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Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 10 de Octubre de 2013.

    HONORABLE ASAMBLEA     Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LA FERIA INTERNACIONAL DEL LIBRO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, bajo la siguiente    

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

Desde hace 12 años la Ciudad de México se ha convertido en la Sede de la Feria Internacional del Libro, cuyo espacio de realización ha sido el Zócalo capitalino.   Este año, la misma se tenía programada realizar del 11 al 20 de octubre de este 2013, con la participación de más de 200 casas editoriales y 208 autores que esperan este espacio para la presentación de sus obras literarias.   Sin embargo, el día 7 de octubre de este año, de manera imprevista y a escasos 4 días del inicio de las actividades de la Feria, la Titular de la Secretaría de Cultura del Distrito Federal, en rueda de prensa señaló lo siguiente:   “ … que con motivo de la “emergencia nacional” que padecen algunos estados del sur del país, principalmente Guerrero, golpeados en días pasados por los fenómenos meteorológicos “Ingrid” y “Manuel” y con motivo del centro de acopio que se halla en el centro y que requiere una movilidad tremenda de grandes tráiler que entran y salen todos los días, y la ley dice que es en el Zócalo en donde se realice, por lo que propongo cambiar la fecha, propongo esperar alrededor del 21 de noviembre…”       Por su parte, la Directora de la Feria Internacional del Libro, Paloma Sáiz Tejero, lamentó la decisión de “suspender” o “posponer”, señalando que una Feria como la de la Ciudad de México, no se prepara de un día para otro, señalando los graves problemas de logística para su realización.   De manera adicional, no podemos perder de vista que las casas editoriales y escritores aprovechan estas Ferias para la presentación de sus libros con la cercanía de las fiestas de fin de ello, siendo estos espacios su oportunidad para la promoción de los mismos.   En este sentido, la Feria Internacional del Libro de la Ciudad de México de este año contaría con la presencia de 17 escritores extranjeros y 350 sellos literarios (entre nacionales e internacionales).   En la edición del año pasado, para la realización de la Feria se invirtieron 5 millones de pesos y se recibió a un millón doscientos mil visitantes a la misma.   Es importante destacar que cada país, estado y ciudad tiene previamente sus Ferias organizadas y calendarizadas su respectiva Ferias, lo cual permite a las casas editoriales y escritores estar presentes en la mayor cantidad de ellas.   En adición a lo anterior, es importante decir que la cancelación de la Feria también es un tema que necesariamente pasa por la falta de una cultura de la lectura en el país y en la Ciudad. De acuerdo a la Encuesta Nacional de Lectura 2012, elaborada por FunLectura, A.C Si en México, la población nacional apenas lee 2.9 libros al año y los maestros están peor ya que solamente leen 2.6 libros anualmente.   Por su parte, el Rector de nuestra Máxima Casa de Estudios durante la presentación de la Encuesta de referencia señaló: “es preocupante y demuestra que el país enfrenta una situación muy complicada, pues en esta materia hemos empeorado y si no se reconocen los problemas, no se pueden resolver… En México, comparado con 2006 la lectura sigue siendo un asunto estrictamente educativo y el acceso a la cultura escrita está seriamente restringido para la mayoría de la población, en el país se lee menos… Lamento que uno de cada tres jóvenes de 18 a 22 años no tengan gusto por la lectura, que casi la mitad de los mayores de 55 años tampoco la disfruten y que muchos no lo hagan porque los libros son caros… Es urgente promover la lectura no sólo entre los estudiantes, sino ofrecerlos a todos, porque de nada sirve crear y publicar libros si éstos no llegan a la población nacional y para disminuir esos resultados, propuso iniciar una gran cruzada de lectura en México en todos los sectores.”   Por ello resulta prácticamente trágico que se suspenda, cambie o incluso se llegue a cancelar la Feria Internacional del Libro de la Ciudad de México, pues no sólo las casas Editoriales y autores tendrán pérdidas económicas por esta decisión, también los lectores que viven en la Ciudad y que esperan todo el año se verán afectados, sin dejar de mencionar que la promoción y el fomento de la cultura también se verá golpeada.   Sabemos de la emergencia nacional por la que estamos atravesando y compartimos los motivos por los que el Zócalo se encuentra impedido para recibir la Feria, pero también estamos ciertos de que este evento merece un tratamiento prioritario y de que con su postergación todos perdemos.   Esta decisión de la Titular de la Secretaría de Cultura seguramente generará un mal antecedente para la Ciudad en materia de difusión de la cultura y pondrá en riesgo no solo esta edición sino las futuras.   Por ello, a través de este punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, y apelando a la sensibilidad y buena voluntad de las autoridades de la Ciudad, solicitamos a la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal que que la Feria se realice a la brevedad y por única ocasión en una sede alterna, así como también que gestione ante las autoridades competentes el otorgamiento de apoyos para las casas editoriales que se vieron afectadas con la decisión de no llevar a cabo la feria en la fechas inicialmente pactadas.   Lo anterior, es con el fin de reducir al mínimo el monto de las pérdidas económicas y de inversión que ya ha realizado la ciudad y las casas editoriales y escritores que participarían en la misma.     Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con              

PUNTO DE ACUERDO

 

  ÚNICO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal respetuosamente solicita a la Titular de la Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal, que realice las gestiones necesarias ante las instancias correspondientes del mismo Gobierno capitalino, para que la XIII Feria Internacional del Libro de la Ciudad de México se realice por única ocasión en una sede alterna y, en caso de que ésta no se lleve a cabo en la fecha inicialmente pactada, se otorguen apoyos económicos y/o fiscales para las casas editoriales que se vean afectadas por dicha determinación.       Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:   DIP. JESÚS SESMA  SUÁREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ COORDINADOR                                                    VICECOORDINADOR
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Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal 

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 8 de Octubre de 2013.

    Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO PARA INICIAR FORMALMENTE EL DEBATE SOBRE LA REGULACIÓN DE LAS MANIFESTACIONES EN LA VÍA PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, bajo la siguiente    

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

 

Es momento de hacer un alto en el camino. La realidad social ha sobrepasado a la ley.   Los disturbios en las calles y las acciones vandálicas realizadas por unos cuantos que nada tienen que ver las reivindicaciones o las protestas sociales, requieren de una acción contundente por parte de esta Honorable Asamblea.   De lo contrario estaremos contribuyendo a fortalecer el hartazgo que la ciudadanía  tiene por los bloqueos que desquician el tránsito de toda la ciudad.   Que quede claro. No queremos decir que no haya manifestaciones para conmemorar fechas históricas, o para realizar protestas, lo que deseamos es que éstas se realicen con orden y sin afectar los derechos de terceros.   Y para eso es sumamente importante que la mayoría en esta Soberanía deje de estar rehuyendo del debate sobre la regulación de las manifestaciones en la vía pública.   Pero no sólo eso, sino que también se comprometa para componer el camino que erróneamente nos llevó a modificar el Código Penal para dejar en libertad a todos esos vándalos que sólo utilizan como pretexto la libertad de expresión para afectar las actividades productivas y para atacar a los miembros de la policía.   No podemos seguir tapando el sol con un dedo y fingir que este tipo de manifestaciones en las calles de la ciudad no necesitan reglamentarse.   Reglamentar para ordenar no significa reprimir para abusar. La reglamentación da  paz y cohesión social.   Sin leyes claras que den orden, todos perdemos con las manifestaciones: las autoridades son ignoradas y los policías maltratados y lesionados; los comercios y las empresas pierden dinero y horas hombre; las instituciones democráticas de debilitan; y hasta los mismos manifestantes ven mermada su credibilidad ante toda la opinión pública.   Todos tenemos derechos y libertades protegidas por la Constitución como la asociación, la manifestación de ideas y el tránsito, pero es necesario que toda ellas se ejerzan con responsabilidad y sin afectar el orden público.   En ese sentido, es importante dejar establecido que la iniciativa que presentamos con el objeto de regular las manifestaciones en la vía pública de la ciudad, de ninguna manera pretende reglamentar garantías constitucionales, pues para ello no tenemos facultades.   Lo que se pretende es simple y llanamente ordenar el uso de la vía pública conforme las facultades que expresamente la confiere la Constitución a esta Soberanía. Por eso es el llamado que hoy hacemos a todos ustedes para comenzar de manera formal a analizar y debatir este importante tema.   El objetivo es construir una legislación con reglas claras y sencillas que permita que las calles se ocupen sin ejercer violencia y sin perjudicar a los que nada tiene que ver con las protestas, peticiones o conmemoraciones que se lleven a cabo en ellas. Pero sobre todo dar una respuesta oportuna a la sociedad que a gritos reclama que hagamos algo al respecto.   La regulación de las manifestaciones va más allá de la coyuntura y el relumbrón. Tiene que ver también con evitar que fuerzas desestabilizadoras cumplan su cometido de infiltrase en movimientos legítimos con el objetivo de crear caos en nuestra sociedad.   Negarlo es simplemente no querer ver la realidad y apostarle a que no suceda alguna tragedia de consecuencias irremediables. Los infiltrados en las marchas son un síntoma inequívoco más de que el mecanismo con el cual se desarrollan las manifestaciones está por dar una muestra lamentable de la necesidad de regularlas. No esperemos que haya cosas que lamentar para entonces también decir "hubiéramos hecho al respecto".   Es en los momentos más difíciles cuando debemos dar muestras a la sociedad de entendimiento, de diálogo y de capacidad transformadora.   Nuestro deber es inculcar la tolerancia, la pluralidad, el derecho a ser y a pensar diferente. Por eso, usemos la crítica y la autocrítica como recurso para fortalecer la convivencia social a través del mejoramiento de las leyes y tomando como premisa las palabras de Don Benito Juárez: “el respeto al derecho ajeno es la paz”.   Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en el artículo 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a consideración del pleno la siguiente Proposición con    

PUNTO DE ACUERDO

 

ÚNICO.- El Pleno de la Honorable Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente exhorta a la Comisión de Gobierno de esta VI legislatura, que acuerde lo necesario para que de inmediato se realicen mesas de trabajo, foros y consultas sobre la regulación de marchas y manifestaciones en vía pública de la Ciudad de México, cuyos resultados sirvan de base para analizar, debatir y dictaminar las distintas iniciativas que en la materia se han presentado.  

