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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE AGUAS (CMigrator copy 1)
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 15 de octubre del 2013.
HONORABLE ASAMBLEA: Los Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ Y ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 Base Primera, fracción V, inciso j) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 fracciones XIV y 46 la fracción I, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y; 85 fracción I, y 86 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE Se REFORMAN DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE AGUAS Y DE LA LEY AMBIENTAL, AMBAS DEL DISTRITO FEDERAL, EN MATERIA DE SUSTENTABILIDAD HÍDRICA, bajo la siguienteEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En la Ley de Aguas del Distrito Federal se dispone que los usuarios de los servicios hidráulicos deban sujetarse a las disposiciones que nos enumera el artículo 35 vigente, entre las que encontramos: Fracción XV, instalar en los edificios públicos y de servicios, mingitorios sin agua, inodoros de bajo consumo, regaderas, llaves, tuberías y accesorios sanitarios ahorradores de agua potable, los cuales deberán recibir mantenimiento periódicamente para conservarse en condiciones optimas de servicio e higiene. A pesar de las políticas de descentralización implementadas en las últimas décadas, la Ciudad de México sigue siendo el centro político, económico y cultural del país, por lo que el suministro de agua potable es indispensable para cumplir todas esas funciones. Ello sin dejar de mencionar que también el agua es un recurso natural de vital importancia para los ecosistemas y para los seres vivos. Para cumplir con lo anterior, el Gobierno del Distrito Federal llevó a cabo acciones que permitieran mejorar el suministro de agua. Estas acciones fueron a través de diversos programas como son:- El Programas y acciones para asegurar el abastecimiento de agua potable
- Programa de rehabilitación, sustitución e instalación de medidores
- Programa y acciones para garantizar el funcionamiento del drenaje y ampliar el tratamiento y reuso del agua
- Programa emergente de abasto de agua potable y servicio gratuito para el Distrito Federal
- Ahorrar agua al reutilizarla
- Evitar la contaminación en calles, barrancas y fuentes de agua
- Mantiene un espacio verde y da más vida a un patio o jardín
- Protege la salud del entorno
- Es barato y fácil de hacer
- Si se estanca por más de 12 horas o no reciben un tratamiento previo a su descarga o reutilización, las aguas grises pueden tener efectos nocivos como riesgos a la salud, contaminación del medio ambiente y mal olor, por ellos es importante mantener las aguas grises fluyendo y evitar cualquier contacto con ellas antes de que sean tratadas.
- Depende del tamaño del filtro; para su construcción se ocupa cemento, arena, grava, tabiques o block pulido, tuberías de PVC, algunas válvulas, así como plantas semiacuáticas. Los costos oscilan entre $2,500 o $6,000 entre material y mano de obra.
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE Se REFORMAN DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE AGUAS Y DE LA LEY AMBIENTAL, AMBAS DEL DISTRITO FEDERAL, EN MATERIA DE SUSTENTABILIDAD HÍDRICA
ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforman las fracciones II, IV, V, VI, VII y 10 y se adicionan las fracciones XII a XX al artículo 15; se reforman las fracciones II, IV, V, X, XIII y XXII y se adicionan las fracciones XXX a XXXIV del artículo 16; se reforman las fraccione VI y XV del artículo 35; se reforma el artículo 86 Bis 1; y se reforma el artículo 125; todo ello de la Ley de Aguas del Distrito Federal, para quedar como sigue:
LEY DE AGUAS DEL DISTRITO FEDERAL
TÍTULO SEGUNDO
DE LA COMPETENCIA
CAPÍTULO II
DE LA COMPETENCIA
Artículo 15. Corresponde a la Secretaría el ejercicio de las siguientes facultades: I. Integrar a la política ambiental las disposiciones que esta Ley establece en materia de conservación y aprovechamiento sustentable del agua, así como de la prevención y control de la contaminación del agua, y su aplicación; II. Promover el ahorro y uso eficiente del agua; III. Proteger las cuencas fluviales del agotamiento y degradación de sus suelos y cubierta forestal, así como de actividades perjudiciales que incluyan en sus cauces; IV. Aumentar la cubierta forestal en suelo de conservación, así como en áreas verdes en suelo urbano, áreas de valor ambiental y áreas naturales protegidas de competencia local; V. Proteger las áreas de conservación y reforzar el equilibrio del acuífero de la Ciudad d México; VI. Proteger y restaurar los ecosistemas en la zona lacustre; VII. Prevenir y controlar la contaminación de cuerpos de agua; VIII. Promover, conjuntamente con la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, la investigación sobre la contribución de los recursos forestales al desarrollo sustentable de los recursos hídricos; IX. Establecer y operar sistemas de monitoreo de la calidad del agua en el Distrito Federal; X. Impulsar la recarga artificial del acuífero con agua de lluvia y agua tratada, con la finalidad de contribuir al restablecimiento gradual de su equilibrio; XI. Fomentar las mejores prácticas posibles para el uso de productos agroquímicos con miras a reducir al mínimo sus efectos en los recursos hídricos; XII. Establecer y operar sistemas de monitoreo eléctrico y ahorro de energía en la red de distribución del agua en el Distrito Federal, que permitan reducir los consumos eléctricos de los mismos; XIII. Emitir las normas ambientales para el Distrito Federal con relación al manejo integral de los recursos hídricos, la prestación de servicios del agua potable, drenaje y alcantarillado, así como el tratamiento y reuso de aguas residuales, con base en lo establecido en la Ley Ambiental; XIV. Coordinar y vigilar el registro de descargas de aguas residuales de fuentes fijas que se vierten a los sistemas de drenaje y alcantarillado y demás cuerpos receptores en el Distrito Federal; XV. Integrar un inventario público de descargas de aguas residuales de giros industriales, comerciales y de servicios en el Distrito Federal; XVI. Coordinarse con los titulares de las Delegaciones Políticas a fin de evitar asentamientos humanos en zonas de riesgo; XVII. Establecer y actualizar el registro de descargas de aguas residuales que se viertan en el sistema de drenaje y alcantarillado o a cuerpos receptores en el Distrito Federal; XVIII. Conducir la política relacionada con la construcción de obras hidráulicas; XIX. Otorgar concesiones para la realización de obras y la prestación de los servicios hidráulicos y vigilar su cumplimiento; y XX. La atención de los demás asuntos que le conceda esta Ley y otros ordenamientos en concordancia con ella y que no estén expresamente atribuidos a la federación o a otras dependencias o entidades de la Administración Pública del Distrito Federal. Artículo 16. Corresponde al Sistema de Aguas el ejercicio de las siguientes facultades: I. Elaborar, ejecutar, evaluar y vigilar el Programa de Gestión Integral de los Recursos Hídricos, como instrumento rector de la política hídrica; II. Ampliar la infraestructura hidráulica de agua potable, drenaje y tratamiento; III. Planear, organizar, controlar y prestar los servicios hidráulicos, y los procesos de tratamiento y reuso de aguas residuales coordinándose en su caso con las delegaciones; IV. Mejorar la distribución de agua potable; V. Incrementar la producción y la eficiencia en el tratamiento de las aguas residuales operadas por el Sistema de Aguas y por particulares; VI. Elaborar el padrón de usuarios del servicio público a su cargo; VII. Opinar y participar sobre los criterios que la Secretaría incluya en las normas ambientales para el Distrito Federal en materia de manejo integral de los recursos hídricos, de prestación de servicios hidráulicos y el tratamiento y reuso de aguas residuales; VIII. Coadyuvar con la Secretaría de Salud en la medición y control de las condiciones y de la calidad del agua potable abastecida en el Distrito Federal; IX. Analizar y proponer a la o el Jefe de Gobierno del Distrito Federal los montos para el cobro de derechos de los servicios hidráulicos a los que esta Ley se refiere, así como programas de financiamiento, inversión y de endeudamiento para proyectos de construcción, conservación y mantenimiento de infraestructura hidráulica; X. Fomentar el pago justo y oportuno por los servicios de agua potable; XI. Ordenar el tratamiento obligatorio de aguas residuales y el manejo de lodos a las personas físicas o morales que utilicen y contaminen el agua con motivo de los procesos industriales, comerciales o de servicios que realicen; XII. Fungir como auxiliar de la autoridad fiscal en los términos establecidos en el Código Financiero del Distrito Federal para recaudar, comprobar, determinar, administrar, cobrar y enterar ingresos en materia de servicios hidráulicos; XIII. Suspender y/o restringir los servicios hidráulicos a inmuebles y tomas conforme a las disposiciones establecidas en la presente Ley y el Código Fiscal del Distrito Federal; XIV. Restringir el suministro de agua potable a los usuarios cuando por causas de fuerza mayor el abastecimiento sea insuficiente; XV. Vigilar la aplicación de políticas de extracción de las fuentes de abastecimiento y recarga de acuíferos, así como del uso y explotación de pozos particulares, expedidas por la autoridad competente; XVI. Establecer los criterios técnicos para la prestación de servicios hidráulicos por las delegaciones y propiciar la coordinación entre los programas sectorial y delegacionales, atendiendo tanto a las políticas de gobierno como a las disponibilidades presupuestales; XVII. Se deroga. XVIII. Llevar a cabo los estudios y proponer la necesidad de otorgar concesiones para la realización de obras y la prestación de los servicios hidráulicos y vigilar su cumplimiento; XIX. Promover la sustitución del agua potable por agua tratada en cualquier actividad incluyendo la agropecuaria; XX. Proponer mecanismos fiscales y financieros tendientes a fomentar la inversión privada y social en proyectos hidráulicos; XXI. Ejecutar programas urbanos de drenaje y evacuación de las aguas pluviales; XXII. Mejorar la infraestructura del sistema de drenaje; XXIII. Proyectar, ejecutar y supervisar las obras hidráulicas necesarias así como controlar las inundaciones, los hundimientos y movimientos de suelo cuando su origen sea hidráulico; XXIV. Construir presas de captación y almacenamiento de agua pluvial, así como colectores marginales a lo largo de las barrancas y cauces para la captación de agua; XXV. Construir en las zonas de reserva ecológica, áreas verdes, represas, ollas de agua, lagunas de infiltración, pozos de absorción y otras obras necesarias para la captación de aguas pluviales, con el fin de incrementar los niveles de agua de los mantos freáticos, en coordinación con la Comisión Nacional del Agua; XXVI. Realizar las acciones necesarias que eviten el azolve de la red de alcantarillado y rescatar, sanear, proteger y construir las instalaciones para aprovechar las aguas de los manantiales y pluviales que circulan por barrancas y cauces naturales; XXVII. Verificar que la tecnología que emplean las empresas constructoras de viviendas, conjuntos habitacionales, espacios agropecuarios, industriales, comerciales y de servicios, sea la adecuada para el ahorro de agua; XXVIII. Promover mediante campañas periódicas e instrumentos de participación ciudadana, el uso eficiente del agua y su conservación en toda las fases del ciclo hidrológico, e impulsar una cultura del agua que considere a este elemento como un recurso vital, escaso, finito y vulnerable mediante la educación ambiental; así como programar, estudiar y realizar acciones para el aprovechamiento racional del agua y la conservación de su calidad; XXIX. Promover campañas de toma de conciencia para crear en la población una cultura de uso racional del agua y su preservación; XXX. Fomentar opciones tecnológicas alternas de abastecimiento de agua y saneamiento, así como la investigación, desarrollo y aplicación de tecnologías, equipos, sistemas y procesos para el manejo integral de los recursos hídricos; XXXI. Promover la optimización en el consumo del agua, la implantación y operación de sistemas de tratamiento de aguas residuales, su reuso, y aprovechamiento de aguas pluviales, así como la restauración y protección de los mantos freáticos; XXXII. Aplicar las normas ambientales del Distrito Federal y las normas oficiales mexicanas en las materias relacionadas con la presente Ley; XXXIII. Vigilar el cumplimiento y aplicación de la presente ley, en las materias de su competencia, y aplicar las sanciones y ejercer los actos de autoridad en la materia que no estén reservados al Jefe de Gobierno del Distrito Federal; y XXXIV. Las demás que le confieran esta Ley, su reglamento y otras disposiciones legales aplicables.
TÍTULO CUARTO
DE LA CONSERVACIÓN, APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE Y
PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DEL AGUA
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 35. Los usuarios de los servicios hidráulicos deberán sujetarse a las siguientes disposiciones: I a la V… VI. El riego de parques, jardines públicos y privados, así como campos deportivos deberá realizarse con agua tratada o con agua de lluvia. En las nuevas edificaciones el riego de las áreas verdes, jardines, lavado de autos, inodoros y demás usos que no requieran de agua potable, se deberá realizar con agua gris o de lluvia. En donde no se cuente con red secundaria de agua tratada, el usuario deberá realizar el riego de jardines en un horario de 20:00 P.M. a 6:00 A.M. para mitigar la evaporación. En las nuevas edificaciones, para el riego de las áreas verdes, jardines y demás usos que no requieran agua potable, deberán utilizar únicamente aguas grises tratadas y/o agua proveniente de la cosecha pluvial. XV. Instalar en la medida de lo posible en casa habitación, así como en los edificios públicos y de servicios, mingitorios sin agua, inodoros de bajo consumo, regaderas, llaves, tuberías y accesorios sanitarios ahorradores de agua potable, los cuales deberán recibir mantenimiento periódicamente para conservarse en condiciones optimas de servicio e higiene, así como reutilizar el agua gris.
