En el tema que nos ocupa, el Verde Ecologista de México reitera su compromiso de las normas legales que establecen en procedimiento de declaración de procedencia coloquialmente conocido como desafuero.

Es más que claro que la implementación del procedimiento del desafuero se cumplió con todas y cada una de sus etapas procesales pues dio la participación de los actores de ese procedimiento y se llego a un estado, en el cual resultaba imposible decidir en ese momento, sobre la procedencia o improcedencia del desafuero ya que la Fiscalía de Veracruz se encuentra impedida para proceder penalmente contra el diputado del que se solicitó su desafuero por el motivo de un amparo que le concedió un juez federal para el efecto del que no se le pudiera poner a su disposición de un juez penal.

Por lo que resulta totalmente conforme a derecho que se aplace el dictamen hasta en tanto el Ministerio Público puede ejercer acción penal al diputado objeto del desafuero.

Por lo que esta soberanía debe respetar dicho amparo otorgado por el Poder Judicial de la Federación.

Lo que debe quedar claro es que el proceso de desafuero no está concluido, primero, se debe agotar la instancia jurídica del amparo a efecto para que la Fiscalía de Veracruz tenga certeza jurídica de poder ejercer la acción penal.

Una vez esto se podrá solicitar a la Cámara de Diputados continuar con el juicio de procedencia, esto caballeros es un tema 100 por ciento legal.

Muchísimas gracias.

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO