Displaying items by tag: Jesús Sesma Suárez

Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 20 de Febrero de 2013

    DIP. JERÓNIMO ALEJANDRO OJEDA ANGUIANO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE P R E S E N T E     Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO SOBRE LOS PROGRAMAS SOCIALES DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, bajo la siguiente:    

EXPOSICION DE MOTIVOS

 

  En el año 2001, el Gobierno del Distrito Federal inició la aplicación de una serie de programas sociales con el fin de apoyar económicamente a los grupos vulnerables de la Ciudad de México.   Las acciones derivadas de dichos programas, como la entrega de útiles escolares, uniformes, apoyo económico para adultos mayores, solo por citar algunos, fueron políticas que la Asamblea Legislativa las elevó a rango de Ley con el fin de evitar que fueran utilizados con fines electorales.   Estos programas operaron durante casi diez años de manera focalizada y por Secretarías de acuerdo a su denominación o facultades; sin embargo, con fecha 24 de marzo del 2010 fue presentado en el Auditorio Nacional, por el entonces Jefe de Gobierno Marcelo Ebrard, el Sistema “Red Ángel”.     En el evento de presentación del año 2010 se señaló que el Sistema “Red Ángel”, era una “estrategia concentradora de los Programas Sociales; un programa único en Latinoamérica; con alcance y cobertura de todos los programas sociales de la ciudad; programa multimodal y unificador de la Política social de la ciudad”, [i][1]siendo importante señalar que este sistema de estrategia concentradora nunca fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.   Ahora bien, el día 13 de febrero de este año, el actual Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Dr. Miguel Ángel Mancera, también en el Auditorio Nacional, presentó “Las orientaciones estratégicas para la política de desarrollo social en el Distrito Federal  Capital Social”.   Durante la presentación de las orientaciones estratégicas (Capital Social), señaló ente otras cuestiones que: “durante los últimos 15 años los ciudadanos de la capital hemos decidido de manera libre y democrática, el rumbo de nuestro desarrollo. Somos una sociedad que goza de libertades y que ha luchado para consolidar sus derechos políticos, económicos y culturales”.   En su discurso de presentación de este sistema concentrador de la política social, también señaló que: según estimaciones sobre pobreza del Consejo Nacional de la Evaluación de la Política Social 2010, en esta ciudad se registra sólo 2.2 por ciento de la pobreza extrema. Es decir, que la ciudad ocupa el tercer lugar nacional entre las entidades con menor pobreza, en está búsqueda de consensos la ciudad tiene a la política social como uno de sus ejes de transformación, logrando construir y poner en marca políticas públicas de avanzada”.   Finalizó la introducción para dar paso a Las Orientaciones Estratégicas para la Política de Desarrollo Social en el Distrito Federal (Capital Social) señalando: “por todo ello, hoy quiere presentar ante ustedes acciones y orientaciones de la política social, las cuales se enmarcan en el proceso de planeación que la ley determina, desde la administración pública del Distrito Federal se conforma un efectivo sistema de protección social, de combate a la pobreza a la desigualdad y marginación, con atención especial a las personas que habitan en la zona rural, toda la fuerza del Gobierno de la ciudad intervendrá en esta lucha”[2]   Durante la presentación realizada por el Jefe de Gobierno, se informó que esta estrategia concentradora de la política social, se agrupa en diversos grupos: salud; educación, medio ambiente, trabajo, programas alimentarios, especiales, nutriciones y cultura.   Al respecto se señaló que de los 450 programas sociales que existían y que formaban parte del Sistema de estrategia concentradora del Gobierno anterior, conocido como “Red Ángel”, solo se retomarían 164 de ellos, creándose 11 programas más, integrándose un total de 175 Programas Sociales al Sistema concentrador “Capital Social”.   Adicional a lo anterior, se informó que con este Sistema concentrador de la política social, se espera tener una población beneficiada de 9 millones de personas, incrementando su influencia ya no solo a población vulnerable, sino también  a la “clase media del Distrito Federal”,   Sobre el trabajo a realizar en materia de desarrollo social con la clase media, se establecen acciones como: seguro de vida; gastos funerarios hasta por 6 mil pesos; médico a domicilio a precios simbólicos; check up en clínicas y hospitales privados, servicios de plomería y electricidad; descuentos en establecimientos de prestigio y espectáculos públicos, los cuales se otorgarán a través de una tarjeta y que empezará a funcionar en aproximadamente 2 meses.   Resulta relevante señalar que algunas de las acciones a realizar por el Gobierno del Distrito Federal, son tomadas y justificadas de acuerdo a los criterios dados a conocer por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Lic. Enrique Peña Nieto, el día 1 de diciembre del 2012; así como a la Cruzada Nacional contra el Hambre dada a conocer en el Estado de Chiapas hace algunos días también por el Presidente de la República,   Sin embargo, llama la atención que este Sistema concentrador de la política social del Distrito Federal, denominado “Capital Social”, no cuente con líneas de operación de la totalidad de los programas sociales, pues de acuerdo a los denominados Libros Amarillo (2010) y Libro Morado (2011), en los cuales se establecen los lineamientos de los programas sociales[3] implementados por el Gobierno del Distrito Federa, estos no aparecen.   Más aún, de acuerdo a lo informado por la Titular de la Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal, días después de la presentación de la “Las orientaciones estratégicas para la política de desarrollo social en el Distrito Federal Capital Social”, se señaló respecto al apoyo a la clase media del Distrito Federal que: estamos en fase de licitación de la tarjeta (…) pero en los próximos dos meses ya estaremos empadronando a los beneficiarios”, … “los beneficiarios tendrán descuentos reales en servicios, productos de diversos tipos, incluso deportivos, aparatos electrodomésticos y tecnología”, … “vas a tener médico a domicilio, plomero, eléctrico, con toda la seguridad, vas a poder ir a una buena clínica a hacer una química sanguínea sin pagar precios altos”[4]   Es decir, se anuncian programas y políticas públicas pero no se dan a conocer los detalles de operación, con lo cual pareciera que, más que ampliar la cobertura de los programas sociales, se pretende captar clientela política para convertirla en cautiva electoral.   También es importante mencionar que ninguna autoridad del gobierno capitalino ha explicado la razón de la desaparición de algunos programas sociales implementados y ejecutados con recursos públicos durante la administración anterior. Esto pareciera obvio, sin embargo, la rendición de cuentas y la transparencia a la que están obligados los servidores públicos, se ve opacada en este caso en particular.   En ese sentido, con al presentación del presente punto de acuerdo se pretende establecer una acción eficaz de transparencia y rendición de cuentas, al solicitar no solamente una explicación al respecto de la desaparición de algunos programas sociales, sino sobre todo, que se den a conocer la manera en que operaran todos y cada uno de los programas sociales que se aglutinarán en el sistema “Capital Social”   Lo anterior resulta de gran trascendencia para la vida institucional y el desarrollo sustentable de la Ciudad de México, ya que de lo contrario de dará la impresión a  la opinión pública de que la utilización de los recursos públicos y de las estrategias gubernamentales, están orientadas a obtener fines políticos disfrazados de  beneficios sociales.         Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con    

PUNTO DE ACUERDO

 

    ÚNICO .- La Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Doctor Miguel Ángel Mancera, informe a esta Soberanía de manera pormenorizada:  
  1. Cuáles son los programas sociales incluidos la Estrategia para la Política de desarrollo Social en el Distrito Federal “Capital Social” y emita las reglas de operación de todos y cada uno de ellos, con el objeto de conocer con certeza los lineamientos, mecanismos y objetivos de la Estrategia de referencia.
 
  1. Cuáles son los programas sociales que dejarán de operar, así como las razones en cada uno de los casos.
     

Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:         DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                    VICECOORDINADOR

[1] [1] www.youtube.com/watch?v=YP_CVJgUFyg  
[2] Discurso íntegro de Miguel Ángel Mancera en el Auditorio Nacional. http://www.radioformula.com.mx/notas.asp?Idn=303888
[3] www.sds.df.gob.mx
[4]www.aldf.gob.mx. 15 febrero 2013. Síntesis Informativa. Coordinación General de Comunicaciones Social de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. VI Legislatura, Sección Ciudad.

 
Published in gaceta
Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 6 de Febrero de 2013.

    DIP. JERÓNIMO ALEJANDRO OJEDA ANGUIANO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE P R E S E N T E     Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN PUNTO DE ACUERDO RELATIVO AL TRÁFICO DE ANIMALES EN EL MERCADO DE SONORA, bajo la siguiente:    

EXPOSICION DE MOTIVOS

    El comercio ilegal de vida silvestre es un problema mundial de grandes dimensiones. Tan solo en el año 2006, se estimo que el valor anual del mercado para el tráfico de vida salvaje fue de 10,000 millones de dólares, el segundo mayor comercio ilegal en el mundo, después del tráfico de drogas.     Solo 17 países concentran tres cuartas partes de las especies de fauna y flora del planeta. México juega un papel trascendente en este asunto debido a dos factores importantes:   a)                Es una de las cinco naciones con mayor diversidad de vida silvestre en el planeta. Tiene más especies de plantas que toda Europa, ocupa el primer lugar del mundo en variedad de reptiles, el segundo en mamíferos, el primero en pinos, cactos y agaves; y, b)                Su vecindad con los Estados Unidos, que es el principal importador y exportador de plantas y animales salvajes en el mundo.[1]     Para el año 2010, a nivel mundial, el tráfico ilegal de especies fue el tercero más lucrativo del orbe, después del tráfico de drogas y de armas, lo cual ha situado al borde de la extinción a alrededor de 700 especies.     La venta de animales, plantas silvestres y de productos manufacturados derivados de las mismas, se estima que mueve más de 17 billones de dólares anuales en el mundo, de los cuales, aproximadamente 10 billones corresponden al tráfico ilegal de fauna y 7 al de flora. Los clientes de este negocio ilegal, son originarios de Estados Unidos, la Unión Europea y Japón.     Pero además, por esta misma razón se encuentran amenazadas 2,300 especies animales y 24,000 especies vegetales en todo el hemisferio.     Nuestro país:   - Es uno de los 5 países más ricos del mundo en flora y fauna silvestres y que muchas de esas especies sólo viven aquí. - Es el primer lugar del mundo en reptiles; el segundo en mamíferos; el cuarto en anfibios; y el séptimo en aves. - En México invernan el 55% de las aves de Norteamérica. - Tenemos más aves que Estados Unidos y Canadá juntos, con una superficie 10 veces menor.     Mención aparte merece el maltrato que sufren las especies objeto de tráfico, ya que más de las tres cuartas partes de los animales capturados mueren antes de llegar a su destino, por la crueldad con que son empacados para evitar los riesgos de ser descubiertos en los pasos fronterizos.       En la Ciudad de México, el tráfico de especies protegidas se realiza a la vista de todos, y si bien se llevan a cabo operativos por parte de la autoridad para contrarrestar dicha actividad ilícita, estas no han sido suficientes.     Sin duda, los Mercados de Sonora, de Río Frío y el Morelos son considerados  espacios públicos en donde a la vista de todos están a la venta y exhibición en condiciones infames, animales de toda especie, pero principalmente flora y fauna en peligro de extinción o que se encuentran protegidas por la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, Protección ambiental- especies nativas de México de flora y fauna silvestres- categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio – lista de especies en riesgo. [2]     Por ello, el Partido Verde ha denunciado por años la necesidad de que las autoridades de la Ciudad pongan un alto a la venta ilegal de especies animales en estos Mercados, principalmente el de Sonora.     De acuerdo con la Secretaría de Medio Ambiente local, en la Ciudad de México hay identificadas 211 especies de aves, de las cuales 49 son residentes. Entre las aves endémicas destacan subespecies del pájaro carpintero, correcaminos; también existen águilas, halcones, gavilanes, lechuzas y especies rapaces.     Es importante resaltar que, la Ciudad de México, históricamente ha generado políticas públicas de protección animal, por ejemplo, el Reglamento de Mercados para el Distrito Federal vigente desde 1951, que establece en su Artículo 21:     “Artículo 21.- Los comerciantes en animales vivos que se expendan en los mercados o en la vía pública, están obligados a procurar el menor sufrimiento posible a los animales, evitando todo acto que se traduzca en maltrato. En consecuencia, queda prohibido que las aves y los animales vivos sean transportados o colocados en los puestos con la cabeza hacia abajo, con las patas amarradas o las alas cruzadas, así como extraerles pluma, pelo y cerda, en cualquier forma que sea.     Mientras no sean vendidos los animales vivos, deberán permanecer en condiciones apropiadas e higiénicas y en todo caso se les tendrá en un lugar con sombra cuidándose de su debida alimentación y necesidad de agua. Queda prohibido acudir a sistemas crueles para obtener un mayor precio en la venta de las aves, como el de "embucharlos", etc. El sacrificio, tanto de las aves como de otros animales que sean vendidos en los mercados o en la vía pública, deberá hacerse mediante un procedimiento que les evite sufrimientos prolongados.”     De igual forma, desde el año 2005 fue creada la Brigada de Vigilancia Animal que forma aparte de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, cuyas funciones son, de conformidad con el Artículo 10 Bis de la Ley de Protección a los Animales, entre otras:   -       rescatar animales de las vías primarias y secundarias, así como de alta velocidad. -       Impedir y remitir ante la autoridad competente a los infractores por la venta de animales en la vía pública. -       Coadyuvar en el rescate de animales silvestres y entregarlos a las autoridades competentes para su resguardo.     Es importante mencionar que a pesar de todo esto, la venta de fauna prohibida continúa en nuestra Ciudad.     En ese sentido, de acuerdo al informe dado a conocer por la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, durante la glosa del VI Informe de Gobierno de la administración anterior, la Brigada de Vigilancia Animal es también auxiliar en el cumplimiento de la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento, la Norma Oficial 059, CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre).     Por esta razón, el Partido Verde desea exhortar a la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, para que a través de la Brigada de Vigilancia Animal realicen los operativos para terminar con la venta ilegal de especies de flora y fauna silvestre que se encuentran protegidas por la Ley General y en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010.   Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con      

PUNTO DE ACUERDO

 

 

UNICO.- La Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita respetuosamente al Jefe Delegacional en Venustiano Carranza y al Titular de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal que, derivado de lo dispuesto en el artículo 10 Bis de la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal, realicen de manera inmediata operativos permanentes en los Mercados de Sonora, de Río Frío y Morelos, así como en otros espacios de comercio público para la recuperación de especies silvestres traficadas de manera ilegal, así como para que en su caso se finquen las responsabilidades penales que conforme a derecho corresponda, todo ello con el objeto de combatir de manera frontal esta práctica ilegal.    

Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:            

       DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                    VICECOORDINADOR


[1] www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/436/1/mx/tráfico_ilegal_de_especies_.html
[2] Diario Oficial de la Federación, Segunda Sección Jueves 30 de diciembre de 2010. www.dof.gob.mx
Published in gaceta
Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ, ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ Y ARMANDO TONATIUH GONZÁLEZ CASE, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 13 de Febrero de 2013.

  DIP. JERÓNIMO ALEJANDRO OJEDA ANGUIANO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA P R E S E N T E       Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ, ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ Y ARMANDO TONATIUH GONZÁLEZ CASE, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACURDO PARA SOLICITAR A LA CONTADURÍA MAYOR DE HACIENDA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, RINDA A ESTA SOBERANÍA UN INFORME PORMENORIZADO SOBRE LA APLICACIÓN Y DESTINO DE LOS RECURSOS PRESUPUESTALES REMANENTES DE LOS EJERCICIÓS FISCALES 2011 Y 2012, al tenor de la siguiente:    

EXPOSICION DE MOTIVOS

    El derecho a la información se ha constituido en una  la garantía fundamental para los ciudadanos sin  importar su condición social u origen. La instauración de este derecho se ha traducido en la facultad ciudadana de pedir información pública sin justificar el uso ni la razón de su petición. Esto es, requerir  una información que únicamente estará bajo la responsabilidad del solicitante, partiendo de la tesis de que si la  sociedad está informada, podrá tomar ediciones mejor informadas.   Además, con la disponibilidad de esa información, podrá evaluar -oportuna y adecuadamente- el desempeño de las autoridades.       El fortalecimiento de la democracia en el Estado Contemporáneo,  presupone   el cabal cumplimiento del derecho a la información, entendido éste en un sentido aún más amplio que el que prescribe la Declaración Universal de Derechos Humanos, es decir, incluyendo el derecho a estar bien informados. No en balde se ha planteado como primer punto la necesidad de plasmar en la Constitución que la información es algo que pertenece, en primera instancia, al ciudadano.   La expedición de la legislación en materia de transparencia y acceso a la información involucró  un fuerte impulso a la participación ciudadana y al perfeccionamiento de la democracia sustantiva, al fortalecer la participación social  en  las decisiones públicas, en beneficio de una mayor legitimidad de la  autoridad y de una mayor  certidumbre en el cumplimiento de los programas y el ejercicio de los recursos, generando con ello una mayor  rentabilidad política.   De esta manera, a partir de las reformas al artículo 6º Constitucional se ha abierto el camino hacia una segunda generación de reformas legales a favor de la transparencia. Con ello se han abierto nuevos  horizontes  para el desarrollo de la  democracia. También se han creado poderosos instrumentos para  enfrentar de manera decisiva las prácticas de evasión y resistencia a la apertura de la información.   Tales prácticas tienen su origen en el deseo de perpetuar múltiples privilegios y el ejercicio desmesurado de un creciente gasto corriente sin tener que dar cuenta a la sociedad sobre el desarrollo de los programas y actividades encomendados. Ante ello se precisa una acción decidida y organizada de los ciudadanos y sus organizaciones para romper con esos atavismos.   Pero no solo eso, también de un compromiso por los servidores públicos, particularmente de los representantes sociales, por velar de manera permanente por los intereses ciudadanos.   No obstante las bondades que aporta esta legislación, su consolidación debe acompañarse con un fuerte impulso a  los valores  éticos y democráticos en  la Sociedad, así como a la generalización del  ejercicio transparente de las funciones públicas y en la erradicación de vicios de burocratismo y  de corrupción en el ejercicio de los recursos públicos.           Por ello, la riqueza de los  objetivos planteados en la ley de la materia, la extensa gama de atribuciones conferidas, el enorme campo de aplicación de la Ley y su importante contribución  en términos de democratización de las instituciones, modernización de los procedimientos y transparencia de las facultades, recursos y responsabilidades relacionados con la instauración y  consolidación del Derecho a la Información, todo ello contrasta con la actuación y medidas adoptadas por los entes obligados, como es el caso de esta misma y Honorable Asamblea Legislativa.   Nos referimos de manera concreta al recientemente aprobado “Acuerdo de la Comisión de Gobierno por medio del cual se aprueba la propuesta de aplicación y destino de los recursos remanentes del ejercicio fiscal 2012 de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal”   Por virtud de éste, se aprueba la aplicación y destino de los recursos remanentes del ejercicio fiscal 2012 de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, por la cantidad de $24,749,827.42 para que sean utilizados para fortalecer la fiscalización, transparencia y rendición de cuentas, impactando principalmente conceptos como implementación y puesta en marcha del Servicio Civil de Carrera, capacitación en línea, y difusión de entes auditados, consultoría para la elaboración de libros blancos y entrega recepción, equipamiento y readaptación de inmuebles y mantenimiento al estacionamiento anexo de la misma institución…   Así, sin mayor explicación, se dispone de casi 25 millones de pesos sin conocer su destino final y el beneficio concreto que traerá su inversión en programas o proyectos concretos.   Cabe aclarar que aunque posteriormente la Contaduría Mayor de Hacienda pudiera informar a esta Soberanía sobre la aplicación y destino de los recursos mencionados, la precisión, transparencia e imparcialidad con la que debe hacerlo se ve sumamente dañada y el órgano que aprueba también se convierte en cómplice al avalar ese gasto público de manera velada.   Esto sin duda ocasiona que la información sobre el actuar de  órgano legislativo local del Distrito Federal, particularmente sobre la aplicación de los recursos presupuestales, quede en la más completa opacidad, vulnerando con ello los derechos ciudadanos y contribuyendo a que la imagen de los servidores públicos dentro de la sociedad y de sus representantes sociales, cada día sea más negativa.     No olvidemos que la legislación aplicable a los servidores públicos también hace clara alusión a los principios de simplificación, agilidad, economía, información, precisión, legalidad, transparencia e imparcialidad, mismos que debe regir el actuar  de todo ente de gobierno y, en el caso que nos ocupa, algunos de esos principios quedan seriamente comprometidos.       Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con    

PUNTO DE ACUERDO

 

  ÚNICO.- La Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita al Titular de la Contaduría Mayor de Hacienda, rinda dentro de los siguientes 3 días hábiles a esta Soberanía, un informe sobre lo siguiente:   A)   Aplicación y destino de los recursos remanentes del ejercicio fiscal 2011, detallado por capítulo de gasto, programa y proyectos especiales. B)   Propuesta de aplicación y destino de los recursos remanentes del ejercicio fiscal 2012, detallado por capítulo de gasto, programa y proyectos especiales.       Firman la presente proposición:         DIP. A. TONATIUH GONZALEZ C.         ____________________________   DIP. JESUS SESMA  SUAREZ               ____________________________       DIP. ALBERTO E. CINTA M.                    ____________________________
Published in gaceta
Los Diputados JESUS SESMA SUAREZ Y ALBERTO E. CINTA MARTINEZ integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 30 de enero de 2013.

  HONORABLE ASAMBLEA:   Los Diputados JESUS SESMA SUAREZ Y ALBERTO E. CINTA MARTINEZ integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 Base Primera, fracción V, inciso j) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 fracciones XIV y 46 la fracción I, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y; 85 fracción I, y 86 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO DE REFORMAS Y ADICIONES A LA lEY DE PROTECCIÓN A LOS ANIMALES DEL DISTRITO FEDERAL, a fin de implementar un registro obligatorio de PERROS Y GATOS, bajo la siguiente:    

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

 

