Displaying items by tag: Alberto Emiliano Cinta Martínez
PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LA REALIZACIÓN DE LAS MESAS DE TRABAJO, FOROS Y CONSULTAS SOBRE LA REGULACIÓN DE MARCHAS Y MANIFESTACIONES EN LA VÍA PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (CMigrator copy 1)
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 12 de Noviembre de 2013.
HONORABLE ASAMBLEA: Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LA REALIZACIÓN DE LAS MESAS DE TRABAJO, FOROS Y CONSULTAS SOBRE LA REGULACIÓN DE MARCHAS Y MANIFESTACIONES EN LA VÍA PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO , bajo la siguienteEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El día 8 de octubre de este año, el Diputado Alberto Emiliano Cinta Martínez, integrante de este Grupo Parlamentario que me honro en coordinar, presentó una Proposición con punto de acuerdo para iniciar formalmente el debate sobre la regulación de las manifestaciones en la vía pública en el Distrito Federal, mismo que fue aprobado de urgente y obvia resolución por unanimidad de los 38 Diputados presentes en el Pleno. En el resolutivo de dicho punto de acuerdo se estableció lo siguiente: “ÚNICO.- El Pleno de la Honorable Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente exhorta a la Comisión de Gobierno de esta VI legislatura, que acuerde lo necesario para que de inmediato se realicen mesas de trabajo, foros y consultas sobre la regulación de marchas y manifestaciones en vía pública de la Ciudad de México, cuyos resultados sirvan de base para analizar, debatir y dictaminar las distintas iniciativas que en la materia se han presentado.” Ahora bien, con fecha 28 de Octubre del presente año, la Comisión de Gobierno se reunió y aprobó la conformación de un grupo de diputados de todas los fuerzas políticas representadas en esta Soberanía, con el objeto de que los Foros comenzaran antes del 30 de Noviembre de este mismo año. Ello motivó que el mismo Diputado Cinta se pronunciara al día siguiente mediante un punto de acuerdo ante el Pleno, en el sentido de felicitar y reconocer a la Comisión de Gobierno por dicha determinación, haciendo votos por el éxito y manifestando su total respaldo y apoyo a los trabajos por realizar. No obstante lo anterior y a 2 semanas de distancia de haberse aprobado dicho acuerdo, el grupo de diputados no se ha reunido para iniciar sus trabajos tendientes a la organización y realización de las mesas de trabajo, foros y consultas que se mencionaban como objeto de la proposición en comento, lo cual nos parece una falta de respeto a los acuerdos tomados y un desinterés total por avocarse a un tema trascendental para la ciudad de México. Ya en su momento hicimos referencia al peligro que se corría si el grupo mayoritario tomara esa determinación de la Comisión de Gobierno solo como un escape a la presión social y no como un compromiso ante los distintos sectores que claman por la regulación de las manifestaciones en las calles del Distrito Federal. Sabemos que un grupo de asesores del PRD está realizando acciones tendientes al desarrollo del primer Foro, pero éstos se han mostrado muy reacios a la incorporación de las propuestas que nuestros asesores les han hecho, por lo que también existe la posibilidad de que estos espacios de consulta se estén organizando a modo. Por ello es que consideramos imprescindible que la Comisión de Gobierno convoque a los Diputados que integran el grupo plural que se encargará de la organización de mesas de trabajo, foros y consultas sobre la regulación de marchas y manifestaciones en la vía pública de la Ciudad de México, para que se reúnan de manera urgente con la intención de que de inmediato den cumplimiento al objeto para el que fue creado en términos del acuerdo aprobado por ese Órgano máximo de dirección legislativa y parlamentaria. Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con
PUNTO DE ACUERDO
ÚNICO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal exhorta respetuosamente a la Comisión de Gobierno de este Órgano Legislativo, para que convoque a los Diputados que integran el grupo plural que se encargará de la organización de mesas de trabajo, foros y consultas sobre la regulación de marchas y manifestaciones en la vía pública de la Ciudad de México, a una reunión urgente con la intención de que se avoque de inmediato al cumplimiento del objeto para el que fue creado en términos del acuerdo aprobado por el Órgano máximo de dirección de esta Soberanía. Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México: DIP. JESÚS SESMA SUÁREZ DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ COORDINADOR VICECOORDINADOR
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR LA QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 12 de Noviembre de 2013.
HONORABLE ASAMBLEA: Los Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ Y ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 Base Primera, fracción V, inciso j) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 fracciones XIV y 46 la fracción I, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y; 85 fracción I, 86 y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR LA QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, al tenor de la siguienteEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Ante el inminente peligro que representa el cambio climático y sus terribles efectos sobre los diferentes ecosistemas y especies, se requiere realizar acciones enérgicas para detener el abuso y explotación desmedido de nuestro medio ambiente. Todas las formas de vida deben ser consideradas esenciales para la humanidad, ya que alterar el equilibrio ecológico es un crimen contra las generaciones del futuro y este crimen se concreta cuando permitimos que se deforeste el suelo de conservación. En México, los bosques se encuentran en un grave peligro y una de las principales amenazas que enfrenta es la tala ilegal e inmoderada, los incendios y el establecimiento de asentamientos humanos irregulares. El Distrito Federal ocupa una extensión aproximada de 149,830 hectáreas y se puede dividir en dos áreas básicas considerando los usos de suelo y actividades que la población ha desarrollado durante las últimas décadas: Área de Desarrollo Urbano (ADU) y Área de Conservación Ecológica, hoy denominada Suelo de Conservación (SC). En la primera, se llevan a cabo las actividades de uso y destino del suelo inherente a la zona urbana de la Ciudad de México. Para esta zona, los Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano definen qué usos de suelo y tipo de construcciones pueden ser desarrolladas en función de las características físicas y urbanas de la zona. Derivado de lo anterior podemos decir que el Suelo de Conservación posee características que, además de favorecer la existencia de especies de flora y fauna, ofrece bienes y servicios ambientales en beneficio de toda la población del Distrito Federal a través del papel multifuncional de los recursos naturales que albergan. Entre los bienes y servicios que proporcionan se encuentra la infiltración de agua para la recarga del acuífero, del cual proviene aproximadamente 70% del agua que consume en la Ciudad de México; barrera contra partículas producto de la contaminación, tolvaneras e incendios; captura de CO2 (un gas que contribuye al calentamiento del planeta); estabilidad de suelos al evitar la erosión; y numerosos productos medicinales y alimenticios que consumen los habitantes de la zona rural del D.F. Ambientalmente, la vegetación natural del Distrito Federal constituye el principal elemento de estabilización de suelos y conservación de los ciclos hidrológico y biogeoquímicos, así como un medio importante para la captura de carbono y retención de partículas suspendidas. Desde la óptica socioeconómica, los recursos naturales proporcionan una amplia gama de productos de subsistencia utilizados por los pueblos y comunidades rurales locales, así como los que potencialmente representan actividades productivas sustentables y el aprovechamiento de sitios para el turismo o recreación. Asimismo, los recursos naturales constituyen la base del desarrollo de nuestras culturas, por lo que representan para los usos y costumbres de los pueblos y comunidades indígenas que habitan en los diversos ecosistemas. En el Suelo de Conservación también se localizan Áreas Naturales Protegidas (ANP´s), importantes zonas para la conservación de la diversidad biológica del Distrito Federal. El establecimiento del sistema de ANP´s y los programas de manejo que se derivan de las mismas, constituyen instrumentos de política ambiental relevantes, ya que deben estar en concordancia con los objetivos de desarrollo de los pueblos, ejidos y comunidades que habitan dentro o en su periferia. El suelo de conservación se ubica en distintas y diversas Delegaciones políticas, con lo cual las obligaciones en su cuidado y protección se diversifican. De esta manera, el área denominada como suelo de conservación ocupa parte del territorio de las delegaciones Álvaro Obregón, Cuajimalpa de Morelos, Gustavo A. Madero, Iztapalapa, La Magdalena Contreras, Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan y Xochimilco. De acuerdo a programas oficiales como el Programa General de Desarrollo Urbano, los Programas Delegacionales, la declaratoria de la Línea Limítrofe entre el Área Urbana y el Área de Conservación, entre otros, se estimó que la superficie considerada como Suelo de Conservación era de 86,804 ha, lo que constituye el 57% de la superficie total del territorio del Distrito Federal. Sin embargo, a través de la utilización del Sistema de Información Geográfica, herramienta utilizada para el almacenamiento, manejo y reporte de datos referenciados geográficamente, y con base en la descripción proporcionada por los documentos citados, se determinó que la superficie actual del Suelo de Conservación es de 87,204 ha, que corresponden a poco más del 59% del área total del Distrito Federal. Sin embargo, este importante espacio ambiental se encuentra en grave peligro de extinguirse principalmente por: ü La presión urbana que existe sobre esta zona, ü La instalación de asentamientos humanos irregulares, ü Incendios forestales provocados y aquellos creados por fenómenos naturales; ü La tala indiscriminada e ilegal que se realiza en la zona. Los esfuerzos realizados no han sido suficientes y se siguen perdiendo espacios vitales, por lo que es absolutamente necesario redoblar esfuerzos. Recordemos que de la existencia de esta zona depende la viabilidad del Distrito Federal y que desafortunadamente se pierden 450 hectáreas anuales. Por esta situación es que resulta urgente contar con un equipo especializado en el cuidado, conservación y vigilancia de estos espacios y poner a disposición de autoridades correspondientes a todo aquel que viole la normatividad ambiental en materia penal, civil y administrativa. En ese sentido nos parece que la solución a este problema es que la Secretaría de Seguridad Pública tenga facultades expresas en su Ley Orgánica para vigilar esta importante y vital zona de la Ciudad. Sabemos que es difícil pero no imposible el frenar la destrucción que estamos permitiendo del área de conservación. Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a consideración del Pleno la siguiente
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO DE REFORMAS Y ADICIONES
A LA LEY ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD
PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
ARTÍCULO ÚNICO.- SE REFORMAN LAS FRACCIONES XXX Y XXXI Y SE ADICIONA LA FRACCION XXXII AL ARTÍCULO 3; SE ADICIONA LA FRACCIÓN XI AL ARTÍCULO 26, SE REFORMA EL PRIMER PÁRRAFO Y SE ADICIONAN LAS FRACCIONES X y XI AL ARTÍCULO 34; SE REFORMAN LOS INCISOS G), H) E I) DE LA FRACCIÓN II DEL ARTÍCULO 39; Y SE REFORMA EL TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 54; TODO ELLO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, para quedar como sigue:LEY ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA
DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo 3°.- Corresponden a la Secretaría las siguientes atribuciones: … XXX.- Realizar funciones de control y supervisión en suelo de conservación, así como en áreas de valor ambiental conforme a lo dispuesto en las leyes y reglamentos aplicables; XXXI.- Retirar de suelo de conservación así como en áreas de valor ambiental, conforme a las disposiciones aplicables, a todas aquellas personas que indebidamente pretendan asentarse, obstaculicen o pongan en peligro la conservación de los espacios ambientales vitales para el Distrito Federal; y XXXII.- Las demás que le atribuyan las leyes así como los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente de la República y del Jefe de Gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias. Artículo 26.- En la administración general de la seguridad pública, la Policía tendrá las siguientes atribuciones: ... XI. Vigilar, proteger y resguardar el suelo de conservación del Distrito Federal. Artículo 34.- La atribución de realizar funciones de control, supervisión y regulación del tránsito de personas y vehículos en la vía pública, así como vigilar, proteger y resguardar el suelo de conservación del Distrito Federal, a que se refiere la fracción IX, X y XI del artículo 26 de esta Ley, comprende: …- X. Retirar de suelo de conservación así como en áreas de valor ambiental, conforme a las disposiciones aplicables, a todas aquellas personas que indebidamente pretendan asentarse, obstaculicen o pongan en peligro la conservación de los espacios ambientales vitales para el Distrito Federal;
- XI. Coordinarse con otras autoridades involucradas, como la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal, entre otras, a fin de evitar los asentamientos irregulares en suelo de conservación, áreas de valor ambiental o en áreas naturales protegidas; y
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y para su mayor difusión en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- La presente Ley entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial para el Distrito Federal.
Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:
DIP. JESÚS SESMA SUÁREZ DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ
COORDINADOR VICECOORDINADOR
PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL SECRETARIO DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL...
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 7 de noviembre de 2013.
HONORABLE ASAMBLEA: Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL SECRETARIO DE PROTECCIÓN CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL PARA QUE INFORME A ESTA SOBERANÍA LAS ACCIONES QUE SE TIENE CONTEMPLADAS PARA PREVENIR RIESGOS EN LA DELEGACIÓN CUAJIMALPA Y SE EXHORTA A LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, CONSIDERE EN EL PRESUPUESTO 2014, UNA PARTIDA PRESUPUESTAL ADICIONAL PARA LA DELEGACIÓN CUAJIMALPA, al tenor de los siguientes:EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Debido a sus condiciones geográficas, el tipo de clima, la estructura del subsuelo y su ubicación territorial sobre placas tectónicas susceptibles a movimientos telúricos, aunado a la existencia y proliferación de asentamientos humanos irregulares, la falta de información y la carencia de políticas públicas de prevención, el Distrito Federal se encuentra constantemente en riesgo de sufrir una emergencia o desastre de dimensiones sumamente considerables. Todos los habitantes sin excepción estamos expuestos a ello, sin embargo el estrato de población social de menos recursos son quienes se ven mayormente afectados por esta situación. Según datos de la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial (PAOT), en la Ciudad existen 74 barrancas con riesgo de derrumbe y deslave, con un número aproximado de 11 mil 512 viviendas irregulares. El mejor ejemplo que podemos observar de estas situaciones son los desgajamientos que se han presentado en la Delegación Cuajimalpa, debido a la intensa lluvia que se registró en días pasados. No solo ha afectado servicios de primera necesidad como el servicio de agua potable o energía eléctrica, sino también vialidades importantes para el acceso a la zona. Las principales colonias afectadas fueron Manzanastitla, en donde se desgajó un alud de alrededor de 5 mil metros cúbicos de tierra, que se llevó por completo la vialidad de Tepozanco. La colonia San Pablo Chimalpa fue la zona más afectada, pues en Prolongación Juárez y Camino al Tecnológico destruyó una vivienda de lámina y madera, provoco la caída de tres árboles y el arrastre de seis vehículos. Otras colonias afectadas fueron Las Galicias, debido a la crecida de un río e inundación de casas; San Antonio, Ahuatenco y Acopilco, donde se deslavaron cuatro taludes más. En la carretera México-Toluca también se reportó el desgaje de un cerro que afectó un vehículo. El Jefe delegacional manifestó que uno de los problemas que persisten en la demarcación está en la franja de la barranca, que representa un riesgo para la ciudadanía, desde las colonias La Navidad y San José de los Cedros hasta El Ébano. Derivado de los acontecimientos de deslaves en la Delegación Cuajimalpa, es necesario que las autoridades de protección civil en coordinación con la Delegación, lleven a cabo acciones para la atención prioritaria de los 17 taludes que se encuentran en situación de riesgo en dicha demarcación. Según datos que le proporcionaron las áreas de Protección Civil y Obras al Jefe delegacional, le cuantificaron un monto de 30 millones de pesos para restablecer los diferentes desplomes de tierra o aludes que hubo en la demarcación. La precipitación pluvial atípica registrada el pasado viernes 6 de septiembre, logró una caída de 59.7 milímetros en cuatro horas, lo que equivale a cuatro meses de lluvia en la demarcación. Esto también ocasionó la caída de un muro de 8 metros del Parque San Francisco colindante con los departamentos afectados en la zona de Vista Hermosa. En septiembre de 2007 se presentó una situación similar en la Delegación Álvaro Obregón, cuando 2 personas fallecieron a causa del desgajamiento de las barrancas en esa demarcación, siendo sepultadas por toneladas de piedra y lodo. Es por ello que reiteramos ante esta tribuna la necesidad de atender problemas de alto riesgo en materia de protección civil tales como la atención del drenaje para prevenir y mitigar situaciones en temporada de lluvias, así como incendios y deslaves, entre otros. Debemos considerar que la Ley de Protección Civil local en diversos artículos contempla la necesidad de generar e implementar programas y políticas públicas en materia de protección civil a fin de proteger a la ciudadanía; promover la cultura de protección civil, organizando y desarrollando acciones, observando los aspectos normativos de operación, coordinación y participación con las autoridades participantes, tomando en cuenta que la prevención es el medio más eficaz para alcanzar los objetivos de la protección civil y al mismo tiempo que toda persona tiene derecho a la salvaguarda y protección de su vida, sus bienes y su entorno. El mismo ordenamiento jurídico estipula que uno de los objetivos del Sistema de Protección Civil, es brindar prevención, protección, auxilio y recuperación de la normalidad de las personas y sus bienes ante la presencia de los diversos agentes perturbadores; y que el objetivo prioritario del mismo es la conformación de una cultura en la materia que convoque y sume el interés de la población, así como su participación activa, individual y colectiva. También el propio ordenamiento de la materia obliga a la autoridad a prevenir situaciones de riesgo inminente que impliquen la posibilidad de una emergencia o desastre como la de estos días. Todas las situaciones anteriormente evocadas, que conforman parte integral de la legislación local en materia de protección civil, no han sido llevadas a cabo por las autoridades correspondientes, teniendo como resultado los acontecimientos de hace unos días en la Delegación Cuajimalpa de Morelos, mismos que de manera reiterada se han presentado en los últimos años. Aunado a lo anterior, en el caso específico de Cuajimapa de Morelos, ésta claramente en una zona en una área inestable de taludes y laderas, por encontrase ubicada en las faldas de cerros, situación que demuestra el riesgo en que se encuentran varias familias. No podemos mitigar el riesgo latente en la Ciudad con acciones paliativas insuficientes que consistan solamente en la construcción de bardas y muros de contención para contener miles e inclusive millones de toneladas de roca, sino que debemos estudiar, explorar y replantear acciones, programas y políticas públicas prontas y eficientes que atiendan al problema de raíz. Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente proposición conPUNTO DE ACUERDO
PRIMERO. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita respetuosamente a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de esta misma Soberanía, que considere en el Presupuesto de Egresos 2014, la cantidad de 30 millones de pesos adicionales al presupuesto de la delegación Cuajimalpa de Morelos, para atender los acontecimientos de deslaves en dicha demarcación territorial. SEGUNDO. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita al Secretario de Protección Civil del Gobierno del Distrito Federal, Ing. Fausto Lugo García, para que rinda un informe pormenorizado sobre las acciones, programas y políticas públicas que se tienen contempladas para prevenir riesgos en la delegación Cuajimalpa de Morelos referente a aludes. Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México: DIP. JESÚS SESMA SUÁREZ DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ COORDINADOR VICECOORDINADORINICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA, LA NORMA DE ORDENACIÓN “26.-
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 5 de noviembre de 2013.
HONORABLE ASAMBLEA: Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por los artículos 122 apartado C, Base Primera, inciso V, letra j) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 fracción XIV, y 46 fracción I del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y; 85 fracción I, 86 y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA, LA NORMA DE ORDENACIÓN “26.- NORMA PARA INCENTIVAR LA PRODUCCIÓN DE VIVIENDA SUSTENTABLE, DE INTERÉS SOCIAL Y POPULAR”, bajo la siguienteEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure,
así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial
la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y
los servicios sociales necesarios; …
Artículo 25
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
En nuestro país el derecho a la vivienda se encuentra consagrado en el Artículo 4 de la Constitución Política, el cual establece en su parte conducente: “Artículo 4o. … … … … … ... … Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo. … … … … …”. El precepto guarda estrecha concordancia con lo que se establece en los artículos 1 y 27 del texto Constitucional vigente, los cuales establecen en lo conducente: [1]Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley. … Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas. Artículo 27. La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada. … La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. …”. Ahora bien, de acuerdo al Plan Nacional de Desarrollo 2013- 2018, en el Eje México Incluyente[2], se establece en el tema Acceso a vivienda digna, infraestructura social básica y desarrollo territorial, lo siguiente: “En materia de vivienda e infraestructura socialbásica, se ha avanzado de manera importanteen los últimos 20 años. Entre 1990 y 2010,la proporción de la población que no contaba conservicios básicos de vivienda pasó de 44 a 19por ciento. Sin embargo, los avances en este rubro no han sidouniformes para todas las regiones y localidadesdel país. En 2010, la carencia de servicios básicosen la vivienda afectó a 9.4% de la población enlocalidades urbanas, mientras que en zonas ruralesse presenta en 50.4%. En el mismo sentido,existen grupos de la población particularmentedesatendidos: la necesidad de reemplazo devivienda está concentrada en la población noafiliada a la seguridad social, que representael 73% de la necesidad nacional y solamenterecibe el 30% del financiamiento total destinadoa vivienda. En este sentido, se requiere fomentarmecanismos que puedan dar respuesta a lasnecesidades específicas de las mujeres conesquemas de financiamiento apropiados a susituación en el mercado de trabajo. Actualmente existen en México 2.8 millones deviviendas que necesitan ser reemplazadas y 11.8millones que requieren algún tipo de mejoramientoo ampliación. Asimismo, para atender el crecimientode la población se estima que en los próximos 20años se demandarán 10.8 millones de solucionesde vivienda debido a la creación de nuevos hogares. El modelo de crecimiento urbano reciente hafomentado el desarrollo de viviendas que seencuentran lejos de servicios como escuelas,hospitales y centros de abasto. Es decir, laproducción de vivienda nueva ha estado basada enun modelo de crecimiento urbano extensivo. Losdesarrollos habitacionales se ubicaron en zonasalejadas de los centros de trabajo y de servicios,sin una densidad habitacional adecuada quepermitiera costear servicios, vías de comunicacióny alternativas de transporte eficientes. Esto hagenerado comunidades dispersas, un debilitamientodel tejido social y un uso poco eficiente delos recursos de la economía a través de altos costosde transporte para los trabajadores y las empresas. Lo anterior también se ha traducido en un importantenúmero de viviendas deshabitadas. De acuerdo conel Censo de Población y Vivienda 2010, el númerode viviendas deshabitadas fue de casi 5 millonesy las de uso temporal de poco más de 2 millones. Ante esta coyuntura, es necesario impulsar el desarrollo de ciudades más compactas con mayor densidad de población y actividad económica. Alternativas como los mercados de vivienda usaday en renta aún son incipientes, lo que dificultaque se pueda utilizar la oferta disponible parasolucionar las necesidades habitacionalesexistentes. El mercado secundario de vivienda enMéxico tiene un peso pequeño, aunque hay signosde que ha incrementado su participación. A pesarde que siguen existiendo inhibidores, como los altoscostos del traslado de propiedad, el financiamientopara la