Primera participación

Estaba refiriéndome al tema que incluso ya se recibió, es el tema de la tarifa cero. Lo que resolvió la Suprema Corte de Justicia, entiendo perfectamente que la Corte haya revisado este asunto, que haya llegado a la conclusión, respeto la decisión y la verdad es que no la comparto, porque creo y lo vemos en el engrose que hizo de esta decisión, ahí algunos aspectos que desde mi punto de vista pasó o analizó de manera muy somera. Como usted de hecho lo hace en su ensayo en la parte de la relación del IFT con el Congreso, que es un transitorio que estaba en el decreto de la reforma institucional que decía que dentro de un periodo determinado el Congreso debía expedir una ley secundaria, una ley convergente y decía de manera muy específica que regula a las redes de telecomunicaciones, a la difusión, a los servicios, no lo digo de manera textual pero decía algo en ese sentido.

Me parece que el engrose de la Corte, incluso se mete a dilucidar y a debatir que si al instituto le corresponde regular y al legislativo legislar y me parece que ahí la Corte se mete en un embrollo porque no logra explicar cuál es la diferencia entre regular y legislar. Yo tengo cierta claridad de que desde luego hay cosas que el Congreso no se debe meter, ésta es una medida que sí es muy polémica, la de la tarifa cero, que era un régimen por el cual se le impedía cobrar la terminación de tráfico al preponderante, y era en si que el Congreso podría fijar una tarifa que es un enfoque que erróneamente adoptó mucha gente.

Por ejemplo, me llamó mucho la atención que justamente como usted dice ahora le corresponde al Instituto eso, ya no hay duda, el Instituto es el que va a tener que resolver este tema; pero en uno de sus últimos considerativos, el engrose, la Corte dice, se lo voy a leer textual porque es algo que a mi me preocupó mucho y dice: de acuerdo con lo relacionado con esta sentencia de tal determinación, responderá en todo caso al Instituto Federal de Telecomunicaciones el que deberá atender también al principio constitucional de no agresividad de Derechos Humanos y según lo señalado por el Constituyente a las condiciones de evolución del merdado de las telecomunicaciones a la luz de un modelo de costos que toman como parámetro un operador del mercado razonablemente eficiente. Eso nunca lo dijo el Constituyente, me llamó la atención cómo la Corte en su engrose pone en boca del Constituyente que nosotros dijimos, nosotros como parte de ese poder reformador de la Constitución, que lo que debe de tener el Instituto a la hora de determinar las tarifas de interconexión a la luz de un modelo de costos que tome como parámetro a un operador del mercado razonablemente eficiente, eso nunca lo dijimos nosotros, no está en el decreto de reforma Constitucional, la verdad es que yo no entiendo de dónde lo sacaron los ministros y eso es algo que a mí me preocupa mucho, que lo hayan afirmado así, entiendo que quizá es como le quisieron dar una orientación al Instituto de cómo se debería resolver esta cuestión.

Creo que es una cuestión muy importante porque sí altera un poco las condiciones de certeza con las cuales empezaron a operar la mayoría de los operadores a partir de la reforma constitucional.

Por mi parte es cuanto.



Segunda participación (en dos audios)

Muchas gracias senador Robledo, un tema muy importante que estuvo en la discusión o en la agenda pública recientemente...(interrupción)...vicios del preponderante y que mientras un sistema único en gestión no funciona él está en la capacidad de jugar con los tiempos, de jugar con los requerimientos que le hacen y en ese sentido eso termina por afectar las condiciones bajo las cuales ellos pueden tratar de replicar los servicios que ofrece el preponderante y por lo tanto no pueden competir de manera eficaz.



Entonces creo que sí es relevante, en este caso del cumplimiento de las medidas, que ha habido algunas que de manera muy específica, creo que no se resolvieron de manera oportuna y para bien del desarrollo de la competencia y la otra es que hasta donde entiendo por lo menos en este primer momento, hubo medidas o denuncias, o más bien quejas de la industria que señalaban que varias de sus observaciones, que algunas medidas no habrían sido cumplidas, o peticiones expresas a los preponderantes no habían sido atendidas, incluso creo que el día de hoy hay varias que no han sido resueltas; entonces eso es un tema en donde creo que el Instituto también sin duda tiene un área de oportunidad para mejorar como dicen los que se dedican a la mejora de procesos.

Es cuanto



Tercera participación

El Instituto no debe usar un modelo costo a la hora que vaya a determinar las nuevas tarifas, sin duda es una herramienta central en la toma de decisiones de un regulador, lo que a mi me preocuparía es porque escuchando voces de gente realmente experta en este tema del modelaje de costos es que por ejemplo, usted habló de los distintos modelos de costos que ha venido usando el Instituto y hay una cuestión muy particular, el modelo de costos puros como se le llama, que podría arrojar la paradoja de que el preponderante pudiera resultar con tarifas de terminación más altas que los competidores que es un posible resultado de un modelo de esa naturaleza, entonces sólo ponerlo sobre la mesa para que el Instituto dando su mejor esfuerzo, creo que sí tiene que ver de qué manera calibra los distintos modelos que vaya a utilizar porque evidentemente, no sería bueno para la competencia que lleguemos a un escenario, donde el resultado por empeñarse a usar un modelo específico sea que las tarifas de terminación para el preponderante sean más altas que para la competencia.

Es mi comentario.