El día sábado 5 de Enero del presente año, (Notimex) manifestó que de acuerdo a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF,) identificó a dos menores que fueron encontrados con mordeduras de perro en la reserva ecológica del Cerro de la Estrella, delegación Iztapalapa.   Se trataba de Alejandra y Samuel de 15 y 16 años de edad, respectivamente, cuyos cadáveres se localizaron en el predio que se ubica en el cruce de las calles Metlalotziht y Morelos en la Tercera Sección de la Colonia Valle de Luces.   La joven presentaba lesiones en ambas piernas y su acompañante en el brazo derecho, las cuales de acuerdo con peritos veterinarios habrían sido producidas por mordeduras de perros.   De acuerdo con las investigaciones, el viernes a las 19:30 horas Alejandra llamó por teléfono celular a su hermana, a quien solicitó auxilio ya que le dijo que estaban siendo atacados por varios canes, pero repentinamente la llamada se cortó.   En el lugar las autoridades encontraron los celulares de los dos menores que perdieron la vida, hechos por los que el agente del Ministerio Público de la Coordinación Territorial Iztapalapa inició la averiguación previa respectiva.   Elementos de la Brigada Animal de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal recorrieron la zona para intentar localizar a la jauría de perros que habría provocado alarma entre los habitantes de la mencionada colonia.   Asimismo, la PGJDF identificó los cuerpos de una mujer y su bebé que fueron encontrados el 29 de diciembre en el mismo predio y bajo las mismas condiciones  de nombre Shumashi Elizabeth Mendoza Caamal y su hijo de ocho meses, Cipactli Han Mendoza Caamal, cuyos cuerpos también presentaban múltiples lesiones por mordeduras de animales.   Por los sucesos antes mencionados de igual manera El jefe de Gobierno del Distrito Federal, Miguel Ángel Mancera Espinosa, respaldó los dictámenes periciales que concluyen que la muerte de cuatro personas fue consecuencia de mordeduras de perros de acuerdo a expertos del Instituto de Ciencias Forenses del Distrito Federal, que depende del Tribunal Superior de Justicia Capitalino.   Es sorprendente el acontecimiento y desafortunadamente México es un país con un alto número de población de perros de toda Latinoamérica, donde ni la mitad de estos tienen hogar o refugio.   Según datos de la Secretaría de Salud existen alrededor de 22 millones de canes, de los cuales más de 10 millones viven en las calles. Aunque no se cuenta con una cifra exacta, se calcula que el 30% de los perros tiene propietario, el 30% es comunitario y el 40% está en la vía pública[1].   Los perros no deberían estar en la vía pública por cuestiones de salud, ya que pueden transmitir enfermedades al humano, por ejemplo; a través de las heces fecales, también por seguridad, pues algunos se tornan agresivos. Especialistas y protectores de animales coinciden en que la solución es alentar la esterilización y la tenencia responsable.   Por cuestiones de Salud, datos de la Secretaría de Salud del Distrito Federal revelan que a nivel nacional se recogen aproximadamente 696 toneladas de excremento al día, y en esta Ciudad de México se produce más de media tonelada de heces fecales a diario, las cuales suman 182 toneladas al año. Por lo que es realmente un dato sorprendente y un dato que necesita una solución a fin de evitar enfermedades como daños al ambiente.   Es sorprendente tener estas toneladas de heces fecales, y más cuando existe una legislación que regula el tema. Por decir, la Ley de Cultura Cívica sanciona a los dueños que dejen excrementos caninos en la vía pública.   A pesar de existir sanción, hay muchos propietarios irresponsables que no recogen las heces de sus animales, entonces, que se puede esperar de los perros callejeros, se podría decir que se agrava el problema.   Cuando las heces fecales se secan o pulverizan viajan en el aire y pueden ocasionar enfermedades como conjuntivitis, también se pueden adherir fácilmente a la comida que se consume en los puestos ambulantes, ocasionando así enfermedades bacterianas como salmonelosis o parasitarias.   De acuerdo con información de Raymundo Iturbe Ramírez, responsable de Diagnóstico Virológico del Departamento de Microbiología e Inmunología de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia de la UNAM, hay más de 140 enfermedades que los humanos pueden contraer a través del contacto con perros.   Entre las enfermedades más comunes encontramos en los perros callejeros la sarna, enfermedad de la piel causada por un ácaro, la cual provoca dermatitis y se contagia fácilmente entre especies, pero es fácil el tratamiento.   Otra de las más conocidas y temidas enfermedades es la rabia, esta enfermedad es muy antigua, ya que data del Siglo XXII a.C., según los registros del Código Hammurabi, y a la fecha es incurable. “A nivel mundial la rabia ocupa el décimo lugar de muerte por infección en humanos, con aproximadamente 60,000 casos al año.”   Nos detalla Raymundo Iturbide que esta enfermedad es sumamente infecciosa, ataca al sistema nervioso central y es fatal. “Cuando se manifiestan los signos, la muerte ocurre en aproximadamente 10 días. Afortunadamente, la Secretaría de Salud asegura que en México no ha habido casos de rabia en humanos transmitida por perros desde el 2002; sólo se registran casos a causa de mordidas de animales silvestres.”   La mejor forma de prevenir ésta y otras enfermedades es la educación y la responsabilidad de los dueños y de la sociedad en general para evitar la rabia por decir, así como otras enfermedades y a su vez el abandono de perros y gatos en vía pública.   Por ello, es importante que el Gobierno continúe trabajando y se vea obligado a brindar el servicio de vacunación gratuita así como el de esterilización, llevando acabo campañas, por lo que es dispensable que el dueño o poseedor de mascotas lleve el control de las vacunas a fin de controlar cualquier enfermedad.   Otro tema importante es la problemática de los perros callejeros es grave, aunque no es exclusiva de México, sino también de otros países debido a la falta de una cultura y educación sobre la tenencia responsable de animales de compañía por lo consiguiente desde 1994, la Organización Panamericana de la Salud cambió el título de “perro callejero” a “perro de dueño irresponsable” ya que la gran mayoría de los perros callejeros llegan a la vía pública debido a que los propietarios y/o poseedores ya no los quieren, dejan de considerarlos graciosos o tiernos, o simplemente no pueden asumir los gastos que implica el cuidado del animal, por lo que algunos de estos llegan a la calle por extravío.   Según datos de la Secretaría de Salud capitalina, cada año 18 mil perros se pierden o son abandonados por sus dueños. Durante el 2011, se reportaron aproximadamente 60 mil perros y gatos callejeros dentro de los 2 centros de control canino a cargo de está Secretaría de los cuales 9 de casa, 10 son sacrificados esto a causa de que no fueron reclamados o no hubo quien los adoptara.   Otra de las razones por las cuales no son reclamados de acuerdo a la UNAM, podría ser por que sólo se cuentan con 72 horas para reclamar al animal o porque muchos dueños irresponsables prefieren matarlo por $35 pesos en un antirrábico en vez de bañarlo, vacunarlo, alimentarlo y darle otros cuidados necesarios que en suma podrían ascender a más de $400 pesos al mes.   Por ello, en esta propuesta se reforma el artículo 32 de la Ley de Protección a los Animales, cambiando de tres a siete días para que el propietario y/o poseedor reclame en los Centros de Atención Canina o en las Clínicas Veterinarias Delegaciones su animal o mascota que se extravió.   Dicho lo anterior no hay leyes o sanciones a quienes abandonen a sus perros, como tampoco hay control sobre quiénes si tienen perros, esto para saber en la forma que los adquieren y en las condiciones que los tienen ya que es muy fácil que cualquiera compre y/o adquiera un cachorro y este a su vez cuando crece lo eche a la calle para luego adquirir otro que terminará igual o peor.   Por eso, se adiciona un artículo especifico para señalar en la Ley de Protección a los Animales, las obligaciones de los propietarios y/o poseedores de mascotas, por lo que deberán registrar su mascota ante la Delegación de su preferencia, en un control de Registro que se realizara en coordinación con la Secretaría de Salud a fin de identificar al dueño y al animalito.   Aunado a esto es importante regular la colocación de un microchip al animal o un tatuaje que permita identificar al dueño del animal cuando este se extravié o sea abandonado. Esto a fin de evitar perros y gatos en la vía pública deambulando, pasando frío y hambre.   Así el dueño o poseedor será más responsable de su mascota, porque de lo contrario será acreedor de una sanción por irresponsabilidad. Además de pagar la multa correspondiente cuando por abandono o negligencia en el cuidado del perro o gato sea hallado en vía pública y sea objeto de reclusión en las Clínicas Veterinarias Delegacionales y de los Centros de Atención Canina.   Con esto se quiere lograr dueños responsables y menos animales abandonados, ya que una de las problemáticas y de las cuales se debería hacer más consciente a la gente es no reproducir tantas veces a sus perros, ya que algunos los reproducen cuantas veces aguante la hembra, de lo cual puede derivarse una gran venta de perros que sin regulación hace más grande el problema ya que una hembra tiene al menos 8 cachorros, y por lo menos la mitad de esta camada no son esterilizados.   Por esta razón, también se busca regular la esterilización obligatoria del animal cuando es capturado y canalizado a las Clínicas Veterinarias Delegacionales, para que cuando sea a su vez enviado a los refugios o entregados a las asociaciones protectoras de animales, el animal ya vaya esterilizado.   Esto, toda vez que las mascotas abandonadas corren el riesgo de reproducirse fácilmente y tener otros cachorros, siguiendo así una cadena hasta llegar a cifras tan alarmantes como las de ahora, ya que estudios formales hechos con simulación han calculado 2 partos por año y de sólo 2 cachorros, arrojan la estimación de 2048 cachorros en 5 años. Por tal motivo la esterilización es una opción viable.   Dicho lo anterior los perros en la calle se reproducen sin control y la población aumenta cada día más; por eso, la mejor forma para evitar que el número aumente es a través de la esterilización, pero en nuestra realidad nacional no se hace de forma masiva, permanente, gratuita y coordinada. Normalmente instancias de gobierno como la ONG’s, asociaciones civiles y protectores independientes ofrecen el procedimiento a bajo costo, pero estos esfuerzos no han logrado alcanzar el impacto necesario ante la magnitud del problema.   También es cierto que existen dueños que rechazan la esterilización de sus animales por mitos o creencias particulares en torno a la seguridad del procedimiento, tales como la pérdida de la virilidad de los machos o alteraciones de la conducta. Sin embargo, los animales no necesitan tener crías para completar su ciclo de vida, como tampoco padecer enfermedades mortales ni problemas físicos o de comportamiento, por otra parte la esterilización es recomendada por la Asociación Americana de Medicina Veterinaria y otras asociaciones a nivel mundial.   La esterilización consiste en retirar el aparato reproductor ovarios y útero de las hembras y testículos de los machos. Las recomendaciones son que el paciente esté clínicamente sano y si es candidato a cirugía, por lo que deberá presentarse al procedimiento en ayunas, a pesar de que la palabra cirugía denote peligro es médicamente manejable y así mismo pone a prueba la responsabilidad del dueño; antes de realizar la cirugía se debe tener completo el cuadro de vacunación (acorde a su edad), excelente estado de salud y se puede realizar a partir de las 8 semanas.   En el Distrito Federal aparte de la gran cantidad de veterinarios que están disponibles para la práctica de esterilización también contamos con el Hospital Veterinario de Especialidades UNAM, ubicado en Ciudad Universitaria, dentro de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia, donde se llevan a cabo cirugías con los aparatos de vanguardia y con personal médico altamente capacitado.   Los beneficios de la esterilización superan los riesgos; en hembras evita la aparición de cáncer mamario (si se hace antes del primer celo), problemas vaginales, tumores ováricos y piómetra (infecciones del útero por los efectos hormonales del mismo que causan acumulación de pus). En machos puede ayudar a reducir el comportamiento sexual y problemas en próstata y pene.   Dicho lo anterior la tenencia responsable implica entender que tener un animal es una gran responsabilidad, como tener un hijo; es un miembro más en la familia, al igual que todos necesita nutrición, cuidados, atenciones, recreación, amor y protección.   Por su parte, el Hospital UNAM-Banfield de Mascotas, promueve la sensibilización de los dueños de animales de compañía, brinda información sobre los cuidados de medicina preventiva básicos que deben tener con ellos, ofrece asesoría sobre el comportamiento animal, ya que muchos de estos perros son abandonados por falta de amor hacia ellos y no son vistos como parte del núcleo familiar, así la esterilización debe ser obligatoria y recomendarla a todos los pacientes ya que es la mejor solución y es fundamental para ser un dueño responsable.   La esterilización y la tenencia responsable podrían ser las acciones más eficaces y sustentables ante el problema; si se brinda la información correcta a los dueños, se asegura un mejor nivel educativo en la materia para evitar el maltrato y abandono de los animales.   Asimismo, esperamos se cumplan con las reformas de la Ley de Salud del Distrito Federal las cuales marcan el cambio de denominación de los centros de control canino a Centros de Atención Canina que son todos los establecimientos de servicio público operados por la Secretaría de Salud que lleven a cabo cualquiera de las actividades orientadas a la prevención y control de la rabia en perros y gatos, y demás establecidas en los ordenamientos jurídicos aplicables y las Clínicas Veterinarias Delegacionales son los establecimientos públicos operados por las demarcaciones territoriales, cuyo objeto es proporcionar servicios para atención de emergencias a perros y gatos, así como la aplicación de un cuadro básico de medicina preventiva, incluyendo esterilización para especies domésticas, acciones que, de acuerdo a su competencia y capacidad, podrán extender directamente o por medio de convenios que permitan proporcionar a los animales servicios de especialización, así como el inicio del proyecto del Hospital de Especialidades Veterinarias del Gobierno capitalino, el cual dará servicio los 365 días del año, las 24 horas del día, y contará con servicios gratuitos tanto en consulta externa como en urgencias y ahí podrán ser atendidos todos los perros y gatos (entre otros animales) que sufran de lesiones por atropellamiento, golpes por maltrato o por traumatismo.   Dicho lo anterior se tiene conocimiento  que el hospital podría ser edificado en la delegación Iztapalapa por ser la delegación más grande y poblada y porque colinda con Tláhuac, Xochimilco y Estado de México, en donde existe el mayor porcentaje de animales en situación de abandono, calle, peligro y maltrato.   Asimismo, este proyecto del Gobierno del Distrito Federal, evitara que ya no se hagan redadas para matanza, ni se permitirá que las personas lleven a sacrificar animales sólo porque ya no los quieren, tampoco estará permitido que los duerman con electrocución, incluso las asociaciones, organizaciones, protectores y ciudadanos en general podrían ser observadores del cumplimiento de estos puntos.   Las reformas a la Ley de Salud tienen como objetivos prioritarios a corto plazo, que los centros de control canino se conviertan en clínicas con personal capacitado para llevar a cabo esterilizaciones y vacunación gratuita, así como campañas móviles de promoción de la tenencia responsable de animales de compañía.   Por ello, con esta reforma se busca respaldar y fortalecer la reforma en la Ley de Salud, realizada por esta Asamblea Legislativa a través de sus Comisiones Unidas de Salud y Asistencia Social y de Preservación del Medio Ambiente, Protección Ecológica y Cambio Ecológico en mayo del 2011. Por lo que se hace el cambio de centros de control animal por el de Centros de Atención Canina y Clínicas Veterinarias Delegacionales.   Es importante tener en cuenta las responsabilidades hacia los animales y/o mascotas dentro de cuales se destacan los siguientes:  
  1. Tener y darle tiempo;
  2. Darle un lugar y trato digno;
  3. Satisfacer sus requerimientos alimenticios y de salud;
  4. Darle una educación para beneficio de la mascota y sus dueños;
  5. Proveerle de accesorios donde se facilite su recuperación en caso de perdida (chip, tatuaje, collar con placa).
  Esterilizar al macho o a la hembra es la solución para bajar la taza de población de animales callejeros y abandonados, como también la población de refugios. De una cruza no responsable se generan en siete años 67.000 perros.   Colombia era uno de los países que contaba con enfermedades zoonóticas causadas por alteraciones del cambio climático, los cambios demográficos, las innovaciones tecnológicas y el creciente número de animales domésticos en los hogares como callejeros como lo son perros y gatos, de igual manera por la poca responsabilidad que había por parte de sus tenedores en el tema de prevención.   Según estudios realizados en Colombia de las 1.415 enfermedades estudiadas, el 61% son zoonóticos, es decir estas enfermedades se pueden transmitir entre los animales y el hombre, cabe resaltar que estas enfermedades provienen de animales silvestres y su aumento se ha generado por la introducción de animales exóticos como mascotas, lo que genera una relación directa con las actividades de la salud publica veterinaria; dentro de las enfermedades mas destacadas se encuentran:  
  1. Por virus: Infección por VIH/SIDA, Fiebre hemorrágica de Ébola, Hepatitis C, Delta, E, GB, Influenza A (H5N1) virus. Neumonía por morbillivirus, Síndrome pulmonar por antivirus, Enfermedad diarreica aguda por Rotavirus, Fiebres hemorrágicas por arenavirus (fiebre hemorrágica argentina, venezolana, boliviana), Eritema infeccioso.
  2. Por bacterias: Ehrlichiosis, Enfermedad diarreica aguda por Campi-lobacter yeyuni y Escherichia coli 0157 H7, Legionelosis, Gastritis por Helicobacter pylori, Síndrome de shock tóxico por estafilococo áureo.
  3. Por protozoos: Cryptosporidiasis.
  4. Por espiroquetas: Enfermedad de Lyne.
  En Colombia así como en nuestro país la inadecuada cultura frente a la tenencia de animales domésticos o de compañía así como la infinidad de animales callejeros, entre otros factores estas enfermedades son consideradas como una amenaza para la salud pública.   Otra enfermedad viral causada por un virus es la “rabia” que es hallada a menudo en la saliva de los animales infectados la cual puede ser contagiada por mordedura profunda o por el contacto salival del animal infectado en una herida o rasguño y esto se puede dar y contagiar con mayor frecuencia en perros de la calle y esto se da debido a la falta de vacunación y desparasitación adecuada en los animales, especialmente en los callejeros.   En la legislación de Colombia encontramos lo siguiente:  
  • Para los propietarios de animales domésticos, regula, lo siguiente: un registro obligatorio. Donde las entidades territoriales a través de su Secretaría de Salud, diseñaron un Sistema de Registro Obligatorio de perros y gatos en donde deberán recepcionar los siguientes datos: Nombre, fecha de nacimiento de la mascota, raza, color, sexo, señas particulares de cada animal, el nombre dirección y teléfono de su propietario, persona o lugar donde se adquirió la mascota y el certificado de las vacunas de acuerdo a su especie.
 
  • Obligaciones del propietario y/o poseedor. Los propietarios de animales domésticos o mascotas, dentro del territorio nacional tienen como obligaciones; el Inscribirlo ante el respectivo registro que para el efecto diseñó la Secretarías de Salud a nivel Municipal o Distrital, dentro de los tres meses posteriores al nacimiento del animal o de su adquisición; Brindar los cuidados necesarios como son de alimentación, techo, atención veterinaria, vacunación oportuna bajo los sistemas oficiales contra las zoonosis inmunoprevenibles, mantener en las condiciones higiénico sanitarias acordes a su especie, dar un trato digno y respetuoso; llevarlos sujetos con cadena y collar, esterilizarlos, entre otras obligaciones; además de ser acreedores de multa por abandono o negligencia.
 
  • En educación sanitaria en materia de zoonosis. El Ministerio de la Protección Social, el Ministerio de Educación y el Ministerio de Comunicación diseñaron un programa de educación sanitaria sobre la importancia de la prevención, detección y manejo de las enfermedades zoonóticas y la erradicación de la rabia, para lo cual se coordinarán acciones en todos los niveles de la administración pública con la participación de la sociedad civil, las comunidades y las autoridades de salud y ambiente.
 
  • El Ministerio de la Protección Social y los Servicios Seccionales de Salud establecerán convenios con el sector educativo para incrementar la educación sanitaria en materia de zoonosis.
 
  • En Colombia los Departamentos, Distritos y Municipios implementarán de talleres para el aprendizaje de las reglas de protección de los animales y deberes de sus propietarios, tenedores o poseedores con el fin de sensibilizar a la comunidad educativa frente a los hechos dañinos y actos de crueldad causados a los animales, enfermedades zoonóticas y reducir al máximo el porcentaje de maltratos para con los mismos.
  Finalmente, el control a través de un registro es una forma de hacer responsable al dueño y/o poseedor del animal y así evitar abandono en la vía pública, ya que si me sancionan, puedo evitar esta sanción cuidando a mi mascota.   La Ley de Protección a los Animales, define Microchip a la placa diminuta de material semiconductor, que incluye un circuito integrado, que contiene datos relativos al animal que la porta y que se coloca en el cuerpo de animal de manera subcutánea.   Asimismo, en la definición de Certificados de Compra, nos señala que son las constancias de venta, expedidas por los propietarios de comercios legalmente constituidos, en los que consten: número de identificación del animal; raza, edad; nombre del propietario, teléfono y el domicilio habitual del animal; así como el microchip.   Es todo lo que la Ley señala sobre un microchip en el animal para identificarlo. Sin embargo y de acuerdo a la Federación Canófila Mexicana, A. C., nos señala que para llevar a cabo el registro del perro y/o gato se les aplica una serie de exámenes empezando por la inspección donde se verificaran los datos como el certificado de cruza o el certificado de pureza racial, en el caso de camadas se anota primero a los machos y después a las hembras. Aquí estamos hablando de razas puras.   El objetivo del examen físico general es para recabar los datos del perro, específicos en su raza donde se deben tomar en cuenta los siguientes puntos:  
  • Que el ejemplar sea de raza pura.
  • Que la mordida sea la correcta de acuerdo a la raza.
  • Que el color del pelaje y la nomenclatura sean acorde a la raza.
  • Revisión de genitales.
  • Que la talla o el peso concuerden con la raza.
  • Defectos generales.
  Una vez que los perros o gatos han sido inspeccionados y si son aptos para ser registrados, el inspector deberá de hacer la anotación correspondiente y autorizará, firmando la solicitud para posteriormente pasar al registro donde se les  asignara un número, ya sea F.C.M. o C.P.R., el cual será anotado en la hoja de solicitud y se anotarán los datos en el libro de registro como lo son:  
  • Raza en cuestión.
  • Nombre del propietario.
  • Dirección del propietario.
  • Teléfono del propietario.
  • Fecha del registro.
  A los perros se les podrá poner un tatuaje, en los perros que no son de raza es opcional, este se realiza con una pinza donde se coloca generalmente los números que ese perro tiene en su registro de pedigree oficia, cabe resaltar que en este caso el tatuaje es obligatorio, tomando en cuenta los siguientes puntos:  
  • Aplicar el tatuaje siempre en la ingle derecha.
  • Preparar la zona en la cual se va a aplicar.
  • Cerciorarse de que los números de registro F.C.M. o C.P.R. sean los correctos antes de comenzar a tatuar.
  • Procederá a tatuar de una forma firme y legible, sin hacer las letras y los números ni grandes o pequeños.
  • Al terminar se limpiará la zona para mostrarle al propietario el tatuaje.
  • En caso de que necesite ser tranquilizado el ejemplar, la responsabilidad es del propietario.
  Como se puede ver tanto el microchip como el tatuaje son viables y seguros, por eso la Asociación Canófila, describe que una vez terminado los puntos anteriores al animal se le podrá implantar el microchip, este es un implante electrónico, un pequeño circuito de computadora el cual tiene registrado un número individual único, inalterable e inviolable con una posibilidad de 70 trillones de combinaciones, es como un grano de arroz y no produce ningún daño al animal.   Se aplica como una vacuna en la región de la cruz, de manera rápida y segura sin producir dolor. Este será utilizado para el sistema de registro oficial de la F.C.M. y para la localización de ejemplares extraviados, su modo de aplicación es la siguiente:  
  • Este se aplicara una vez que el ejemplar se haya terminado de tatuar.
  • Se verificará con el scanner antes de inocularlo para estar seguro de que se encuentra dentro de la aguja.
  • El inspector inoculará el microchip en la zona interés capilar, desinfectándola previamente.
  • El microchip será inoculado subcutáneamente en un ángulo de 45 grados.
  • Una vez inoculado el microchip se ara presión por 5 segundos en la zona en donde se aplicó el microchip.
  • Se verificará con el scanner, para cerciorarse que fue inoculado y mostrárselo al propietario.
  • Uno de los códigos de barras será adherido al lado del nombre de cada ejemplar en el certificado de cruza o C.P.R. y los demás engrapados al mismo con la letra correspondiente al perro o gato, en cada uno de ellos.
  Este es un proceso que también se puede lograr en los Centros de Atención Canina y en las Clínicas Veterinarias Delegacionales y que se puede costear con dinero del Fondo Ambiental Público.   Otro ejemplo de estabilizar la población canina y felina es la que se desarrollo en el Municipio de Acámbaro, Guanajuato. En la década de los años setenta la Secretaría de Salud intentó controlar en la Ciudad de Acámbaro la población canina callejera mediante el uso de tabletas de estricnina lo cual la ciudadanía no acepto por ser un acto altamente riesgoso a demás de cruel.   Posteriormente para el año de 1995 el Club de Leones de Acámbaro contrato personal del centro antirrábico de la ciudad de León para que realizara actividades de captura.   Esta actividad tampoco fue aceptada por los habitantes de la ciudad debido a que estas redadas se realizaban en un día sin haber la oportunidad que los dueños de los perros pudieran hacer la reclamación de su mascota. Para el año de 1998 el H. Ayuntamiento Municipal acepta la propuesta del proyecto para el funcionamiento del Centro de control Canino el cual comienza a laborar en agosto del 2000. Desde entonces se trabaja en la solución al problema de la fauna canina y felina callejera.   En el año del 2002 se presenta un proyecto de trabajo encaminado al control de estos animales haciendo énfasis en la esterilización quirúrgica, dicho proyecto es aprobado dentro del programa de Comunidades Saludables recibiendo recursos por un total de $216.668 a portados en un 50% por Gobierno Federal y el 50% restante por el Gobierno Municipal.   En México a partir de 1883, en que se presentó la propuesta para establecer un lugar especifico para confinar y eliminar a los perros que deambulen en la vía publica, motivó a las autoridades de la Ciudad de México a hacerlo, compartiéndose esa responsabilidad con las de salud en su operación; a partir de esto, se generaliza la preocupación para atender el problema social y de salud que representa el perro callejero.   Es así como dentro del Gobierno Municipal el Centro de Atención Canina es un departamento clasificado dentro de los servicios municipales para el control de la población de perros y gatos callejeros, transmisores de enfermedades en humanos.   Como el caso de la rabia transmitida por perro en un 90% de los casos que de no ser tratada con oportunidad causa la muerte en la persona que haya sido atacada.   Además el controlar la población animal callejera contribuye una mejora en el ambiente, evita que se deterioren lugares de gran afluencia humana como jardines y plazas publicas, y finalmente ayuda a no contaminar el aire que respiramos con partículas de excremento de animales que nadie limpia por no tener dueño. Siendo este un punto muy importante para el bienestar de todos los habitantes del Distrito Federal.   Por otro lado, en el centro de atención canina se preocuparon por el tema de la educación referente a dueños responsables de mascotas ya que es una firme convicción el ayudar a los animales puesto que también tienen derechos y vida propia que por negligencia del ser humano tienen que ser sacrificados.   Finalmente, el Centro de Atención Canina participa activamente en todas y cada una de las acciones que conforman el programa de evitar perros callejeros por lo que participan varias instancias, ejemplo:   Jurisdicción Sanitaria, se coordina técnica y administrativamente en cuanto a las actividades de vacunación antirrábica canina, el Hospital General, Clínicas de IMSS, ISSSTE, y el Colegio Médico se coordinan estrechamente para la intervención oportuna en la vigilancia de perros agresores con el fin de evitar tratamientos antirrábicos en humanos. Además de apegarse a la NOM-011-SSA2-1993 para la prevención y control de la rabia.   El Comité Municipal de Salud participó activamente en la difusión de los servicios y beneficios del Centro de Control Canino. El Departamento de Obras Públicas inició con asesoría en cuanto a la propuesta del proyecto de reubicación de las instalaciones del centro de atención canina. El Departamento Jurídico Municipal participó en la revisión del reglamento municipal de tenencia de mascotas, así como del manual de funcionamiento del Centro de Control Canino. Y Ecología recibe y canaliza las denuncias ciudadanas referentes a los problemas relacionados con tenencia de mascotas.   Si en otros países y estados se puede en el Distrito Federal también. Por ello el Grupo Parlamentario del Partido Verde presenta una reforma en la Ley de Protección a los Animales a fin de lograr responsabilidad en los dueños y/o poseedores de animales como son perros y gatos, quienes son considerados como mascotas, a fin de evitar que estos terminen en la vía pública.   La propuesta consiste en registrar a la mascota en la Delegación y así identificar y contar con un censo de cuantos dueños son responsables de sus mascotas. Por lo que si se extravía el animal y llega a parar a las Clínicas Veterinarias Delegacionales o a los Centros de Atención Canina, y el dueño lo reclama, este será acreedor de una sanción.   Es importante esterilizar mascotas pero también es importan la responsabilidad, así que el colocar un un tatuaje a la mascota hace fácil encontrar al dueño. Esto puede costearse con ingresos del Fondo Ambiental Público.   Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración de esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, la siguiente:    

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO de reformas y adiciones en la Ley de Protección a los animales del distrito federal

  ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman las fracciones I, XIX, XIX Bis 1, del artículo 4; se reforma la fracción V del artículo 4 Bis; se adiciona el artículo 4 Bis 1; se reforman las fracciones III, VII y VIII y se adiciona la fracción IX al artículo 10; se reforman las fracciones III y IV del artículo 12; se reforma la fracción IV y se adiciona la fracción VI al artículo 12 Bis 1; se reforma el artículo 12 Bis 2; se adiciona el artículo 14 Bis, se reforma el artículo 15, se reforman las fracciones IV y V y se adiciona la fracción VI al artículo 17, se reforma la fracción I del artículo 19;  se adiciona el tercer párrafo al artículo 29; se reforma el artículo 32; se reforma el artículo 49; se reforma la fracción I y el inciso b) de la fracción III del artículo 65, reformándole también sus dos párrafos finales; y se reforma el artículo 65 Bis; todo ello de la Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal, para quedar como sigue:    

LEY DE PROTECCIÓN A LOS ANIMALES DEL DISTRITO FEDERAL

Artículo 4….

  I. Animal (es): A todos aquellos seres vivos que sienten y se mueven por su propio impulso y capacidad de respuesta a los estímulos del medio ambiente perteneciente a una especie domestica o silvestre; I a la XVIII BIS. …   XIX. Centros de Atención Canina: Son todos los establecimientos de servicio público operados por la Secretaría de Salud que lleven a cabo cualquiera de las actividades orientadas a la prevención y control de la rabia en perros y gatos, y demás establecidas en los ordenamientos jurídicos aplicables;   XIX Bis….   XIX Bis 1.- Clínicas Veterinarias Delegacionales: Se entenderá los establecimientos públicos operados por las demarcaciones territoriales, cuyo objeto es proporcionar servicios para atención de emergencias a perros y gatos, así como la aplicación de un cuadro básico de medicina preventiva, incluyendo esterilización para especies domésticas, acciones que, de acuerdo a su competencia y capacidad, podrán extender directamente o por medio de convenios que permitan proporcionar a los animales servicios de especialización.     Artículo 4 Bis.- Son obligaciones de los habitantes del Distrito Federal:   I a la IV…

 

V. Hacer entrega voluntaria de perros y gatos encontrado en vía pública, a los Centros de Atención Canina o a las Clínicas Veterinarias Delegacionales cuando no se halla identificado a su dueño o poseedor; y   VI. Cuidar y velar por la observancia y aplicación de la presente Ley.     Artículo 4 Bis 1. Son obligaciones de los propietarios de perros y gatos:  
  1. I.     Registrarlo de manera obligatoria ante los Centros de Atención Canina o en las Clínicas Veterinarias Delegacionales, dentro de los seis meses posteriores al nacimiento del animal o de la adquisición, a fin de obtener la cartilla de vacunación;
  2. II.    Brindar los cuidados necesarios como son: alimentación, techo, atención veterinaria, vacunación oportuna, mantenerlo en las condiciones higiénico sanitarias acordes a su especie, y darles un trato digno y respetuoso;
  3. III.   Reportar la muerte y las causas de la misma ante el Centro de Atención Canina o en alguna Clínica Veterinaria Delegacional, a fin de actualizar el registro de perros y gatos;
  4. IV.  Trasladar el cadáver de la mascota a los lugares de cremación que para el efecto se autorice por la autoridad competente, según las disposiciones reglamentarias;
  5. V.   Presentar la cartilla de vacunación para la aplicación de las vacunas;
  6. VI.   No transitar con ellos en las zonas de juegos infantiles de parques o jardines; y
VII.Las demás que establezca la normatividad aplicable.     Artículo 10.- Corresponde a la Secretaría de Salud el ejercicio de las siguientes facultades:   I. Establecer, regular y verificar los centros de atención canina;   II…   III. Proceder a capturar animales abandonados en la vía pública y a los ferales, en coordinación con las autoridades delegacionales, en términos de la presente Ley y canalizarlos a los centros de atención canina o a las asociaciones protectoras legalmente constituidas y registradas;   IV a la VI…   VII. Expedir, a través de los Centros de Atención Canina y de las Clínicas Veterinarias Delegacionales la cédula de registro y la cartilla de vacunación a los propietarios de perros y gatos que hayan obtenido su registro;   VIII. Diseñar, coordinar y administrar el registro obligatorio de perros y gatos en el Distrito Federal. Dicho registro deberá contener de cada animal los siguientes datos: número de registro, que también se deberá contener en el microchip que se le implantará a cada animal, nombre, dirección y teléfono del propietario  fecha de nacimiento, raza, color, sexo, y señas particulares, nombre de la persona o del lugar donde se adquirió la mascota, así como la el certificado de las vacunas de acuerdo a su especie, a fin de que los ciudadanos puedan acudir a los Centros de Atención Canina y a las Clínicas Veterinarias Delegacionales, a registrar a su mascota;   IX. Las demás que esta ley y otros ordenamientos jurídicos aplicables le confieran.     Artículo 12.- Las delegaciones ejercerán las siguientes facultades en el ámbito de su competencia:   I a la II…   III. Establecer y regular las Clínicas Veterinarias Delegacionales;   IV. Proceder a capturar animales abandonados o ferales en la vía pública, en los términos de la presente Ley y canalizarlos a las clínicas veterinarias delegacionales, refugios o criaderos legalmente establecidos o a las instalaciones para el resguardo de animales de las asociaciones protectoras de animales legalmente constituidas y registradas en el padrón correspondiente;   V a la XII…     Artículo 12 Bis 1.- Los Centros de Atención Canina y las Clínicas Veterinarias Delegacionales a cargo de la Secretaría de Salud y de las delegaciones, además de las funciones que les confieren esta ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables, tienen como funciones:   I. Dar a los animales un trato digno y respetuoso, observando siempre la normatividad en el procedimiento y especialmente en la acción de sacrificio, para evitar en todo momento el maltrato o sufrimiento innecesario.   II. Llevar a cabo campañas permanentes de vacunación, desparasitación interna y externa y esterilización;   III. Proporcionar los collares de identificación de vacunación antirrábica;   IV. Proporcionar a los propietarios de perros y gatos la cartilla de vacunación;   V. Proporcionar a los propietarios de perros y gatos la cédula de registro de perros y gatos; y   VI. Llevar a cabo el implante del microchip que contenga el número de registro de perros y gatos que hayan sido registrados ante ellos.     Artículo 12 Bis 2.- Los Centros de Atención Canina deberán contar con la infraestructura necesaria para brindar a los animales que resguarden una estancia digna, segura y saludable, por lo que deberán:   I a la VIII…     ARTÍCULO 14 BIS.- Las autoridades y los particulares profesionales de la medicina veterinaria y zootecnia, estarán obligados a exigir la cédula de registro de perros y gatos a los propietarios que soliciten la aplicación de vacunas para sus animales.    Esta disposición no aplicará para las Asociaciones destinadas a la protección, buen trato, manutención, alojamiento y desarrollo pleno de los perros y gatos que los alojen temporalmente sin fines de apropiárselo. Tampoco aplicará para los criadores ni para los establecimientos autorizados que se dediquen a la vena de animales.     Artículo 15.- Las delegaciones podrán celebrar convenios de colaboración con las asociaciones protectoras de animales legalmente constituidas para apoyar en la captura de los animales abandonados y ferales en la vía pública y los entregados por sus dueños(as) y remitirlos a los Centros de Atención Canina o, en su caso, a los refugios legalmente autorizados de las asociaciones protectoras de animales en los términos establecidos en el artículo 32 de la presente Ley; y en el sacrificio humanitario de animales, siempre y cuando cuenten con el personal capacitado debidamente comprobado y autorizado para dicho fin. La Procuraduría será la autoridad encargada de vigilar el cumplimiento de los convenios.       Artículo 17.- El Fondo Ambiental Público al que se refiere la Ley Ambiental del Distrito Federal destinará recursos para:   I a la III… IV. El mejoramiento del bienestar animal en los Centros de Atención Canina y en las Clínicas Veterinarias Delegacionales;   V. Implementar el Registro obligatorio de perros y gatos a cargo de la Secretaría de Salud, así como para llevar a cabo el implante del microchip correspondiente; y  
  1. VI.          Las demás que esta Ley, su reglamento y otros ordenamientos jurídicos establezcan.
    Artículo 19.- La Secretaría, en coordinación con la Secretaría de Salud, emitirá en el ámbito de su competencia las normas ambientales, las cuales tendrán por objeto establecer los requisitos, especificaciones, condiciones, parámetros y límites permisibles en el desarrollo de una actividad humana para:   I. El trato digno y respetuoso a los animales en los centros de atención canina, rastros, establecimientos comerciales, y en los procesos de crianza, manejo, exhibición, animaloterapias y entrenamiento;   II a la IV… … …     Artículo 29. Toda persona que compre o adquiera por cualquier medio una mascota está obligada a cumplir con las disposiciones correspondientes establecidas en la presente Ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables.   La o el propietario de cualquier animal, está obligado a colocarles permanentemente una placa u otro medio de identificación en la que constarán al menos los datos de identificación del propietario. Asimismo, los propietarios serán responsables de recoger las heces ocasionadas de su animal cuando transite con ella en la vía pública.   La o el propietario de cualquier perro o gato está obligado a registrarlo ante los Centros de Atención Canina o en las Clínicas Veterinarias Delegacionales, así como a colocar un microchip a fin de identificar al animal.       Artículo 32.- La o el dueño podrán reclamar a su animal que haya sido remitido a cualquier Centro de Atención Canina o a alguna Clínica Veterinaria Delegacional dentro de los siete días hábiles siguientes a su captura, debiendo comprobar su propiedad con la cédula de registro. Para tal efecto, deberá pagar una multa ante el juzgado cívico equivalente a 20 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal.   En caso de que el animal no sea reclamado por su propietario en el tiempo estipulado, será esterilizado y podrá ser otorgado para su adopción a asociaciones protectoras de animales constituidas legalmente que lo soliciten y que se comprometan a su cuidado y protección, o ser sacrificados humanitariamente si se considera necesario.   Es responsabilidad de los Centros de Atención Canina o de las Clínicas Veterinarias Delegacionales o de cualquier institución que los ampare temporalmente alimentar adecuadamente y dar de beber agua limpia a todo animal que se retenga.   En el caso de perros y gatos, el costo de la alimentación será cubierto por el propietario cuando este lo haya reclamado en tiempo y forma.     Artículo 49. Ningún particular puede vender, alquilar, prestar o donar animales para que se realicen experimentos en ellos.   Queda prohibido capturar animales abandonados, entregarlos voluntariamente o establecer programas de entrega voluntaria de animales para experimentar con ellos. Los Centros de atención canina y las Clínicas Veterinarias Delegacionales no podrán destinar animales para que se realicen experimentos con ellos.     Artículo 65.- Las sanciones por las infracciones cometidas por la violación a las disposiciones de la presente Ley, se aplicarán conforme a lo siguiente:   I. Corresponde a la Secretaría de Salud, en el ámbito de su respectiva competencia, siguiendo el procedimiento regulado por el artículo 56 párrafo primero, de la presente Ley, imponer sin perjuicio de las sanciones reguladas, en otras Legislaciones aplicables, multas de:  
  • Uno a 50 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, por violaciones a lo dispuesto en el artículo 14 Bis de la presente Ley.
  • ciento cincuenta a trescientos días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, por violaciones a lo dispuesto a los artículos 24, Fracciones II, III, 25 Fracción XIV, 46, 47, 49, 50, 52 y 53 de la presente Ley.
  II. …   III…   a)    …   b) Multa de 1 a 20 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, o arresto administrativo de 13 a 24 horas, por violaciones a lo dispuesto por los artículos 4 Bis 1, fracciones I a IV y VI 24, fracciones VI, VIII, IX; 25, fracciones IV, V; IX y X; 29 y 34 de la presente Ley, y b) Multa de 1 a 20 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, o arresto administrativo de 13 a 24 horas, por violaciones a lo dispuesto por los artículos 24, fracciones VI, VIII, IX; 25, fracciones IV, V; IX y X; 29 y 34 de la presente Ley, y   c)…   Los animales que sean presentados y que estén relacionados con las infracciones enunciadas en la Fracción III, serán retenidos y canalizados a las Clínicas Veterinarias Delegacionales, para los efectos de los artículos 27, 29, 30 y 32 de la presente Ley; los que expedirán en caso de reclamación del animal por el propietario, el Certificado Veterinario de Salud, procediendo a la desparasitación interna y externa y la vacunación, a efecto de evitar enfermedades transmisibles a otros animales o personas y otorgará la placa de identificación correspondiente, previo pago de los derechos que se causen, con cargo al propietario.   Si derivado de las denuncias que se sigan a petición de interesado, resultaré que el propietario del animal, es responsable de la conducta desplegada por el animal, este será canalizado a los Centros de Atención Canina, para los efectos señalados o en su defecto el propietario podrá llevar al animal, en forma voluntaria, en el término de tres días hábiles y si no se presenta voluntariamente, se girará oficio al Centro de Atención Canina, para que proceda a su captura, retención, a efecto de dar cumplimiento al presente párrafo.     Artículo 65 Bis.-…   …   A falta de solicitud, se decretará su envío a las Clínicas Veterinarias Delegacionales, para los efectos del cumplimiento de los artículos 27, 29, 30, 32 y demás relativo y concordante de la presente Ley.   …   Para los casos, de ausencia de reclamación, por parte de los propietarios o poseedores, será entregado a las Clínicas Veterinarias Delegacionales, en los términos establecidos por el artículo 65.                                                                T R A N S I T O R I O S

 

 

PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.   SEGUNDO.- Todos los recursos económicos que se obtengan como producto de las multas que menciona el presente decreto, serán canalizadas directamente al presupuesto del Fondo Ambiental Público.       Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:             DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                       VICECOORDINADOR

[1] Informó Carlos Esquivel Lacroix, Jefe de Vinculación en la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia de la UNAM.
Published in gaceta
Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 30 de Enero de 2013.

    DIP. JERÓNIMO ALEJANDRO OJEDA ANGUIANO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE P R E S E N T E     Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN PUNTO DE ACUERDO SOBRE LAS RESOLUCIONES  QUE LA PROCURADURÍA AMBIENTAL Y DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL HA EMITIDO EN MATERIA DE ASENTAMIENTOS HUMANOS EN SUELO DE CONSERVACIÓN, bajo la siguiente:  

EXPOSICION DE MOTIVOS

    La creación de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal (PAOT), se planteó en la Ley Ambiental del Distrito Federal y su diseño se consolidó el 24 de abril de 2001 con la publicación de su Ley Orgánica en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Así surgió la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, como una autoridad especializada en la atención de denuncias ciudadanas por presuntos incumplimientos a la normatividad urbano-ambiental.   La PAOT es una de las autoridades del Distrito Federal que tienen como finalidad la defensa de los derechos ambientales y territoriales de los habitantes de la Ciudad de México, además de ser a nivel nacional la única institución de tal naturaleza que concentra bajo una autoridad la materia ambiental y el ordenamiento territorial.     La principal atribución de la PAOT es la atención de las denuncias ciudadanas. Si bien los resultados de las investigaciones benefician en primera instancia a  los denunciantes, lo cierto es que la trascendencia de estos resultados significa mejores condiciones de vida para la población del Distrito Federal, derivado de la protección ambiental y el ordenamiento territorial.   Es importante mencionar que el tema más denunciado es el uso de suelo urbano, seguido por la afectación de áreas verdes en suelo urbano y, en un tercer lugar, las denuncias por ruido y vibraciones. (1)   En cuanto al uso de suelo, debemos decir que, tal como lo ha expuesto la propia PAOT, la planeación del desarrollo urbano se ejecuta mediante el Programa General de Desarrollo Urbano (PGDU), el cual sienta las bases para expedir los programas delegacionales y parciales en la materia. Además de estos instrumentos, también se encuentran las Áreas de Gestión Estratégica y las Normas de Ordenación. La observancia de los instrumentos de planeación, antes mencionados, es obligación de toda persona física o moral, pública o privada.   De acuerdo a los resultados obtenidos de la gestión e investigación de las denuncias en materia de uso de suelo presentadas ante la PAOT, esta institución ha observado que el vertiginoso crecimiento urbano del Distrito Federal impone un tipo de dinámica diferente a la establecida en los programas de desarrollo urbano, mismo que conlleva al incumplimiento constante de estos programas por parte de las personas. Por tal motivo, la ciudad ha crecido de manera desordenada ocupando áreas, que desde el punto de vista formal, no son susceptibles de ser utilizadas para usos distintos a los establecidos en estos programas.   De este modo, el ordenamiento territorial se convierte en una referencia técnica, pues los usos reales se han ido alterando con impactos negativos sobre el medio natural circundante. Por otra parte, existen incongruencias entre los programas que regulan la actividad territorial en las zonas de transición entre el suelo urbano y el de conservación, por las incompatibilidades entre el PGDU y el Programa General de Ordenamiento Ecológico del Distrito Federal (PGOE).     __________ 1.- Informe Anual de Actividades, Enero de 2011 – Febrero de 2012, PAOT.   Lo anterior resulta de suma importancia pues desde el año 2011 la PAOT ha emitido trece resoluciones relacionadas con asentamientos irregulares, principalmente en suelo de conservación, que básicamente involucran a las Delegaciones Tlalpan, Iztapalapa, Tláhuac, Gustavo A. Madero, La Magdalena Contreras, Cuajimalpa, Alvaro Obregón y Xochimilco, así como a la Secretarías de Medio Ambiente (SMA) y de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI) y al Instituto de Verificación Administrativa (INVEA), sin que hasta la fecha se hayan observado resultados tangibles que beneficien el cuidado y la permanencia del suelo de conservación.   La invasión por asentamientos humanos al suelo de conservación es un asunto de la más alta relevancia por los siguientes motivos:  
  • El suelo de conservación abarca una superficie de poco más de 88,000 hectáreas.
  • En suelo de conservación se localizan aproximadamente 34 mil hectáreas de propiedad social y 27 mil hectáreas con poblados con procedimientos agrarios en trámite.
  • La biodiversidad en suelo de conservación proporciona un refugio a más de 2,500 especies de flora y fauna, inmersas en una extensa gama de ecosistemas y hábitat únicos, dada por su inclusión en el eje neovolcánico, hábitat de 2% de la biodiversidad mundial y del 12% de especies de flora y fauna de México.
  Además, el suelo de conservación proporciona los siguientes servicios ambientales. Mismos que se ven afectados en detrimento de la calidad de vida de todos los capitalinos:  
  1. La recarga del acuífero, ya que se capta la mayor parte del agua que se recarga a los mantos acuíferos del Valle de México.
  2. La captación de partículas suspendidas.
  3. La producción de oxígeno y la captura de carbono, indispensables para contener y mitigar el impacto del cambio climático.
  4. La regulación climática y microclimática.
  5. La mitigación de la contaminación auditiva.
  6. La retención de suelo fértil.
  7. La función como espacios de esparcimientos turísticos y culturales.

A través de los últimos 10 años, gracias a la PAOT se ha podido documentar los principales problemas a los que se enfrenta el suelo de conservación, a saber:  
  • La sobreexplotación de los recursos naturales.
  • La tala clandestina.
  • Los tiraderos clandestinos de residuos urbanos y de la construcción
  • El cambio de uso de suelo inmoderado
  • Las construcciones ilegales realizadas en su mayoría por asentamientos humanos Irregulares
  Este ultimo asunto es el que nos ocupa en el presente instrumento, ya que como mencionamos líneas arriba, la PAOT ha emitido resoluciones que en su conjunto constituyen un estudio serio y comprometido que nos indica que las distintas autoridades involucradas, tales como la mayoría de las Delegaciones, la SMA, la SEDUVI y el INVEA, cuando menos en 11 de aquellas,  tienen pendiente la realización de acciones concretas tendientes a evitar daños a personas y sus bienes, así como para retirar asentamientos irregulares.   A continuación se mencionan los casos particulares:  
  • Expediente PAOT-2010-1120-SOT-710 Y ACUMULADOS. Resolución del 30 de septiembre de 2011.
En la resolución se menciona que tanto la Delegación Xochimilco, la SMA y el INVEA, deben iniciar acciones y procedimientos administrativos necesarios para retirar los asentamientos que contravengan la normatividad aplicable en suelo de conservación.  
  • Expediente PAOT-2010-888-SOT-519 Y ACUMULADOS. Resolución del 30 de septiembre de 2011
En la resolución se menciona que tanto la Delegación Tlalpan, la SMA y el INVEA, deben iniciar acciones y procedimientos administrativos necesarios para retirar los asentamientos que contravengan la normatividad aplicable en suelo de conservación.  
  • Expediente PAOT-2010-10-33-SOT-23 Y ACUMULADOS. Resolución del 30 de septiembre de 2011.
En la resolución se menciona que tanto la Delegación Iztapalapa, la SMA y el INVEA, deben iniciar acciones y procedimientos administrativos necesarios para retirar los asentamientos que contravengan la normatividad aplicable en suelo de conservación y la específica para Áreas Naturales Protegidas  
  • Expediente PAOT-2010-660-SOT-301 Y ACUMULADOS. Resolución del 30 de septiembre de 2011.
En la resolución se menciona que tanto la Delegación Tláhuac, la SMA y el INVEA, deben iniciar acciones y procedimientos administrativos necesarios para retirar los asentamientos que contravengan la normatividad aplicable en suelo de conservación. También que la SEDUVI debe reasignar la zonificación para que la zona involucrada recupere su estatus de suelo de conservación.
  • Expedientes PAOT-2010-10-130 AL 147-SOT-120 AL 135 Y ACUMULADOS: PAOT-2011-0110-SOT-49 AL 125-SOT-64. Resolución del 28 de octubre del 2011.
En la resolución se menciona que tanto la Delegación Gustavo A. Madero, la SMA y el INVEA, deben iniciar acciones y procedimientos administrativos necesarios para retirar los asentamientos que contravengan la normatividad aplicable en suelo de conservación, así como las obras de construcción que en esas zonas se realicen.  
  • Expediente POT-2A010-650-SOT-291. Resolución del 28 de octubre de 2011.
En la resolución se concluye que en la zona involucrada no existe un asentamiento humano. Sin embargo, concluye que corresponde a la SMA y a la Delegación La Magdalena Contreras, continuar vigilando para evitar que la zona sea ocupada con fines habitacionales, pues anteriormente dicha área en encontraba ocupada por uh asentamiento humano.  
  • Expediente PAOT-2010-1070-SOT-60 Y ACUMULADOS. Resolución del 29 de noviembre de 2011.
En la resolución se menciona que tanto la Delegación Cuajimalpa, la SMA y el INVEA, deben iniciar acciones y procedimientos administrativos necesarios para retirar los asentamientos que contravengan la normatividad aplicable en suelo de conservación, así como las obras de construcción que en esas zonas se han realizado y se realicen.  
  • Expediente PAOT-2010-10-19-SOT-9 Y ACUMULADOS. Resolución del 24 de noviembre de 2011
En la resolución se menciona que tanto la Delegación Álvaro Obregón, la SMA y el INVEA, deben iniciar acciones y procedimientos administrativos necesarios para retirar los asentamientos que contravengan la normatividad aplicable en suelo de conservación, así como las obras de construcción que en esas zonas se realicen. También que la SEDUVI debe aclarar si el asentamiento humano pertenece a esa Delegación o a La Magdalena Contreras.  
  • Expediente PAOT-2010-657-SOT-298 Y ACUMULADOS. Resolución del 29 de Noviembre de 2011.
En la resolución se menciona que tanto la Delegación Tláhuac, la SMA y el INVEA, deben iniciar acciones y procedimientos administrativos necesarios para retirar los asentamientos que contravengan la normatividad aplicable en suelo de conservación, así como las obras de construcción que en esas zonas se realicen.  
  • Expediente PAOT-2010-888-SOT-711 Y ACUMULADOS. Resolución del 16 de diciembre de 2011.
En la resolución se menciona que tanto la Delegación Xochimilco, la SMA y el INVEA, deben iniciar acciones y procedimientos administrativos necesarios para retirar los asentamientos que contravengan la normatividad aplicable en suelo de conservación, así como las obras de construcción que en esas zonas se realicen.  
  • Expediente PAOT-2010-642-SOT-283 Y ACUMULADOS. Resolución del 23 de enero de 2012.
En la resolución se menciona que tanto la Delegación La Magdalena Contreras, la SMA y el INVEA, deben iniciar acciones y procedimientos administrativos necesarios para retirar los asentamientos que contravengan la normatividad aplicable en suelo de conservación, así como las obras de construcción que en esas zonas se realicen.  
  • Expediente PAOT-2010-1122-SOT-712 Y ACUMULADOS. Resolución del 28 de febrero de 2012.
En la resolución se menciona que tanto la Delegación Xochimilco, la SMA y el INVEA, deben iniciar acciones y procedimientos administrativos necesarios para retirar los asentamientos que contravengan la normatividad aplicable en suelo de conservación, así como las obras de construcción que en esas zonas se realicen.   Como se puede apreciar, en prácticamente todos los casos (salvo el del expediente POT-2A010-650-SOT-291), se hace referencia a asentamientos humanos irregulares que se encuentran en suelo de conservación, mismos que afectan directamente a los servicios ambientales que se aportan a la Ciudad de México y a toda la zona Metropolitana del Valle de México.         Según información proporcionada por la misma PAOT, se pueden contabilizar 835 asentamientos humanos irregulares en suelo de conservación en todo el Distrito Federal, en los que se encuentran más de 50,000 viviendas que afectan a casi 3,000 hectáreas, y que cuentan con una antigüedad que varía entre los 6 y los 15 años en promedio.   Lo anterior es una clara muestra del deterioro que está sufriendo el suelo de conservación, no obstante que la PAOT ha evidenciado y hecho del conocimiento de las autoridades competentes las violaciones a la normatividad aplicable que las irregularidades en que han incurrido los asentamientos humanos que existen en el suelo de conservación del Distrito Federal. Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con:    