TÍTULO SEXTO
DEL TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES Y EL PAGO DE LOS
DERECHOS HIDRÁULICOS
CAPÍTULO I
DEL TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES Y SU REUSO
Artículo 86 Bis 1.- Las nuevas construcciones o edificaciones deberán contar con redes separadas de agua potable, de reuso y cosecha de agua de lluvia.TÍTULO NOVENO
DE LA COSECHA DE AGUA DE LLUVIA DEL DISTRITO FEDERAL
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 125.- En todas las nuevas edificaciones, instalaciones, equipamientos, viviendas y obras públicas que se construyan en el Distrito Federal será obligatorio, construir las obras e instalar los equipos e instrumentos necesarios para cosechar, tratar y aprovechar el agua de lluvia para diversos fines, incluido el consumo humano, con base en las disposiciones que se establezcan en el Reglamento de esta Ley. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se adiciona un artículo 110 bis a la Ley Ambiental del Distrito Federal, para quedar como sigue:
LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL
TÍTULO CUARTO
DE LA PROTECCIÓN, RESTAURACIÓN Y APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS NATURALES
CAPÍTULO IV
CONSERVACIÓN Y APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DEL AGUA
Artículo 110 Bis.- Las autoridades locales del Distrito Federal, instalarán en los inmuebles a su cargo o de propiedad del Gobierno del Distrito Federal, un sistema de captación de agua pluvial, debiendo atender los requerimientos de la zona geográfica en que se encuentren, así como la posibilidad física, técnica y financiera que resulte conveniente, a fin de utilizar ésta en los baños y en las labores de limpieza de pisos y ventanas, el riego de jardines y de plantas de ornato en general. Para el caso de inmuebles catalogados como monumentos artísticos e históricos por: el Instituto Nacional de Antropología e Historia, el Instituto Nacional de Bellas Artes y la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, deberán contar con la autorización correspondiente.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- El Jefe de Gobierno del Distrito Federal deberá hacer las adecuaciones necesarias a la normatividad reglamentaria aplicable dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto. Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México: DIP. JESÚS SESMA SUÁREZ DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ COORDINADOR VICECOORDINADOR
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE AGUAS
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 15 de octubre del 2013.
HONORABLE ASAMBLEA: Los Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ Y ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 Base Primera, fracción V, inciso j) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 fracciones XIV y 46 la fracción I, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y; 85 fracción I, y 86 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE Se REFORMAN DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE AGUAS Y DE LA LEY AMBIENTAL, AMBAS DEL DISTRITO FEDERAL, EN MATERIA DE SUSTENTABILIDAD HÍDRICA, bajo la siguienteEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En la Ley de Aguas del Distrito Federal se dispone que los usuarios de los servicios hidráulicos deban sujetarse a las disposiciones que nos enumera el artículo 35 vigente, entre las que encontramos: Fracción XV, instalar en los edificios públicos y de servicios, mingitorios sin agua, inodoros de bajo consumo, regaderas, llaves, tuberías y accesorios sanitarios ahorradores de agua potable, los cuales deberán recibir mantenimiento periódicamente para conservarse en condiciones optimas de servicio e higiene. A pesar de las políticas de descentralización implementadas en las últimas décadas, la Ciudad de México sigue siendo el centro político, económico y cultural del país, por lo que el suministro de agua potable es indispensable para cumplir todas esas funciones. Ello sin dejar de mencionar que también el agua es un recurso natural de vital importancia para los ecosistemas y para los seres vivos. Para cumplir con lo anterior, el Gobierno del Distrito Federal llevó a cabo acciones que permitieran mejorar el suministro de agua. Estas acciones fueron a través de diversos programas como son:- El Programas y acciones para asegurar el abastecimiento de agua potable
- Programa de rehabilitación, sustitución e instalación de medidores
- Programa y acciones para garantizar el funcionamiento del drenaje y ampliar el tratamiento y reuso del agua
- Programa emergente de abasto de agua potable y servicio gratuito para el Distrito Federal
- Ahorrar agua al reutilizarla
- Evitar la contaminación en calles, barrancas y fuentes de agua
- Mantiene un espacio verde y da más vida a un patio o jardín
- Protege la salud del entorno
- Es barato y fácil de hacer
- Si se estanca por más de 12 horas o no reciben un tratamiento previo a su descarga o reutilización, las aguas grises pueden tener efectos nocivos como riesgos a la salud, contaminación del medio ambiente y mal olor, por ellos es importante mantener las aguas grises fluyendo y evitar cualquier contacto con ellas antes de que sean tratadas.
- Depende del tamaño del filtro; para su construcción se ocupa cemento, arena, grava, tabiques o block pulido, tuberías de PVC, algunas válvulas, así como plantas semiacuáticas. Los costos oscilan entre $2,500 o $6,000 entre material y mano de obra.
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE Se REFORMAN DIVERSOS ARTÍCULOS DE LA LEY DE AGUAS Y DE LA LEY AMBIENTAL, AMBAS DEL DISTRITO FEDERAL, EN MATERIA DE SUSTENTABILIDAD HÍDRICA
ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforman las fracciones II, IV, V, VI, VII y 10 y se adicionan las fracciones XII a XX al artículo 15; se reforman las fracciones II, IV, V, X, XIII y XXII y se adicionan las fracciones XXX a XXXIV del artículo 16; se reforman las fraccione VI y XV del artículo 35; se reforma el artículo 86 Bis 1; y se reforma el artículo 125; todo ello de la Ley de Aguas del Distrito Federal, para quedar como sigue:
LEY DE AGUAS DEL DISTRITO FEDERAL
TÍTULO SEGUNDO
DE LA COMPETENCIA
CAPÍTULO II
DE LA COMPETENCIA
Artículo 15. Corresponde a la Secretaría el ejercicio de las siguientes facultades: I. Integrar a la política ambiental las disposiciones que esta Ley establece en materia de conservación y aprovechamiento sustentable del agua, así como de la prevención y control de la contaminación del agua, y su aplicación; II. Promover el ahorro y uso eficiente del agua; III. Proteger las cuencas fluviales del agotamiento y degradación de sus suelos y cubierta forestal, así como de actividades perjudiciales que incluyan en sus cauces; IV. Aumentar la cubierta forestal en suelo de conservación, así como en áreas verdes en suelo urbano, áreas de valor ambiental y áreas naturales protegidas de competencia local; V. Proteger las áreas de conservación y reforzar el equilibrio del acuífero de la Ciudad d México; VI. Proteger y restaurar los ecosistemas en la zona lacustre; VII. Prevenir y controlar la contaminación de cuerpos de agua; VIII. Promover, conjuntamente con la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, la investigación sobre la contribución de los recursos forestales al desarrollo sustentable de los recursos hídricos; IX. Establecer y operar sistemas de monitoreo de la calidad del agua en el Distrito Federal; X. Impulsar la recarga artificial del acuífero con agua de lluvia y agua tratada, con la finalidad de contribuir al restablecimiento gradual de su equilibrio; XI. Fomentar las mejores prácticas posibles para el uso de productos agroquímicos con miras a reducir al mínimo sus efectos en los recursos hídricos; XII. Establecer y operar sistemas de monitoreo eléctrico y ahorro de energía en la red de distribución del agua en el Distrito Federal, que permitan reducir los consumos eléctricos de los mismos; XIII. Emitir las normas ambientales para el Distrito Federal con relación al manejo integral de los recursos hídricos, la prestación de servicios del agua potable, drenaje y alcantarillado, así como el tratamiento y reuso de aguas residuales, con base en lo establecido en la Ley Ambiental; XIV. Coordinar y vigilar el registro de descargas de aguas residuales de fuentes fijas que se vierten a los sistemas de drenaje y alcantarillado y demás cuerpos receptores en el Distrito Federal; XV. Integrar un inventario público de descargas de aguas residuales de giros industriales, comerciales y de servicios en el Distrito Federal; XVI. Coordinarse con los titulares de las Delegaciones Políticas a fin de evitar asentamientos humanos en zonas de riesgo; XVII. Establecer y actualizar el registro de descargas de aguas residuales que se viertan en el sistema de drenaje y alcantarillado o a cuerpos receptores en el Distrito Federal; XVIII. Conducir la política relacionada con la construcción de obras hidráulicas; XIX. Otorgar concesiones para la realización de obras y la prestación de los servicios hidráulicos y vigilar su cumplimiento; y XX. La atención de los demás asuntos que le conceda esta Ley y otros ordenamientos en concordancia con ella y que no estén expresamente atribuidos a la federación o a otras dependencias o entidades de la Administración Pública del Distrito Federal. Artículo 16. Corresponde al Sistema de Aguas el ejercicio de las siguientes facultades: I. Elaborar, ejecutar, evaluar y vigilar el Programa de Gestión Integral de los Recursos Hídricos, como instrumento rector de la política hídrica; II. Ampliar la infraestructura hidráulica de agua potable, drenaje y tratamiento; III. Planear, organizar, controlar y prestar los servicios hidráulicos, y los procesos de tratamiento y reuso de aguas residuales coordinándose en su caso con las delegaciones; IV. Mejorar la distribución de agua potable; V. Incrementar la producción y la eficiencia en el tratamiento de las aguas residuales operadas por el Sistema de Aguas y por particulares; VI. Elaborar el padrón de usuarios del servicio público a su cargo; VII. Opinar y participar sobre los criterios que la Secretaría incluya en las normas ambientales para el Distrito Federal en materia de manejo integral de los recursos hídricos, de prestación de servicios hidráulicos y el tratamiento y reuso de aguas residuales; VIII. Coadyuvar con la Secretaría de Salud en la medición y control de las condiciones y de la calidad del agua potable abastecida en el Distrito Federal; IX. Analizar y proponer a la o el Jefe de Gobierno del Distrito Federal los montos para el cobro de derechos de los servicios hidráulicos a los que esta Ley se refiere, así como programas de financiamiento, inversión y de endeudamiento para proyectos de construcción, conservación y mantenimiento de infraestructura hidráulica; X. Fomentar el pago justo y oportuno por los servicios de agua potable; XI. Ordenar el tratamiento obligatorio de aguas residuales y el manejo de lodos a las personas físicas o morales que utilicen y contaminen el agua con motivo de los procesos industriales, comerciales o de servicios que realicen; XII. Fungir como auxiliar de la autoridad fiscal en los términos establecidos en el Código Financiero del Distrito Federal para recaudar, comprobar, determinar, administrar, cobrar y enterar ingresos en materia de servicios hidráulicos; XIII. Suspender y/o restringir los servicios hidráulicos a inmuebles y tomas conforme a las disposiciones establecidas en la presente Ley y el Código Fiscal del Distrito Federal; XIV. Restringir el suministro de agua potable a los usuarios cuando por causas de fuerza mayor el abastecimiento sea insuficiente; XV. Vigilar la aplicación de políticas de extracción de las fuentes de abastecimiento y recarga de acuíferos, así como del uso y explotación de pozos particulares, expedidas por la autoridad competente; XVI. Establecer los criterios técnicos para la prestación de servicios hidráulicos por las delegaciones y propiciar la coordinación entre los programas sectorial y delegacionales, atendiendo tanto a las políticas de gobierno como a las disponibilidades presupuestales; XVII. Se deroga. XVIII. Llevar a cabo los estudios y proponer la necesidad de otorgar concesiones para la realización de obras y la prestación de los servicios hidráulicos y vigilar su cumplimiento; XIX. Promover la sustitución del agua potable por agua tratada en cualquier actividad incluyendo la agropecuaria; XX. Proponer mecanismos fiscales y financieros tendientes a fomentar la inversión privada y social en proyectos hidráulicos; XXI. Ejecutar programas urbanos de drenaje y evacuación de las aguas pluviales; XXII. Mejorar la infraestructura del sistema de drenaje; XXIII. Proyectar, ejecutar y supervisar las obras hidráulicas necesarias así como controlar las inundaciones, los hundimientos y movimientos de suelo cuando su origen sea hidráulico; XXIV. Construir presas de captación y almacenamiento de agua pluvial, así como colectores marginales a lo largo de las barrancas y cauces para la captación de agua; XXV. Construir en las zonas de reserva ecológica, áreas verdes, represas, ollas de agua, lagunas de infiltración, pozos de absorción y otras obras necesarias para la captación de aguas pluviales, con el fin de incrementar los niveles de agua de los mantos freáticos, en coordinación con la Comisión Nacional del Agua; XXVI. Realizar las acciones necesarias que eviten el azolve de la red de alcantarillado y rescatar, sanear, proteger y construir las instalaciones para aprovechar las aguas de los manantiales y pluviales que circulan por barrancas y cauces naturales; XXVII. Verificar que la tecnología que emplean las empresas constructoras de viviendas, conjuntos habitacionales, espacios agropecuarios, industriales, comerciales y de servicios, sea la adecuada para el ahorro de agua; XXVIII. Promover mediante campañas periódicas e instrumentos de participación ciudadana, el uso eficiente del agua y su conservación en toda las fases del ciclo hidrológico, e impulsar una cultura del agua que considere a este elemento como un recurso vital, escaso, finito y vulnerable mediante la educación ambiental; así como programar, estudiar y realizar acciones para el aprovechamiento racional del agua y la conservación de su calidad; XXIX. Promover campañas de toma de conciencia para crear en la población una cultura de uso racional del agua y su preservación; XXX. Fomentar opciones tecnológicas alternas de abastecimiento de agua y saneamiento, así como la investigación, desarrollo y aplicación de tecnologías, equipos, sistemas y procesos para el manejo integral de los recursos hídricos; XXXI. Promover la optimización en el consumo del agua, la implantación y operación de sistemas de tratamiento de aguas residuales, su reuso, y aprovechamiento de aguas pluviales, así como la restauración y protección de los mantos freáticos; XXXII. Aplicar las normas ambientales del Distrito Federal y las normas oficiales mexicanas en las materias relacionadas con la presente Ley; XXXIII. Vigilar el cumplimiento y aplicación de la presente ley, en las materias de su competencia, y aplicar las sanciones y ejercer los actos de autoridad en la materia que no estén reservados al Jefe de Gobierno del Distrito Federal; y XXXIV. Las demás que le confieran esta Ley, su reglamento y otras disposiciones legales aplicables.
