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Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 19 de Marzo de 2013.

  DIP. JOSÉ FERNANDO MERCADO GUAIDA PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL P R E S E N T E     Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO PARA SOLICITAR LA REALIZACIÓN DE AUDITORÍAS A LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, bajo la siguiente  

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

Hablar de la transparencia y rendición de cuentas en todos los organismos de gobierno del Distrito Federal, son dos componentes esenciales en los que se fundamenta un gobierno democrático. Por medio de la rendición de cuentas, el gobierno explica a la sociedad sus acciones y acepta consecuentemente la responsabilidad de las mismas. La transparencia abre la información al escrutinio público para que aquellos interesados puedan revisarla, analizarla y, en su caso, utilizarla como mecanismo para sancionar. Un gobierno democrático debe rendir cuentas para reportar o explicar sus acciones y debe transparentarse para mostrar su funcionamiento y someterse a la evaluación de los ciudadanos. En esta perspectiva, el auditar contribuye a reforzar los mecanismos de rendición de cuentas e incide directamente en una mayor calidad de transparencia.   La obligación de transparentar y otorgar acceso público a la información abre canales de comunicación entre las instituciones de gobierno y la sociedad, al permitir a la ciudadanía participar en los asuntos públicos y realizar una revisión del ejercicio gubernamental. Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a consideración del Pleno, la siguiente proposición con    

PUNTO DE ACUERDO

 

 

PRIMERO. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal solicita a la Auditoría Superior de la Federación, realice una auditoría a la Universidad Autónoma de la Ciudad de México,  a efecto de que se verifique  la aplicación correcta de los recursos Federales recibidos, su aplicación, control, registro contable, patrimonial y presupuestario, y que los recursos federales otorgados se hayan ejercido con la periodicidad y forma establecidas por la leyes y demás disposiciones aplicables, así como para verificar si la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, aplicó eficientemente los recursos federales recibidos al logro de los objetivos y metas de los programas establecidos para tal fin y se detecten irregularidades que afecten al patrimonio de la hacienda pública federal y, en su caso, finque las responsabilidades derivadas de las irregularidades que se detecten en las operaciones objeto de revisión e informe del resultado de la auditoría esta Asamblea Legislativa del Distrito Federal. SEGUNDO. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita al Oficial Mayor de este órgano legislativo, celebre un contrato de prestación de servicios con un despacho externo especializado en auditoría financiera, a efecto de que lleve a cabo una auditoría  a la aplicación y ejercicio de los recursos presupuestales locales de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México. TERCERO. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal solicita a la Contraloría General del Distrito Federal,  practique una auditoría a la Universidad Autónoma de la Ciudad de México,  a efecto de que se verifique  la aplicación correcta de los recursos otorgados por esta ALDF, su aplicación, control, registro contable, patrimonial y presupuestario, que los recursos otorgados se hayan ejercido con la periodicidad y forma establecidas por la leyes y demás disposiciones aplicables, así como verificar si la Universidad Autónoma de la Ciudad de México, aplicó eficientemente los recursos federales recibidos al logro de los objetivos y metas de los programas establecidos para tal fin y se detecten irregularidades que afecten al patrimonio de la hacienda pública local, en su caso, finque las responsabilidades derivadas de las irregularidades que se detecten en las operaciones objeto de revisión e informe del resultado de la auditoría a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:               DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                    VICECOORDINADOR
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Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 19 de Marzo de 2013.

  DIP. JOSÉ FERNANDO MERCADO GUAIDA PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL P R E S E N T E     Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por los artículos 122 apartado C, Base Primera, inciso V, letra i) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 fracción XIII, y 46 fracción I del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y; 85 fracción I, 86 y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 14 BIS Y 14 TER A LA LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL DISTRITO FEDERAL, bajo la siguiente:  

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

  Las tasas de población se determinan por el número de nacimiento y muerte de los individuos, así como por su esperanza de vida.   La población mundial ha pasado de los casi 1000 millones en el año de 1800 a más de 7,000 millones al 30 de octubre de 2011.[1]   Según estimaciones de la ONU en el año 2008, cada minuto nacieron entre 323 y 358 bebés en todo el mundo; para el año 2012, se estimó que nacieron 26.384.227.[2]   Por su parte, la Organización no gubernamental internacional Médicos sin Fronteras, señala que al reflexionar en el Día Internacional de la Mujer, en el progreso que han logrado las mujeres a escala mundial, es todavía perturbador saber que todavía mueren trágicamente 1000 mujeres cada día, de parto o de complicaciones relacionadas con su embarazo.   En México, la tasa de natalidad en las últimas 4 décadas, señalan que para 1970, habíamos 48 millones de habitantes, y para el 2010 fecha del último censo[3] fuimos 112,336,538 personas; cuya tasa de crecimiento total fue de 1.40.   Se presentaron en nuestro país en el año 2011, 2,586.287 de nacimientos, con una tasa global de fecundidad del 2.39, siendo importante resaltar que la Tasa de fecundidad de las adolescentes de 15 a 19 años fue de 56.86; y la tasa de natalidad[4] de 18.87 nacimientos por 1,000 habitantes durante el año 2011.   En lo que tiene que ver con el Distrito Federal, al año 2010, tenía una población de 8,851,080, de los cuales la población total de mujeres fue de 4,617,297, cuya tasa de crecimiento total fue de 0.30.   Por lo que hace a la tasa global de fecundidad al 2010, el INEGI, establece que fue de 1.69 del 2.39 a nivel federal; y la tasa de fecundidad de las adolescentes de 15 a 19 años, fue de 36.39 del 56.86 Nacional.   En cuanto a los nacimientos que informa el INEGI, en el 2011, se presentaron en la Ciudad de México 156,549 de los 2,586,287 que ocurrieron a nivel nacional, es decir, 6% de la población femenil del Distrito Federal, al estar embarazada, se encontró en condición de vulnerabilidad momentánea.   Finalmente, la Tasa de Natalidad en el Distrito Federal, fue hasta el año 2012 del 15.0 y se tiene proyectado que para este 2013, sea de 14.8[5],   Ahora bien, la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal, en diversos preceptos establece lo siguiente:   “Artículo 7.- No se considerarán hechos, acciones, omisiones o prácticas discriminatorias ilícitas, las siguientes: I. El ejercicio de un derecho humano; II. Las acciones legislativas, o de políticas públicas y las medidas positivas o compensatorias del Distrito Federal que establezcan tratos diferenciados con el objeto de lograr la igualdad sustantiva de oportunidades y de trato; VII. El cumplimiento de un deber derivado de una potestad establecida en la ley; VIII. El trato diferenciado que en su beneficio reciba una persona que padezca alguna enfermedad, respecto de otra persona sana, y IX. En general, todas las que no tengan el propósito o efecto de anular o menoscabar los derechos y libertades o la igualdad de oportunidades y de trato de las personas, ni de atentar contra los derechos específicos y la dignidad humana.”   “Artículo 23.- Los entes públicos, en el ámbito de su competencia, llevarán a cabo, entre otras medidas positivas a favor de la igualdad de oportunidades para las mujeres, las siguientes: I. Armonizar las leyes locales, de modo que los lineamientos de los tratados internacionales aprobados por los Estados Unidos Mexicanos, en materia de violencia y discriminación en contra de las mujeres se integren en los códigos civil, penal y demás legislación existente;” [6]     En ese sentido, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal, establece entre otras cuestiones: los principios para reconocer, promover, proteger y garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, así como establecer la coordinación interinstitucional para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra la mujeres.   Asimismo, la Ley de referencia, en su artículo 3 señala que se entenderá por debida diligencia; Mujeres en condición de vulnerabilidad; y, modalidades de violencia contra las mujeres:   “Artículo 3. Para efectos de la presente Ley se entenderá por:   II. Debida diligencia: La obligación de las personas que tienen la calidad de servidores públicos, las dependencias y entidades del Distrito Federal, de dar respuesta eficiente, eficaz, oportuna y responsable para garantizar los derechos de las mujeres;   IX. Mujeres en condición de vulnerabilidad: Aquellas en mayor situación de riesgo de ser victimas de violencia en atención a su raza, origen étnico, edad, discapacidad, condición social, económica, de salud, embarazo, lengua, idioma, religión, opiniones, orientación sexual, estado civil; cuando tengan la calidad de migrante, refugiada, desplazada o privadas de la libertad por mandato judicial; sea víctima de trata de personas, turismo sexual, prostitución, pornografía, privación de la libertad o cualquier otra condición que anule o menoscabe su derecho a una vida libre de violencia;   X. Modalidades de violencia: Los ámbitos donde ocurre, públicos o privados, y se ejerce la violencia contra las mujeres;”     Adicionalmente, el Artículo 4 de la ley en cita, establece como principios rectores:   “Artículo 4. Los principios rectores de esta Ley son: I. El respeto a la dignidad humana de las mujeres; II. La libertad y autonomía de las mujeres; III. La no discriminación; IV. La equidad de género; y V. La transversalidad de la perspectiva de género.”     Finalmente los Artículos 13 y 14 de la multicitada ley, señalan que las acciones que llevan a cabo las dependencias y entidades del Distrito Federal, puedan ser generales y especiales, entre las que deberá privilegiarse las de carácter no penal, que sirvan para evitar actos de violencia contra las mujeres, atendiendo a los posibles factores de riesgo tanto en los ámbitos públicos y privados.   A mayor abundamiento, el Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, en el Capítulo 21.7 relativo al Derecho a una vida libre de violencia de las Mujeres, establece como objetivo específico: el respetar, proteger, promover y garantizar, bajo el principio de igualdad y no discriminación, el derecho a una vida libre de violencia de las mujeres que habitan y transitan en el Distrito Federal.   En ese sentido, se establece como estrategia para dar cumplimiento entre otras: “Fortalecer las acciones de prevención de la violencia contra las mujeres a través de políticas públicas complementarias”.[7]   De igual forma, el Programa de Derechos Humanos en el Capítulo 32. Relativo a la Agenda Legislativa local por derecho y Grupo de Población, en el punto 32.1 Derecho a la igualdad y a la no discriminación, tiene como objetivo general: respetar, proteger, promover y garantizar el derecho a la igualdad y a la no discriminación de las personas que habitan y transitan en el Distrito Federal.[8]   Por su parte, el objetivo específico: Garantizar que el conjunto de la legislación local del Distrito Federal contenga lo establecido en el marco internacional y nacional vigente en México, así como el principio por persona, en relación con el reconocimiento, inclusión y garantía del derecho a la igualdad y a la no discriminación.   Estableciéndose en el Programa como estrategia sobre este punto: Revisar y, en su caso, armonizar la legislación del D.F. para que incluya los elementos que garanticen, en función de los estándares más elevados (como los principios pro persona y de progresividad), el derecho a la igualdad y a la no discriminación.   Es en este punto donde la Iniciativa que hoy presentamos ante este Pleno tiene viabilidad y cabida, pues a través de la misma se busca, dar transversalidad a la ley y crear discriminación positiva, dos condicionantes que el Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal prevé; así como la Ley para prevenir y eliminar la Discriminación del Distrito Federal, establecen como forma de garantizar el trato igualitario a personas que de manera permanente o temporal, se encuentran en condición de desventaja, como es en el caso de las mujeres embarazadas.   Para el Partido Verde es fundamental trabajar por mejorar las condiciones de vida de las mujeres, principalmente en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer, cuyo lema este año es: “Una promesa es una promesa: momento de pasar a la acción para acabar con la violencia contra las mujeres”. Por lo expuesto, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea Legislativa la siguiente:  

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN ARTÍCULO 14 BIS, A LA LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA

VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL DISTRITO FEDERAL

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se adicionan los Artículos 14 Bis y 14 Ter a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal, para quedar como sigue:    

LEY DE ACCESO DE LAS MUJERES A UNA

VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL DISTRITO FEDERAL

    Artículo 14 Bis. Serán consideradas como medidas de prevención general aquellas que permitan a las mujeres embarazadas, el derecho para contar con una atención preferente, ágil, pronta y expedita cuando se encuentran realizando algún trámite, solicitando algún servicio o participando de algún procedimiento ante cualquier autoridad federal o local; así como ser atendidas por particulares que brinden algún servicio público.   Artículo 14 Ter. Serán consideradas como medidas de prevención especiales aquellas que permitan a las mujeres embarazadas, el establecimiento de acciones concretas y obligatorias, para que gocen de las siguientes facilidades:  
  1. I.             Contar con una atención preferente, ágil, pronta y expedida cuando se encuentren realizando algún trámite, solicitando algún servicio o participando de algún procedimiento ante cualquier autoridad federal o local;
  2. II.            Ser atendidas con prontitud y diligencia por los particulares que brinden algún servicio público, de tal manera que tengan un acceso rápido a los mismos, particularmente en los establecimientos mercantiles.
  Lo establecido en las dos fracciones anteriores será con el objeto de que permanezcan el menor tiempo posible en una situación o circunstancia que afecte, en cualquier medida, su estado de salud.    

TRANSITORIOS

    ARTÍCULO PRIMERO.- Remítase al Jefe de Gobierno del Distrito Federal para su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y para su mayor difusión en el Diario Oficial de la Federación.     ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.     ARTÍCULO TERCERO.- Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan el contenido del presente decreto.       Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:       DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                       VICECOORDINADOR


[1] www.un.org/es/
 
[3] http://cuentame.inegi.org.mx/poblacion/mujeresyhombres.aspx?tema=P  
[4] Definición de Tasa de natalidad: Esta variable da el número promedio anual de nacimientos durante un año por cada 1000 habitantes, también conocida como tasa bruta de natalidad. La tasa de natalidad suele ser el factor decisivo para determinar la tasa de crecimiento de la población. Depende tanto del nivel de fertilidad y de la estructura por edades de la población.  
[5] http://www.inegi.org.mx/sistemas/sisept/default.aspx?t=mdemo15&s=est&c=17534
[6] www.aldf.gob.mx Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Distrito Federal. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito federal el 24 de febrero del 2011.
[7] Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal. Comité Coordinador para la Elaboración del Diagnóstico y Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal. 21.7 Derecho a una vida libre de violencia de las mujeres. Pág. 616.
[8] Declaración Universal de los Derechos Humanos, artículos 1, 2, 7, 10, 16, 21 (2), 25 (2), 26 (1), Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículos 2, 3 y 26; Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, artículo 2 (2), 3 y 26; Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, artículo II; Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículos 1 y 24.
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Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 19 de Marzo de 2013.

    DIP. JOSÉ FERNANDO MERCADO GUIDA PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL P R E S E N T E   Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por los artículos 122 apartado C, Base Primera, inciso V, letra i) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 fracción XIII, y 46 fracción I del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y; 85 fracción I, 86 y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN IV AL ARTÍCULO 9 Y SE CREA EL ARTÍCULO 29 BIS DE LA LEY PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL,  bajo la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

“No es la Discapacidad lo que hace difícil la vida,

sino las actitudes y pensamientos de los demás”.

Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad

(CONADIS)

 

  De acuerdo con información publicada por la ONU, se estima que más de 500 millones de personas en el mundo tienen algún impedimento físico, mental o sensorial y alrededor del 80% de estas personas viven en los países en desarrollo, como México.   Alrededor del mundo, generalmente a las personas con discapacidad se les niega la posibilidad de educación o de desarrollo profesional, se les excluye de la vida cultural y las relaciones sociales normales, se les ingresa innecesariamente en instituciones y tienen acceso restringido a edificios públicos y transporte debido a sus limitaciones físicas. Por si fuera poco, los discapacitados se encuentran en desventaja jurídica, ya que no cuentan con un documento oficial único que enumere sus derechos, sino que están dispersos en una serie de dictámenes judiciales, recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) e instrumentos jurídicos.   Afortunadamente, México ha avanzado en este tema con la promulgación y entrada en vigor en Junio del 2005, de la Ley General de las Personas con Discapacidad.   Pero no solamente las personas con discapacidad sufren. La sociedad pierde la oportunidad de aprovechar el enorme potencial de las personas que sufren esta situación.   La ONU ha luchado por mejorar la vida de las personas con discapacidad. En el decenio de 1970, el concepto de los derechos humanos de las personas con discapacidad ganó más aceptación internacional. En 1971 fue aprobada por la Asamblea General la Declaración de los Derechos del Retrasado Mental y en 1975, la Declaración de los Derechos de los Impedidos, la cual fija las normas para el trato igual y el acceso a los servicios que aceleran la integración social de estas personas.   En el Año Internacional de los Impedidos, celebrado en el año de 1981, se adoptó el Programa de Acción Mundial para los Impedidos y la proclamación del Decenio de las Naciones Unidas para los Impedidos. Debido a que a pesar de los esfuerzos de las Naciones Unidas "en pro de la igualdad de oportunidades", los discapacitados seguían siendo discriminados, la Asamblea adoptó en 1991 los Principios para la Protección de los Enfermos Mentales y el Mejoramiento de la Atención de la Salud Mental, y apoyó en 1994 una estrategia a largo plazo para promover el Programa de Acción Mundial para los Impedidos, todo ello en aras de buscar el establecimiento de una "sociedad para todos".   Desde entonces, varios han sido los esfuerzos internacionales para asegurar el respeto de los derechos de las personas con discapacidad. A continuación haremos mención de una breve síntesis de los instrumentos internacionales que se han emitido para estos mismos efectos, es decir, garantizar el goce completo de los derechos de las personas con discapacidad.    
  • Declaración Universal de los Derechos Humanos.
  • Arts. 1, 2, 7 y 25
  "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición............. no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional....... Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.  
  • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales,
Arts. 2, 6, 7, 11, 12, 13 y 15   "Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a garantizar el ejercicio de los derechos... sin discriminación alguna...... Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho a trabajar..... reconocen el derecho de toda persona al goce de condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias .......Una remuneración que proporcione como mínimo a todos los trabajadores Un salario equitativo e igual por trabajo de igual valor, sin distinciones de ninguna especie..... Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia..... Los Estados Partes en el presente Pacto, reconociendo el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el hambre, adoptarán, individualmente y mediante la cooperación internacional, las medidas necesarias..... Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental...... Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a la educación..... Convienen en que la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales. Convienen asimismo en que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre...... La enseñanza primaria debe ser obligatoria y asequible a todos gratuitamente..... La enseñanza secundaria, en sus diferentes formas, incluso la enseñanza secundaria técnica y profesional, debe ser generalizada y hacerse accesible a todos, por cuantos medios sean apropiados...... La enseñanza superior debe hacerse igualmente accesible a todos, sobre la base de la capacidad de cada uno, por cuantos medios sean apropiados..... Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona… Participar en la vida cultura… Gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones…."
  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Arts. 2, 7, 14, 16, 17, 23 y 26   "....sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, origen nacional o social, posición económica o nacimiento, a las medidas de protección que su condición de menor requiere, tanto por parte de su familia como de la sociedad y del Estado.... Cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto se compromete a garantizar que: a) Toda persona cuyos derechos o libertades reconocidos en el presente Pacto hayan sido violados podrá interponer un recurso efectivo, aun cuando tal violación hubiera sido cometida por personas que actuaban en ejercicio de sus funciones oficiales.... Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. En particular, nadie será sometido sin su libre consentimiento a experimentos médicos o científicos..... Todas las personas son iguales ante los tribunales y cortes de justicia.... Toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a la ley.... Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica... Nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y reputación..... Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques..... La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado..... Se reconoce el derecho del hombre y de la mujer a contraer matrimonio y a fundar una familia si tienen edad para ello..... Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social...”  
  • Convención sobre los Derechos del Niño
Arts. 2, 19 y 23   "Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna... Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición... Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual... procedimientos eficaces para el establecimiento de programas sociales con objeto de proporcionar la asistencia necesaria al niño y a quienes cuidan de él, así como para otras formas de prevención y para la identificación, notificación, remisión a una institución, investigación, tratamiento y observación ulterior... Los Estados Partes reconocen que el niño mental o físicamente impedido deberá disfrutar de una vida plena y decente en condiciones que aseguren su dignidad, le permitan llegar a bastarse a sí mismo y faciliten la participación activa del niño en la comunidad... reconocen el derecho del niño impedido a recibir cuidados especiales y alentarán y asegurarán, con sujeción a los recursos disponibles, la prestación al niño que reúna las condiciones requeridas y a los responsables de su cuidado de la asistencia que se solicite y que sea adecuada al estado del niño... a asegurar que el niño impedido tenga un acceso efectivo a la educación, la capacitación, los servicios sanitarios, los servicios de rehabilitación, la preparación para el empleo y las oportunidades de esparcimiento y reciba tales servicios con el objeto de que el niño logre la integración social y el desarrollo individual, incluido su desarrollo cultural y espiritual, en la máxima medida posible".  
  • Convenio de la Organización Internacional del Trabajo sobre la readaptación profesional y el empleo de las Personas Inválidas
Arts. 2, 3, 4, 7, y 8   "De conformidad con las condiciones, práctica y posibilidades nacionales, todo Miembro formulará, aplicará y revisará periódicamente la política nacional sobre la readaptación profesional y el empleo de personas inválidas... Dicha política estará destinada a asegurar que existan medidas adecuadas de readaptación profesional al alcance de todas las categorías de personas inválidas y a promover oportunidades de empleo para las personas inválidas en el mercado regular del empleo... se basará en el principio de igualdad de oportunidades entre los trabajadores inválidos y los trabajadores en general. Deberá respetarse la igualdad de oportunidades y de trato para trabajadoras inválidas y trabajadores inválidos. Las medidas positivas especiales encaminadas a lograr la igualdad efectiva de oportunidades y de trato entre los trabajadores inválidos y los demás trabajadores no deberán considerarse discriminatorias... Las autoridades competentes deberán adoptar medidas para proporcionar y evaluar los servicios de orientación y formación profesionales, colocación, empleo y otros afines, a fin de que las personas inválidas puedan lograr y conservar un empleo y progresar en el mismo... Se adoptarán medidas para promover el establecimiento y desarrollo de servicios de readaptación profesional y de empleo para personas inválidas en las zonas rurales y en las comunidades apartadas..." Al respecto, cabe mencionar que derivado de toda esta normatividad internacional, México ha adquirido diversos compromisos para asegurar el goce pleno de los derechos de las personas con discapacidad. En atención a ello, a continuación también mencionaremos un extracto de diversos instrumentos internacionales que se refieren a dichos compromisos.
  • Declaración de los Derechos de las Personas con Discapacidad
Arts. 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10   "...El impedido debe gozar de todos los derechos enunciados en la presente Declaración. Deben reconocerse esos derechos a todos los impedidos, sin excepción alguna y sin distinción ni discriminación... El impedido tiene esencialmente derecho a que se respete su dignidad humana. El impedido, cualesquiera sean el origen, la naturaleza o la gravedad de sus trastornos y deficiencias, tiene los mismos derechos fundamentales que sus conciudadanos de la misma edad... El impedido tiene los mismos derechos civiles y políticos que los demás seres humanos... El impedido tiene derecho a las medidas destinadas a permitirle lograr la mayor autonomía posible... El impedido tiene derecho a recibir atención médica, psicológica y funcional... El impedido tiene derecho a la seguridad económica y social y a un nivel de vida decoroso. Tiene derecho, en la medida de sus posibilidades, a obtener y conservar un empleo y a ejercer una ocupación útil, productiva y remunerativa, y a formar parte de organizaciones sindicales... El impedido tiene derecho a que se tengan en cuenta sus necesidades particulares en todas las etapas de la planificación económica y social... El impedido tiene derecho a vivir en el seno de su familia o de un hogar que la substituya y a participar en todas las actividades sociales, creadoras o recreativas... El impedido debe ser protegido contra toda explotación, toda reglamentación o todo trato discriminatorio, abusivo o degradante..."  
  • Declaración de Viena
Parte I, párrafo 22 y Parte II, párrafos 63 y 64   "... Especial atención a la no-discriminación y al disfrute, en igualdad de condiciones, por parte de los discapacitados de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluida su participación activa en todos los aspectos de la sociedad... La Conferencia... reafirma que todos los derechos humanos y las libertades fundamentales son universales, por lo que comprenden sin reservas a las personas con discapacidades. Todas las personas nacen iguales y tienen el mismo derecho a la vida y al bienestar, a la educación y al trabajo....vivir independientemente y a la participación activa en todos los aspectos de la sociedad...cualquier discriminación directa u otro trato discriminatorio negativo de una persona discapacitada es una violación de sus derechos. La Conferencia pide a los gobiernos que, cuando sea necesario, adopten leyes o modifiquen su legislación para garantizar el acceso a estos y otros derechos de las personas discapacitadas. El lugar de las personas discapacitadas está en todas partes. A las personas con discapacidades debe garantizárseles la igualdad de oportunidades mediante la supresión de todos los obstáculos determinados socialmente, ya sean físicos, económicos, sociales o psicológicos, que excluyan o restrinjan su plena participación en la sociedad..."  
  • Programa de Acción del Cairo
Párrafo 6. 29 y 6.32   "Objetivos... Asegurar el goce de derechos de todas las personas con discapacidad y su participación en todos los aspectos de la vida social, económica, y cultural. Crear, mejorar y desarrollar condiciones necesarias que aseguran oportunidades iguales para las personas con discapacidad y el valor de sus capacidades en el proceso de desarrollo económico y social: Asegurar la dignidad y promover la auto- confianza en las personas con discapacidad... Acciones.... Los gobiernos a todos los niveles deberían promover mecanismos que aseguren la realización de los derechos de las personas con discapacidad y reforzar sus capacidades de integración...".    
  • Declaración de Copenhague
Párrafo 26 (I) y Compromisos 2 (d), 6 (f) y (n)   "Nosotros, Jefes de Estado y de Gobierno... Asegurar que las personas y los grupos desfavorecidos y vulnerables estén incluidos en el desarrollo social y que la sociedad reconozca las consecuencias de la discapacidad y responda a ellas garantizando los derechos de la persona y posibilitando su acceso al medio físico y social... Formularemos y aplicaremos una política que asegure que todos dispongan de protección económica y social adecuada durante el desempleo, las enfermedades, la maternidad, la crianza de los hijos, la viudez, la discapacidad y la vejez... Garantizaremos la igualdad de oportunidades de educación en todos los niveles para los niños, los jóvenes y los adultos con discapacidades, en condiciones de integración y teniendo plenamente en cuenta las diferencias y situaciones individuales... Nos esforzaremos por que todas las personas con discapacidades tengan acceso a la rehabilitación y a otros servicios para una vida independiente y a una tecnología de asistencia que les permita desarrollar al máximo su bienestar, independencia y participación en la sociedad...".  
  • Plataforma de Acción de Beijing
Párrafo 106 ( c) y (o)   "Concebir y ejecutar, en colaboración con mujeres y organizaciones locales, programas de salud con orientación de género que prevean, por ejemplo, servicios de salud descentralizados, presten atención a las necesidades de la mujer durante toda su vida y a sus múltiples funciones y responsabilidades, su limitada disponibilidad de tiempo, las necesidades especiales de la mujer de los medios rurales y la mujer con discapacidades y las diversas necesidades de la mujer según su edad y su condición socioeconómica y cultural, entre otras cosas; hacer participar a la mujer, especialmente la mujer indígena y la mujer de las comunidades locales, en la determinación de las prioridades y la preparación de programas de atención de salud; y suprimir todos los obstáculos que impiden el acceso de la mujer a los servicios de salud y ofrecer toda una serie de servicios de asistencia sanitaria. Conseguir que las muchachas y las mujeres de cualquier edad que tengan discapacidades reciban servicios de apoyo..."  
  • Declaración de Estambul
Párrafo 7   "Como el ser humano es el aspecto más importante de nuestras preocupaciones respecto del desarrollo sostenible, es también la base de nuestra acción para dar efecto al Programa de Hábitat.... Intensificaremos nuestros esfuerzos por erradicar la pobreza y la discriminación, por promover y defender los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos y por satisfacer sus necesidades esenciales...nos comprometemos a mejorar las condiciones de vida en los asentamientos humanos de forma compatible con las necesidades y realidades locales, y reconocemos que es preciso tener en cuenta las tendencias económicas, sociales y ambientales mundiales a fin de garantizar la creación de un entorno mejor para todos. Trataremos también de lograr la participación plena e igual de todas las mujeres y de todos los hombres y la participación efectiva de los jóvenes en la vida política, económica y social. Propiciaremos el acceso sin restricciones de los discapacitados y la igualdad entre los hombres y mujeres en las políticas, los programas y los proyectos de vivienda y de desarrollo de asentamientos humanos sostenibles....".  
  • Agenda Hábitat, Párrafo 16, 40 (I) y 43 (v).
  "...Las personas con discapacidad no siempre han tenido la oportunidad de participar plenamente y en condiciones de igualdad en el desarrollo y la gestión de los asentamientos humanos, comprendida la adopción de decisiones, a menudo a causa de barreras sociales, económicas, de actitudes y físicas, así como de la discriminación. Deben eliminarse esas barreras, y las necesidades y las preocupaciones de las personas con discapacidad deben quedar plenamente integradas en los planes y las políticas de vivienda y de asentamientos humanos sostenibles, a fin de que éstas sean accesibles para todos... fomentar la mejora del patrimonio de viviendas existentes mediante rehabilitación y mantenimiento y el suministro adecuado de servicios, instalaciones y comodidades básicos... promover la igualdad de acceso y la plena participación de las personas con discapacidad en todas las esferas de los asentamientos humanos e instituir políticas y disposiciones jurídicas adecuadas de protección contra la discriminación por razón de discapacidad...".

Como podemos apreciar, existe una normatividad muy prolija en todo el orbe que tiene objetivos muy claros: promover, difundir y proteger los derechos de las personas con discapacidad, entendida ésta como cualquier problema cognitivo o físico que provoca un limitado desempeño en la vida cotidiana. Existen diversos tipos de discapacidad como: 1. Discapacidad Motriz.- Cuando hablamos de trastornos o déficits motrices, nos referimos a personas que presentan problemas en la ejecución de sus movimientos, en su motricidad en general, independientemente de la causa desencadenante. 2. Hemipléjica, afectación de una mitad lateral del cuerpo. 3. Parapléjica, sólo las piernas están afectadas; diplejía, hay alteraciones de los cuatro miembros, si bien es superior en miembros inferiores, quedando con menor afectación los miembros superiores. 4. Cuadriplejía o Tetraplejía, parálisis en los cuatro miembros. 5. Monoplejía, un miembro solamente está afectado. 6. Triplejía, tres miembros están afectados. En México, las personas con discapacidad representan un 2.3 por ciento (10 millones) del total de la población. Gran parte de ellos componen los grupos de discapacitados que no cuentan con un trabajo y viven a expensas de sus familiares, amigos, rentas, negocios, limosnas o pensiones (en el caso de personas de edad avanzada o jubilados por accidente).   Algunas de las limitaciones principales para la integración de personas con discapacidad las constituyen los obstáculos del entorno físico y la casi nula señalización adaptada, lo cual les impide el acceso y desplazamiento en edificios, viviendas, servicios de transporte público, calles, edificios públicos, espacios recreativos, deportivos y turísticos, parques y jardines.   Es verdad que con la Ley General de las Personas con Discapacidad vigente desde el año 2005 se ha avanzado enormemente en estos temas, sin embargo, todavía se observan una serie de elementos que impiden la incorporación total de estas personas a la vida cotidiana. Por ello, siempre debemos tener en cuenta que las personas que por naturaleza o accidente se ven imposibilitados a realizar determinadas actividades, no pierden su calidad de ser humanos, por lo tanto, tienen derecho y deben gozar de igualdad de oportunidades para poder integrarse a un proceso de rehabilitación por medio del cual pueden recuperar ciertas capacidades, tal como realizar sus labores habituales sin sufrir un menoscabo en su ya deteriorada salud.   Atentos a esta realidad, algunas Comisiones de Derechos Humanos a nivel Estatal y del Distrito Federal, han establecido los diez mandamientos de la integración del discapacitado, de la siguiente manera:   1. VIDA FAMILIAR: Tendrás derecho a encontrar una pareja, a tener hijos y a fundar una familia, vivir con tu familia y formar parte de tu comunidad.   2. ALOJAMIENTOS: Tendrás alojamiento y podrás desplazarte libremente en tu casa y sus alrededores.   3. ALIMENTACIÓN: En la primera infancia, tu madre te amamantará, en la niñez y la edad adulta, te corresponderá una parte equitativa de los alimentos de la familia.   4. ESCOLARIDAD: De niño irás a la escuela y tu maestro sabrá atender tus necesidades especiales e integrarte a todas las actividades escolares.   5. EDUCACIÓN Y FORMACIÓN: Se te darán las oportunidades de educación y formación que necesitas para prepararte a trabajar y a vivir independientemente.   6. OCIO: Tendrás pleno derecho a unirte a los demás en los acontecimientos sociales, culturales y religiosos.   7. SERVICIOS PÚBLICOS: Podrás acceder a todos los servicios y edificios públicos; las carreteras y transporte público deberán estar concebidos de forma que puedas desplazarte e integrarte con libertad e independencia en la sociedad.   8. ASOCIACIONES: No se te denegará el ingreso en ninguna asociación ni organización abierta a todos y, si lo deseas, podrás formar tu propia asociación.   9. OPORTUNIDADES ECONÓMICAS: Disfrutarás de las mismas oportunidades económicas que los demás; a trabajo igual, igual salario.   10. PARTICIPACIÓN POLÍTICA: Tendrás derecho a votar y ser votado, a participar en el gobierno como los demás ciudadanos; se escuchará tu voz en los asuntos que te afecten y en lo respectivo a la organización de los servicios que se te presten.   Sin embargo, en nuestro país hace falta más difusión de esta información con el objetivo de que la gente se preocupe más y se tome una verdadera conciencia por lo que ocurre a nuestro alrededor con relación a las personas con discapacidad. Debemos estar consientes de que algún día podríamos estar en una desventaja física y vernos en la necesidad de recurrir a este tipo de conocimiento para exigir el respeto de nuestros derechos.   En el Distrito Federal en el mes de enero del 2009, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, presentó el Informe Especial sobre la situación de los derechos de las personas con discapacidad en el Distrito Federal, (2007 – 2008).   El Informe especial sobre la situación de los derechos humanos de las personas con discapacidad en el Distrito Federal busca ser un instrumento que contribuya, desde el trabajo integral de la CDHDF, a dar elementos que ayuden a modificar la cultura social respecto de esta situación, y a que las instancias públicas del estado en la ciudad de México asuman y cumplan con las obligaciones que tienen en materia de derechos humanos de las personas con discapacidad.”   Por ello, en el año 2010, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, en donde en su artículo 3. Se establece:   “Artículo 3º. La creación de las condiciones adecuadas para la plena integración al desarrollo de las personas con discapacidad, es una causa de interés público y por consecuencia además de la Administración Pública del Distrito Federal, todos los sectores de la sociedad deberán participar activamente en el cumplimiento de la presente Ley, la cual establecerá las obligaciones y derechos que les corresponden.”   En ese sentido, es importante que se generen políticas y acciones públicas positivas para las personas con discapacidad, pues de acuerdo a los datos de la Encuesta Nacional sobre Discriminación en México, del año 2010, en la que como sociedad participemos, pues uno de los indicadores de discriminación a personas con discapacidad, establecen a nivel nacional que: Casi la mitad de la población en el país considera que con mucha frecuencia la gente no deja pasar en la fila a personas con discapacidad y también que estacionan sus coches en lugares reservados para personas con discapacidad; cuatro de cada diez personas piensan que sucede algo y poco.   Dato que resulta relevante, si tomamos en cuenta que alrededor de 159 mil personas que radican en el Distrito Federal, tienen discapacidad, y según estimaciones, sólo cerca del 7% de esta ciudad resulta accesible para dicha población, debido a lo accidentado de las calles, banquetas y en general de la geografía de las delegaciones.[1]   También es importante resaltar, que seis de cada diez personas con discapacidad consideren que en el país no se respetan los derechos de las personas con discapacidad, principalmente por ignorancia. Y si bien, en todas las delegaciones políticas al año 2012, se acordó realizar 800 acciones en pro de la accesibilidad para las personas discapacitadas y para la población en general que derivarán en 10 mil soluciones para dar acceso a personas con alguna discapacidad alrededor de la ciudad, esta voluntad tiene que estar plasmada en la Ley.   Derivado de lo anterior es que consideramos que nuestra propuesta encuentra una total viabilidad en todo lo expuesto, por lo que es necesario y deseable que se establezca en la normatividad aplicable que las autoridades competentes propongan el establecimiento de acciones concretas y obligatorias para que todas las personas con discapacidad, temporal o permanente, gocen de las siguientes facilidades:  
  • Contar con una atención preferente, ágil, pronta y expedita cuando se encuentran realizando algún trámite, solicitando algún servicio o participando de algún procedimiento ante cualquier autoridad federal, estatal, municipal o del Distrito Federal; y
  • Ser atendidos con prontitud y diligencia por los particulares que brinden algún servicio público, de tal manera que tengan un acceso rápido a los mismos, particularmente en los establecimientos mercantiles.
  Lo anterior con el objeto de que permanezcan el menor tiempo posible en una situación o circunstancia que contribuya a deteriorar, en cualquier medida, su estado de salud.     Por lo expuesto, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea Legislativa la siguiente:  

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UNA FRACCIÓN IV AL ARTÍCULO 9 Y SE CREA EL ARTÍCULO 29 BIS DE LA LEY PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL

 

ÚNICO.- Se adiciona una fracción al Artículo 9; y se crea el artículo 29 Bis, ambos de la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal,  para quedar como sigue:    

LA LEY PARA LA INTEGRACIÓN AL DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DEL DISTRITO FEDERAL

         Artículo 9.- Los derechos de las personas con discapacidad son los que consagran la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes que de ella emanan y los Tratados Internacionales firmados y ratificados por el Estado Mexicano. Sin embargo y debido a la complejidad de la problemática de la discapacidad, para efectos de la presente Ley se entenderán por derechos específicos de las personas con discapacidad los siguientes:   I a III. …   IV. El derecho de facilidad para su plena incorporación a las actividades cotidianas: para contar con una atención preferente, ágil, pronta y expedita cuando se encuentran realizando algún trámite, solicitando algún servicio o participando de algún procedimiento ante cualquier autoridad federal o local; así como ser atendidos por particulares que brinden algún servicio público.        Artículo 29 Bis. Las autoridades competentes deberán proponer el establecimiento de acciones concretas y obligatorias para que todas las personas con discapacidad, temporal o permanente, gocen de las siguientes facilidades:  
  1. I.             Contar con una atención preferente, ágil, pronta y expedida cuando se encuentren realizando algún trámite, solicitando algún servicio o participando de algún procedimiento ante cualquier autoridad federal o local;
  2. II.            Ser atendidos con prontitud y diligencia por los particulares que brinden algún servicio público, de tal manera que tengan un acceso rápido a los mismos, particularmente en los establecimientos mercantiles.
  Lo establecido en las dos fracciones anteriores será con el objeto de que permanezcan el menor tiempo posible en una situación o circunstancia que contribuya a deteriorar, en cualquier medida, su estado de salud.    

TRANSITORIOS

    ARTÍCULO PRIMERO.- Remítase al Jefe de Gobierno del Distrito Federal para su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y para su mayor difusión en el Diario Oficial de la Federación.     ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.     ARTÏCULO TERCERO.- Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan el contenido del presente decreto.       Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:       DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                       VICECOORDINADOR


[1] www.inegi.gob.mx. Censo de población y vivienda 2010/servicios-para-personas-con-capacidades-differre…
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Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 19 de Marzo de 2013.

  DIP. JOSÉ FERNANDO MERCADO GUAIDA PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL P R E S E N T E   Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por los artículos 122 apartado C, Base Primera, inciso V, letra i) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 fracción XIII, y 46 fracción I del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y; 85 fracción I, 86 y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN INCISO G) AL ARTÍCULO 5 DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES EN EL DISTRITO FEDERAL, bajo la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

  Las condiciones de vida para las personas de la tercera edad, son difíciles en todo el mundo, pues pierden rápidamente oportunidades de trabajo, actividad social, ocasionando que en la gran mayoría de los casos se sienten excluidos.   Según el INEGI, el proceso de envejecimiento demográfico se manifiesta en el aumento de la proporción de personas de 60 años o más de edad. Su aumento es resultado del descenso de la mortalidad general, como consecuencia de la cada vez mayor prevención oportuna de afecciones transmisibles. Sin embargo, es un reto que tal progreso esté acompañado de mejoras en la calidad de vida.   Los cambios en el papel y la estructura de la familia pueden alterar las formas tradicionales de cuidado de las personas de mayor edad, muchas de las cuales concluyeron su vida laboral porque obtuvieron una pensión o porque sus capacidades no les permiten seguir trabajando. Para una elevada proporción, este retiro no va acompañado de seguridad económica, lo que en muchos casos genera una pérdida del reconocimiento y la importancia que esas personas tuvieron en el pasado.   Un análisis del propio INEGI permite concluir que el proceso de envejecimiento en el país, se distingue por un claro sesgo de género y la prevalencia de la inequidad social.   Como lo muestran los altos niveles de analfabetismo, factores como la escasa educación formal que recibieron tanto hombres como mujeres de 60 años o más; la precariedad en las condiciones de su vivienda, y las características de su inserción en el mercado de trabajo (donde los ingresos percibidos por trabajo son claramente inferiores respecto a lo que reciben otros grupos de edad), entre otros, se hacen aún más notorios cuando el adulto mayor muestra alguna discapacidad, o bien cuando es hablante de lengua indígena.   Esta publicación del 2005 muestra también que los adultos mayores siguen cumpliendo un papel importante en la producción de bienes y servicios, pues casi la mitad de la población de 60 a 64 años del país continúa en la actividad económica. Esta elevada participación laboral revela una situación que, lejos de constituir una opción voluntaria, puede atribuirse tanto a la baja cobertura de la seguridad social como al escaso monto de las jubilaciones percibidas por aquellos que cuentan con tal protección.   Actualmente México es un país de jóvenes, donde 50% de la población tiene 22 años o menos; no obstante, es necesario analizar las condiciones de vida y los principales problemas de las personas adultas mayores en el presente, con el objetivo de prever el perfil de demandas y necesidades de este grupo de población en los años por venir. Por ello, es que surge como impostergable la necesidad de establecer medidas que contribuyan a mejorar sus condiciones de vida.   La legislación mexicana establece que los adultos mayores tienen derecho a gozar de igualdad de oportunidades en el acceso al trabajo o de otras opciones que les permitan un ingreso propio, a desempeñarse en forma productiva tanto tiempo como lo deseen, así como a recibir la protección que establecen las disposiciones legales de carácter laboral.       La vulnerabilidad social se relaciona con grupos específicos de población, que se encuentran en situación de “riesgo social”, debido a factores propios de su ambiente doméstico o comunitario. En este sentido, el grupo de adultos mayores presenta mayor “riesgo social” que resulta en parte inherente al avance de la edad y que se ve acentuada por las deficiencias de cobertura y calidad en materia de seguridad social y atención a la salud; por su mayor propensión a presentar limitaciones físicas o mentales, o por su condición étnica.   Se considera que los adultos mayores  forman parte de estos grupos, dado que muchos de ellos están en situación de dependencia, no cuentan con una definición de roles y muchas veces son excluidos de las decisiones.   Ello sin dejar de mencionar el mal trato que reciben por parte de un sector importante de la población, que debería otorgarles facilidades para el desarrollo de sus actividades cotidianas.   Al lastimar a las personas mediante la exclusión y negarles el reconocimiento como personas sujeto de derechos, la discriminación rebasa también el ámbito de lo individual, e impide construir y mantener relaciones interpersonales basadas en el respeto, la igualdad y el aprecio mutuo, necesarios para el desarrollo consistente de la identificación social.   Esto quiere decir que no es posible construir una sociedad, un Estado, si no se parte del pleno  reconocimiento de la igualdad de las personas consagrado en un sinnúmero de instrumentos, nacionales e internacionales de protección de derechos humanos.   Pero sin soslayar todo lo anterior, no perdamos de vista que también existe la discriminación positiva como una herramienta que contribuye a construir una sociedad más justa.   La discriminación positiva o acción afirmativa es el término que se da a una acción que, a diferencia de discriminación negativa (o simplemente discriminación), pretende establecer políticas que dan a un determinado grupo social, étnico, minoritario o que históricamente haya sufrido discriminación a causa de injusticias sociales, tal como los adultos mayores, un trato preferencial en el acceso o distribución de ciertos recursos o servicios así como, acceso a determinados bienes, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de grupos desfavorecidos, y compensarlos por los prejuicios o la discriminación de la que fueron víctimas en el pasado.   Por ello, la discriminación positiva debe ser una política social dirigida a mejorar la calidad de vida de grupos desfavorecidos, proporcionándoles la oportunidad efectiva de equiparar su situación de mayor desventaja social. El mecanismo de funcionamiento significa la excepción al principio de igual trato, contemplada en el marco legislativo, es decir, tratar desigual lo que de partida tiene una situación desigual, con el objetivo de crear equidad.   He aquí donde cobra sentido nuestra propuesta, misma que consiste en establecer en la Ley la garantía de que las personas adultas mayores tengan efectivamente una atención preferente en los establecimientos públicos y privados que prestan servicios al público. Al efecto, la totalidad de dichos establecimientos deberán contar en sus reglas de operación o funcionamiento con mecanismos expeditos para que esta atención incluya asientos y cajas, ventanillas o filas especiales para las personas adultas mayores.   Además de la situación general que guarda este sector de la población, es importante conocer y comprender las dimensiones particulares de la discriminación en relación con las mujeres y con cada uno de los grupos poblacionales, incluida la población adulta mayor, para los cuales la discriminación se ha presentado de manera histórica, constante y sistemática.   A consecuencia de ella, tales grupos han enfrentado desigualdades fundamentales en cuanto al acceso a derechos y oportunidades para el desarrollo. Por ello, se debe tener como objetivo principal brindar los fundamentos para atender más y mejor la discriminación contra uno de los grupos más desprotegidos: las personas adultas mayores.   En 2010 el Censo de Población y Vivienda del INEGI, registró 10.1 millones de personas adultas de más de 60 años, quienes corren el riesgo constante de sufrir las consecuencias negativas de percepciones prejuzgadas, cuyas consecuencias van del desempleo al abandono, y la negación de oportunidades y derechos fundamentales.   El paso del tiempo afecta las habilidades y capacidades de todas las personas; sin embargo, asumir a priori que una persona es inútil, incapaz o enferma debido a su edad es una práctica injustificable desde cualquier punto de vista razonable, sobre todo, cuando se trata de recibir lo que toda persona merece  en su dignidad, y que se refleja mediante el reconocimiento real de los derechos y el acceso efectivo a las oportunidades.     En nuestro país, 27.9% de las personas mayores de 60 años han sentido alguna vez que sus derechos no han sido respetados por su edad, 40.3% describe como sus problemas principales los económicos, 37.3% la enfermedad, el acceso a servicios de salud y medicamentos, y 25.9% los laborales. Todos éstos son medios imprescindibles para llevar a cabo una vida digna.   Según el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación y el propio Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, la Encuesta nacional de Discriminación en México (ENADIS) 2010 muestra los niveles de exclusión, de falta de reconocimiento y de obstaculización de derechos y oportunidades fundamentales, para llevar a cabo una vida digna y satisfactoria independientemente de la edad.   Por ello ambas instancias se han pronunciado en cuanto a la necesidad, de visibilizar la condición en que se encuentran muchas de estas personas en nuestro país por discriminación en razón de su edad. Estas personas necesitan y, sobre todo, merecen ser vistas desde una perspectiva de derechos propios, desde la perspectiva de que su inclusión no es una prerrogativa discrecional sino una obligación.   El Distrito Federal no escapa al proceso de envejecimiento poblacional. De acuerdo con el Diagnóstico de Derechos Humanos para el Distrito Federal y los datos arrojados por El Censo de Población del año 2010, en el Distrito Federal, vivimos 8,851.080 personas, con una densidad de población de habitantes por kilómetro cuadrado, de 5,920.45 personas, y de las cuales el porcentaje de población de población de 60 años representa el 11.6% de la población del Distrito Federal.[1]   Por ello, como se reconoce en el Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, se establece en el Capítulo 27[2], para poder analizar el nivel de cumplimiento de las obligaciones del Estado de garantizar, respetar, proteger y asegurar la exigibilidad de los derechos de las personas adultas mayores es necesario reconocer que por sus particulares características, tiene altas posibilidades de ser excluidas, al interior de sus familias y socialmente.     Sin duda, manifestaciones de esa exclusión son los actos de discriminación -violencia, física, emocional, por negligencia, patrimonial y societaria- las cuales no necesariamente implican la comisión de un delito, pero que tienen una afectación en la salud física y mental de los adultos mayores.   Como se establece en el Informe Especial sobre la situación de los Adultos Mayores Institucionalizadas en el Distrito Federal: “Desde esta perspectiva, la vejez, como fenómeno social, exige ser considerada tanto en sus características comunes con cualquier otro agrupamiento de edad como en sus propias especificidades […]. La vejez no será sino lo que quiera que sea la sociedad que la crea. Por ello, identificar y entender las problemáticas que enfrentan las personas adultas mayores para hacer efectivo el goce y ejercicio de sus derechos, sólo es posible si el papel y condición de éstas en las familias y comunidades se analiza a la luz de los factores sociales que impactan su experiencia de envejecimiento.”[3]   Por todo lo anterior, a través de la presente iniciativa  lo que se propone es incluir en los derechos de las personas adultas mayores, el que puedan tener derecho de preferencia en materia de servicios públicos y privados.   En el Partido Verde consideramos que todos debemos ser conscientes y ayudar a los que ayer hicieron mucho por nosotros y hoy necesitan de nuestros apoyo y cuidados para sobrevivir. Desde los mayores entes públicos encargados de proporcionar servicios, el sector privado que a diario se encarga de proporcionar bienes y servicios a la comunidad, la más pequeña de las clínicas, la miscelánea de la esquina, las sucursales bancarias, las oficinas de las Tesorerías, las tiendas de autoservicio, todos somos responsables de dignificar al máximo la vida de las personas adultas mayores.     Por lo expuesto, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea Legislativa la siguiente            

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA UN INCISO G) AL ARTÍCULO 5 DE LA LEY DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES EN EL DISTRITO FEDERAL

    ÚNICO.- Se adiciona un inciso G) al artículo 5 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal, para quedar como sigue:   Artículo 5.- De manera enunciativa esta Ley reconoce a las personas adultas mayores los siguientes derechos:   A) a  F).   G) Del acceso a los servicios:   I. A tener una atención preferente en los establecimientos públicos y privados que prestan servicios públicos. Al efecto la totalidad de dichos establecimientos deberá contar en sus reglas de operación o funcionamiento con mecanismos expeditos para que esta atención incluya asientos y cajas, ventanillas o filas, así como lugares especiales en los servicios de autotransporte para las personas adultas mayores;    

TRANSITORIOS

    ARTÍCULO PRIMERO.- Remítase al Jefe de Gobierno del Distrito Federal para su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y para su mayor difusión en el Diario Oficial de la Federación.     ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.     ARTÍCULO TERCERO.- Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan el contenido del presente decreto.         Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:         DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                       VICECOORDINADOR


[1] http://www3.inegi.org.mx/sistemas/mexicocifras/default.aspx?e=9
[2] Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal. Comisión de Derechos Humanos. Capítulo 27. Derechos de las personas mayores. Dentro del marco normativo que consagra derechos, programas y servicios para esta población se encuentra a nivel local, la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Distrito Federal. A nivel internacional, se encuentran Principios de Naciones Unidas para las Personas de Edad, y los Planes de Acción Internacional sobre el Envejecimiento de Viena y Madrid.
[3] Rodolfo Tuirán, “Retos y oportunidades demográficas de México en el siglo XXI”, en Conapo, La población en México: situación actual y desafíos futuros citado en Grupo Consultor Interdisciplinario, “Transición demográfica: ¿Hacia dónde?”, op. cit., p. 9.
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Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 6 de Febrero de 2013.

    DIP. JERÓNIMO ALEJANDRO OJEDA ANGUIANO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE P R E S E N T E     Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN PUNTO DE ACUERDO RELATIVO LA SITUACIÓN JURÍDICA Y FÍSICA DE LOS MERCADOS PÚBLICOS DEL DISTRITO FEDERAL, bajo la siguiente:  

EXPOSICION DE MOTIVOS

    Lo ocurrido en días pasados en el Mercado de la Merced de la Ciudad de México, lamentablemente se ha convertido en un claro referente del estado físico de deterioro en que se encuentran estos espacios de comercio público.   Si observamos con detenimiento, en los últimos 2 años en esta Ciudad, algunos de los más importantes y representativos mercados públicos del Distrito Federal han sufrido alguna conflagración. Como botones de muestra, tenemos los siguientes casos:  
  • Mayo de 2011 y noviembre del 2012, Mercado de Jamaica
  • 28 de septiembre del 2012, Mercado de San Juan en la Delegación Cuauhtemoc
  • 5 de enero 2013, Central de Abastos del Distrito Federal, Delegación Iztapalapa
  • 27 de enero de 2013, incendio en la Nave Mayor del Mercado de la Merced.
  Los problemas a que se enfrentan estos centros de abasto son de la más distinta índole. A continuación mencionaremos algunos de los más representativos:  
  • A la fecha se desconoce si existe un programa de fumigación de plagas de fauna nociva por parte de la Agencia de Protección Sanitaria del Distrito Federal, que forma parte de la Secretaría de Salud Local, acción que es fundamental, principalmente en esta temporada de pleno calor.
  Se tienen registros que en el año 2010 existían, de acuerdo a un comunicado de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales en el Distrito Federal, 180 millones de cucarachas y 45 millones de ratas, animales que causan y transmiten enfermedades como lepra, diarrea, infecciones, inflamaciones, pus, tifoidea, fiebre y dermatitis, entre otras.   Aunado a lo anterior, también recordemos que las ratas al mordisquear cables, exponen la conducción de electricidad, lo que puede generar incendios, como los que han ocurrido en los mercados antes citados, y muchos más de la Ciudad.  
  • Es fundamental que los mercados públicos cuenten con programas de protección civil, pues en ellos no solo se encuentran los locatarios y sus familias, sino también visitantes y compradores, incluso CENDIS  para la atención de los hijos e hijas de los trabajadores, además de instalaciones de gas en franco deterioro. Todo esto, sin un programa interno de protección civil, incrementa los niveles de inseguridad física y patrimonial de estos espacios.
 
  • Las 16 delegaciones año con año reciben recursos económicos para trabajos de mantenimiento y remozamiento, por parte de esta Soberanía. Sin embargo, se desconoce la cantidad de recursos económicos que la Secretaría de Finanzas otorga a la Secretaría de Desarrollo Económico y que ésta a su vez distribuye a las 16 demarcaciones territoriales para realizar trabajos en la infraestructura de los mercados públicos que hay en la ciudad y no solo para empadronar locatarios. También desconocemos el trabajo que la Secretaria de Desarrollo Económico realiza de manera integral en los mercados públicos, ya que en los últimos años se ha reportado que se está realizando una gran labor de empadronamiento de locatarios, bajo el argumento de regularizar los giros que existen en los mismos, acto por cierto al que la mayoría de los locatarios se oponen.
  Los recursos de los que hablamos son los siguientes: -       En el 2008, la Asamblea creo el fondo para Mantenimiento y Remoción de Mercados Públicos por un monto de $205,800,000.00, el cual sería ejercido en el año 2009. -       En el año 2009, la Asamblea aprobó que la Delegación Venustiano Carranza destinará $30,000,000 de pesos para la obra pública y mejoramiento del Mercado de la Merced Nave Menor. El cual sería ejercido en el año 2010 -       En el año 2010, aprobó que la Delegación Venustiano Carranza, destinará $9,000,000 de pesos, para el mantenimiento de la Nave Mayor, remozamiento y conservación al mercado de la Merced-Comidas (en donde fue el siniestro más reciente). -       Para la Delegación Iztacalco, se destinaron $8,000,000 de pesos, para la construcción de un mercado en la Colonia Granjas México. -       En ese mismo, año, se estableció que dentro del Presupuesto de la Secretaria de Desarrollo Económico del Distrito Federal, se asignarían recursos para el Programa de Regularización y Empadronamiento de Locatarios de Mercados Públicos por un monto de $8,000,000 de pesos.   Cabe mencionar que para los años 2012 y 2013, la Asamblea Legislativa no destinó un solo peso para obras de mantenimiento y remodelación de los mercados públicos.   -       Por otro lado, se sabe que la anterior administración creó la Norma de Ordenación Número 29 para la protección de los mercados públicos, ante el embate de la competencia desleal por parte de las grandes cadenas de distribución de alimentos, sin embargo, no se conoce a la fecha los beneficios que esta Norma ha generado a los mercados públicos.   Es decir, en materia de mercados públicos, la única certeza que se tiene al día de hoy es que:   a)    Los mercados públicos de la ciudad de México se rigen por una normatividad que es el Reglamento de Mercados del año de 1951 b)    Se pretende actualizar y generar políticas de desarrollo de los mercados públicos de manera aislada, sin un marco legal vigente y acorde a las necesidades de los locatarios, pero también de los visitantes y consumidores. c)    No se conoce con certeza el número de mercados públicos que se encuentran en la Ciudad y mucho menos los que se encuentran  en inminente riesgo, no solo de incendios sino también de derrumbes.   Sobre este punto, los datos son que en el año 2010, la Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad, informo al Pleno que existían 77 mercados públicos de alto riesgo; en el año 2011, el número fue de 53, y la última cifra de este fin de semana es de 50 en alto riesgo y 10 en riesgo inminente.   En el foro realizado a inicios de este año por la Comisión de Abasto y Distribución de Alimentos, se señaló que son 9 los mercados que se encuentran en riesgo inminente.   Pos su parte, la Secretaria de Protección Civil de la Ciudad, señala 44 mercados públicos con riesgo inminente.   Por lo que se refiere al número total, tampoco existe certeza, pues hasta el año 2011 la Secretaría de Desarrollo Económico señalaba 319 y ahora señala 325. Sin embargo, la Federación de Mercados y Concentraciones Populares de Anáhuac, AC, señala que son 324.   En otro orden de ideas, debemos decir que en los mercados públicos también se realizan actividades que incluso están prohibidas por Ley, tal como hace algunos días  denunciamos la venta de especies protegidas.   Estas son solo algunas de las anomalías, irregularidades y desorden que existe en la materia. Y la lista sigue y sigue…   Como podemos observar, de nada nos va a servir dotar de recursos económicos, empadronar locatarios, crear normas de ordenación para la protección de los mercados, crear programas de protección civil, subsidios y aplicación de recursos autogenerados, si estos espacios no cuentan con un marco legal vigente que dé certeza y seguridad jurídica, que establezca derechos y obligaciones tanto a locatarios como a visitantes y consumidores, así como facultades a las autoridades de gobierno central y delegacionales, entre otras.   Por ello, resulta impostergable que todas las fuerzas políticas que formamos parte de esta VI Legislatura, otorguemos a los mercados públicos de la ciudad un marco jurídico que venga a dar orden y certeza a tan importante actividad económica y social de la Ciudad de México.   Tan es así, que en la V Legislatura las mayoría de las fuerzas políticas (PRD, PAN, PRI Y PT), presentaron sendas iniciativas de Ley en materia de mercados públicos, lo que es un claro referente de la existencia del consenso que existe  por crear un marco legal actualizado en la materia, ya que las políticas públicas que en la actualidad se llevan a cabo en realidad son acciones aisladas y que tienen como referencia y sustento una normatividad con más de 50 años de antigüedad.     Debemos considerar que de no tomar conciencia de la necesidad de legislar de manera urgente al respecto, estaremos propiciando el derroche de recursos públicos y, lo más grave, poner en riesgo la seguridad, salud, integridad y vida de los locatarios y visitantes de los mercados públicos.   Finalmente, es importante mencionar lo manifestado durante este fin de semana por el Titular de la Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad, señalando que:   Los 325 mercados públicos redujeron de 80 a 20 por ciento su participación en el abasto de alimentos en el Distrito Federal, por falta de modernización de su procesos y deterioro de las instalaciones: De ellos, 50 se encuentran en alto riesgo y 10 en situación de riesgo inminente, como el Lagunilla Varios, San Juan de Aragón, Aculco, Sinfón, Hidalgo Zona Argentina, Morelos, Jamaica Zona, 20 de Abril y Xochimilco Anexo.   Además de que 71 por ciento de las instalaciones hidrosanitarias de los mercados se encuentran en malas condiciones, así como 64 por ciento de su red eléctrica, 55 por ciento de techumbres y pisos y, finalmente, 63 por ciento de los registros pluviales.   Señala que se requieren 768 millones de pesos para transformar estos centros de abasto, que cuentan con 70 mil  136 comerciantes permanentes, y son fuente directa de empleo para 300 mil personas.   También resaltó que se ha logrado que 10 por ciento de los mercados públicos cuenten con terminales punto de venta para los pagos con tarjetas electrónicas y cobros por servicios de agua, luz y teléfono; pero se requiere actualizar el reglamento y discutir los anteproyectos de ley de mercados públicos y la ley general de sistemas de abasto del Distrito Federal.”   Compañeras y compañeros legisladores:   Como podemos observar, lo que estamos solicitando en el presente punto de acuerdo es algo en lo que las autoridades de la ciudad en la materia coinciden plenamente y consideran como impostergable, es decir, legislar en materia de mercado públicos para darle sustento y marco jurídico a tan importante actividad económica del Distrito Federal.       Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con    

PUNTO DE ACUERDO

 

ÚNICO.- La Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, exhorta respetuosamente a la Comisión de Abasto y Distribución de Alimentos de esta Soberanía, para que de inmediato convoque a todas las fuerzas políticas en ella representada, con el fin de concretar un acuerdo que permita crear la Ley de Mercados Públicos del Distrito Federal, que otorgue marco legal y certeza jurídica en los siguientes temas:   -       Establecimiento de la figura de concesión. -       Elección de su forma de representación. -       Ampliación de giros comerciales de bienes y servicios que se ofertan. -       Protección y competencia económica, sin afectar intereses y negocios legalmente constituidos que realizan actividades lícitas. -       Establecimiento de facultades a los órganos de Gobierno del Distrito Federal, en esta materia. -       Aplicación directa a los mercados públicos de los recursos generados por el pago de derechos. -       Creación de programas de vivienda y seguridad social para los locatarios y sus familias. -       Establecimiento de sanciones económicas a locatarios y penales a servidores públicos por el subejercicio de recursos. -       Programas de protección civil. -       Establecimiento de guarderías. -       Programas de fumigación permanentes. -       Creación de lineamientos de respeto y convivencia con el entorno social y ambiental, así como en materia de ruido y relativos a la salvaguarda de estos espacios como patrimonio y fuente de trabajo de los locatarios, visitantes y consumidores.                 Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:            

       DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                    VICECOORDINADOR
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Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 6 de Marzo de 2013.

  DIP. JERÓNIMO ALEJANDRO OJEDA ANGUIANO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE P R E S E N T E     Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO SOBRE MÁQUINAS TRAGAMONEDAS EN EL DISTRITO FEDERAL, bajo la siguiente  

EXPOSICION DE MOTIVOS

  ANTECEDENTES:
  1. I.           En el Distrito Federal operan cerca de  75 mil máquinas tragamonedas con la consecuente incitación a las  apuestas entre niños y adolescentes.
  2. II.           Se entiende como máquina tragamonedas: “El artefacto o dispositivo de cualquier naturaleza, a través del cual el usuario, sujeto al azar, a la destreza o a una combinación de ambas, realiza una apuesta, mediante la inserción de un billete, moneda, ficha o cualquier dispositivo electrónico de pago u objeto similar, con la finalidad de obtener un premio”.
  3. III.        De acuerdo con diversos estudios, en los últimos años se ha disparado el uso aparentemente inofensivo de estas máquinas que si bien pudieran calificarse como un “entretenimiento casual”, han ganado un espacio considerable en muchos pequeños que gastan todo su dinero en este juego.
  4. IV.     En contraste, la ventaja que significa adquirir una de estas máquinas para los propietarios es que tienen acceso para retirar el dinero que queda en ellas, por lo que los niños pocas veces ganan dinero.
       
  1. V.      El uso de estas máquinas tiene como consecuencia el detrimento de la educación de los niños, pues estos últimos dejan de asistir a la escuela, tornándose esta práctica en una adicción que puede incluso llevarlo al pandillerismo, pues buscan dinero para seguir jugando, sustraen cosas u objetos de sus casas y robando incluso el dinero de sus familiares.
    1. VI.       Los niños hacen del juego su vida, tanto en la conducta como en su imaginación, empiezan a fantasear y ver como recuperan el dinero perdido, sobre todo acerca de nuevas técnicas que tiene que emplear.
    2. VII.      De conformidad con lo anteriormente citado, se funda el presente Punto de Acuerdo, en los siguientes:
 

 

 

 

CONSIDERANDOS

PRIMERO.- El Artículo 7 de la Ley Federal de Juegos y Sorteos vigente, dispone que “Se clausurará por la Secretaria de Gobernación, todo local abierto o cerrado en el que se efectúen juegos prohibidos o juegos con apuestas y sorteos, que no cuenten con autorización legal, sin perjuicio de que se apliquen las sanciones que según el caso correspondan”.   SEGUNDO.- Asimismo, la referida Ley Federal señala que Ningún lugar en que se practiquen juegos con apuestas o se efectúen sorteos, podrá establecerse cerca de escuelas o centros de trabajo”.   TERCERO.- En este contexto, es que durante Septiembre del 2011, las autoridades del Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal (INVEADF), la Procuraduría General de Justicia capitalina (PGJDF) y la Secretaría de Educación Pública local, emprendieron un operativo en la colonia Agrícola Oriental, para erradicar las máquinas tragamonedas de establecimientos mercantiles, ubicados a 300 metros a la redonda de cualquier escuela pública o privada.         CUARTO.- Sin embargo, la proliferación de máquinas tragamonedas se han desencadenado en las 2 mil 150 colonias del Distrito Federal, generando con ello un posible vicio en los niños que puede llevar a convertirlos en jugadores empedernidos, lo cual a la larga desencadena la desintegración familiar y la pérdida del patrimonio familiar.   QUINTO.- De acuerdo con especialistas, la ludopatía es un trastorno de la voluntad, es una adicción por la cual la conducta de jugar se vuelve continua y perturba la vida de la persona llegando a desadaptarse socialmente, pues además de la ansiedad de jugar, la persona busca un espacio, un sitio para el bingo, billar, tragamonedas, video juegos, sobre todos los electrónicos.   SEXTO.- Derivado de lo anterior se desprende que el adicto se hace desde niño y se destruye en sus cinco elementos: imagen, futuro, familia, salud y vida. Por lo que le denominan como una destrucción apocalíptica, le llaman el esclavo feliz, porque esclaviza a su cuerpo, alma, mente y él a su vez vuelve esclava a su familia, mientras él es esclavo de la máquina.   SÈPTIMO.- Los niños caen en la ludopatía porque se sienten solos y necesitan volcar sus afectos en algo que les permita alejar sus miedos y sentirse entretenidos para dejar de sentirse vacios. El juego exagerado que llega a convertirse en una ludopatía no es sino también una enfermedad espiritual porque el niño desde pequeño por desajustes familiares en lugar de aprender a amar, aprende a odiar, siente miedo, soledad, tristeza, sufre orfandad, baja autoestima, infelicidad y otros; factores que no permiten su maduración completa, pasan de la niñez a la adolescencia sin un desarrollo personal adecuado.   En este sentido, el presente punto de acuerdo tiene como objeto solicitar al Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal (INVEADF) y a la Procuraduría General de Justicia capitalina (PGJDF) para que en coordinación con las 16 Delegaciones Políticas, realicen  operativos en el Distrito Federal a efecto de detectar y retirar las máquinas tragamonedas que no cuentan con el permiso de la Secretaría de Gobernación o que se encuentren cerca de escuelas o centros de trabajo.   Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a consideración del Pleno, la siguiente proposición con    

PUNTO DE ACUERDO

 

 

ÚNICO. La Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita  la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal), para que en coordinación con los Titulares de las 16 Demarcaciones Territoriales y las autoridades correspondientes, implementen de nueva cuenta operativos de verificación y, en su caso, de retiro de las máquinas tragamonedas ubicadas en el Distrito Federal que no cuentan con el permiso correspondiente de la  Secretaría de Gobernación o que se encuentren cerca de escuelas o centros de trabajo.    

Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:            

       DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                    VICECOORDINADOR
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Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 6 de Marzo de 2013.

  DIP. JERÓNIMO ALEJANDRO OJEDA ANGUIANO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE P R E S E N T E     Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO RELATIVO AL DESARROLLO URBANO IRREGULAR DE LA CIUDAD DE MÉXICO, bajo la siguiente  

EXPOSICION DE MOTIVOS

  Una vez más, el tema de violaciones al uso de suelo aprobado en los Programas Delegacionales o Parciales de Desarrollo Urbano, ocupa un espacio en esta Tribuna.   En fechas recientes, por los medios de comunicación nos enteramos de la controversia que existe por la construcción de un edifico en la Delegación Coyoacán, entre los que se encuentran edificando y el Titular de esa Demarcación Territorial, actos que ya fueron motivo de denuncia y que están siendo investigados por las autoridades competentes.   Sin embargo, por la excesiva exposición de los presuntos hechos, se dejó a un lado un asunto que no es menor y que sí es constitutivo del delito a que se refiere el artículo 343 bis del Código Penal, mismo que se refiere a modificar el uso de suelo de un predio sin autorización.   En efecto, de acuerdo a datos de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT), sabemos ahora que el predio en cuestión se ubica en  Zéfiro 120, en la colonia Insurgentes Cuiculco, la Delegación Coyoacán.       De acuerdo a la información de la PAOT, el uso de suelo que tiene el predio es de EA (Espacio Abierto) es decir, solo se puede construir aquello que tengo un beneficio para la comunidad más cercana, como es un deportivo, plaza pública o jardín, entre otros. Y el uso de suelo que se le está dando al predio de manera ilegal por parte de los constructores es habitacional,  decir, se estás construyendo 5 torres de departamentos.   Sin embargo, este no es el único caso que se conoce, desde el inicio de esta legislatura no ha existido una semana en el que el Pleno y ahora la Diputación Permanente conozca y denuncie las violaciones a los usos de suelo.   Como botón de muestra de lo anterior se encuentra el informe de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial publicado en el mes de febrero de este año, se establece que las violaciones en materia de uso de suelo y construcciones son la principal causa de denuncias ante la misma, con un total de 4 mil 576, seguidas por las presentadas por ruido y vibraciones y áreas verdes.   En dicho informe se establece también que de 2002 a febrero de 2013, 3 de cada 10 denuncias han sido por uso de suelo y se concentran de la siguiente manera:   a)    Álvaro Obregón: 596; b)    Benito Juárez: 594; c)    Coyoacán: 499; d)    Miguel Hidalgo: 424; e)    Gustavo A. Madero: 406; f)     Cuauhtemoc: 362; g)    Tlalpan: 334; y, h)    Azcapoztalco: 248   Siendo los principales hechos denunciados en materia de uso de suelo:   a)    Por construcciones, con un total de 1,960; b)    violaciones al uso de suelo: 1,764; c)    inmuebles que rebasan los niveles permitidos; 153; d)    afectación de inmuebles catalogados: 54; e)    Gasolinerias y gaseras: 140; f)     Oficinas, comercios y restaurantes: 445.   Siendo hasta la fecha que la Procuraduría ha emitido 19 recomendaciones en materia de uso de suelo.   Sin embargo, el caso de la Delegación Coyoacán que ha sido visible en las últimas semanas, se suma a casos como el de Millet 72, Colonia Extremadura Insurgentes, de la Delegación Benito Juárez, en donde en el interior del Parque Hundido se pretendió construir una serie de departamentos, así como el del predio ubicado en José Vasconcelos 92, en la Colonia Condesa, Delegación Cuauhtémoc.   En el predio de José Vasconcelos 92, la PAOT, estableció que derivado del deslave registrado en la construcción que rompió parte del arroyo vehicular de la calle de Zamora, además de dañar vivienda de la manzana, se ha podido acreditar en materia de uso de suelo inconsistencias y contradicciones en la información proporcionada por la Dirección General de Administración Urbana, con la emitida por las Direcciones de Desarrollo Urbano y Asuntos Jurídicos, las 3 direcciones que forman parte de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.   Las inconsistencias van desde falta de estudio de impacto ambiental, resultados de procedimiento en materia de protección civil y carencia de proyecto para su autorización ante la Dirección General de Regulación Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente.   Ahora bien, de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, en el artículo 24 se establecen las atribuciones de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, entre las que se encuentran:   X. Proponer y vigilar el cumplimiento de las normas y criterios que regulan la tramitación de permisos, autorizaciones y licencias previstas en la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, así como aquellos relativos al uso de suelo; XIX. Revisar y determinar los estudios de impacto urbano, y tomando como base los dictámenes de impacto ambiental que emita la Secretaria de Medio Ambiente, expedir y revocar en su caso, las licencias de uso del suelo, cuando se trate de obras de impacto urbano y ambiental, y XX. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.     Por su parte, el Artículo 7 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, establece como atribuciones de la SEDUVI, además de las que le confiere la Ley Orgánica:         VI. Supervisar los actos administrativos de las Delegaciones, para vigilar el cumplimiento de los Programas y de las determinaciones que corresponde emitir al Jefe de Gobierno en esa materia, formulando las resoluciones necesarias, así como revisar periódicamente el registro delegacional de manifestaciones de construcción; VII. Ejecutar los actos que tenga atribuidos conforme a esta Ley, a los reglamentos correspondientes y a los acuerdos de delegación de facultades expedidos por el Jefe de Gobierno, incluyendo lo relativo a relotificaciones, zonificaciones, autorizaciones de los trámites relacionados con la inscripción de vías publicas y derechos públicos de paso. Asimismo y conforme a las determinaciones que expida el Jefe de Gobierno, ejecutará los actos relativos a la planeación, la organización, la administración, el control, la evaluación y la operación, la recepción de manifestaciones de polígonos de actuación, de construcción, el otorgamiento de dictámenes, licencias, referidos en general a la ejecución de obras, prestación de servicios públicos y realización de actos de gobierno relativos a la ordenación y servicios territoriales en la Ciudad, que incidan o se realicen en, o que se relacionen con, el conjunto de la Ciudad o tengan impacto en los o más Delegaciones, así como todas aquellas que, en razón de jerarquía, magnitud y especialización, correspondan al Jefe de Gobierno en las materias que regula la presente Ley. De tales actos informará para su conocimiento y registro, a la Delegación correspondiente;     Por ello, el presente punto de acuerdo tiene por objeto, exhortar al Titular de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal, a que de manera inmediata realice un trabajo coordinado entre dicha Dependencia, el Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal, y las y los Titulares de las 16 Demarcaciones Territoriales, para verificar que todas y cada una de las obras que han sido denunciadas no solo por los Diputados, sino también por los vecinos, sean verificadas y, en su caso, además de la sanción administrativa, se interpongan las denuncias penales correspondientes, como esta Soberanía ya lo ha hecho en el caso de modificaciones de uso de suelo aprobadas por el Pleno.   Sin duda, este tipo de acciones que se proponen serán para los habitantes del Distrito Federal, el referente del trabajo que en materia de respeto y cumplimiento de la Ley estará realizando el Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad. De esta manera es como sabremos si su trabajo será a favor de las inmobiliarias o para proteger a la ciudadanía del caos en que se encuentra el desarrollo urbano en el Distrito Federal.       Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con  

