convivencia social.

De acuerdo a dichasnecesidades, es prioritario saldar la deuda que  tiene el Estado respecto a los servicios de salud con la población y en especial, con los que menos tienen. Es menester que el Estado dote de los medios necesarios para contrarrestar los efectos lesivos que afecten la salud de sus miembros.

La obesidad en nuestros días representa uno de los problemas más graves en materia de salud; que afecta no sólo las condiciones y calidad de vida de la población, sino además que es motivo de discriminación, marginación y exclusión social.

El derecho a la salud se encuentra debidamente fundado y motivado en el texto del artículo 4, en su párrafo tercero de nuestra Constitución Federal, así como en diversos instrumentos internacionales que ha suscrito México; como la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención de los Derechos del Niño, entre otros.

En mérito de lo anterior, el derecho a la salud se encuentra reconocido como un derecho humano, tanto por el  orden jurídico mexicano, como por los mencionados instrumentos internacionales, formando así, un importante bloque de derechos fundamentales que se rigen por principios y reglas propias que universalmente se han considerados prioritarios para el respeto a la dignidad y al desarrollo humano.

El derecho a la salud otorga una protección a la dignidad y la integración de las personas, y es por ello que en este marco de derechos humanos debemos de entender que los problemas de salud son de carácter público, tal cual como lo ha señalado la Organización Mundial de la Salud (OMS);por tanto, constituyen una injerencia directa con la economía del país, pues además del costo que representan  para las instituciones que integran el Sistema Nacional de Salud, las enfermedades inciden directamente en la productividad.

Por ende, atender los problemas relacionados con la salud, específicamente con el sobrepeso, la obesidad y la obesidad mórbida son imperativas para asegurar la estabilidad social y económica del país.

De acuerdo con los datos de la ENSANUT 2012, en México, la prevalencia combinada de sobrepeso y obesidad es de 71.28%, es decir, 48.6 millones de personas, esto significa que 7 de cada 10 mexicanos tienen sobrepeso u obesidad y como consecuencia de cada año mueren 2.8 millones de personas a consecuencia de las mismas.

Entre las causas de estos fenómenos se detecta una relación estrecha con la economía, pues lamentablementelos mexicanos que forman parte de la clase media y baja, consumen alimentosricos especialmente “calorías vacías”; es decir, satisfacen la necesidad de comer, pero no así la de nutrirse.

En consecuencia, las tasas de diabetes y de otras enfermedades relacionadas con loshábitos alimenticios continúan afectando gravemente a la población y por lo tanto, este fenómeno hoy es uno de los principales desafíos para la salud pública, donde personas de todas las edades y condiciones se enfrentaran a este tipo de mala nutrición.

La OMS prevé que para el año 2015 habrá aproximadamente 1, 500 millones de adultos con sobrepeso y más de 300 millones con obesidad, por lo que es imperativo desarrollar estrategias que neutralicenestos problemas de salud.

Actualmente el derecho a la salud es garantizado por el Estado, pero también por las instituciones privadas, como lo son las instituciones de seguros del ramo salud,que además de otorgar servicios de salud a la población surgen como un complemento necesario para cubrir este derecho a casi toda la población; sin embargo, las instituciones de seguros especializadas en el ramo de salud no contemplan dentro de sus pólizas el problema de obesidad ni de obesidad mórbida.

Considerando las circunstancias en que vivimos debemos  contrarrestar el dinámico problema de obesidad en la población. Pues tanto la obesidad como la  obesidad mórbida, son enfermedades crónicas que se caracterizan por el almacenamiento excesivo de tejido adiposo en el organismo, causado por el desequilibrio entre el consumo de alimentos y la realización de actividad física, lo que se convierte en un factor de riesgo para desarrollar otro tipo de enfermedades asociadas.

Cuando se analiza la gravedad de los problemas de sobrepeso, obesidad y obesidad mórbida, es ésta última la que aqueja de sobremanera a la población en una dinámica creciente; en México, la prevalencia de obesidad mórbida,también conocida como obesidad grupo III, fue del 3% del total de personas que presentan obesidad.

Hoy existen procedimientos exitosos para ayudar a bajar de peso a las personas que padecen obesidad, sobre todo cuando ya no es suficienteplanteando un régimen nutricional adecuado y el hacer ejercicio. Una situación que además de afectar en otros ámbitos al paciente, afectando su vida personal, laboral, sexual y familiar; para estos casos se puede recurrir a procesos quirúrgicos entre los que se encuentra el Bypass gástrico.

Éste procedimiento quirúrgico tiene como finalidad reducir el tamaño del estómago al dividirlo en dos partes o secciones, una grande y otra pequeña, que será la que utilice la persona para procesar y digerir sus alimentos, de tal forma que con menos cantidad de comida, se sienta satisfecha y de esta forma logre bajar de peso con mayor facilidad.

La cirugía bariátrica o también llamada Bypass-gástrico,representa una acción de control y prevención de la diabetes a largo plazo, según la Sociedad Americana de Cirugía Bariátrica y Metabólica.

Ante tales beneficios es imperativo que las pólizas de seguros incluyan en su catálogo de financiamiento la cirugía bariátrica, pues como se ha mencionado, la obesidad mórbida es una enfermedad crónica que si no es atendida oportunamente puede desencadenar un cuadro de complicaciones derivadas del problema de obesidad,lo que reduce drásticamente la esperanza y calidad de vida de los pacientes.

Las instituciones de seguros especializadas en el ramo de salud, deben adecuarse a las necesidades que actualmente aquejan a la población, pues de ello depende su capacidad de oferta; por tanto, deben de cumplir con sus estatutos y a través de la inclusión de  la cirugía bariátrica brindando a sus usuarios servicios de salud eficaces que puedan garantizar el disfrute de un vida digna.

La presente proposición con punto de acuerdo que hoy se somete a su consideración tiene como objetivo exhortara las instituciones de seguros del ramo salud  a incluir dentro de sus pólizas de seguro el tratamiento para la obesidad mórbida, denominado cirugía bariátrica o bypass-gástrico; con el propósito de contrarrestar este fenómeno que daña terriblemente a la población mexicana.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, se somete  a consideración del Pleno del Senado de la República el presente:

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO. El Senado de la República del H. Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud Federal para que a su vez recomiende a las Instituciones de Seguros Especializadas en el ramo de salud, contemplar la cirugía bariátrica, como un método de tratamiento para la obesidad mórbida, dentro de sus pólizas de seguros.

Salón de sesiones del Senado de la República a los veintiseis días del mes de noviembre del año dos mil trece.

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SENADORA MARÍA ELENA BARRERA TAPIA

La suscrita Senadora MARÍA ELENA BARRERA TAPIA, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 de Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

La suscrita Senadora MARÍA ELENA BARRERA TAPIA, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 de Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración, PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL  PARA QUE A TRAVÉS DE LA CANCILLERÍA, SE EXPLORE LA POSIBILIDAD DE QUE EL 30 DE NOVIEMBRE, SEA CONSIDERADO COMO “DÍA INTERNACIONAL DE LA LUCHA CONTRA LOS TRASTORNOS DE LA CONDUCTA ALIMENTARIA, con base en la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La salud es un derecho que se encuentra estipulado en el artículo 4° de la Constitución, al establecer que: “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general…” [1]

Parte de las problemáticas en materia de salud son los trastornos alimenticios, tales como: la anorexia nerviosa, bulimia y otros padecimientos de conducta alimenticia no especificada. Estas enfermedades, se inician principalmente en la pubertad y adolescencia; muy probablemente, las personas de mayor edad que los padecen iniciaron conductas sintomáticas en esta etapa de su vida. Las edades de aparición o de inicio del trastorno van desde los 12 hasta los 25 años y la frecuencia aumenta entre los 12 y los 17, es lamentable que la expansión de los padecimientos ha implicado también su aparición en edades cada vez más tempranas[2].

Tanto la Anorexia Nerviosa, Bulimia Nerviosa, Trastornos de la Conducta Alimentaria No Especificados, y el Trastorno por Atracón (Comedor Compulsivo), son psicopatologías que se van generando de manera progresiva e inclusive se tiene la creencia de que pueden verse iniciados a raíz de una preocupación excesiva por el peso y la imagen corporal, un deterioro de autoestima y autoconcepto.

Se calcula que alrededor del 10% [3] de la población femenina de menos de 30 años presenta algún problema alimentario, en cualquiera de las modalidades anteriormente mencionados. En los últimos años los trastornos alimenticios [4] se han convertido en un importante problema sanitario con graves secuelas físicas, sociales y psicológicas; es una enfermedad que no sólo afectan al enfermo, sino también a su familia.

Diversos estudios demuestran que “la conducta alimentaria es el resultado de la interacción del estado fisiológico del organismo y de las condiciones ambientales; la capacidad para controlar la ingesta de nutrientes para equilibrar las necesidades corporales, requiere mecanismos que armonicen la información fisiológica del medio interno con la información nutricional del medio externo”[5].

Los trastornos alimenticios ocurren principalmente en mujeres, sin embargo, en los últimos años el número de casos en hombres ha aumentado en forma constante.

La bulimia y la anorexia son trastornos cuya base se encuentra en alteraciones psicológicas que puede llegar a tener graves repercusiones biológicas y fisiológicas. Desde la ausencia de menstruación, caída del pelo, sequedad en la piel, alteraciones gastrointestinales o complicaciones endocrinológicas, hasta serios problemas cardiovasculares y renales.

En la actualidad, la sociedad a través de los medios de comunicación, hace que los adolecentes obedezcan a un mensaje, el estar delgados, imagen que se ha convertido en un sinónimo de éxito y autocontrol, lo cual ha ocasionado que muchos lleven a cabo dietas extremas sin consultar a médicos especialistas, convirtiéndose, al no ver resultados favorecedores, en un trastorno psicológico.

La anorexia y la bulimia son patologías psiquiátricamente muy graves que pueden llevar hasta la muerte. Por ello la importancia de observar a los trastornos alimenticios, entre los cuales se encuentran los siguientes:

  1. ANOREXIA NERVIOSA.- Existe una pérdida significativa del peso corporal (superior al 15%), habitualmente fruto de la decisión voluntaria de adelgazar, a través de reducir o suprimir el consumo de alimentos (anorexia de tipo restrictiva), en especial “los que engordan”, también la persona puede recurrir a vómitos auto-inducidos, uso indebido de laxantes, ejercicio físico desmesurado, consumo de anorexígenos y diuréticos (anorexia de tipo purgativa). [6]

Personas que padecen anorexia presentan un intenso miedo al aumento de peso, sin importar el hecho de que estén bajando drásticamente de peso. La distorsión de la imagen corporal es constante, se sobrevalora la dimensión de la silueta corporal (distorsión perceptual), lo que OBLIGA a mantener la restricción de alimento o conductas compensatorias. [7]

Principales secuelas: problemas cardiocirculatorios, respiratorios, alteraciones en sistema nervioso central, neuroendocrinológicas y digestivas, deficiencia renal y desequilibrio electrolítico.

  1. BULIMIA NERVIOSA.-Se presentan episodios críticos en los cuales la persona ingiere cantidades de alimento muy superiores a lo que generalmente ingiere en circunstancias similares (atracón). Misma ingesta desmedida produce la sensación de “perder el control”, generándose sentimientos de culpa al no poder controlar la comida que se ingiere. En un inicio la persona con bulimia no desea incurrir al atracón, tras esto se experimentan prácticas destinadas a compensar sus efectos SOBRE EL PESO: vómitos auto inducidos, uso desordenado de laxantes, diuréticos. [8]

Principales secuelas: alteraciones electrolíticas y renales, alteraciones mediastínicas (hernias, úlceras esofágicas, rotura esofágica), alteraciones dentales, complicaciones digestivas, alteraciones cardiovasculares, neurológicas, endocrinológicas.

