Jueves, 11 Octubre 2012 14:07

QUE REFORMA LOS ARTÍCULOS 47 Y 48, Y ADICIONA EL 52 BIS A LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA CREAR LA UNIDAD DE SERVICIOS AMBIENTALES DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS. Featured

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Que reforma los artículos 47 y 48, y adiciona el 52 Bis a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para crear la Unidad de Servicios Ambientales de la Cámara de Diputados. Presentada por la diputada Lourdes Adriana López Moreno, PVEM.

La suscrita, Lourdes Adriana López Moreno, diputada a la LXII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona y reforma la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

El pasado 13 de junio de 2003, se adicionó un artículo 17 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y en esta reforma se establece que la Administración Publico Federal, el Poder Legislativo y el Poder Judicial expedirán manuales de sistemas de manejo ambiental, lo anterior con el objeto de optimizar los recursos que se emplean en el desarrollo de sus actividades con el fin de reducir costos financieros y ambientales.

No obstante esta importante reforma, a la fecha este Poder Legislativo solo ha incorporado acciones ambientales en su funcionamiento de forma aleatoria, ya que el 13 de agosto de 2008, la Junta de Coordinación Política de la LX Legislatura, aprobó el Acuerdo mediante el cual se adicionó un artículo 27 Bis a la Norma de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Cámara de Diputados, en el que se estableció lo siguiente:

“Artículo 27 Bis. Tratándose de adquisiciones de madera, muebles y suministros de oficina de este material, deberán requerirse certificados otorgados por terceros, previamente registrados ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que garanticen el manejo sustentable de los bosques de donde proviene la madera de dichas adquisiciones. Para las adquisiciones de papel para uso de oficina, se deberá requerir un mínimo de 50 por ciento de fibras de material reciclado y blanqueado libre de cloro.

En caso de incumplimiento, se estará a lo dispuesto por la presente Norma y demás disposiciones aplicables.”

Es importante destacar que estas disposiciones operan aleatoriamente, y no abordan de forma integral la incorporación de criterios ambientales en todas las actividades administrativas que realiza esta H. Cámara; del mismo modo la complejidad que se requiere para desarrollar e instaurar estos sistemas de manejo, obliga a que exista un órgano especializado dentro de la estructura administrativa de la Cámara de Diputados que se encargue de ello, lo cual a la larga garantizará un ahorro significativo en términos económicos a esta soberanía.

Argumentación

El consumo siempre creciente es ya una amenaza para los habitantes del planeta, así como para las futuras generaciones. La crisis medioambiental actual hace evidente que hemos sobreexplotado los recursos naturales, y hemos alterado el frágil equilibrio de la biósfera. Los humanos debemos hacer que nuestros estándares de consumo sean más equitativos, y los países deben adoptar patrones de consumo sostenibles que podrán ser alcanzados solamente si el sector privado, los gobiernos y la sociedad civil trabajan estrechamente con un objetivo común.

Los gobiernos son consumidores y productores significativos de bienes y servicios:

“El consumo de los gobiernos representa una gran parte del consumo total mundial (aproximadamente 15% del producto interno bruto en países occidentales) por lo tanto es importante que los gobiernos, en cuanto a consumidores, apliquen criterios ambientales dentro de sus procesos de licitación.”1

En nuestro país, durante los últimos años se han adoptado un gran número de medidas regulatorias voluntarias, tal como la certificación en calidad 14000 sobre la gestión ambiental para las empresas, así como instrumentos económicos o “impuestos verdes” con el propósito de reorientar a los sectores públicos y privados hacia un desarrollo sustentable.

Así, los numerosos compromisos internacionales en materia ambiental y las recomendaciones que de ellos derivan, han impulsado el compromiso de mejorar el desempeño ambiental gubernamental a través de los Sistemas de Manejo Ambiental, que se definen como: conjunto de acciones orientadas a fomentar el uso eficiente de los recursos materiales utilizados en el desempeño cotidiano de las actividades de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal con el objeto de reducir los impactos negativos que dichas actividades tengan en el ambiente.2

Los compromisos internacionales más importantes relacionados con los Sistemas de Manejo Ambiental, son con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico OCDE; con la Comisión para la Cooperación Ambiental de América del Norte (CCA) y con la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo (Río de Janeiro 1992).

