Gracias señor presidente:

El día de hoy la intervención que hago a nombre de la Comisión Anticorrupción y Participación Ciudadana, quisiera hacerla en dos vertientes la primera en lo que nos reúne el día de hoy en este periodo extraordinario, respecto a las atribuciones constitucionales del artículo 72 que corresponden al ejecutivo federal, respecto al veto parcial que ha realizado, hay que decirlo, a un paquete integral de siete leyes que contenía más de 600 artículos, hemos recibido observaciones precisas y concisas respecto a 10, 10 observaciones respecto a más de 600 artículos.

Es verdad que creo, que estoy convencido, que estoy seguro, que debe existir una reflexión por parte del Senado de la República, una reflexión más allá por el Congreso de la Unión, es decir por la Cámara de Diputados que a qué estamos obligados los legisladores y es verdad, que cuando tenemos estas discusiones intensas, estos debates fuertes y estos paquetes, paquetes muy completos, de tantas leyes como era lo que estuvimos discutiendo en ese momento, de más de siete ordenamientos, de más de 600 artículos, que tendrían que hablarse entre sí, pero que además de hablarse entre sí, de sietes leyes, tenían que hablarse también con dos disposiciones que habíamos dictaminado en el Senado de la República, la (inaudible) y la Ley Federal de Transparencia, así como también tenía que hablarse, tenía que articularse con dos grandes reformas constitucionales que hicimos en el Senado, respecto al Sistema Nacional de Transparencia y la otra respecto al Sistema Nacional de Anticorrupción, es ahí donde estaba la problemática de poder articular todos estos ordenamientos, también el trabajo que se realizó en las comisiones obedecía además de estos ordenamientos, hacer una revisión, un estudio exhaustivo, respecto al control difuso de convencionalidad, que no le debe quedar duda a nadie de que este Senado de la República, está obligado a hacerlo, derivado de la reforma de junio de 2012.

Al artículo primero en materia de Derechos Humanos, todas la autoridades y por su puesto todos nosotros, la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados, estamos obligados a llevar acabo, este ejercicio de control, difuso de convencionalidad, es así que recibimos las observaciones del Ejecutivo Federal, observaciones a 10 artículos y observaciones también en las que recibimos, otros instrumentos que era importante revisáramos, el amparo 23/2013, el 73/2012, tesis jurisprudenciales y además también una sentencia de la Corte Interamericana, es verdad que eso nos obliga a tener esa reflexión en el Senado de la República de que cada vez que estemos votando una reserva, tengamos que consultar los instrumentos internacionales a los que estamos obligados, tratados internacionales, sentencias de la Corte y otros instrumentos que debemos también de verificar.

Dicho lo anterior me parece que es importante aclarar que con las modificaciones que nos propone el ejecutivo, es importante decirlo aquí que no se exime por ningún motivo a la iniciativa privada a los contratistas que deseen hacerlo con el gobierno de la responsabilidad que tiene, fue así como en Comisiones Unidas legislamos y redactamos más de 40 artículos, respectivos justamente al papel que debía tener la iniciativa privada, no sólo eso, los que redactamos y los que ya existían en otros ordenamientos que debían también de estar contemplados como podría ser el 32 D del Código Fiscal de la Federación que obliga a que cualquier empresario, cualquier contratista que desee prestar un servicio con el gobierno presente una declaración que emite el Servicio de Declaración Tributaria, en la que diga que está al corriente de obligaciones tributarias, respecto a la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos el artículo 44 establece perfectamente la redacción que tendrán que hacer y el formato que estará para que todos los empresarios haga respecto al conflicto de intereses, evento por evento, cada vez que un empresario quiere ir a licitar tendrá que entregar ahí su carta de que no tiene conflicto de interés con aquellos que están celebrando el concurso, la licitación o estar por contratar un servicio.

Incluimos dentro de las obligaciones que debía tener la iniciativa privada, un capítulo específico de la integridad de las personas morales, donde consideramos la política de integridad que debía de tener cada una de estas empresas, su manual de procedimientos, su código de conducta público y socializado, sistemas adecuados y eficaces del control, vigilancia y auditoría, sistemas adecuados de denuncias y procesos disciplinarios internos, sistemas y procesos de capacitación de integridad exclusivos para la iniciativa privada, es verdad también que hicimos redacciones específicas en materia de responsabilidad administrativa, dentro de las graves y de las no graves y es así como tenemos tipos administrativos específicos para la iniciativa privada como el soborno, como la participación ilícita en procedimientos administrativos, tráfico de influencias, utilización de información falsa, colusión, uso indebido de recursos, contratación indebida de servidores públicos y faltas de particulares en situación especial, no sólo eso, no sólo la parte administrativa, fuimos también a redacciones específicas de tipos penales y así se modificó el Código Penal federal, en el cual quedaron los tipos específicos para la iniciativa privada, uso ilícito de atribuciones y facultades que será castigado de tres meses hasta 9 años con prisión, tráfico de influencias que será castigado de dos a seis años con prisión y cohecho que será también castigado hasta con 14 años de prisión, respecto a las sanciones también administrativas, ha quedado perfectamente bien establecido las sanciones económicas, la inhabilitación y la indemnización.

Respecto a las personas morales también ha quedado de manera específica, sanciones económicas, inhabilitación, suspensión de actividades, he incluso disolución de la sociedad, es así que estamos seguros de que este paquete completo y complejo que pudimos construir entre todos los Grupos Parlamentarios de este Senado de la República, tiene un marco legal, fuerte, robusto y potente que contempla sin duda alguna a la iniciativa privada y a los empresarios que estén contratando con los gobiernos que no quede duda de ello.

Les agradezco a todos la atención. Es cuanto señor presidente.​