 

Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:

  DIP. JESÚS SESMA  SUÁREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ COORDINADOR                                                       VICECOORDINADOR
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Los que suscriben Diputados Jesús Sesma Suarez y Alberto E. Cinta Martínez del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a  8  de Octubre de 2013

    HONORABLE ASAMBLEA:   Los que suscriben  Diputados Jesús Sesma Suarez y Alberto E. Cinta Martínez del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122 Apartado C, Base Primera, Fracción V, inciso h) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 36, 42 fracción VIII y 46 fracción I del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 7, 10 fracción II y 17 fracción IV, 88 fracción I y 89 párrafos primero y segundo de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, 85 fracción I, 86 párrafo primero y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; someto a la consideración de la Comisión de Gobierno la siguiente:  INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN Y REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL, al tenor de la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

 

El problema de las adicciones es hoy un tema obligado en la agenda del Distrito Federal y representa uno de los mayores retos de salud pública que enfrenta la sociedad contemporánea.   Por su alcance global y sus efectos en el desarrollo social de los países, la complejidad de este fenómeno requiere que los gobiernos establezcan políticas públicas consistentes y de largo plazo, que involucren la participación activa de la sociedad civil organizada.   El aumento en el consumo de sustancias adictivas entre la población infantil y juvenil, ha obligado a hacer un llamado a la sociedad y gobiernos de todos lo niveles para llevar a cabo acciones que favorezcan la construcción de ambientes saldables y libres de adicciones.  Lo anterior, demanda un manejo integral donde todos nos convertimos en actores responsables de revertir el problema del uso y abuso de las drogas.   La adicción, como todos sabemos, es un problema de evolución crónica y con recaídas frecuentes, de ahí la importancia de considerar estrategias adecuadas que permitan la prevención de su uso desde edades tempranas.   El Partido Verde ha puesto especial atención a la lucha contra las drogas, partiendo de reconocer la gravedad del problema y comprometiéndose  a implementar acciones interinstitucionales para actuar oportunamente.   Conscientes de que la escuela constituye uno de los ámbitos prioritarios de  la prevención, es que mediante esta iniciativa pretendemos dirigir las acciones preventivas hacia los integrantes de la comunidad escolar para que incrementen sus estrategias en pro de una cultura libre de drogas y en favor del desarrollo integral de las niñas y los niños que asisten a escuelas de educación básica.   La educación básica está comprometida con la formación en valores como la libertad, la responsabilidad, el respeto, la justicia y la equidad, lo que implica propiciar en las y los alumnos, la reflexión ante situaciones que pongan en riesgo su integridad personal, para que aprendan a tomar decisiones en torno a su salud física, emocional y social.   Por ello, la presente reforma pretende que los niños y los jóvenes tengan una educación y fortaleza personal, que les permita enfrentar riesgos y no incurrir en conductas nocivas como el consumo de drogas y  las adicciones.   Se pretende que los directivos de las escuelas, como líderes de la gestión escolar, fortalezcan en conjunto con las actividades de los docentes en las aulas, y que la escuela establezca una dinámica permanente,-  no únicamente emergente o aislada, - de tareas a realizar para que el propio plantel sea considerado un espacio que genere ambientes protectores, hacia adentro y fuera de las escuelas y hogares, en el terreno del consumo de sustancias psicoactivas, el cual debe considerarse como un problema de salud pública que se ha incrementado de manera exponencial en los últimos años.   Por lo tanto, las escuelas deberán atender de forma adecuada la creciente necesidad de atención que genera el problema de adicciones en sus dos vertientes: el inicio a edades tempranas del consumo de sustancias adictivas y el aumento de la disponibilidad de drogas lícitas e ilícitas entre la población mas joven.           El tabaco y el alcohol, por ser sustancias legales, son las de mayor consumo y también las que originan la mayor cantidad de accidentes, si bien existen particularidades en cada caso, pueden dar pie al consumo de otras sustancias como la mariguana, la cocaína, los derivados del opio, las anfetaminas y metanfetaminas, los inhalables, alucinógenos y los medicamentos consumidos sin prescripción médica (especialmente ansiolíticos, tranquilizantes y estimulantes), drogas tan peligrosas como el alcohol y el tabaco, pero que exponen a los niños y adolescentes a más graves situaciones.   En nuestro país, el consumo de sustancias adictivas entre la población infantil y juvenil, por menor que sea, ha obligado a hacer un llamado a la sociedad y a los gobiernos de todos los niveles para llevar a cabo acciones que favorezcan la construcción de ambientes saludables y libres de adicciones. Ante esta situación, los resultados de las investigaciones demandan un manejo integral donde todos nos convertimos en actores responsables de revertir el problema del uso y abuso de las drogas.   Por ello es necesario que el gobierno de la Ciudad de México ponga especial atención a la lucha contra las drogas, partiendo de reconocer la gravedad del problema y comprometiéndose con la acción y coordinación interinstitucional para actuar oportunamente.   De esta manera, se tiene que dirigir todas las acciones preventivas hacia los integrantes de la comunidad escolar, para que incrementen sus estrategias en favor de una cultura libre de drogas y del desarrollo integral de las niñas y los niños que asisten a escuelas de educación básica, que son las más vulnerables de las diferentes tipos de adicciones.   La intención es fortalecer la prevención de adicciones desde la educación básica,  donde se deben de dar procesos de capacitación, implementación y seguimiento del desarrollo de la prevención de adicciones, previniendo el primer consumo, anticiparse a la primera oferta, lo que significa preparar a los alumnos para que sean capaces de rechazar las drogas y manejar la presión social que, en muchas ocasiones, es la real puerta de entrada del tabaco, el alcohol y de las demás drogas.   La escuela contribuye al desarrollo integral del individuo, porque además de propiciar el desarrollo cognitivo, también promueve el desarrollo social y físico; por ello es un espacio altamente favorable para el desarrollo de factores de protección contra las adicciones.       Los docentes y los demás actores de la comunidad educativa son agentes preventivos primordiales debido a su cercanía con los alumnos, su papel como modelos de comportamiento y su función educadora. A través de su labor profesional, generaciones de maestras y maestros han aportado directa e indirectamente, en las “labores de prevención”, porque desde lo académico, y desde la relación cotidiana, acompañan, asesoran y orientan a las niñas, niños y adolescentes.   Con ello se logra un impacto directo en la construcción de la identidad personal, en el acervo cultural y en la manera en que se enfrentan las situaciones de riesgo que puedan vulnerar su salud e integridad.   Los valores, actitudes y principios que se promueven desde la escuela, favorecen una postura de rechazo ante las adicciones.   En el Distrito Federal, debemos de apostarle a un sistema donde los cimientos de la prevención sean el sistema educativo. Es por ello que las comunidades escolares no pueden permanecer al margen de la atención a problemáticas que, por su gravedad, representan un riesgo de nivel considerable para las niñas, niños y adolescentes que cursan educación básica.   En este sentido, merece especial atención el riesgo de consumo de sustancias adictivas, considerando que es uno de los problemas de salud pública que más estragos causa en términos de salud, de desarrollo individual y social.   Por ello, el gobierno debe trabajar y poner mayor atención y refrendar su compromiso de garantizar que las y los alumnos aprendan en un ambiente sano, seguro, confiable y libre de violencia, en donde el respeto a la dignidad y los derechos de las personas sea el principio rector de la convivencia y organización escolar.   Debemos recordar que la escuela tiene un papel fundamental en el desarrollo social del individuo debido a que favorece la formación académica y brinda la oportunidad de establecer relaciones, no sólo con sus iguales, sino con sus maestras y maestros, que fungen también como modelos de comportamiento. Por eso, la escuela contribuye al aprendizaje de nuevas normas, valores, creencias y actitudes que pueden reforzar una postura de rechazo ante las adicciones.   La Organización Mundial de la Salud (OMS) plantea que la educación, junto con las normas legales y sociales, es la base de la prevención del consumo de drogas, por lo que el contexto escolar cobra gran relevancia y se convierte en uno de los escenarios idóneos para implementar proyectos preventivos dirigidos a un mayor número de niños y jóvenes. El sector educativo reúne la mayor cantidad de la población que, por su edad, se considera en situación de vulnerabilidad ante el riesgo de consumo de drogas, por ello, muchas instituciones y organismos públicos y privados, relacionados con la salud, concentran sus esfuerzos en este contexto.   Las acciones preventivas operadas desde la escuela permiten detectar y ofrecer asistencia a los alumnos en forma oportuna. Su propósito es evitar el incremento en el número de adolescentes que adoptan prácticas de riesgo para la salud, tales como probar cigarrillos, consumir bebidas alcohólicas, tener relaciones sexuales sin protección que les pueden provocar enfermedades de transmisión sexual o embarazo precoz, probar alguna droga, entre otras.   Por lo anterior, es necesario que los niños y jóvenes desarrollen habilidades que les permitan rechazar la oferta de drogas y optar por estilos de vida saludable, labor que no sólo corresponde a las instituciones dedicadas a la prevención, sino también, a los educadores y actores sociales pertenecientes a la comunidad educativa, ya que son ellos quienes mantienen contacto permanente con esta población.   Para reforzar su impacto, la prevención desde la escuela debe involucrar a la comunidad escolar en su conjunto, es decir, a los alumnos, profesores y a las madres y padres de familia, ya que se requiere la participación coordinada y permanente, a fin de lograr que los mensajes y alternativas preventivas sean congruentes.   Para comprender, desde una perspectiva amplia, qué son las adicciones y cómo desde la escuela se puede contribuir a evitar que cada día más niños y jóvenes se inicien en el consumo de tabaco, alcohol y otras drogas, es importante describir los conceptos generales del fenómeno, a partir de los cuales —como docentes de educación básica— se podrán tomar mejores decisiones en favor de la salud de los alumnos y del mantenimiento de la escuela como un ambiente seguro, protector y, ante todo, favorecedor del desarrollo integral.   La Organización Mundial de la Salud (OMS, 1999), establece que una droga es toda sustancia que, al ser introducida en un organismo vivo y actuar sobre su sistema nervioso central, puede modificar una o varias de sus funciones físicas o psíquicas; por ejemplo: su percepción, estado de ánimo, cognición, conducta y/o sus funciones motoras. El nivel de modificación o alteración de las funciones orgánicas por el influjo de una droga, depende en gran medida de la frecuencia e intensidad (cantidad) de su consumo:    
  • Experimental; Se hace por “probar”
  • Ocasional; Se conoce el efecto y se consume de vez en cuando.
  • Habitual; El consumo es frecuente, se tiene la idea de poder controlar la cantidad y las veces que se usa la sustancia.
  • Compulsivo; No se puede controlar el consumo, existe dependencia física y/o psicológica
    ESTADÍSTICAS DE USO DE DROGAS ENTRE LOS JÓVENES   El Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones elaboró una encuesta para conocer el consumo de drogas en estudiantes en la Ciudad de México en el 2012, obteniendo los siguientes resultados.   Resultados Globales
  • Al 29.0% de los estudiantes le han ofrecido alguna droga regalada y al 11.0% le han intentado vender alguna droga.
  • Incremento importante en la prevalencia del consumo de drogas alguna vez, a lo largo de los últimos 3 años, que pasó de 21.5% a 24.4%.
  Se observa un incremento en el consumo alguna vez de mariguana y cocaína, mientras que el consumo de inhalables y drogas médicas se mantiene estable con respecto al 2009.  
  • El consumo es más alto en los hombres (25.7% en hombres y 23.1% en las mujeres); sin embargo, el incremento entre cada encuesta es similar en los hombres y en las mujeres. Se observan incrementos en el consumo de mariguana, cocaína, crack y alucinógenos, tanto en hombres como en mujeres, mientras que las drogas médicas (tranquilizantes y anfetaminas), se mantienen estables en ambos sexos.
  • La preferencia por tipo de droga ha cambiado ligeramente en los últimos tres años, de manera que en los hombres, el primer lugar lo ocupa la mariguana (18.8%), le siguen los inhalables (9.7%) y en tercer lugar está la cocaína (6.0%). Las mujeres, también prefieren la mariguana (12.9%), seguida de los inhalables (10.3%) y los tranquilizantes (5.6%).
 