La OCDE ha emitido recomendaciones acerca de los Sistemas de Manejo Ambiental

“Para mejorar el desempeño ambiental gubernamental con el propósito de integrar consideraciones ambientales en todas las facetas de las operaciones gubernamentales y sus estructuras y en particular, del establecimiento de programas objetivos, y metas en el uso de energía, del agua y de los materiales en las operaciones cotidianas sea eficiente y sustentable”.

Asimismo, los Sistemas de Manejo Ambiental se sustentan en los capítulos 9 y 18 de la Agenda 21, en párrafos 25 y 26 y 38 del Plan de Acción de Johannesburgo.

En conjunto, estos instrumentos internacionales favorecen el establecimiento de los Sistemas de Manejo Ambiental en la Administración Pública Federal; también, en el caso de compromisos vinculantes, ejercen cierta presión sobre los tomadores de decisiones para que cumplan con ellos; en general, ofrecen orientaciones y estrategias para que los poderes públicos asuman sus responsabilidades en sus actividades diarias.

Refiriéndonos al orden jurídico nacional y los mecanismos de planeación, encontramos que el Plan Nacional de Desarrollo 2007 – 2012 dentro de su Objetivo 7 – Asegurar la utilización de criterios ambientales en la Administración Pública Federal, señala como estrategia:

“Establecer criterios de sustentabilidad ambiental en los programas y acciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. El desarrollo sustentable debe regir toda la actividad de la Administración Pública Federal, por lo que los programas y estrategias de sus distintas dependencias y organismos serán diseñados tomando en cuenta los tres elementos indispensables para alcanzar el desarrollo sustentable, esto es, el beneficio social, el desarrollo económico y el cuidado del medio ambiente y los recursos naturales.”

Asimismo, con fundamento en el artículo 17 Bis, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, corresponde a los tres Poderes de la Unión expedir los manuales de sistemas de manejo ambiental que

“Tendrán por objeto la optimización de los recursos materiales que se emplean para el desarrollo de sus actividades, con el fin de reducir costos financieros y ambientales”.

Del mismo modo, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos establece entre las facultades de la Federación formular, establecer y evaluar los sistemas de manejo ambiental del Gobierno Federal que apliquen las dependencias y entidades de la administración pública federal.

La Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, en su artículo 28 establece que los contratos de obras públicas y los de servicios relacionados con las mismas se adjudicarán a través de licitaciones públicas que aseguren las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad, eficiencia energética el uso responsable del agua y demás circunstancias pertinentes.

El sistema de manejo ambiental, constituye un mecanismo de planeación en el cual se lleva a cabo un diagnóstico de todas y cada una de las actividades que se realizan en una institución, dentro de las cuales se considera el consumo de agua, la gestión de residuos, consumo de energía; así como, el uso y aprovechamiento de bienes y servicios.

Este diagnóstico permite implementar políticas de carácter ambiental, mediante las cuales se sustentará la implementación del Sistema de Manejo Ambiental, en el cual se busca reducir los patrones de consumo, y una mayor eficiencia en el uso y aprovechamiento de bienes y servicios.

La adopción de Sistemas de Manejo Ambiental dentro del ámbito gubernamental, conceptualmente también ha sido denominada como “gobiernos verdes”.

Este concepto determina que es necesario que los gobiernos adquieran la responsabilidad, de desarrollar sus actividades diarias de forma tal que aseguren el uso sustentable de los recursos y materiales utilizados, particularmente el consumo de energía, agua e insumos de papelería; así como que reduzcan el impacto de sus actividades en el ambiente.

En el ámbito regional, la Comisión para la Cooperación Ambiental de América del Norte (CCA), también ha venido trabajando en los mecanismos para implementar eficientemente el concepto de “gobiernos verdes.” En el Programa de Medio Ambiente, Economía y Comercio ha incorporado la iniciativa “Compras Verdes en América del Norte”.

De tal suerte que en materia de adquisiciones en México, el artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, establece que:

“Tratándose de adquisiciones de madera, muebles y suministros de oficina fabricados con madera, deberán requerirse certificados otorgados por terceros previamente registrados ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que garanticen el origen y el manejo sustentable de los aprovechamientos forestales de donde proviene dicha madera. En cuanto a los suministros de oficina fabricados con madera, se estará a lo dispuesto en el Reglamento de la presente Ley.