TÍTULO CUARTO
DE LA CONSERVACIÓN, APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE Y
PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DEL AGUA
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 35. Los usuarios de los servicios hidráulicos deberán sujetarse a las siguientes disposiciones: I a la V… VI. El riego de parques, jardines públicos y privados, así como campos deportivos deberá realizarse con agua tratada o con agua de lluvia. En las nuevas edificaciones el riego de las áreas verdes, jardines, lavado de autos, inodoros y demás usos que no requieran de agua potable, se deberá realizar con agua gris o de lluvia. En donde no se cuente con red secundaria de agua tratada, el usuario deberá realizar el riego de jardines en un horario de 20:00 P.M. a 6:00 A.M. para mitigar la evaporación. En las nuevas edificaciones, para el riego de las áreas verdes, jardines y demás usos que no requieran agua potable, deberán utilizar únicamente aguas grises tratadas y/o agua proveniente de la cosecha pluvial. XV. Instalar en la medida de lo posible en casa habitación, así como en los edificios públicos y de servicios, mingitorios sin agua, inodoros de bajo consumo, regaderas, llaves, tuberías y accesorios sanitarios ahorradores de agua potable, los cuales deberán recibir mantenimiento periódicamente para conservarse en condiciones optimas de servicio e higiene, así como reutilizar el agua gris.
TÍTULO SEXTO
DEL TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES Y EL PAGO DE LOS
DERECHOS HIDRÁULICOS
CAPÍTULO I
DEL TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES Y SU REUSO
Artículo 86 Bis 1.- Las nuevas construcciones o edificaciones deberán contar con redes separadas de agua potable, de reuso y cosecha de agua de lluvia.TÍTULO NOVENO
DE LA COSECHA DE AGUA DE LLUVIA DEL DISTRITO FEDERAL
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 125.- En todas las nuevas edificaciones, instalaciones, equipamientos, viviendas y obras públicas que se construyan en el Distrito Federal será obligatorio, construir las obras e instalar los equipos e instrumentos necesarios para cosechar, tratar y aprovechar el agua de lluvia para diversos fines, incluido el consumo humano, con base en las disposiciones que se establezcan en el Reglamento de esta Ley. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se adiciona un artículo 110 bis a la Ley Ambiental del Distrito Federal, para quedar como sigue:
LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL
TÍTULO CUARTO
DE LA PROTECCIÓN, RESTAURACIÓN Y APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS NATURALES
CAPÍTULO IV
CONSERVACIÓN Y APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DEL AGUA
Artículo 110 Bis.- Las autoridades locales del Distrito Federal, instalarán en los inmuebles a su cargo o de propiedad del Gobierno del Distrito Federal, un sistema de captación de agua pluvial, debiendo atender los requerimientos de la zona geográfica en que se encuentren, así como la posibilidad física, técnica y financiera que resulte conveniente, a fin de utilizar ésta en los baños y en las labores de limpieza de pisos y ventanas, el riego de jardines y de plantas de ornato en general. Para el caso de inmuebles catalogados como monumentos artísticos e históricos por: el Instituto Nacional de Antropología e Historia, el Instituto Nacional de Bellas Artes y la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, deberán contar con la autorización correspondiente.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- El Jefe de Gobierno del Distrito Federal deberá hacer las adecuaciones necesarias a la normatividad reglamentaria aplicable dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto. Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:
![01](http://www.partidoverde.org.mx/2016/images/cmigration/019.jpg)
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY ORGANICA Y EL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR, AMBOS DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL (CMigrator copy 1)
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 15 de Octubre de 2013
HONORABLE ASAMBLEA: LOS DIPUTADOS JESÚS SESMA SUÁREZ Y ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO, EN LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 Base Primera, fracción V, inciso j) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 fracciones XIV y 46 la fracción I, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y; 85 fracción I, 86 y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY ORGANICA Y EL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR, AMBOS DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, de conformidad con la siguiente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La transformación de la esfera pública juega un papel importantísimo en la retroalimentación del proceso democrático. Dicha esfera pública, es el lugar en donde los ciudadanos, con las mismas condiciones de igualdad y de libertad, demandan y hacen frente a cualquier norma o decisión que no haya tenido su origen en ellos mismos. La opinión pública ha venido ganando identidad, poder y respeto a través de los últimos tiempos, llegando a formar una relación a la que muchos autores denominan, “relación triangulada” entre la democracia y los medios de comunicación, cuyo significado implícito está asociado con el progreso social y político. La transformación del espacio social y político, se origina en gran medida por el influjo que pueden llegar a ejercer los medios de comunicación masivos en las sociedades actuales. De igual forma la transmisión de los servicios públicos posee una gran importancia en el rol de asegurar como derecho ciudadano a recibir una amplia diversidad de información e ideas independientes y sin posturas partidistas. Asimismo, ésta puede ayudar a promover un sentimiento de identidad nacional, adoptar valores democráticos y otros valores sociales, así como proveer de educación e información de calidad, ayudando a los grupos especializados de interés y a las minorías. En la actualidad la sociedad civil se ha convertido en un factor de suma importancia para la administración pública, legislativa y política actual, que en casi todo el mundo tiene una idea propia acerca de lo que ésta significa. Derivado de lo anterior, la presente iniciativa pretende que todas las sesiones de trabajo de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sean transmitidas por el Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal (Capital 21). Las sesiones transmitidas del pleno por el Capital 21 se sumarían a los mecanismos políticos, sociales y de comunicación que buscan consolidar la vida democrática de México. Su relevancia estriba en la comprensión por parte de los ciudadanos de los trabajos del órgano legislativo local, de tal manera que se logre la legitimidad general y la cohesión social en torno a los asuntos clave para la Ciudad de México. Los trabajos en las sesiones trascenderían con una importancia política única para la opinión pública. A lo largo de la historia, el tema de la opinión pública ha sido del interés no solo de los politólogos, analistas, sociólogos y periodistas, sino también de filósofos, psicólogos y abogados, entre otros. Y dependiendo específicamente de la perspectiva que adopten, el significado de “opinión pública” ha variado. La opinión pública es considerada por muchos, a ser el gran “motor” de la democracia, determinando lo que el gobierno hace o debiera de hacer. Sin embargo de donde quiera que los ciudadanos se influyan o aprendan acerca de política, la mayoría de la gente lo hace a través de las formas más económicas y accesibles, como lo son los periódicos, la radio, la televisión. A partir de la segunda mitad del siglo pasado, la implementación de sondeos de opinión en terreno de la política, ha propiciado una transformación en las relaciones de fuerzas (esferas) en los estados democráticos. Desde hace varios años y con mayor fuerza hoy en día, los gobiernos se inclinan a conducirse mediante los resultados obtenidos en las encuestas, propiciando una asociación del concepto de opinión pública con el de los sondeos de opinión. Y es mediante el uso de estas técnicas tan generalizadas, que se procura medir de forma “científica”, la opinión pública. La credibilidad es un asunto más complicado. Los ciudadanos racionales en muchas ocasiones delegan su análisis o evaluación de la información a agentes más confiables. Los medios de comunicación reportan declaraciones pertinentes de política y acciones de una amplia variedad de actores, desde un presidente honorable y respetados comentaristas, hasta políticos desacreditados y grupos que responden a sus propios intereses. En nuestro país, el H. Congreso de la Unión posee entre una de sus obligaciones ejercer la más amplia difusión de los actos, mediante los cuales ambas Cámaras (Senadores y Diputados) hacen cumplimiento tanto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de su Ley Orgánica. Por lo tanto, la finalidad de contar con un medio informativo que transmita los trabajos legislativos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, también sería dar cumplimiento a sus funciones de informar a la sociedad mexicana, acerca de las actividades surgidas en el órgano legislativo local, reseñar y difundir la actividad parlamentaria. Es una realidad que en las sociedades modernas, la televisión ejerce un rol cada vez más preponderante sobre la influencia, en la integración de nuevos ideales y visiones del mundo, al igual que la transmisión de valores de la sociedad. Los canales legislativos existen en los siguientes países:
Países del mundo con transmisiones legislativas de televisión, Internet, canal abierto o cable | ||
ZONA / REGIÓN | PAÍSES | |
América del Norte | Canadá Estados Unidos de Norte América México | |
Centroamérica y Sudamérica | Argentina Brasil Chile Colombia Perú Venezuela | |
Asia | China India Indonesia Japón Rusia Corea del Sur | |
África | Egipto Sudáfrica | |
- Evolucionar en materia de comunicación con los ciudadanos, para construir una perspectiva de comunicación sólida y amplia, utilizando el Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal (Capital 21).
- Crear un vínculo entre la ALDF y los ciudadanos, de tal manera que se legitime el trabajo legislativo de la Ciudad.
- Dar una nueva dimensión comunicativa a la Asamblea Legislativa, abriendo nuevos cauces de expresión para colocar en el espacio público los intereses del DF y las distintas posturas partidistas al respecto.
- Fomentar en los ciudadanos el análisis y debate de los problemas de esta Ciudad.
- Reseñar y difundir la actividad legislativa y parlamentaria que día a día se desarrolla al interior de la ALDF.
- Que la difusión del trabajo legislativo no solo tenga un imperativo educativo y cultural, sino también cívico, el cual consista en presentar el debate y la deliberación para ofrecer elementos de información y análisis del acontecer en el Distrito Federal y contribuir a una opinión pública más informada.
- Que sea la Coordinación de Comunicación Social la que tenga las facultades para celebrar convenios con el Gobierno del Distrito Federal, a fin de transmitir a través de Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal (Capital 21), las sesiones públicas ordinarias, extraordinarias, permanentes y solemnes, así como los debates y trabajos y actividades que se desarrollen en los órganos internos de trabajo como Comités y Comisiones.
- Que los trabajos de difusión y transmisión de los trabajos legislativos de la Asamblea, se realicen bajo los principios de objetividad, veracidad, ética, pluralidad, equidad, transparencia y oportunidad.
- Que la Coordinación General de Comunicación Social, elabore, discuta y apruebe las políticas internas de orden general y programas de trabajo que normen la transmisión de las actividades parlamentarias.
- Que en un plazo de 60 días contados a partir de la aprobación de las presentes reformas, se realicen los convenios de apoyo y colaboración correspondientes para dar inicio a la transmisión mencionada a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal (Capital 21).
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY ORGÁNICA Y AL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR, AMBOS DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
ARTÍCULO PRIMERO.- SE ADICIONA UN PÁRRAFO CUARTO AL ARTÍCULO 27; SE REFORMA EL ARTÍCULO 30; SE ADICIONA UN PÁRRAFO SEGUNDO AL ARTÍCULO 67; SE REFORMA LA FRACCIÓN IX Y SE ADICIONA LA FRACCIÓN X AL ARTÍCULO 79; SE ADICIONA UN PÁRRAFO SEGUNDO AL ARTÍCULO 93; SE ADICIONA UN TITULO QUINTO, SE ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 94,95,96,97,98 Y 99 Y SE RECORREN EN SU NUMERACIÓN LOS SUBSECUENTES TÍTULOS Y ARTÍCULOS; TODOS DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, para quedar como sigue:LEY ORGÁNICA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DEL DISTRITO FEDERAL
TÍTULO TERCERO
DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
CAPÍTULO I
DE LA INSTALACIÓN DE LA ASAMBLEA
ARTÍCULO 27.- … … … Las sesiones públicas ordinarias, extraordinarias, permanentes y solemnes, deberán ser difundidas a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal, de conformidad a lo establecido en el Titulo Quinto de la presente Ley, el Reglamento, los convenios y demás disposiciones aplicables. ARTÍCULO 30.- El Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, regulará todo lo relativo a sesiones, debates y votaciones, así como su difusión por el Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal, con excepción de las sesiones que expresamente prevea la presente.CAPÍTULO V
DE LAS COMISIONES
ARTÍCULO 67.- … Las reuniones de trabajo, foros, comparecencias, sesiones ordinarias y extraordinarias, o cualquier actividad que desarrollen las Comisiones, deberán ser difundidas a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal, de conformidad a lo establecido en el Titulo Quinto de la presente Ley, el Reglamento, convenios y demás disposiciones aplicables.TÍTULO IV
DEL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO
CAPÍTULO ÚNICO
DEL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO
ARTÍCULO 93.- Las leyes y decretos que expida la Asamblea para su debida aplicación y observancia serán publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Para su mayor difusión también se publicarán en el Diario Oficial de la Federación. Igualmente, deberán hacerse del conocimiento de la ciudadanía, a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal, mediante el procedimiento que previamente determine la Coordinación General de Comunicación Social de la Asamblea Legislativa.TÍTULO QUINTO
De la difusión e información de las actividades de la Asamblea Legislativa
CAPÍTULO ÚNICO
ARTÍCULO 94.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, hará la más amplia difusión de los debates y actividades legislativas a través de los cuales se lleve a cabo el cumplimiento de las facultades que la Constitución, el Estatuto y que esta Ley le otorga. ARTÍCULO 95.- Para la difusión de sus actividades, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, deberá difundir sus debates y actividad legislativa a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal. ARTÍCULO 96.- La difusión de los trabajos y la actividad legislativa, tendrá por objeto reseñar y difundir los debates y actividad legislativa y parlamentaria que realiza la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como contribuir a informar, analizar y discutir pública y ampliamente la situación de los problemas del Distrito Federal, vinculados con la actividad legislativa. ARTÍCULO 97.- La difusión de los debates y trabajos legislativos, se hará bajo los principios de objetividad, veracidad, ética, pluralidad, equidad, transparencia y oportunidad. ARTÍCULO 98.- La Coordinación General de Comunicación Social de la Asamblea Legislativa, será la encargada de vigilar el estricto cumplimiento de lo establecido en el presente Capítulo. Artículo 99.- La coordinación y difusión de los debates y trabajos legislativos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, se sujetarán a las disposiciones legales aplicables y las señaladas en los convenios correspondientes y que se celebren para el estricto cumplimiento de lo señalado en este Capítulo, así como en las políticas internas de orden general y programas de trabajo que apruebe la Coordinación General de Comunicación Social de la Asamblea Legislativa. ARTÍCULO SEGUNDO.- SE ADICIONA UN PÁRRAFO QUINTO AL ARTÍCULO 39; SE ADICIONAN LAS FRACCIONES IX,X,XI,XII,XIII AL ARTÍCULO 68; Y SE ADICIONA UN ARTÍCULO 112 BIS; TODOS DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, PARA quedar como sigue:REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DE LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
CAPÍTULO III
DE LAS COMISIONES Y COMITÉS DE LA ASAMBLEA Y DE SUS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
PRIMERA PARTE
DE LAS COMISIONES Y COMITÉS DE LA ASAMBLEA Y DE SUS UNIDADES
ADMINISTRATIVAS
SECCIÓN 1
DE LAS COMISIONES Y COMITÉS
Artículo 39.- … … … … Las reuniones de trabajo, foros, comparecencias, sesiones ordinarias y extraordinarias, o cualquier actividad que desarrollen las Comisiones, deberán ser difundidas a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal, excepto aquellas que por acuerdo de las comisiones se decida que son privadas. Dicha difusión será de conformidad con lo establecido en el Titulo Quinto de la Ley, el presente Reglamento, los convenios que al efecto de celebren y demás disposiciones aplicables.SECCIÓN 4
DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL
Artículo 68.- … I al VIII…- IX. Garantizar la plena y oportuna información hacia los ciudadanos del Distrito Federal, acerca de las actividades y opiniones que se desarrollen en la Asamblea,
- X. Reseñar y difundir los debates y actividad legislativa y parlamentaria que corresponda a la Asamblea Legislativa, así como contribuir a informar, analizar y discutir pública y ampliamente la situación de los problemas del Distrito Federal, vinculadas con la actividad legislativa, a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal.
- XI. Vigilar de manera estricta que la difusión de los debates y trabajos legislativos, se realice bajo los principios de objetividad, veracidad, ética, pluralidad, equidad, transparencia y oportunidad;
- XII. Elaborar, discutir y aprobar las políticas internas de orden general y programas de trabajo que normen la transmisión de debates y actividades legislativas del Distrito Federal;
- XIII. Proponer a la Asamblea Legislativa, la celebración de los convenios con las autoridades competentes, para la debida difusión y transmisión de los trabajos de la Asamblea Legislativa.
SECCIÓN 3
DE LAS SESIONES
Artículo 112 bis. Las sesiones públicas ordinarias, extraordinarias, permanentes y solemnes, deberán ser difundidas y transmitidas a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal, de conformidad con lo establecido en el Titulo Quinto de la Ley, este Reglamento, los convenios que al efecto se celebren y demás disposiciones aplicables.TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al momento de su aprobación por el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. SEGUNDO.- Los convenios a que hace referencia el presente decreto, deberán celebrarse a más tardar 60 días posteriores a la aprobación del mismo. TERCERO.- Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente decreto. CUARTO.- Remítase al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, para el único efecto de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Para su mayor difusión publíquese en el Diario Oficial de la Federación.Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:
![01](http://www.partidoverde.org.mx/2016/images/cmigration/018.jpg)
DIP. JESÚS SESMA SUAREZ DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ
COORDINADOR VICECOORDINADOR
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY ORGANICA Y EL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR, AMBOS DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 15 de Octubre de 2013
HONORABLE ASAMBLEA: LOS DIPUTADOS JESÚS SESMA SUÁREZ Y ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO, EN LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 Base Primera, fracción V, inciso j) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 fracciones XIV y 46 la fracción I, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y; 85 fracción I, 86 y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY ORGANICA Y EL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR, AMBOS DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, de conformidad con la siguiente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La transformación de la esfera pública juega un papel importantísimo en la retroalimentación del proceso democrático. Dicha esfera pública, es el lugar en donde los ciudadanos, con las mismas condiciones de igualdad y de libertad, demandan y hacen frente a cualquier norma o decisión que no haya tenido su origen en ellos mismos. La opinión pública ha venido ganando identidad, poder y respeto a través de los últimos tiempos, llegando a formar una relación a la que muchos autores denominan, “relación triangulada” entre la democracia y los medios de comunicación, cuyo significado implícito está asociado con el progreso social y político. La transformación del espacio social y político, se origina en gran medida por el influjo que pueden llegar a ejercer los medios de comunicación masivos en las sociedades actuales. De igual forma la transmisión de los servicios públicos posee una gran importancia en el rol de asegurar como derecho ciudadano a recibir una amplia diversidad de información e ideas independientes y sin posturas partidistas. Asimismo, ésta puede ayudar a promover un sentimiento de identidad nacional, adoptar valores democráticos y otros valores sociales, así como proveer de educación e información de calidad, ayudando a los grupos especializados de interés y a las minorías. En la actualidad la sociedad civil se ha convertido en un factor de suma importancia para la administración pública, legislativa y política actual, que en casi todo el mundo tiene una idea propia acerca de lo que ésta significa. Derivado de lo anterior, la presente iniciativa pretende que todas las sesiones de trabajo de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sean transmitidas por el Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal (Capital 21). Las sesiones transmitidas del pleno por el Capital 21 se sumarían a los mecanismos políticos, sociales y de comunicación que buscan consolidar la vida democrática de México. Su relevancia estriba en la comprensión por parte de los ciudadanos de los trabajos del órgano legislativo local, de tal manera que se logre la legitimidad general y la cohesión social en torno a los asuntos clave para la Ciudad de México. Los trabajos en las sesiones trascenderían con una importancia política única para la opinión pública. A lo largo de la historia, el tema de la opinión pública ha sido del interés no solo de los politólogos, analistas, sociólogos y periodistas, sino también de filósofos, psicólogos y abogados, entre otros. Y dependiendo específicamente de la perspectiva que adopten, el significado de “opinión pública” ha variado. La opinión pública es considerada por muchos, a ser el gran “motor” de la democracia, determinando lo que el gobierno hace o debiera de hacer. Sin embargo de donde quiera que los ciudadanos se influyan o aprendan acerca de política, la mayoría de la gente lo hace a través de las formas más económicas y accesibles, como lo son los periódicos, la radio, la televisión. A partir de la segunda mitad del siglo pasado, la implementación de sondeos de opinión en terreno de la política, ha propiciado una transformación en las relaciones de fuerzas (esferas) en los estados democráticos. Desde hace varios años y con mayor fuerza hoy en día, los gobiernos se inclinan a conducirse mediante los resultados obtenidos en las encuestas, propiciando una asociación del concepto de opinión pública con el de los sondeos de opinión. Y es mediante el uso de estas técnicas tan generalizadas, que se procura medir de forma “científica”, la opinión pública. La credibilidad es un asunto más complicado. Los ciudadanos racionales en muchas ocasiones delegan su análisis o evaluación de la información a agentes más confiables. Los medios de comunicación reportan declaraciones pertinentes de política y acciones de una amplia variedad de actores, desde un presidente honorable y respetados comentaristas, hasta políticos desacreditados y grupos que responden a sus propios intereses. En nuestro país, el H. Congreso de la Unión posee entre una de sus obligaciones ejercer la más amplia difusión de los actos, mediante los cuales ambas Cámaras (Senadores y Diputados) hacen cumplimiento tanto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de su Ley Orgánica. Por lo tanto, la finalidad de contar con un medio informativo que transmita los trabajos legislativos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, también sería dar cumplimiento a sus funciones de informar a la sociedad mexicana, acerca de las actividades surgidas en el órgano legislativo local, reseñar y difundir la actividad parlamentaria. Es una realidad que en las sociedades modernas, la televisión ejerce un rol cada vez más preponderante sobre la influencia, en la integración de nuevos ideales y visiones del mundo, al igual que la transmisión de valores de la sociedad. Los canales legislativos existen en los siguientes países:
Países del mundo con transmisiones legislativas de televisión, Internet, canal abierto o cable | ||
ZONA / REGIÓN | PAÍSES | |
América del Norte | Canadá Estados Unidos de Norte América México | |
Centroamérica y Sudamérica | Argentina Brasil Chile Colombia Perú Venezuela | |
Asia | China India Indonesia Japón Rusia Corea del Sur | |
África | Egipto Sudáfrica | |
- Evolucionar en materia de comunicación con los ciudadanos, para construir una perspectiva de comunicación sólida y amplia, utilizando el Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal (Capital 21).
- Crear un vínculo entre la ALDF y los ciudadanos, de tal manera que se legitime el trabajo legislativo de la Ciudad.
- Dar una nueva dimensión comunicativa a la Asamblea Legislativa, abriendo nuevos cauces de expresión para colocar en el espacio público los intereses del DF y las distintas posturas partidistas al respecto.
- Fomentar en los ciudadanos el análisis y debate de los problemas de esta Ciudad.
- Reseñar y difundir la actividad legislativa y parlamentaria que día a día se desarrolla al interior de la ALDF.
- Que la difusión del trabajo legislativo no solo tenga un imperativo educativo y cultural, sino también cívico, el cual consista en presentar el debate y la deliberación para ofrecer elementos de información y análisis del acontecer en el Distrito Federal y contribuir a una opinión pública más informada.
- Que sea la Coordinación de Comunicación Social la que tenga las facultades para celebrar convenios con el Gobierno del Distrito Federal, a fin de transmitir a través de Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal (Capital 21), las sesiones públicas ordinarias, extraordinarias, permanentes y solemnes, así como los debates y trabajos y actividades que se desarrollen en los órganos internos de trabajo como Comités y Comisiones.
- Que los trabajos de difusión y transmisión de los trabajos legislativos de la Asamblea, se realicen bajo los principios de objetividad, veracidad, ética, pluralidad, equidad, transparencia y oportunidad.
- Que la Coordinación General de Comunicación Social, elabore, discuta y apruebe las políticas internas de orden general y programas de trabajo que normen la transmisión de las actividades parlamentarias.
- Que en un plazo de 60 días contados a partir de la aprobación de las presentes reformas, se realicen los convenios de apoyo y colaboración correspondientes para dar inicio a la transmisión mencionada a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal (Capital 21).