PUNTO DE ACUERDO

 

 

ÚNICO.- La Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita respetuosamente a los Jefes y Jefas Delegacionales en Tlalpan, Iztapalapa, Tláhuac, Gustavo A. Madero, Magdalena Contreras, Cuajimalpa, Álvaro Obregón y Xochimilco, así como al Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, a la Secretaria del Medio Ambiente y al Titular del Instituto de Verificación Administrativa, todos del Distrito Federal, den inmediato cumplimiento a las Resoluciones Administrativas emitidas con motivo de invasiones por asentamientos irregulares en suelo de conservación y áreas naturales protegidas, a saber:  
  • PAOT-2010-888-SOT-519 Y ACUMULADOS
  • PAOT-2010-888-SOT-711 Y ACUMULADOS
  • PAOT-2010-1120-SOT-710 Y ACUMULADOS
  • PAOT-2010-1122-SOT-712 Y ACUMULADOS
  • PAOT-2010-10-33-SOT-23 Y ACUMULADOS
  • PAOT-2010-1070-SOT-60 Y ACUMULADOS
  • PAOT-2010-10-130 AL 147-SOT-120 AL 135 Y ACUMULADOS: PAOT-2011-0110-SOT-49 AL 125-SOT-64
  • PAOT-2010-10-19-SOT-9 Y ACUMULADOS
  • PAOT-2010-650-SOT-291
 
  • PAOT-2010-642-SOT-283 Y ACUMULADOS
  • PAOT-2010-748-SOT-389
  • PAOT-2010-660-SOT-301 Y ACUMULADOS
  • PAOT-2010-657-SOT-298 Y ACUMULADOS
 

Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:            

       DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                    VICECOORDINADOR
Published in gaceta
Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 23 de enero de 2013

  Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente  PROPOSICION CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE ESTA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, SOLICITA A LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA,  A LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA Y AL INSTITUTO DE VERIFICACION ADMINISTRATIVA, TODAS DEL DISTRITO FEDERAL, PARA DE MANERA CONJUNTA E INMEDIATA SE INICIE UNA INVESTIGACION  Y REALICEN LOS OPERATIVOS NECESARIOS PARA DETENER LA POSIBLE COMISION DE LOS DELITOS DE LENOCINIO Y TRATA DE PERSONAS, RESPECTO DE LOS HECHOS QUE SE SUSCITAN EN LOS INMUEBLES QUE SE ENCUENTRAN UBICADOS DENTRO DEL PERIMETRO DE LA MERCED, CON LA FINALIDAD DE INHIBIR Y COMBATIR DICHOS DELITOS, EN CONTRA DE NIÑAS Y MUJERES, bajo la siguiente:    

EXPOSICION DE MOTIVOS

    Durante los últimos años, se ha observado un incremento de comercio sexual, ligado al trafico de personas con fines de explotación para la prostitución, junto a esta situación distintos fenómenos sociales como la drogadicción, procesos migratorios, precariedad económica y falta de alternativas vitales, están conduciendo a muchas personas al desarrollo de la prostitución como única alternativa para sobrevivir.   La prostitución es un sector oculto y clandestino que se desarrolla en distintos niveles y contextos, la prostitución no es el oficio más viejo del mundo, sino la forma de violencia mas antigua.   Lamentablemente, el Distrito Federal ocupa el  primer lugar en materia de violencia comunitaria contra las mujeres según los resultados de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en el Hogar, realizada por el INEGI y específicamente, la Zona de la Merced ha sido, y es, un espacio privilegiado para el comercio sexual.   Esta zona de permisibilidad sistémica, se ubica en un perímetro que comprende territorialmente a las Delegaciones Cuauhtémoc y Venustiano Carranza.   Diversos estudios realizados por instituciones de carácter académico y por organizaciones de la sociedad civil, constatan que en esta zona de la Ciudad de México se comenten sistemáticamente conductas que atentan contra los derechos y dignidad de las mujeres que son explotadas sexualmente.   Estudios recientes dan cuenta de cómo se ha ido incrementando la explotación sexual de menores de edad a través del llamado sexo servicio o prostitución. El radio donde se presenta esta práctica y en donde se detecta la presencia de menores de edad que son víctimas de la explotación sexual comprende áreas como la Plaza de la Soledad, las calles de San Simón a Corregidora, de Circunvalación a Roldán los Callejones de Manzanares, Santo tomas y Marfil, las calles de Topacio, Jesús María y  la Plaza Loreto entre otras.   En la  zona de la Merced, a toda hora del día se puede constatar la explotación de que son objeto mujeres, en muchos casos menores de edad, que ofrecen sus servicios sexuales, en las inmediaciones del las Calles citadas, mujeres que en muchos casos son sustraídas para fines de explotación sexual de sus lugares de origen, tanto del interior de la República, como del extranjero y en donde se presume se cometen los delitos de lenocinio y trata de personas.   Como su nombre lo indica el Callejón de Manzanares es un callejón que comunica las calles de Manzanares y Corregidora, esta ubicado  entre la calle de Roldán y Anillo de Circunvalación, a unos cuantos metros del Palacio Nacional, sede del Poder Ejecutivo Federal y el Zócalo de la Ciudad de México.   Para muchos la existencia del Callejón de Manzanares y la calle de Roldan pasa completamente desapercibida. Visto desde las calles de Manzanares y Corregidora el callejón pareciera ser la entrada a un estacionamiento o el patio de una vecindad. Muchos seguramente no se imaginan lo que ahí puede encontrarse.   En Manzanares y en la calle de Roldan, las mujeres hacen "pasarela". A lo largo de media cuadra ellas caminan por el callejón de un lado a otro. El cliente potencial se para alrededor de esta improvisada pasarela, en espera de que la victima pase a su lado.   Cuando la mujer pasa frente al cliente, este debe abordarla para hablarle y conocer los precios y las características del servicio.   Aun  y cuando el Gobierno de la ciudad a realizado acciones para combatir las redes de prostitución y trata de personas, estas no han sido suficientes, toda vez que en el segundo Callejón de Manzanares  ubicado en la Merced entre las calles de Roldán y Anillo de Circunvalación perteneciente a la Delegación Venustiano Carranza, decenas de mujeres y menores de edad, son ofrecidas sexualmente; obligadas a caminar en circulo hasta en tanto un cliente solicite sus servicios. Ello bajo la supervisión de los leones, quienes se han apropiado incluso de la vía pública, colocando lonas y abriendo bares para llamar a los transeúntes a observar y ofertarles el sexo servicio.   Estos hechos, han derivado en diversos operativos tanto en Hoteles como en Inmuebles particulares por parte del Gobierno del Distrito Federal, el 24 de julio de 2010 fue clausurado el local donde las sexo servidoras ofrecían sus servicios en el callejón de Santo Tomás. La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal lo clausuró pues se señalo que ese lugar se utilizaba para cometer los delitos de lenocinio y trata de personas y que durante más de 20 años operó sin contratiempos.   A pesar de que en mayo de 2011 la PGJDF logró ubicar y desmantelar a una banda de presuntos tratantes de mujeres que operaban en el lugar públicamente conocido como “La Pasarela”, inmueble ubicado en el número 11 del Segundo callejón de Manzanares, en la zona de la Merced en el centro de la ciudad,  lugar en donde se ejerce desde hace más de 42 años la prostitución, operativo que permitió rescatar a 62 mujeres víctimas de lenocinio y trata, entre ellas una menor de 13 años y se detuvieron a siete personas que fueron sometidas a arraigo, asegurando un predio con vías a la extinción de dominio, este lugar sigue  operando como un lugar donde tanto  jovencitas que difícilmente son mayores de edad, como mujeres maduras y experimentadas prestan sus servicios en ese lugar.   Lamentablemente, es una constante que en esta clase de operativos,  las redes de delincuencia se desplacen o se replieguen, como ha sucedido en una gran cantidad de casos en donde después de ciertos días las prácticas delincuenciales persisten.   La contundencia de las imágenes, evidencia que esta práctica que se realiza con flagrancia y desparpajo no ha desaparecido, la dimensión de estos sucesos sólo puede explicarse por la persuasión de la corrupción, la amenaza, el tamaño y el poder que la delincuencia organizada ha desarrollado ahí.   Ante ello, es necesario realizar acciones de participación conjunta y constante, interinstitucional, en donde diversas instancias de gobierno participen, desde sus responsabilidades, para desactivar las condiciones que permiten el franco desarrollo de esta práctica de trata y lenocinio.   Es por ello, que es urgente atender las posibles violaciones a los derechos humanos de estas mujeres y niñas que son explotadas sexualmente, por personas que atentan flagrantemente con la integridad física y psicoemocional de ellas, y evitar la comisión de los posibles delitos de trata de personas y lenocinio, por lo que se exhorta respetuosamente a la de Seguridad Secretaria Publica, a la Procuraduría General de Justicia y al Instituto de Verificación Administrativa, todas del Distrito Federal, a que investigue la posible comisión de los delitos de trata de personas y lenocinio y se realicen las acciones necesarias que permitan desarticular las redes de delincuencia que durante muchos años han operado en ese perímetro de la Merced, solicitando que dichas acciones se realicen de forma permanente hasta garantizar la erradicación total y plena de esta practica que ha dañado a la sociedad y principalmente a las niñas y mujeres de nuestra ciudad.   Con base a lo expuesto y fundado, me permito someter a la consideración de esta Asamblea Legislativa de Distrito Federal, el  siguiente:    

PUNTO DE ACUERDO

 

PRIMERO.- SE  SOLICITA  RESPETUOSAMENTE A LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA,  A LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA Y AL INSTITUTO DE VERIFICACION ADMINISTRATIVA, TODOS DEL DISTRITO FEDERAL, PARA DE MANERA CONJUNTA E INMEDIATA SE INICIE UNA INVESTIGACION  Y REALICEN LOS OPERATIVOS NECESARIOS PARA DETENER LA POSIBLE COMISION DE LOS DELITOS DE LENOCINIO Y TRATA DE PERSONAS, RESPECTO DE LOS HECHOS QUE SE SUSCITAN EN LOS INMUEBLES QUE SE ENCUENTRAN DENTRO DEL PERIMETRO DE LA MERCED UBICADA EN LAS DELEGACIONES CUAUHTEMOC Y VENUSTIANO CARRANZA,  CON LA FINALIDAD DE INHIBIR Y COMBATIR DICHOS DELITOS EN CONTRA DE NIÑAS Y MUJERES. SEGUNDO. SE SOLICITA RESPETUOSAMENTE A LAS DEPENDENCIAS SEÑALADAS EN EL PUNTO ANTERIOR, QUE LOS OPERATIVOS SE REALICEN DE MANERA ALEATORIA, SE LLEVEN A CABO EN DIFERENTES HORARIOS Y SE REALICE UNA VIGILANCIA  PERMANENTE DE CUANDO MENOS 180 DIAS O HASTA GARANTIZAR LA TOTAL EXTINCION DE DICHAS PRACTICAS EN ESE PERIMETRO DE LA ZONA DE LA MERCED Y EN SU CASO SE REALICEN LAS ACCIONES JURIDICAS NECESARIAS PARA ASEGURAR Y EJERCER LA EXTINCION DE DOMINIO SOBRE LOS INMUEBLES QUE SON UTILIZADOS PARA FINES ILICITOS. TERCERO. SE SOLICITA A LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PÚBLICA,  A LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA Y AL INSTITUTO DE VERIFICACION ADMINISTRATIVA, TODOS DEL DISTRITO FEDERAL, QUE UNA VEZ CONCLUIDO LOS OPERATIVOS A QUE SE REFIERE EL PUNTO PRIMERO DE LA PRESENTE PROPOSICION, INFORMEN DE MANERA DETALLADA Y POR ESCRITO A ESTA ASAMBLEA LEGISLATIVA, EL RESULTADO DE LOS MISMOS Y LAS ACCIONES REALIZADAS POR DICHAS DEPENDENCIAS.       Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:  

       DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                         VICECOORDINADOR
Published in gaceta
Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 23 de Enero de 2013.

  DIP. MARÍA ANGELINA HERNÁNDEZ SOLÍS. PRESIDENTA DE LA MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL P R E S E N T E     Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO SOBRE EL ACUIFERO DE LA DELEGACIÓN IZTAPALAPA, al tenor de la siguiente:    

EXPOSICION DE MOTIVOS

 

  Para el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México resulta de gran trascendencia la situación hídrica por la que atraviesa la Ciudad de México.   De manera responsable y puntual, el Partido Verde se ha pronunciado por revisar, analizar y diagnosticar la situación que rodea al agua en nuestra Ciudad frente a una problemática de escases y manejo crecientes. Además, hemos generado diversas propuestas abonando a las soluciones necesarias para dotar de agua potable a todos los habitantes y garantizar el saneamiento de las aguas una vez utilizadas, siempre atendiendo a los principios que la sustentabilidad establece.   El Valle de México utiliza, aproximadamente 72.5 m3 / s de agua, de los cuales, el 72% se extrae del subsuelo del Valle de México, 18% del Sistema Cutzamala, 8% del Lerma y 2% de manantiales y escurrimientos. De los 72.5 m3 / s, 10 m3 / s se utilizan para riego restando 62.5 m3 / s que se suministran a la red.         Originalmente, el Valle de México, ubicado a 2240 msnm, era una cuenca cerrada, que artificialmente fue abierta para evitar inundaciones. En este Valle, con una extensión de 9 600 km2 y una población cercana a los 18 millones de habitantes, se vive una problemática dual, caracterizada por la escases en temporada de estiaje y una peligrosa abundancia en la temporada de lluvia. Dadas las características de la cuenca que habitamos, ha sido un gran reto suministrar agua a los habitantes y otro de igual magnitud, desalojar las aguas pluviales y tratar las aguas residuales.   Nuestra ciudad enfrenta diversas problemáticas que sería muy complicado y extenso enmarcar en estas líneas, mismas que incluyen el abasto, el manejo y el saneamiento del agua.   En este contexto, diversos medios de comunicación dieron a conocer que el titular del Sistema de Aguas de la Ciudad de México había anunciado que se está trabajando en un manto del acuífero que se encuentra a casi dos mil metros de profundidad en la Delegación Iztapalapa.   Entre la información mencionada se destaca que la potencial nueva fuente de abastecimiento se localiza en las inmediaciones de la Central de Abasto y los estudios se iniciaron hace año y medio, durante la pasada administración de Marcelo Ebrard. También que para tener la certeza de que hay agua suficiente se requieren estudios que se llevarían al menos tres años, con un costo de poco más de 500 millones de pesos. Igualmente se dijo que la extracción del agua no generará hundimientos en la capital.   Los medios informativos hicieron mención de que el Sistema de Aguas capitalino ya ha sostenido reuniones con la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) y el Instituto de Geología de la UNAM para cuantificar el potencial real que podría alcanzar para los próximos 100 años. Igualmente se informó que los expertos esperaban un promedio de extracción de 40 litros por segundo, pero debido a su magnitud ahora estiman que se puedan bombear hasta 80 litros de agua por segundo.   Por otro lado, el presidente del Consejo Ciudadano de Desarrollo Sustentable A.C., Daniel Salazar Núñez, aseveró que el nuevo acuífero que anunció el Sistema de Aguas de la Ciudad de México, no resolverá el problema de desbasto de agua en el Distrito Federal. También en medios de información se indicó que habrá que esperar a que concluyan las pruebas químicas, biológicas y bacteriológicas para conocer la calidad del líquido y descartar que sea agua fósil, la cual se caracteriza por su alto contenido de manganeso, lo que dificultaría su potabilización.   Las notas relacionadas establecen que de ninguna manera se puede asegurar que habrá agua para los próximos 100 años. Tan sólo, se espera que para el 2025 sólo el 8 por ciento de los capitalinos reciba agua de buena calidad.   En el partido Verde consideramos que es una realidad que hemos sobreexplotado nuestros acuíferos. Dicha sobreexplotación no sólo afecta la disponibilidad del agua sino también afecta negativamente su calidad, por intrusión salina, aspiración de aguas de mala calidad provenientes de otros estratos o explotación de aguas subterráneas profundas contaminadas.   La sobreexplotación provoca hundimiento diferencial del terreno dañando con ello la infraestructura urbana, incrementando las fugas de agua de redes de suministro y de drenaje. Existen diversas cifras en este sentido, los especialistas coinciden en que se pierde entre un 30 y un 40 por ciento del agua en fugas que se suministra a la red.   A consecuencia de los hundimientos y la falta de pendiente, ha sido necesario construir y operar nuevas obras para lograr desalojar el agua que representan costosas inversiones y altos consumos energéticos.   Los costos necesarios para corregir las fallas y deterioros en los edificios y estructuras de la Ciudad derivados de los hundimientos son cada vez más altos y onerosos. Además, se han tenido que generar inversiones importantes para renivelar periódicamente las vías del Metro.   Los hundimientos han sido registrados y estudiados a lo largo de la historia. Se estima que la mayor velocidad de hundimiento se registró en el periodo 1950-1951 cuando se alcanzó entre 35 y 46 centímetros por año. Para el periodo 1987-1991 la velocidad se redujo a 9.2 cm  aunque demostró variaciones dependiendo de la zona de la Ciudad en cuestión.           La catedral metropolitana se ha hundido 12.5 metros desde el inicio de su construcción en el siglo XVI y el principal hundimiento de 7.5 se registró en el siglo XX.   Por lo anterior se concluye que los hundimientos tienen implicaciones ecológicas y económicas de relevancia, ya que tanto la infraestructura urbana como las capas de arcilla que recubren el valle, se encuentran en riesgo de sufrir fisuras.   Consideramos necesario hacer mención de todo esto ya que la información disponible sobre las obras en cuestión, es casi nula. En este sentido es preciso conocer la información a detalle sobre los antecedentes y los objetivos que se persiguen, para estar en oportunidad de coadyuvar como representantes populares en un tema de tal importancia para el desarrollo y la sustentabilidad de la Ciudad de México.     Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con    

PUNTO DE ACUERDO

 

ÚNICO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita al Titular del Sistema de Aguas de la Ciudad de México, remita a esta Soberanía  a la brevedad, un informe pormenorizado sobre el yacimiento de agua localizado en la Delegación Iztapalapa, así como de las obras que actualmente se están llevando a cabo, sus antecedentes, objetivos y políticas públicas relacionadas con el desarrollo y sustentabilidad de la Ciudad de México en materia de agua.     Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:            

       DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                       VICECOORDINADOR
Published in gaceta
Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO SOBRE EL PRESUPUESTO PARA DIVERSOS RUBROS RELACIONADOS CON EL MEDIO AMBIENTE Y LA PROTECCIÓN ECOLÓGICA, bajo la siguiente:  DIP. MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA P R E S E N T E   Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO SOBRE EL PRESUPUESTO PARA DIVERSOS RUBROS RELACIONADOS CON EL MEDIO AMBIENTE Y LA PROTECCIÓN ECOLÓGICA, bajo la siguiente:  

EXPOSICION DE MOTIVOS

 

En esta Propuesta el Grupo Parlamentario del Partido Verde solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta de esta Soberanía, recursos para ser destinados de la siguiente manera:  
  1. A las 16 Delegaciones Políticas se solicita un incremento de su techo presupuestal equivalente al 1% de su presupuesto actual, a fin de destinarlo a áreas verdes en suelo urbano, así como un incremento de su techo presupuestal equivalente al 2% de su presupuesto actual, a fin de que se destine a alumbrado público en vialidades y en paneles solares en edificios de su jurisdicción.
  2. Para suelo de conservación, a cargo de la Dirección General de Recursos Naturales de la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal, se solicita un incremento de su techo presupuestal equivalente a 68 millones de pesos.
  3. Para la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, presupuesto suficiente para la creación de una Subprocuraduría encargada de la protección a los animales.
  En el Distrito Federal, el 20 % de suelo urbano cuenta con algún tipo de cobertura vegetal (12,828 ha,) siendo únicamente el 7.8% de área verde pública, de la cual sólo alrededor del 35 % tiene algún tipo de manejo.   Las áreas verdes requieren de manejo y mantenimiento constante lo que significa erogación de recursos que en la mayoría de las ocasiones son insuficientes. Por esta razón, es necesario sumar esfuerzos, por ello, el Partido Verde, busca que en este presupuesto de Egresos del Ejercicio Fiscal 2013, se implemente el ingreso a las 16 Delegaciones del Distrito Federal, a fin de contar con los recursos suficientes para el mantenimiento de las áreas verdes en suelo urbano de su demarcación.   Esta Asamblea Legislativa, ha venido trabajando sobre el tema, en la V Legislatura, se aprobó ya una reforma fundamental para el mantenimiento, vigilancia, incremento y preservación de áreas verdes.   El día 3 de mayo del 2011, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el siguiente Decreto:  

LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL.

TÍTULO SEGUNDO

DE LAS AUTORIDADES AMBIENTALES

 

ARTÍCULO 9º. Corresponde a la Secretaría, además de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, el ejercicio de las siguientes atribuciones:   I a XXVIII…   XXIX. Ordenar la realización de visitas de inspección para verificar el cumplimiento de los preceptos de esta ley, su reglamento, normas aplicables en materia ambiental, ordenamiento ecológico del territorio, declaratorias de áreas naturales protegidas, programas de manejo, creación e incremento de áreas verdes en suelo urbano, las condicionantes que en materia de impacto y riesgo ambiental se impongan, así como todas las disposiciones legales aplicables al suelo de conservación;   XXX AL LII…   Artículo 10.- Corresponde a cada una de las delegaciones del Distrito Federal:   I. a III…   IV. Implementar acciones de conservación, restauración y vigilancia del equilibrio ecológico, así como la protección al ambiente desde las delegaciones: V. a VII…   VIII.- Las Delegaciones deberán etiquetar un porcentaje de su Presupuesto Anual que garantice el mantenimiento, la protección, la preservación, la vigilancia de las áreas verdes y barrancas de su demarcación. Las Delegaciones que tengan un porcentaje mayor al de 9 metros cuadrados de área verde por habitante, no deberán permitir por ningún motivo disminuirlo.   Las Delegaciones que no cuenten con 9 metros cuadrados de área verde por habitante, deberán incrementarlo buscando alcanzar este objetivo con alternativas para la creación de nuevas áreas verdes como son: azoteas verdes, barrancas, retiro de asfalto innecesario en explanadas, camellones, áreas verdes verticales, y jardineras en calles secundarias.  

CAPÍTULO II

ÁREAS VERDES

 

ARTÍCULO 87.- Para los efectos de esta Ley se consideran áreas verdes:   I a III…   IV. Zonas con cualquier cubierta vegetal en la vía pública; así como área o estructura con cualquier cubierta vegetal o tecnología ecológica instalada en azoteas de edificaciones.   V a IX…   Corresponde a las Delegaciones la construcción, rehabilitación, administración, preservación, protección, restauración, forestación, reforestación, fomento y vigilancia de las áreas verdes establecidas en las fracciones I a la V del párrafo anterior, y a la Secretaría el ejercicio de las acciones antes mencionadas cuando se trate de las áreas previstas en las fracciones VI a la IX siempre y cuando no estén ubicadas dentro de los límites administrativos de la zona urbana de los centros de población y poblados rurales de las delegaciones localizados en suelo de conservación, mismas que se consideren competencia de las delegaciones, así como cuando se trate de los recursos forestales, evitando su erosión y deterioro ecológico con el fin de mejorar el ambiente y la calidad de vida de toda persona en el Distrito Federal, de conformidad con los criterios, lineamientos y normatividad que para tal efecto expida la propia Secretaría.   Artículo 88 BIS 5.- Las autoridades locales del Distrito Federal, instalarán azoteas verdes en las edificaciones de que sean propietarios; para el caso de inmuebles catalogados por: el Instituto Nacional de Antropología e Historia, el Instituto Nacional de Bellas Artes y la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, deberán contar con la autorización correspondiente.   Las azoteas verdes se sujetaran a la normatividad que para tal efecto estipule la Secretaría.