En las adquisiciones de papel para uso de oficina, éste deberá contener un mínimo de cincuenta por ciento de fibras de material reciclado o de fibras naturales no derivadas de la madera o de materias primas provenientes de aprovechamientos forestales manejados de manera sustentable en el territorio nacional que se encuentren certificadas conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior o de sus combinaciones y elaborados en procesos con blanqueado libre de cloro.”

Por su naturaleza, disposiciones jurídicas como estas, no pueden dejar de aplicarse al Poder de la Unión del cual emanaron, en congruencia con lo anterior, el 13 de agosto de 2008, la Junta de Coordinación Política de la LX Legislatura, aprobó el Acuerdo mediante el cual se adicionó un artículo 27 Bis a la Norma de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Cámara de Diputados, en el que se estableció lo siguiente:

“Artículo 27 Bis. Tratándose de adquisiciones de madera, muebles y suministros de oficina de este material, deberán requerirse certificados otorgados por terceros, previamente registrados ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que garanticen el manejo sustentable de los bosques de donde proviene la madera de dichas adquisiciones. Para las adquisiciones de papel para uso de oficina, se deberá requerir un mínimo de 50 por ciento de fibras de material reciclado y blanqueado libre de cloro.

En caso de incumplimiento, se estará a lo dispuesto por la presente Norma y demás disposiciones aplicables.”

El objetivo de esta iniciativa, es que la Cámara de Diputados cuente con un Sistema de Manejo Ambiental de acuerdo a los lineamientos determinados por Semarnat, con el fin de aplicar los procesos operativos y la toma de decisiones para mejorar su desempeño con base en los siguientes objetivos generales:

• Cumplir en el curso de sus operaciones cotidianas con la normatividad ambiental vigente.

• Disminuir el impacto ambiental resultante de las actividades cotidianas de la institución.

• Incrementar la eficiencia en el uso de energía agua y recursos materiales en las operaciones cotidianas de todos los centros de trabajo de esa institución.

• Minimizar los residuos mediante el ahorro y la reutilización de los recursos materiales utilizados en las operaciones cotidianas de la institución, así como asegurar su reciclaje en todos los casos que sea posible y su apropiada disposición final.

• Desarrollar una cultura de responsabilidad ambiental entre los servidores públicos para contribuir al desarrollo de una cultura ambiental en México.

• Ejercer, desde el Poder Legislativo, una posición de liderazgo ambiental.

En cuanto a la reglamentación interna, el Manual General de Organización de la Cámara de Diputados, que se constituye como un referente que define los objetivos, atribuciones, funciones y responsabilidades por cada órgano y unidad administrativa y que permite establecer las bases de organización y operación cotidiana de la Cámara, busca incorporar acciones orientadas a fomentar el uso eficiente de los recursos materiales utilizados en el desempeño cotidiano de las actividades. No obstante, la Cámara de Diputados no cuenta en su estructura administrativa con alguna oficina encargada de implementar, mantener y evaluar el Sistema de Administración Ambiental que estamos proponiendo.

Sin embargo, existe un antecedente que sirve como indicador al interior de la propia Cámara de Diputados. La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura acordó en su programa de trabajo implementar un sistema de manejo ambiental durante la LX Legislatura.

Mediante el diagnostico previo a la implementación del Sistema de Manejo Ambiental, se logró determinar que, con un total de 17 empleados se consumían 79,042.33 litros de agua por año, 3,982.4 g de residuos por semana laboral, un consumo de energía de 1,136 kwh por mes, lo que aunado a la energía consumida por concepto de trasportación, se tradujo en la emisión de 24.41 ton de Co2eq, durante los dos primeros años.

En lo que correspondió a bienes y servicios, el diagnostico evidenció que durante los meses de enero y agosto de 2006 (LIX Legislatura), el promedio mensual en consumo de papel fue de 20,000 hojas, para el mismo periodo el promedio mensual en el consumo de vasos de polipropileno fue de 107.1 piezas, poliestireno expandido 135.7 piezas, botellas de PET para agua 48 piezas, y 86 piezas. De cucharas desechables.