Estos se presentan normalmente en mujeres, en una proporción de nueve mujeres por un hombre, e inclusive en México se ha observado un incremento en mujeres llegando al grado de que sea 95% mujeres  y un  5% en hombres [9].

  1. TRASTORNO POR ATRACÓN (COMEDOR COMPULSIVO).- Existe una pérdida de control frente a los alimentos, ingestas compulsivas, dietas irregulares sin conductas de purga. Se registra que cada vez son más frecuentes y severos. [10]

Principales secuelas: problemas cerebro-vasculares, y circulatorios en general, alteraciones respiratorias y metabólicas; desviación de columna, dolor de huesos, desgaste de cartílago, lesiones en articulaciones, rodillas deformadas.

  1. TRASTORNO DE LA CONDUCTA ALIMENTARIA NO ESPECIFICADO.-Hay restricción de comida, se realizan actividades físicas excesivas, existe una pérdida de peso sin embargo a diferencia de la Anorexia y la Bulimia Nerviosas si hay menstruación regular tratándose de mujeres. De las cuales se desprenden las siguientes:
  • Conductas de Atracón-Purga aparecen menos de dos veces por semana o durante menos de tres meses.
  • Empleo regular de conductas compensatorias inapropiadas después de ingerir pequeñas cantidades de comida por parte de un individuo con peso normal.
  • Masticar y  expulsar, pero no tragar, importantes cantidades de comida.

De lo anterior, se aprecia que un trastorno hace referencia a una serie de  síntomas, conductas de riesgo y signos que puede presentarse en diferentes modalidades y  diversos rangos de gravedad. Como hemos mencionado los trastornos alimenticios se presentan cuando una persona no recibe la ingesta calórica que su cuerpo requiere para funcionar de acuerdo con su edad, estatura, ritmo de vida, etcétera. [11]

En nuestro país, tres de cada 10 personas sufren algún tipo de trastorno alimenticio como bulimia, anorexia o síndrome del atracón, las cuales afectan en mayor medida a las mujeres y adolescentes [12]. Desafortunadamente la conducta proviene de las presiones sociales y se da en personas con baja autoestima.

Es de mencionar que éstos trastornos alimenticios, son una enfermedad y no de una simple manía o capricho de quienes la padecen. Cabe mencionar que en nuestros país se han hecho diversas campañas por parte de la sociedad civil, para que se le de reconocimiento de carácter internacional.

Asimismo, en las redes sociales desde hace un par de años se ha considerado en hacer algo para apoyar la lucha contra los Trastornos Alimenticios, la primera idea fue usar una pulsera o listón de color azul en la muñeca izquierda como el símbolo de la esperanza, la fe y la solidaridad.

Es de precisar que de manera espontánea y natural se propusieron dos días para la Celebración Internacional de la Lucha contra los Trastornos Alimenticios: El 18 y el 30, siendo esté último el elegido.

De esa manera, surge que el 30 de Noviembre, sea considerado como el “Día Internacional de la Lucha contra los Trastornos Alimenticios”, sin embargo solo ha quedado en propuesta, mismas que solo se encuentra en difusión, la labor que se sigue es noble, debido a que se busca que se propague información sobre la problemática que existe en el tema.

De ahí la importancia de que el Estado Mexicano, pueda apoyar en el reconocimiento para que el 30 de noviembre sea considerado como Día Internacional de la Lucha Contra Los Trastornos de la Conducta Alimentaria”, la finalidad es generar conciencia y atención en la población, en razón de que es una problemática de nuestros días.

Cabe precisar que los Estados miembros son los que proponen los Días Internacionales [13], ante la Organización de la Naciones Unidas, en el caso de México el Ejecutivo Federal como mandatario del Estado a través de la Cancillería, la finalidad de la creación de un día internacional es generar ocasiones para promover acciones en la materia.

En atención a lo anteriormente expuesto, la senadora que suscribe pone a consideración del Pleno del Senado de la República el presente:

PUNTO DE ACUERDO

Primero.- El Senado de la República del H. Congreso de la Unión, exhorta al Ejecutivo Federal  para que a través de la Cancillería, se explore la posibilidad de que el 30 de Noviembre, sea considerado como “Día Internacional de la Lucha Contra los Trastornos de la Conducta Alimentaria”

Segundo.- El Senado de la República del H. Congreso de la Unión, manifiesta su beneplácito de que al 30 de Noviembre sea considerado como el Día Internacional de la Lucha Contra Los Trastornos de la Conducta Alimentaria” con la finalidad de crear conciencia en la sociedad, de este problema de salud.

Tercero.- El Senado de la República del H. Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaria de Salud para que se implementen programas de prevención y tratamiento sobre los trastornos alimenticios.

Dado en el recinto del Senado de la República, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil trece.

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ma_elena

Senadora María Elena Barrera Tapia


[1] Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
[2]http://www.iztacala.unam.mx/amta/pdfs/guia_trastornos_alimentarios.pdf
[3]http://www.psiquiatria.com/imgdb/archivo_doc5846.pdf
[4] Barrera Francés http://www.psiquiatria.com/revistas/index.php/psicologiacom/article/viewFile/1253/1157/, 2011
[5] Chinchilla, A. Guía teórico-práctica de los trastornos de conducta alimentaria: anorexia nerviosa y bulimia nerviosa. Ed. Masson, 1995.
[6] Cervera, S. y Quintanilla, B. Anorexia Nerviosa. Manifestaciones psicopatológicas fundamentales. Ediciones Universidad de Navarra (EUNSA), 1995.
[7] Gómez Pérez-Mitré,G. (1995). “Peso real, peso imaginario y distorsión de la imagen corporal”. Revista Mexicana de Psicología, 12(2) 185 – 198.
[8] Gómez Pérez-Mitré,G. (1995). “Peso real, peso imaginario y distorsión de la imagen corporal”. Revista Mexicana de Psicología, 12(2) 185 – 198.
[9]http://www.valoresmujer.org/inicio/articulo_autoestima.php
[10] Chinchilla, A.: Trastornos de la Conducta Alimentaria. Anorexia y Bulimia nerviosas, Obesidad y Atracones. Ed. Masson. Barcelona 2003.
[11] http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/documentos/guiatrastornos.pdf
[12]http://www.valoresmujer.org/inicio/articulo_autoestima.php

[13] Organización de la Naciones Unidas http://www.un.org/es/events/observances/

La suscrita Senadora MARÍA ELENA BARRERA TAPIA, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXII Legislatura de la H. Cámara de Senadores

La suscrita Senadora MARÍA ELENA BARRERA TAPIA, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXII Legislatura de la H. Cámara de Senadores, perteneciente, en ejercicio de la facultad que confieren los artículos 8, numeral 1, fracción II, y 276 fracción 1 y 2 del Reglamento del Senado  de la República, somete a la consideración de esta Soberanía la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR LA QUE SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARÍA DE SALUD FEDERAL A IMPLEMENTAR EN LOS HOSPITALES DE SEGUNDO NIVEL DEL PAÍS “CENTROS DE ATENCIÓN INTEGRAL DEL PACIENTE CON DIABETES”, bajo la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las Enfermedades Crónicas No Transmisibles (ECNT) representan el 63% del número total de muertes anuales a nivel mundial, principalmente en los países de ingresos bajos y medios [1], dentro de estas enfermedades se encuentra la Diabetes Mellitus (Diabetes Tipo II), como  enfermedad crónica que aparece cuando el páncreas no produce insulina suficiente o cuando el organismo no utiliza eficazmente la insulina; gradualmente afecta órganos y sistemas, especialmente los nervios y los vasos sanguíneos, y se debe en gran medida a un peso corporal excesivo (sobrepeso, obesidad y obesidad mórbida) y a la inactividad física, tanto en adultos como en niños.

Cada 10 segundos se registran tres nuevos casos de diabetes en el mundo, lo que representa gran preocupación y reto para los sistemas de salud, pues se estima que para 2030 la cifra se elevará a 552 millones de enfermos. [2]

México lamentablemente enfrenta en materia de salud las consecuencias del elevado número de habitantes con sobrepeso y obesidad, mismas que son determinantes en el incremento de enfermedades crónicas y fallecimientos por estas causas, de donde se destaca la Diabetes Mellitus Tipo IIque reflejaen cifras alarmantes [3]

Cabe subrayar que en el país existen más de 10 millones de personas con diabetes; por lo que en 2012, la diabetes paso a ser la segunda causa de muerte entre la población [4].La Organización para la Cooperación y el Desarrollo (OCDE) reporta que México tiene la tasa más alta de obesidad en adultos de los países que agrupa. [5]Es por ello que la diabetes forma parte de los retos que el estado debe afrontar al ser constituida como una emergencia sanitaria.

Son cifras que no podemos  pasar por alto, por ello es imperativo que el Estado dote a la población de mecanismos que contrarresten este problema y mejoren la calidad de vida y salud de los mexicanos.

Más aun cuando el Derecho a la Salud se consagra en el texto del párrafo tercero, artículo cuarto de nuestro máximo ordenamiento jurídico, y en igualdad de importancia los convenios y tratados internacionales firmados por México con la finalidad de respetar y proteger los derechos humanos, entre ellos, el derecho a la salud.

Por lo anterior;  es urgente trabajar para fortalecer uno de los pilares de la sociedad,como lo es la mejoría de su salud.

En la última década la Diabetes Mellitus se ha convertido en un problema de salud pública y es la primera causa de incapacidad prematura y muerte; además,de daños colaterales al afectar a los miembros de la  familia y por el gasto de bolsillo; en la esfera del desarrollo económico por la disminución en la productividad así como de las recurrentes incapacidades laborables; y, un gasto excesivo en el sistema de salud mexicano.

Hablando de cifras nacionales:

México gasta 15% del presupuesto de salud en la diabetes, siendo el país que más porcentaje destina en el mundo. De cada 100 pesos que se gastan en la atención de esta enfermedad, 52 lo aportan los pacientes, 30 el IMSS, 11 la Secretaría de Salud y 7 el ISSSTE. [6]

Entre 2006 y 2012 [7] cerca de 500 mil personas fallecieron por diabetes y de continuar así para el año 2018 se esperan alrededor de 800 mil.

Los costos entre 2000 y 20087pasaron de 35,500 millones de pesos a 67,000 millones de pesos. De continuar con esa tendencia, el gasto podría aumentar a más de 150,000 millones de pesos para el 2017.

Además, el costo indirecto estimado por pérdida de productividad derivada de muertes prematuras asociadas a la obesidad, fue de más de 25 mil millones de pesos en 2008, el cual tiene un crecimiento anual del 13.5%. En el caso de que no se solucione este problema con prevención y disminución de los factores obesogénicos, este costo puede alcanzar los 73 mil millones de pesos para el año 20177

En México, existen los recursos para la atención de la Diabetes Mellitus e independientemente de ello, se propone que en los hospitales de segundo nivel existan“Centros de atención integral del paciente con diabetes”, bajo las siguientes premisas:

1. Coordinación, articulación e integración delos servicios de diagnóstico, tratamiento, relaciones públicas y trabajo social que intervienen en la atención del paciente con Diabetes Mellitus Tipo II y de sus secuelas.

Propósito:atención integral colegiada y oportuna en el tratamiento del paciente a un tiempo.

Beneficio:mejoría del paciente a menor tiempo; menos ausencias laborales;  disminución de desplazamientos y del gasto de bolsillo en la familia; regulación del gasto institucional.

2. Propiciar el enlace entre las unidades médicas de primer contacto con el hospital para el seguimiento de pacientes.

Propósito:seguimiento de pacientes a fin de evitar que abandonen el tratamiento; evitar las complicaciones y secuelas de la Diabetes Mellitus.

Beneficio: Disminución en la duplicidad de servicios que genera el abandono del tratamiento y regulación del gasto.

3. Promover la visión integral en la atención del paciente diabético como un problema de salud pública a partir de los esquemas de formación de los profesionales de la salud en los niveles técnico-  universitario.