adquisición de vivienda usada en INFONAVITprácticamente se duplicó en la década pasada:mientras que en 2002 representaba 13%, para2012 la proporción fue de 21%. Dado el crecimientourbano antes descrito, la vivienda usadaresulta cada vez más atractiva ya que se encuentramejor ubicada que las nuevas, lo que ofrece unamejor calidad de vida a sus habitantes. Por su parte, el 23% de las viviendas habitadas seclasifican como no propias (rentadas, prestadasy en otra situación). En México, la mayor partedel mercado de renta es informal y no existe unsistema formal de propietarios, administradoresde la propiedad ni compañías dedicadas a invertiren la construcción y administración de viviendapara renta. Por otro lado, un México Incluyente tendrá comoobjetivo proveer un entorno adecuado para eldesarrollo de una vida digna. Para ello, se planteadar impulso a soluciones de vivienda dignas, asícomo al mejoramiento de espacios públicos. Enespecífico, la Política Nacional de Vivienda consisteen un nuevo modelo enfocado a promover eldesarrollo ordenado y sustentable del sector; amejorar y regularizar la vivienda urbana, así comoa construir y mejorar la vivienda rural. Esta Políticaimplica: I) lograr una mayor y mejor coordinacióninterinstitucional; II. transitar hacia un modelode desarrollo urbano sustentable e inteligente; III. reducir de manera responsable el rezago en vivienda; y IV) procurar una vivienda digna para losmexicanos. Por tanto, se plantea impulsar accionesde lotificación, construcción, ampliación y mejorade hogares, y se propone orientar los créditosy subsidios del Gobierno de la República haciaproyectos que fomenten el crecimiento urbanoordenado.” De manera adicional, en el documento de referencia se establecen como objetivos para lograr las acciones que en materia de vivienda se implantan una serie de objetivos y estrategias, entre ellos: “Objetivo 2.5. Proveer un entorno adecuado para el desarrollo de una vida digna. Estrategia 2.5.1. Transitar hacia un Modelo de Desarrollo Urbano Sustentable e Inteligente que procure vivienda digna para los mexicanos. Líneas de acción • Fomentar ciudades más compactas, con mayor densidad de población y actividad económica,orientando el desarrollo mediante la política pública, el financiamiento y los apoyos a la vivienda. • Inhibir el crecimiento de las manchas urbanas hacia zonas inadecuadas. • Promover reformas a la legislación en materia de planeación urbana, uso eficiente del suelo yzonificación. • Revertir el abandono e incidir positivamente en la plusvalía habitacional, por medio deintervenciones para rehabilitar el entorno y mejorar la calidad de vida en desarrollos y unidadeshabitacionales que así lo necesiten. • Mejorar las condiciones habitacionales y su entorno, en coordinación con los gobiernos locales. • Adecuar normas e impulsar acciones de renovación urbana, ampliación y mejoramiento de lavivienda del parque habitacional existente. Estrategia 2.5.2. Reducir de manera responsable el rezago de vivienda a través del mejoramiento y ampliación de la vivienda existente y el fomento dela adquisición de vivienda nueva. Líneas de acción • Desarrollar y promover vivienda digna que favorezca el bienestar de las familias. • Desarrollar un nuevo modelo de atención de necesidades de vivienda para distintos segmentosde la población, y la atención a la población no cubierta por la seguridad social, incentivando suinserción a la economía formal. • Fomentar la nueva vivienda sustentable desde las dimensiones económica, ecológica y social,procurando en particular la adecuada ubicación de los desarrollos habitacionales. Estrategia 2.5.3. Lograr una mayor y mejor coordinación interinstitucional que garantice la concurrencia y corresponsabilidad de los tres órdenesde gobierno, para el ordenamiento sustentable del territorio, así como para el impulso al desarrollo regional, urbano, metropolitanoy de vivienda. Líneas de acción • Consolidar una política unificada y congruente de ordenamiento territorial, desarrollo regionalurbano y vivienda, bajo la coordinación de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial yUrbano (SEDATU) y que presida, además, la Comisión Intersecretarial en la materia. • Fortalecer las instancias e instrumentos de coordinación y cooperación entre los tres órdenesde gobierno y los sectores de la sociedad, con el fin de conjugar esfuerzos en materia deordenamiento territorial y vivienda. • Promover la adecuación de la legislación en la materia para que responda a los objetivos de laNueva Política de Vivienda.[3] Respecto al Distrito Federal, el Programa General de Desarrollo 2013 – 2018, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federa el 11 de septiembre de 2013, se establece en el Eje 4 en el tema de Vivienda, lo siguiente[4]: “Ámbito urbano-ambiental De continuar la falta de una planeación urbana integral con una visión metropolitana, de proximidad, accesibilidad y equidad, que contemple la creación y mantenimiento de los espacios públicos, vivienda y servicios urbanos, articule y promueva el sistema de transporte público de la ciudad, así como formas demovilidad no motorizada, se podría aumentar el deterioro del tejido social, podríadisminuir la calidad de vida de la población y podrían incrementarse los nivelesde marginación y de riesgo en caso de desastres naturales. Esto a su vez puedecontribuir al incremento de la percepción de inseguridad entre la población ydisminuir la competitividad de la ciudad. Una parte de la población de la capital se ha desplazado de la zonacentro a la periferia. En este proceso, predomina la población debajos ingresos, ya que no están en condiciones de pagar el altocosto del suelo, la vivienda y los servicios en las áreas centrales dela ciudad. En éstas, la densidad de población se redujo de 206 hab/ha en 1980 a 137 hab/ha en el 2010. EJE 4: HABITABILIDAD Y SERVICIOS, ESPACIO PÚBLICO E INFRAESTRUCTURA Área de Oportunidad. Por último, el marco normativo vigente para la planeación y gestión del territorio,las políticas urbanas, ambientales y de movilidad, así como las correspondientes asuelo, vivienda, infraestructura y equipamiento, resultan excesivos, contradictoriose inflexibles. En adición, el contenido de la normatividad presenta inconsistenciasen relación a la regulación de los procesos de ocupación del territorio, lo queocasiona conflictos de interpretación y un manejo poco eficiente en su aplicación. Lo anterior, no permite realizar de manera eficiente el proceso de administracióndel desarrollo territorial de la ciudad y potenciar el desarrollo de la capital. Área de Oportunidad 6. VIVIENDA Basado en cifras de la Comisión Nacional de Vivienda (CONAVI),los requerimientos de vivienda para nuestra entidad federativaconformados por las necesidades y rezago en esta materia seestiman para 2013 en aproximadamente 114,326 acciones, divididasen 55,410 acciones de vivienda nueva y 58,916 de mejoramiento. El 49.13% de estas necesidades se concentran en los nivelessocioeconómicos popular y bajo, que corresponden a personas queganan menos de 8 salarios mínimos, el 46.64% restante gana entre8 y 30 salarios mínimos. De acuerdo a la CONAVI, en la Ciudad de México operan lossiguientes organismos de vivienda gubernamentales: Instituto delFondo de Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), Fondo deVivienda del Instituto del Seguro Social al Servicio de los Trabajadoresdel Estado (FOVISSSTE), Instituto de Seguridad Social para lasFuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM)-Banco Nacional del Ejército,Fuerza Aérea y la Armada S.N.C. (BANJERCITO), Petróleos Mexicanos (PEMEX),Comisión Federal de Electricidad (CFE), BANCA y Sociedades Financieras deObjeto Limitado (SOFOL) y el Instituto de Vivienda del Distrito Federal (INVI), queatienden el 46.2% de la demanda (52,819), existiendo un sector sin atención delorden de 53.8% (61,507) en todos los niveles socioeconómicos. Cabe señalar quelas acciones se ejecutan en función de los recursos que se programan anualmentepara las metas establecidas por cada organismo de vivienda. La atención al requerimiento por parte del Gobierno del Distrito Federal se da através del INVI. De las 52,819 acciones ejercidas en la entidad, el mismo organismoparticipa con el 43% de la atención en los niveles socioeconómicos popular y bajoque perciben de 1 a 8 salarios mínimos mensuales; de los cuales, el INVI participacon 94.32% de los requerimientos del nivel popular y con 35.31% del nivel bajo. Por su parte, con la política de redensificación iniciada a partir del año 2000, laoferta de vivienda generada se orientó hacia sectores sociales con ingresos porarriba de los 8 salarios mínimos, con la consecuente expulsión hacia los municipiosconurbados, de la población por debajo de ese nivel que busca una viviendaaccesible a sus posibilidades económicas. Entre los retos pendientes en materia de vivienda se encuentra la actualizaciónde la normatividad y los instrumentos jurídicos vigentes; la articulación de laspolíticas de desarrollo urbano, ambientales y sociales; y una mayor coordinación yarticulación por parte de las dependencias y entidades involucradas para planear yejecutar acciones.[5] OBJETIVO 1 Atender las necesidades de vivienda de la población de bajos ingresos de la capital,brindando oportunidades económicas y sociales para su adquisición y haciendoénfasis en los atributos del derecho a una vivienda adecuada y digna. META Construir vivienda de interés social con esquemas que permitan la sustentabilidad,la competitividad y la equidad. LÍNEAS DE ACCIÓN • Modernizar los proyectos y la normatividad para la construcción de viviendasocial que permita generar edificaciones de mayor superficie, menor costo y enel menor tiempo de ejecución; que sea cercana a las redes de transporte públicoy fuentes de empleo; que cuenten con servicios urbanos y de comercio local; yque sea amigable con el medio ambiente. META Ampliar la cobertura de los programas de mejoramiento de vivienda incluyendocriterios de igualdad de género, preferentemente dirigida a la población residentede bajos recursos económicos, en condiciones de vulnerabilidad y en situación deriesgo. • Adecuar el programa de mejoramiento de vivienda para hacer frente a lasnecesidades reales de la población, generando esquemas que permitannormalizar la situación de viviendas divisibles, ampliadas y por lotes. • Propiciar el otorgamiento de subsidios, permisos y créditos para la adecuaciónde la vivienda, la ejecución de las adaptaciones especiales y el cambio defunción de los espacios para que respondan a las necesidades de la poblacióncon discapacidad, con movilidad reducida y personas adultas mayores. OBJETIVO 2 Impulsar la creación de un marco normativo que promueva y regule el desarrollode vivienda en áreas con posibilidades de redensificación y reciclamiento. META Actualizar el marco normativo y articular la acción de las diferentes dependenciasy entidades, para facilitar la gestión y desarrollo de vivienda de interés social. Revisar la legislación vigente en la materia para proponer los ajustes normativose institucionales necesarios, simplificar los trámites para construcción devivienda y supervisar a los inspectores de obra. META Adquirir inmuebles con características jurídicas, técnicas y financieras óptimaspara el desarrollo de vivienda de interés social. • Promover la adquisición de vecindades e inmuebles en condiciones de altoriesgo estructural, para integrarlos como parte de la bolsa de suelo, impulsandola expropiación de los inmuebles que se cataloguen como de alto riesgoestructural y cuyos propietarios no los atiendan. META Propiciar y concertar la ejecución de proyectos de vivienda sustentable, quebusquen el fortalecimiento de la convivencia e integración de la población,aprovechando la inversión acumulada en infraestructura, tanto en centralidadesexistentes como en áreas de potencial de reciclamiento, tales como viejas zonasindustriales, deterioradas o en desuso. LÍNEAS DE ACCIÓN • Incentivar y fortalecer procesos de planeación multiactoral de zonas específicasde la ciudad para generar esquemas novedosos de producción social delhábitat y de vivienda sustentable, adecuados a las condiciones del territorioespecífico. • Posibilitar la concreción de modelos novedosos de producción social devivienda sustentable en zonas estratégicas con la