 

TRANSITORIOS

  PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.   SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y para su mayor difusión en el Diario Oficial de la Federación.   Derivado de esta publicación es necesario que las delegaciones cuenten con el presupuesto necesario para dar cabal cumplimiento al Decreto en mención, así como coadyuvar a que las áreas verdes en zonas urbanas se mantengan o se incrementen según sea el caso, así como vigilar su preservación, ya que estas han adquirido una relevancia directamente proporcional al crecimiento de la población en las ciudades.   En la Ciudad de México, alrededor del 80 % de la población vive en medios urbanos, lo que significa, entre otros, un mayor consumo de recursos naturales, que trae consigo diversas consecuencias adversas, ambientales, sociales y económicas.   Que por dicho motivo existe un descontento por parte de los ciudadanos que desean una mejor calidad de vida y les preocupa que no se repongan estos espacios y que en la planeación urbana no se contemple a la vegetación con todos sus beneficios ambientales y sociales. Ante esta situación, es cada vez más urgente determinar mejores estrategias para amortiguar este deterioro, en aras de la sustentabilidad de la Ciudad de México y el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes. Las áreas verdes son indispensables por los múltiples servicios ambientales y sociales que brindan, como son:  
  • La captación de agua pluvial hacia los mantos acuíferos;
  • La generación de oxígeno;
  • La disminución de los niveles de contaminantes en el aire;
  • La disminución de los efectos de las llamadas “islas de calor”;
  • El amortiguamiento de los niveles de ruido;
  • La disminución de la erosión del suelo;
  • Además de representar sitios de refugio, protección y alimentación de fauna silvestre;
  De acuerdo con datos obtenidos del último Inventario de Áreas Verdes elaborado por la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal, solo el 20.4% del suelo urbano esta cubierto por áreas verdes públicas y privadas, de esta superficie el 55.9% son zonas arboladas, el resto son zonas de pastos y/o arbustos. De este porcentaje global para el 4.5% corresponden a la delegación Benito Juárez, que es una Delegación con  superficie pequeña y con alta población y por otro lado Álvaro Obregón cuenta con el 40.2% de áreas verdes, debido a que en ella se ubica la mayor parte de las zonas de barranca en suelo urbano.   De acuerdo con el Inventario de Áreas Verdes, otras delegaciones con bajos porcentajes de superficie de áreas verdes son: Cuauhtemoc, Iztacalco, Tláhuac, Azcapotzalco, Magdalena Contreras, Venustiano Carranza e Iztapalapa, todas por debajo del promedio para el Distrito Federal y muy por encima, están Coyoacán, Cuajimalpa, Tlalpan y Xochimilco.   En virtud de que la Ley Ambiental del Distrito Federal, considera de utilidad publica, el establecimiento, protección, preservación, restauración y mejoramiento de las áreas verdes, y que la ley citada, establece como autoridades ambientales a los Jefes Delegacionales del Distrito Federal, se hace necesario dotar de presupuesto a las Delegaciones Políticas de esta Ciudad de México, para que en concordancia con las facultades otorgadas a estos órganos político administrativos en la materia, implementen acciones de  preservación y restauración del equilibrio ecológico.   Así como la protección al ambiente desde su demarcación territorial, de conformidad con la normatividad ambiental, y que corresponda a estas la construcción, rehabilitación, administración, preservación, protección, restauración y fomento de las áreas verdes.   El Artículo 87 de la Ley Ambiental determina que son facultades que corresponden a las Delegaciones la construcción, rehabilitación, administración, preservación, protección, restauración, forestación, reforestación, y fomento de las áreas verdes con el fin de mejorar el ambiente y la calidad de vida de toda persona en el Distrito Federal, de conformidad con los criterios, lineamientos y normatividad que para tal efecto expida la propia Secretaría.   Para los efectos de esta Ley se consideran áreas verdes:   I. Parques y jardines;   II. Plazas jardinadas ó arboladas;   III. Jardineras;   IV. Zonas con cualquier cubierta vegetal en la vía pública; así como área o estructura con cualquier cubierta vegetal o tecnología ecológica instalada en azoteas de edificaciones.   V. Alamedas y arboledas;   Por ello, se solicitó por escrito a los titulares de cada órgano político administrativo, informaran si se ha logrado o cumplido con las reformas a la Ley Ambiental, publicadas el día 3 de mayo del 2011, esto se solicitó con fecha 17 de octubre del 2012 y mediante oficio número ALDF/VIL/CPMAPECC/011/12.   Obteniendo las siguientes respuestas:  
  1. La Delegación Venustiano Carranza, mediante oficio Núm. DGSU/DMUIA/JUDPCIA/380/2012 de fecha 29 de octubre del 2012, señala que con “respecto al programa de azoteas verdes le informo que es un proyecto que tenemos contemplado a realizar aproximadamente desde hace 6 años, el cual no se ha podido llevar a cabo por falta de recurso económico en nuestro presupuesto, pero de llegar a contar con el recurso comenzaremos a trabajar en dicho proyecto ya que es de suma importancia en la educación ambiental de esta Delegación.”
 
  1. La Delegación Cuajimalpa, mediante oficio Núm. DRNYAP/070/10/2012 de fecha 29 de octubre del 2012, nos informó que se “impuse recursos presupuestarios para los mantenimiento. Protección, preservación y vigilancia de las áreas verdes y barrancas de esta demarcación delegacional, particularmente de azoteas verdes en los inmuebles delegacionales.” Asimismo, se anexo el documento donde nos informa de un Proyecto de recuperación en barrancas, el cual se anexa, toda vez que solicita como adición a su presupuesto delegacional el 1%. Ya que esta nos señala la siguiente PROBLEMÁTICA:
  La problemática que presenta la Delegación Cuajimalpa, puede resumirse en los siguientes aspectos:  
  • Fugas en tanques de almacenamiento, líneas de conducción, red primaria y secundaria y tomas domiciliarias.
  • Asentamientos humanos irregulares en suelo de conservación.
  • Deforestación.
  • Baja presión, principalmente en las colonias más cercanas a los tanques de almacenamiento.
  • Tandeos, tanto permanentes como intermitentes en algunas colonias que dependen de fuentes de captación “Manantiales del Desierto de los Leones”.
  • Rezago en la dotación de los servicios de agua potable que afectan principalmente a las zonas de asentamientos irregulares.
  • Incremento de la demanda por el crecimiento poblacional.
  • La atención de esta problemática requiere la elaboración de un Plan estratégico para el aprovechamiento de los beneficios ambientales del suelo de conservación en la Delegación Cuajimalpa, cuya misión será promover el cuidado del medio ambiente.
      MONTO DEL PROYECTO  

FEDERAL

 

DF

DELEGACIÓN

Total Aprox.

 

0.00

1% adicional del total del presupuesto asignado por el Gobierno del DF a la Delegegación Cuajimalpa de Morelos.

0.00

$8,000,000.00

  METAS O INDICADORES.   La delegación considera este un proyecto estratégico de largo alcance regional ya que el rescate de barrancas en la delegación evitará los asentamientos humanos irregulares y la recuperación de la superficie verde de la delegación.  
  • Valoración de los recursos naturales de la zona, como las especies de flora endémica.
  • Respeto y cuidado del medio ambiente.
  • Aprovechamiento racional de los recursos naturales.
  • Demostración de valores de respeto  al medio ambiente.
  • Difusión y multiplicación de conocimientos de preservación y mejora del medio ambiente.
 
  1. La Delegación Cuauhtémoc, mediante oficio Núm. DDD/028/12 de fecha 13 de noviembre del 2012, nos señala las diversas actividades que desarrollan a fin de preservar lo establecido por la Ley Ambiental, por lo que es necesario “presupuesto para impulsar proyectos de agricultura urbana en azoteas verdes, espacios delegacionales y jardines públicos. En total se cuenta con 17 espacios con infraestructura para cultivo de hortalizas y plantas medicinales, en un medio organopónico e hidropónico. Para mantener esta infraestructura y ampliarla es necesario acceder a recursos adicionales, se tiene contemplado establecer un proyecto por colonia en el próximo año, así como muros y azotea verde en el Edificio Delegacional y las seis Direcciones Territoriales.
 
  1. Por otro lado se cuenta con un espacio de Educación Ambiental conocido como “Huerto de las Niñas y los Niños”, el cual se proyecta fortalecer y ampliarlo a dos sedes adicionales que integran el “Centro de Educación Ambiental y de Herramientas para la Economía Verde.” Para ello también se requiere presupuestar recursos a fin de dotarlo de infraestructura adecuada para favorecer el desarrollo local sustentable de los vecinos de la Delegación Cuauhtémoc.
 
  1. Asimismo, la Delegación Miguel Hidalgo detallo las diversas actividades que en materia de conservación y restauración y vigilancia se realizan en su Demarcación.
 
  1. La Delegación Tlalpan, tiene dos Parques Ecológicos denominados Loreto y Peña Pobre y Tepozán Huehuecalli los cuales necesitan ser preservados a fin de brindar a los ciudadanos espacios de esparcimiento y recreación cultural, como de bienestar y un derecho a un medio ambiente sano.
  Considerando que es de importancia que las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública y de Hacienda, aprueben la propuesta de asignar el 1 % del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2013, para incrementar así, los recursos determinados que cada Delegación Política del Distrito Federal tiene destinados, para aplicarlo en la Preservación, Conservación, Mantenimiento y Creación de Áreas Verdes en Suelo Urbano.   Considerando que de rechazar este presupuesto solicitado, se debe de obtener el 1% del presupuesto solicitado para este rubro del Presupuesto Participativo, que es de alrededor del 3% para cada una de las 16 Delegaciones del Distrito Federal, a fin de utilizarlo en Áreas Verdes en Suelo Urbano.   Esta inversión permitirá dar un mantenimiento básico anual que contempla la adquisición de insumos, servicios de riego y contratación y capacitación de personal entre otras.   Actualmente, cada delegación destina menos del 1% de su presupuesto anual para el cuidado y protección de las áreas verdes.   Para proteger las áreas verdes de la ciudad de México y comprometer a las autoridades delegacionales a destinarles los recursos necesarios para su mantenimiento, se lanza la campaña “1% por las áreas verdes de la ciudad de México” a través de la Organización Nacional Ecosmedia. [1]   A pesar de que el Gobierno del Distrito Federal señala como uno de sus objetivos estratégicos el cuidado e incremento de áreas verdes en la ciudad, en realidad éstas van a la baja debido al bajo mantenimiento que se les da durante el año a nivel delegacional, a la presión inmobiliaria y a las obras públicas de transporte. De acuerdo a datos de la Procuraduría Ambiental y Ordenamiento Territorial, la extensión de las áreas verdes se ha reducido en los últimos años en unas 50 mil hectáreas.   Además, debido a que el Plan Verde de la Secretaria de Medio Ambiente [2] no es un programa vinculante, cada delegación política tiene plena libertad para destinar recursos financieros al mantenimiento y conservación de espacios naturales.   Esta libertad en el ejercicio de gestión local se ve reflejada en una asignación presupuestal al parecer aleatoria para medio cuidar las áreas verdes.   El establecimiento de Planes Verdes delegacionales constituye una estrategia para que los 16 órganos político - administrativos que conforman el Distrito Federal, cuenten con un instrumento ambiental que ordene y sistematice las acciones en materia ambiental más relevantes que se llevan a cabo, con una visión de mediano plazo y una estructura que facilita la participación intersectorial.   Dichos planes, permiten contar con un instrumento que suministra información valiosa para la toma de decisiones. [3]   Asimismo, están en concordancia con el Plan Verde de la Ciudad de México, lo que coadyuva a la coordinación de esfuerzos, recursos y responsabilidades para orientar a la ciudad hacia la sustentabilidad de su desarrollo.   En un análisis de asignación presupuestal para el mantenimiento de áreas verdes por delegación, (con datos obtenidos mediante la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal), se constató que la mayoría de las delegaciones invierten menos del uno por ciento de su presupuesto anual, cifra insuficiente para el cuidado integral de áreas verdes que incluye además de mantenimiento general (poda, limpieza, riego y cajeteo), la intervención en al menos dos ocasiones al año.   Incluso, existen casos como Cuajimalpa, con 36.8% de superficie verde, que en 2010 autorizó un total $237,500.00 pesos para el mantenimiento de áreas verdes, es decir, el 0.03% de su presupuesto total anual, o bien, Azcapotzalco, de las delegaciones con menor número de áreas verdes cuya inversión representa el 0.01% de su presupuesto.   Asignación de recursos por delegación al mantenimiento de áreas verdes 2010.  
DELEGACIÓN PRESUPUESTO EJERCIDO 2010 (mdp) INVERSIÓN EN A.V. 2010mdp) % INVER. A.V. OBSERVACIONES
Álvaro Obregón 1,548,875,837 4,600,200 0.29 Mantenimiento a 26 parques, 29 jardines y camellones
Azcapotzalco 1,063,143,185 2,000,046 0.01 -Rehabilitación y mantenimiento en aprox. 14 parques y jardines.-En 2007, obtuvieron recursos por compensación de daño ecológico en la construcción del ferrocarril Suburbano de la ZMVM (1,500 mdp). Con ello rehabilitaron camellones en Av. Camarones. -En 2009 por parte de la SOS se creó el Parque Azkatl Paqui (45 mdp),
Benito Juárez 1,063,143,185 3,780,823 0.35 - Mantenimiento a 24 parques, 26 camellones, 16 glorietas, un panteón, entre otros. En 2009 se rescató el Parque José María Olloqui (4mdp).
Coyoacán 1,370,347,047 29,020,994 2.11 Inversión 2009 sólo para la rehabilitación de la Plaza Hidalgo, Jardín Centenario y Bazar Artesanal Mexicano.
Cuajimalpa 696,360,681 237,500 0.03 Mantenimiento a áreas verdes y deportivos, aprox. 8 parques y 4 deportivos. La cifras no concuerdan
Cuauhtémoc 1,9507,396,513 996,188 0.05 Mantenimiento, aprox. 15 parques y jardines, 12 plazas y 5 camellones.
GAM 2,537,735,296 6,601,205 0.26 Rescate y rehabilitación, aprox. 5 parques, 8 deportivos, se creó una plaza (Hong Kong) y un kiosco digital en parque de Los Animales. .
Iztacalco 1,056,286,331 2,288,242 0.21 Mantenimiento a 31 espacios públicos, aprox. 16 parques. Sólo se aplico pintura y mallas ciclónicas. Para 2010 mantenimiento a 800m2.
Iztapalapa 2,944,095,737 1,106,637 0.03 Mantenimiento a 3 parques: Cri-Cri, Jardín Central de Sta. Cruz Meyehualco y otros jardines de la misma zona. Creación de los parques temáticos San Miguel Teotongo y El Salado. En 2010 no se contabilizó el monto asignado a la rehabilitación y reforestación del Cerro de la Estrella (6, 135,715 mdp).
Magdalena Contreras 691,397,849 12,386,066 1.79 En 2009 fue para rehabilitación de plazas cívicas, en 2010 la delegación específica que no invirtió en parques y solo 261 mil pesos fueron para poda.
Miguel Hidalgo 1,341,697,936 9,000,000 0.67 Mantenimiento a aproximadamente 30 parques y jardines. En 2010 se adjudicaron directamente por la ALDF $6,381,989 mdp
Milpa Alta 725,266,812 3,764,687 0.51 No se solicitaron datos para 2009 puesto que gran parte de su suelo es de conservación.
Tláhuac 924,019,300 2,371,767 0.25 Mantenimiento a aprox. 10 parques y más de 20 camellones y jardines. Para 2010 la Dir. de Rec. Financieros reportó una adjudicación de $28, 018,106 mdp, a la Dir. Gral. Ser. Urbanos, de ahí lo señalado en la tabla es para AV.
Tlalpan 1,417,783,681 10,901,111 0.76 Mantenimiento a aprox. 92 espacios verdes,
Venustiano Carranza 1.454,692,124 2,600,000 0.17 Rescate y construcción de 10 plazas cívicas con áreas verdes y juegos infantiles. Para 2010 el monto para poda fue de $779,951.00
Xochimilco 1,109,025,291 6,966,120 0.62 Datos de 2009 no entregados.
TOTAL                  21,896,302,392.00
Fuente: Elaboración de la Organización Nacional EcosMedia  a partir de información brindada por cada delegación a través del Instituto de Acceso a la Información Pública del Distrito Federal. El mantenimiento a las áreas verdes se incluye en la clave presupuestal 03 25 07 (Administración e infraestructura urbana que incluye mantenimiento y poda a las áreas verdes)   Con esta reformas la V Legislatura demostró interés en áreas verdes en suelo urbano, por lo tanto en esta VI Legislatura queremos que las 16 Delegaciones cuenten con presupuesto para hacer cumplir la legislación, así como Mantener, Preservar, Restaurar y de ser posible incrementar Áreas Verdes en Suelo Urbano, a fin de obtener Servicios Ambientales.   Por lo que el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México pedimos incrementó del presupuesto para que puedan realizar cada una de estas propuestas señaladas.   Otra reforma sustentable fue la de Paneles Solares, publicada el día 29 de noviembre del 2010, referente a que, y toda vez que no cuentan con presupuesto, las Dependencias instalen algún tipo de tecnología solar, a fin de reducir el uso de energía y la emisión de gases de efecto invernadero. Por lo que es necesario asignar a las Delegaciones otra partida presupuestaria, a fin de cumplir con esta instalación de paneles y empezar en los edificios públicos. A continuación se cita el Decreto en comento.  

 

 

LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL

 

CAPITULO VIII

Aprovechamiento de los Recursos Energéticos

  ARTICULO 122 BIS.- Las Dependencias, delegaciones, órganos desconcentrados, entidades, órganos autónomos y órganos de gobierno del Distrito Federal, deberán en la medida de sus posibilidades presupuestarias, instalar algún tipo de tecnología solar, a fin de reducir el uso de energía y la emisión de gases de efecto invernadero.  

TRANSITORIOS

 

PRIMERO.- El presente decreto entrará en vigor en enero del 2012, después de su publicación en la Gaceta Oficial para el Distrito Federal.   SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y para su mayor difusión en el Diario Oficial de la Federación.   Finalmente, es necesario que las Delegaciones cumplan con el Decreto de fecha 27 de diciembre del 2010, referente a ahorro de energía en alumbrado público, el cual señala lo siguiente:  

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DEL DISTRITO FEDERAL

CAPÍTULO III

DE LOS ÓRGANOS POLÍTICO ADMINISTRATIVOS DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES Y

DEMÁS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS

  Artículo 27.- A la Secretaría de Obras y Servicios corresponde el despacho de las materias relativas a la normatividad de obras públicas y servicios urbanos; la construcción y operación hidráulica; los proyectos y construcción de las obras del Sistema de Transporte Colectivo; los proyectos y construcción de obras públicas, así como proponer la política de tarifas y prestar el servicio de agua potable.   Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:   I. Planear, organizar, normar y controlar la prestación de los servicios públicos de su competencia, así como la planeación y ejecución de obras y servicios públicos de impacto en más de una demarcación territorial o de alta especialidad técnica, de acuerdo con las clasificaciones que se hagan en las disposiciones aplicables, para lo cual se deberán considerar criterios ambientales que garanticen un desarrollo sustentable. …   Artículo 39.- Corresponde a los Titulares de los Órganos Político-Administrativos de cada demarcación territorial: I a la XXXI...   XXXII. Prestar el servicio de alumbrado público en las vialidades, observando criterios ambientales en materia de sistemas de ahorro de energía y aprovechamiento de energías renovables,  y mantener sus instalaciones en buen estado y funcionamiento, de conformidad con la normatividad que al efecto expida la Dependencia competente;

LEY DEL RÉGIMEN PATRIMONIAL Y DEL SERVICIO PÚBLICO

TÍTULO PRIMERO

DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

CAPÍTULO I

Artículo 128 BIS.- En la prestación de servicios públicos, se tomaran en consideración criterios ambientales, que permitan un desarrollo sustentable, procurando tecnologías y sistemas sustentables.  

LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL

TITULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 5.- Para los efectos de esta Ley, se estará a las definiciones de conceptos que se contienen en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley de Aguas nacionales, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal y la Ley de Aguas del Distrito Federal, así como las siguientes:   AGUAS RESIDUALES…   ALUMBRADO PÚBLICO.- Servicio público consistente en la iluminación de las vías públicas, parques públicos, y demás espacios de libre circulación que no se encuentren a cargo de ninguna persona física o moral, con el objeto de proporcionar la visibilidad adecuada para el normal desarrollo de las actividades y seguridad de los habitantes de la Ciudad.   AMBIENTE…   APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE LA ENERGÍA.- El aprovechamiento óptimo y eficiente de la energía. … EMISIONES CONTAMINANTES…   ENERGÍA SOLAR.- Radiación electromagnética emitida por el sol.

TÍTULO SEGUNDO

DE LAS AUTORIDADES AMBIENTALES

  Artículo 9º. Corresponde a la Secretaría, además de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, el ejercicio de las siguientes atribuciones:   I a la XXXIX…   XL. Promover el uso de fuentes de energías alternas, de igual forma que sistemas y equipos para prevenir o minimizar las emisiones contaminantes en los vehículos en los que se preste el servicio público local de transporte de pasajeros o carga en el Distrito Federal, así como fomentar su uso en los demás automotores.   En concordancia con lo establecido en el artículo 10 fracción VI de la presente Ley, referente al servicio de alumbrado público, supervisar el cumplimiento de la citada disposición, así como, realizar las pruebas suficientes a los sistemas de ahorro de energía de tecnologías existentes, nuevas ó tecnologías que permitan el aprovechamiento de energía solar, para verificar que generen un aprovechamiento sustentable de la energía.   Artículo 10. Corresponde a cada una de las delegaciones del Distrito Federal: I a V…   VI. Establecer de forma gradual en el total de mobiliario destinado al servicio de alumbrado público de su demarcación, sistemas de ahorro de energía con tecnologías existentes ó nuevas que permitan el aprovechamiento de energía solar.   Para tal efecto, las delegaciones deberán destinar, en la medida de sus posibilidades, una parte de su presupuesto para dar exacto cumplimiento a lo anterior. La Secretaría en el ámbito de sus atribuciones, supervisará y verificará que las demarcaciones cumplan dicha disposición.   VII a la VIII.

 

TRANSITORIOS

  PRIMERO. El presente decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.   SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y para su mayor difusión en el Diario Oficial de la Federación.   TERCERO.- Para el cumplimiento de lo dispuesto en la fracción VI del artículo 10 de la Ley Ambiental del Distrito Federal, esta Asamblea Legislativa sujeto a disponibilidad presupuestal, deberá incluir en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal del Ejercicio Fiscal inmediato a la aprobación de la presente reforma, una partida especial para que las delegaciones políticas cumplan con las disposiciones relativas al establecimiento de sistemas de ahorro de energía ó tecnologías que permitan el aprovechamiento de la energía solar, en mobiliario destinado al servicio de alumbrado público.   Cada año, sujeto a disponibilidad presupuestal se deberá asignar una partida especial en el Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, para el establecimiento de sistemas de ahorro de energía ó tecnologías que aprovechen la energía solar, a que se refiere la fracción VI del artículo 10 de la presente reforma en la Ley Ambiental del Distrito Federal.   Durante el primer año, cuando haya presupuesto asignado, las demarcaciones procurarán cambiar el 15 por ciento del mobiliario por sistemas de ahorro de energía ó tecnologías que permitan el aprovechamiento de la energía solar; asimismo, tendrán que cambiar anualmente el 10 por ciento de su mobiliario hasta llegar sucesivamente a la totalidad en la demarcación.   Las Delegaciones presentaran con 6 meses de anticipación en coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente estos programas a su aprobación.   Derivado, de esta reforma se solicitó a las 16 Delegaciones mediante oficio Núm. ALDF/VIL/015/12 de de fecha 29 de octubre del 2012, nos informaran si se esta cumpliendo con la instalación de ahorro de luminarias en vía pública, obteniendo como respuesta la siguiente:  
  • Con fecha 13 de noviembre del 2012, mediante oficio Núm. DGSU/114/2012 la Delegación Azcapotzalco nos informó que de los Ejercicios 2011 y 2012, son de mantenimiento correctivo de la infraestructura existente. Debido a limitaciones presupuestales, no se han concretado proyectos para implementar las tecnologías que utilicen energías renovables. Por lo que agradeceré se contemple en el Presupuesto de egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2013, un partida especial a efecto, de lograr el cambio de alumbrado público que tiene la delegación por uno ahorrador.
  • Con fecha 15 de noviembre del 2012, mediante oficio Núm. JD/057/2012, la Delegación Milpa Alta nos informa que ha realizado acciones como remodelar el alumbrado del Boulevard José López Portillo en San Antonio Técomitl, el de Boulevard Niños Héroes en San Pedro, y el de Nuevo León en Villa Milpa Alta, por lo que se redujo un consumo de 24,800 watts de energía eléctrica y se mejoro significativamente el nivel de iluminación de las diferentes vialidades, por lo que la infraestructura del alumbrado público en Milpa es de bajo consumo eléctrico. Por lo que tiene considerado adquirir luminarias con energía solar para el libramiento de San Pedro Atocpan.
  • Con fecha 23 de noviembre del presente año, mediante oficio No. DT/SP/CG/575/12, la Delegación Tlalpan nos informa que la Dirección de Imagen y Conservación Urbana, que de acuerdo a lo establecido en la Gaceta Oficial de fecha 18 de noviembre del 2010, se deberán sustituir 3,500 luminarias anuales, por lo tanto para regularizar la situación de la Delegación, el próximo año se deberán programar 10,500 sustituciones, lo que darían un monto aproximado de $14,500,000.00 pesos (catorce millones quinientos mil pesos 00/100 M. N.)
  • Finalmente, la Delegación Cuajimalpa de Morelos nos envío la propuesta de su proyecto a fin de implementar un programa de eficiencia energética en alumbrado público en la Delegación para contribuir en la reducción de Gases de Efecto Invernadero como parte de las acciones ante el Cambio Climático, que lleva a cabo el Distrito Federal y con el apoyo de recursos del Presupuesto del Gobierno del Distrito Federal. Se solicita participar con el 2% adicional del presupuesto total asignado a la Delegación Cuajimalpa de Morelos para poder implementar un programa de manejo y conservación en Áreas Verdes de la demarcación.
  Con estas tres reformas la V Legislatura demostró interés en áreas verdes en suelo urbano, paneles solares y ahorro de energía en alumbrado público, por lo tanto en esta VI Legislatura queremos que las 16 Delegaciones cuenten con presupuesto para hacer cumplir la legislación, así que pedimos incremento del presupuesto para que puedan realizar cada una de estas propuestas señaladas.   Con respecto al Punto Dos de esta propuesta, referente ha solicitar presupuesto para la Comisión de Recursos Naturales (CORENA,) área dependiente de la Secretaría del Medio Ambiente, quien aplica programas dirigidos a regular, promover, fomentar, coordinar y ejecutar estudios y acciones en materia de protección, desarrollo, restauración y conservación de los ecosistemas.   Asimismo, trabaja por la vegetación natural o inducida, restauración y conservación del suelo, agua y otros recursos naturales en el suelo de conservación y áreas naturales protegidas del Distrito Federal, de acuerdo a lo establecido en la Gaceta Oficial del Distrito Federal 28/02/2007 art. 56 Ter.   El territorio del Distrito Federal se divide en suelo urbano y en suelo de conservación, las delegaciones que cuentan con suelo urbano son 7: Azcapotzalco, Benito Juárez, Coyoacán, Cuauhtémoc, Miguel Hidalgo y Venustiano Carranza;  por otro lado las delegaciones que cuentan con suelo de conservación son 9: Álvaro Obregón, Cuajimalpa, Gustavo A. Madero, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Milpa Alta, Tlalpan, Tláhuac y Xochimilco.   El Suelo de Conservación constituye el patrimonio natural del cual depende la sobrevivencia y bienestar de las generaciones futuras del Distrito Federal, ya que esta zona proporciona bienes y servicios ambientales que permiten la viabilidad de la Ciudad, entre los que se encuentran: la captación e infiltración de agua al manto acuífero, la regulación del clima, el mejoramiento de la calidad del aire, hábitat para la biodiversidad, oportunidades para la educación, investigación y recreación, producción de alimentos y materias primas, entre otros.   Para su conformidad y para brindar un mejor servicio a la comunidad, la CORENA cuenta con cuatro Centros Regionales, localizados en puntos estratégicos dentro del Suelo de Conservación del D. F., para atender y ejecutan las labores de la institución.  

Regional # 1

Regional # 2

Regional # 3

Regional # 4

 

Magdalena Contreras, Cuajimalpa de Morelos, y

Álvaro Obregón

 

Tlalpan

 

Tláhuac

Milpa Alta

 

Xochimilco

 

  Esta comisión está encargada de la protección, restauración, conservación y el mejoramiento de los recursos naturales, mediante el diseño y la aplicación de instrumentos de política ambiental, que respetan el ordenamiento ecológico para los mejores usos del suelo y las actividades productivas que realizan en el suelo de conservación del Distrito Federal.   La Comisión de Recursos Naturales esta integrada por:
  • Dirección General de Recursos Naturales
  • Dirección de Centros Regionales
  • Dirección de Conservación y Restauración de los Recursos Naturales
  De acuerdo al reglamento interior de la Administración Pública del Distrito Federal la Dirección General de Recursos Naturales tiene dentro de sus facultades:  
  • Regular, promover, fomentar, coordinar y ejecutar estudios y acciones en materia de protección, desarrollo, restauración y conservación de los ecosistemas, la vegetación natural o inducida en restauración y conservación del suelo, agua y otros recursos naturales en el suelo de conservación y áreas naturales protegidas;
  • Realizar los estudios para que la Secretaria de Medio Ambiente proponga al Jefe de Gobierno la creación y modificación  de áreas naturales protegidas del Distrito Federal, no reservadas a la Federación, así como llevar a cabo su administración y manejo;
  • Promover y coordinar la participación de las instituciones científicas y académicas, así como de los sectores sociales y privado, en la realización de estudios y programas para la restauración ecológica, la protección el fomento y manejo de los ecosistemas  en suelo de conservación y las áreas naturales protegidas del Distrito Federal.
  Asimismo, CORENA a través de la Dirección de Centros Regionales, coordina y planea la ejecución de acciones tendientes al fomento, desarrollo y conservación de los recursos naturales en el Suelo de Conservación Ecológica del Distrito Federal.  
  • Coordinar campañas de divulgación para fomentar la cultura de protección y restauración de los recursos naturales;
  • Establecer convenios y acuerdos con autoridades comunales, ejidales, grupos y asociaciones civiles, para el mantenimiento y conservación de los recursos naturales;
  • Establecer acciones en coordinación con la Dirección General de Zoológicos y Vida Silvestre tendientes a la organización campesina para la protección y conservación de la fauna silvestre;
  • Determinar la participación de instituciones científicas, académicas y gubernamentales en la realización de estudios y programas para la restauración ecológica, protección y manejo de los recursos naturales en el Suelo de Conservación del Distrito Federal;
  • Coordinar los Programas de prevención, control y combate de incendios forestales, forestación, reforestación y cultivo de plantaciones forestales.
  Por otra parte la Dirección de Conservación y Restauración de los Recursos Naturales tiene dentro de su cargo dar solución a los Incendios Reforéstales, Reforestación Rural, Sanidad Forestal y Ordenamiento Ganadero.   Dicho lo anterior por recursos Naturales entendemos que son espacios físicos, donde los ecosistemas naturales no han sido significativamente alterados y que requieren ser preservados y/o restaurados por su importancia ambiental, biológica y ecológica, dando mayor relevancia a la recarga del acuífero y a la preservación de la biodiversidad.   Son áreas a las que les ha asignado un estatus de protección legal, con la finalidad de proteger la riqueza natural de Distrito Federal, así como los procesos ecológicos que brindan numerosos servicios ambientales a los habitantes de la Ciudad.   Dentro de su misión de esta Dirección es proteger la riqueza natural de Distrito Federal, así como los procesos ecológicos que brindan numerosos servicios ambientales a los habitantes de la Ciudad, a través de las Áreas Naturales Protegidas, para ello establece como objetivos:  
  • Proteger los Ecosistemas Naturales.
  • Preservar la flora y fauna silvestres.
  • Impulsar el Desarrollo Sustentable.
  • Apoyar las actividades de investigación científica, capacitación, difusión y educación ambiental.
  • Establecer mecanismos de restauración ecológica en aquellos sitios que lo requieran.
  • Garantizar la continuidad de los bienes y servicios ambientales, principalmente la recarga del acuífero.
  La COMISION DE RECURSOS NATURALES perteneciente a la Secretaría del Medio Ambiente, realiza sus  actividades con recursos provenientes de Recursos Fiscales, Fondo Ambiental Público (FAP) y del Ramo 16 del Presupuesto Federal.   Derivado de tan importantes objetivos y de que CORENA ejerce con ingresos del FAP y del Ramo 16, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, solicita a las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuanta Pública y de Hacienda un presupuesto adicional al techo presupuestal 2013, del orden de 68 millones adicionales. Siendo el recurso adicional distribuido en los siguientes rubros:  
  • 16 millones para la elaboración de los Planes y Programas de Manejo de las Áreas Naturales Protegidas.
  • 14 millones para insumos y estrategias de comercialización de productos elaborados en el vivero “San Luis Tlaxialtemanco”, el cual elabora la planta forestal para las reforestaciones.
  • 26 millones para herramientas, equipo y vestuario para apoyar a los 1,700 “Brigadistas Comunitarios” que realizan las labores de vigilancia y combate de incendios forestales.
  • 12 millones para la instrumentación de un programa de contención al crecimiento de la zona urbana, en las zonas de conservación de la zona Poniente de la Ciudad, básicamente en las delegaciones de Álvaro Obregón, Magdalena Contreras y Tlalpan.
  Adicionalmente, la CORENA tiene un presupuesto autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en el presupuesto 2012, la cantidad de 2 millones de pesos para programas de reforestación y conservación del la Sierra de Santa Catarina en la Delegación Iztapalapa. Este recurso fue etiquetado a la CORENA bajo el capitulo 6000, el cual debe ser ejercido mediante el mecanismo de contratación y licitación, perdiéndose el efecto de participación y corresponsabilidad social. Por lo que requieren se autorice el paso a la partida del capitulo 4000, para promover la constitución de grupos de trabajo, principalmente vecinos, quienes se encargarían de llevar a cabo las acciones de conservación, reforestación y combate de incendios forestales en la Sierra de Santa Catarina.   Finalmente, solicitamos presupuesto para la Procuraduría Ambiental del Distrito Federal, para la creación de una Subprocuraduría de Protección para los animales, encargada de dar seguimiento a las quejas ciudadanas en materia de maltrato animal.   La Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal (PAOT), es un organismo público descentralizado de la Administración Pública, tiene como objeto la defensa de los derechos de los habitantes del Distrito Federal a disfrutar de un ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar, mediante la promoción y vigilancia del cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia ambiental y del ordenamiento territorial.   La PAOT cuenta con los siguientes compromisos:
  • Promover la construcción de un nuevo orden urbano y ambiental equitativo, responsable y sustentable;
  • Mejorar el acceso a la justicia ambiental y territorial en la Ciudad de México;
  • Generar impactos efectivos para la protección, defensa y restauración del medio ambiente y el desarrollo urbano; y
  • Contener los procesos que limitan el acceso a la justicia ambiental y territorial.
  Así mismo cuenta con su propia misión y visión siendo estas:   Misión: “Defender el derecho de los habitantes del Distrito Federal a disfrutar de un ambiente sano y un territorio ordenado para su adecuado desarrollo, salud y bienestar”.   Visión: “Es una institución moderna, fuerte, confiable, que junto con su personal defienden los derechos de los habitantes de la ciudad a un ambiente adecuado y un territorio ordenado para su desarrollo y bienestar, al incidir en la solución efectiva de los problemas ambientales y territoriales, respondiendo al ideal de justicia que la población de la Ciudad de México demanda”.   Derivado de las denuncias realizadas por los ciudadanos, la procuraduría realiza los procesos de investigación en las siguientes materias:  
  • Falta de ordenamiento de territorio e inadecuada zonificación del uso de suelo;
  • Pérdida de bienes y servicios ambientales-territoriales;
  • Efectos contaminantes e inadecuados disposición de residuos y emisión a la atmósfera; y
  • Afectaciones a áreas vulnerables como son el suelo de conservación y barrancas
  Los servidores públicos de la PAOT se rigen por los siguientes principios:  
  • Legalidad
  • Justicia
  • Imparcialidad
  • Respeto
  • Honradez
  • Profesionalismo
  • Pluralidad
  • Simplificación, Agilidad y Economía
  • Transparencia
  • Sustentabilidad
  Su estructura es la siguiente:  
  • El Consejo de Gobierno “tiene las atribuciones  y funciones establecidas en los artículos 70 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, siendo este la máxima autoridad en la Procuraduría.
 
  • La o el Procurador(a) “tiene como principios “Emitir las Recomendaciones y Sugerencias a las que se refiere la Ley con el propósito de promover la aplicación y el cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia ambiental y del ordenamiento territorial; presentar al Consejo los informes trimestrales y el informe anual de sus actividades y del ejercicio de su presupuesto; Determinar los lineamientos a que se sujetarán las distintas unidades administrativas de la Procuraduría para el mejor desempeño de sus actividades; proponer al (la) Presidente (a) del Consejo el orden del día para el desarrollo de las sesiones de este órgano; y Expedir las normas, lineamientos y políticas en ejercicio de las atribuciones que conforme a las leyes competan a la Procuraduría”;
 
  • La Subprocuraduría de Protección Ambiental
 
  • La Subprocuraduría de Ordenamiento Territorial
  Tanto la Subprocuraduría de Protección Ambiental como la Subprocuraduría de Ordenamiento Territorial comparten las siguientes atribuciones:   “Atender las denuncias ciudadanas que les sean turnadas por la Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos; Realizar acciones de investigación y vigilancia del cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia ambiental y del ordenamiento territorial; Preparar el expediente con la información que corresponda, en colaboración con la Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos, para proceder en su caso; Proporcionar apoyo en el análisis técnico de las pruebas recabadas, y/o presentadas en los procedimientos de investigación; Emitir los acuerdos de trámite que se requieran para la atención de los asuntos de su competencia; y Llevar a cabo las notificaciones, diligencias y actuaciones que requiera practicar para el ejercicio de sus atribuciones”;  
  • La Subprocuraduría de Asuntos Jurídicos realiza las siguientes facultades:
  “Llevar el registro y control de las denuncias referentes a la violación de aplicación de las disposiciones jurídicas en materia ambiental y del ordenamiento territorial que se hayan recibido; Elaborar las propuestas de contratos, acuerdos y convenios de colaboración que procedan en términos de lo dispuesto en la Ley, este Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables; Elaborar previo acuerdo de la o el Procurador(a), las querellas ante el Ministerio Público por actos, hechos u omisiones delictuosas en los casos que la Procuraduría resulte afectada; Analizar la información y documentos que le sean proporcionados por las unidades administrativas de la Procuraduría o que obren en sus archivos; y Certificar los documentos que obren en los archivos de la Procuraduría, cuando deban ser exhibidos en procedimientos judiciales, contenciosos, administrativos y en general, para cualquier proceso, procedimiento o averiguación”;  
  • El Comité Técnico Asesor;
 
  • La Coordinación Técnica y de Sistemas “Coordinar la integración de los informes y reportes institucionales relativos a la rendición de cuentas y evaluación del cumplimiento de objetivos y metas de la Procuraduría; Diseñar, desarrollar e implementar, los sistemas de información de la Procuraduría para realizar y mantener un adecuado control de gestión, registro, seguimiento y evaluación del cumplimiento de las metas de la Procuraduría; Desarrollar, sistematizar e implementar, servicios de información necesarios para el cumplimiento de los programas de la Procuraduría; Mantener actualizado el portal electrónico de la Procuraduría; y Proponer a la o el Procurador(a), en el ámbito de su competencia, los proyectos de lineamientos que consideren deban ser observados por las Subprocuradurías y demás unidades administrativas en el ejercicio de sus funciones”;
 
  • La Coordinación Administrativa “Ejecutar las políticas generales de administración aplicables a la Procuraduría, conforme a los lineamientos que emita la o el Procurador(a); Coordinar y supervisar la expedición de los nombramientos del personal de la Procuraduría; Formular y dar seguimiento en coordinación con la Coordinación Técnica y de Sistemas, al Sistema del Servicio Público de Carrera para la profesionalización de los servidores públicos de la Procuraduría; Coordinar los programas de desarrollo institucional para mejorar la calidad de los servicios que presta la Procuraduría; y Desarrollar y ejecutar programas de formación para la profesionalización de los servidores públicos de la Procuraduría, en el marco del Sistema del Servicio Público de Carrera;”
 
  • La Coordinación de Participación Ciudadana y Difusión “Proponer y ejecutar la política de promoción de derechos y obligaciones en materia ambiental y del ordenamiento territorial de los habitantes del Distrito Federal; Proponer y ejecutar la política de comunicación social de la Procuraduría en las materias de su competencia; Informar, orientar y difundir entre la población respecto del cumplimiento y aplicación de las disposiciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial; Proponer a la o el Procurador(a) las líneas de acción para la ejecución del programa anual de comunicación social; Gestionar y distribuir entre las unidades administrativas de la Procuraduría los tiempos oficiales de radio y de televisión que le asignen a la Procuraduría; y Ejercer sus atribuciones en congruencia con los programas y lineamientos expedidos por la o el Procurador(a)”; y
 
  • La Contraloría Interna.
  Así mismo también cuenta con los siguientes comités: 1. Comité Técnico Asesor: El Comité Técnico Asesor (CTA) es un órgano auxiliar de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal, que aporta sus conocimientos y experiencia para cumplir el derecho de los habitantes del Distrito Federal de disfrutar de un ambiente sano y un territorio ordenado.   2. Comité de Control y Auditoría: Acordar acciones para el establecimiento, desarrollo y funcionamiento de sistemas, procedimientos y políticas de control interno, entre otras, que contribuyan con el Ente Público para prevenir, administrar y corregir desviaciones, omisiones y otras problemáticas relevantes.   3. Comité Técnico Interno de Administración de Documentos: Regula de forma coordinada el Sistema Institucional de Archivos, para la modernización efectiva e integral de la documentación, apoyándose en metodologías y técnicas archivisticas.   4. Comité de Transparencia: De acuerdo al artículo 61 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal Compete al Comité de Transparencia, los artículos del I al XVII.   5. Subcomité de Adquisiciones, Arrendamiento y Prestación de Servicio: Tiene por objeto el promover la realización de sus Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de manera racional, óptima, eficiente y transparente.   El Grupo Parlamentario del Partido Verde considera necesario la creación de una Subprocuraduría encargada de atender cuestiones de bienestar animal por ello con fecha 21 de noviembre del 2012 presentó una propuesta con reformas a la Ley Orgánica de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial a fin de crear en la PAOT una Subprocuraduría de Protección a los Animales.   Por lo que se solicita a las Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública y de Hacienda, para que se asigne presupuesto a la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial una partida presupuestaría para la creación de dicha Procuraduría.   Por lo expuesto y fundado, someteremos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con  

PUNTO DE ACUERDO

 

PRIMERO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Soberanía, lo siguiente:   A) Se y etiquete una partida adicional a su techo presupuestal equivalente al 1% de su actual presupuesto para destinarse en el 2013 a cada una de las 16 Delegaciones, a fin de que éstos recursos sean utilizados en Preservación, Conservación, Mantenimiento y Creación de Áreas Verdes en Suelo Urbano.   B) Se etiquete una partida adicional a su techo presupuestal equivalente al 2% de su actual  presupuesto para destinarse en el 2013 a cada una de las 16 Delegaciones, a fin de que los recursos se inviertan en luminarias sustentables en vía pública y la instalación de paneles solares en edificios públicos que se encuentren bajo su jurisdicción.     SEGUNDO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita a las Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Soberanía, un presupuesto adicional al techo presupuestal 2013, del orden de 68 millones adicionales para la Dirección General de la Comisión de Recursos Naturales (CORENA) perteneciente a la Secretaría del Medio Ambiente, para ser destinado de la siguiente manera:   a)    16 millones para la elaboración de los Planes y Programas de Manejo de las Áreas Naturales Protegidas; b)    14 millones para insumos y estrategias de comercialización de productos elaborados en el vivero “San Luis Tlaxialtemanco”, el cual elabora la planta forestal para las reforestaciones; c)    26 millones para herramientas, equipo y vestuario para apoyar a los 1,700 “Brigadistas Comunitarios” que realizan las labores de vigilancia y combate de incendios forestales;     d)    12 millones para la instrumentación de un programa de contención al crecimiento de la zona urbana, en las zonas de conservación de la zona Poniente de la Ciudad, básicamente en las delegaciones de Álvaro Obregón, Magdalena Contreras y Tlalpan.     TERCERO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita a las Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Soberanía, se etiqueten y destine una partida presupuestaría para la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial, adicional a su techo presupuestal asignado para el 2013,  a fin de crear una Subprocuraduría de Protección a los Animales.  

Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:

 DIP. JESÚS SESMA  SUÁREZ              DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ

                  COORDINADOR                                                       VICECOORDINADOR


Published in gaceta
Las libertades de expresión y asociación son derechos esenciales que constituyen a una sociedad democrática. Son el resultado de una lucha histórica por la consolidación de una nación basada en los principios de representatividad, federalismo y democracia.

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 13 de noviembre  de 2012.

  H. ASAMBLEA:   LOS DIPUTADOS ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO, EN LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL VI LEGISLATURA, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 Base Primera, fracción V, inciso j) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 fracciones XIV y 46 la fracción I, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y; 85 fracción I, 86 y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CREA LA LEY QUE REGULA LAS MANIFESTACIONES Y MARCHAS EN VÍA PÚBLICA EN EL DISTRITO FEDERAL, de conformidad con la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Las libertades de expresión  y asociación son derechos esenciales que constituyen a una sociedad democrática. Son el resultado de una lucha histórica por la consolidación de una nación basada en los principios de representatividad, federalismo y democracia. Mucho tuvieron que sufrir nuestros antepasados para lograr el estado de equidad en el que nos encontramos, alejarnos de la barbarie donde las ideas eran reprimidas al filo del sable. Pero hoy en día, vemos como estas expresiones sociales son abusadas por grupos políticos en contra del resto de la ciudadanía, al convertir este derecho en un modus operandi. La manifestación se ha convertido en un medio de presión político destructivo, utilizan por líderes de grupos como un modo de negocio con las autoridades, afectando al resto de la población en lo económico, psicológico y social. De acuerdo con el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, la palabra manifestación, deriva del término latino “manifestatio” y se define como la reunión pública, generalmente al aire libre, en la cual los asistentes reclaman algo o expresan su protesta por algo. Las manifestaciones, las marchas y los plantones ejercen tres de los derechos fundamentales consagrados en los artículos 13, 19 y 20 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, garantizados en nuestra Carta Magna como las libertades de expresión, de tránsito y de libre asociación. En los artículos 6º, 9º y 11º de nuestra Constitución se consagran estas libertades del hombre, fruto de la lucha histórica social para permitir la externalización de las ideas y opiniones; la libertad de movernos sin ninguna restricción en toda nuestra gran nación; y de asociarnos públicamente con quien queramos. Nuestra Ley Fundamental otorga estas libertades, pero también se establecen las restricciones para mantener un orden o paz pública. Dentro de estas, en el caso del artículo 6º Constitucional se restringe la libertad de expresión cuando se atenta contra la moral, los derechos de terceros, provocan algún delito o perturben al orden público. Para el artículo 9º Constitucional que otorga la libertad de asociación, se restringe la participación de extranjeros en actividades de petición política, además que en ninguna reunión armada se tendrá derecho para deliberar. Es importante mencionar que en dicho artículo, al referirse a las reuniones o asambleas que buscan hacer una petición o protesta con objeto lícito en respuesta a los actos de autoridad, estas podrán ser disueltas cuando se profieran injurias contra la autoridad, se ejerza violencia o se amenace a los titulares de los cargos públicos para intimidarla u obligarla a actuar en determinado sentido. Estas restricciones no sólo se encuentran contempladas en nuestro marco regulatorio, sino también están identificadas como necesarias para consolidar una sociedad democrática y es así como se manifestó en los artículos 13, 15, 16 y 22 de la Convención Americana de Derechos Humano. Por lo tanto podemos, entender que el derecho de la libertad de expresión constituye la piedra angular para la vigencia de una sociedad tolerante, plural, participativa y democrática. Sin embargo debemos entender que el espíritu del legislador al formular estas acotaciones, no tiene una naturaleza represiva, sino que por el contrario busca encauzar esta expresión y asociación libres respondiendo a la necesidad de salvaguardar los derechos e intereses particulares y colectivos de una sociedad. No es un acto que provenga de una autoridad represora que inhiba las libertades humanas, solo busca la tranquilidad y paz social entre los iguales. En el Distrito Federal, por ser la sede de los Poderes de la Unión, además de la capital financiera del país, se concentra una gran aglomeración de personas que en ella habitamos, aunado a su inmensa población flotante. Tan sólo en la capital del país somos poco menos de 9 millones de habitantes, considerando el último censo de población del INEGI 2010 (8,851,080 habitantes), sin contar los millones de habitantes que viven en la zona metropolitana compartida con los municipios colindantes del Estado de México. La convivencia entre los habitantes del DF es difícil, y se refleja en los traslados de un punto a otro, donde pueden convertirse en tiempos perdidos. Estudios del Instituto Mexicano de la Competitividad AC, revelaron que del 2007 a la fecha se ha tenido un aumento en el tiempo de traslado dentro de la Ciudad, pasando de 53 minutos a 1 hora con 21 minutos promedio. Aunado a esto, tenemos diferentes movimientos sociales que demandan atención y respuesta de las autoridades y que entorpecen aún más la circulación en el Distrito Federal, sin considerar los millones de personas que se suman a la población flotante por diferentes motivos y congestionan las vialidades de nuestra Ciudad. Esto no es nuevo en México, las manifestaciones se encuentran ya reguladas en nuestro ordenamiento local. La Ley de Transporte y Vialidad del Distrito Federal define a las manifestaciones como “la concentración humana generalmente al aire libre, incluyendo en ésta las marchas y plantones”. En dicha Ley también se define a las marchas como “cualquier desplazamiento organizado, de un conjunto de individuos por la vialidad hacia un lugar determinado” y en lo que respecta a los plantones la citada Ley los define como “la congregación y permanencia temporal en un lugar público determinado por un grupo de individuos”. Este instrumento normativo regula las manifestaciones públicas en la vialidad, y se reconoce el derecho de toda persona que habita en el Distrito Federal a utilizar la vía pública, y las autoridades no podrán limitar el tránsito de peatones o vehículos, salvo que se realicen desfiles, caravanas, peregrinajes y manifestaciones las cuales tengan como objeto ser una concentración de personas con cualquier fin lícito. En estos casos se deberá avisar a la Secretaría de Seguridad Pública por lo menos con 48 horas de anticipación a su realización para que la misma autoridad pueda informar al resto de la ciudadanía sobre las afectaciones en el tránsito de la Ciudad, además de tomar las medidas necesarias para evitar el bloqueo de vías primarias de circulación continua. Otra restricción es el utilizar las vías primarias de circulación continua, salvo que sea el único medio para llegar al punto de concentración y solamente sea con el fin de cruzar de un punto a otro. Hoy en día la Ley esta rebasada por nuestra realidad y vemos día a día como organizaciones y ciudadanía en general toman las calles de la ciudad para manifestar su voluntad, sea con fines lícitos o contrarios a las leyes e instituciones. Sin ninguna aviso, organizaciones secuestran la Ciudad y la policía tiene que actuar de manera inmediata ante reclamos que se realizan con autoridades, que no tienen la competencia ni la facultad de resolver sus necesidades. Nosotros somos testigos como legisladores de este escenario, ya que cada sesión nuestro recinto es invadido por grupos de ciudadanos demandando respuestas que muchas veces no corresponden a las facultades de la Asamblea Legislativa. Todo lo anterior revela la necesidad de generar un instrumento legislativo que encause la libre expresión y asociación ciudadana por un camino que permita desarrollar su correcta expresión ante las instancias competentes y respetando en todo momento la paz y orden público, la propiedad y la integridad de los habitantes del Distrito Federal, ofreciendo alternativas adecuadas que permitan aprovechar no solo el espacio público sino también los tiempos de radio y televisión destinados para el Gobierno del Distrito Federal. México cumpliendo con su carácter como nación eminentemente democrática, plural e incluyente, debe contar con herramientas que permitan el pleno desarrollo de sus habitantes sin reprimir la legítima voluntad de sus ciudadanos. En este sentido, conocer el panorama internacional permite entender con mayor precisión los criterios ideales para legislar en materia de manifestación ciudadana a la par de las naciones insignia en la democracia internacional. Países como Francia, Reino Unido, Alemania y los Estados Unidos, comparten el mismo procedimiento administrativo para ordenar las marchas y manifestaciones el cual consiste en el aviso previo por escrito a las autoridades policiacas informando quien será el responsable, la cantidad de manifestantes esperados, la utilización de equipos de sonido, los tiempos de duración, la ruta o lugar público donde se generará la afectación y los motivos del reclamo. Todo esto con el fin de garantizar el pleno ejercicio de los derechos fundamentales de asociación, tránsito y expresión, además de salvaguardar el orden y la paz pública. Las autoridades en los mencionados países podrán negar el permiso de manifestación cuando exista la presunción de desorden y riesgo social. Al efecto, el presente ordenamiento busca dotar a la autoridad local de elementos necesarios para dar cause expedito y preciso a este derecho que tiene la ciudadanía, sin por ello afectar la vida social, obstaculizando el desarrollo de las actividades económicas, políticas y sociales de la urbe. En los mencionados países, cuando los manifestantes muestran la mínima sospecha de que dicho acto desatará un desorden público con violencia social tanto a las personas como a los bienes muebles e inmuebles del dominio público o privado, estas serán razón suficiente para detener y evitar dicho acto. Por ejemplo, las protestas musulmanas en toda Europa por la caricaturización de su profeta Mahoma, que se realizaron el año pasado en diferentes países de la Comunidad Europea, fueron restringidas y reprimidas por el temor fundado de un desate de violencia en contra del resto de la ciudadanía. Existen otros escenarios en los que los instrumentos normativos si fungen con un carácter restrictivo que violentan los derechos de los grupos sociales afectados, cuya expresión se busca inhibir. Tal es el caso de Alemania, Estados Unidos y Reino Unido, donde restringen aún más los actos de aglomeración en determinados lugares públicos con un valor histórico, cultural y de notable importancia para la nación. Esto responde a la necesidad de salvaguardar el patrimonio cultural de los centros históricos, además de sostener la paz pública en zonas de gran importancia económica y financiera. En los Estados Unidos se establecen lugares específicos denominados “Foros Públicos”, consistentes en plazas, calles, parques y banquetas donde la ciudadanía puede expresarse sin afectar al resto de la población. Del mismo modo, las leyes Norteamericanas contemplan estos “Foros Públicos Limitados”, en donde, si bien se permite la libertad de expresión, la autoridad está facultada para delimitar por razones de tiempos, temas, horarios y fechas, a todo tipo de aglomeración. Además los manifestantes deberán pagar un derecho a las oficinas del tesoro local para poder realizar dichos actos, que van de los $ 25 a $ 45 dólares según el equipo de sonido que se pretendan montar o la cantidad de personas citadas a dicho evento. En el caso del Reino Unido también se prohíben y tipifican las manifestaciones en lugares de notable importancia como el Parlamento Inglés, la Avenida de Whithall, la Calle de Downing, la Catedral de Westminister, Casa del Ayuntamiento de Middlesex recinto sede de la Suprema Corta de Inglaterra, las oficinas centrales del Departamento de Policía de Scotland Yard, la Oficina del Ministerio del Interior, el Palacio de Gobierno de la Ciudad de Londres,  el Hospital de St. Thomas y el Jardín del Jubileo o mejor conocido como el Jubilee Garden. Todos estos sitios son restringidos por la preminencia que implica salvaguardar la paz pública y la promoción turística. Estos lugares son de mucha importancia porque en ellos se crean e interpretan las leyes, se congregan oficinas de gobierno tales como del Tesoro y Administración Estatal. Los ingleses también destinan espacios públicos especiales para la expresión de ideas y manifestaciones para no alterar el orden público. Este lugar es la Plaza de Trafalgar en la Capital Inglesa. Naciones como Francia, Reino Unido y Rusia, tipifican las conductas de desorden público en actos de manifestación e imponen penas privativas de la libertad y sanciones pecuniarias. Por ejemplo, en Francia se sanciona de 6 meses a un año de prisión y se establecen multas de 7,500 a 15 mil euros cuando los manifestantes alteran el orden público o su acto es contrario a lo registrado ante la autoridad. En Reino Unido se sanciona con cárcel de tres meses a un año a quien altere el orden público en cualquier manifestación, mientras que en Rusia, además de castigar con cárcel de uno a tres años a quien se manifieste sin avisar a la autoridad y genere desorden público, se imponen penas trascendentales de 5,000 a un millón y medio de Rublos. Considerando la paridad del Dólar, Euro y los Rublos Rusos en el cambiante mercado de divisas, estamos hablando de penas arriba de los 100 mil, 200 mil y 600 mil pesos. Las diferentes cámaras empresariales, tales como la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo en Pequeño del DF (CANACOPE) y la Cámara Nacional de Industriales Ecologistas de México (CONIECO), han hecho estimaciones sobre las manifestaciones y determinaron que las marchas o plantones dentro de la Ciudad provocan pérdidas por 10 millones de pesos al comercio establecido. La Cámara de Comercio, Servicios y Turismo de la Ciudad de México (CANACO DF), ha hecho declaraciones respecto a estudios realizados en donde se estipula que en las manifestaciones que duran menos de cuatro horas, éstas generan un impacto económico negativo a la Ciudad por 319 millones de pesos, las manifestaciones que duran cinco horas, su impacto económico ascienden a los 574 millones de pesos y las que duran ocho horas, registran pérdidas en el sector por 957 millones de pesos. Lo alarmante de esta situación es que según datos de la Secretaría de Seguridad Pública del DF, durante el 2011 se realizaron 45,513 interrupciones al tráfico, de las cuales 3,031 correspondieron a bloqueos realizados por manifestaciones, marchas y plantones. Otro dato importante de la misma Secretaría de Seguridad Pública del DF es que en el primer semestre de este año ya se han realizado 25,570 bloqueos a la vialidad, de los cuales 1,427 correspondieron a marchas, manifestaciones y plantones. Vemos un aumento del 11% en los bloqueos a la circulación del DF. Lo que vivimos el pasado sábado primero de diciembre en la toma de protesta de nuestro Presidente, es un ejemplo de la necesidad inminente e impostergable de regular todo tipo de manifestación o protestas y así velar por la oportuna ejecución de las normas. La CANACO DF precisó que las pérdidas del sector turístico y servicios, causadas por las manifestaciones del pasado primero de diciembre fueron por 950 millones de pesos, además, los daños causados a los inmuebles comerciales suman alrededor de 28 millones de pesos. Los 9,970 negocios ubicados alrededor de nuestro Recinto Legislativo, registraron pérdidas de 149 millones de pesos por falta de ventas. Por lo tanto podemos concluir que la pérdida total por las revueltas del pasado primero de diciembre ascendió a los 1,127 millones de pesos. El centro de la Capital, no sólo es de notable importancia por concentrar las oficinas de gobierno que dirigen esta Ciudad, sino también es el punto del nacimiento histórico y cultural. En el Partido Verde vemos la necesidad de salvaguardar los derechos de cada individuo, sin coartar ninguna libertad ni afectar los derechos de terceros. La presente iniciativa busca armonizar estas libertades de expresión y asociación, garantizando el orden público mediante los siguientes actos: potencializar los derechos de audiencia a través de los medios de comunicación; disminuir los índices de contaminación atmosférica; y fortalecer el sector económico y turístico de la capital evitando la utilización de avenidas y lugares de notable importancia nacional. Por todo lo antes expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículo 122 apartado C, Base Primera, fracción V, inciso J, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 42 fracción XV del Estatuto de Gobierno, así como el artículo 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I, 86 y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a consideración del Pleno, la siguiente:               INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CREA LA LEY QUE REGULA LAS MANIFESTACIONES Y MARCHAS EN VÍA PÚBLICA EN EL DISTRITO FEDERAL, para quedar como sigue:  

CAPÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

  Artículo 1.   La presente Ley es de orden público e interés general y tiene por objeto proteger, armonizar y establecer las bases para el ejercicio de los derechos de libertad de expresión,  de asociación y de tránsito reconocidos en los artículos 6º, 9º y 11º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,  salvaguardando el pleno respeto de los derechos de terceros, los  bienes del dominio público, la protección del medio ambiente, el orden público de la Ciudad y el pleno goce de las libertades de sus habitantes.   Artículo 2.   Para los efectos de esta Ley se entenderá por:   I.         Bloqueo: Obstrucción o cierre total de la vía pública; II.        Contraloría: Contraloría Interna del Distrito Federal III.      Dirección General  de Control y Gestión: La Dirección General de Control y Gestión de Manifestaciones  y Marchas en Vía Pública en el Distrito Federal; IV.       Jefes Delegacionales: Titulares de los órganos político administrativos del Distrito Federal; V.        Líderes o Representantes: Personas físicas y morales que tengan acreditado tal carácter ante sus respectivas organizaciones; VI.       Ley: Ley que Regula la Manifestaciones y Marchas en Vía Pública en el Distrito Federal; VII.     Manifestación: Concurrencia pública concertada y temporal de cualquier naturaleza que realizan varios individuos con una finalidad de realizar una protesta. VIII.    Manifestaciones ilícitas: Aquellas concurrencias que no fueron registradas ante la Dirección General de Control y Gestión y en las que se afectan los derechos de terceros, el medio ambiente, perturban el orden público y/o cometen algún delito o afecten  los bienes del dominio público con la finalidad de realizar una protesta; IX.       Marcha: Cualquier desplazamiento organizado por un conjunto de individuos a través de la vía pública hacia un determinado lugar con el fin de realizar una manifestación; X.        Órganos de la Administración Pública: El conjunto de órganos que componen la Administración Centralizada, desconcentrada y paraestatal; XI.       Plantón: Grupo de individuos que se congregan y permanecen un determinado tiempo en un bien de dominio público con el fin de realizar una manifestación; XII.     Secretaría de Gobierno: La Secretaría de Gobierno del Distrito Federal; XIII.    Secretaría de Protección Civil.- La Secretaría de Protección Civil del Distrito Federal; XIV.    Secretaría de Seguridad Pública: La Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal; XV.      Secretaría de Transporte y Vialidad: La Secretaría de Transporte y Vialidad del Distrito Federal; XVI.    Vía Pública: Conjunto de elementos cuya función es permitir el tránsito de vehículos, ciclistas y peatones, así como facilitar la comunicación entre las diferentes áreas o zonas de actividad. XVII. Vialidad: Conjunto integrado de vías de uso común que conforman la traza urbana de la Ciudad, cuya función es facilitar el tránsito eficiente y seguro de personas y vehículos; XVIII. Vías primarias: Espacio físico cuya función es facilitar el flujo del tránsito vehicular continuo o controlado por semáforos, entre distintas zonas de la Ciudad, con la posibilidad de reserva para carriles confinados a la operación de vehículos de emergencia; y XVIII. Vías secundarias.- Espacio físico cuya función es facultar el flujo del tránsito vehicular no continuo generalmente controlado por semáforos entre distintas zonas de la Ciudad;   Artículo 3.   La aplicación de la presente Ley corresponde al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a través de la Secretaría de Gobierno, la que deberá coordinarse con las Secretarías de Seguridad Pública, Transporte y Vialidad, Protección Civil y con los Jefes Delegacionales para garantizar y vigilar que el ejercicio de los derechos de libertad de expresión, de asociación y de tránsito se efectúen con apego a esta Ley.   Artículo 4.   Queda prohibido que en cualquier manifestación, marcha o plantón, sus integrantes expresen injurias, insultos, amenazas, o empleen violencia contra las personas, incurriendo en las conductas tipificadas en los ordenamientos penales vigentes.  

CAPITULO SEGUNDO

DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MANIFESTANTES

  Artículo 5. Son derechos de los manifestantes:   a) Utilizar las vías y espacios públicos conforme a su naturaleza y destino; b) Ejercer sus derechos sin perturbar el orden y la tranquilidad públicos, ni afectar la continuidad del desarrollo normal de las actividades de los habitantes; c) Tendrán derecho a asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; y b) Ser escuchados por autoridad competente cuando las peticiones sean debidamente fundadas y motivadas, con base al marco jurídico correspondiente en el Distrito Federal y se hayan cumplido con las disposiciones establecidas en la presente Ley. c) Recibir del Gobierno del Distrito Federal los servicios de paramédicos, agua potable, baños móviles y recolección de basura.   Artículo 6. Son obligaciones de los manifestantes:   a) Informar a la Dirección General de Control y Gestión de Manifestaciones  y Marchas en Vía Pública en el Distrito Federal sobre la realización de manifestaciones, marchas o plantones; b) Respetar los lineamientos del Reglamento de Tránsito relativos a la circulación de las calles y avenidas y semáforos en la realización de manifestaciones, marchas o plantones; c) Adoptar las medidas de seguridad y orden a efecto de que las manifestaciones, marchas o plantones garanticen su buen desarrollo y respeto a los derechos de terceros; d) Disolver la manifestación, marcha o plantón cuando se afecten los  bienes de dominio público; e) Cumplir con las disposiciones correspondientes en materia de Protección Civil, f) Abstenerse de realizar toda manifestación, marcha o plantón en las locaciones consideradas como patrimonio cultural, histórico y artístico; g) No ocultar su identidad durante la realización del evento, con cualquier elemento que impida su identificación plena; y h) Cumplir  con lo establecido en la presente  Ley.  

CAPITULO TERCERO

DE LAS AUTORIDADES EN MATERIA DE MANIFESTACIONES Y MARCHAS EN LA VIA PÚBLICA

  Artículo 7.- Corresponde a la Secretaría de Gobierno:   I. Garantizar y vigilar que el ejercicio de los derechos de libertad de expresión, de asociación y de tránsito se efectúen con apego a esta Ley;   II. Coordinarse con las secretarías a que se refiere el Artículo 3º para garantizar la celebración de marchas y manifestaciones de forma pacífica, segura y salvaguardando los derechos a la libertad de expresión, asociación y tránsito;   III. Recibir a través de la Dirección General de Control y Gestión el registro de manifestaciones, marchas o plantones a celebrarse en la vía pública por parte de los habitantes del Distrito Federal;   IV. Conformar y mantener actualizado, a través de la Dirección General de Control y Gestión, un Padrón del Registro de Marchas y Manifestaciones en el Distrito Federal;   V. Dar aviso a los Órganos de la Administración Pública local sobre la realización de marchas, plantones o manifestaciones que tengan que ver con su materia, a efecto de que envíen un representante para escuchar, y en su caso atender las demandas y peticiones ciudadanas durante la manifestación que se realice en las vías públicas.   VI. Dar aviso a la Contraloría cuando algún órgano de la Administración Pública Local se niegue u omita enviar un representante  para escuchar, y en su caso atender las demandas y peticiones ciudadanas durante la manifestación que se realice en la vía pública;   VII. Instalar las mesas de negociación necesarias, en coordinación con los órganos de la Administración Pública al efecto de conocer y atender las peticiones, quejas y propuestas de los habitantes, para mitigar las alteraciones producidas por las manifestaciones ilícitas en la vía pública.   VIII.- En coordinación con las secretarias referidas en el artículo 3º  de esta Ley, tomar las medidas necesarias para evitar el bloqueo o cierre de las vías primarias de circulación continua, salvaguardando el pleno respeto de los derechos de terceros, los  bienes del dominio público,  la integridad  de los manifestantes, la protección del medio ambiente, el orden publico de la Ciudad y el pleno goce de las libertades de sus habitantes.   IX. Llevar a cabo las gestiones interinstitucionales necesarias para permitir el acceso a los medios de comunicación a los habitantes de la Ciudad,  y dar a conocer sus demandas y peticiones  a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal;   X. Dar a conocer a los habitantes de la Ciudad de México, a través del  Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal, información suficiente que les permita conocer sobre el desarrollo de las marchas y manifestaciones registradas ante la Dirección General de Coordinación y Control;   XI. Ordenar la disolución de cualquier manifestación, marcha o plantón cuando sus participantes infrinjan las disposiciones previstas en la presente Ley y demás ordenamientos;   XII. Garantizar la presencia de cuando menos un representante del órgano de la Administración Pública Local involucrado en las demandas o peticiones de los manifestantes y atenderlas;   XIII. Coordinar con las instancias del Gobierno Federal las demandas o peticiones de los manifestantes cuando estas sean de su competencia; y   XIV. Las demás que el presente ordenamiento establezca.   Artículo 8.  A la Secretaría de Transporte corresponde:   I.- Garantizar el derecho a la libertad de tránsito de los habitantes, salvaguardando los derechos de libertad de expresión y de asociación de las personas que participan en una manifestación o marcha en la vía pública;   II. Coadyuvar con el resto de las autoridades en el reordenamiento y control de las marchas o manifestaciones en la vía pública;   III. Tomar las medidas necesarias para  dar a conocer a los capitalinos alternativas viales para evitar las alteraciones producidas por las manifestaciones, marchas o plantones;   IV.  Vigilar que la vialidad, infraestructura, equipamiento auxiliar, servicios y elementos inherentes o incorporados a ella se utilicen en forma adecuada conforme a su naturaleza; coordinándose en su caso, con la Secretaría de Protección Civil y de Seguridad Pública para lograr este objetivo, y   V. Coadyuvar con las autoridades en la comisión de delitos durante marchas y manifestaciones.   Artículo 9. Corresponde a la Secretaría de Protección Civil:   I. Realizar las acciones tendientes a atender situaciones de emergencia o desastre durante las manifestaciones realizadas en vía publica;   II. Revisar, previo a la celebración de marchas o manifestaciones en vía pública, las condiciones de riesgos  del lugar donde se pretenda llevar a cabo y darlo a conocer a las demás secretarias de inmediato;   III. Coadyuvar con las demás autoridades a las que se refiere esta Ley.   Artículo 10. Corresponde a los Jefes Delegacionales:   I.- Coordinarse con las autoridades referidas en el artículo 3º de esta Ley para garantizar el derecho a la libertad de expresión, de asociación y tránsito de los  habitantes del Distrito Federal en las manifestaciones, marchas o plantones que se realicen en la vía pública;   II. Vigilar que las vialidades secundarias de sus demarcaciones territoriales, su infraestructura, servicios y elementos inherentes o incorporados a éstos, se utilicen adecuadamente conforme a su naturaleza;   III. Mantener la vialidad libre de obstáculos u objetos que impidan, dificulten u obstaculicen el tránsito vehicular y peatonal, excepto en aquellos casos debidamente autorizados.  

CAPITULO CUARTO

DE LA DIRECCIÓN GENERAL  DE CONTROL Y GESTION DE MARCHAS Y MANIFESTACIONES

  Articulo 11. La Dirección General de Control y Gestión de Marchas y Manifestaciones será el órgano dependiente de la Secretaria de Gobierno del Distrito Federal, que recibirá,  registrará, gestionará, comunicará y coadyuvará en la supervisión, asistencia y orden en la realización de marchas, manifestaciones y plantones en la vía publica.   Articulo 12. Los lideres o representantes de  las organizaciones  deberán registrar ante la Dirección de Control y Gestión, las marchas o manifestaciones  que se pretendan celebrar en la  vía pública.   Articulo 13. La Dirección de Control y Gestión, deberá comunicar dentro de 24 horas por escrito a las Secretarias de Seguridad Pública, de Transporte y Vialidad, de Protección Civil y a los Jefes Delegacionales correspondientes, cuando tengan registrado una marcha, manifestación o plantón en la vía publica, a efecto de que se tomen las medidas de prevención, control y de seguridad necesarias.   Artículo 14. La Dirección General de Control y Gestión, invitará a los representantes del acto para expresar sus denuncias a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal, a efecto de coadyuvar en la pronta solución del conflicto que generaría la posible marcha o manifestación.  

CAPITULO QUINTO

DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS MARCHAS O MANIFESTACIONES

 

Articulo 15. Cualquier persona tendrá el derecho de manifestarse en la vía pública sin transgredir los derechos y garantías individuales de otro ciudadano.   Articulo 16. Las manifestaciones sólo podrán celebrarse de lunes a jueves en los horarios comprendidos de las 9:30 a las 12 horas, y de las 15 a las 18:30 horas con el fin de no afectar las vialidades en horarios pico.   Articulo 17. Queda prohibida la celebración de manifestaciones o marchas en lugares públicos con valor histórico, cultural, turístico y de notable importancia para el desarrollo y administración del Distrito Federal, salvaguardando la derrama económica, la generación de empleos y la estabilidad económica social.   Articulo 18. Queda prohibida cualquier manifestación en vialidades de un sólo carril. Cuando las marchas o manifestaciones tengan lugar en vialidades de tránsito vehicular,  deberán obligatoriamente dejar el cincuenta por ciento de la vialidad afectada libre para dar paso al transito vehicular. Cuando la vialidad lo permita, la manifestación se deberá realizar en los carriles laterales.   Articulo 19. En el caso de las manifestaciones ilícitas, la autoridad apercibirá a los manifestantes a dejar de realizar esta conducta. En caso de negativa la autoridad tomara las medidas conducentes para rencauzar a los manifestantes a las zonas permitidas para llevar a cabo las manifestaciones, haciéndose efectivas las sanciones previstas en la presente Ley.   Articulo 20. Las manifestaciones deberán ser pacificas y que no afectaran el mobiliario urbano, el medio ambiente o la integridad a terceros,  en caso contrario, se aplicaran las sanciones administrativas correspondientes señaladas en esta Ley,  sin perjuicio de la aplicación de sanciones dispuestas en los ordenamientos penales vigentes.  