4. Es fundamental impulsar políticas públicas específicas para atender este problema de salud pública con la concurrencia de los 3 órdenes de gobierno, involucrando al sector privado y social.

Sin duda, lasacciones de prevención y detección  son prioritarias para que niños y jóvenes no desarrollen esta enfermedad; así como la atención hospitalaria para limitar los daños orgánicos, laborales, económicos y principalmente  para que la diabetes deje de ser una de las primeras causas de fallecimientos de alguno de los miembros de nuestras familias mexicanas.

CONSIDERACIONES

ÚNICO. En mérito de las necesidades de la población se propone implementar los “Centros de atención integral del paciente con diabetes” en los hospitales de segundo nivel del país para contrarrestar el ritmo elevado  de ocurrencia de diabetes en la población,  logrando con ello, la mejora en la calidad de vida de la población, el respeto a la dignidad humana y el desarrollo equilibrado del país.

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO.- El Senado de la República exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud a implementar dentro de todos los hospitales de segundo nivel del país los Unidad de Atención Integral al Paciente Diabético.

Dado en el Salón de Sesiones del Senado de la República, al primer día del mes de abril del año dos mil catorce.

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SENADORA MARÍA ELENA BARRERA TAPIA


[1] Secretaria de Salud federal; Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades: Perfil Epidemiológico de la Diabetes Mellitus (14 de agosto de 2013).
[2] Ibídem.
[3] Ibídem.
[4]Fuente: Anexo estadísticos del primer informe de gobierno del presidente Enrique Peña Nieto
[5] Ibídem.
[6] Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, Dirección General de Epidemiología.

[7] Organización para la Cooperación y el Desarrollo (OCDE), resultados del estudio 2006 - 2012

La Suscrita Senadora MARÍA ELENA BARRERA TAPIA, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 de Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

La Suscrita Senadora MARÍA ELENA BARRERA TAPIA, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 de Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración, PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL PARA QUE DECLARE AL “2 ABRIL DÍA NACIONAL DE LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON AUTISMO”, con base en la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El síndrome del autismo, es un problema de salud mental, son una serie de trastornos neuropsiquiátricos, que son catalogados como trastornos generalizados del desarrollo, los cuales pueden detectarse a edades muy tempranas. Esta disfuncionalidad tiene un impacto considerable no solo en el correcto desarrollo y bienestar de la persona afectada, sino también de los familiares, dada la elevada carga de cuidados personalizados1.

De acuerdo con el diccionario de la Real Academia Española, el autismo es un “repliegue patológico de la personalidad sobre sí misma; síndrome infantil caracterizado por la incapacidad congénita de establecer contacto verbal y afectivo con las personas y por la necesidad de mantener absolutamente estable su entorno; en psiquiatría, síntoma esquizofrénico que consiste en referir a la propia persona todo cuanto acontece a su alrededor”2.

Este padecimiento resulta ser un trastorno crónico, en el desarrollo que persiste a lo largo de toda la vida. Este síndrome puede hacerse evidente durante los primeros 30 meses de vida y da lugar a diferentes grados de alteración del lenguaje y la comunicación, de las competencias sociales y de la imaginación.

En México la prevalencia del diagnóstico de personas con autismo no es clara, sin embargo se estima que hay 6 mil casos de niños y niñas con este síndrome. Asimismo, diversas investigaciones calculan que solo 426 niños han sido integrados a la sociedad de un total de 37 mil niños mexicanos con este padecimiento3.

Este trastorno es una discapacidad severa y crónica del desarrollo, que se reflejadurante los tres primeros años de vida4, con los siguientes:

  • Discapacidad cualitativa de interacción social.
  • Discapacidad cualitativa en la comunicación.
  • Patrones restringidos, repetitivos y estereotipados, de comportamiento, intereses y actividades.

Es importante resaltare que el autismo ocurre aproximadamente en 1 de cada 500 nacimientos y es cuatro veces más común enniños que en niñas.

Los síntomas incluyen5:

  • Perturbaciones en la rapidez de aparición de las habilidades físicas, sociales y de lenguaje.
  • Respuesta anormal a sensaciones. Cualquier combinación de los sentidos y sus respuestas están afectados: visión, oído, tacto, dolor, equilibrio, olfato, gusto y el modo en que el niño maneja su cuerpo.
  • El habla y el lenguaje no aparecen o retrasan su aparición a pesar de que existan capacidades intelectuales evidentes.
  • Relación anormal con personas, objetos o acontecimientos.

De lo anterior, se observa la importancia de apoyar esta causa para beneficio de las personas con el padecimiento del autismo. Este trastorno en el desarrollo infantil que ha atraído la atención a nivel internacional, parcialmente porque es un trastorno inexplicable y misterioso, los niños no presentan una discapacidad física y no se ve a primera vista que tiene algún trastorno. Algunos niños con autismo mantienen un buen nivel académico, pero no pueden interactuar con otros niños, porque se comportan de una manera diferente o llegan a presentan problemas emocionales, sociales y de conducta.

Por lo tanto, la inclusión puede llegar a ser más complicada para los niños con autismo, comparada con los otros niños que tienen necesidades educativas especiales (NEE), debido a que los niños con autismo presentan la triada de discapacidad en la interacción social, en la comunicación y en laimaginación. También, existe una hipersensibilidad (mucha) o hiposensibilidad (poca) a los estímulos sensoriales. Esto provoca que ellos enfrenten más retos comparados con otros niños con discapacidad.

Lamentablemente los niños con autismo pueden presentar, a veces una dificultad del aprendizaje, y puede ser difícil para ellos enfocar la atención. Debido a que en algunas ocasiones reflejan rutinas obsesivas y repetitivas.

En razón a estos factores, a muchos niños se les llega a dificultar la inclusión al ambiente de la escuela regular, que por su propia naturaleza puede llegar a ser ruidoso y cambiante. Además, puede ser difícil para ellos el interactuar con sus compañeros, lo cual es aún más complicado si presentan dificultades emocionales y de comportamiento.

Cabe hacer mención que la Organización de la Naciones Unidas, ha establecido al 2 de abril como Día Mundial de Concienciación sobre el Autismo que tiene como objetivo ayudar a rectificar esta situación mediante la concienciación del autismo a nivel internacional, entre los responsables políticos y el público en general6.

Asimismo, Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad reconoce los derechos de las personas con autismo, reafirmando el principio fundamental de universalidad de los derechos humanos para todos.

A razón de lo anterior, el punto de acuerdo tiene como objeto que el mismo día que se celebra la Concienciación sobre el Autismo a nivel internacional, México declare el 2 de abril como Día Nacional de la integración de las personas con Autismo.

Debemos hacer del conocimiento a la sociedad la importancia de integrara las millones de personas con autismodebido a que ellas tienen una gran capacidad para interactuar en las escuelas, comercios, oficinas públicas, entre otros.

En este sentido, la senadora que suscribe pone a consideración del Pleno del Senado de la República el presente:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.- El Senado de la República, exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal para que declare al “2 Abril Día Nacional de la integración de las personas con Autismo”.

SEGUNDO.-El Senado de la República, exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal para que declare “Abril mes de la Concienciación del Autismo”.

TERCERO.-El Senado de la República, exhorta respetuosamente a la Secretaria de Salud, para que en coordinación con las Secretariasde Educación Pública y de Desarrollo Social, a generar estrategias de inclusión de niños y niñas con trastornos del espectro autista, en las instituciones educativas y en la sociedad.

Dado en el recinto del Senado de la República, a los tres días del mes de abril del año dos mil catorce.

ma_elena

SENADORA MARÍA ELENA BARRERA TAPIA


1 Secretaria de Salud,http://www.cenetec.salud.gob.mx/descargas/gpc/CatalogoMaestro/528_GPC_Espectroautista/GER_Autismo.pdf

2 Real Academia Española, http://lema.rae.es/drae/?val=autismo

3 La inclusión de Niños y niñas con trastorno del espectro autista en las escuelasen la Ciudad de México, UNICEF, 2012.

4 Asociación Pro – Autismo, http://www.proautismo.com/?page_id=51

5 Ibídem

6 Organización de la Naciones Unidas, https://www.un.org/es/events/autismday/

La Suscrita Senadora MARÍA ELENA BARRERA TAPIA, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 de Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

La Suscrita Senadora MARÍA ELENA BARRERA TAPIA, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 de Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración, PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL PARA QUE DECLARE AL “2 ABRIL DÍA NACIONAL DE LA INTEGRACIÓN DE LAS PERSONAS CON AUTISMO”, con base en la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El síndrome del autismo, es un problema de salud mental, son una serie de trastornos neuropsiquiátricos, que son catalogados como trastornos generalizados del desarrollo, los cuales pueden detectarse a edades muy tempranas. Esta disfuncionalidad tiene un impacto considerable no solo en el correcto desarrollo y bienestar de la persona afectada, sino también de los familiares, dada la elevada carga de cuidados personalizados1.

De acuerdo con el diccionario de la Real Academia Española, el autismo es un “repliegue patológico de la personalidad sobre sí misma; síndrome infantil caracterizado por la incapacidad congénita de establecer contacto verbal y afectivo con las personas y por la necesidad de mantener absolutamente estable su entorno; en psiquiatría, síntoma esquizofrénico que consiste en referir a la propia persona todo cuanto acontece a su alrededor”2.

Este padecimiento resulta ser un trastorno crónico, en el desarrollo que persiste a lo largo de toda la vida. Este síndrome puede hacerse evidente durante los primeros 30 meses de vida y da lugar a diferentes grados de alteración del lenguaje y la comunicación, de las competencias sociales y de la imaginación.

En México la prevalencia del diagnóstico de personas con autismo no es clara, sin embargo se estima que hay 6 mil casos de niños y niñas con este síndrome. Asimismo, diversas investigaciones calculan que solo 426 niños han sido integrados a la sociedad de un total de 37 mil niños mexicanos con este padecimiento3.

Este trastorno es una discapacidad severa y crónica del desarrollo, que se reflejadurante los tres primeros años de vida4, con los siguientes:

  • Discapacidad cualitativa de interacción social.
  • Discapacidad cualitativa en la comunicación.
  • Patrones restringidos, repetitivos y estereotipados, de comportamiento, intereses y actividades.

Es importante resaltare que el autismo ocurre aproximadamente en 1 de cada 500 nacimientos y es cuatro veces más común enniños que en niñas.

Los síntomas incluyen5:

  • Perturbaciones en la rapidez de aparición de las habilidades físicas, sociales y de lenguaje.
  • Respuesta anormal a sensaciones. Cualquier combinación de los sentidos y sus respuestas están afectados: visión, oído, tacto, dolor, equilibrio, olfato, gusto y el modo en que el niño maneja su cuerpo.
  • El habla y el lenguaje no aparecen o retrasan su aparición a pesar de que existan capacidades intelectuales evidentes.
  • Relación anormal con personas, objetos o acontecimientos.

De lo anterior, se observa la importancia de apoyar esta causa para beneficio de las personas con el padecimiento del autismo. Este trastorno en el desarrollo infantil que ha atraído la atención a nivel internacional, parcialmente porque es un trastorno inexplicable y misterioso, los niños no presentan una discapacidad física y no se ve a primera vista que tiene algún trastorno. Algunos niños con autismo mantienen un buen nivel académico, pero no pueden interactuar con otros niños, porque se comportan de una manera diferente o llegan a presentan problemas emocionales, sociales y de conducta.

Por lo tanto, la inclusión puede llegar a ser más complicada para los niños con autismo, comparada con los otros niños que tienen necesidades educativas especiales (NEE), debido a que los niños con autismo presentan la triada de discapacidad en la interacción social, en la comunicación y en laimaginación. También, existe una hipersensibilidad (mucha) o hiposensibilidad (poca) a los estímulos sensoriales. Esto provoca que ellos enfrenten más retos comparados con otros niños con discapacidad.