  • Las delegaciones más afectadas por el consumo de drogas son:
Azcapotzalco, Cuauhtémoc y Álvaro Obregón en Secundarias  y Azcapotzalco, Benito Juárez, Magdalena Contreras y Cuajimalpa en Bachillerato.  
  • El consumo de drogas continúa en incremento en el país; particularmente en el caso de la mariguana; asimismo, se observa un repunte en el consumo de cocaína y crack. Dicho crecimiento ha afectado tanto a hombres como a mujeres.
  Los resultados anteriores motivan a la reflexión y a ampliar la cobertura e intensidad de las acciones preventivas, para así tener mejores resultados. Es importante incluir a poblaciones que han recibido menor atención preventiva, como son los niños de preescolar y primaria.   Los retos son grandes e implican acciones importantes para tener una política de prevención establecida y claramente definida, que se traduzca en generaciones más saludables y en una sociedad con mejores expectativas y posibilidades de desarrollo.[1]   De acuerdo a la Encuesta Nacional contra las adicciones (ENA) 2008, los resultados en el Distrito Federal muestran que la exposición al consumo de drogas (que les hayan regalado o intentado vender drogas) está por arriba del promedio nacional. Al comparar la exposición del Distrito Federal con la nacional, al interior de cada sexo, la razón es de 1.2 hombres por cada 1 en el ámbito nacional y para las mujeres la razón es de 1.6 por cada 1.   Al igual que los resultados nacionales, más hombres (36.1%) que mujeres (12.9%) están expuestos.   Esto se refleja en las prevalencias del consumo global de drogas, en donde se observa que el consumo de drogas es también mayor al promedio nacional, tanto en hombres (12.6%) como en mujeres (4.9%).   Una situación similar ocurre para las drogas ilegales, en donde el consumo en el Distrito Federal es mayor al promedio nacional, en un 3.4% en el caso de los hombres y un 2.0% en las mujeres.   Lo mismo es para las drogas médicas, donde se observa mayor consumo, en especial en el caso de los hombres. Para algunas drogas específicas ocurre igual. Así, el consumo de mariguana y cocaína es mayor en ambos sexos en comparación con el promedio nacional, especialmente la mariguana. En el caso de las metanfetaminas, en los hombres el consumo es mayor al promedio y en las mujeres el consumo es igual al porcentaje nacional.   Adicional a lo señalado anteriormente, en todos los casos, el consumo de estas drogas es mayor en los hombres en comparación con las mujeres.   Los datos de la encuesta permiten aproximarnos a la demanda de necesidades de atención de la población total, de manera que en lo alto de la pirámide de atención, se observa que el 0.5% de ella presenta dependencia, que corresponde a poco más de 33,500 personas en la capital del país.   Al analizar otros aspectos sobre el consumo de drogas, más de tres cuartas partes de los hombres y las mujeres, señalan que el número de usuarios se ha incrementado en los últimos cinco años, en el país.   De la misma forma, prevalece la creencia de que el adicto a las drogas es alguien que necesita ayuda (58.4%) y es una persona enferma (52.9%); en tanto, una muy baja proporción considera que es alguien egoísta (6.2%) o que es independiente (5.5%).   En cuanto a qué hacer para rehabilitar a las personas adictas a las drogas, casi la mitad de la gente señala que deben ser enviadas a granjas, especiales fuera de la ciudad (45.5%).   Con relación a la percepción de qué tan adictivas son las drogas, la mariguana (84.4%), la cocaína (83.8%) y el alcohol (75.9%), son las que señalan en el Distrito Federal como las de mayor potencial adictivo.   Al analizar algunas de las características de quienes usan drogas, especialmente en la población de 12 a 25 años, se observa que en su mayoría son personas que ya no están estudiando y que sólo viven con su papá, además de que en el entorno social en que se mueven hay personas que consumen drogas.   Los resultados muestran que en el Distrito Federal, el consumo de drogas médicas e ilegales en general es mayor que el promedio nacional, especialmente la mariguana. El porcentaje de personas dependientes al consumo de drogas es de 0.5%, que es similar al promedio nacional de 0.6%.   También se muestra que hay una mayor exposición a la oportunidad de consumo en el Distrito Federal, tanto en hombres como en mujeres. Sin embargo, la proporción con relación a los datos nacionales, es más elevada en mujeres que en hombres.   De la misma forma, la población más joven, quienes ya no estudian o que viven sólo con su papá, son quienes están más expuestos y consumen drogas en mayor proporción, lo cual refuerza el valor protector, no solo de la asistencia a la escuela, sino de la importancia de dotar de estrategias académicas que permitan experimentar el éxito escolar. En el ámbito familiar, es importante trabajar con los padres en estrategias efectivas.   Estos datos son concordantes con los señalados por las fuentes descritas en la introducción de este documento, que señala un incremento en el consumo de sustancias en el Distrito Federal, de manera especial la cocaína y la mariguana.   De acuerdo al Epidemiológico y Estadístico de las Defunciones, en el Distrito Federal, el número de defunciones debido al consumo de alcohol es de 942 habitantes, cifra que corresponde al 6.5% del total de muertes registradas en el país. Asimismo, las defunciones ocasionadas por la enfermedad alcohólica del hígado y por el uso de tabaco fueron 566 y 168, respectivamente, que equivalen al 7% y 6.6% del total de muertes.   De acuerdo a datos de la Subsecretaría de Prevención y Participación Ciudadana, de la Dirección General de Prevención del Delito y Participación Ciudadana, en el Distrito Federal (2008), se estimó que en la capital del país había 1 157 522 adolescentes entre 12 y 19 años de edad, de los cuales 904 070 se encontraban inscritos en secundaria o bachillerato.   Al final del curso 2007-2008, habían desertado de las aulas el 4.97%, cantidad que incluye 24 mil 570 desertores de secundaria (el 5.02%) y 20 366 del bachillerato (el 4.91% de los inscritos).   También en este caso, la deserción escolar se ha incrementado, como lo muestran los datos proporcionados por el INEGI correspondientes al ciclo escolar 2008-2009, cuando en secundaria, el fenómeno se calculó en un 8.8% y en bachillerato en 20.25%. Las principales delegaciones en las que se presenta un alto índice de deserción escolar a nivel secundaria son Iztapalapa, Cuauhtémoc y Miguel Hidalgo.       En agosto de 2010, durante el Foro “Recursos para combatir el ausentismo escolar en adolescentes”, Mónica Hernández Riquelme, Directora General de Innovación y Fortalecimiento Académico de la Administración Federal de Servicios Educativos, indicó que, a nivel nacional, el Distrito Federal ocupa el tercer lugar en deserción escolar en México.   En el mismo foro, se estableció que los principales factores que la detonan son la integración temprana al mercado laboral, situaciones familiares, rechazo de instituciones a nivel medio superior, falta de motivación, reprobación escolar y el nuevo fenómeno donde los adolescentes ni estudian ni trabajan.   Este análisis, evidencia que en el transcurso de dos ciclos escolares, la deserción escolar creció hasta alcanzar en 2009, (en promedio) un 7.33% para los estudiantes de secundaria y un 19.93% para los de bachillerato. En total, un 27.26% de la población entre 12 y 19 años de edad.     CONDUCTAS DE RIESGO EN ADOLESCENTES DESERTORES   Una conducta de riesgo es todo comportamiento contrario a mantener la integridad física, emocional o espiritual de la personas y que puede incluso atentar contra su vida.     En el caso de los adolescentes, estas conductas comprometen aspectos de su desarrollo psicosocial o su supervivencia, por lo que incrementan la posibilidad de sufrir algún daño o de cometer conductas infractoras: consumir tóxicos, exponerse a sufrir accidentes, deprimirse, asociarse con pares que presentan conductas disruptivas, parasociales o violentas, usar inadecuadamente las redes sociales de la internet, llevar a cabo prácticas sexuales sin protección, etcétera, son algunos ejemplos.     CONSUMO DE TÓXICOS Y DESERCIÓN ESCOLAR   El consumo de drogas, legales e ilegales, se relaciona, como causa y como efecto, con la deserción escolar. Diversos estudios muestran la relación que las dificultades y bajas aspiraciones académicas de los adolescentes, así como la deserción escolar, tienen con la realización de conductas de riesgo como el consumo de tabaco, alcohol y de drogas ilegales.   Los adolescentes que consumen alcohol y tabaco tienen un menor desempeño académico; pero también, los que han abandonado procesos escolares presentan mayor proclividad a presentar estas pautas de consumo.   Un estudio realizado en los Centros de Integración Juvenil en 1999, demostró que los estudiantes de educación básica (secundaria) que habían abandonado la escuela, tenían un riego 1.2 veces mayor de usar drogas ilegales que los que se encontraban incorporados a la escuela.   Con resultados más recientes, en la Encuesta Nacional de Adicciones 2008 (ENA 2008), se reportó que si bien el número de personas que han consumido alguna vez una droga varía entre hombres y mujeres (9.1% y 2.46%, respectivamente), la diferencia se debe a que los varones se encuentran más expuestos (el 91%); sin embargo, cuando el entorno favorece por igual el contacto de las y los adolescentes con las drogas, lo que podría equipararse a abandonar la escuela, las posibilidades de consumir son prácticamente iguales para ambos sexos.   La encuesta también permitió definir que, frente a los adultos, los adolescentes entre 12 y 17 años tienen mayor probabilidad de usar drogas si están expuestos a la oferta de hacerlo, así como que el 10.6% de ellos tuvieron a esa edad la primera oportunidad de consumir drogas.     El 21.6% de los adolescentes que aceptaron haber consumido drogas al menos una vez en su vida, reportaron no estudiar. La deserción escolar, como condición que expone a los adolescentes a este tipo de consumo, incrementa en ellos la probabilidad de usar mariguana cuando se las ofrecen, hasta 69 veces más que sus compañeros que sí se encuentran incorporados a la escuela. La probabilidad aumenta sólo 21 veces para quienes tienen entre 18 y 34 años de edad.  Según la ENA 2008, a por lo menos el 19.1% de los jóvenes entre 12 y 25 años, que no estudiaban, ofrecieron regalarles al menos un tipo de droga, al 7.7% les ofrecieron vendérsela.     EL ALCOHOL   El consumo de alcohol, por parte de los adolescentes, amerita atención especial. Entre ellos, el 3.6% de los hombres y el 2.1% de las mujeres, (el 2.9% de la población), cumplen con el criterio de abuso/dependencia del alcohol y el 48.4% toman de 1 a 3 copas en un solo día.   Ambos patrones de consumo permiten definir que, al menos el 51% de la población adolescente del país tiene problemas con el consumo de alcohol. Considerando que al menos el 20% de los adolescentes del país reportaron no acudir a la escuela, resulta que de los jóvenes desertores con problemas de adicción al alcohol, son cuando menos el 10% de la población adolescente a nivel nacional.   Las razones para estas pautas de consumo se encuentran en la amplia oferta de bebidas alcohólicas –en tiendas, en reuniones sociales, en centros con barra libre, sus propias casas, etc. – en la existencia de leyes sensiblemente quebrantables que permiten la libre venta de alcohol a menores de edad, en la existencia de costumbres donde se brinda o festeja casi por cualquier cosa y en la presencia de patrones culturales que identifican la valía y el valor con el consumo desmesurado de alcohol.   Un 71% de los adolescentes expresan que consumen alcohol por convivir, lo que otorga al contacto con pares, una vez que se desertó de la escuela, el carácter de factor de riesgo.   El consumo de alcohol trastoca diferentes esferas de la vida adolescente. Bajo su influencia, el 3.3% de los jóvenes ha tenido problemas con la policía; el 6.4% se ha visto involucrado en una pelea, el 9.5% ha tenido problemas con su familia y seis de cada diez jóvenes comprometidos en accidentes automovilísticos en los que se encuentra involucrado el alcohol, han fallecido.   De acuerdo a la Primera Encuesta de Usuarios de Drogas ilegales de la Ciudad de México (EUDI), las sustancias ilegales más utilizadas como drogas de inicio son: mariguana, inhalables[2] y cocaína. La EUDI registró que 3 de cada 4 usuarios se iniciaron con mariguana (75.8%), 1 de cada 10 con inhalables (9.3%) y 1 de cada 15 con cocaína (6.5%).   Respecto a la edad promedio de inicio, destaca que quienes se inician con inhalables (14.7 años) o mariguana (16.1 años) suelen hacerlo a una edad menor que quienes se inician con cocaína (17.3 años) o crack (20.2 años).   Los datos EUDI muestran que la mitad de quienes usan mariguana se iniciaron antes de los 18 (52.7%), al igual que un tercio de quienes usan cocaína (34%) o crack (36.4%); datos que coinciden con la tendencia reportada por la ENA 2008 respecto al inicio del consumo a edades tempranas.   Esta tendencia no sólo es preocupante, sino que convoca a actuar de manera tal que se contenga la disminución de la edad de inicio; especialmente si consideramos que “el retardo de la edad de inicio del consumo de tabaco y alcohol hacia los 17 o 18, años reduce la probabilidad de desarrollar dependencia a estas sustancias” (Villatoro et al, 2011) y que el inicio precoz en el uso de sustancias se asocia con la mayor probabilidad de incursionar en situaciones de riesgo bajo los efectos (Hernández et al., 2009).   Es importante señalar que 1 de cada 5 usuarios inició consumiendo en casa (19.4%) y 1 de cada 6 en la escuela (16.2%). 39.6% de los usuarios no tenía información sobre drogas cuando se inició en el consumo; 43.7% de los usuarios habituales de drogas mezcló la droga de inicio con alcohol. 87.7% de los usuarios se inició con drogas regaladas, principalmente por amigos. 75.8% de los usuarios recurrió a la mariguana como droga de inicio. 70.9% de los usuarios usa más de una droga (no necesariamente de manera simultánea). 26.8% de los usuarios mezcla drogas. La mezcla predilecta es marihuana y cocaína.   Lo anterior permite presumir que la escuela es un factor de protección del cual debe valerse la comunidad escolar en su conjunto y buscar el apoyo y la guía de instituciones especializadas en la atención de las adicciones, para frenar y evitar que se inicien en el consumo de drogas los niños, las niñas y los adolescentes.   La escuela, por sus características, es el ámbito propicio para  el desarrollo físico, emocional y social de las y los niños, no hay mejor manera de prevenir que formando desde temprana edad individuos capaces de cuidar de sÍ mismos, de responsabilizarse de sus actos y de tomar decisiones libre y conscientemente.   La prevención de las adicciones debe de entenderse en un sentido amplio que permita comprender que existen situaciones personales, familiares y sociales asociadas y que en ocasiones concentrar el esfuerzo en únicamente promover el no-consumo es insuficiente. Es necesario:   • Actuar sobre el consumo durante la primera infancia. • Ejercer control sobre los factores de riesgo personal y social incidiendo en las consecuencias del consumo de drogas. • Retrasar lo más posible la edad de inicio en el consumo de drogas, particularmente las socialmente permitidas como el tabaco y el alcohol.     El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), define al ambiente protector como “un espacio seguro de participación, expresión y desarrollo para los niños, niñas y adolescentes donde se brinda educación de calidad, formación especial y servicios amigables a partir de un desarrollo inclusivo”.   Bajo esta perspectiva, los ambientes protectores se constituyen como lugares o contextos donde se atiende de manera integral las necesidades de niños y adolescentes, a través de estrategias planificadas que contribuyen a la reducción de riesgos sociales y que refuerzan las conductas protectoras, brindando así mayor nivel de seguridad a la comunidad joven e infantil.   De esta manera se puede lograr una asociación con el sector educativo, sumándonos al esfuerzo por construir una Ciudad en el que se pueda vivir mejor y libre de drogas.     Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración de esta Soberanía, la siguiente      