gestión de financiamientoante organismos públicos federales, locales y privados. • Fomentar la construcción de vivienda de interés social dentro de los desarrollosy barrios de interés medio.” Por su parte, el Programa General de Desarrollo Urbano vigente, en lo que tiene que ver con el tema de vivienda y construcción de la misma, establece lo siguiente: “La vivienda y las áreas excluidas La vivienda tiene un lugar relevante en la planeación y gestión urbana, pues constituye uno de los principales satisfactores sociales, participa activamente en los procesos económicos y es un estructurador determinante del ordenamiento territorial. El poder adquisitivo de los sectores de ingresos medios y bajos ha caído en las últimas décadas, impidiendo adquirir la vivienda a quienes la necesitan; y a quienes la poseen, mejorarla, ampliarla o sustituirla por otra más acorde a sus nuevos requerimientos. La población con ingresos medios y bajos, a quien se oferta crédito de interés social para la compra de inmuebles, tiene problemas para ser sujeto de crédito, mientras que la alternativa devivienda en renta para estos sectores ha estado restringida, debido a la escasez de oferta y a las limitaciones en el marco jurídico para el control de esta actividad. La dinámica habitacional ha dado lugar a una ciudad segregada y polarizada. Las políticas emprendidas no han permitido el acceso a la de vivienda de todos los estratos de la población, sobre todo de los más pobres. En los últimos años, la mayor parte del requerimiento de vivienda de sectores populares se ha estado ofertando en la periferia y en los municipios conurbados, mientras que el de los sectores medios y altos se produce en el DF, sobre todo, en áreas ecológicas muy codiciadas por el capital inmobiliario: en Cuajimalpa y en menor medida Álvaro Obregón y Tlalpan. La vivienda popular ha venido enfrentando una serie de problemas heredados: la falta de una política integral de vivienda a largo plazo; la desarticulación entre las políticas de desarrollo urbano y las habitacionales; la existencia de programas poco acordes con los niveles socioeconómicos de la mayoría; la reducción de la acción de las instituciones públicas; desregulación, privatización y creciente eliminación de subsidios; la incompatibilidad entre la tierra disponible para programas de vivienda popular y la factibilidad de servicios, principalmente agua; la escasa producción de vivienda para renta y la reducción de los metros cuadrados por vivienda. Pero, sobre todo son los problemas por la recurrencia de crisis económicas con escenarios económicos y sociales adversos para las mayorías, lo que propicia la especulación inmobiliaria, con el consecuente acceso diferenciado a la vivienda. Es por eso que los demandantes de habitación popular han optado por la autoconstrucción, sin contar con la capacidad o asesoría técnica y con costos que al final resultan mayores a los de la vivienda institucional. Ante las dificultades para enfrentar el problema de la vivienda de los sectores de más bajos ingresos, en 1998 el Gobierno del Distrito Federal decidió modificar sus estrategias de financiamiento y canalizar directamente recursos fiscales para los programas de vivienda, por lo que creó el Instituto de Vivienda del Distrito Federal (INVI DF). De este modo, el organismo se propuso diversificar programas y esquemas financieros; adecuar las condiciones de recuperación a la capacidad de pago de los beneficiarios; facilitar el acceso de las familias menores ingresos y mayor vulnerabilidad; otorgar ayudas de beneficio social; y vincular la producción de vivienda a las programas de desarrollo urbano. A partir del 2001, el GDF está aplicando una política habitacional para consolidar la producción social de vivienda, conducir el desarrollo urbano y beneficiar a las familias pobres, a través de lineamientos e instrumentos específicos. Se promueve la vivienda como factor de ordenación territorial de los asentamientos humanos; se restringe la construcción de unidades habitacionales y desarrollos comerciales de alto impacto urbano en delegaciones con suelo de conservación; se impulsa la redensificación y repoblamiento de las delegaciones centrales y áreas con factibilidad de servicios; se contribuye al desarrollo económico con la reactivación del sector y la generación de empleos; y se incrementa y diversifica la oferta de vivienda social y popular. En los últimos tres años, se han desarrollado dos vertientes del programa: Vivienda en Conjunto y Mejoramiento, Ampliación y Vivienda Nueva en Lote Familiar, con una meta de 150,000 acciones en seis años. De 2001 al 2003 se han realizado cerca de 80,000 acciones de vivienda, de las cuales, más de 40,000 corresponden a vivienda nueva y cerca de 30,000 son acciones del programa de mejoramiento y ampliación. Se calcula que para el 2006 se habrán invertido en este programa cerca de 12 mil millones de pesos, financiados con recursos fiscales 3.2. Acceso equitativo a la vivienda • Impulsar la vivienda como factor de desarrollo social y de ordenamiento territorial. Garantizar que la gente de bajos recursos pueda acceder a una vivienda digna mediante créditos accesibles a sus posibilidades de pago. Vincular la producción de vivienda a los programas de desarrollo urbano para contribuir a frenar la expansión urbana; evitar la pérdida de población en la ciudad central; atender situaciones de vulnerabilidad; preservar el patrimonio natural e histórico; y a optimizar el uso de la infraestructura, los servicios y el equipamiento existente. Mantener la densidad poblacional en las delegaciones de los contornos para evitar nuevos asentamientos humanos en suelo no apto, mediante el impulso a programas de ampliación y mejoramiento de vivienda popular en lotes familiares y a través del otorgamiento de créditos que estimulen los procesos de autoproducción individual o colectiva Fomentar la participación concertada de las diversas dependencias del gobierno que intervienen en las gestiones y otorgamiento de permisos, licencias, registros, crédito, facilidades y apoyos sociales a fin de simplificar trámites y reducir tiempos de gestión. Agilizar mecanismos y trámites relacionados con la vivienda en donde intervienen diversas dependencias de gobierno, como el caso de la Ventanilla Única para emitir el Certificado Único de Uso de Suelo Específico y Factibilidades, que se expide en la SEDUVI. Desregular el sector, eliminando tramos de gestión, reduciendo trámites, mejorando la normatividad y transparentando el otorgamiento de permisos.”[6] Como se puede apreciar, la construcciòn de vivienda de bajo costo es una prioridad no solo en la Ciudad sino en todo el paìs. De ahí la necesidad de impulsar su construcciòn mediante el establecimiento de un marco jurìdico que de certeza a los desarrolladores, a las personas que demandan vivienda y a la misma autoridad. En ese sentido, la Ciudad de México cuenta desde el año de 1994 con normatividad específica para cumplir los criterios a que se refiere el Plan Nacional de Desarrollo y el Programa General de Desarrollo citados, y es el relativo a la Norma de Ordenación “26.- NORMA PARA INCENTIVAR LA PRODUCCIÓN DE VIVIENDA SUSTENTABLE”, DE INTERÉS SOCIAL Y POPULAR. La Norma de Ordenación 26 nace bajo la gran presión que se surge de la crisis financiera de 1994, para impulsar y facilitar la construcción de vivienda de interés social y popular en suelo urbano y que quedó contenida en Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 10 de abril de 1997, ya que los proyectos para construir vivienda de interés social o popular prácticamente desaparecieron, siendo consolidada la misma en el Programa General de Desarrollo Urbano 2003, vigente a la fecha. Por su parte, el Programa General de Desarrollo Urbano vigente de 2003, establece entre otros aspectos, la planeación del desarrollo urbano en la Ciudad, en donde las disposiciones conocidas como Normas de Ordenación General, forman parte fundamental del mismo, y se incorporaron como parte de la entonces vigente Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal de 1996. En este punto, es importante señalar que en lato sensu, las Normas de Ordenación General son instrumentos que complementan los ordenamientos normativos en la materia, así como las disposiciones señaladas en los Programas Delegacionales de Desarrollo Urbano. Su objeto es el de regular las características de las edificaciones, el espacio urbano, la transferencia de potencialidad de desarrollo urbano, el impacto urbano, entre otros; dichas normas se establecen en los Programas General, Delegacionales y Parciales de Desarrollo Urbano. Por su parte, la Ley de Desarrollo Urbano vigente, define en su artículo 3 fracción XXI, como Norma de Ordenación: “Artículo 3.- Para los efectos de esta ley, se entiende por: XXI. Norma de Ordenación: las que regulan la intensidad, la ocupación y formas de aprovechamiento del suelo y el espacio urbano; así como las características de las edificaciones, las construcciones, la transferencia de potencialidades de desarrollo urbano, el impacto urbano y las demás que señala esta ley; dichas normas se establecerán en los programas y en el reglamento de esta ley;” Sin embargo, de 2003 al día de hoy, la Norma General de Ordenación 26 ha sufrido diversas modificaciones y adecuaciones. Por ejemplo, la de marzo de 2005, en la que se mencionaba: a) Para el Registro de Manifestación de construcción, el solicitante y el Director Responsable de Obra deberían acreditar que el valor de la venta de vivienda de interés social no excediera el importe que resultara de multiplicar por 15 el salario mínimo vigente que correspondía al Distrito Federal elevado al año. b) Cuando por cualquier forma se contravenía el propósito de la norma, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda podía de oficio reconocer la anulabilidad o declarar la nulidad del acto en vía administrativa y revocar de oficio el certificado correspondiente. c) El área máxima construida por vivienda no debía rebasar los 65m2. d) La Norma no aplica en zonas que se encuentren dentro de los polígonos de los Programas Parciales. En el año 2010, se modifica nuevamente la Norma de Ordenación, en donde la Asamblea Legislativa incluso modificó la denominación: a) Norma de Ordenación Número “26.- Norma para Incentivar la Producción de vivienda Sustentable”, de Interés Social y Popular”. b) Con el objetivo de lograr un mejor aprovechamiento del territorio y garantizar el rescate y mejoramiento del Patrimonio Cultural Urbano de la Ciudad de México, la presente Norma será aplicable en Áreas, Zonas, Polígonos y Áreas de Valor y Conservación Patrimonial y en Programas Parciales de Desarrollo Urbano en todo lo que no contravenga a otras disposiciones jurídicas establecidas en materia de vivienda y de conservación patrimonial La Norma no aplica en:- Suelo de conservación.
- Zonas de riesgo y vulnerablidad,
- En predios que no tengan acceso a vía pública o sea menor a 6 metros de ancho.
- Predios ubicados en el tercer territorio, cuya factiblidad de servicios sea negativa.
- Áreas de conservación y valor patrimonial ubicadas en el tercer territorio de la presente norma.
- Centros de Barrio
- Zonas Patrimoniales
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA LA NORMA DE ORDENACIÓN “26.- NORMA PARA INCENTIVAR LA PRODUCCIÓN DE VIVIENDA SUSTENTABLE, DE INTERÉS SOCIAL Y POPULAR”
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma la Norma de Ordenación “26.- Norma para Incentivar la Producción de Vivienda Sustentable”, de Interés Social y Popular, para quedar como sigue:Norma de Ordenación Número 26. PARA FACILITAR LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL Y POPULAR SUSTENTABLE EN SUELO URBANO
Para facilitar la construcción de vivienda de Interés Social y Popular Sustentable en Suelo Urbano, se aplicarán las medidas siguientes: Esta Norma de Ordenación aplicará exclusivamente en suelo urbano en zonificaciones con clasificación: Habitacional, Habitacional con Comercio, Habitacional con Oficinas y Habitacional Mixto. Con el objetivo de lograr un mejor aprovechamiento del territorio, la presente Norma de Ordenación será aplicable en Áreas de Gestión Estratégica y ZODES que se ubiquen en suelo urbano. Queda prohibida la aplicación de esta Norma de Ordenación en: a) Suelo Urbano en:- Centros de Barrio.
- Zonas patrimoniales.
- Zonas que cuenten con Declaratoria Patrimonial por Organismos Internacionales, Nacionales o Locales.
- Zonas que cuenten con Declaratoria de Pueblo o Barrio Mágico en materia de turismo.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Túrnese el presente Decreto al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, para su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y su mayor difusión en el Diario Oficial de la Federación. SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor el primer día del mes de enero del año 2014. TERCERO.- Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan la presente Norma de Ordenación. CUARTO.- Los trámites que hayan iniciado antes de la entrada en vigor del presente Decreto, deberán concluir el mismo de acuerdo a la normatividad vigente al momento de iniciar.
Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:
DIP. JESÚS SESMA SUÁREZ DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ
COORDINADOR VICECOORDINADORPUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LA SITUACIÓN JURÍDICA DE DISTINTOS PREDIOS A LOS QUE LES FUE AUTORIZADO MODIFICAR EL USO DE SUELO POR EL PLENO DE ESTA SOBERANÍA
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 5 de Noviembre de 2013.
HONORABLE ASAMBLEA: Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LA SITUACIÓN JURÍDICA DE DISTINTOS PREDIOS A LOS QUE LES FUE AUTORIZADO MODIFICAR EL USO DE SUELO POR EL PLENO DE ESTA SOBERANÍA, bajo la siguiente:EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El día 31 de octubre del año 2012, durante la segunda reunión de trabajo de la Comisión de Desarrollo e Infraestructura de esta VI Legislatura, se aprobaron distintos dictámenes de asuntos que habían sido analizados por la V Legislatura en Comisiones pero no en el Pleno, así como otros asuntos remitidos por el Jefe de Gobierno, todos relativos a modificaciones de uso de suelo en distintas Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal. Durante la discusión en dicha reunión, varios Diputados señalaron la necesidad de establecer sanciones a los predios que ya habían modificado su uso de suelo, sin estar previamente autorizado, pues lo único se estaba haciendo era “REGULARIZAR LO PROHIBIDO ACTUALMENTE POR LOS PROGRAMAS DELEGACIONALES DE DESARROLLO URBANO RESPECTIVOS”. Por ello, las y los Diputados integrantes de Comisión aprobaron incluir un artículo transitorio con el fin de que el área jurídica de esta Asamblea Legislativa, iniciara las denuncias correspondientes por las faltas civiles, administrativas y penales que en su caso se hubieran cometido antes de la aprobación y publicación en la Gaceta Oficial de la modificación del uso de suelo. Derivado de lo anterior, en las sesiones ordinarias del Pleno de fechas 28 y 31 de diciembre del 2012, fueron presentados y aprobados los Dictámenes mencionados, no sin antes realizar modificaciones los mismos. En ese sentido, las reservas que fueron presentadas por el Diputado Alberto Emiliano Cinta Martínez, previamente consensuadas con las distintas fuerzas políticas e integrantes de la propia Comisión Dictaminadora, fueron las siguientes: “PRIMERO.- El presente Decreto surtirá sus efectos a los 30 días hábiles posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. … QUINTO.- Previamente a la entrada en vigor del presente decreto, se deberán presentar las denuncias ante las autoridades competentes con el objeto de que se sancione a las personas físicas, morales y servidores públicos que con motivo del contenido del presente decreto, hayan violentado disposiciones de la Ley de de Desarrollo Urbano y demás legislación aplicable. Para tal efecto, se instruye al apoderado legal de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal para realizar dichas denuncias dentro de los siguientes días hábiles”.[1] Finalmente, éstas fueron aprobadas por UNANIMIDAD EN EL PLENO para ser incluidos en los siguientes dictámenes:- Decreto por el cual se reforma el “Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Coyoacán” publicado el 10 de agosto de 2010 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal respecto del inmueble ubicado en Corredores No. 65, Colonia Churubusco Country Club.
- Decreto que reforma el “Programa de Desarrollo Urbano de Benito Juárez”, publicado el 6 de mayo de 2005 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal respecto del inmueble González de Cossío No.6, Col. Del Valle
- Decreto por el cual se reforma el “Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Iztapalapa” publicado el 2 de octubre de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal respecto de los inmuebles ubicados en Avenida Río Churubusco No. 583, Col. Sector Popular y Avenida Río Churubusco No. 508, Col. el Retoño”.[2]
PUNTO DE ACUERDO
ÚNICO.- LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, SOLICITA RESPETUOSAMENTE AL TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS DE ESTA MISMA SOBERANÍA COMO APODERADO LEGAL DE LA MISMA, QUE REMITA EN UN TÉRMINO DE 5 DÍAS NATURALES A LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO Y DE LA COMISIÓN DE DESARROLLO E INFRAESTRUCTURA URBANA, UN INFORME PORMENORIZADO SOBRE EL ESTADO JURÍDICO QUE GUARDAN LAS DENUNCIAS PRESENTADAS RESPECTO DE LOS SIGUIENTES PREDIOS MENCIONADOS EN LOS DICTÁMENES APROBADOS POR EL PLENO CON FECHAS 28 Y 31 DE DICIEMBRE DE 2012: a) CALLE CORREDORES NO. 65, COLONIA CHURUBUSCO CONTRY CLUB, DELEGACIÓN COYOACÁN, CÓDIGO POSTAL 04210, DE LA CIUDAD DE MÉXICO. b) CALLE GONZÁLEZ DE COSSIO NO. 6, COLONIA DEL VALLE, CÓDIGO POSTAL 03100, DELEGACIÓN BENITO JUÁREZ. c) AVENIDA RÍO CHURUBUSCO NO. 583, COLONIA SECTOR POPULAR, CÓDIGO POSTAL 09060, DELEGACIÓN IZTAPALAPA. Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México: DIP. JESÚS SESMA SUÁREZ DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR VICECOORDINADOR
PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA A LA TITULAR DE LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL QUE EN COORDINACIÓN CON EL JEFE DELGACIONAL...
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 5 de noviembre del 2013.
HONORABLE ASAMBLEA: Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA A LA TITULAR DE LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL QUE EN COORDINACIÓN CON EL JEFE DELGACIONAL EN ÁLVARO OBREGÓN, REALICE ACTIVIDADES DE LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y VIGILANCIA DE LA “BARRANCA GUADALUPE”, bajo los siguientes:CONSIDERANDOS
Las Barrancas son depresiones geográficas que por sus condiciones topográficas y geológicas se presentan como hendiduras y sirven de refugio de vida silvestre, de cauce de los escurrimientos naturales de ríos, riachuelos y precipitaciones pluviales, y constituyen zonas importantes del ciclo hidrológico y biogeoquímico. Lamentablemente, hoy en día las barrancas están ocupadas por asentamientos humanos irregulares, por residuos sólidos y por residuos de la construcción, lo que ha generado la alteración de su existencia natural. La ocupación de todo esto que resulta ajeno a las funciones naturales de las barrancas en el Distrito Federal, representa un problema para los ecosistemas y para la población que concentra, ya que éstas reúnen elementos naturales importantes que aportan diversos servicios ambientales a la Ciudad de México. Por lo anterior, en las barrancas que se encuentran afectadas existen situaciones de riesgo para la población que las ocupa y que también contribuyen a deteriorar la calidad de vida de todos los habitantes de la Ciudad de México. Esto porque en las actuales condiciones, las barrancas enfrentan procesos de deforestación, erosión, contaminación, relleno y disminución de especies endémicas principalmente, convirtiéndose también en basureros y focos de infección. Debemos considerar que las barrancas cumplen con una función importante por el tipo y la cantidad de vegetales y animales que en ella habitan (pues funcionan como corredores biológicos para la dispersión de especies), además de captar el agua de lluvia para recargar el acuífero del cual se extrae aproximadamente el 70% del agua suministrada, así como de regular el clima de la Ciudad. Todo ello sin dejar de mencionar que presentan un alto potencial forestal. Se estima que existen 2,290 Km de escurrimientos superficiales asociados a las barrancas, de los cuales el 85% se localiza dentro del suelo de conservación y el 15% restante en suelo urbano[1]. De acuerdo a las características topográficas existentes al sur de la Ciudad de México, se presentan 74 barrancas distribuidas en 8 delegaciones (Álvaro Obregón, Cuajimalpa, Gustavo A. Madero, Iztapalapa, Magdalena Contreras, Milpa Alta, Tlalpan y Xochimilco), de las cuales la mayoría se concentra en Álvaro Obregón con 16, Cuajimalpa con 14 y Gustavo A. Madero con 10. En este sentido, la delegación Álvaro Obregón cuenta con la Barranca Guadalupe que tiene las siguientes características: se forma en la parte alta de la Sierra de las Cruces que sirve de parteaguas a la Cuenca del Valle de México, corre de manera casi paralela y descarga al Valle de México (el sistema poniente); se ubica dentro de la Región Hidrológica No. 26 (RH26) Pánuco, en la cuenca “D” Río Moctezuma y la subcuenca “P” Lago de Texcoco-Zumpango. El cauce principal de la barranca Guadalupe y sus afluentes principales miden aproximadamente 15 Km., de longitud, es conocida en sus diferentes tramos como Hueytatitla, Arroyo Texcalatlaco, Acueducto San Ángel, Arroyo San Ángel Inn, y Río Guadalupe. Limita al poniente con la Delegación de Cuajimalpa, al sur con el Desierto de los Leones y al norte con la Calzada de las Águilas. Es considerada como la barranca más extensa dentro de la Delegación Álvaro Obregón y está formada por una faja de lomeríos que se orientan en dirección del poniente a oriente de la Ciudad y se extiende desde la Loma La Bandera hacia el viejo panteón Jardín localizado en la calle de Rómulo O’Farril[2]. A continuación se muestran los diferentes nombres que recibe dicho cauce de acuerdo a las colonias que comprende en la demarcación:
NOMBRE COMO SE CONOCE EN SUS DIFERENTES TRAMOS A LA BARRANCA GUADALUPE, COLONIAS QUE COMPONEN LOS TRAMOS |
|
NOMBRE DEL TRAMO |
COLONIA |
Hueytatitla | Barrio Tlacoyaque Chamontoya Paraje el Caballito Ampliación Tlacoyaque Tlacoyaque |
Arroyo Texcalatlaco | Lomas de la Era San Bartolo Ameyalco. |
Acueducto San Ángel | Fraccionamiento Tenis San Francisco Fraccionamiento Rancho San Francisco Fraccionamiento Bosque de Verdun Fraccionamiento Villa Verdun |
Arroyo San Ángel Inn | Villa Verdun Alcantarilla Lomas de Guadalupe Ocotillos Peotilcos Lomas de las Águilas La Joyita La Peñita Conjunto Habitacional Cumbre se San Francisco Cañada del Pinar |
Río Guadalupe | Ampliación Puente Colorado El Encino Tecalcapa El Mirador San Clemente Sur San Agustín Ampliación Águilas Lomas de los Ángeles Tetelpan Camino Real de Tetelpan. Fraccionamiento Galaxia San Ángel Fraccionamiento Lomas de San Ángel Fraccionamiento Ampliación la Herradura Conjunto Villa Madera |
PUNTO DE ACUERDO
PRIMERO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita a la titular de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal, que en coordinación con el titular de la Delegación Álvaro Obregón, realicen desde el ámbito de sus respectivas competencias, las acciones necesarias para realizar la limpieza, mantenimiento y vigilancia de la “Barranca Guadalupe”, particularmente en el tramo de Camino Real de Tetelpan, ya actualmente presenta malos olores por el alojamiento de residuos sólidos que afectan los servicios ambientales que nos ofrece dicha barranca. SEGUNDO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita al titular de la Delegación Álvaro Obregón, un informe pormenorizado sobre los permisos otorgados a propietarios o poseedores del inmueble ubicado en el No. 168 de Camino Real Tetelpan de la Colonia Tetelpan, para llevar a cabo tala de árboles y construcción de obra. Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México: DIP. JESÚS SESMA SUÁREZ DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ COORDINADOR VICECOORDINADOR
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE Se REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 05 de Noviembre del 2013.
HONORABLE ASAMBLEA: Los Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ Y ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 Base Primera, fracción V, inciso j) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 fracciones XIV y 46 la fracción I, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y; 85 fracción I, y 86 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE Se REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL, bajo la siguiente EXPOSICIÓN DE MOTIVOSLa Ley Ambiental del Distrito Federal define con clartidad qué es un área natural protegida, un área de valor ambiental y suelo de conservación. Con estas figuras en la Ciudad de México regulamos y preservamos los ecosistemas para mantener un equilibrio ecológico. Cada una de estas áreas nos ofrecen servicios ambientales, así como una gama interesante de flora y fauna, por lo que a fin de mantener estos recursos es importante fortalecer el marco jurídico. Las áreas naturales protegidas (ANP) según lo refiere la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, son las zonas del territorio nacional y aquéllas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción, en donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano o que requieren ser preservadas y restauradas y están sujetas al régimen previsto en la Ley General, en la Ley Ambiental del Distrito Federal, las define como los espacios físicos naturales en donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por actividades antropogénicas, o que requieren ser preservadas y restauradas, por su estructura y función para la recarga del acuífero y la preservación de la biodiversidad. Son áreas que por sus características ecogeográficas, contenido de especies, bienes y servicios ambientales y culturales que proporcionan a la población, hacen imprescindible su preservación. La principal función de un ANP es la protección y conservación de recursos naturales de importancia especial, ya sean especies de fauna o flora que se encuentran catalogados en algún estatus de riesgo (raras, amenazadas, endémicas, peligro de extinción) o bien de ecosistemas representativos a nivel local, regional, país e incluso internacionalmente. Esta función es la que motiva el establecimiento de un ANP, y determina a su vez la definición de políticas de manejo y aprovechamiento de recursos naturales, mucho más específico y controlado, que las que se pudieran establecer en áreas en donde su objetivo principal no es estrictamente la conservación. Además de la importancia que tiene cada una de las ANP por los recursos específicos que protege y conserva, éstas en su conjunto desempeñan un papel muy importante ya que conforman un sistema que por un lado suma la cantidad y diversidad de recursos naturales que protegen y por otro facilitan el flujo de especies entre áreas. Este último aspecto depende en gran medida de las políticas de conservación que se establezcan en las áreas distintas a las ANP, lo cual en el Distrito Federal, está determinado por el Ordenamiento Ecológico. Actualmente, las ANP están sujetes a constantes presiones principalmente provocadas por el hombre tales como:
- Invasiones por asentamientos humanos irregulares;
- Eliminación de vegetación natural para establecer cultivos agrícolas;
- Tala clandestina;
- Aprovechamiento sin control de plantas, tierra y agua;
- Incendios;
- Contaminación con residuos sólidos y líquidos (desagües, basura, cascajo;)
- Actividades recreativas intensivas y desordenadas.
- Estrategia General, la cual establece, operar y administrar el Sistema de Áreas Naturales Protegidas del Distrito Federal.
- Estrategias Específicas:
- Elaborar el Manual de Procedimientos y Criterios para administrar las ANP.
- Establecer y emitir normas y lineamientos para la administración de ANP.
- Concertación con los actores involucrados con las ANP, en la elaboración y ejecución de Programas de Manejo.
- Pérdida del patrimonio colectivo y familiar de los pueblos originarios sobre las tierras y recursos naturales, así como la del control jurídico y legal de las propias tierras.
- Pérdida del patrimonio y derecho al crecimiento natural de los pueblos, ejidos, comunidades y pequeñas propiedades rurales.
- Afectación de la base ecológica para la práctica de actividades agropecuarias y agroforestales, que posibiliten el desarrollo cultural, económico y sustentable de los núcleos agrarios.
- Conservación: El conjunto de políticas, planes, programas, normas y acciones, de detección, rescate, saneamiento y recuperación, destinadas a asegurar que se mantengan las condiciones que hacen posible la evolución o el desarrollo de las especies y de los ecosistemas propios del Distrito Federal.
- Protección Ecológica: El conjunto de políticas, planes, programas, normas y acciones destinados a mejorar el ambiente y a prevenir y controlar su deterioro.
- Restauración del Equilibrio Ecológico: Conjunto de actividades tendientes a la recuperación y restablecimiento de las condiciones que propician la evolución y continuidad de los procesos naturales
- Aprovechamiento sustentable: Uso de los recursos naturales de forma que respete la integridad estructural y funcional de los ecosistemas de los que forman parte dichos recursos. Por periodos indefinidos y en congruencia con las necesidades de la población actual y futura.
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE Se REFORMAN
Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA
LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL
ÚNICO.- Se reforman las siguientes fracciones: XIX Bis 2 del artículo 9; IV del artículo 69; así como los artículos 28, 80 y 88 BIS; Se adicionan las fracciones XIV BIS 2, XX Bis 1 del artículo 9; VIII Bis del artículo 10; II Bis y VII Bis artículo 69, así como el segundo párrafo del artículo 88 bis 2, todo ello de la Ley Ambiental del Distruito Federal, para quedar como sigue:LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo 5. Para los efectos de esta Ley, se estará a las definiciones… ACTIVIDAD RIESGOSA a PARQUES URBANOS… PLAN RECTOR DE LAS ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS DEL DISTRITO FEDERAL: Instrumento de planeación y normatividad que establece lineamientos, criterios y políticas para la administración y manejo de las Áreas Naturales Protegidas; PLATAFORMA O PUERTOS DE MUESTREO a PROGRAMA DE MANEJO… PROGRAMA GENERAL DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DEL DISTRITO FEDERAL: Instrumento de política ambiental que regula los usos de suelo en el suelo de conservación. PROGRAMA SECTORIAL AMBIENTAL: Instrumento de planeación en el cual se integran las políticas públicas en materia ambiental para el Distrito Federal, bajo las directrices del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal y la Ley de Planeación del Distrito Federal; PROTECCIÓN ECOLÓGICA a SERVICIOS AMBIENTALES… SUELO DE CONSERVACIÓN: Comprende el que lo amerite por su ubicación, extensión, vulnerabilidad y calidad; el que tenga impacto en el medio ambiente y en el ordenamiento territorial; los promontorios, los cerros, las zonas de recarga natural de acuífero; las colinas, elevaciones y depresiones orográficas que constituyan elementos naturales del territorio de la ciudad y aquel cuyo subsuelo se haya visto afectado por fenómenos naturales o por explotaciones o aprovechamientos de cualquier género, que representen peligros permanentes o accidentales para el establecimiento de los asentamientos humanos. Así mismo, comprende el suelo destinado a la producción agropecuaria, piscícola, forestal, agroindustrial y turística y los poblados rurales. SUELO URBANO: Las zonas a las que el Programa General clasifique como tales, por contar con infraestructura, equipamiento y servicios y que no se encuentren clasificadas como suelo de conservación de acuerdo con el Programa General de Ordenamiento Ecológico del Distrito Federal, salvo los cascos urbanos de los poblados rurales; Artículo 9º. Corresponde a la Secretaría, además de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, el ejercicio de las siguientes atribuciones: I a la II… III. Formular y ejecutar el Programa General de Ordenamiento Ecológico del Distrito Federal, y los programas que de él se deriven, así como vigilar su cumplimiento. La formulación y ejecución será en coordinación con las instancias de la Administración Pública del Distrito Federal y las Delegaciones con atribuciones y territorio en el Suelo de Conservación. La Secretaría evaluará las propuestas de adecuaciones al Programa General de Ordenamiento Ecológico que formulen la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, las que se efectuarán en el ámbito de sus atribuciones; IV a la XIII… XIV. Proponer la creación de áreas de valor ambiental, las áreas naturales protegidas, y las áreas comunitarias de conservación ecológica, así como regularlas, vigilarlas y administrarlas en los términos de esta Ley, a fin de lograr la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales presentes en dichas áreas; asimismo procurará crear programas de reforestación permanente en suelo de conservación y urbano para su preservación. XIV Bis. Celebrar convenios con las delegaciones para que éstas se encarguen de la administración, preservación y reforestación de las áreas de valor ambiental y de las áreas naturales protegidas de competencia de la Secretaría, así como para delegar facultades en estas materias que estén conferidas por esta Ley y demás ordenamientos aplicables a la Secretaría; XIV BIS 1… XIV BIS 2. Establecer un catálogo de especies de flora y fauna en suelo de conservación con la finalidad de conocer, proteger y preservar dichas especies. XV a la XIX Bis 1… XIX. Bis 2. Con el auxilio de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y las Delegaciones, retirar a las personas y bienes que integren asentamientos humanos establecidos en contravención con los programas de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico del territorio; así como ejecutar las acciones necesarias para evitar el establecimiento de dichos asentamientos humanos irregulares, en áreas verdes, áreas de valor ambiental y áreas naturales protegidas de competencia del Distrito Federal, y en general en suelo de conservación; XX… XX Bis 1. Realizar y promover programas que establezcan mecanismos de retribución por la protección, conservación o ampliación de servicios ambientales y por la realización de actividades vinculadas al desarrollo rural, equitativo y sustentable en suelo de conservación; XXI a la L… LI. Formular y conducir la política del Distrito Federal en materia de uso y aprovechamiento sustentable del agua; LII. Evaluar y ejecutar el Plan Rector y el Sistema Local de las Áreas Naturales Protegidas; LIII. Establecer Centros para el conocimiento y monitoreo de la flora y fauna silvestres que se distribuye en el Distrito Federal; y LIV. Las demás que le confieren esta y otras Leyes, así como las que se deriven de los instrumentos de coordinación celebrados y que se celebren. Artículo 10.- Corresponde a cada una de las delegaciones del Distrito Federal: I a la VIII… VIII Bis. En concordancia con la Secretaría monitorear, vigilar y en general ejecutar las acciones necesarias para evitar el establecimiento de asentamientos humanos irregulares en áreas verdes, áreas de valor ambiental y áreas naturales protegidas de competencia del Distrito Federal, y en general en suelo de conservación; IX… X.- Formular, ejecutar y evaluar el programa ambiental delegacional, bajo los objetivos y lineamientos del Programa Sectorial Ambiental; XI. Proponer las modificaciones en el Programa General de Ordenamiento Ecológico del Distrito Federal, así como en los programas delegacionales y a los programas parciales de desarrollo urbano de sus respectivas demarcaciones. Artículo 19.- La política de desarrollo sustentale del Distrito Federal será elaborada y ejecutada conforme a los siguientes instrumentos: I... a la XII… XIII. La información sobre medio ambiente; XIV. El Fondo Ambiental Público; y XV. El Plan Rector de las Áreas Naturales Protegidas. Artículo 27.- La Secretaría formulará y evaluará el Programa Sectorial Ambiental, en coordinación con las diferentes instancias involucradas en las acciones de protección ambiental, el cual contendrá las estrategias y acciones prioritarias para la ejecución de la Política Ambiental del Distrito Federal e integrarán las acciones de los diferentes sectores, en los términos y bajo los supuestos que se establecen en la Ley de Planeación. El programa sectorial ambiental se evaluará anualmente por la Secretaría y presentará un informe ante la Asamblea, de los avances del mismo. Artículo 27 Bis.- En el Distrito Federal, los programas de desarrollo urbano se elaborarán atendiendo, además de las disposiciones jurídicas aplicables, los siguientes criterios: I a VI... Los Programas de Desarrollo Urbano Delegacionales deberán considerar los correspondientes Programas Ambientales de las demarcaciones. Artículo 28.- El ordenamiento ecológico es un instrumento de política ambiental que tiene por objeto definir y regular los usos del suelo en el Suelo de Conservación, así como establecer los lineamientos, estrategias y criterios ambientales con los que deberán llevarse a cabo las actividades productivas y de conservación, para hacer compatible el mantenimiento de los recursos naturales, servicios ambientales y la conservación de la biodiversidad con el desarrollo regional. La observancia de este instrumento es obligatoria en el Distrito Federal y servirá de base para la elaboración de programas, proyectos, obras y actividades de desarrollo que se pretendan ejecutar. Las políticas ambientales de aplicación en suelo de conservación, se clasificarán en: a) Conservación: El conjunto de políticas, planes, programas, normas y acciones, de detección, rescate, saneamiento y recuperación, destinadas a asegurar que se mantengan las condiciones que hacen posible la evolución o el desarrollo de las especies y de los ecosistemas propios del Distrito Federal. b) Protección Ecológica: El conjunto de políticas, planes, programas, normas y acciones destinados a mejorar el ambiente y a prevenir y controlar su deterioro. c) Restauración del Equilibrio Ecológico: Conjunto de actividades tendientes a la recuperación y restablecimiento de las condiciones que propician la evolución y continuidad de los procesos naturales d) Aprovechamiento sustentable: Uso de los recursos naturales de forma que respete la integridad estructural y funcional de los ecosistemas de los que forman parte dichos recursos. Por periodos indefinidos y en congruencia con las necesidades de la población actual y futura. A fin de aplicar las políticas de conservación, protección ecológica, restauración del equilibrio ecológico y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, las zonificaciones en suelo de conservación a fin de instrumentar las unidades y/o acciones de gestión ambiental son: a) Forestal de Conservación; b) Forestal de Conservación Especial; c) Forestal de Protección; d) Forestal de Protección Especial; e) Agroforestal; f) Agroforestal Especial; g) Agroecológica; y h) Agroecológica Especial. Las zonificaciones definidas en esta Ley se integrarán a la clasificación de uso del suelo en las áreas de actuación del suelo de conservación. Los lineamientos generales que se deberán observar para el cumplimiento de las políticas ambientales, son las siguientes: a) Sector Agrícola; b) Sector Agroturismo; c) Sector Pecuario; d) Sector Forestal Maderable y no Maderable; e) Sector Agroforestal; f) Sector Acuacultura; g) Sector Agroindustria; h) Sector Vida Silvestre; i) Sector Ecoturismo; j) Sector Turismo de Aventura; k) Sector Turismo Convencional; l) Sector Infraestructura y Servicios para la Conservación; y m) Sector Minería. Artículo 32 Bis.- La Secretaría desarrollará el conjunto de indicadores que permitan evaluar y monitorear el estado del Suelo de Conservación. Este conjunto de indicadores serán la base para llevar a cabo la actualización o modificación del Programa de Ordenamiento Ecológico del Distrito Federal, cuya aplicación y evaluación será permanente. Artículo 48.- En las áreas naturales protegidas, áreas de valor ambiental y Suelo de Conservación, se requerirá de una manifestación de impacto ambiental en su modalidad específica, para toda actividad, obra y operación pública o privada que se pretenda desarrollar. Artículo 69.- Se crea el fondo ambiental público cuyos recursos se destinarán a: I a la II… II Bis. La vigilancia y conservación, restauración, preservación, conservación de la biodiversidad, ecosistemas y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales en suelo de conservación; III… IV. La restauración y conservación, así como la elaboración de los programas de manejo de las áreas de valor ambiental y de las áreas naturales protegidas de competencia del Distrito Federal; V a la VII… VII Bis. La retribución por la protección, conservación o ampliación de servicios ambientales y por la realización de actividades vinculadas al desarrollo rural, equitativo y sustentable en suelo de conservación; VIII a la XI… Artículo 72 Bis.- Se consideran prioritarias, para efectos del otorgamiento de los estímulos fiscales que se establezcan conforme al Código Fiscal del Distrito Federal, las actividades relacionadas con: I a IV….- V. El establecimiento, manejo y vigilancia de áreas naturales protegidas y áreas de valor ambiental; y
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- El Jefe de Gobierno del Distrito Federal deberá hacer las adecuaciones necesarias a la normatividad reglamentaria aplicable dentro de los 180 días naturales siguientes a la entrada en vigor del presente Decreto. TERCERO.- Por lo dispuesto en el artículo 88 BIS 2, surtirá efectos, respetando los procesos vigentes por el cambio de uso de suelo con base a lo establecido a los programas correspondientes en materia urbana. Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México: DIP. JESÚS SESMA SUÁREZ DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ COORDINADOR VICECOORDINADOR
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR LA QUE SE CREA LA LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO DE LAS NIÑAS Y NIÑOS CON ALTO DESEMPEÑO
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 05 de noviembre de 2013.
HONORABLE ASAMBLEA: Los Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ Y ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 Base Primera, fracción V, inciso j) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 fracciones XIV y 46 la fracción I, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y; 85 fracción I, 86 y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR LA QUE SE CREA LA LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO DE LAS NIÑAS Y NIÑOS CON ALTO DESEMPEÑO ACADÉMICO QUE ESTUDIEN EN PRIMARIAS Y SECUNDARIAS PÚBLICAS DEL DISTRITO FEDERAL, A QUE TENGAN ACCESO A UNA BECA PARA SU FORMACIÓN INTEGRAL, A TRAVÉS DEL DESARROLLO O FORTALECIMIENTO DE SUS HABILIDADES ARTÍSTICAS, CULTURALES, INTELECTUALES Y DEPORTIVAS, al tenor de la siguienteEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El 27 de octubre de 2007, en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, fueron publicados los Lineamientos y Mecanismos de Operación del Programa “Niños Talento”. Actualmente la autoridad responsable del programa, es el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal, a través de la Dirección Ejecutiva de Apoyo a la Niñez. En el “Documento Básico del Programa Niñ@s Talento” (2008), se identifica la siguiente justificación del programa: “Los Niñ@s Talento requieren de programas que proporcionen desafíos y oportunidades intelectuales para el autodescubrimiento y el pensamiento independiente, ya que asistir a un sistema rígido y uniformado implica que los niños estén expuestos a un alto riesgo de exclusión educativa. Una de las maneras de ofrecer atención a los niños talentosos es mediante el enriquecimiento intelectual, artístico y cultural, el cual parte de proporcionar oportunidades de aprendizaje fuera del programa escolar normal al que asisten. De esta forma, brindar oportunidades de atención a esta población, permite a los niños desarrollar al máximo sus potencialidades, lo que en un futuro permitirá contar con un número cada vez más elevado de personas de alto rendimiento contribuyendo al desarrollo social y económico de la Ciudad de México y del país.” Se sostiene que el problema central que atiende el programa es la desatención a niñ@s y jóvenes con alto desempeño académico en escuelas públicas de educación básica, primaria y secundaria del Distrito Federal. Por ello, con el programa se pretende lograr que todos las niñas y todas los niños y jóvenes sobresalientes, tengan acceso a una formación integral, a través del desarrollo o perfeccionamiento de sus habilidades artísticas, culturales, intelectuales y deportivas. Con fecha 30 de enero de 2013 fueron publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, las Reglas de Operación del Programa de Niñas y Niños Talento 2013. Ahí se establece que que el objetivo de dicho Programa es:- Lograr que las niñas, los niños y los jóvenes sobresalientes tengan acceso a una formación integral, a través del desarrollo de sus habilidades culturales, científicas y deportivas, con la finalidad de generar procesos de participación infantil y educación comunitaria.
- Implantar un sistema de estímulos que permitan el desarrollo de las habilidades de las niñas, los niños y los jóvenes de entre 6 y 15 años de edad con un promedio de 9.0 de calificación en adelante, mediante la impartición de clases extraescolares en un marco de reconocimiento y estímulo permanente a su esfuerzo y dedicación.
- Fomentar actitudes que estimulen la investigación y propiciar la innovación de nuevas metodologías para una buena intervención educativa.
- Propiciar la formación de las niñas, los niños y los jóvenes con principios de equidad, género, libertad y responsabilidad, la identidad de nuestra cultura y la conciencia ecológica.
- Acompañar el desarrollo de las niñas, los niños y los jóvenes a lo largo de toda su formación.
- Reconocer la dedicación y esfuerzo de las niñas, los niños y los jóvenes con mejores calificaciones.
- Apoyar a las niñas, los niños y los jóvenes beneficiados en su formación y en el desarrollo de sus actividades diarias.
- La falta de espacios adecuados para impartir las clases;
- También se señala la falta de materiales: en el caso de las actividades de Arte, en ocasiones éstos “requieren características o calidad determinada para poder lograr los propósitos;
- Para las actividades de Ciencias, los materiales son “muy específicos, con los cuales no siempre se cuenta y ésto modifica la planeación de los tutores y demerita la calidad de las actividades;
- Para las actividades de Deportes se reconoce que “en ocasiones echan mano de algunos materiales con los que cuentan l@s niñ@s;
- Según la percepción de los padres tienen que mejorar, estos son: “el tiempo y frecuencia de las sesiones y la evaluación de las habilidades de sus hijos;
- La población atendida por el programa (niñas, niños y adolescentes) expresa que “una sesión [una hora a la semana] no es suficiente y dentro de sus propuestas de mejora plantean su ampliación, opinión que coincide con las consideraciones técnicas y pedagógicas que hacen los tutores al respecto;
- Se argumenta que, si bien es deseable la ampliación del tiempo de atención; no obstante, “está sujeto al presupuesto disponible [de modo que] las características y condiciones materiales de las instalaciones por el momento no lo permiten;
- Se afirma que a pesar de lo mencionado “el 25.3% de los Beneficiarios y 22.5% de sus padres coincidieron que las actividades extraescolares impartidas por el Programa deberían de ser más extensas y otorgarles una gama más amplia de actividades con más áreas de conocimiento; mientras que el 18.3% de los Beneficiarios y 12.8% de sus padres manifestaron que se requiere una mejor infraestructura en los lugares donde se toman las clases”.