Lamentablemente los niños con autismo pueden presentar, a veces una dificultad del aprendizaje, y puede ser difícil para ellos enfocar la atención. Debido a que en algunas ocasiones reflejan rutinas obsesivas y repetitivas.

En razón a estos factores, a muchos niños se les llega a dificultar la inclusión al ambiente de la escuela regular, que por su propia naturaleza puede llegar a ser ruidoso y cambiante. Además, puede ser difícil para ellos el interactuar con sus compañeros, lo cual es aún más complicado si presentan dificultades emocionales y de comportamiento.

Cabe hacer mención que la Organización de la Naciones Unidas, ha establecido al 2 de abril como Día Mundial de Concienciación sobre el Autismo que tiene como objetivo ayudar a rectificar esta situación mediante la concienciación del autismo a nivel internacional, entre los responsables políticos y el público en general6.

Asimismo, Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad reconoce los derechos de las personas con autismo, reafirmando el principio fundamental de universalidad de los derechos humanos para todos.

A razón de lo anterior, el punto de acuerdo tiene como objeto que el mismo día que se celebra la Concienciación sobre el Autismo a nivel internacional, México declare el 2 de abril como Día Nacional de la integración de las personas con Autismo.

Debemos hacer del conocimiento a la sociedad la importancia de integrara las millones de personas con autismodebido a que ellas tienen una gran capacidad para interactuar en las escuelas, comercios, oficinas públicas, entre otros.

En este sentido, la senadora que suscribe pone a consideración del Pleno del Senado de la República el presente:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.- El Senado de la República, exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal para que declare al “2 Abril Día Nacional de la integración de las personas con Autismo”.

SEGUNDO.-El Senado de la República, exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal para que declare “Abril mes de la Concienciación del Autismo”.

TERCERO.-El Senado de la República, exhorta respetuosamente a la Secretaria de Salud, para que en coordinación con las Secretariasde Educación Pública y de Desarrollo Social, a generar estrategias de inclusión de niños y niñas con trastornos del espectro autista, en las instituciones educativas y en la sociedad.

Dado en el recinto del Senado de la República, a los tres días del mes de abril del año dos mil catorce.

ma_elena

SENADORA MARÍA ELENA BARRERA TAPIA


1 Secretaria de Salud,http://www.cenetec.salud.gob.mx/descargas/gpc/CatalogoMaestro/528_GPC_Espectroautista/GER_Autismo.pdf

2 Real Academia Española, http://lema.rae.es/drae/?val=autismo

3 La inclusión de Niños y niñas con trastorno del espectro autista en las escuelasen la Ciudad de México, UNICEF, 2012.

4 Asociación Pro – Autismo, http://www.proautismo.com/?page_id=51

5 Ibídem

6 Organización de la Naciones Unidas, https://www.un.org/es/events/autismday/

La que suscribe, María Elena Barrera Tapia, Senadora de la República de la LXII Legislatura al Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

La que suscribe, María Elena Barrera Tapia, Senadora de la República de la LXII Legislatura al Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 8 fracción II del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración de esta H. Soberanía, el presente PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SOLICITA RESPETUOSAMENTE AL EJECUTIVO FEDERAL PARA QUE DECLARE EN MÉXICO EL “28 DE MAYO, COMO DÍA NACIONAL POR LA SALUD DE LA MUJER”, como un día para reflexionar y discutir sobre las políticas y programas, y para proponer acciones concretasen  favor de la salud de las mujeres en México, de conformidad con la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

“Porque nosotras tenemos siempre el café listo y echamos tortillas para que pueda comer nuestra familia. Preparamos los alimentos. Vamos a la plaza. Vamos por agua al río o al pozo. Cargamos en nuestras espaldas la leña. Limpiamos nuestra casa. Lavamos la ropa. Le damos de comer a nuestros animalitos. Atendemos a nuestros hijos. Cosemos la ropa y estamos atentas a lo que pueda faltar. Porque somos nosotras, siempre nosotras, las que estamos atentas para que nuestros hijos, nuestros esposos y nuestros padres no se enfermen y cuando se enferman, los cuidamos hasta que se curan y si no se curan, de todos modos siempre los cuidamos. Cuidamos que las enfermedades no entren a la comunidad. Cuidamos la Salud y amamos la Vida.”

La anterior es una expresión que se apega totalmente a la realidad mexicana. La mujer en México, juega muchos roles, que a veces pasan desapercibidos por ser parte de la vida cotidiana, son  esposas, compañeras, madres, hijas. Como madres son el pilar fundamental para el desarrollo de su familia, y sobre todo son quienes están a cargo de que los integrantes de la familia gocen de  salud en el hogar. Procuran que el bienestar integral, físico, mental y social.

Por ello no es exagerado decir que las mujeres son las principales protagonistas en el hogar. Para la madre nada hay tan importante como la salud de sus hijos y en general de sus familiares.

Una enfermedad, como sabemos, tiene consecuencias en todos los ámbitos de la vida, como el emocional, físico, económico, laboral ysocial. La afectación de la mujer que atiende a su familia cuando se enferma alguno de ellos es enorme, por que asume como una responsabilidad propia el que se tenga buena salud en el hogar.

Pero nos hemos preguntado, qué hacemos el resto de los integrantes de la familia cuando la mujer de la casa,  la madre, compañera, esposa o hija, está enferma. ¿Qué sucede al interior de la familia? Sin duda alguna el hogar no es el mismo, se ve totalmente alterado por la falta plena de esta mujer a cargo del hogar. Esta ausencia es más notoria cuando el padre asume los roles de padre y madre.

La verdad es que hacemos poco por ellas. Es cierto que hay programas de salud dirigidos a las mujeres, sobre todo cuando se trata de enfermedades mortales, como el cáncer de mama o cervicouterino, que cobra miles de vidas cada año. Pero es cierto también que siguen muriendo miles de mujeres por falta de atención y seguimiento oportuno durante el embarazo, parto y puerperio.

Las acciones de los sistemas de salud tienen que ir masallá, como lo señala la OMS en su 67ª Asamblea Mundial de la Salud realizada en Ginebra el 24 de mayo pasado. Donde hace un llamado para afrontar el problema de la violencia; en particular contra mujeres y niñas.

Y cito “Los estados miembros trabajarán en fortalecer el papel de los sistemas de salud en abordar la violencia. La OMS desarrollará un plan de acción mundial para fortalecer este papel de los sistemas de salud dentro de una respuesta multisectorial para abordar la violencia interpersonal, en particular contra mujeres, niñas y niños. En el mundo, cada año, cerca de 1,4 millones de personas pierden sus vidas por la violencia. Mujeres y niñas experimentan formas especificas de violencia que se suelen esconder. En el mundo, una de cada tres mujeres ha experimentado alguna forma de violencia física o sexual al menos una vez en su vida”

“Los Estados miembros apoyaron el plan para terminar las muertes prevenibles de recién nacidos para 2036. El plan llama a los países de todo el mundo a lograr menos de 10 muertes de recién nacidos por 1000 nacidos vivos para 2035. Anualmente mueren 3 millones de bebes en su primer mes de vida y 2,6 millones de bebes por nacer (mueren en los últimos tres meses de embarazo o en el parto). Muchas de estas muertes son prevenibles con acceso a servicios de salud, entre otras, por eso el plan prevé que cada país haga inversiones en cuidado médico antes, durante y después del parto para cada embarazada y su recién nacido”

Donde una vez más la atención del binomio madre-hijo es fundamental para la democratización de la salud en cualquier país.

Datos de la Secretaría de Salud muestran que en nuestro país algunas de las principales causas de muerte en mujeres, son:

-Diabetes Mellitus.

- Enfermedades del corazón.

- Enfermedades cerebrovasculares.

- Enfermedades pulmonares.

- Complicaciones perinatales.

- Hipertensión arterial.

- Cirrosis hepática.

- Desnutrición.

- Cáncer de útero, mama, hígado, estómago y pulmón.

- Accidentes.

- Anemia.

Es importante mencionar que todas estas enfermedades se pueden prevenir. Hoy la OMS establece 9 indicadores para medir los progresos en la implementación del Plan de Acción Global contra Enfermedades No Transmisibles; un marco global para el monitoreo de la nutrición de madres, lactantes y niños pequeños; y un plan que prevé que cada país haga inversiones en cuidado médico antes, durante y después del parto para cada embarazaday su recién nacido.

Con una atención oportuna preventiva, se puede hacer realidad el  derecho que tienen las mujeres a la salud, recibiendo una atención digna y con el pleno ejercicio de sus derechos humanos, como se establece en Nuestra Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos. El derecho a la salud debemos recordar es un Derecho Humano.

Como todos sabemos el día 28 de mayo, se celebra a nivel mundial el Día Internacional de la Salud de la Mujer, que en realidad la designación oficial es“28 de Mayo, como día Internacional de Acción por la Salud de la Mujer”,  que tuvo su origen el 28 de mayo de 1987 en el V Encuentro Internacional de Salud de la Mujer, de la Red Mundial de Mujeres por los Derechos Reproductivos, en Costa Rica, a propuesta de la Red Mundial de Mujeres por los Derechos Reproductivos, como un día para reflexionar y discutir sobre las políticas y programas, así como para proponer acciones a favor de la salud de la población femenina mundial.

Sin embargo casi en todos los países ha sido una fecha que pasa un tanto desapercibida, quizás porque refiere solo  a la salud de las mujeres, que en apariencia se enferman poco, porque los hace visible solo cuando hay afectaciones mayores. En México se tiene conciencia de la importancia de atender a la mujer, de ahí las intensas campañas, sobre todo con enfermedades que producen cáncer de útero o mama, pero no existe en la conciencia colectiva la necesidad de una atención más amplia de prevención para salud integral, como un derecho humano que deben acceder sin restricciones o exclusiones de ningún tipo, y a lo largo de todas las etapas de su vida y de forma integral, con calidad y respeto a su dignidad.

La salud de todas las mujeres es una responsabilidad del Estado Mexicano, en donde la Federación, las Entidades Federativas y los municipios, la sociedad y las instituciones privadas deben de trabajar en forma conjunta. Es necesaria la participación de todos para hacer realidad el derecho humano de la Salud de la mujer, que vaya más allá de la atención a las enfermedades terminales y de los ciclos reproductivos. Que atienda de forma preventiva e integral a la mujer, como el mejor medio de acceder a una mejor calidad de vida.

Con base a al anterior exposición de motivos y con la misma finalidad que en su momento animó  ala comunidad internacional a establecer  “28 de Mayo, como día Internacional de Acción por la Salud de la Mujer”, con el presente Punto de Acuerdo se propone que se declare  en México  el  “28 de Mayo, como día Nacional por la Salud de la Mujer”, como un día para reflexionar y discutir sobre las políticas y programas, y para proponer acciones concretas en  favor de la salud de las mujeres en México.

Por las razones y fundamentos que han quedado precisados, someto a la consideración de esta H. Soberanía el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

ÚNICO:El Senado de la República solicita respetuosamente al Ejecutivo Federal para que declareen México  el  “28 de Mayo, como día Nacional por la Salud de la Mujer”, como un día para reflexionar y discutir sobre las políticas y programas, y para proponer acciones concretas en  favor de la salud de las mujeres en México.

Dado en el recinto del Senado de la República, sede de la Comisión Permanente,a los veintiocho días del mes de Mayo de dos mil catorce.

ma_elena

SENADORA MARÍA ELENA BARRERA TAPIA


1 Vicenta. Promotora de la Salud en Oaxaca, http://www.mujerysalud.gob.mx/marzo2004.htm

2http://www.paho.org/hq/index.php?option=com_content&view=article&id=9647%3Aworld-health-assembly-closes&Itemid=1926&lang=es

3http://blog.saludycalidad.com/enfermedades-mas-comunes-en-la-mujer-mexicana citando aportal.salud.gob.mx, alimentacion-sana.org, Mujeresunidasporlasalud.com.mx

4http://www.paho.org/hq/index.php?option=com_content&view=article&id=9647%3Aworld-health-assembly-closes&Itemid=1926&lang=es

5http://angelesalvarez.com/2007/05/29/28-de-mayo-dia-internacional-de-la-salud-de-la-mujer/ yhttp://www.cimacnoticias.com.mx/node/31711

Las suscritas, CRISTINA DÍAZ SALAZAR, ANA LILIA HERRERA ANZALDO Y MARÍA ELENA BARRERA TAPIA Senadoras de la República de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y del Partido Verde Ecologista de México

Las suscritas, CRISTINA DÍAZ SALAZAR, ANA LILIA HERRERA ANZALDO Y MARÍA ELENA BARRERA TAPIA Senadoras de la República de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, el siguiente Punto de Acuerdo de Urgente y Obvia Resolución por el que se exhorta respetuosamente a los gobiernos del Distrito Federal y del Estado de México a replantear y modificar el Programa de Verificación Vehicular Obligatorio, así como a las Entidades Federativas a establecer Políticas Públicas y Programas Integrales de Movilidad.

CONSIDERACIONES

La contaminación atmosférica que afecta a la Zona Metropolitana del Valle de México, es un problema multifactorial que afecta de manera permanente a la salud de los millones de mexicanos que radican en ella, si bien es cierto que las causas son variadas y no se puede responsabilizar  a una sola de ellas para determinarla, resulta evidente que el uso desproporcionado del automóvil ha impactado negativamente en el medio ambiente y en la salud de las personas.

Ante ello, los  gobiernos del Estado de México y del Distrito Federal han implementado a lo largo de las últimas dos décadas programas tendientes a reducir la contaminación atmosférica producida por los vehículos automotores que circulan en la zona metropolitana, ejemplo de ello es el programa Hoy No Circula, así como el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria.

El programa Hoy No Circula (HNC), fue lanzado en 1989 y se implementó para reducir la contaminación medida en el aire de la Ciudad de México. Esta medida fue implantada de una manera temporal buscando retirar el 20% de los autos particulares de lunes a viernes. El periodo de aplicación únicamente comprendía la temporada invernal debido a que durante esta se turnaba común la ocurrencia de inversiones térmicas que dificultaban la dispersión de los contaminantes generados en el área Metropolitana.

Posteriormente el programa fue implementado permanentemente, otorgándole el carácter de obligatorio aplicándose a todos los automotores que brindaran algún servicio con excepción de las unidades de servicios médicos, de seguridad pública, bomberos, servicio público de pasajeros y unidades que acreditarán la atención a alguna emergencia de carácter médico.

Un año después el programa volvió a ser modificado para incluir en el mismo a los vehículos que prestaban el servicio de transporte público de pasajeros.

Fue hasta 1997 que el programa fue actualizado con el objeto de renovar el parque vehicular, particularmente el de los vehículos privados modelos 1992 y anteriores que no contaban con convertidor catalítico.

En 1998 el programa (HNC), volvió a ser actualizado de manera que se estableció un esquema en donde los vehículos nuevos cuyas emisiones cumplieran con niveles de autorregulación estarían exentos del programa de verificación vehicular y del (HNC) por un periodo de hasta dos años.

Otra actualización al programa fue realizado en el segundo semestre del año 2008 en el cual se realizaron las modificaciones al programa "Hoy No Circula" consistentes en la restricción de la entrega del holograma 0 a las unidades a gasolina (de hasta ocho años de antigüedad); la aplicación del programa en día sábado (20% del parque vehicular con holograma 2 deja de circular cada sábado del mes); y se restringió la circulación de unidades matriculadas en otros estados en horario de las 5 a las 11 de la mañana todos los días laborales más un sábado al mes.

El 18 de junio del presente año, en el seno de la Comisión Ambiental de la Megalópolis se  anunció la “modernización” del Hoy No Circula y homologación de programas de verificación de la Megalópolis, que comprende seis entidades del centro del país: estados de México, Morelos, Puebla, Tlaxcala y DF, donde radican cerca de 28 millones de habitantes.

Las administraciones de las entidades referidas han considerado que el programa HNC, debía de actualizarse pues  a su juicio hoy en día el programa ya no cumple con su objeto principal que es el de reducir los efectos contaminantes en la ZMVM.

El Jefe de Gobierno informó que el nuevo esquema del Programa Hoy no Circula entrará en vigor a partir del 1° de julio y permitirá reducir la contaminación en un 11% anual y se fomentarán otros esquemas de movilidad más sustentables.

Los cambios en el Programa de Verificación Vehicular Obligatorio contemplan la introducción de los hologramas “Exento” y “1”.

Los vehículos híbridos y eléctricos tendrán holograma “Exento”, mientras que los holograma “1” (con antigüedad de 9 a 15 años) tendrán restricciones de circulación un día a la semana y dos sábados al mes (impar el primer y tercer sábado, y par el segundo y cuarto sábado), en caso de haber un quinto sábado, todos circulan.

Los vehículos con holograma “2”, es decir, con una antigüedad de 15 años en adelante, dejarán de circular el día de la semana que les corresponde de acuerdo con el color ya establecido con antelación y todos los sábados.

Debido al rechazo social provocado por la “actualización” del programa, el GDF con el fin de promover el justo equilibrio de los intereses entre los diferentes sectores de la población,  por instrucciones del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Miguel Ángel Mancera Espinosa; el Secretario de Gobierno, Héctor Serrano Cortés, y la secretaria de Medio Ambiente, Tanya Müller García, se reunieron con los representantes que se manifestaron, como consecuencia del anuncio hecho respecto al Programa de Verificación Vehicular Obligatoria que habrá de aplicarse a partir del próximo 1 de julio.

Derivado de esta reunión, el Gobierno del Distrito Federal precisó que la base para otorgar los hologramas, será la emisión de los contaminantes; por lo que aquellos automotores cuyo modelo exceda los quince años, podrán obtener el holograma “1”, al cumplir con los límites de emisiones establecidos en el proceso de verificación respectivo.

Es decir, solo dejarían de circular dos sábados al mes y un día a la semana, de acuerdo con la terminación numérica de las placas de circulación.

Además de lo anterior, se habrán de establecer, dos programas adicionales: El primero a cargo de la Secretaría de Transportes y Vialidad, que permita la entrega expedita de placas de circulación para vehículos que cumplan con los requisitos para los autos clásicos que estarán exentos del Programa Hoy No Circula; el segundo, estará dirigido al sector del comercio a fin de permitir la utilización de vehículos de transporte de carga, debidamente identificados, en horarios predeterminados, para garantizar la actividad comercial de todos sus sectores, como son tianguis, mercados sobre ruedas y el comercio en general.

Desde su implementación en la década de los noventas, el programa (HNC)  ha representado un factor que ha generado el aumento de la flota vehicular, lo que sin duda repercutió en la calidad del aire al contribuir a la emisión de gases contaminantes. Por lo tanto la eficacia del programa no resultó tangible inmediatamente, por el contrario se generó un efecto inverso al promover que las familias de clases medias adquirieran un vehículo nuevo, que si bien contaban con mejor tecnología, representan un aumento considerable de la flota vehicular.

En este sentido es importante destacar que al momento de la creación del  programa  en 1989, se retiraban diariamente alrededor de 500 mil autos en circulación, mientras que según datos actuales de la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal con la aplicación del programa se retiran de circulación diariamente 372 mil vehículos diarios, ahora bien, según las estimaciones de la propia Secretaría, con la implementación de las nuevas medidas en el programa, se aumentaría la eficiencia del mismo en la ZMVM pues en promedio dejarán de circular diariamente 560 mil vehículos, representando una disminución de 141 mil toneladas de precursores de ozono y 23 mil toneladas de partículas finas.

Queda claro que la modernización del programa busca reducir los gases contaminantes en la ZMVM, sin embargo el método con el que busca emplearse esta modernización resulta a todas luces injusto pues con éste se afecta de manera directa a una gran parte de la población que no cuenta con la solvencia económica de adquirir automóviles nuevos o de recientes años para poder circular.

Diversos científicos e investigadores reconocidos han expresado que la “actualización” del HNC, no es más que un paliativo que no resolverá el problema del exceso de vehículos circulantes. Como lo menciona el Dr. José Luis Lezama en su artículo “La Trampa del Hoy no Circula” [1] es una medida que de manera aislada no resuelve nada sobre todo para hacer frente a un problema que requiere de respuestas más amplias, más de fondo, más estructurales, y que involucra y requiere diversos niveles de acción gubernamental.

No cabe duda que el programa no ha cumplido cabalmente con las expectativas para las que fue creado, ello se debe en buena medida al aumento sostenido que se ha presentado en las últimas décadas de la población en la ZMVM y que por lo tanto ha incidido directamente en el aumento del número de automóviles.

A pesar de que si se han presentado disminuciones en los niveles de emisiones de gases contaminantes la Ciudad de México continua siendo una de las más contaminadas del país debido en gran parte a la cantidad de vehículos que circulan diariamente, que representan el 70% de los 2.7 millones de toneladas de contaminantes por año. [2]

De acuerdo a la Secretaria de Medio Ambiente del Distrito Federal (Sedema), actualmente la flota vehicular sobrepasa los cinco millones de vehículos en la ZMVM, de los cuales 78 por ciento son particulares, 8 son de transporte público de pasajeros y 14 por ciento  son de carga. Según datos de la misma Sedema, en la ZMVM, el 32 por ciento del parque vehicular tiene una antigüedad mayor de 21 años, por lo tanto con las nuevas medidas que se pretenden establecer en el ZMVM, se estaría reduciendo significativamente el uso de los automóviles de aquellas personas que cuentan con vehículos de 9 a 15  años  o más de antigüedad.

Desde una perspectiva social, con la implementación de tales medidas, no se soluciona de fondo el problema de la contaminación atmosférica, ya que por un lado se obstaculiza el uso de los vehículos de 9 a 15 años de antigüedad a las personas cuyo medio  más utilizado para transportarse es su vehículo. Por otro lado,  esta “actualización”, pareciera ser lanzada con el fin de  que uno de fomentar sistemáticamente la compra de nuevos vehículos, lo que generaría un aumento en la flota vehicular, tal como sucedió en el primer año de la implementación del HNC y que además del impacto ambiental, también propiciaría el endeudamiento de la población al verse en la necesidad de cambiar su vehículo automotor  por un modelo más reciente para poder circular.

La aplicación del presente Hoy No Circula, representa una restricción para circular  diariamente en la ZMVM para aquellas personas que poseen un vehículo de 9 años o más, aun cuando los mismos pasen satisfactoriamente el proceso de verificación. Aunado a lo anterior el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria, en su punto 7.3.1, no incluye una explicación de las razones por las cuales los vehículos modelos 2005  y anteriores no pueden obtener el holograma tipo cero aunque pasen la verificación.

Relacionado con lo anterior es oportuno adoptar algunos argumentos expuestos por la Juez Rafaela Reyna Franco Flores, Juez Quinto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, quien resolvió un amparo con fallo a favor de un ciudadano al manifestar que el Programa de Verificación que reclama, viola el principio de igualdad contenido en el artículo 1° de la Constitución Federal, porque resulta discriminatorio que se niegue la expedición del holograma “0” al vehículo que defiende, sólo porque es modelo dos mil tres, aun cuando los niveles de emisión de gases contaminantes son iguales o menores a los establecidos en el programa para obtener dicho holograma [3]. Ante esto la Juez expone lo siguiente:

El quejoso pretende evidenciar que el programa de verificación vehicular que reclama, es inconstitucional porque otorga un trato diverso a personas que se encuentran en igualdad de circunstancias, atendiendo únicamente al año o modelo del vehículo que se verifica.

A efecto de valorar la violación al principio de igualdad alegado, el término de comparación idóneo son los niveles de emisión de partes por millón (ppm) de hidrocarburos que generen los vehículos, con la finalidad de desentrañar si los vehículos dos mil tres son o no iguales a los modelos subsecuentes para el otorgamiento del holograma “CERO”, cuando cumplen con las emisiones de contaminantes que prevé el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el Primer Semestre del año dos mil catorce.