Una vez elaborado este diagnostico, se determinó implementar una Política Ambiental, enfocada primordialmente en la filosofía de las 3 “R´s”, promover las compras verdes, la conciencia ambiental, erradicar el consumo de botellas de PET, vasos, platos y cucharas desechables, eficientizar los usos de energía y materiales, reducir el consumo de energía y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero.

Como resultado de la implementación del Sistema de Manejo Ambiental, la Comisión de Medio Ambiente logró compensar al 100% sus emisiones de gases de efecto invernadero, en un año redujo al 73% la solicitud de artículos a proveeduría, aumentando una eficiencia en lo solicitado de un 60% a un 90%.

Al 2007 se había eliminado el 80% el uso de bienes desechables.

Se sustituyo al 100% el papel de fibra nueva por papel reciclado.

La implementación del Sistema de Manejo Ambiental para toda la Cámara, repercutirá directamente en una disminución al consumo de energía eléctrica, así como la adquisición de bienes y servicios, lo que económicamente representará un ahorro presupuestal en materia de agua, energía y material de oficina.

Evitar el derroche de recursos naturales y económicos en las actividades que se desarrollan al interior de la Cámara de Diputados, puede motivar a otras instituciones a implementar el Sistema.

Los esfuerzos legislativos han sido varios con respecto al tema, otro de los antecedentes se dio en la LXI Legislatura, la diputada Augusta Valentina Díaz de Rivera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó Punto de Acuerdo por el que se exhorta a los Poderes de la Unión y sus áreas administrativas para que formulen, establezcan o evalúen Sistemas de Manejo Ambiental para el año 2010.3 En su exposición de motivos señala lo siguiente:

“... estos Sistemas pueden ser una herramienta para compartir el compromiso de este Congreso de promover y fomentar el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, así como detener y revertir el deterioro del medio ambiente, por medio de acciones y medidas al interior de los tres Poderes del Estado...”

Y reconoce que influirán en el comportamiento de mercados y proveedores, traerá consecuencias pedagógicas positivas entre los empleados públicos y entre los ciudadanos en general y se mejorará la eficiencia en el uso de los recursos.

Debemos estar ciertos de que las dependencias que integran el sector gubernamental, demandan grandes cantidades de bienes y servicios, por lo que son consumidores que tienen incidencia directa en el comportamiento de ciertos mercados. Es necesario que el Poder Legislativo adquiera la responsabilidad de desarrollar sus actividades diarias de forma tal que asegure el uso sustentable de los recursos y materiales utilizados, particularmente el consumo de energía, agua e insumos de papelería; así como que reduzca el impacto de sus actividades en el ambiente.

Para el Partido Verde, la disminución de los impactos de las operaciones cotidianas es un tema prioritario; por ello se somete a la consideración de esta Soberanía que la Secretaría General de la Cámara de Diputados cuente con las atribuciones necesarias para la instalación del Sistema de Manejo Ambiental.

Con base en el Estatuto de Organización Técnica y Administrativa del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados se sabe que corresponde la Secretaría General las funciones que en otras dependencias realiza la Oficialía Mayor, pues supervisa el correcto funcionamiento de las Secretarías de Servicios Parlamentarios y de Servicios Administrativos y Financieros.

Con esta iniciativa se propone la creación de una Unidad de Servicios Ambientales adscrita a la Secretaría General, dicha oficina será responsable de formular e instaurar el Sistema de Manejo Ambiental al interior de la Cámara de Diputados, y de integrar el Comité Interno de Sistemas de Manejo Ambiental, como órgano de coordinación, consulta y evaluación de las acciones que se propongan y se ejecuten en congruencia con los fines previstos en los lineamientos correspondientes para la Administración Pública Federal.4

La Unidad de Servicios Ambientales que proponemos, será el órgano técnico responsable de:

• Diseñar e implementar el Programa Interno del Sistema de Manejo Ambiental, el cual deberá prever la política ambiental, las responsabilidades, prácticas, procedimientos, procesos y recursos.

• Diseñar los subprogramas de uso eficiente del agua, consumo responsable de material de oficina y ahorro de energía.5 Dirigir las reuniones del Comité Interno de Sistemas de Manejo Ambiental (CISMA) y apoyarle en la realización de sus actividades.