PUNTO DE ACUERDO

 

    ÚNICO .- La Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita al Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda que en coordinación con el Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal y los Titulares de las 16 Delegaciones, elaboren y ejecuten de manera urgente un programa integral de revisión documental y física de las construcciones en proceso en la Ciudad de México, con el objeto de corroborar el cumplimiento de las disposiciones legales y, en caso de encontrar irregularidades o incongruencias, se interpongan las denuncias penales correspondientes para aquellos predios que violan el uso de suelo.   Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:           DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                    VICECOORDINADOR
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Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 27 de febrero de 2013.

  DIP. JERÓNIMO ALEJANDRO OJEDA ANGUIANO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA P R E S E N T E     Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA A LAS SECRETARÍAS DE SALUD, DE EDUCACIÓN Y DE MEDIO AMBIENTE, TODAS DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, ENVÍEN A ESTE ÓRGANO LEGISLATIVO LOS RESULTADOS DE LOS PROGRAMAS Y/O PROYECTOS PARA FOMENTAR EN LOS NIÑOS, JÓVENES Y LA POBLACIÓN EN GENERAL, EL TRATO DIGNO HACIA LOS ANIMALES, al tenor de la siguiente    

EXPOSICION DE MOTIVOS

 

 

La Ley de Protección a los Animales del Distrito Federal, tiene por objeto proteger a los animales, garantizar su bienestar, brindarles atención, buen trato, manutención, alojamiento, desarrollo natural, salud y evitarles el maltrato, la crueldad, el sufrimiento, la zoofilia y la deformación de sus características físicas, asegurando la sanidad animal y la salud pública, siendo esta de orden público e interés social y de aplicación general en el Distrito Federal.   El artículo 5 de la citada legislación dispone que las autoridades del Distrito Federal formularán y conducirán las políticas públicas a fin de brindar la protección de los animales, para lo que es necesario basarse en los siguientes principios, considerando éstos como derechos de los animales:            
  • Los animales deben ser tratados con respeto y dignidad durante toda su vida;
 
  • El uso de los animales debe tomar en cuenta las características de cada especie, de forma tal que sea mantenido en un estado de bienestar. En estos animales se debe considerar una limitación razonable de tiempo e intensidad del trabajo, recibir alimentación adecuada, atención veterinaria y un reposo reparador;
 
  • Todo animal debe recibir atención, cuidados y protección del ser humano;
 
  • Todo animal perteneciente a una especie silvestre tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático, y a reproducirse;
 
  • Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del ser humano, tiene derecho a vivir y a crecer al ritmo y en condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie;
 
  • Todo animal que el ser humano ha escogido como de su compañía tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural, salvo que sufra una enfermedad o alteración que comprometa seriamente su bienestar;
 
  • Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad de trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo;
 
  • Todo acto que implique la muerte innecesaria o injustificada de un animal es un crimen contra la vida;
 
  • Todo acto que implique la muerte injustificada de un gran número de animales es un crimen contra las especies;
 
  • El cadáver de todo animal, debe ser tratado con respeto;
 
  • Ninguna persona, en ningún caso será obligada o coaccionada a provocar daño, lesión, mutilar o provocar la muerte de algún animal y podrá referirse a la Ley de Protección a los Animales en su defensa; y
         
  • Las Secretarías de Salud, Educación y Medio Ambiente del Distrito Federal, implementaran acciones pedagógicas, a través de proyectos y programas, destinadas a fomentar en los niños, jóvenes y la población en general, una cultura de buen trato, protección y respeto hacia los derechos de los animales; las acciones específicas serán implementadas en forma coordinada, por las Secretarías.
    Derivado de esta última premisa jurídica, es importante para el Grupo Parlamentario del Partido Verde conocer las acciones que realizó la Administración Pública Local en la anterior administración, así como los programas y proyectos que realizarán estas Secretarías durante la administración del Dr. Miguel Ángel Mancera. Todo ello dentro del contexto de las recientes reformas al Código Penal que sancionan a las personas que maltraten y ejecuten actos de crueldad hacia los animales.   Hoy en día, las interrelaciones entre la ciencia del bienestar animal, la ética, los valores y la cultura, representan el eje principal de reflexión sobre las futuras políticas en materia de bienestar animal. Algunos autores como Duncan y Fraser (1997) decían que el término “bienestar animal” no surgió en la ciencia para expresar un concepto científico; más bien se originaron en la sociedad para expresar inquietudes éticas con respecto al tratamiento que se da a los animales.   Las políticas actuales en materia de bienestar animal van enfocadas a una directiva en cuyos considerandos se señala la importancia atribuida al bienestar animal y a la prevención de un sufrimiento innecesario.  Por ello es necesario tomar medidas a nivel comunitario para impedir en general toda forma de crueldad en el trato dado a los animales.   En el Distrito Federal se suscitan diversos actos de maltrato hacia los animales, tales como dejarlos en las azoteas de las casas sin agua, alimento y bajo el sol y el frio de la noche; no recibir sus vacunas como debiera ser; golpearlos con palos y trapos cuando no obedecen; arrojarles aceite caliente (gatos) a fin de alejarlos de las cocinas económicas en sitios como el Mercado de Jamaica; y abandonarlos en la vía pública, solo por mencionar algunos tristes ejemplos.   Afortunadamente, la legislación del Distrito Federal cuenta con una Ley de Protección a los Animales, la cual señala los derechos de los que son objeto, así como las autoridades encargadas de velar y hacer cumplir la normatividad y aplicar sanciones administrativas por faltas a dichas disposiciones señalas en esta Ley.     Derivado de ello es importante que las autoridades cumplan con las funciones que la Ley les impone a fin de que, junto con la ciudadanía, implementen los programas y acciones en beneficio del medio ambiente y de los animales.   Al respecto, esta representación social, con el ánimo de coadyuvar en tan trascendental tema, estima pertinente el conocer los programas y proyectos que realizará el nuevo gobierno, así como también las acciones que llevó a cabo la anterior administración. Por ello, a través de la presente proposición, le solicitaremos a las Secretarías de Salud, de Educación y de Medio Ambiente, todas del Gobierno del D.F., que envíen a este Órgano Legislativo los resultados de los programas y/o proyectos para fomentar en los niños, jóvenes y la población en general, el trato digno hacia los animales, derivado de lo que establece la ley de Protección a los Animales del Distrito Federal.   Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con                                                             PUNTO DE ACUERDO           ÚNICO.- La Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita a las Secretarías de Salud, de Educación y de Medio Ambiente, todas del Gobierno del Distrito Federal, envíen a este Órgano Legislativo un informe pormenorizado sobre los resultados de los programas y/o proyectos implementados durante la administración anterior (2006 – 2012), para fomentar en los niños, jóvenes y la población en general, el trato digno hacia los animales, así como sobre las políticas públicas que se desarrollarán al respecto por el actual gobierno capitalino, tal como lo dispone la Ley de Protección a los Animales del D.F.     Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:          

       DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                       VICECOORDINADOR
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Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a  27 de febrero de 2013.

    DIP. JERÓNIMO ALEJANDRO OJEDA ANGUIANO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE P R E S E N T E     Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE HACE UN RECONOCIMIENTO PUBLICO AL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, POR LA CONTINUACIÓN EN LA INSTRUMENTACION DEL PROGRAMA “CONDUCE SIN ALCOHOL” Y SE LE EXHORTA A REVISAR Y MEJORAR LAS CONDICIONES LABORALES Y SALARIALES DE LOS ELEMENTOS DE SEGURIDAD PÚBLICA QUE PARTICIPAN EN EL, ASÍ COMO DE LOS CUSTODIOS DEL CENTRO DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y DE INTEGRACIÓN SOCIAL DEL D.F., al tenor de la siguiente    

EXPOSICION DE MOTIVOS

 