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR LA QUE SE CREA LA LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO A TODOS LOS ALUMNOS CON ALTO DESEMPEÑO ACADÉMICO RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL, INSCRITOS EN ESCUELAS PÚBLICAS DE EDUCACIÓN BÁSICA, PRIMARIA Y SECUNDARIA DEL DISTRITO FEDERAL, A RECIBIR UNA BECA PARA EL DESARROLLO O FORTALECIMIENTO DE SUS HABILIDADES ARTÍSTICAS, CULTURALES, INTELECTUALES Y DEPORTIVAS
ARTÍCULO ÚNICO.- Se expide la LA LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO A TODOS LOS ALUMNOS CON ALTO DESEMPEÑO ACADÉMICO RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL, INSCRITOS EN ESCUELAS PÚBLICAS DE EDUCACIÓN BÁSICA, PRIMARIA Y SECUNDARIA DEL DISTRITO FEDERAL, A RECIBIR UNA BECA PARA EL DESARROLLO O FORTALECIMIENTO DE SUS HABILIDADES ARTÍSTICAS, CULTURALES, INTELECTUALES Y DEPORTIVA, para quedar como sigue:LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO A TODOS LOS ALUMNOS CON ALTO DESEMPEÑO ACADÉMICO RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL, INSCRITOS EN ESCUELAS PÚBLICAS DE EDUCACIÓN BÁSICA, PRIMARIA Y SECUNDARIA DEL DISTRITO FEDERAL, A RECIBIR UNA BECA PARA EL DESARROLLO O FORTALECIMIENTO DE SUS HABILIDADES ARTÍSTICAS, CULTURALES, INTELECTUALES Y DEPORTIVAS
Artículo 1.- La presente Ley es de orden público e interés social y de observancia general en el Distrito Federal y tiene por objeto:
- I. Reconocer el talento y dedicación de los alumnos con alto desempeño académico residentes en el Distrito Federal, inscritos en primarias y secundarias públicas de esta Entidad.
- II. Lograr que las niñas, los niños y los jóvenes sobresalientes tengan acceso a una formación integral, a través del desarrollo de sus habilidades culturales, científicas y deportivas, con la finalidad de generar procesos de participación infantil.
- III. Acompañar el desarrollo de las niñas, los niños y los jóvenes a lo largo de toda su formación.
- IV. Apoyar a las niñas, los niños y los jóvenes beneficiados en su formación y en el desarrollo de sus actividades diarias.
Artículo 11.- Tendrán derecho a recibir las clases extraescolares las niñas, niños y jóvenes que cumplan con los siguientes requisitos:
- I. Tengan 6 años cumplidos y hasta los 15 años de edad.
- II. Tengan un promedio mínimo de 9.0 de calificación.
- III. Estar inscrito en los planteles de educación básica primaria o secundaria en el Distrito Federal.
- IV. Ser alumno regular de acuerdo con los planes y programas de estudio.
- V. Acreditar la residencia en el Distrito Federal.
- VI. No cuenten con apoyo económico de la Administración Pública local, federal o de instituciones privadas.
Artículo 17.- Con la finalidad de propiciar el acceso de la ciudadanía al derecho que tienen las niñas, niños y jóvenes de acceder al apoyo señalado en el presente ordenamiento, se instrumentará la difusión del mismo a través de las diversas áreas de atención al público del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal, de tal forma que se den a conocer la existencia del Programa, los requisitos y procedimiento de acceso y beneficios del mismo. Artículo 18.- Con el fin de dar cumplimiento al Artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, toda la promoción y difusión del Programa, así como la papelería oficial que se entregue a los beneficiarios, deberán contener la leyenda: “Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”. Artículo 19.- Los servidores públicos responsables de la ejecución de esta Ley, que no cumplan con la obligación de actuar con apego a los principios de igualdad e imparcialidad, incurrirán en falta grave, serán sancionados conforme a los ordenamientos legales aplicables. Artículo 20.- Los servidores públicos no podrán en ningún caso condicionar o negar el otorgamiento del apoyo económico, ni podrán emplearlo para hacer proselitismo partidista, en caso contrario, serán sancionados de acuerdo a lo establecido en el párrafo anterior. Artículo 21.- La persona que proporcione información falsa o no cumpla con los requisitos para solicitar el apoyo económico, o para conservarlo pagará una multa equivalente a los 50 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal. Articulo 22.- En caso de que el interesado considere que la o el servidor público incurrió en actos u omisiones que impliquen incumplimiento de cualquier disposición jurídica podrá presentar su queja por escrito ante la Contraloría Interna del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal o ante la Contraloría Interna General del Distrito Federal. También, podrán presentar su queja o inconformidad ante la Procuraduría Social del Distrito Federal. Artículo 23.- Los requisitos mínimos que debe contener el escrito de queja, además de los señalados en el Reglamento de la presente ley, son: a) Nombre, domicilio y número telefónico de la persona que interpondrá la queja. b) Motivo de la queja. c) Nombre del servidor público o área administrativa que origina el motivo de la queja. d) Nombre de la beneficiaria o el beneficiario del Programa y la actividad extraescolar que cursa. e) Centro de Desarrollo Comunitario del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal, en el cual cursa la actividad extraescolar. Las y los interesados afectados por actos o resoluciones concernientes al Programa podrán presentar su inconformidad por escrito, impugnando el acto emitido por la autoridad administrativa conforme a lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, ante el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal.
TRANSITORIOS
PRIMERO.-La presente ley, entrara en vigor al siguiente día de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- El Jefe de Gobierno del Distrito Federal contará con 120 días naturales para la publicación del Reglamento de la Presente Ley y realizar las adecuaciones jurídico-administrativas necesarias para la implementación del programa que establece la presente norma. TERCERO.- En tanto no se expida el Reglamento de la presente Ley, se continuará aplicando el procedimiento establecido en el Programa de Niñas y Niños Talento vigente.
Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
DIP. JESÚS SESMA SUÁREZ DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ
COORDINADOR VICECOORDINADORPUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA A LA TITULAR DE LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL...
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 29 de octubre del 2013.
HONORABLE ASAMBLEA: Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA A LA TITULAR DE LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, REALICE POR LO MENOS UNA VEZ AL MES REUNIONES DE TRABAJO CON LA COMISIÓN DE PRESERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, PROTECCIÓN ECOLÓGICA Y CAMBIO CLIMÁTICO, bajo la siguienteEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Con motivo de la Glosa del Primer informe de Gobierno del Distrito Federal, el 21 de octubre del presente año se efectuó la comparecencia de la titular de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal, la maestra Tanya Müller García, quien fue recibida por 19 diputados, entre los que se encontraban 7 integrantes de la Comisión, 4 invitados de otros Grupos Parlamentarios (que no integran la Comisión) y 8 que querían escuchar y preguntar a la servidora pública sobre asuntos concernientes al despacho de sus funciones. Durante cuatro horas los legisladores hicieron preguntas sobre afectaciones al medio ambiente que se viven hoy en día en la Ciudad de México, tales como:
- El maltrato animal
- El estado actual en el que se encuentra los Zoológicos de la Ciudad de México
- La preservación del suelo de conservación, áreas naturales protegidas, áreas de valor ambiental y barrancas
- Áreas verdes invadidas y asentamientos humanos irregulares
- El deterioro del Cerro de la Estrella que está bajo la categoría de área natural protegida con la administración de la Delegación Iztapalapa
- Las acciones que se están llevando a cabo sobre el Programa de retribución por la conservación de los servicios ambientales en reservas ecológicas comunitarias, a través del Fondo Ambiental
- El Programa de Restauración de la Zona Lacustre Chinampera Xochimilco-Tláhuac
- La ampliación del programa Ecobici
- Movilidad en la Ciudad de México
- 14. Los resultados efectivos del programa Hoy no circula
- 15. La regulación del parque vehicular
- Azoteas verdes, manifestó que en la administración pasada se hicieron poco más de 12 mil metros cuadrados, mientras que en su primer año de gestión se realizaron poco mas de 6,300 metros cuadrados, es decir 50% de todo lo realizado hasta el momento, pero no indicó en donde se instalaron estos metros cuadrados y cuál fue su costo;
- Con respecto al tema de agua, se congratuló de que el Director General de Sistemas de Agua de la Ciudad de México compareciera ante esta Asamblea Legislativa, señalando que efectivamente se tendrían que analizar las tarifas que se tienen en la Ciudad de México, pero sin dar una visión general de la política en la materia;
- Sobre el tema de residuos sólidos, señaló que el Jefe de Gobierno presentó un programa no sólo de vanguardia sino muy integral en cuanto a lo que debe ser la Ciudad de México para el 2018, a fin lo lograr el objetivo de “cero residuos”, pero no proporcionó datos específicos de lo actuado ni explicó a detalle el programa;
- Sobre asentamientos humanos irregulares en el suelo de conservación, sólo mencionó que sin dudad se tienen que atacar e intervenir para evitar su proliferación de manera coordinada con otras dependencias, pero tampoco delineó una política integral en la materia;
- Con respecto al ruido, manifestó que se va instalar una red de monitoreo que iniciará su operación en el primer semestre del 2014, pero no se explicó de manera concreta qué se ha hecho hasta el momento para evitar este tipo de contaminación;
- Sobre el Cerro de la Estrella, nos informó que actualmente tienen 38 procedimientos administrativos en contra de los asentamientos humanos irregulares que en esa zona se encuentran, pero no explicó la coordinación que con la Delegación Iztapalapa se está llevando a cabo al respecto;
- Con relación al saneamiento del Rio Magdalena, existieron serios señalamientos relativos a que el agua aún se encuentra contaminada, a lo cual sólo respondió que el saneamiento ya se había llevado a cabo.
PUNTO DE ACUERDO
ÚNICO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita a la titular de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Distrito Federal, realice por lo menos una vez al mes reuniones de trabajo con la Comisión de Preservación del Medio Ambiente, Protección Ecológica y Cambio Climático, sobre los temas que quedaron pendientes de respuesta puntual durante su comparecencia efectuada el pasado 21 de octubre. Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México: DIP. JESÚS SESMA SUÁREZ DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ COORDINADOR VICECOORDINADORPUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LA REFORMA POLÍTICA DEL DISTRITO FEDERAL
Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 29 de octubre de 2013.
HONORABLE ASAMBLEA: Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LA REFORMA POLÍTICA DEL DISTRITO FEDERAL, bajo la siguienteEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Durante la discusión de la Reforma Política del Distrito Federal, mismo que forma parte del Pacto por México, la Comisión designada por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal y presidida por el Doctor Porfirio Muñoz Ledo, señaló que será hasta aproximadamente un año cuando se estará discutiendo el tema en el Congreso de la Unión y que incluso podría ir más allá de esta Legislatura. De acuerdo a lo señalado por el Doctor Muñoz Ledo, se está trabajando en el Senado de la República para que la Ciudad de México tenga derechos equivalentes a los demás Estados del País, por lo que un primer planteamiento es que deje de llamarse Distrito Federal. Por su parte, en el Senado de la República existen 5 propuestas para la Reforma Política del Distrito Federal, y se ha consensuado la presentación de un único proyecto con 5 temas fundamentales:
- Definición del nombre oficial de la Ciudad de México
- Dotarle de una Constitución propia
- Revisar las facultades del Jefe de Gobierno y de la Asamblea Legislativa.
- En el caso de las Delegaciones, impulsar la elección de Gobiernos Colegiados con representación plural semejante a los Ayuntamientos, acorde a la presencia de las fuerzas políticas de cada demarcación.
- Definir un esquema del Distrito Federal que considere su carácter de capital de la República.
PUNTO DE ACUERDO
ÚNICO.- LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, RESPETUOSAMENTE EXHORTA A LA MESA DIRECTIVA E INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE NORMATIVIDAD LEGISLATIVA, ESTUDIOS Y PRÁCTICAS PARLAMENTARIAS DE ESTE ÓRGANO LEGISLATIVO, PARA QUE EN TÉRMINOS DE LA NORMATIVIDAD QUE RIGE LA VIDA INTERNA DE ESTA SOBERANÍA, ACUERDE LO NECESARIO PARA RETOMAR LOS TRABAJOS DE DICTAMINACIÓN DE LAS INICIATIVAS QUE LE HAN SIDO TURNADAS SOBRE TEMAS RELACIONADOS CON LA REFORMA POLÍTICA DEL DISTRITO FEDERAL. Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México: DIP. JESÚS SESMA SUÁREZ DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ COORDINADOR VICECOORDINADOR