Se sugeriría que el Comité, este integrado por:

• Un Presidente,

• Un Secretario Ejecutivo,

• Un vocal por cada unidad administrativa involucrada en la implementación del Programa Interno del Sistema de Manejo Ambiental

• Funcionarios representantes, (uno para cada enlace necesario del CISMA).

• Asesores internos y externos que aseguren el apoyo técnico especializado al CISMA.

Los integrantes del Comité podrán proponer actividades adicionales que puedan contribuir a mejorar el desempeño ambiental de la Cámara de Diputados, como pueden ser estaciones intermodales de transporte, centros de acopio, entre otros.

No tenemos duda que esta iniciativa incitará a desarrollar la conciencia de los servidores públicos, y dar ejemplo al sector público con acciones congruentes con las leyes que el propio Congreso avala. Se logrará demostrar que con base en buenas estrategias de comunicación interna y externa, el compromiso de los mandos superiores y del personal de la Cámara de Diputados, puede dar como resultado un sistema con el que crearemos mejores condiciones ambientales y el ahorro de recursos económicos.

Fundamento legal

Por lo anteriormente expuesto y fundado en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6 numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona y reforma la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se reforma el artículo 47 numeral 1 y se adicionan un numeral 3 al artículo 47, un inciso f) al artículo 48, y un artículo 52 Bis a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 47.

1. Para la coordinación y ejecución de las tareas que permitan el mejor cumplimiento de las funciones legislativas y la atención eficiente de sus necesidades administrativas, financieras y de desempeño ambiental, la Cámara cuenta con una Secretaría General.

2. ...

3. La Cámara tendrá una Unidad de Servicios Ambientales, para establecer las estrategias institucionales que incorporen criterios ambientales al funcionamiento cotidiano de la Cámara de Diputados; así como la instauración del sistema de manejo ambiental para la Cámara.

Artículo 48.

1. a 4. El Secretario General de la Cámara tiene las atribuciones siguientes:

a) a e) Formular los programas anuales de naturaleza administrativa y financiera; y

f) Formular e implementar el Sistema de Manejo Ambiental.

g) Informar trimestralmente a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, sobre el cumplimiento de las políticas, lineamientos y acuerdos adoptados por ésta, y respecto al desempeño en la prestación de los servicios parlamentarios y administrativos y financieros.

Artículo 52 Bis. La Unidad de Servicios Ambientales de la Cámara de Diputados, es el órgano técnico responsable de la instalación del Sistema de Manejo Ambiental. La Unidad está a cargo de un Coordinador nombrado en los términos que establezca el Estatuto del Servicio de Carrera, y su estructura con las oficinas que se requieran.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el siguiente día al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos de la Cámara de Diputados propondrá el acuerdo para las reformas al Manual General de Organización de la Cámara de Diputados, dentro de los sesenta días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, donde establecerá las funciones específicas de la Unidad de Manejo Ambiental, responsable de instaurar el Sistema de Manejo Ambiental al interior de la Cámara de Diputados y de integrar el Comité Interno de Sistemas de Manejo Ambiental.

Tercero. Las adecuaciones reglamentarias a que se refiere el artículo anterior, deberán contemplar medidas tendientes a capacitar y especializar a asesores internos del Comité Interno de Sistemas de Manejo Ambiental.

Notas

1 Masera, Diego. “Hacia un consumo sustentable en América Latina y el Caribe. PNUMA . Orlac. 2001 p. 18

2 Acuerdo que establece los lineamientos y estrategias generales para fomentar el manejo ambiental de los recursos en las oficinas administrativas de las dependencias y entidades administrativas de la Administración Pública Federal. DOF 26-03-1999.

3 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2851-II, miércoles 23 de septiembre de 2009.

4 lineamientos y estrategias generales para fomentar el manejo ambiental de los recursos de las oficinas administrativas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal publicados en el Diario Oficial de la Federación el ocho de marzo de 2001

5 Cuyos lineamientos han quedado establecidos en la El Programa de Uso Eficiente y Racional del Agua, Programa de Ahorro de Energía, Programa de Consumo Responsable de Materiales de oficina (compras verdes).

Dada en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 11 días del mes de octubre del 2012.

Diputada Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica)

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