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA

 LA LEY DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL

    ARTÍCULO ÚNICO.- Se adiciona al Título décimo un Capítulo II denominado Del Consejo Escolar para la prevención, detección y atención oportuna de las adicciones, con los artículos 176 a 180, recorriéndose en su numeración los subsecuentes capítulos y artículos; se adiciona una fracción XX al artículo 178 (ahora 183); y se adiciona una fracción V al artículo 179 (ahora 184); todos ello de la Ley de Educación del Distrito Federal, para quedar como sigue      

LEY DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL

 

TÍTULO DÉCIMO

DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL

                                                CAPÍTULO II DEL CONSEJO ESCOLAR PARA LA PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y ATENCIÓN OPORTUNA DE LAS ADICCIONES     Artículo 176.  Las escuelas públicas y privadas de educación básica,  excepto la educación preescolar, deberán contar con un Consejo escolar para la prevención, detección y atención oportuna de las adicciones, la cual deberá registrarse durante los primeros quince días del inicio de cada ciclo escolar ante el Instituto para la Atención y Prevención de las Adicciones en la Ciudad de México.   Dicho Consejo contará con los servicios y apoyo del Instituto, para la realización de sus objetivos.     ArtÍculo. 177.  El Consejo escolar  para la prevención, detección  y atención oportuna de las adicciones, tiene como objetivos:   
  1. I.     Llevar a cabo acciones que favorezcan la construcción de ambientes saludables y libres de adicciones, en favor del desarrollo integral de las niñas, niños  y jóvenes que asisten a escuelas de educación básica.
 