El artículo 4°, párrafo quinto, de la Norma Fundamental, prevé que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, asimismo, que el Estado garantizará el respeto a este derecho y que el daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley; sin embargo, no se advierte que esa diferenciación de trato sea el idóneo para alcanzarla.

En efecto, la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal, prevé dentro de los principios y lineamientos de política ambiental, que las autoridades y la sociedad deben asumir en corresponsabilidad la protección del ambiente, así como la conservación y el mejoramiento de la calidad del aire del Distrito Federal, con el fin de proteger la salud humana y elevar el nivel de vida de su población; y que toda persona tiene derecho a gozar de un medio ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar.

Asimismo, que las autoridades, en los términos de la Ley Ambiental de Protección a la tierra en el Distrito Federal, tomarán las medidas necesarias para conservar este derecho, entre las que se encuentra, el sometimiento a los vehículos automotores en circulación matriculados en el Distrito Federal, a la verificación de emisiones contaminantes.  

De modo que, de una interpretación sistemática entre el precepto constitucional y la referida ley ambiental local, se concluye que para lograr un medio ambiente adecuado, se busca controlar y regular las emisiones contaminantes de los vehículos en circulación; por lo que, la diferenciación entre vehículos modelo dos mil tres y aquellos con una antigüedad mayor de ocho años a la fecha, no persigue una finalidad constitucionalmente válida, pues el modelo tomado en cuenta para esa diferencia de trato nada tiene que ver con los niveles de emisión de partes por millón (ppm) de hidrocarburos que generen.

Finalmente, debe valorarse si la medida impuesta en el programa reclamado guarda o no una relación razonable con el fin que se procura alcanzar.

El objeto primordial de la expedición del programa de verificación impugnado es establecer una política ambiental en la Ciudad de México que beneficie a sus habitantes y que derive de lo previsto en el artículo 140 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal.

Dicho precepto dispone que los vehículos automotores en esta ciudad deben ser sometidos a la verificación de emisiones contaminantes y que ese examen debe realizarse en los centros de verificación autorizados por la Secretaría del Medio Ambiente, quienes expedirán o no la aprobación correspondiente, conforme a los parámetros determinados por el programa de verificación y, en su caso que las unidades verificadas no cubran las exigencias que prevé, deberán reparar los sistemas de emisión de contaminantes y sustituir los equipos y dispositivos que no funcionen adecuadamente, en los términos que determine el Programa de Verificación correspondiente.  

Por su parte, el numeral 7.3 del Programa de Verificación Vehicular Obligatorio para el Primer Semestre del Año 2014, establece los diversos supuestos en que se puede obtener el holograma cero, lo que depende del tipo de vehículo de que se trate y el uso que se le dé y en específico, en el punto 7.3.1., inciso a), se señala que los vehículos de uso particular a gasolina modelos dos mil seis y posteriores, que cumplan los niveles ahí previstos, pueden obtener el tipo de holograma “CERO”.

Lo anterior evidencia que los vehículos anteriores a dos mil seis no pueden acceder al holograma tipo cero, independientemente de las partículas contaminantes que puedan o no emitir, de conformidad con lo previsto en el Programa de Verificación Vehicular obligatorio tildado de inconstitucionalidad.

De ese modo, no existe justificación objetiva y razonable alguna para obtener el holograma “cero”, en relación con la finalidad del referido programa, al establecer una distinción entre los propietarios de vehículos modelos anteriores a dos mil seis, es decir, con más de ocho años de antigüedad, toda vez que la finalidad del programa es regular los niveles de contaminantes emitidos.

En efecto, no se debe restringir la obtención del holograma tipo “CERO” a la antigüedad del vehículo, sino a los niveles de contaminante que se emitan, pues lo contrario no guarda relación razonable con el fin que se procura alcanzar que, como se explicó, consiste en reducir y controlar las emisiones de todo tipo de contaminantes a la atmósfera para asegurar una calidad del aire satisfactoria para la salud y el bienestar de la población así como el mantenimiento del equilibrio ecológico. 

El Programa de Verificación Vehicular Obligatoria para el primer semestre de dos mil catorce otorga un trato desigual a sujetos que se encuentran en igualdad de circunstancias, a partir de un elemento que no guarda relación alguna con la finalidad que pretende.

En efecto, dicho programa trata de manera distinta a los propietarios de vehículos que emitan contaminantes por debajo de los parámetros indicados, a quienes se les puede otorgar holograma cero u holograma dos, únicamente a partir del modelo del vehículo que detentan, circunstancia que evidentemente es contraria al orden constitucional.

Sirve de apoyo a lo anterior, por identidad de razón, el criterio que informa la tesis I.216º.A.3 A (10ª.) del Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro XII, Septiembre de 2012, Tomo 3, página 2093, que dice:

“VERIFICACIÓN VEHICULAR OBLIGATORIA EN EL DISTRITO FEDERAL. EL CAPÍTULO 1, APARTADO II, PUNTO II.1, SEGUNDO PÁRRAFO, DEL PROGRAMA RELATIVO PARA EL PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2011, AL ESTABLECER QUE LOS VEHÍCULOS MODELO 2002 Y ANTERIORES NO PODRÁN OBTENER EL HOLOGRAMA TIPO CERO "0", VIOLA EL DERECHO FUNDAMENTAL DE IGUALDAD PREVISTO EN EL ARTÍCULO 1o. DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL. El capítulo 1, apartado II, holograma tipo cero “0”, punto II.1, segundo párrafo del mencionado programa, al establecer que los vehículos modelo 2002 y anteriores no podrán obtener el indicado holograma, viola el derecho fundamental de igualdad previsto en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en razón de que si el objetivo del programa es proteger el derecho a un medio ambiente adecuado para el desarrollo y bienestar de la población, el cual es constitucionalmente relevante y sobradamente importante para operar como base justificadora, no se evidencia que la diferencia que se establece en relación con el modelo del vehículo descanse sobre una base objetiva y razonable acorde con la finalidad perseguida por el propio programa, sino que la rebasa, pues no se advierte que se encuentre íntimamente vinculada con prevenir, controlar y reducir las emisiones de contaminantes provenientes de vehículos automotores en circulación y no se vislumbra razón objetiva que justifique se exigencia para asegurar una calidad de aire satisfactoria para la salud y el bienestar de la población, al no ponderarse, precisamente, la emisión de contaminantes del vehículo.”

Ahora bien en lo que respecta al Programa de Verificación Vehicular, la Sedema establece que este busca asegurar una menor contaminación, fomentando el mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos.

Los vehículos automotores registrados en el D.F. deberán realizar y aprobar una verificación de emisiones vehiculares cada semestre, salvo aquellos que obtengan un holograma doble cero (“00”), en cuyo caso la unidad estará exenta de verificar sus emisiones hasta por tres semestres posteriores al semestre en que obtuvo un holograma“00”. Los vehículos nuevos o usados que se registren por primera vez en el Distrito Federal deberán ser verificados dentro de los 180 días naturales contados a partir de la fecha de la tarjeta de circulación.

Los vehículos matriculados en el Distrito Federal que ya han sido verificados en sus emisiones vehiculares deberán continuar verificando conforme al color del engomado o al último dígito numérico de sus placas de circulación.

El proceso de verificación de emisiones vehiculares aplica a todos los automotores matriculados en el Distrito Federal y los que portan placas metropolitanas, con excepción de los tractores agrícolas, la maquinaria dedicada a las industrias de la construcción y minera, las motocicletas, los vehículos eléctricos, los vehículos con matrícula de auto antiguo, automotores con matrícula demostradora y aquellos cuya tecnología impida la aplicación de la Norma Oficial Mexicana correspondiente (algunos vehículos híbridos y unidades a gas natural con sistema de combustión empobrecida).

Justificación de la Propuesta

La esencia del presente punto de acuerdo surge en virtud de los reclamos sociales de millones de mexicanos que no cuentan con un vehículo cuyo modelo sea de un año de reciente producción y que por el contrario cuenten con uno cuyo modelo  sea de 9 a 15 años o más y que no podrán circular diariamente a pesar de que cumplan con el proceso de verificación vehicular.

La propuesta busca exhortar de manera respetuosa a los gobiernos del Distrito Federal y del Estado de México para que modifiquen las medidas establecidas recientemente para el Programa de Verificación Vehicular Obligatorio, respecto de vehículos de 9 a 15 años en la ZMVM, modificando el mismo para que este no tome únicamente como criterios principales en la evaluación de los vehículos automotores el año de fabricación de los mismos, sino que también se tomen en cuenta el desempeño técnico y mecánico de las condiciones del vehículo.

Con lo anterior no sólo se fortalece la protección al medio ambiente,  sino también se garantiza que los vehículos, independientemente del año del modelo, puedan continuar circulando libremente siempre y cuando sigan cumpliendo con las especificaciones de emisiones, técnicas y mecánicas que el Programa de Verificación Vehicular establezca. De la misma manera con la implementación de un nuevo programa de verificación, se podrá inhibir la compra de autos nuevos, que pueden convertirse en un problema, más que en una solución duradera y sostenible para el medio ambiente.

La implementación de este tipo de inspecciones a los vehículos ha sido utilizada de manera satisfactoria en otros países, ejemplo de ello lo podemos constatar en el Reglamento General de Vehículos de España, en cuyo artículo 10 se define a las inspecciones técnicas de vehículos como: "Los vehículos matriculados o puestos en circulación deberán someterse a inspección técnica en una de las estaciones de ITV al efecto autorizadas por el órgano competente en materia de industria en los casos y con la periodicidad, requisitos y excepciones que se recoge en la legislación vigente. La inspección técnica, una vez comprobada la identificación del vehículo, versará sobre las condiciones del mismo relativas a seguridad vial, protección del medio ambiente, inscripciones reglamentarias, reformas y, en su caso, vigencia de los certificados para el transporte de mercancías peligrosas y perecederas"

Los elementos que son inspeccionados en la  Inspección Técnica Vehicular  ITV en España son los siguientes:

  • Datos identificativos del vehículo, matrícula, número de bastidor, marca y modelo coinciden con los datos contenidos en la documentación del vehículo entregada por el usuario, que es el Permiso de Circulación y la Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (Tarjeta ITV).
  • Medición de los niveles de emisión contaminante, así como el ruido en el caso de las motocicletas y ciclomotores para garantizar que no se superan los límites establecidos.
  • El estado de conservación y reglaje de las luces del vehículo para permitir una conducción nocturna segura.
  • Se examinará el estado de conservación de elementos externos, como matrículas, retrovisores, visibilidad, lunas, etcétera.
  • La eficacia, el estado y equilibrado de las suspensiones con el vehículo en marcha.
  • El detalle los ejes, el bastidor, los frenos, la dirección y la suspensión de su vehículo.

En este caso se observa que la inspección técnica periódica de los vehículos tiene por objeto tanto verificar que el vehículo cuente con las emisiones permitidas en aras de proteger el medio ambiente, así como las demás condiciones técnicas y mecánicas exigidas para la circulación en las vías públicas.

De lo anterior se desprende la posibilidad de realizar una verdadera modernización del Programa de Verificación Vehicular Obligatorio, con el fin de que sean implementados de una manera más eficiente tomando en cuenta no solo el control de emisiones, sino las especificaciones técnicas y mecánicas que brinden una certeza de que los vehículos cuentan con las condiciones suficientes para circular de manera segura y buscando proteger al medio ambiente

Como conclusión podemos establecer que la actualización del Programa de HNC no sólo resulta injusta para aquellas personas que cuenten con vehículos de 9 años o más y a las que se les restringe la circulación diaria a pesar de que cumplan con los requisitos para la verificación en la ZMVM, sino también representa una oportunidad para replantear la manera en que se implementa elPrograma de Verificación Vehicular Obligatorio para definir su idoneidad y en su caso identificar que otros programas y estrategias de fondo que permitan combatir de fondo las problemáticas de la contaminación atmosférica así como las de movilidad urbana que se presentan en la ZMVM.