  El programa Conduce sin Alcohol inició el 19 de septiembre del 2003.   El objetivo del programa es reducir la incidencia de accidentes automovilísticos relacionados con alcohol, pues el 40% de los accidentes de tráfico en el D.F. están relacionados con su consumo.     Este programa ya se llevaba a cabo en la Ciudad de Monterrey y su zona Metropolitana, pero debido al éxito que ha tenido en el D.F., se ha extendido a Ciudades de otras Entidades como Chiapas, Querétaro, Michoacán, Tabasco, México, Veracruz, Zacatecas, Yucatán, Jalisco, Chihuahua, Coahuila, Guanajuato, Sonora y Quintana Roo.   En lo que va de 2013, el operativo "Conduce sin alcohol", ha arrestado dos mil 100 automovilistas, de acuerdo a datos de la Consejería Jurídica y Servicios Legales del Gobierno del Distrito Federal.   Esta dependencia estimó que durante 2012, fueron sancionadas 16 mil 739 personas en dicho programa.   De acuerdo con estadísticas de la SSPDF proporcionadas en 2012 por su titular,  desde que inició el Programa  “Conduce Sin Alcohol”, se han realizado 3 millones 465 mil revisiones a los conductores.   A partir de esto, de 102 mil pruebas de alcoholemia, 14 mil personas han registrado más de 0.40 miligramos por litro de alcohol (que es el límite permitido), además de que se han remitido al depósito 8 mil 883 vehículos.   Al respecto, cabe señalar que las personas que son infraccionadas por rebasar el límite mencionado, son remitidas al Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social del Distrito Federal, mejor conocido como “El Torito”.   Al inicio del Programa se buscó imponer una sanción ejemplar, por lo cual se decidió una pena de 20 a 36 horas de arresto inconmutable, dejando claro que se trataba de una falta administrativa y no de un crimen.   Sin duda, este programa ha sido una herramienta muy importante que ha permitido que las muertes por accidentes derivados del abuso del alcohol, hayan reducido hasta en un 40 por ciento en el año 2012, así lo señaló el entonces titular de la Secretaría de Seguridad Pública del DF.           Por todo lo anterior es que esta Asamblea Legislativa del Distrito Federal, hace un merecido reconocimiento al Gobierno del Distrito Federal por la continuidad y adecuada instrumentación del Programa “Conduce sin alcohol”, ya que hoy en día se han incorporado al mismo más puntos y días de revisión en toda la Ciudad, además de el profesionalismo que han demostrado los elementos y demás personal que participa en dichos operativos.   Igualmente, consideramos que también es sumamente importante extender una felicitación al personal encargado del Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social, denominado el “Torito”, por el compromiso que han demostrado en el buen desempeño de sus funciones, a pesar de que las condiciones laborales en que se encuentran no son las mejores. A este Centro son remitidas un promedio de 500 personas cada fin de semana, según ha señalado  su directora Rosa María Laguardia Balcázar.   "El Torito", se encuentra en los límites de las delegaciones Miguel Hidalgo y Azcapotzalco, tiene una superficie de mil 730 metros y capacidad para albergar a 124 personas. De jueves a sábado es cuando recibe la mayor cantidad, porque es también cuando opera el "alcoholímetro", a partir de las 22:00 horas y hasta las primeras horas del día siguiente.   El "Torito" tiene una plantilla de unas 80 personas, entre personal administrativo, secretarial, de recursos humanos y servicios generales; y el resguardo está a cargo de 30 custodios en cada uno de los tres turnos en que se dividen las jornadas de trabajo.   De acuerdo a datos proporcionados por los propios custodios del Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social, “El Torito”,  ellos presentan problemas severos, pues señalan que enfrentan circunstancias muy difíciles porque tienen turnos de 24 horas y  perciben un sueldo mensual de tan solo  6 mil pesos.   Y esto no solo pasa en el Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social del Distrito Federal, sino también con el personal que labora en los Centros de Readaptación Social del Distrito Federal.  En ambos casos, el personal depende de la Subsecretaría del Sistema Penitenciario de la Secretaría de Gobierno del D.F. En el Distrito Federal, este personal no goza de estabilidad laboral y la remuneración económica es  baja, lo que propicia la corrupción e incide negativamente en la calidad de los servicios que ahí se prestan.   En ese sentido, de acuerdo a entrevistas realizadas por el personal de la CDHDF a los elementos de seguridad y custodia a la población penitenciaria y a las autoridades de los centros, así como de los reportes que envío la DGPRS (Dirección General de Prevención y Readaptación Social) en cumplimiento a las recomendaciones 2/2003 y 7/2004146 emitidas por la CDHDF, se tiene lo siguiente:   El instrumento 2/2003 requiere a la autoridad para que adopte medidas eficaces y eficientes que eviten que el personal de seguridad y custodia pida o exija a las y los internos, dádivas o pagos al momento de cumplir con sus obligaciones.   De conformidad con el artículo 8o. de la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado, al personal de seguridad le corresponde el régimen de las y los empleados de confianza, con las prestaciones que establece la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado, y a las que la Administración Pública del Distrito Federal otorga a sus trabajadores(as) de confianza.   De las investigaciones realizadas por la CDHDF y considerando la naturaleza de las funciones de los elementos de seguridad y custodia, se constató que éstos no cuentan con las condiciones dignas para el desempeño laboral porque carecen de áreas de descanso con un mantenimiento adecuado, algunos de los instrumentos de trabajo deben adquirirlos por cuenta propia y porque no se les retribuye conforme a la ley, la prestación de sus servicios en horas extraordinarias.   Por otra parte, las áreas de descanso del personal están sumamente deterioradas, según se especifica en el apartado correspondiente del capítulo de “Espacios e instalaciones”.   No obstante lo anterior, sobre otros aspectos que se midieron, se obtuvo que de las 20 entrevistas realizadas durante las visitas de verificación al personal de seguridad y custodia, el 85 por ciento manifestó sentirse orgulloso por desempeñar su cargo.   El 95 por ciento de las y los custodios labora en un horario de 24 por 48 horas.   Todos(as) señalaron que compran algunos de los artefactos que portan, en mayor proporción armamento y radio. El 95 por ciento refirió que han sido adiestrados (as) en el manejo de armas.                     Normas internacionales establecen que un custodio debe vigilar a máximo 10 internos, pero en un centro de reclusión en el Distrito Federal, cada elemento de seguridad cuida hasta 76 reos, de acuerdo con cifras de la Subsecretaría del Sistema Penitenciario de  noviembre de 2010.   Se puede asegurar, según la CDHDF, que de acuerdo con estas respuestas en conjunto (percepción de seguridad, horas extra, prestaciones y adquisición de equipo o armamento por iniciativa propia),  las condiciones laborales del personal de seguridad y custodia no son adecuadas, considerando que están sujetas a constantes situaciones de riesgo.       El personal de custodia en los Centros, así como todo el personal de la administración pública en general, como servidores públicos que son, tienen obligaciones, atribuciones y facultades de acuerdo con las funciones que desempeñan contenidas en la ley y como ciudadanos, son sujetos de derechos al igual que todos los demás. Tienen derecho a recibir un trato justo y respetuoso por parte de las autoridades y que se le garanticen todos los derechos consagrados en los diversos ordenamientos jurídicos, empezando por la Constitución.   Debemos tener en cuenta que el personal de seguridad y custodia es muy  importante,  por ello es elemental que sus condiciones laborales sean las adecuadas. Y para poder garantizar mejores condiciones laborales, es necesario que el trabajador de cualquiera de estos Centros, cuente con una remuneración adecuada, condiciones laborales favorables y, sobre todo, con estímulos para poder ascender escalafonariamente, de acuerdo con la experiencia y los méritos obtenidos a lo largo de su trayectoria.     Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración del Pleno de esta Soberanía, el siguiente:      

PUNTO DE ACUERDO

  PRIMERO: La Asamblea Legislativa del Distrito Federal hace un reconocimiento público al Gobierno del Distrito Federal por la continuidad exitosa que le ha dado a la instrumentación y aplicación del Programa “Conduce sin Alcohol”, y por  sus excelentes resultados, así como a todos los elementos de seguridad pública y del Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social “El Torito” que participación constante, responsable y profesionalmente en el mismo.   SEGUNDO: La Asamblea Legislativa del Distrito Federal exhorta respetuosamente al Gobierno del Distrito Federal, para que de manera inmediata se revisen y realicen las gestiones correspondientes para mejorar las condiciones laborales y salariales de los custodios del Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social  “El Torito” y de los Centros de Readaptación Social del Distrito Federal, así como de la Secretaría de Seguridad Pública que participa en el Programa “Conduce Sin Alcohol”, a fin de garantizarles condiciones más dignas de trabajo a ellos y a sus familias.     Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:              

       DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                       VICECOORDINADOR
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Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a  20 de febrero de 2013.

    DIP. JERÓNIMO ALEJANDRO OJEDA ANGUIANO PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE P R E S E N T E     Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO SOBRE EL MALTRATO Y CRUELDAD ANIMAL QUE SE REALIZA EN LA ESCUELA SUPERIOR DE MEDICINA DEL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, bajo la siguiente:    

EXPOSICION DE MOTIVOS

 

 

De acuerdo a información narrada en los medios de comunicación, el Frente Ciudadano Pro-Derecho Animal (FRECDA), recibió una queja de los alumnos de la Escuela Superior de Medicina del Instituto Politécnico Nacional (IPN,) quienes afirmaron que la mayoría de los animales con los que practican mueren en la plancha luego de que les arrancan sus órganos, sin aplicarles anestesia. Asimismo, informaron que los que sobreviven los suturan sin ningún analgésico y los meten en jaulas en donde se desangran, padeciendo una muerte lenta y muy dolorosa.   Con las reformas recientes del Código Penal para el Distrito Federal, es delito ocasionar una muerte prolongada y dolorosa a los animales. Si bien es cierto que esta permitido practicar con animales domésticos y/o silvestres en laboratorios con fines científicos y educativos, también la legislación remite a normas específicas sobre la producción, cuidado y uso de los animales de laboratorio y que esta normatividad señala el trato digno que debe darse siempre a los animales.   Las declaraciones referentes a que no hay ley que impida el practicar con animales, no son del todo ciertas. Efectivamente no hay Ley que diga que queda prohibido practicar con animales para fines educativos o científicos, pero si hay leyes y normas que regulan el trato digno de animales en laboratorios, por lo que las prácticas de enseñanza médica de la Escuela Superior de Medicina del Instituto Politécnico Nacional debieron y deben realizarse con base en lo que indica la legislación y la normatividad en materia de trato digno a los animales, así como sujetarse a los códigos de ética.   Lo que se comenta últimamente en los medios de comunicación, es que no se tomaron medidas de respeto y trato digno hacia los animales. Por ello, la Asociación Protectora de Animales FRECDA, solicitó a la Directora de la Escuela Superior de Medicina del Politécnico que entregara los animales mencionados, ya que se encontraban en malas condiciones y necesitaban atención.   La respuesta fue en sentido positivo pero en el momento que regresaron para recogerlos, el personal del IPN informó que los animales ya habían sido sacrificados de acuerdo a su protocolo y por lo tanto no entregarían nada.   Al respecto y para estar en posibilidades no sólo de tomar una postura al respecto, sino sobre todo de poder coadyuvar en tan importante tema, el Grupo Parlamentario del Partido Verde considera necesario conocer de primera mano lo realizado por la Escuela Superior de Medicina, mediante el contenido de la bitácora del Protocolo del sacrificio de los perros que ahí se encontraban.   Consideramos que los maestros deben conducirse con ética en sus clases y prácticas de enseñanza médica. Finalmente, un médico siempre debe conducirse con ética y procurar la vida y bienestar del paciente.   Los alumnos, por su parte, afirman que se les obliga practicar en perros vivos, en los que se aplican anestesias caducas que les provocan sufrimiento y dolor, dejándoseles morir desangrados y con sus órganos internos expuestos.   Otro punto importante de la nota periodística es que los estudiantes de medicina refirieron que los perros son comprados en criaderos o levantados de la calle y se les mantiene en condiciones deplorables, “sin agua ni alimento” durante todos los procedimientos.     Debemos recordar que la NORMA Oficial Mexicana NOM-062-ZOO-1999, Especificaciones técnicas para la producción, cuidado y uso de los animales de laboratorio, en su apartado 4.4 denominado Obtención de animales, señala que todos los animales deben adquirirse conforme a los preceptos jurídicos aplicables, tanto a las instituciones como a los particulares que reciben o negocian con animales.   Los animales suministrados por los comerciantes o instituciones públicas con fines de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación, pruebas de laboratorio y enseñanza, deben acompañarse de información que describa el estatus microbiológico y genético de sus colonias o de animales individuales.   Criterios similares se deben aplicar para aquellos transferidos de otras instituciones o incluso dentro de la misma institución.   Todos los traslados de animales, incluyendo aquellos dentro de la misma institución, deben ser planeados para minimizar el tiempo de traslado, el riesgo de zoonosis y antropozoonosis; además, los animales deben ser protegidos contra condiciones climáticas extremas o sofocación debido al transporte en cajas cerradas, en cajuelas de automóviles o similares.   Asimismo, se debe evitar el hacinamiento, brindar agua y alimento cuando esté indicado y protegerlos contra traumatismos. El estrés debe reducirse al mínimo atendiendo a las recomendaciones mencionadas.   Todo embarque de animales independientemente de su origen (centros de control canino, instituciones o comerciantes establecidos), debe ser revisado por el Médico Veterinario Zootecnista, con el fin de comprobar el cumplimiento de las especificaciones de adquisición y la ausencia de signos clínicos de enfermedad, debiéndose establecer a juicio profesional los procedimientos de cuarentena y estabilización de acuerdo a la especie y circunstancias.   Por ello es importante la estricta coordinación entre el personal que solicita y el que recibe los animales, así como el que está a cargo de su cuidado diario, para asegurar su recepción apropiada y la disponibilidad de instalaciones para su alojamiento.   Igualmente, en su apartado 4.5.1, se señala que todos los animales adquiridos por compra, donación o intercambio deben ir acompañados de documentos que establezcan las condiciones de salud y calidad en que se produjeron, criaron y mantuvieron hasta antes de su embarque o salida del lugar de origen.   De ahí la imperiosa necesidad de conocer si el IPN realiza estas acciones conforme a la legislación y normatividad vigente.   Se señaló también en la nota que en otras instituciones de educación superior como la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), los estudiantes de medicina practican y estudian con cadáveres de humanos donados por instituciones como el SEMEFO y sus investigaciones de laboratorio se realizan con cultivo de células in vitro.   Lo anterior no es cosa menor si consideramos que el maltrato y crueldad animal es ahora una acción antijurídica que es castigada por el Código Penal para el Distrito Federal con una pena que puede ir hasta los 6 años de cárcel. Por ello creemos que las autoridades del IPN deben dar una respuesta a la sociedad sobre las incógnitas que surgieron a raíz de las denuncias realizadas por estudiantes y por organizaciones de la sociedad civil.     Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración de esta Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, la siguiente Proposición con  

PUNTO DE ACUERDO

    ÚNICO.- La Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita respetuosamente a la Directora General del Instituto Politécnico Nacional, informe de inmediato a esta Soberanía y a la sociedad en general sobre los hechos denunciados por estudiantes y organizaciones sociales, referentes a actos de maltrato y crueldad animal que se llevan a cabo en la Escuela Superior de Medicina de esa casa de estudios.     Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:   DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                       VICECOORDINADOR
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