  1. II.    Implementar estrategias concretas que permita que los alumnos tengan una educación y fortaleza personal que les permita enfrentar riesgos y no incurrir en conductas nocivas como el consumo de drogas y  las adicciones.
 
  1. III.   Impulsar acciones que coadyuven en la prevención del  consumo de sustancias psicoactivas desde edades tempranas.
 
  1. IV.  Impulsar acciones concretas dirigidas a  las y los alumnos que propicien la reflexión ante situaciones que pongan en riesgo su integridad personal, y que les permita aprender a tomar decisiones libre y conscientemente en torno a su salud física, emocional y social, así como ser capaces de cuidar de sí mismos y de responsabilizarse de sus actos.
     
  1. V.   Establecer una dinámica de tareas permanentes y  en conjunto con las actividades de los docentes en las aulas, para propiciar que el propio plantel sea considerado un espacio que genere ambientes protectores, hacia adentro y fuera de las escuelas y hogares, en el terreno del consumo de sustancias psicoactivas.
    Artículo 178. El Instituto para la Atención y prevención de las Adicciones en la Ciudad de México, vigilará el cumplimiento de las disposiciones señaladas en el artículo anterior y, en su caso, notificará a la Secretaria de Educación, la falta de cumplimiento de las mismas, a efecto de que se apliquen las sanciones  correspondientes contenidas en la presente Ley.     Artículo 179.  El Consejo escolar para la prevención, detección  y atención oportuna de las adicciones, recibirá del Instituto para la Atención y prevención de las Adicciones en la Ciudad de México,  el apoyo, atención, orientación, capacitación, material, información y demás instrumentos que le permitan dar cumplimiento a sus objetivos.      Artículo 180. El Consejo estará integrado por el Director General  y cuando menos  seis docentes del platel educativo.     Artículo 183. Para efectos de esta ley, se consideran como infracciones de quienes prestan  servicios educativos, las siguientes:   I. a XIX.   …   XX.  Abstenerse de cumplir con lo señalado en lo dispuesto en el Título décimo capítulo II de la presente Ley.     Artículo 184. Las infracciones enumeradas en el artículo anterior, según la gravedad de las  mismas, se sancionarán con:   I. a IV.   …     V. Para el supuesto previsto en la fracción XX del artículo 178, con multa hasta por el equivalente a siete mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito  Federal y en la fecha en que se cometa la infracción. Las multas impuestas podrán duplicarse en  caso de reincidencia.      

TRANSITORIOS

  PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.   SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal para su conocimiento y en el Diario Oficial de la Federación para su mayor difusión.   TERCERO.- El Instituto para la Atención y prevención de las Adicciones en la Ciudad de México, capacitará a los integrantes del Consejo a más tardar dentro de los 60 días naturales posteriores a su registro.        

Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

                 

DIP. JESÚS SESMA  SUÁREZ                         DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ

                      COORDINADOR                                                             VICECOORDINADOR      

[1] UNODC, Informe Mundial Sobre las Drogas 2012. Consultado: 22 de Abril de 2013, http://www.unodc.org/documents/southerncone//Topics_drugs/WDR/2012/WDR_2012_Spanish_web.pdf    
[2] Sustancias industriales, como solventes y pegamentos, utilizadas como drogas por los efectos que producen. La más consumida en la Ciudad de México es el solvente llamado “PVC”.  
Published in gaceta

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 8 de Octubre de 2013.

HONORABLE ASAMBLEA:   Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto en los artículos 122 apartado C, Base Primera, inciso V, letra h) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 fracción XII, y 46 fracción I del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y; 85 fracción I, 86 y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES A LA LEY PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA TRATA DE PERSONAS, EL ABUSO SEXUAL Y LA EXPLOTACIÓN SEXUAL COMERCIAL INFANTIL PARA EL DISTRITO FEDERAL, bajo la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

“Esta historia no trata tanto de lo que no se ve

 como de lo que, viéndose, no se mira.”

Belén Gopegui

-

 

  El sociólogo Zygmunt Bauman, señaló “en un planeta negativamente globalizado, los problemas más fundamentales son globales y, como tales, no admiten soluciones locales. De ser posible, el único modo de conseguir la reunión del poder y la política será a escala planetaria. Ya no es posible garantizar la democracia y la libertad en un sólo país, ni siquiera en un grupo de ellos; la defensa de tales valores en un mundo saturado de injusticias y poblado por miles de millones de seres humanos a los que se les niega la dignidad corromperá sin remedio los principios que se pretende proteger. El futuro de la democracia y la libertad sólo puede asegurarse a escala planetaria."

-

En distintas ocasiones el Partido Verde ha señalado datos de la expansión de las redes de tratantes de personas en todo el mundo y de las millonarias ganancias que esta genera en sus diversas modalidades, y que se debe en buena parte a la practicidad y eficiencia de las nuevas tecnologías como el Internet o la transferencia de archivos vía electrónica.   Ejemplo de ello es la producción y distribución de las imágenes pornográficas por internet que representan un negocio de entre 2,000 y 3,000 millones de dólares, según datos de UNICEF- México.   De acuerdo al Informe Mundial sobre la Trata de Personas realizado por la Oficinas de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito[1] del año 2009, se estableció que la explotación sexual es, con gran diferencia, la forma de trata de personas detectada con más frecuencia 79%, seguida del trabajo forzado 18%, lo que podría obedecer a un sesgo estadístico.   En ese sentido, este Informe establece que la explotación de la mujer suele ser visible y ocurre en los centros urbanos o al lado de las carreteras, por lo que es objeto de denuncias más frecuentes. La explotación sexual ha pasado a ser el tipo de trata más documentado en las estadísticas globales.   En cambio, otras formas de explotación no son notificadas suficientemente como el trabajo forzado o en condiciones de servidumbre, -entre la que se encuentra la servidumbre doméstica y el matrimonio forzado-; la extracción de órganos; y la explotación de los niños en la mendicidad, la industria del sexo y la guerra.   Adicionalmente, el Informe de referencia establece que la mayoría de los delitos de trata de personas, revisten un carácter nacional o regional y los cometen personas cuya nacionalidad es la misma que sus víctimas; estableciendo que se dan algunos casos notables de trata de personas sobre largas distancias.   Así, Europa es el destino de víctimas de los más variados puntos de origen; las víctimas procedentes de Asia son objeto de trata a la más amplia variedad de destinos; mientras que el continente americano destaca como origen y destino de las víctimas de trata de seres humanos.   En el marco del Día Internacional de la Prevención del Abuso Infantil en el pasado mes de noviembre, UNICEF advirtió que 150 millones de niñas y 73 millones de niños en el mundo han sido víctimas de alguna forma de abuso sexual antes de cumplir los 18 años de edad.   Por ello, no podemos perder de vista que además del aumento en el número de víctimas, el nivel de organización y estructura que han alcanzado las redes de delincuencia organizada dedicadas a la trata y explotación de personas en nuestro país se ha incrementado, así como las gigantescas ganancias que este mercado ilícito genera.   Por su parte, nuestro país no sólo se ha convertido en un destacado destino para el turismo sexual, sino que además ocupa el segundo lugar a nivel mundial de producción de pornografía infantil, adolescente y tráfico de mujeres con fines de explotación sexual, sólo atrás de Tailandia; y el quinto en trata de personas en sus diversas modalidades.   Datos del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, arrojaron en promedio que a diario se denuncian dos casos de abuso sexual contra infantes -muchos de ellos cometidos por familiares o amigos-, siendo tan solo en el año 2010 recibidas por esa Institución 18 mil 12 denuncias de maltrato infantil, de las cuales: alrededor del 5% correspondieron a denuncias referentes al abuso sexual infantil - equivalente a 900 denuncias en ese año-.   De igual forma, el Diagnóstico de Human Trafficking Assesment Tool, realizado por la American Bar Association (ABA), señala que en México se han detectado 47 bandas dedicadas a la trata de personas con fines sexuales y laboral y se ha documentado que las Entidades con mayor riesgo de que se cometa este ilícito son Baja California, Chiapas, Chihuahua, Guerrero, Oaxaca, Tlaxcala, Quintana Roo, entre otras.   En cuanto al Diagnóstico de las condiciones de vulnerabilidad que propician la Trata de Personas en México, elaborado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Centro de Estudios e Investigación en Desarrollo y Asistencia Social, dado a conocer el año 2011, se estableció que en nuestro país cerca de 12 millones de personas son víctimas de trata, de las cuales:     a)           79% son para explotación sexual, b)           3% son para extracción de órganos y, c)            18% son para explotación laboral.     En lo que tiene que ver con la Trata de personas con fines de explotación sexual, datos de la Comisión Especial de Lucha contra la Trata de Personas, señalan que de 2005 a 2008 se detectaron más de 300 casos de trata[2].   Sobre el particular, la Procuraduría General de la República informó a la Cámara de Diputados que del 2008 al 2010, diversas Entidades le han reportado averiguaciones previas por trata de personas en agravio de 271 víctimas, 167 mujeres, 30 hombres y 74 cuyo sexo no se especificó.   El INEGI por su parte, señala que de 3.6 millones de personas que sufren trata: 31% son menores de edad, -entre 5 y 17 años-, y 70% son personas migrantes e indígenas que se explotan para realizar trabajos peligrosos para su seguridad, salud y moral.   Por otro lado, el Protocolo de Palermo declara que para prevenir y combatir eficazmente la trata de personas, especialmente de mujeres y niños, se requiere un enfoque amplio e internacional en los países de origen, tránsito y destino para que se incluyan:   a)           Medidas de prevención de la trata; b)           Sanciones a los traficantes; y, c)            Protección a las víctimas.   Sobre este último punto, incluso nuestro más Alto Tribunal ya ha establecido criterios de seguimiento y cumplimiento al Protocolo de Palermo, mismo que a continuación se transcribe:   TRATA DE PERSONAS. CONFORME AL ARTÍCULO 3, INCISO B), DEL PROTOCOLO PARA PREVENIR, REPRIMIR Y SANCIONAR ESE DELITO, ESPECIALMENTE MUJERES Y NIÑOS, QUE COMPLEMENTA LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL (PROTOCOLO DE PALERMO), LA DEFENSA DEL ACTIVO BASADA EN QUE LA VÍCTIMA MAYOR DE EDAD CONSINTIÓ INICIALMENTE LA EXPLOTACIÓN SEXUAL A QUE FUE SOMETIDA, SE EXCLUYE CUANDO SE DEMUESTRA QUE PARA OBTENER EL CONSENTIMIENTO EL TRATANTE RECURRIÓ A CUALQUIERA DE LOS MEDIOS PROHIBIDOS (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).[3] El delito de trata de personas previsto en el artículo 188 Bis del Código Penal para el Distrito Federal debe entenderse como un proceso que empieza con la captación de una persona, continúa con el traslado de ésta al lugar designado y sigue la fase de explotación, durante la cual la víctima se ve sometida a una servidumbre sexual, laboral o a otras formas de explotación. En este sentido, conforme al artículo 3, inciso b), del Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que Complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Protocolo de Palermo), la defensa del activo basada en que la víctima mayor de edad consintió inicialmente la explotación pretendida, se excluye cuando se demuestra que para obtener el consentimiento el tratante recurrió a cualquiera de los medios prohibidos, como amenazas, fuerza, engaño, coacción o abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad. De ahí que, si en el caso, la ofendida en un principio consintió trasladarse al Distrito Federal e incluso vivir en la casa de los activos del delito, en razón de la propuesta de trabajo como modelo que le hicieron vía internet; lo que, si bien pudiera ser un consentimiento o cooperación inicial entre la ofendida y los sujetos activos, lo cierto es que éste queda efectivamente anulado al encontrarse viciado, primero por el engaño y, posteriormente, por la coacción a través de la fuerza física y amenazas, para lograr la explotación sexual a que fue sometida. Por tanto, no puede tenerse como defensa situaciones de las que se advierta un aparente consentimiento de la víctima, puesto que éste debe considerarse viciado y, por ende, anulado, al probarse que los activos del delito utilizaron cualquiera de los medios prohibidos mencionados para obligar a la víctima a permanecer con ellos y explotarla sexualmente.  

NOVENO TRIBUNAL COLEGIADO

EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.”

  Nuestro país ha generado en el último lustro una serie de modificaciones al marco legal creando leyes como la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos y reformando el Código Penal Federal para tipificar y sancionar a los vendedores, compradores, promotores, divulgadores y traficantes de trata de personas con fines de explotación sexual y comercial sexual infantil, en la vertiente de explotación sexual y comercio infantil con fines sexuales.   Sin embargo, México, muy tristemente, es el segundo lugar en tráfico de personas con fines de comercio sexual infantil únicamente por debajo de Tailandia, y que representó a nivel mundial en el 2012, una ganancia de 32 mil millones de dólares.   En lo que tiene que ver con la Ciudad de México, de acuerdo a los datos del Procurador General de Justicia del Distrito Federal dados a conocer a este Pleno en el mes de abril pasado, informó que:   “… han sido consignadas 172 personas, de las cuales 78 han sido acreedoras a sentencia condenatoria. … fueron incorporados al patrimonio de Gobierno del Distrito Federal 3 inmuebles, con un monto de afectación de más de 9 millones de pesos. …Han sido atendidas 42 víctimas directas y 22 víctimas indirectas. En el Centro de Terapia de Apoyo a Víctimas de delitos sexuales, CTA por sus siglas, donde se les ha brindado psicológica, médica, jurídica y social, que han sido atendidas por este delito, se les da todo ese apoyo a las víctimas. … han sido emitidas 306 medidas de protección de emergencia que han sido complementadas a través de una cédula multidisciplinaria que fue creada para este efecto… .”[4]   De manera adicional es importante no perder de vista que el artículo décimo transitorio de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, establece:   “Décimo.- Los Congresos de los Estados y la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, procederán a hacer las reformas pertinentes en la materia y las leyes específicas, con el fin de armonizar en lo conducente a la presente Ley.”     Es decir, la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, publicada el 14 de junio 2012 en el Diario Oficial de la Federación; establece la competencia concurrente entre la Federación, Entidades Federativas y los Municipios en materia de trata de personas.   Como botón de muestra, el Título Tercero de la Ley General relativo a las facultades y competencias de las autoridades de los tres Órdenes de Gobierno, en su Capítulo II que se refiere a las autoridades, Estatales, Municipales y del Distrito Federal, de manera expresa mandata entre otros temas en su artículo 114:   Artículo 114. Corresponden de manera exclusiva a las autoridades de los estados y el Distrito Federal, en sus respectivos ámbitos de competencia, las atribuciones siguientes: I. En concordancia con el Programa Nacional, formular políticas e instrumentar programas estatales para prevenir, sancionar y erradicar los delitos previstos en esta Ley, así como para la protección, atención, rehabilitación y recuperación del proyecto de vida de las víctimas y posibles víctimas, ofendidos y testigos de los mismos; III. Prestar servicios de formación, actualización, capacitación y profesionalización para las y los actores institucionales que participan en los procesos de prevención y combate a los delitos previstos en esta Ley y de asistencia y protección de las víctimas, de conformidad con las disposiciones generales que las autoridades federales determinen; IV. Implementar, en coordinación con la Federación, programas y proyectos de atención, educación, capacitación e investigación en materia de esclavitud, trata de personas o explotación y demás delitos previstos en esta Ley; V. Impulsar programas para prevenir los factores de riesgo para posibles víctimas de los delitos previstos en esta Ley que incluyan programas de desarrollo local; VI. Creación de refugios, albergues y casas de medio camino para las víctimas, ofendidos y testigos de los delitos que esta Ley define como del fuero común, o apoyar a las organizaciones de la sociedad civil, para la creación y operación de los mismos, hasta la total recuperación de las víctimas, ofendidos y testigos de los delitos contenidos en la presente Ley; VII. Revisar y evaluar la eficacia de las políticas, programas y acciones con base en los lineamientos que para tal efecto desarrollen las autoridades federales; VIII. Proporcionar a las instancias encargadas de realizar estadísticas, la información necesaria para su elaboración; IX. Impulsar reformas legales para el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley, y X. Las demás aplicables a la materia, que les confiera esta Ley u otros ordenamientos legales.”   Por lo que hace a las obligaciones de las Delegaciones, se establece en el artículo 115 de la Ley General de la materia, lo siguiente:   Artículo 115. Corresponde a los municipios y a las demarcaciones territoriales del Distrito Federal en el ámbito de sus respectivas facultades y competencias, de conformidad con esta Ley, la legislación aplicable en la materia y las políticas y programas federales, estatales y del Distrito Federal: I. Instrumentar políticas y acciones para prevenir y erradicar la esclavitud, la trata de personas o demás delitos previstos en esta Ley; II. Apoyar la creación de programas de sensibilización y capacitación para las y los servidores públicos y funcionarios que puedan estar en contacto con posibles víctimas de los delitos previstos en esta Ley; III. Apoyar la creación de refugios o modelos de protección y asistencia de emergencia, hasta que la autoridad competente tome conocimiento del hecho y proceda a proteger y asistir a la víctima, ofendido o testigo de los delitos previstos en esta Ley; IV. Detectar y prevenir la trata de personas y demás delitos previstos en esta Ley, en el territorio bajo su responsabilidad, a través de la autorización de funcionamiento de establecimientos como bares, clubs nocturnos, lugares de espectáculos, recintos feriales o deportivos, salones de masajes, hoteles, baños, vapores, loncherías, restaurantes, vía pública, cafés internet y otros, así como a través de la vigilancia e inspección de estos negocios, y V. Las demás aplicables sobre la materia y las que les confiera esta Ley y otros ordenamientos jurídicos.     Sin embargo, a pesar que en los últimos meses las autoridades de la ciudad, específicamente el Jefe de Gobierno y la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, han trabajado en materia de procuración de justicia y persecución del delito de trata de personas, estableciendo en un primer momento la Fiscalía Central de Investigación para la Atención del Delito de Trata de Personas, así como protocolos de cadena de custodia sobre pruebas, atención con un perfil de respeto a los derechos humanos de las víctimas de Trata.   Lo cierto es que, no podemos dejar de reconocer que existe y es evidente en lugares como la zona de Buenavista, la Merced, la explotación sexual y trata de personas se sigue ejecutando, con el beneplácito o cuando menos complacencia de algunas autoridades.   En el caso de la zona de Buenavista, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, ha identificado cuando menos 5 hoteles en donde se explota sexualmente a niñas principalmente de entre 12 y 15 años de edad, y se ubica en el área de influencia del Edificio Delegacional en Cuauhtemoc.   Por lo que hace, a la zona de la Merced, en avenidas como Circunvalación, San Pablo, Manzanares, durante el día y la noche, es evidente la explotación sexual que se realiza en la zona.       De igual forma, de acuerdo al estudio realizado por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, del año 2012, se estableció que:   “La zona de la merced en el Centro Histórico, es el primer lugar en América Latina donde se da la trata de menores con fines sexuales, lo anterior se manifestó en el " Segundo Informe en Respeto a los Derechos Humanos en Trata de Personas con fines de explotación sexual en el Distrito Federal.   De manera adicional el informe, señala que en promedio al año una mujer que es tratada sexualmente en la ciudad de México, deja a los proxenetas un promedio de 53 mil dólares al año. .[5]   Es importante señalar que, los ciudadanos desconocen el trabajo que realizan autoridades como la Secretaría de Desarrollo Económico o Turismo, respecto a apoyos económicos e información sobre como la ciudad de México trabaja para erradicar la Trata de Personas con fines de explotación sexual.   Por ello, el tema de trata de personas y explotación con fines de comercio sexual de mujeres, niñas, niños y adolescentes, debe ser estudiado y legislado de manera pronta por esta Asamblea Legislativa, para dar cumplimiento a la Ley General y al Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal mismo que tiene rango de Ley, el cual establece distintas líneas de acción entre las que podemos señalar las relativas al Capítulo 30[6].   Por lo anterior, es que el Partido Verde presenta al Pleno de esta Soberanía la presente iniciativa de Ley con el fin de erradicar y proteger a las mujeres de todas las edades y en general a las personas que han sido víctimas y hoy sobrevivientes de la Trata de Personas con fines de explotación sexual, armonizando la Ley de la materia del Distrito Federal con la Ley General, por ser un mandato del Congreso de la Unión a los Congresos Locales y la Asamblea Legislativa.     En ese sentido, esta iniciativa lo que busca es:   a)    Inclusión como objetivos de la Ley, la protección y asistencia a las víctimas de Trata. b)    Armonización e integración de principios como derecho a la reparación del daño, garantía de no revictimización, presunción de minoría de edad; medidas de atención, asistencia y protección a las personas víctimas de trata. c)    Inclusión de definiciones como abuso de poder, daño grave o amenaza de daño grave, asistencia y protección a las víctimas. d)    Claridad de conceptos armonizándolos con la Ley General. e)    Atribuciones del Jefe de Gobierno, Secretaría de Desarrollo Económica, a esta última como responsable en el acompañamiento a las sobrevivientes de trata para acceder a apoyos para generar empleo. f)     Armonizar la Ley con la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia, en lo que tiene que ver con los refugios especializados. g)    Atribuciones a las Delegaciones, para detectar y prevenir la trata. h)   Establecer de manera clara que no podrá ser tomada en cuenta la declaración de víctimas de trata, cuando declaren que dieron su consentimiento para ejercer la prostitución, sin importar su edad.   Por todo lo anterior es que el Partido Verde presenta al Pleno de esta Soberanía la presente iniciativa, con el fin de erradicar y proteger a las mujeres de todas las edades y en general a las personas que han sido víctimas y hoy sobrevivientes de la trata con fines de explotación sexual, como una forma de decir YA BASTA DE VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES.     Por lo expuesto, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea Legislativa la siguiente  

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO MEDIANTE EL CUAL SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LEY PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA TRATA DE PERSONAS, EL ABUSO SEXUAL Y LA EXPLOTACIÓN SEXUAL COMERCIAL INFANTIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

       

LEY PARA PREVENIR Y ERRADICAR LA TRATA DE PERSONAS, EL ABUSO SEXUAL Y LA EXPLOTACIÓN SEXUAL COMERCIAL INFANTIL

EL DISTRITO FEDERAL.

    Artículo 1. Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés social y de observancia general en el Distrito Federal, y tiene por objeto:   I a III. …   IV. Promover para toda víctima, ofendido y/o testigo de los delitos contemplados en la presente Ley, la protección médica, psicológica y jurídica necesaria, de manera gratuita, especializada, interdisciplinaria, integral y expedita, así como la defensa del ejercicio de sus derechos.   V a VI. …   VII. Proteger  y dar asistencia a las víctimas, ofendidos y testigos.     Artículo 3. En todo lo no previsto por esta Ley, serán de aplicación supletoria las disposiciones normativas de los Tratados que en la materia haya suscrito el Estado Mexicano, Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos; Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal, Ley del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal, el Código Penal para el Distrito Federal, Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, la Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Distrito Federal y demás ordenamientos jurídicos aplicables.     Artículo 4. Los principios rectores de esta Ley son:   I a IV. …   V. La protección, seguridad, apoyo y asistencia a la víctima, ofendido y testigos;   VI. a VIII. …   IX. La Prohibición de devolución o expulsión, por virtud del cual las víctimas de los delitos previstos en esta Ley no serán repatriadas a su país o enviadas a su lugar de origen en territorio nacional, cuando su vida, libertad, integridad, seguridad o las de sus familias, corra algún peligro. La autoridad deberá cerciorarse de esta condición y dar vista a la autoridad Federal en términos de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. La repatriación de las víctimas extranjeras de los delitos previstos en esta Ley, será siempre voluntaria y conforme a los protocolos de repatriación vigentes, para garantizar un retorno digno y seguro, de acuerdo a las leyes federales en materia de migración y transito de personas en el territorio nacional y la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.   X. El Derecho a la reparación del daño, entendida como la obligación del Estado y los Servidores Públicos de tomar todas las medidas necesarias para garantizar a la víctima la restitución de sus derechos, indemnización y rehabilitación por los daños sufridos, así como de vigilar la garantía de no repetición, que entre otros incluye la garantía a la víctima y a la sociedad de que el crimen que se perpetró no volverá a ocurrir en el futuro, el derecho a la verdad que permita conocer lo que verdaderamente sucedió, la justicia que busca que los criminales paguen por lo que han hecho, y a la reparación integral.   XI. La Garantía de no revictimización, como una obligación del Estado y los servidores públicos, en los ámbitos de sus competencias, de tomar todas las medidas necesarias para evitar que las víctimas sean revictimizadas en cualquier forma.   XII. La Presunción de minoría de edad, por la cual, en los casos que no pueda determinarse o exista duda sobre la minoría de edad o documentos de identificación y no se cuente con dictamen médico, se presumirá ésta.   XIII. Las medidas de atención, asistencia y protección, beneficiarán a todas las víctimas de los delitos previstos por esta Ley, con independencia de si el sujeto activo ha sido identificado, aprehendido, juzgado o sentenciado, así como de la relación familiar, de dependencia, laboral o económica que pudiera existir entre éste y la víctima.     Artículo 6. Para los efectos de esta Ley, se entiende por:   I a XVIII. …   XIX. Víctima: A la persona que haya sufrido daño psicológico o físico, como consecuencia de la acción u omisión realizada en su contra y tipificada como delito de Trata.   XXI. Ofendido: el cónyuge, compañero o compañera permanente, parejas del mismo sexo y/o familiares de la víctima hasta el cuarto grado, dependientes económicos que sufran, hayan sufrido o se encuentren en situación de riesgo con motivo del delito de trata perpetrado.   Asimismo, se consideraran ofendidos:   a)    . El heredero declarado judicialmente en los delitos cuyo resultado sea la muerte de la víctima u ofendido. b)   La persona que haya sufrido daños al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización.   XXII. Testigo: persona que de forma directa o indirecta, a través de sus sentidos tiene conocimiento de los hechos que se investigan, por lo que puede aportar información para su esclarecimiento, independientemente de su situación legal.   XXIII. Comisión de Derechos Humanos: la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.   XXIV. El Programa Nacional: el Programa Nacional para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.   XXV. Abuso de poder: Aprovechamiento que realiza el sujeto activo para la comisión del delito derivado de una relación o vínculo familiar, sentimental, de confianza, de custodia, laboral, formativo, educativo, de cuidado, religioso o de cualquier otro que implique dependencia o subordinación de la víctima respecto al victimario, incluyendo a quien tenga un cargo público o se ostente de él, o pertenecer a la delincuencia organizada.       XXVI. Daño grave o amenaza de daño grave: Cualquier daño físico, psicológico, financiero, sexual o a la reputación, o la sola amenaza para la víctima, capaz de hacerle creer que no tiene más opción que someterse o seguir sometida a la conducta de explotación, y que el sujeto activo, conociéndola, la utilice para obtener el sometimiento de la víctima.   XXVII. Asistencia y protección a las víctimas: Conjunto de medidas de apoyo y protección de carácter integral que se brindan a las víctimas desde el momento de su identificación o rescate y hasta su reincorporación plena a la sociedad, que cumplen la función de orientarlas legalmente, otorgar apoyo médico, psicológico, económico temporal, así como protección para ella y su familia.   XXVIII. Situación de vulnerabilidad: Condición particular de la víctima derivada de uno o más de las siguientes circunstancias que puedan derivar en que el sujeto pasivo realice la actividad, servicio o labor que se le pida o exija por el sujeto activo del delito:   a) Su origen, edad, sexo, condición socioeconómica precaria; b) Nivel educativo, falta de oportunidades, embarazo, violencia o discriminación sufridas previas a la trata y delitos relacionados; c) Situación migratoria, trastorno físico o mental o discapacidad; d) Pertenecer o ser originario de un pueblo o comunidad indígena; e) Ser una persona mayor de sesenta años; f) Cualquier tipo de adicción; g) Una capacidad reducida para forma juicios por ser una persona menor de edad, o h) Cualquier otra característica que sea aprovechada por el sujeto activo del delito.     Artículo 7. Corresponde al Jefe de Gobierno:   I. y II.   …   III. Implementar, en coordinación con la Federación, programas y proyectos de atención, educación, capacitación e investigación en materia de trata de personas o explotación y demás delitos previstos en esta Ley, así como establecer de manera concertada las acciones de prevención y de protección que deberán ejecutarse en el ámbito de la Administración Pública;     Artículo 9. Corresponde a la Procuraduría:   I a VIII.   IX. Atender los Refugios especializados a su cargo en términos de lo que establece la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federa; y   X. Las demás que se establezcan en esta Ley, su Reglamento o en el Programa.     Artículo 16 bis. Corresponde a la Secretaría de Desarrollo Económico:   I. Dar atención prioritaria a sobrevivientes de trata de personas, para la obtención de créditos a que se refiere la Ley para el desarrollo de la competitividad de la micro, pequeña y mediana empresa del Distrito Federal; y   II. Convenir con particulares para concertar las acciones necesarias para la coordinación en materia de apoyos a la micro, pequeña y mediana empresa.     Articulo 17. Corresponde a las Delegaciones:   I a VI. …   VII. Detectar y prevenir la trata de personas y demás delitos previstos en esta Ley, en el territorio bajo su responsabilidad, a través de la autorización de funcionamiento de establecimientos como bares, clubs nocturnos, lugares de espectáculos, recintos feriales o deportivos, salones de masajes, hoteles, baños, vapores, loncherías, restaurantes, vía pública, cafés internet y otros, así como a través de la vigilancia y verificación de estos negocios, en términos de la legislación aplicable.   VIII. Las demás que se establezcan en esta Ley, su Reglamento o en el Programa.     Artículo 20. La Comisión será integrada por: I a III. …   IV. Los titulares de las Secretarías de Gobierno, Desarrollo Social, Seguridad Pública, Trabajo y Fomento al Empleo, Salud, Educación, Turismo, Desarrollo Económico, Instituto de las Mujeres del Distrito Federal, Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal, Instituto de la Juventud del Distrito Federal y de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal;   V a VI. … …     Artículo 29. El Agente del Ministerio Público y los Jueces que conozcan de los delitos de trata de personas, abuso sexual y explotación sexual comercial infantil, además de lo previsto en el Código Penal y en el Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, deberán tanto en la etapa de investigación como en la sustanciación del proceso judicial lo siguiente:   I a VI. …   VII. Respecto al consentimiento otorgado por la víctima, cualquiera que sea su edad y en cualquier modalidad de los delitos previstos en esta Ley no constituirá causa excluyente de responsabilidad penal, y   VIII. …     Artículo 31. Cuando se trate de víctimas extranjeras, se deberá estar a lo que establece para tu atención y trato la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. .     Artículo 36. La protección de las víctimas, ofendidos y testigos de los delitos contenidos en la presente Ley comprenderá, además de lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de los demás contemplados en esta Ley, los siguientes rubros:         I. Se garantizará a las víctimas de los delitos previstos en la presente Ley, cuando sea necesario, alojamiento adecuado, atención médica de calidad, acceso a la educación, capacitación y oportunidades de empleo, hasta su total recuperación y resocialización. Asimismo, se les ofrecerán modelos de medio camino y opciones dignas y viables para su reinserción social encaminada a la construcción de autonomía.   II. Se garantizará a las víctimas y ofendidos, atención física, psicológica y social hasta su total recuperación y rehabilitación.   Esta atención deberá ser proporcionada por autoridades competentes en los términos que para tal efecto establece la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal.   III. Las demás que resulten pertinentes para salvaguardar su seguridad física, su libertad, dignidad, integridad física y mental, sus derechos humanos y la reparación del daño, así como el libre desarrollo de su personalidad en el caso de niñas, niños y adolescentes.     Artículo 37. Las víctimas, ofendidos y testigos recibirán la asistencia material, jurídica, médica y psicológica que sea necesaria, por conducto de las autoridades encargadas en la materia, las que se podrán auxiliar de organizaciones privadas, comunitarios y de la Sociedad Civil.   En todo momento la autoridad que corresponda les informarán y gestionarán los servicios de salud y sociales y demás asistencia pertinente.     Artículo 38. Para mejor atender las necesidades de las víctimas de los delitos objeto de esta Ley, se proporcionará al personal de policía, justicia, salud, servicios sociales, capacitación que los sensibilice sobre dichas necesidades, así como directrices que garanticen que esta ayuda sea siempre especializada y oportuna.     Artículo 39. Al proporcionar servicios y asistencia a las víctimas, se prestará atención a las necesidades especiales que resulten por la índole de los daños sufridos o debido a cualquier situación de vulnerabilidad.     Artículo 40. Al aplicar las disposiciones de esta Ley, las autoridades darán la debida consideración a factores humanitarios y personales, especialmente para la reunificación familiar en un entorno seguro.     Artículo 41. Las víctimas, ofendidos y testigos tendrán derecho a que se les dicten cualquier tipo de medidas cautelares, providencias precautorias y protección personal, que garanticen la vigencia y salvaguarda de sus derechos, las cuales tendrá vigencia durante la investigación, proceso, sentencia y ejecución de penas, y deberán ser adoptadas por el Ministerio Público y el Poder Judicial, en los términos que establece la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal.     Artículo 42. Además de garantizar las medidas previstas en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Distrito Federal, y Código Penal del Distrito Federal, a las víctimas, ofendidos y testigos, el Ministerio Público y el Poder Judicial deberán asegurar, que durante las comparecencias y actuaciones de éstos sus declaraciones se desarrollen libres de intimidación o temor por su seguridad o la de sus familiares y personas cercanas, por lo que al menos garantizará:   I. Medios remotos de distorsión de voz y rasgos; II. Comparecencia a través de Cámara de Gesell, y III. Resguardo de la identidad y otros datos personales.  