Por lo anteriormente expuesto y reconociendo que el Estado de México, realizó una propuesta a la Comisión Ambiental de la Megalópolis, para que se instale una mesa de trabajo en la que participen los integrantes de esta comisión, así como las cámaras de comercio y el sector productivo, para encontrar alternativas de solución y evitar afectaciones con la modernización del Programa Hoy No Circula, nos permitimos presentar el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.- Se exhorta respetuosamente a los gobiernos del Distrito Federal y del Estado de México, a replantear el proceso de verificación y modificar el “Programa de Verificación Vehicular Obligatorio” en la zona metropolitana del Valle de México, con la finalidad de que los hologramas sean otorgados a todos los vehículos que cumplan con los parámetros establecidos en la verificación vehicular correspondiente y que no sobrepasen los límites de emisión de contaminantes, eficiencia energética y características tecnológicas, y no por el año o modelo de vehículo, respetando el principio de igualdad constitucional en el ejercicio de la libertad de tránsito y el respeto de los derechos humanos, así como del medio ambiente sustentable.

SEGUNDO.- Se exhorta respetuosamente a los Gobiernos del Distrito Federal, del Estado de México, a realizar un replanteamiento del programa de verificación vehicular para que éste contenga procedimientos de inspección técnica y mecánica para todos los vehículos automotores dentro del Programa de Verificación Vehicular Obligatoria y no sólo por emisión de contaminantes, ya que de ello derivará un mejor control sobre el buen uso de los vehículos.

TERCERO.- Se exhorta respetuosamente a los Gobiernos de las Entidades Federativas, a establecer programas homologados de verificación vehicular en el que se contengan procedimientos de inspección técnica y mecánica, incluido el de inspección sobre emisión de contaminantes,eficiencia energética y características tecnológicas, para todos los vehículos automotores con placas de la entidad, a efecto de que los engomados puedan ser reconocidos a nivel nacional.

CUARTO.Se exhorta respetuosamente a los Gobiernos de las Entidades Federativas a establecer políticas públicas y programas integrales de movilidad.

ma_elena

Sen. Cristina Díaz Salazar.

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Sen. Ana Lilia Herrera Anzaldo.            Sen. María Elena  Barrera Tapia  


[1]  LEZAMA  José Luis, “La trampa del Hoy no Circula” [en línea] disponible en; http://joseluislezama.blogspot.mx/
[2]Datos del inventario de Emisiones contaminantes Criterio de la ZMVM -2008, citados en el Programa para mejorar la calidad del aire en la Zona Metropolitana del Valle de México 2011-2020, Pág.35.

[3] Juicio de Amparo Indirecto 166/2014, http://www.dgepj.cjf.gob.mx/SVP/word1.aspx?arch=727/07270000148436120008007.docx_1&sec=Victor_Miguel_Vasquez_Herrera&svp=1

Quien suscribe, MARÍA ELENA BARRERA TAPIA, Senadora de la República, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LXII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión

Quien suscribe, MARÍA ELENA BARRERA TAPIA, Senadora de la República, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la LXII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8, numeral 1, fracción II y 276, numeral 1, del Reglamento del Senado de la República, presenta al Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión la siguiente Proposición con Punto de Acuerdo PUNTO DE ACUERDO POR EL SE EXHORTA RESPETUOSAMENTE A AUTORIDADES DEL EJECUTIVO FEDERAL Y ESTATAL; CONGRESOS LOCALES Y ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, A REALIZAR DIVERSAS ACCIONES PARA EL MEJORAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES PRIVADAS Y SOCIALES QUE PRESTAN SERVICIOS DE ASISTENCIA SOCIAL A MENORES Y PERSONAS ADULTAS MAYORES, al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

México ha seguido con asombro y preocupación el caso del albergue para niñas y niños de la ciudad de Zamora, Michoacán, que en recientes fechas se ha encontrado enel centro de todas las miradas, “La Gran Familia, A.C”, donde más de 550 personas, entre ellas niñas y niños, fueron rescatados de condiciones inhumanas, insalubres o de esclavitud.

Lo cual, más allá del seguimiento de los avances de la investigación que se hagan a dicha institución, y preocupada por la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran las niñas y niños desprovistos de su hogar, queda el interrogarse: ¿Cuántas instituciones más se encuentran en la misma situación? ¿Hay mecanismos de Inspección? ¿Contamos con una certificación de operatividad? ¿Existen Protocolos de Asistencia? ¿Cómo garantizan el acceso a la salud? ¿Cuentan con personas sensibilizadas y capacitadas en atención y asistencia social?.

En tal sentido, hay que recordar que México, como Estado Parte de la Convención sobre los Derechos del Niño, esta comprometido a “asegurar a la niñez, la protección y el cuidado para su bienestar, tomando en cuenta todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas necesarias para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo. Así como, a prestar protección y asistencia especial, a aquellos niños que temporal o permanentemente estén privados de su medio familiar, garantizando de acuerdo a su legislación nacional aplicable, otros tipos de cuidado para la niñez.” [1]

Además, el Estado Mexicano se encuentra comprometido con el seguimiento de las“Directrices sobre las modalidad alternativas de cuidado de los niños” [2], adoptadas en el año 2009 en la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, y que  tienen por objeto  promover la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño, así como establecer pautas concretas tendientes a garantizar la protección y el bienestar de las niñas, niños y adolescentes privados del cuidado parental o en estado de riesgo.

Este instrumento fija estándares mínimos, y orienta las políticas, las decisiones y las actividades de todas las entidades que se ocupan de la protección social y el bienestar de las niñas, niños y adolescentes, tanto en el sector público como en el privado, incluida la sociedad civil. Hace referencia a que el Estado procurará un acogimiento alternativo adecuado, y velará por la supervisión de la seguridad, el bienestar y el desarrollo de todo niño, así como la revisión periódica de la modalidad de acogimiento alternativo de que se trate. [3]

Expresamente señala en su artículo 26: “Nada de lo dispuesto en las presentes Directrices debería interpretarse en el sentido de desalentar o aprobar estándares inferiores a los que puedan existir en determinados Estados, incluso en su legislación. Del mismo modo, se insta a las autoridades competentes, a las organizaciones profesionales y a otras entidades a que elaboren directrices nacionales o propias de cada profesión que se inspiren en la letra y el espíritu de las presentes Directrices.” [4]

Desde el año 2006, el Estado Mexicano recibió una serie de recomendaciones a fin de fortalecer el trabajo institucional y legal que protejan los derechos humanos de niñas y niños. En las Observaciones Finales del Examen de los Informes presentados por los Estados Parte en Virtud del artículo 44 de dicha Convención, en virtud de la presentación del III Informe de México, el Comité de los Derechos del Niños de la Organización de las Naciones Unidasque instó al Estado Mexicano a “que se asegure de que todas las leyes estatales sean compatibles con las leyes federales, en particular, la Ley para la protección de los derechos de las niñas, los niños y los adolescentes de 2000, y que todos los Estados apliquen, como cuestión prioritaria, las reformas administrativas institucionales necesarias”. [5]

A su vez, el Estado Mexicano se encuentra en un momento importante en materia de la protección y defensa de los derechos humanos. La publicación de la reforma al artículo primero constitucional en el 2011 lo sitúa en un contexto de reconocimiento de los derechos humanos, y por ende, en un proceso que afiance las relaciones entre el Gobierno y la Sociedad Civil y su importancia para el desarrollo humano y social.

En la Declaración y Programa de Acción de Viena, adoptada en la ONU en 1993, insta a los Estados Parte a que: “Debe insistirse especialmente en las medidas para ayudar a establecer y fortalecer las instituciones que se ocupan de derechos humanos, afianzar una sociedad civil pluralista y proteger a los grupos que han pasado a ser vulnerables”, [6] esto para apuntalar la importancia de la participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil en la protección de los derechos humanos, y la importancia de apoyar en el desarrollo humano de las personas en situación de vulnerabilidad.

Al respecto, en este mismo documento, la Conferencia Mundial de Derechos Humanos “insta a los gobiernos a que incorporen en su legislación nacional las normas contenidas en los instrumentos internacionales de derechos humanos y a que refuercen los órganos de la sociedad, las estructuras y las instituciones nacionales que desempeñan una función en la promoción y salvaguardia de los derechos humanos”. [7]

En el tema de “Niños de la calle” el Comité de expertas y expertos en derechos humanos realiza un examen sobre las condiciones en las que se en encuentran actualmente las niñas y los niños en situación de calle y la situación de vulnerabilidad en sus derechos humanos que los pone en un estado de riesgo a la violencia y la discriminación.

Por tanto, el Comité recomienda al Estado Mexicano “adopte medidas para prevenir la violencia contra los niños de la calle y proteger sus derechos”. A su vez que “coopere y coordine sus esfuerzos con la sociedad civil y realice periódicamente estudios comparativos sobre el carácter y la magnitud del problema” [8]

Es decir, busca reforzar la instrumentación legal de la participación de la sociedad civil e impulsar que trabajen en conjunto en la salvaguarda de los derechos humanos, especialmente de niñas, niños y adolescentes, mediante la conformación de un marco regulatorio que fortalezca sus actividades y sus capacidades.

Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en su informe: “El derecho del niño y la niña a la familia. Cuidado Alternativo.Poniendo fin a la institucionalización en las Américas” [9] señala  la ausencia y déficits en laregulación del funcionamiento de los centros e instituciones que acogen a los niños querequieren de protección especial, y afirma que las regulaciones deben garantizar un adecuadofuncionamiento que respete y proteja los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Además de poner en evidencia que, si bien hay avances, persisten serios desafíos en el ámbitode la protección de la niñez sin cuidados parentales, puesto que las niñas, niños y adolescentes en instituciones de acogimiento se ven expuestos auna violencia de carácter estructural, derivada de las condiciones de cuidado en las queoperan muchas de estas instituciones, por la precariedad de las instalaciones en términos de salubridad, falta de personal capacitado, control, entre otras.

La CIDH pone en evidencia la necesidad urgente e inaplazable de regular el  funcionamiento de las instituciones de acogimiento tanto de carácter público como privado, y recomienda, entre otras, el regular la habilitación, autorización de funcionamiento y registro administrativo, los estándares deprestación del servicio; los mecanismos de supervisión y control y los principios rectores, a través de una norma especializada que certifique el funcionamiento, que no sólo este vigente para la autorización, sino durante todo el periodo de la prestación del servicio. [10]

Con relación a lo anterior, los Estados tenemos la obligación de garantizar la protección adecuada a niñas, niños y adolescentes que carecen de los cuidados parentales y que, como consecuencia de ello, se encuentren recibiendo cuidados y protección en un centro de acogimiento o una institución, y considera que los Estados de la región tienen el deber de regular y supervisar el establecimiento y el funcionamiento de todos los centros de acogimiento e instituciones residenciales.

La adecuada y oportuna protección de los derechos de la niñez, es una preocupación de todas las personas, especialmente de nosotras las mujeres, toda vez que exige una  atención especial que deba prestarse por medio de servicios profesionales especializados debidamente sensibilizados y calificados para ello, que cuenten con el personal necesario y las instalaciones adecuadas, además de disponer de una organización y funcionamiento idóneos para cumplir con el fin de garantizar la vigencia y la restitución de derechos. [11]

Si bien es cierto, que los espacios de cuidados alternativos no son los espacios ideales para el desarrollo de las niñas, niños y adolescentes, también lo es que estos deben de contar con supervisión y vigilancia institucional, certificación, protocolos de atención y capacitación adecuada del personal, para evitar que la población infantil sufra de cualquier tipo de violencia, maltrato o estigma social; siempre garantizando y protegiendo el interés superior de la infancia.

Sin embargo, en México aun no se cuentan con una estructura especializada que recoja todas las recomendaciones y estándares internacionales aplicables a los servicios de asistencia social y protección a los derechos humanos, específicamente para niñas, niños y adolescentes..

Tal es el caso, que hoy en día persisten violaciones a los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes en las instituciones privadas de asistencia social. El Gobierno de México debe de proteger estos Derechos Humanos.

En otro sentido, es importante destacar que las Organizaciones de la  Sociedad Civil juega un papel importante en el seguimiento y protección de los derechos humanos, y en el caso de la niñez, desafortunadamente algunas de ellas no están correctamente regulada en sus funciones, atribuciones  y servicios, que algunas veces afecta a la sociedad misma.

Los actos vistos en el Estado de Michoacán, invitan a la reflexión, principalmente en los mecanismos de actuación gubernamental, en la necesaria imposición de sanciones a quienes resulten responsables de la vulneración de los derechos humanos, particularmente de niñas, niños, y personas adultas mayores, y también en  los alcances de nuestro marco jurídico que los garantiza y protege.

Sobre todo, lleva a la sensibilización social sobre las condiciones en las que se pueden encontrar las instituciones de asistencia social, los fallos gubernamentales que a la fecha existen, y la posibilidad de establecer mecanismos que promuevan su mejoramiento continuo.

Al respecto, la Ley de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes establece que le “corresponde a las autoridades o instancias federales, del Distrito Federal, estatales y municipales en el ámbito de sus atribuciones, la de asegurar a niñas, niños y adolescentes la protección y el ejercicio de sus derechos y la toma de medidas necesarias para su bienestar tomando en cuenta los derechos y deberes de sus madres, padres, y demás ascendientes, tutores y custodios, u otras personas que sean responsables de los mismos. De igual manera y sin prejuicio de lo anterior, es deber y obligación de la comunidad a la que pertenecen y, en general de todos los integrantes de la sociedad, el respeto y el auxilio en el ejercicio de sus derechos”. [12]

Después del caso de “La Gran Familia” es una oportunidad para el Estado Mexicano de analizar los avances, obstáculos y retos para el gobierno federal, los gobiernos estatales e incluso para los municipios, toda vez que hay que analizar los mecanismos que se realizan para la prevención de la violencia de niñas, niños, y personas adultas mayores e incidir en los temas transversales que deben ser incluidos en la constitución y operación de las instituciones privadas y sociales que prestan servicios de asistencia social.

El Senado de la República y la sociedad mexicana no debenpresentar un rol de simple espectadores de los alcances en la protección de los derechos de la infancia, sino debemos ser partícipes de su protección.

Vale la pena recordar que de acuerdo a las líneas de acción establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2012 – 2018,  se establece que las autoridades encargadas de su cumplimiento deben promover el desarrollo integral de los niños y niñas, particularmente en materia de salud, alimentación y educación, a través de la implementación de acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno y la sociedad civil“ [13], por tal motivo, deben ser establecidos en normas de certificación que establezca un proceso transversal que garantice el desarrollo humano de niñas, niños y adolescentes.

Asítambién, recordemos las líneas de accion establecidas en el Programa Sectorial de Salud 2013 – 2018, que a la letra señala,  “el fortalecer los albergues”,como un nuevo esquema de regulaciòn y vigilancia de los establecimientos de atencion médica y de asistencia social. [14]

Además, debe considerarse lo establecido en el Programa Sectorial de Desarrollo Social 2013 – 2018 que insta a crear un registro único obligatorio de todas las instituciones públicas y privadas de casa hogar, albergues y recidencias de dia; asegurar la integridad y los derechos de las mujeres y niñas en albergues y refugios; y, fortalecer e incrementar los centros de atencion integral, de justicia, albergues, refugios, y casas de tránsito. [15]

Por su parte, en días pasados,  la UNICEF enfatizó a México elcolocar en el centro de la agenda nacional la necesidad de revisar los cuidados alternativos de niñas,niños y adolescentes privados de su medio familiar, que cuenten, entre otros, con: un sistema de supervisión; estándares de cuidado; revisión regular de la situación; y las razones por las que niñas y niños privados de su medio familiar se encuentran en instituciones de cuidado. Esto, por la necesidad de contar con mecanismos más amplios de protección a la infancia que responda de forma más eficiente a todos los casos de vulneración de derechos de niñas, niños y adolescentes. [16]

Al respecto, las  observaciones formuladas a México por el Comité de los Derechos del Niño en el año 2006, recomendaron, entre otras: el adoptar medidas eficaces para evaluar las condiciones de vida de las y los niños que viven en las instituciones tanto públicas como privadas. Reforzar las acciones de capacitación del personal, impulsando a nivel nacional la implementación de las Directrices sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños. Adoptar medidas eficaces que evalúen el número y la situación de la niñez que vive en instituciones privadas que prestan asistencia social. Adoptar medidas para prevenir y eliminar todo tipo de violencia institucional, especialmente la tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes. Armonizar las leyes federales y estatales con la Convención y las normas internacionales pertinentes a fin de asegurara su aplicación efectiva. [17]

En las observaciones, el Comité manifestó su preocupación de la falta de eficacia de las medidas adoptadas para dar efectividad a los derechos de la niñez; de la no cooperación con la sociedad civil para elaborar y formular políticas y programas sobre los derechos del niños; de la escasa conciencia del interés superior de la niñez; de las denuncias de casos de tortura y tratos crueles y degradantes; dela falta de normatividad que proteja a la niñez de violencia y abusos; la falta de información y supervisión de las instituciones privadas de asistencia social; el incremento de malnutrición, así como otros indicadores de salud; y sobre todo la falta de medidas preventivas de la violación de los derechos de la niñez. [18]

Cabe notar, que las observaciones hechas a México en 1999, relativas a la supervisión de las instituciones privadas de asistencia social, son similares a las realizadas por el Comité en el año 2006. Para entonces, el Comité recomendó a México, el reforzar su sistema de vigilancia y evaluación de las instituciones que presten servicios de asistencia social a menores, y garantice su buen desarrollo. [19]

Es de obviarse, que por los acontecimientos recientes de violación a los derechos humanos de la niñez en el albergue “La Gran Familia, A.C”, y a casi más de 14 años de la misma recomendación de atención a los centros de asistencia social, México continúa con el mismo problema.

A México le queda mucho por hacer para garantizar la adecuada protección de los derechos humanos, y en especial de la niñez, si bien ha tenido avances en el cumplimiento de las recomendaciones internacionales y en la regulación de los centros de asistencia social, como lo establece la Ley de Asistencia Social; la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; la “Norma Oficial Mexicana NOM-032-SSA-2010, Asistencia Social. Prestación de servicios de asistencia social para niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad”; la “Norma Oficial Mexicana NOM-167-SSA1-1997, para la prestación de servicios de asistencia social para menores y adultos mayores”; y la complementaria de esta, la “Norma Oficial Mexicana NOM-008-SSA2-1993, Control de la Nutrición, Crecimiento y Desarrollo del Niño y del Adolescente. Criterios y Procedimientos para la Prestación del Servicio”; aún se necesita crear una normatividad especifica que regule las instituciones privadas y sociales que prestan estos servicios, desde el permiso de funcionamiento hasta lo largo de toda la prestación del servicio, y que garantice en todo momento, el principio del interés superior de la niñez.

Por lo anteriormente aquí expuesto, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente proposición con:

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Salud en coordinación con las autoridades facultadas para ello, a crear y a expedir una Norma Oficial Mexicana que establezca los requisitos para la certificación del servicio de las Instituciones Privadas y Sociales que presten asistencia social temporal a menores de edad y personas adultas mayores, con el objeto de proteger los derechos humanos de las personas atendidas y mejorar las condiciones en los servicios que prestanconsiderando las Directrices sobre las modalidad alternativas de cuidado de los niños de la Organización de las Naciones Unidas.

SEGUNDO. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Desarrollo Social y la Secretaría de Salud del Gobierno de la República a elaborar y difundir un “Modelo de Asistencia Social” que sirva como base de funcionamiento y operación de las Instituciones Privadas y Sociales que presten el servicio de asistencia social.

TERCERO. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo Federal y a los Ejecutivos de los Estados y del Distrito Federal, a fortalecer y/o  en su caso a expedir los lineamientos para la constitución, operación y funcionamiento de las Instituciones Privadas y Sociales que presten servicios de asistencia social temporal a niñas, niños, adolescentes y personas adultas mayores.

CUARTO. Se exhorta respetuosamente a las Secretarias de Salud de los Estados y el Distrito Federal, a fortalecer los mecanismos de inspección y/o, en su caso, a crear sus propios lineamentos para la constitución, operación y funcionamientode las Instituciones Privadas y Sociales que presten servicios de asistencia social temporal a niñas, niños, adolescentes ypersonas adultas mayores con estricto apego a lo establecido por la Ley de Asistencia Social y la Norma Oficial Mexicana NOM-167-SSA1-1997.

QUINTO. Se exhorta respetuosamente a los Congresos de los Estados y  la Asamblea Legislativa del Distrito Federal a realizar la armonización legislativa a su normatividad aplicable a la asistencia social para niñas, niños, adolescentes y personas adultas mayores de conformidad a los Instrumentos Internacionales de derechos humanos, particularmente de los derechos de los niños de los que México es Parte yde conformidad a la Norma Oficial Mexicana NOM-167-SSA1-1997.

SEXTO.Se exhorta respetuosamente a la Secretaria de Desarrollo Social, a promover e impulsar que las Organizaciones de la Sociedad Civil destinadas a la asistencia social, incluyan en su objeto social las acciones pertinentes para cumplir la Ley General de Salud, Ley de Asistencia Social y la NOM-167-SSA1-1997. Asimismo, que en las reglas de operación, lineamientos y otros ordenamientos de los programas de apoyo o de fomento de las actividades de las OSC en materia de asistencia social emitidos por esa Secretaría,se establezcan los alcances y acciones establecidas en estos ordenamientos, y que hagan visible la importancia de la protección de los derechos humanos de las niñas, niños, adolescente y personas adultas mayores.

Dado en el Senado de la República, sede de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil catorce.

ma_elena

SEN. MARÍA ELENA BARRERA TAPIA


[1] Artículos 3, 4, 19 y 20 de la Convención sobre los Derechos del Niño.
[2] ONU. Consejo de Derechos Humanos, Resolución A/HRC/11/L.13, “Directrices sobre las Modalidades Alternativas de Cuidado de los Niños”, 2009.
[3] Ibídem
[4] Ibídem
[5]ONU, “Examen de los Informes presentados por los Estados Parte en Virtud del artículo 44 de la Convención. Observaciones Finales a México”, Comité de los Derechos del Niño, 2006.
[6]Conferencia Mundial de Derechos Humanos, “Declaración y Programa de Acción de Viena”, Austria, 1993.
[7]Idem.
[8]Idem.
[9] CIDH, “El derecho del niño y la niña a la familia. Cuidado Alternativo. Poniendo fin a la institucionalización en las Américas”, 2013.
[10] Ibídem
[11] Ibídem
[12] Artículo 7 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2000. Ultima reforma pública 02 de abril de 2014.
[13]Objetivo 2.2., Estrategia 2.2.2. del Plan Nacional de Desarrollo 2013 – 2018.
[14] Objetivo 4., Estrategia transversal. Democratizar la Productividad., del Programa Sectorial de Salud 2013 – 2018.
[15] Programa Sectorial de Desarrollo Social 2013-2018.
[16] UNICEF Oficina Regional para América Latina y el Caribe. “Centro de Prensa”.
[17] ONU. Comité de los Derechos del Niño. “Examen de los informes presentados por los estados partes en virtud del artículo 44 de la Convención”, 2006.
[18] Ibídem

[19] ONU. Comité de los Derechos del Niño. “Examen de los informes presentados por los estados partes en virtud del artículo 44 de la Convención”, 2006.

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