CAPITULO SEXTO

DEL REGISTRO DE MARCHAS Y MANIFESTACIONES

  Articulo 21. La Dirección de Control y Gestión, será la autoridad encargada de recibir y registrar los comunicados de celebración de marchas y manifestaciones realizados en la vía publica.   Articulo 22. La Dirección de Control y Gestión, dentro de las 24 horas siguientes  a la recepción del aviso de realización de una marcha o manifestación deberá emitir un aviso preventivo al órgano de la Administración Pública Local, involucrado con sus demandas, a efecto de preparar las medidas de respuesta y atención de los manifestantes. Esta dirección deberá concertar con los manifestantes a participar en mesas de negociación con las instancias responsables e involucradas en sus demandas.   Articulo 23. Las manifestaciones o marchas en vía pública deberán ser comunicadas por escrito a la Dirección de Control y Gestión, a través del líder o representante de la organización,  con una antelación de cuando menos 72 horas a su celebración.   Articulo 24. Dentro de las veinticuatro horas siguientes a la recepción del aviso,  la autoridad podrá, por razones de orden público y de seguridad o peligro para las personas o los bienes, mediante resolución motivada, modificar la ruta , la fecha, el sitio y la hora de la manifestación, marcha o plantón.   Dicha resolución será notificada al representante o líder registrado en el domicilio señalado para tal efecto.   De no ser aceptada por los organizadores las modificaciones propuestas, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la autoridad competente.   Si dentro de ese término no se hiciere observación por la respectiva autoridad, se entenderá cumplido el requisito exigido para la manifestación o marcha.   Articulo 25. Cuando existan causas extraordinarias y graves que justifiquen la urgencia de la celebración de manifestaciones, marchas o plantones en la vía pública, la comunicación a que hace referencia el artículo anterior podrá hacerse con una antelación mínima de 24 hora;, siempre y cuando se garantice la integridad y seguridad de los participantes, así como de terceros.   Articulo 26. Para efectos de lo señalado en el articulo 12 de esta Ley, las organizaciones de ciudadanos que pretendan manifestarse en la vía publica, deberán nombrar a un representante o líder, para que en su representación envié  a la Dirección de Control y Gestión, el comunicado donde se avise sobre la celebración de una manifestación en la vía publica.   Articulo 27. El representante o líder, referido en el párrafo anterior, también será quien los represente ante cualquiera de  los órganos de la Administración Publica Local,  involucrados en la atención de sus peticiones o demandas colectivas.   Articulo 28. En el caso de las manifestaciones y marchas de sindicatos u organizaciones constituidas previamente,  su presidente, Secretario General o quien tenga las facultades de representación de la organización, deberá dar aviso a la Dirección  de Gestión y Control sobre  la intención de realizar la marcha o manifestación en la vía publica, de igual manera dicho representante será quien represente a la organización ante cualquiera de los órganos de la Administración Publica Local, involucrada en la atención de sus peticiones o demandas colectivas.   Articulo 29. En el escrito de comunicación se hará constar:   I.         Nombre, apellidos, domicilio e identificación oficial del líder o representante de la organización, así como copia de la  identificación oficial de las personas que participaran en la manifestación. En caso de personas morales, deberá acompañarse también la denominación, naturaleza y domicilio de éstas. II.        Lugar, fecha, hora y duración prevista. III.      Objeto de la misma. IV.       Autoridades involucradas V.        Itinerario proyectado, puntos de concentración, además de las vías públicas que serán utilizadas por la manifestación. VI.       Medidas de seguridad previstas por los organizadores o que se soliciten al Gobierno del Distrito Federal o Delegacional que corresponda.   Articulo 30.  La Dirección de Control y Gestión, pondrá a disposición en el portal de Internet y en las oficinas de la Secretaria de Gobierno, los formatos para facilitar la designación de los líderes o representantes de organizaciones ciudadanas, así como los formatos de registro de manifestaciones o marchas.  

CAPITULO SEPTIMO

INFRACCIONES Y SANCIONES

Articulo 31.  Son infracciones a la presente Ley:   I.     Alterar el orden público; II.   Proferir injurias, insultos o amenazas contra la autoridad o las personas; III.  Ejercer violencia contra cualquier persona; IV.   Realizar actos que dañen los bienes de dominio público o privado, V.    Realizar actos que dañen las áreas verdes, VI.   Afectar las vialidades y el libre transito de las personas y   Articulo 32.  Cada una de las infracciones a la presente Ley, serán sancionadas por la autoridad competente con una o más de las siguientes sanciones:   I. Amonestación; II. Multa; III. Arresto administrativo; IV. Reparación del Daño a terceros, y V. Actividades de apoyo a la comunidad.   Articulo 33.  Para la imposición de las sanciones por infracciones a la presente Ley se tomará en cuenta:   I. Los daños o afectaciones que se hubieren propiciado, o se puedan generar con motivo de los hechos constitutivos de las violaciones al presente ordenamiento; II. Las condiciones económicas del infractor, y III. La reincidencia.   Articulo 34.  Los líderes, representantes y manifestantes serán los responsables de las alteraciones al orden público y a las afectaciones al patrimonio público o privado, al medio ambiente y a  terceros. Las sanciones a que se harán acreedores los infractores a la presente Ley se impondrán en los siguientes términos:   I. Amonestación;   II. Multa de 11 a 20 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal o con arresto de 13 a 24 horas, para los manifestantes que contravengan las disposiciones del presente ordenamiento;   III. Multa de 50 a 100 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, a los organizadores o convocadores, ya sean éstos personas físicas o morales, que contravengan las disposiciones del presente ordenamiento. Para la aplicación de esta sanción se deberá identificar a los representantes o líderes de la manifestación, conforme a la solicitud presentada ante la Dirección de Control y Gestión;   IV. Multa de 100 a 150 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal y arresto de quince a treinta días,  a los  líderes, representantes, o aquellos que organicen, convoquen, participen o hayan tomado la palabra en el transcurso de las reuniones publicas o manifestaciones, sin dar aviso previo y por escrito,  referido en el articulo 12  de esta Ley.   V. Arresto Administrativo; VI. Reparación del daño a terceros; y VII. Actividades de Apoyo a la Comunidad   Articulo 35.  Los servidores públicos que contravengan las disposiciones de esta Ley, incurren en responsabilidad y  serán sancionados en los términos de la Ley en la materia.   Articulo 36. Quienes interrumpan, perturben o en alguna forma pretendan impedir u obstaculizar la  celebración  de marchas o manifestaciones registradas ante la Dirección de Control y Gestión, serán sancionados con arresto de veinte a treinta y seis horas o con multa de  100 a 150 días de salario mínimo.   Articulo 37.  Las sanciones a que se refiere este capítulo se impondrán sin perjuicio de las que procedan de conformidad con otras disposiciones vigentes.   Articulo 38. Los infractores de la presente Ley serán sancionados por la autoridad competente conforme a los procedimientos dispuestos en la en la Ley de Cultura Cívica y supletoriamente en la Ley de Procedimientos Administrativos del Distrito Federal.  

CAPÍTULO OCTAVO

DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD

  ARTÍCULO 39. Las personas afectadas por actos, omisiones o resoluciones de la autoridad, podrán optar entre interponer el recurso de inconformidad o el juicio de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal y la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.  

T R A N S I T O R I O S

  Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.   Segundo. Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan el contenido del presente Decreto.   Tercero. Se instruye a la Secretaría de Gobierno del Distrito Federal para crear dentro de su estructura la Dirección General de Control y Gestión de Manifestaciones  y Marchas en Vía Pública en el Distrito Federal en un periodo de 30 días posteriores a la aprobación del presente Decreto.   Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:  

 

DIP. JESUS SESMA  SUAREZ            DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ

COORDINADOR                                       VICECOORDINADOR

Published in gaceta

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a  11 de diciembre de 2012.

    DIP. MANUEL GRANADOS COVARRUBIAS PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA P R E S E N T E   Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO SOBRE EL PRESUPUESTO DE LA DELEGACIÓN CUAJIMALPA DE MORELOS ,  bajo la siguiente    

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

 

La historia de Cuajimalpa se remonta hasta el año de 1342 cuando llegaron los primeros habitantes tepanecas llegaron a lo que hoy es su territorio. De esta manera, Cuajimalpa  fue considerada como Municipio hasta el año 1928, y que a partir del 1 de enero de 1929 se convirtió en una Delegación del Distrito Federal. Finalmente, en 1970 se le denominó Cuajimalpa de Morelos.   Según datos del INEGI, su población es de casi 190,000 personas que ocupan casi 50,000 viviendas. La delegación ocupa el 4.7% de la superficie del Distrito Federal.   Su uso de suelo está dividido de la siguiente manera: zona urbana (47%), agricultura (4%), bosque (47%) y pastizal (2%).   Actualmente, el desarrollo de la zona de Santa Fe ha traído un interés especial en la región, por lo que se ha consolidado como uno de los nodos de actividad más importante al interior de la demarcación y para la Ciudad de México, conjuntamente con el Corporativo Arcos Bosques, entre otros tantos puntos en los que confluye un gran número de personas que generan fuerte movilidad en un ámbito metropolitano.   Su presupuesto para el año 2012 ascendió a 769.2 millones de pesos, que finalmente llegó a 803.1 millones de pesos, como resultado de las ampliaciones líquidas necesarias para cubrir obligaciones laborales.   La Delegación Cuajimalpa, al igual que la mayoría de las delegaciones del Distrito Federal, atraviesa por una situación complicada en materia financiera debido al poco margen de maniobra con el que cuenta para operar su presupuesto, ello sin dejar de mencionar los recursos tan limitados que año con año le son asignados por esta Soberanía.   Entre los principales problemas presupuestales por los que atraviesa, para afrontar el techo presupuestal asignado para el año 2013, encontramos los siguientes:   En primer término encontramos los “recursos etiquetados”, mismos que no pueden ser destinados a ningún otro rubro más que al que están destinados de origen, lo que disminuye significativamente el margen para elaborar una estrategia financiera de prioridades de acuerdo a las políticas delegacionales.   Los recursos etiquetados para Cuajimalpa en el 2012 fueron del orden del 15% de su techo presupuestal, mismo que se incrementará para el 2013 a un 17%.   En segundo lugar tenemos al “gasto centralizado”, concepto bajo el cual diversas dependencias del Gobierno Central realizan cargos en el presupuesto de las demarcaciones. Entre los conceptos a destacar se encuentran las partidas asociadas a la nómina, papel bond, toners, vestuario, prendas de protección, combustibles, material asfáltico, renta de equipo de fotocopiado, seguros y servicios de vigilancia.   El gasto centralizado de igual forma reduce el margen de maniobra a las delegaciones, se ha venido incrementando año con año. En el presupuesto aprobado para 2012 se ubicó en 173.9 millones de pesos y para el Anteproyecto 2013 se presupuestaron 181.2 millones de pesos, es decir, un incremento de 7.3 millones que representa el 4.2%.   En tercer lugar se ubican los “servicios personales”, ya que la política laboral implementada por el Gobierno Central de la Ciudad ha generado actualmente una carga financiera muy importante para las Delegaciones, ya que más de la mitad de la plantilla de personal está constituida por personas de la tercera edad, que por el nivel salarial en que se ubican no encuentran ningún aliciente para poder retirarse del servicio público con una pensión digna, acorde al tiempo de labores que han brindado al Gobierno.   Como consecuencia de ello, los Gobiernos Delegacionales tienen que recurrir cada año a la contratación de personal bajo el esquema de honorarios y a programas de personal eventual que incrementan sustancialmente el gasto corriente, contrataciones que además tienen que ser sometidos a la autorización de las instancias centrales.   En este contexto, el gasto del capítulo 1000 Servicios Personales representa un rubro que absorbe gran parte de los recursos asignados. En el caso de la Delegación Cuajimalpa de Morelos, con cifras al cierre de noviembre de 2012, dicho capítulo de gasto representa un porcentaje del 66.6 del total del presupuesto. Para el techo 2013, el porcentaje destinado al capítulo 1000 representa el 70.3%.   El porcentaje destinado al pago de servicios personales, viene a agravar la situación del ya de por sí reducido margen de operación, afectado por los recursos etiquetados y por el gasto centralizado.   Finalmente, las “fuentes de financiamiento” también constituyen un obstáculo más para el buen desempeño de las funciones de las autoridades delegacionales. Al respecto, para el año 2013, del total de 780 millones de pesos que las autoridades delegacionales nos han hecho saber le serán asignados, 633.2 provienen de recursos fiscales, 13.9 provienen de recursos autogenerados; 89 provienen del FORTAMUN; 31.2 del FAFEF y 13.5 provienen de deuda (crédito).   De la anterior conformación, los recursos fiscales que son la fuente con la que se puede financiar de manera más significativa el gasto operativo delegacional, se encuentran etiquetados en su mayoría para cubrir el costo de la nómina. Así, de los 633.2 millones de recursos fiscales, 549 se han tenido que destinar a partidas del Capítulo 1000 (servicios personales), aunado a otros 8.6 millones que se destinaron a cubrir sueldos del personal de honorarios, totalizando 557.6 MP   Como consecuencia de lo descrito, del monto de recursos fiscales, a la Delegación tan solo le restan 75.6 millones para repartirlo prioritariamente entre las partidas del Capítulo 4000 (Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas), que para 2013 alcanzará 17.4 millones de pesos.   Los 58.2 millones de recursos fiscales restantes, que podrían destinarse al gasto de operación, nuevamente se ven afectados en razón que la Secretaría de Finanzas ha dispuesto que sea con esta fuente de financiamiento con la que se cubra el Presupuesto participativo 2013, que de acuerdo con el techo 2013 notificado, representa un importe de 23.4 millones. Con ello el margen de operación con recursos fiscales quedaría tan solo en 34.8 millones con en el que se tienen que cubrir, además, gasto centralizado como seguros, responsabilidad patrimonial y energía eléctrica, entre otros, disminuyendo aún más la capacidad para afrontar los gastos de operación indispensables para el funcionamiento mínimo de la Delegación.   En conclusión, de acuerdo con la información de las Cuentas Publicas de 2007 a 2011 y al Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, en los últimos seis años, el presupuesto destinado a las Delegaciones pasó de representar el 20.7% del presupuesto total del GDF en 2007 al 17.0% en 2012, es decir, una reducción de 3.7 puntos porcentuales.   Lo anterior representa que, en términos reales, las delegaciones dejaron de recibir recursos en 2012 por alrededor de 5,107.6 millones de pesos (el 3.7% del presupuesto total autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal), que el GDF redirigió para cubrir otras necesidades de la ciudad, a través del engrosamiento del aparato burocrático, mediante la creación de nuevas dependencias, órganos desconcentrados y organismos, que le han venido a restar funciones a los órganos político administrativos o que incluso han venido a duplicarlas.   Derivado de todo lo anterior es que es urgente destinar mayores recursos a esta Delegación del Distrito Federal, con el objeto de que pueda hacer frente a los requerimientos que la sociedad le exige día con día. No olvidemos que la calidad de los servicios que presten las demarcaciones, siempre estarán de la mano de un presupuesto acorde a las necesidades reales de operación.   En tal virtud, un elemento que en primer término deseamos abordar por las implicaciones medioambientales y ecológicas que implica, es el relativo a la renovación de su parque vehicular, el cual contiene unidades que datan del año 1981.   Al respecto, cabe hacer mención que la última vez que el presupuesto asignado a la Delegación Cuajimalpa le permitió hacer una inversión considerable en esta materia, fue en el año 2002, cuando se adquirieron 60 unidades (en su mayoría camiones de volteo, de redilas y pipas de agua). Lo anterior da cuenta de la necesidad de realizar un fuerte inversión es este rubro, con la intención de mejorar las condiciones en las que opera el parque vehicular y abonar para reducir fuentes de contaminación importante.         Aunado a lo anterior, las reparaciones de estos vehículos resultan ser ya cotidianas y muy costosas, debido a que las refacciones son muy antiguas y en algunos casos son difíciles de encontrar en el mercado nacional, debiendo permanecer varias semanas en el taller autorizado, reduciendo la capacidad operativa de la demarcación y por ende, incrementando el número de quejas de la ciudadanía. Además, estos vehículos generan una mayor cantidad de bióxido de carbono y partículas suspendidas al medio ambiente, lo que provoca que se contribuya a la contaminación atmosférica de la demarcación y de la Ciudad de México, por ello es necesario y urgente la renovación de los vehículos de que prestan los diversos servicios públicos, con la finalidad de estar en condiciones de brindar un servicio de calidad y con seguridad para los habitantes de la demarcación y los operadores de los mismos.   El objetivo es renovar y sustituir la cuarta parte del parque vehicular para la prestación de servicios públicos de la Delegación Cuajimalpa de Morelos como la recolección de residuos sólidos, mantenimiento de la red de agua potable y de drenaje, sustitución de luminarias del alumbrado público, así como de bacheo y repavimentación de vialidades secundarias, con objeto de brindar mejores servicios y de mayor calidad, optimizar el gasto de combustible, economizar en el mantenimiento y rendimiento del parque vehicular, atender las demandas ciudadanas, ampliar la cobertura de rutas, logrando una reducción en la emisión de contaminantes a través de la adquisición de equipo de transporte con tecnologías modernas más amigables con el medio ambiente para el bienestar de los Cuajimalpenses.   Ello implica que en el capítulo 5000 (Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles), se requieren 34.0 MP para renovar el 25% del parque vehicular operativo. Con ello se podrían adquirir los siguientes vehículos:  
RECOLECTORES

1,930,000.00

5

9,650,000.00

BARREDORA

1,050,000.00

2

2,100,000.00

AMBULANCIA

810,000.00

2

1,620,000.00

CAMIONETAS MEDIA TON.

499,000.00

6

2,994,000.00

CAMIÓN DE 2 TON.

1,450,000.00

4

5,800,000.00

CAMIONETA PICK UP 8 CIL 4x2

370,000.00

7

2,590,000.00

CAMIONETA PICK UP 8 CIL 4x4

474,000.00

5

2,370,000.00

CAMIÓN C/CAJA TRASERA

815,000.00

1

815,000.00

CAMIÓN DE VOLETO

1,040,000.00

3

3,120,000.00

CAMIÓN PIPA

1,450,000.00

1

1,450,000.00

CAMIÓN PETROLIZADOR

1,490,000.00

1

1,490,000.00

   

33,999,000.00

        En materia de sustentabilidad, otro aspecto en el que consideramos se debe apoyar a esta Delegación, es el relativo a las áreas verdes. Se contempla reforzar más de 20,000 m2 a través de la reforestación en el campo de fútbol de San Pablo Chimalpa, zona protegida que se encuentra dentro de la reserva de los mantos acuíferos de dicho lugar, el cual mide 120 m x 80 m lo que nos da un total de 9,600 m2, así como en los camellones y parques de la zona de Santa Fe, Bosques y Bosques de las Lomas, lo cual nos da un aproximado de 10,400 m2, vital zona de importancia para la preservación de las áreas verdes.   En este sentido, los recursos que se requieren oscilan alrededor del 1% del Presupuesto asignado actualmente a la Delegación, es decir, 8 millones de pesos.   Por otro lado pero también en materia de sustentabilidad, un asunto que merece toda nuestra atención es el relativo al suelo de conservación. En términos generales, el Suelo de Conservación absorbe el 79.96% del total del territorio Delegacional y se encuentra integrado por los usos: Rescate Ecológico (RE), Producción Rural Agroindustrial (PRA), Preservación Ecológica (PE); y el de los Poblados Rurales, por los usos: Habitacional Rural de Baja Densidad (HRB), Habitacional Rural (HR), Habitacional Rural con Comercio y Servicios (HRC) y Equipamiento Rural (ER).   El cuidado del suelo de conservación constituye un proyecto estratégico de largo alcance regional ya que el rescate de barrancas en la Delegación Cuajimalpa evitará los asentamientos humanos irregulares y la recuperación de la superficie verde de la delegación. No perdamos de vista los siguientes aspectos:  
  • Valoración de los recursos naturales de la zona, como las especies de flora endémica.
  • Respeto y cuidado del medio ambiente.
  • Aprovechamiento racional de los recursos naturales.
  • Demostración de valores de respeto  al medio ambiente.
  • Difusión y multiplicación de conocimientos de preservación y mejora del medio ambiente.
  En este rubro, los recursos que se requieren también alcanzan el 1% del presupuesto de la Delegación: 8 millones de pesos.           En este sentido y en lo que respecta también a la sustentabilidad, es necesario contribuir con acciones de mitigación al fenómeno global de cambio climático.   Lo anterior se puede lograr si se sustituye el equipamiento de alumbrado público en vialidades de la Delegación Cuajimalpa, como serían postes, balastros y lámparas, para generar un ahorro en el consumo de energía, y por lo tanto contribuir a mitigar la emisión de gases de efecto invernadero, así como lograr ahorros por el pago del suministro de energía eléctrica.   Mediante este recurso se podrá contribuir a suministrar un mejor servicio de alumbrado público en la totalidad de las avenidas, calles principales, y calles secundarias de la Delegación Cuajimalpa de Morelos. Se estima que con este cambio, se podría apoyar a la economía local, permitiendo la ampliación de los horarios de apertura de los negocios ubicados en las calles y avenidas beneficiadas,  por cuestiones de inseguridad en el último año, así como reducir el índice de asaltos.   Con la mejora de la calidad de los servicios de iluminación en la Delegación, no sólo se podrá fortalecer la infraestructura social, sino que se reducirán los costos operativos en un 5 % lo cual se traducirá en aproximadamente un promedio de 25 proyectos de beneficio social; además de reducir la emisión de contaminantes aeróbicos y abatir la generación de materiales sólidos altamente contaminantes generados por el reemplazo periódico y mantenimiento de las luminarias.   La proyección del presente proyecto es de 5 años en su vida útil sustituyendo 323 Postes y 323 lámparas del alumbrado público, para generar un ahorro en el consumo de energía, mantenimiento y reemplazos, beneficiando a 173,625 personas beneficiadas.   En este renglón, la propuesta consiste en otorgarle un presupuesto adicional a su techo presupuestal para el próximo año, correspondiente al 2% del actual presupuesto delegacional, equivalente a 16 millones de pesos,   Finalmente, consideramos que existen una serie de proyectos prioritarios y para cuya realización la Delegación Cuajimalpa requiere un mayor presupuesto para canalizarlo a inversión. Entre ellos se encuentran los siguientes:
  • Programa Integral de Mantenimiento de Escuelas, en el Anteproyecto tan solo se presupuestaron 9.0 millones de pesos, se requieren 27.0 millones de pesos adicionales para brindar un mantenimiento conforme a las necesidades de los 52 planteles que se ubican en la demarcación. Total requerido: 36.0 millones de pesos.
  • Construcción de Centro de Desarrollo Comunitario, se plantearon recursos por 3.2 millones de pesos y no se requieren recursos adicionales. Total requerido: 3.2 millones de pesos.
  • Estabilización del Talud en la Col. Las Tinajas, solamente se logró aportar 2.0 millones de pesos para iniciar con trabajos previos, se requieren 13.0 millones de pesos extras para ejecutar los trabajos en su totalidad. Con recursos de este ejercicio se financió el proyecto ejecutivo. Total requerido: 15.0 millones de pesos.
  • Repavimentación de vialidades, se presupuestaron para 2013 tan solo 11.2 millones de pesos, se requieren recursos adicionales del orden de 48.8 millones de pesos para atender una importante superficie de rodamiento que se encuentra en un mal estado. Total requerido: 60.0 millones de pesos.
  • Rescate de espacios públicos, se programaron recursos por 4.8 millones de pesos que se espera que se dupliquen con recursos federales del Ramo 20 Desarrollo Social del Programa de Rescate de Espacios Públicos (PREP). Se requerirían de 25.0 millones de pesos adicionales a lo presupuestado para atender y rescatar del hampa y malvivientes, a parques, jardines, glorietas, camellones y módulos deportivos. Total requerido: 29.8 millones de pesos.
  • Rehabilitación de la red secundaria de agua potable, se logró presupuestar un importe de 4.0 millones de pesos para 2013, se necesitarían recursos adicionales por más de 21.0 millones de pesos para atender las demandas de la ciudadanía. Total requerido: 25.0 millones de pesos.
  • En el mantenimiento de la red de drenaje y alcantarillado se presupuestaron para el próximo ejercicio un importe de 6.0 millones de pesos millones de pesos. Para atender la mayor parte de la demanda ciudadana, se necesitan recursos extras por 19.0 millones de pesos. Total requerido: 25.0 millones de pesos.
  • En cuanto al mantenimiento de mercados públicos, se programaron recursos por 4.4 millones de pesos. No se requieren recursos adicionales puesto que en los últimos años se nos han etiquetado cifras parecidas. Total requerido: 4.4 millones de pesos.
    En suma, en el Capítulo 6000 Inversión Pública se requerirían cubrir, en primera instancia recursos por 44.7 millones de pesos.     Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con    

PUNTO DE ACUERDO

 

  ÚNICO: La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Publica de esta Soberanía, se le asignen a la Delegación Cuajimalpa de Morelos, 111 millones de pesos correspondientes a recursos adicionales a lo establecido en el techo presupuestal que actualmente se le está considerando para el año 2013, de la siguiente manera:  
  • 34 millones de pesos para la renovación del 25% de su parque vehicular, mismo que cuenta con unidades que datan del año 1981 y que no cuenta con unidades nuevas para dar servicio a la comunidad desde hace 10 años.
  • 8 millones de pesos para la reforestación de áreas verdes, con el objetivo de proveer reservas ecológicas en zonas estratégicas de la Delegación, al implementar la plantación de árboles, pastos y recursos asociados mediante la utilización de especies apropiadas a las condiciones ambientales de la región.
  • 8 millones de pesos para el suelo de conservación en el territorio de la Delegación, con el fin de realizar acciones de saneamiento de la vegetación, control de erosión y limpieza, y para la elaboración del proyecto ejecutivo de restauración de los recursos hídricos de la barranca, el cual es complementario a las acciones antes mencionadas.
  • 16 millones de pesos para la aplicación de medidas de mitigación al cambio climático, consistente en la sustitución de 323 Postes y 323 lámparas del alumbrado público.
  • 45 millones de pesos para destinarse a inversión pública en proyectos prioritarios de diversa índole, tales como mantenimiento de escuelas, repavimentación de vialidades, rescate de espacios públicos y la rehabilitación de la red secundaria de agua potable, entre otros.

Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:  

       DIP. JESÚS SESMA  SUÁREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ

                     COORDINADOR                                                       VICECOORDINADOR

Published in gaceta
Página 19 de 22