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY ORGÁNICA Y AL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR, AMBOS DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
ARTÍCULO PRIMERO.- SE ADICIONA UN PÁRRAFO CUARTO AL ARTÍCULO 27; SE REFORMA EL ARTÍCULO 30; SE ADICIONA UN PÁRRAFO SEGUNDO AL ARTÍCULO 67; SE REFORMA LA FRACCIÓN IX Y SE ADICIONA LA FRACCIÓN X AL ARTÍCULO 79; SE ADICIONA UN PÁRRAFO SEGUNDO AL ARTÍCULO 93; SE ADICIONA UN TITULO QUINTO, SE ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 94,95,96,97,98 Y 99 Y SE RECORREN EN SU NUMERACIÓN LOS SUBSECUENTES TÍTULOS Y ARTÍCULOS; TODOS DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, para quedar como sigue:LEY ORGÁNICA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
DEL DISTRITO FEDERAL
TÍTULO TERCERO
DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA
CAPÍTULO I
DE LA INSTALACIÓN DE LA ASAMBLEA
ARTÍCULO 27.- … … … Las sesiones públicas ordinarias, extraordinarias, permanentes y solemnes, deberán ser difundidas a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal, de conformidad a lo establecido en el Titulo Quinto de la presente Ley, el Reglamento, los convenios y demás disposiciones aplicables. ARTÍCULO 30.- El Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, regulará todo lo relativo a sesiones, debates y votaciones, así como su difusión por el Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal, con excepción de las sesiones que expresamente prevea la presente.CAPÍTULO V
DE LAS COMISIONES
ARTÍCULO 67.- … Las reuniones de trabajo, foros, comparecencias, sesiones ordinarias y extraordinarias, o cualquier actividad que desarrollen las Comisiones, deberán ser difundidas a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal, de conformidad a lo establecido en el Titulo Quinto de la presente Ley, el Reglamento, convenios y demás disposiciones aplicables.TÍTULO IV
DEL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO
CAPÍTULO ÚNICO
DEL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO
ARTÍCULO 93.- Las leyes y decretos que expida la Asamblea para su debida aplicación y observancia serán publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Para su mayor difusión también se publicarán en el Diario Oficial de la Federación. Igualmente, deberán hacerse del conocimiento de la ciudadanía, a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal, mediante el procedimiento que previamente determine la Coordinación General de Comunicación Social de la Asamblea Legislativa.TÍTULO QUINTO
De la difusión e información de las actividades de la Asamblea Legislativa
CAPÍTULO ÚNICO
ARTÍCULO 94.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, hará la más amplia difusión de los debates y actividades legislativas a través de los cuales se lleve a cabo el cumplimiento de las facultades que la Constitución, el Estatuto y que esta Ley le otorga. ARTÍCULO 95.- Para la difusión de sus actividades, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, deberá difundir sus debates y actividad legislativa a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal. ARTÍCULO 96.- La difusión de los trabajos y la actividad legislativa, tendrá por objeto reseñar y difundir los debates y actividad legislativa y parlamentaria que realiza la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, así como contribuir a informar, analizar y discutir pública y ampliamente la situación de los problemas del Distrito Federal, vinculados con la actividad legislativa. ARTÍCULO 97.- La difusión de los debates y trabajos legislativos, se hará bajo los principios de objetividad, veracidad, ética, pluralidad, equidad, transparencia y oportunidad. ARTÍCULO 98.- La Coordinación General de Comunicación Social de la Asamblea Legislativa, será la encargada de vigilar el estricto cumplimiento de lo establecido en el presente Capítulo. Artículo 99.- La coordinación y difusión de los debates y trabajos legislativos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, se sujetarán a las disposiciones legales aplicables y las señaladas en los convenios correspondientes y que se celebren para el estricto cumplimiento de lo señalado en este Capítulo, así como en las políticas internas de orden general y programas de trabajo que apruebe la Coordinación General de Comunicación Social de la Asamblea Legislativa. ARTÍCULO SEGUNDO.- SE ADICIONA UN PÁRRAFO QUINTO AL ARTÍCULO 39; SE ADICIONAN LAS FRACCIONES IX,X,XI,XII,XIII AL ARTÍCULO 68; Y SE ADICIONA UN ARTÍCULO 112 BIS; TODOS DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, PARA quedar como sigue:REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DE LA
ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
CAPÍTULO III
DE LAS COMISIONES Y COMITÉS DE LA ASAMBLEA Y DE SUS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
PRIMERA PARTE
DE LAS COMISIONES Y COMITÉS DE LA ASAMBLEA Y DE SUS UNIDADES
ADMINISTRATIVAS
SECCIÓN 1
DE LAS COMISIONES Y COMITÉS
Artículo 39.- … … … … Las reuniones de trabajo, foros, comparecencias, sesiones ordinarias y extraordinarias, o cualquier actividad que desarrollen las Comisiones, deberán ser difundidas a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal, excepto aquellas que por acuerdo de las comisiones se decida que son privadas. Dicha difusión será de conformidad con lo establecido en el Titulo Quinto de la Ley, el presente Reglamento, los convenios que al efecto de celebren y demás disposiciones aplicables.SECCIÓN 4
DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL
Artículo 68.- … I al VIII…- IX. Garantizar la plena y oportuna información hacia los ciudadanos del Distrito Federal, acerca de las actividades y opiniones que se desarrollen en la Asamblea,
- X. Reseñar y difundir los debates y actividad legislativa y parlamentaria que corresponda a la Asamblea Legislativa, así como contribuir a informar, analizar y discutir pública y ampliamente la situación de los problemas del Distrito Federal, vinculadas con la actividad legislativa, a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal.
- XI. Vigilar de manera estricta que la difusión de los debates y trabajos legislativos, se realice bajo los principios de objetividad, veracidad, ética, pluralidad, equidad, transparencia y oportunidad;
- XII. Elaborar, discutir y aprobar las políticas internas de orden general y programas de trabajo que normen la transmisión de debates y actividades legislativas del Distrito Federal;
- XIII. Proponer a la Asamblea Legislativa, la celebración de los convenios con las autoridades competentes, para la debida difusión y transmisión de los trabajos de la Asamblea Legislativa.
SECCIÓN 3
DE LAS SESIONES
Artículo 112 bis. Las sesiones públicas ordinarias, extraordinarias, permanentes y solemnes, deberán ser difundidas y transmitidas a través del Sistema de Radio y Televisión del Gobierno del Distrito Federal, de conformidad con lo establecido en el Titulo Quinto de la Ley, este Reglamento, los convenios que al efecto se celebren y demás disposiciones aplicables.TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al momento de su aprobación por el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. SEGUNDO.- Los convenios a que hace referencia el presente decreto, deberán celebrarse a más tardar 60 días posteriores a la aprobación del mismo. TERCERO.- Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al presente decreto. CUARTO.- Remítase al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, para el único efecto de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Para su mayor difusión publíquese en el Diario Oficial de la Federación.Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:
![02](http://www.partidoverde.org.mx/2016/images/cmigration/024.jpg)
DIP. JESÚS SESMA SUAREZ DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ
COORDINADOR VICECOORDINADOR
PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LA FERIA INTERNACIONAL DEL LIBRO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (CMigrator copy 1)
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 10 de Octubre de 2013.
HONORABLE ASAMBLEA Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LA FERIA INTERNACIONAL DEL LIBRO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, bajo la siguienteEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Desde hace 12 años la Ciudad de México se ha convertido en la Sede de la Feria Internacional del Libro, cuyo espacio de realización ha sido el Zócalo capitalino. Este año, la misma se tenía programada realizar del 11 al 20 de octubre de este 2013, con la participación de más de 200 casas editoriales y 208 autores que esperan este espacio para la presentación de sus obras literarias. Sin embargo, el día 7 de octubre de este año, de manera imprevista y a escasos 4 días del inicio de las actividades de la Feria, la Titular de la Secretaría de Cultura del Distrito Federal, en rueda de prensa señaló lo siguiente: “ … que con motivo de la “emergencia nacional” que padecen algunos estados del sur del país, principalmente Guerrero, golpeados en días pasados por los fenómenos meteorológicos “Ingrid” y “Manuel” y con motivo del centro de acopio que se halla en el centro y que requiere una movilidad tremenda de grandes tráiler que entran y salen todos los días, y la ley dice que es en el Zócalo en donde se realice, por lo que propongo cambiar la fecha, propongo esperar alrededor del 21 de noviembre…” Por su parte, la Directora de la Feria Internacional del Libro, Paloma Sáiz Tejero, lamentó la decisión de “suspender” o “posponer”, señalando que una Feria como la de la Ciudad de México, no se prepara de un día para otro, señalando los graves problemas de logística para su realización. De manera adicional, no podemos perder de vista que las casas editoriales y escritores aprovechan estas Ferias para la presentación de sus libros con la cercanía de las fiestas de fin de ello, siendo estos espacios su oportunidad para la promoción de los mismos. En este sentido, la Feria Internacional del Libro de la Ciudad de México de este año contaría con la presencia de 17 escritores extranjeros y 350 sellos literarios (entre nacionales e internacionales). En la edición del año pasado, para la realización de la Feria se invirtieron 5 millones de pesos y se recibió a un millón doscientos mil visitantes a la misma. Es importante destacar que cada país, estado y ciudad tiene previamente sus Ferias organizadas y calendarizadas su respectiva Ferias, lo cual permite a las casas editoriales y escritores estar presentes en la mayor cantidad de ellas. En adición a lo anterior, es importante decir que la cancelación de la Feria también es un tema que necesariamente pasa por la falta de una cultura de la lectura en el país y en la Ciudad. De acuerdo a la Encuesta Nacional de Lectura 2012, elaborada por FunLectura, A.C Si en México, la población nacional apenas lee 2.9 libros al año y los maestros están peor ya que solamente leen 2.6 libros anualmente. Por su parte, el Rector de nuestra Máxima Casa de Estudios durante la presentación de la Encuesta de referencia señaló: “es preocupante y demuestra que el país enfrenta una situación muy complicada, pues en esta materia hemos empeorado y si no se reconocen los problemas, no se pueden resolver… En México, comparado con 2006 la lectura sigue siendo un asunto estrictamente educativo y el acceso a la cultura escrita está seriamente restringido para la mayoría de la población, en el país se lee menos… Lamento que uno de cada tres jóvenes de 18 a 22 años no tengan gusto por la lectura, que casi la mitad de los mayores de 55 años tampoco la disfruten y que muchos no lo hagan porque los libros son caros… Es urgente promover la lectura no sólo entre los estudiantes, sino ofrecerlos a todos, porque de nada sirve crear y publicar libros si éstos no llegan a la población nacional y para disminuir esos resultados, propuso iniciar una gran cruzada de lectura en México en todos los sectores.” Por ello resulta prácticamente trágico que se suspenda, cambie o incluso se llegue a cancelar la Feria Internacional del Libro de la Ciudad de México, pues no sólo las casas Editoriales y autores tendrán pérdidas económicas por esta decisión, también los lectores que viven en la Ciudad y que esperan todo el año se verán afectados, sin dejar de mencionar que la promoción y el fomento de la cultura también se verá golpeada. Sabemos de la emergencia nacional por la que estamos atravesando y compartimos los motivos por los que el Zócalo se encuentra impedido para recibir la Feria, pero también estamos ciertos de que este evento merece un tratamiento prioritario y de que con su postergación todos perdemos. Esta decisión de la Titular de la Secretaría de Cultura seguramente generará un mal antecedente para la Ciudad en materia de difusión de la cultura y pondrá en riesgo no solo esta edición sino las futuras. Por ello, a través de este punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, y apelando a la sensibilidad y buena voluntad de las autoridades de la Ciudad, solicitamos a la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal que que la Feria se realice a la brevedad y por única ocasión en una sede alterna, así como también que gestione ante las autoridades competentes el otorgamiento de apoyos para las casas editoriales que se vieron afectadas con la decisión de no llevar a cabo la feria en la fechas inicialmente pactadas. Lo anterior, es con el fin de reducir al mínimo el monto de las pérdidas económicas y de inversión que ya ha realizado la ciudad y las casas editoriales y escritores que participarían en la misma. Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con
PUNTO DE ACUERDO
ÚNICO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal respetuosamente solicita a la Titular de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, que realice las gestiones necesarias ante las instancias correspondientes del mismo Gobierno capitalino, para que la XIII Feria Internacional del Libro de la Ciudad de México se realice por única ocasión en una sede alterna y, en caso de que ésta no se lleve a cabo en la fecha inicialmente pactada, se otorguen apoyos económicos y/o fiscales para las casas editoriales que se vean afectadas por dicha determinación. Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:
![02](http://www.partidoverde.org.mx/2016/images/cmigration/023.jpg)
PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LA FERIA INTERNACIONAL DEL LIBRO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 10 de Octubre de 2013.
HONORABLE ASAMBLEA Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LA FERIA INTERNACIONAL DEL LIBRO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, bajo la siguienteEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Desde hace 12 años la Ciudad de México se ha convertido en la Sede de la Feria Internacional del Libro, cuyo espacio de realización ha sido el Zócalo capitalino. Este año, la misma se tenía programada realizar del 11 al 20 de octubre de este 2013, con la participación de más de 200 casas editoriales y 208 autores que esperan este espacio para la presentación de sus obras literarias. Sin embargo, el día 7 de octubre de este año, de manera imprevista y a escasos 4 días del inicio de las actividades de la Feria, la Titular de la Secretaría de Cultura del Distrito Federal, en rueda de prensa señaló lo siguiente: “ … que con motivo de la “emergencia nacional” que padecen algunos estados del sur del país, principalmente Guerrero, golpeados en días pasados por los fenómenos meteorológicos “Ingrid” y “Manuel” y con motivo del centro de acopio que se halla en el centro y que requiere una movilidad tremenda de grandes tráiler que entran y salen todos los días, y la ley dice que es en el Zócalo en donde se realice, por lo que propongo cambiar la fecha, propongo esperar alrededor del 21 de noviembre…” Por su parte, la Directora de la Feria Internacional del Libro, Paloma Sáiz Tejero, lamentó la decisión de “suspender” o “posponer”, señalando que una Feria como la de la Ciudad de México, no se prepara de un día para otro, señalando los graves problemas de logística para su realización. De manera adicional, no podemos perder de vista que las casas editoriales y escritores aprovechan estas Ferias para la presentación de sus libros con la cercanía de las fiestas de fin de ello, siendo estos espacios su oportunidad para la promoción de los mismos. En este sentido, la Feria Internacional del Libro de la Ciudad de México de este año contaría con la presencia de 17 escritores extranjeros y 350 sellos literarios (entre nacionales e internacionales). En la edición del año pasado, para la realización de la Feria se invirtieron 5 millones de pesos y se recibió a un millón doscientos mil visitantes a la misma. Es importante destacar que cada país, estado y ciudad tiene previamente sus Ferias organizadas y calendarizadas su respectiva Ferias, lo cual permite a las casas editoriales y escritores estar presentes en la mayor cantidad de ellas. En adición a lo anterior, es importante decir que la cancelación de la Feria también es un tema que necesariamente pasa por la falta de una cultura de la lectura en el país y en la Ciudad. De acuerdo a la Encuesta Nacional de Lectura 2012, elaborada por FunLectura, A.C Si en México, la población nacional apenas lee 2.9 libros al año y los maestros están peor ya que solamente leen 2.6 libros anualmente. Por su parte, el Rector de nuestra Máxima Casa de Estudios durante la presentación de la Encuesta de referencia señaló: “es preocupante y demuestra que el país enfrenta una situación muy complicada, pues en esta materia hemos empeorado y si no se reconocen los problemas, no se pueden resolver… En México, comparado con 2006 la lectura sigue siendo un asunto estrictamente educativo y el acceso a la cultura escrita está seriamente restringido para la mayoría de la población, en el país se lee menos… Lamento que uno de cada tres jóvenes de 18 a 22 años no tengan gusto por la lectura, que casi la mitad de los mayores de 55 años tampoco la disfruten y que muchos no lo hagan porque los libros son caros… Es urgente promover la lectura no sólo entre los estudiantes, sino ofrecerlos a todos, porque de nada sirve crear y publicar libros si éstos no llegan a la población nacional y para disminuir esos resultados, propuso iniciar una gran cruzada de lectura en México en todos los sectores.” Por ello resulta prácticamente trágico que se suspenda, cambie o incluso se llegue a cancelar la Feria Internacional del Libro de la Ciudad de México, pues no sólo las casas Editoriales y autores tendrán pérdidas económicas por esta decisión, también los lectores que viven en la Ciudad y que esperan todo el año se verán afectados, sin dejar de mencionar que la promoción y el fomento de la cultura también se verá golpeada. Sabemos de la emergencia nacional por la que estamos atravesando y compartimos los motivos por los que el Zócalo se encuentra impedido para recibir la Feria, pero también estamos ciertos de que este evento merece un tratamiento prioritario y de que con su postergación todos perdemos. Esta decisión de la Titular de la Secretaría de Cultura seguramente generará un mal antecedente para la Ciudad en materia de difusión de la cultura y pondrá en riesgo no solo esta edición sino las futuras. Por ello, a través de este punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, y apelando a la sensibilidad y buena voluntad de las autoridades de la Ciudad, solicitamos a la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal que que la Feria se realice a la brevedad y por única ocasión en una sede alterna, así como también que gestione ante las autoridades competentes el otorgamiento de apoyos para las casas editoriales que se vieron afectadas con la decisión de no llevar a cabo la feria en la fechas inicialmente pactadas. Lo anterior, es con el fin de reducir al mínimo el monto de las pérdidas económicas y de inversión que ya ha realizado la ciudad y las casas editoriales y escritores que participarían en la misma. Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con
PUNTO DE ACUERDO
ÚNICO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal respetuosamente solicita a la Titular de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, que realice las gestiones necesarias ante las instancias correspondientes del mismo Gobierno capitalino, para que la XIII Feria Internacional del Libro de la Ciudad de México se realice por única ocasión en una sede alterna y, en caso de que ésta no se lleve a cabo en la fecha inicialmente pactada, se otorguen apoyos económicos y/o fiscales para las casas editoriales que se vean afectadas por dicha determinación. Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:
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PUNTO DE ACUERDO PARA INICIAR FORMALMENTE EL DEBATE SOBRE LA REGULACIÓN DE LAS MANIFESTACIONES EN LA VÍA PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL (CMigrator copy 1)
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 8 de Octubre de 2013.
Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO PARA INICIAR FORMALMENTE EL DEBATE SOBRE LA REGULACIÓN DE LAS MANIFESTACIONES EN LA VÍA PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, bajo la siguienteEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Es momento de hacer un alto en el camino. La realidad social ha sobrepasado a la ley. Los disturbios en las calles y las acciones vandálicas realizadas por unos cuantos que nada tienen que ver las reivindicaciones o las protestas sociales, requieren de una acción contundente por parte de esta Honorable Asamblea. De lo contrario estaremos contribuyendo a fortalecer el hartazgo que la ciudadanía tiene por los bloqueos que desquician el tránsito de toda la ciudad. Que quede claro. No queremos decir que no haya manifestaciones para conmemorar fechas históricas, o para realizar protestas, lo que deseamos es que éstas se realicen con orden y sin afectar los derechos de terceros. Y para eso es sumamente importante que la mayoría en esta Soberanía deje de estar rehuyendo del debate sobre la regulación de las manifestaciones en la vía pública. Pero no sólo eso, sino que también se comprometa para componer el camino que erróneamente nos llevó a modificar el Código Penal para dejar en libertad a todos esos vándalos que sólo utilizan como pretexto la libertad de expresión para afectar las actividades productivas y para atacar a los miembros de la policía. No podemos seguir tapando el sol con un dedo y fingir que este tipo de manifestaciones en las calles de la ciudad no necesitan reglamentarse. Reglamentar para ordenar no significa reprimir para abusar. La reglamentación da paz y cohesión social. Sin leyes claras que den orden, todos perdemos con las manifestaciones: las autoridades son ignoradas y los policías maltratados y lesionados; los comercios y las empresas pierden dinero y horas hombre; las instituciones democráticas de debilitan; y hasta los mismos manifestantes ven mermada su credibilidad ante toda la opinión pública. Todos tenemos derechos y libertades protegidas por la Constitución como la asociación, la manifestación de ideas y el tránsito, pero es necesario que toda ellas se ejerzan con responsabilidad y sin afectar el orden público. En ese sentido, es importante dejar establecido que la iniciativa que presentamos con el objeto de regular las manifestaciones en la vía pública de la ciudad, de ninguna manera pretende reglamentar garantías constitucionales, pues para ello no tenemos facultades. Lo que se pretende es simple y llanamente ordenar el uso de la vía pública conforme las facultades que expresamente la confiere la Constitución a esta Soberanía. Por eso es el llamado que hoy hacemos a todos ustedes para comenzar de manera formal a analizar y debatir este importante tema. El objetivo es construir una legislación con reglas claras y sencillas que permita que las calles se ocupen sin ejercer violencia y sin perjudicar a los que nada tiene que ver con las protestas, peticiones o conmemoraciones que se lleven a cabo en ellas. Pero sobre todo dar una respuesta oportuna a la sociedad que a gritos reclama que hagamos algo al respecto. La regulación de las manifestaciones va más allá de la coyuntura y el relumbrón. Tiene que ver también con evitar que fuerzas desestabilizadoras cumplan su cometido de infiltrase en movimientos legítimos con el objetivo de crear caos en nuestra sociedad. Negarlo es simplemente no querer ver la realidad y apostarle a que no suceda alguna tragedia de consecuencias irremediables. Los infiltrados en las marchas son un síntoma inequívoco más de que el mecanismo con el cual se desarrollan las manifestaciones está por dar una muestra lamentable de la necesidad de regularlas. No esperemos que haya cosas que lamentar para entonces también decir "hubiéramos hecho al respecto". Es en los momentos más difíciles cuando debemos dar muestras a la sociedad de entendimiento, de diálogo y de capacidad transformadora. Nuestro deber es inculcar la tolerancia, la pluralidad, el derecho a ser y a pensar diferente. Por eso, usemos la crítica y la autocrítica como recurso para fortalecer la convivencia social a través del mejoramiento de las leyes y tomando como premisa las palabras de Don Benito Juárez: “el respeto al derecho ajeno es la paz”. Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en el artículo 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a consideración del pleno la siguiente Proposición con
PUNTO DE ACUERDO
ÚNICO.- El Pleno de la Honorable Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente exhorta a la Comisión de Gobierno de esta VI legislatura, que acuerde lo necesario para que de inmediato se realicen mesas de trabajo, foros y consultas sobre la regulación de marchas y manifestaciones en vía pública de la Ciudad de México, cuyos resultados sirvan de base para analizar, debatir y dictaminar las distintas iniciativas que en la materia se han presentado.
Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:
![01](http://www.partidoverde.org.mx/2016/images/cmigration/016.jpg)
PUNTO DE ACUERDO PARA INICIAR FORMALMENTE EL DEBATE SOBRE LA REGULACIÓN DE LAS MANIFESTACIONES EN LA VÍA PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 8 de Octubre de 2013.
Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO PARA INICIAR FORMALMENTE EL DEBATE SOBRE LA REGULACIÓN DE LAS MANIFESTACIONES EN LA VÍA PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, bajo la siguienteEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Es momento de hacer un alto en el camino. La realidad social ha sobrepasado a la ley. Los disturbios en las calles y las acciones vandálicas realizadas por unos cuantos que nada tienen que ver las reivindicaciones o las protestas sociales, requieren de una acción contundente por parte de esta Honorable Asamblea. De lo contrario estaremos contribuyendo a fortalecer el hartazgo que la ciudadanía tiene por los bloqueos que desquician el tránsito de toda la ciudad. Que quede claro. No queremos decir que no haya manifestaciones para conmemorar fechas históricas, o para realizar protestas, lo que deseamos es que éstas se realicen con orden y sin afectar los derechos de terceros. Y para eso es sumamente importante que la mayoría en esta Soberanía deje de estar rehuyendo del debate sobre la regulación de las manifestaciones en la vía pública. Pero no sólo eso, sino que también se comprometa para componer el camino que erróneamente nos llevó a modificar el Código Penal para dejar en libertad a todos esos vándalos que sólo utilizan como pretexto la libertad de expresión para afectar las actividades productivas y para atacar a los miembros de la policía. No podemos seguir tapando el sol con un dedo y fingir que este tipo de manifestaciones en las calles de la ciudad no necesitan reglamentarse. Reglamentar para ordenar no significa reprimir para abusar. La reglamentación da paz y cohesión social. Sin leyes claras que den orden, todos perdemos con las manifestaciones: las autoridades son ignoradas y los policías maltratados y lesionados; los comercios y las empresas pierden dinero y horas hombre; las instituciones democráticas de debilitan; y hasta los mismos manifestantes ven mermada su credibilidad ante toda la opinión pública. Todos tenemos derechos y libertades protegidas por la Constitución como la asociación, la manifestación de ideas y el tránsito, pero es necesario que toda ellas se ejerzan con responsabilidad y sin afectar el orden público. En ese sentido, es importante dejar establecido que la iniciativa que presentamos con el objeto de regular las manifestaciones en la vía pública de la ciudad, de ninguna manera pretende reglamentar garantías constitucionales, pues para ello no tenemos facultades. Lo que se pretende es simple y llanamente ordenar el uso de la vía pública conforme las facultades que expresamente la confiere la Constitución a esta Soberanía. Por eso es el llamado que hoy hacemos a todos ustedes para comenzar de manera formal a analizar y debatir este importante tema. El objetivo es construir una legislación con reglas claras y sencillas que permita que las calles se ocupen sin ejercer violencia y sin perjudicar a los que nada tiene que ver con las protestas, peticiones o conmemoraciones que se lleven a cabo en ellas. Pero sobre todo dar una respuesta oportuna a la sociedad que a gritos reclama que hagamos algo al respecto. La regulación de las manifestaciones va más allá de la coyuntura y el relumbrón. Tiene que ver también con evitar que fuerzas desestabilizadoras cumplan su cometido de infiltrase en movimientos legítimos con el objetivo de crear caos en nuestra sociedad. Negarlo es simplemente no querer ver la realidad y apostarle a que no suceda alguna tragedia de consecuencias irremediables. Los infiltrados en las marchas son un síntoma inequívoco más de que el mecanismo con el cual se desarrollan las manifestaciones está por dar una muestra lamentable de la necesidad de regularlas. No esperemos que haya cosas que lamentar para entonces también decir "hubiéramos hecho al respecto". Es en los momentos más difíciles cuando debemos dar muestras a la sociedad de entendimiento, de diálogo y de capacidad transformadora. Nuestro deber es inculcar la tolerancia, la pluralidad, el derecho a ser y a pensar diferente. Por eso, usemos la crítica y la autocrítica como recurso para fortalecer la convivencia social a través del mejoramiento de las leyes y tomando como premisa las palabras de Don Benito Juárez: “el respeto al derecho ajeno es la paz”. Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en el artículo 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a consideración del pleno la siguiente Proposición con
PUNTO DE ACUERDO
ÚNICO.- El Pleno de la Honorable Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente exhorta a la Comisión de Gobierno de esta VI legislatura, que acuerde lo necesario para que de inmediato se realicen mesas de trabajo, foros y consultas sobre la regulación de marchas y manifestaciones en vía pública de la Ciudad de México, cuyos resultados sirvan de base para analizar, debatir y dictaminar las distintas iniciativas que en la materia se han presentado.
Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:
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INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN Y REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL (CMigrator copy 1)
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 8 de Octubre de 2013
HONORABLE ASAMBLEA: Los que suscriben Diputados Jesús Sesma Suarez y Alberto E. Cinta Martínez del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122 Apartado C, Base Primera, Fracción V, inciso h) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 36, 42 fracción VIII y 46 fracción I del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 7, 10 fracción II y 17 fracción IV, 88 fracción I y 89 párrafos primero y segundo de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, 85 fracción I, 86 párrafo primero y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; someto a la consideración de la Comisión de Gobierno la siguiente: INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN Y REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL, al tenor de la siguienteEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El problema de las adicciones es hoy un tema obligado en la agenda del Distrito Federal y representa uno de los mayores retos de salud pública que enfrenta la sociedad contemporánea. Por su alcance global y sus efectos en el desarrollo social de los países, la complejidad de este fenómeno requiere que los gobiernos establezcan políticas públicas consistentes y de largo plazo, que involucren la participación activa de la sociedad civil organizada. El aumento en el consumo de sustancias adictivas entre la población infantil y juvenil, ha obligado a hacer un llamado a la sociedad y gobiernos de todos lo niveles para llevar a cabo acciones que favorezcan la construcción de ambientes saldables y libres de adicciones. Lo anterior, demanda un manejo integral donde todos nos convertimos en actores responsables de revertir el problema del uso y abuso de las drogas. La adicción, como todos sabemos, es un problema de evolución crónica y con recaídas frecuentes, de ahí la importancia de considerar estrategias adecuadas que permitan la prevención de su uso desde edades tempranas. El Partido Verde ha puesto especial atención a la lucha contra las drogas, partiendo de reconocer la gravedad del problema y comprometiéndose a implementar acciones interinstitucionales para actuar oportunamente. Conscientes de que la escuela constituye uno de los ámbitos prioritarios de la prevención, es que mediante esta iniciativa pretendemos dirigir las acciones preventivas hacia los integrantes de la comunidad escolar para que incrementen sus estrategias en pro de una cultura libre de drogas y en favor del desarrollo integral de las niñas y los niños que asisten a escuelas de educación básica. La educación básica está comprometida con la formación en valores como la libertad, la responsabilidad, el respeto, la justicia y la equidad, lo que implica propiciar en las y los alumnos, la reflexión ante situaciones que pongan en riesgo su integridad personal, para que aprendan a tomar decisiones en torno a su salud física, emocional y social. Por ello, la presente reforma pretende que los niños y los jóvenes tengan una educación y fortaleza personal, que les permita enfrentar riesgos y no incurrir en conductas nocivas como el consumo de drogas y las adicciones. Se pretende que los directivos de las escuelas, como líderes de la gestión escolar, fortalezcan en conjunto con las actividades de los docentes en las aulas, y que la escuela establezca una dinámica permanente,- no únicamente emergente o aislada, - de tareas a realizar para que el propio plantel sea considerado un espacio que genere ambientes protectores, hacia adentro y fuera de las escuelas y hogares, en el terreno del consumo de sustancias psicoactivas, el cual debe considerarse como un problema de salud pública que se ha incrementado de manera exponencial en los últimos años. Por lo tanto, las escuelas deberán atender de forma adecuada la creciente necesidad de atención que genera el problema de adicciones en sus dos vertientes: el inicio a edades tempranas del consumo de sustancias adictivas y el aumento de la disponibilidad de drogas lícitas e ilícitas entre la población mas joven. El tabaco y el alcohol, por ser sustancias legales, son las de mayor consumo y también las que originan la mayor cantidad de accidentes, si bien existen particularidades en cada caso, pueden dar pie al consumo de otras sustancias como la mariguana, la cocaína, los derivados del opio, las anfetaminas y metanfetaminas, los inhalables, alucinógenos y los medicamentos consumidos sin prescripción médica (especialmente ansiolíticos, tranquilizantes y estimulantes), drogas tan peligrosas como el alcohol y el tabaco, pero que exponen a los niños y adolescentes a más graves situaciones. En nuestro país, el consumo de sustancias adictivas entre la población infantil y juvenil, por menor que sea, ha obligado a hacer un llamado a la sociedad y a los gobiernos de todos los niveles para llevar a cabo acciones que favorezcan la construcción de ambientes saludables y libres de adicciones. Ante esta situación, los resultados de las investigaciones demandan un manejo integral donde todos nos convertimos en actores responsables de revertir el problema del uso y abuso de las drogas. Por ello es necesario que el gobierno de la Ciudad de México ponga especial atención a la lucha contra las drogas, partiendo de reconocer la gravedad del problema y comprometiéndose con la acción y coordinación interinstitucional para actuar oportunamente. De esta manera, se tiene que dirigir todas las acciones preventivas hacia los integrantes de la comunidad escolar, para que incrementen sus estrategias en favor de una cultura libre de drogas y del desarrollo integral de las niñas y los niños que asisten a escuelas de educación básica, que son las más vulnerables de las diferentes tipos de adicciones. La intención es fortalecer la prevención de adicciones desde la educación básica, donde se deben de dar procesos de capacitación, implementación y seguimiento del desarrollo de la prevención de adicciones, previniendo el primer consumo, anticiparse a la primera oferta, lo que significa preparar a los alumnos para que sean capaces de rechazar las drogas y manejar la presión social que, en muchas ocasiones, es la real puerta de entrada del tabaco, el alcohol y de las demás drogas. La escuela contribuye al desarrollo integral del individuo, porque además de propiciar el desarrollo cognitivo, también promueve el desarrollo social y físico; por ello es un espacio altamente favorable para el desarrollo de factores de protección contra las adicciones. Los docentes y los demás actores de la comunidad educativa son agentes preventivos primordiales debido a su cercanía con los alumnos, su papel como modelos de comportamiento y su función educadora. A través de su labor profesional, generaciones de maestras y maestros han aportado directa e indirectamente, en las “labores de prevención”, porque desde lo académico, y desde la relación cotidiana, acompañan, asesoran y orientan a las niñas, niños y adolescentes. Con ello se logra un impacto directo en la construcción de la identidad personal, en el acervo cultural y en la manera en que se enfrentan las situaciones de riesgo que puedan vulnerar su salud e integridad. Los valores, actitudes y principios que se promueven desde la escuela, favorecen una postura de rechazo ante las adicciones. En el Distrito Federal, debemos de apostarle a un sistema donde los cimientos de la prevención sean el sistema educativo. Es por ello que las comunidades escolares no pueden permanecer al margen de la atención a problemáticas que, por su gravedad, representan un riesgo de nivel considerable para las niñas, niños y adolescentes que cursan educación básica. En este sentido, merece especial atención el riesgo de consumo de sustancias adictivas, considerando que es uno de los problemas de salud pública que más estragos causa en términos de salud, de desarrollo individual y social. Por ello, el gobierno debe trabajar y poner mayor atención y refrendar su compromiso de garantizar que las y los alumnos aprendan en un ambiente sano, seguro, confiable y libre de violencia, en donde el respeto a la dignidad y los derechos de las personas sea el principio rector de la convivencia y organización escolar. Debemos recordar que la escuela tiene un papel fundamental en el desarrollo social del individuo debido a que favorece la formación académica y brinda la oportunidad de establecer relaciones, no sólo con sus iguales, sino con sus maestras y maestros, que fungen también como modelos de comportamiento. Por eso, la escuela contribuye al aprendizaje de nuevas normas, valores, creencias y actitudes que pueden reforzar una postura de rechazo ante las adicciones. La Organización Mundial de la Salud (OMS) plantea que la educación, junto con las normas legales y sociales, es la base de la prevención del consumo de drogas, por lo que el contexto escolar cobra gran relevancia y se convierte en uno de los escenarios idóneos para implementar proyectos preventivos dirigidos a un mayor número de niños y jóvenes. El sector educativo reúne la mayor cantidad de la población que, por su edad, se considera en situación de vulnerabilidad ante el riesgo de consumo de drogas, por ello, muchas instituciones y organismos públicos y privados, relacionados con la salud, concentran sus esfuerzos en este contexto. Las acciones preventivas operadas desde la escuela permiten detectar y ofrecer asistencia a los alumnos en forma oportuna. Su propósito es evitar el incremento en el número de adolescentes que adoptan prácticas de riesgo para la salud, tales como probar cigarrillos, consumir bebidas alcohólicas, tener relaciones sexuales sin protección que les pueden provocar enfermedades de transmisión sexual o embarazo precoz, probar alguna droga, entre otras. Por lo anterior, es necesario que los niños y jóvenes desarrollen habilidades que les permitan rechazar la oferta de drogas y optar por estilos de vida saludable, labor que no sólo corresponde a las instituciones dedicadas a la prevención, sino también, a los educadores y actores sociales pertenecientes a la comunidad educativa, ya que son ellos quienes mantienen contacto permanente con esta población. Para reforzar su impacto, la prevención desde la escuela debe involucrar a la comunidad escolar en su conjunto, es decir, a los alumnos, profesores y a las madres y padres de familia, ya que se requiere la participación coordinada y permanente, a fin de lograr que los mensajes y alternativas preventivas sean congruentes. Para comprender, desde una perspectiva amplia, qué son las adicciones y cómo desde la escuela se puede contribuir a evitar que cada día más niños y jóvenes se inicien en el consumo de tabaco, alcohol y otras drogas, es importante describir los conceptos generales del fenómeno, a partir de los cuales —como docentes de educación básica— se podrán tomar mejores decisiones en favor de la salud de los alumnos y del mantenimiento de la escuela como un ambiente seguro, protector y, ante todo, favorecedor del desarrollo integral. La Organización Mundial de la Salud (OMS, 1999), establece que una droga es toda sustancia que, al ser introducida en un organismo vivo y actuar sobre su sistema nervioso central, puede modificar una o varias de sus funciones físicas o psíquicas; por ejemplo: su percepción, estado de ánimo, cognición, conducta y/o sus funciones motoras. El nivel de modificación o alteración de las funciones orgánicas por el influjo de una droga, depende en gran medida de la frecuencia e intensidad (cantidad) de su consumo:
- Experimental; Se hace por “probar”
- Ocasional; Se conoce el efecto y se consume de vez en cuando.
- Habitual; El consumo es frecuente, se tiene la idea de poder controlar la cantidad y las veces que se usa la sustancia.
- Compulsivo; No se puede controlar el consumo, existe dependencia física y/o psicológica
- Al 29.0% de los estudiantes le han ofrecido alguna droga regalada y al 11.0% le han intentado vender alguna droga.
- Incremento importante en la prevalencia del consumo de drogas alguna vez, a lo largo de los últimos 3 años, que pasó de 21.5% a 24.4%.
- El consumo es más alto en los hombres (25.7% en hombres y 23.1% en las mujeres); sin embargo, el incremento entre cada encuesta es similar en los hombres y en las mujeres. Se observan incrementos en el consumo de mariguana, cocaína, crack y alucinógenos, tanto en hombres como en mujeres, mientras que las drogas médicas (tranquilizantes y anfetaminas), se mantienen estables en ambos sexos.
- La preferencia por tipo de droga ha cambiado ligeramente en los últimos tres años, de manera que en los hombres, el primer lugar lo ocupa la mariguana (18.8%), le siguen los inhalables (9.7%) y en tercer lugar está la cocaína (6.0%). Las mujeres, también prefieren la mariguana (12.9%), seguida de los inhalables (10.3%) y los tranquilizantes (5.6%).
- Las delegaciones más afectadas por el consumo de drogas son:
- El consumo de drogas continúa en incremento en el país; particularmente en el caso de la mariguana; asimismo, se observa un repunte en el consumo de cocaína y crack. Dicho crecimiento ha afectado tanto a hombres como a mujeres.
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA
LA LEY DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL
ARTÍCULO ÚNICO.- Se adiciona al Título décimo un Capítulo II denominado Del Consejo Escolar para la prevención, detección y atención oportuna de las adicciones, con los artículos 176 a 180, recorriéndose en su numeración los subsecuentes capítulos y artículos; se adiciona una fracción XX al artículo 178 (ahora 183); y se adiciona una fracción V al artículo 179 (ahora 184); todos ello de la Ley de Educación del Distrito Federal, para quedar como sigueLEY DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL
TÍTULO DÉCIMO
DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL
CAPÍTULO II DEL CONSEJO ESCOLAR PARA LA PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y ATENCIÓN OPORTUNA DE LAS ADICCIONES Artículo 176. Las escuelas públicas y privadas de educación básica, excepto la educación preescolar, deberán contar con un Consejo escolar para la prevención, detección y atención oportuna de las adicciones, la cual deberá registrarse durante los primeros quince días del inicio de cada ciclo escolar ante el Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México. Dicho Consejo contará con los servicios y apoyo del Instituto, para la realización de sus objetivos. ArtÍculo. 177. El Consejo escolar para la prevención, detección y atención oportuna de las adicciones, tiene como objetivos:- I. Llevar a cabo acciones que favorezcan la construcción de ambientes saludables y libres de adicciones, en favor del desarrollo integral de las niñas, niños y jóvenes que asisten a escuelas de educación básica.
- II. Implementar estrategias concretas que permita que los alumnos tengan una educación y fortaleza personal que les permita enfrentar riesgos y no incurrir en conductas nocivas como el consumo de drogas y las adicciones.
- III. Impulsar acciones que coadyuven en la prevención del consumo de sustancias psicoactivas desde edades tempranas.
- IV. Impulsar acciones concretas dirigidas a las y los alumnos que propicien la reflexión ante situaciones que pongan en riesgo su integridad personal, y que les permita aprender a tomar decisiones libre y conscientemente en torno a su salud física, emocional y social, así como ser capaces de cuidar de sí mismos y de responsabilizarse de sus actos.
- V. Establecer una dinámica de tareas permanentes y en conjunto con las actividades de los docentes en las aulas, para propiciar que el propio plantel sea considerado un espacio que genere ambientes protectores, hacia adentro y fuera de las escuelas y hogares, en el terreno del consumo de sustancias psicoactivas.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal para su conocimiento y en el Diario Oficial de la Federación para su mayor difusión. TERCERO.- El Instituto para la Atención y prevención de las Adicciones en la Ciudad de México, capacitará a los integrantes del Consejo a más tardar dentro de los 60 días naturales posteriores a su registro.Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
![01](http://www.partidoverde.org.mx/2016/images/cmigration/015.jpg)
DIP. JESÚS SESMA SUÁREZ DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ
COORDINADOR VICECOORDINADORINICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN Y REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 8 de Octubre de 2013
HONORABLE ASAMBLEA: Los que suscriben Diputados Jesús Sesma Suarez y Alberto E. Cinta Martínez del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122 Apartado C, Base Primera, Fracción V, inciso h) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 36, 42 fracción VIII y 46 fracción I del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 7, 10 fracción II y 17 fracción IV, 88 fracción I y 89 párrafos primero y segundo de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, 85 fracción I, 86 párrafo primero y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; someto a la consideración de la Comisión de Gobierno la siguiente: INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN Y REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL, al tenor de la siguienteEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El problema de las adicciones es hoy un tema obligado en la agenda del Distrito Federal y representa uno de los mayores retos de salud pública que enfrenta la sociedad contemporánea. Por su alcance global y sus efectos en el desarrollo social de los países, la complejidad de este fenómeno requiere que los gobiernos establezcan políticas públicas consistentes y de largo plazo, que involucren la participación activa de la sociedad civil organizada. El aumento en el consumo de sustancias adictivas entre la población infantil y juvenil, ha obligado a hacer un llamado a la sociedad y gobiernos de todos lo niveles para llevar a cabo acciones que favorezcan la construcción de ambientes saldables y libres de adicciones. Lo anterior, demanda un manejo integral donde todos nos convertimos en actores responsables de revertir el problema del uso y abuso de las drogas. La adicción, como todos sabemos, es un problema de evolución crónica y con recaídas frecuentes, de ahí la importancia de considerar estrategias adecuadas que permitan la prevención de su uso desde edades tempranas. El Partido Verde ha puesto especial atención a la lucha contra las drogas, partiendo de reconocer la gravedad del problema y comprometiéndose a implementar acciones interinstitucionales para actuar oportunamente. Conscientes de que la escuela constituye uno de los ámbitos prioritarios de la prevención, es que mediante esta iniciativa pretendemos dirigir las acciones preventivas hacia los integrantes de la comunidad escolar para que incrementen sus estrategias en pro de una cultura libre de drogas y en favor del desarrollo integral de las niñas y los niños que asisten a escuelas de educación básica. La educación básica está comprometida con la formación en valores como la libertad, la responsabilidad, el respeto, la justicia y la equidad, lo que implica propiciar en las y los alumnos, la reflexión ante situaciones que pongan en riesgo su integridad personal, para que aprendan a tomar decisiones en torno a su salud física, emocional y social. Por ello, la presente reforma pretende que los niños y los jóvenes tengan una educación y fortaleza personal, que les permita enfrentar riesgos y no incurrir en conductas nocivas como el consumo de drogas y las adicciones. Se pretende que los directivos de las escuelas, como líderes de la gestión escolar, fortalezcan en conjunto con las actividades de los docentes en las aulas, y que la escuela establezca una dinámica permanente,- no únicamente emergente o aislada, - de tareas a realizar para que el propio plantel sea considerado un espacio que genere ambientes protectores, hacia adentro y fuera de las escuelas y hogares, en el terreno del consumo de sustancias psicoactivas, el cual debe considerarse como un problema de salud pública que se ha incrementado de manera exponencial en los últimos años. Por lo tanto, las escuelas deberán atender de forma adecuada la creciente necesidad de atención que genera el problema de adicciones en sus dos vertientes: el inicio a edades tempranas del consumo de sustancias adictivas y el aumento de la disponibilidad de drogas lícitas e ilícitas entre la población mas joven. El tabaco y el alcohol, por ser sustancias legales, son las de mayor consumo y también las que originan la mayor cantidad de accidentes, si bien existen particularidades en cada caso, pueden dar pie al consumo de otras sustancias como la mariguana, la cocaína, los derivados del opio, las anfetaminas y metanfetaminas, los inhalables, alucinógenos y los medicamentos consumidos sin prescripción médica (especialmente ansiolíticos, tranquilizantes y estimulantes), drogas tan peligrosas como el alcohol y el tabaco, pero que exponen a los niños y adolescentes a más graves situaciones. En nuestro país, el consumo de sustancias adictivas entre la población infantil y juvenil, por menor que sea, ha obligado a hacer un llamado a la sociedad y a los gobiernos de todos los niveles para llevar a cabo acciones que favorezcan la construcción de ambientes saludables y libres de adicciones. Ante esta situación, los resultados de las investigaciones demandan un manejo integral donde todos nos convertimos en actores responsables de revertir el problema del uso y abuso de las drogas. Por ello es necesario que el gobierno de la Ciudad de México ponga especial atención a la lucha contra las drogas, partiendo de reconocer la gravedad del problema y comprometiéndose con la acción y coordinación interinstitucional para actuar oportunamente. De esta manera, se tiene que dirigir todas las acciones preventivas hacia los integrantes de la comunidad escolar, para que incrementen sus estrategias en favor de una cultura libre de drogas y del desarrollo integral de las niñas y los niños que asisten a escuelas de educación básica, que son las más vulnerables de las diferentes tipos de adicciones. La intención es fortalecer la prevención de adicciones desde la educación básica, donde se deben de dar procesos de capacitación, implementación y seguimiento del desarrollo de la prevención de adicciones, previniendo el primer consumo, anticiparse a la primera oferta, lo que significa preparar a los alumnos para que sean capaces de rechazar las drogas y manejar la presión social que, en muchas ocasiones, es la real puerta de entrada del tabaco, el alcohol y de las demás drogas. La escuela contribuye al desarrollo integral del individuo, porque además de propiciar el desarrollo cognitivo, también promueve el desarrollo social y físico; por ello es un espacio altamente favorable para el desarrollo de factores de protección contra las adicciones. Los docentes y los demás actores de la comunidad educativa son agentes preventivos primordiales debido a su cercanía con los alumnos, su papel como modelos de comportamiento y su función educadora. A través de su labor profesional, generaciones de maestras y maestros han aportado directa e indirectamente, en las “labores de prevención”, porque desde lo académico, y desde la relación cotidiana, acompañan, asesoran y orientan a las niñas, niños y adolescentes. Con ello se logra un impacto directo en la construcción de la identidad personal, en el acervo cultural y en la manera en que se enfrentan las situaciones de riesgo que puedan vulnerar su salud e integridad. Los valores, actitudes y principios que se promueven desde la escuela, favorecen una postura de rechazo ante las adicciones. En el Distrito Federal, debemos de apostarle a un sistema donde los cimientos de la prevención sean el sistema educativo. Es por ello que las comunidades escolares no pueden permanecer al margen de la atención a problemáticas que, por su gravedad, representan un riesgo de nivel considerable para las niñas, niños y adolescentes que cursan educación básica. En este sentido, merece especial atención el riesgo de consumo de sustancias adictivas, considerando que es uno de los problemas de salud pública que más estragos causa en términos de salud, de desarrollo individual y social. Por ello, el gobierno debe trabajar y poner mayor atención y refrendar su compromiso de garantizar que las y los alumnos aprendan en un ambiente sano, seguro, confiable y libre de violencia, en donde el respeto a la dignidad y los derechos de las personas sea el principio rector de la convivencia y organización escolar. Debemos recordar que la escuela tiene un papel fundamental en el desarrollo social del individuo debido a que favorece la formación académica y brinda la oportunidad de establecer relaciones, no sólo con sus iguales, sino con sus maestras y maestros, que fungen también como modelos de comportamiento. Por eso, la escuela contribuye al aprendizaje de nuevas normas, valores, creencias y actitudes que pueden reforzar una postura de rechazo ante las adicciones. La Organización Mundial de la Salud (OMS) plantea que la educación, junto con las normas legales y sociales, es la base de la prevención del consumo de drogas, por lo que el contexto escolar cobra gran relevancia y se convierte en uno de los escenarios idóneos para implementar proyectos preventivos dirigidos a un mayor número de niños y jóvenes. El sector educativo reúne la mayor cantidad de la población que, por su edad, se considera en situación de vulnerabilidad ante el riesgo de consumo de drogas, por ello, muchas instituciones y organismos públicos y privados, relacionados con la salud, concentran sus esfuerzos en este contexto. Las acciones preventivas operadas desde la escuela permiten detectar y ofrecer asistencia a los alumnos en forma oportuna. Su propósito es evitar el incremento en el número de adolescentes que adoptan prácticas de riesgo para la salud, tales como probar cigarrillos, consumir bebidas alcohólicas, tener relaciones sexuales sin protección que les pueden provocar enfermedades de transmisión sexual o embarazo precoz, probar alguna droga, entre otras. Por lo anterior, es necesario que los niños y jóvenes desarrollen habilidades que les permitan rechazar la oferta de drogas y optar por estilos de vida saludable, labor que no sólo corresponde a las instituciones dedicadas a la prevención, sino también, a los educadores y actores sociales pertenecientes a la comunidad educativa, ya que son ellos quienes mantienen contacto permanente con esta población. Para reforzar su impacto, la prevención desde la escuela debe involucrar a la comunidad escolar en su conjunto, es decir, a los alumnos, profesores y a las madres y padres de familia, ya que se requiere la participación coordinada y permanente, a fin de lograr que los mensajes y alternativas preventivas sean congruentes. Para comprender, desde una perspectiva amplia, qué son las adicciones y cómo desde la escuela se puede contribuir a evitar que cada día más niños y jóvenes se inicien en el consumo de tabaco, alcohol y otras drogas, es importante describir los conceptos generales del fenómeno, a partir de los cuales —como docentes de educación básica— se podrán tomar mejores decisiones en favor de la salud de los alumnos y del mantenimiento de la escuela como un ambiente seguro, protector y, ante todo, favorecedor del desarrollo integral. La Organización Mundial de la Salud (OMS, 1999), establece que una droga es toda sustancia que, al ser introducida en un organismo vivo y actuar sobre su sistema nervioso central, puede modificar una o varias de sus funciones físicas o psíquicas; por ejemplo: su percepción, estado de ánimo, cognición, conducta y/o sus funciones motoras. El nivel de modificación o alteración de las funciones orgánicas por el influjo de una droga, depende en gran medida de la frecuencia e intensidad (cantidad) de su consumo:
- Experimental; Se hace por “probar”
- Ocasional; Se conoce el efecto y se consume de vez en cuando.
- Habitual; El consumo es frecuente, se tiene la idea de poder controlar la cantidad y las veces que se usa la sustancia.
- Compulsivo; No se puede controlar el consumo, existe dependencia física y/o psicológica
- Al 29.0% de los estudiantes le han ofrecido alguna droga regalada y al 11.0% le han intentado vender alguna droga.
- Incremento importante en la prevalencia del consumo de drogas alguna vez, a lo largo de los últimos 3 años, que pasó de 21.5% a 24.4%.
- El consumo es más alto en los hombres (25.7% en hombres y 23.1% en las mujeres); sin embargo, el incremento entre cada encuesta es similar en los hombres y en las mujeres. Se observan incrementos en el consumo de mariguana, cocaína, crack y alucinógenos, tanto en hombres como en mujeres, mientras que las drogas médicas (tranquilizantes y anfetaminas), se mantienen estables en ambos sexos.
- La preferencia por tipo de droga ha cambiado ligeramente en los últimos tres años, de manera que en los hombres, el primer lugar lo ocupa la mariguana (18.8%), le siguen los inhalables (9.7%) y en tercer lugar está la cocaína (6.0%). Las mujeres, también prefieren la mariguana (12.9%), seguida de los inhalables (10.3%) y los tranquilizantes (5.6%).
- Las delegaciones más afectadas por el consumo de drogas son:
- El consumo de drogas continúa en incremento en el país; particularmente en el caso de la mariguana; asimismo, se observa un repunte en el consumo de cocaína y crack. Dicho crecimiento ha afectado tanto a hombres como a mujeres.
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA
LA LEY DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL
ARTÍCULO ÚNICO.- Se adiciona al Título décimo un Capítulo II denominado Del Consejo Escolar para la prevención, detección y atención oportuna de las adicciones, con los artículos 176 a 180, recorriéndose en su numeración los subsecuentes capítulos y artículos; se adiciona una fracción XX al artículo 178 (ahora 183); y se adiciona una fracción V al artículo 179 (ahora 184); todos ello de la Ley de Educación del Distrito Federal, para quedar como sigueLEY DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL
TÍTULO DÉCIMO
DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL
CAPÍTULO II DEL CONSEJO ESCOLAR PARA LA PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y ATENCIÓN OPORTUNA DE LAS ADICCIONES Artículo 176. Las escuelas públicas y privadas de educación básica, excepto la educación preescolar, deberán contar con un Consejo escolar para la prevención, detección y atención oportuna de las adicciones, la cual deberá registrarse durante los primeros quince días del inicio de cada ciclo escolar ante el Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México. Dicho Consejo contará con los servicios y apoyo del Instituto, para la realización de sus objetivos. ArtÍculo. 177. El Consejo escolar para la prevención, detección y atención oportuna de las adicciones, tiene como objetivos:- I. Llevar a cabo acciones que favorezcan la construcción de ambientes saludables y libres de adicciones, en favor del desarrollo integral de las niñas, niños y jóvenes que asisten a escuelas de educación básica.
- II. Implementar estrategias concretas que permita que los alumnos tengan una educación y fortaleza personal que les permita enfrentar riesgos y no incurrir en conductas nocivas como el consumo de drogas y las adicciones.
- III. Impulsar acciones que coadyuven en la prevención del consumo de sustancias psicoactivas desde edades tempranas.
- IV. Impulsar acciones concretas dirigidas a las y los alumnos que propicien la reflexión ante situaciones que pongan en riesgo su integridad personal, y que les permita aprender a tomar decisiones libre y conscientemente en torno a su salud física, emocional y social, así como ser capaces de cuidar de sí mismos y de responsabilizarse de sus actos.
- V. Establecer una dinámica de tareas permanentes y en conjunto con las actividades de los docentes en las aulas, para propiciar que el propio plantel sea considerado un espacio que genere ambientes protectores, hacia adentro y fuera de las escuelas y hogares, en el terreno del consumo de sustancias psicoactivas.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal para su conocimiento y en el Diario Oficial de la Federación para su mayor difusión. TERCERO.- El Instituto para la Atención y prevención de las Adicciones en la Ciudad de México, capacitará a los integrantes del Consejo a más tardar dentro de los 60 días naturales posteriores a su registro.Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
![02](http://www.partidoverde.org.mx/2016/images/cmigration/021.jpg)
DIP. JESÚS SESMA SUÁREZ DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ
COORDINADOR VICECOORDINADOR