 

TRANSITORIOS

    PRIMERO.- Túrnese el presente Decreto al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, para su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal   SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en la Gaceta Oficial.   TERCERO- Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan lo dispuesto a la presente Ley.   CUARTO.-  La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, dentro de los 180 días siguientes a la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito de la presente reforma, deberá realizar las reformas a los marcos legales aplicables.     Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:       DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                    VICECOORDINADOR


[1] www.unodc.org. Resumen Ejecutivo Informe Mundial sobre la Trata de Personas UNODC (Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito). Febrero de 2009.
[2] Informe de la Comisión contra la Trata de Personas. 2005 – 2008. Cámara de Diputados. www.diputados.gob.mx
[3] TA]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XV, Diciembre de 2012, Tomo 2; Pág. 1580. Tesis Aislada(Penal)  
[4] http://www.aldf.gob.mx/archivo-90e407f2d38a71184fdf2f5bb6ae6990.pdf. Versión estenográfica. Sesión ordinaria celebrada el 18 de abril del 2013. Comparecencia del Procurador General de Justicia del Distrito Federal.
[5] www.cdhdf.org.mx/‎
[6] Línea 30.1 Legislación y Políticas públicas integrales para las víctimas de trata de personas y explotación sexual comercial, cuyo objetivo es diseñar, instrumentar y evaluar, con enfoque de derechos humanos, leyes, políticas públicas y presupuesto para las víctimas de trata de personas, que habitan y transitan en el Distrito Federal, en base a procesos de consulta y participación amplia con organizaciones de la sociedad civil y las y los integrantes del grupo de población, trabajo que se encuentra propuesto desde el Protocolo de Estambul (Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacionales). Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal. Comité Coordinador para la elaboración del Diagnóstico y Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal. Pag. 963- 964.  
Published in gaceta
Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 26 de Septiembre de 2013.

  HONORABLE ASAMBLEA:     Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por los artículos 122 apartado C, Base Primera, inciso V, letra i) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 fracción XIII, y 46 fracción I del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y; 85 fracción I, 86 y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, bajo la siguiente    

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

   

“Los pueblos indígenas hemos podido ocultar

nuestra identidad porque hemos sabido resistir”.

Rigoberta Menchú

    Pensar al México de hoy como una Estado multicultural es todavía un anhelo. Si bien nuestro país se reconoce como pluricultural, sustentado originalmente en sus pueblos indígenas, todavía no es un Estado-nación que promueva, de manera plena, y que acepte, como parte de su condición, la diversidad y las muchas identidades que generan las culturas indígenas que conviven en su territorio.   En nuestro país, se hablan más de 60 lenguas originarias. 6 millones 695 mil 228 personas de 5 años y más hablan alguna lengua indígena. Las lenguas más habladas son el Náhuatl, el Maya y las lenguas mixtecas.   Datos de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, señalan que la población de personas indígenas en México es:    
[1]Población total en México

97 483 412

Estimación global de la población indígena CONAPO-INI

12 707 000

Población Indígena

10 253 627

Porcentaje 

10.5

Población de cinco años y más hablante de lengua indígena

6 044 547

Porcentaje 

7.1

    Hoy nadie puede negar la presencia viva de los pueblos indígenas, sus aportes y soluciones a los problemas del mundo moderno. Nadie debe aceptar hoy el dominio de un pueblo sobre otro. Quien lo hace no reconoce al otro como igual.   Por esta razón cada uno de los pueblos indígenas busca la igualdad de oportunidades, exige el derecho a administrar sus propios asuntos, comunitarios, regionales o nacionales. Cada integrante de un pueblo indígena espera ser tomado en cuenta en el diseño de las políticas públicas que le atañen.   Los pueblos indígenas creen en el reconocimiento de la diversidad cultural como un derecho público; en que el Estado tiene la obligación de hacer que coexistan sus formas de gobierno, sus lenguas, valores, identidad cultural, derechos plenos. También tienen la certeza de que, en el futuro, su permanencia como pueblos está garantizada en condiciones de mayor equidad socio-política y con mejores niveles de salud, educación, vivienda, ingresos y empleo.   Es importante que como país y Ciudad aceptemos a los pueblos indígenas de manera plena. Si cada uno de nosotros no reconocemos a los pueblos indígenas en cada momento de nuestra vida como mexicanos, no solucionaremos los problemas que actualmente vivimos.   Las decisiones de los indígenas y sus gobiernos deben ser acatadas por los no indígenas con base en el diálogo y el respeto pero sobre todo con la firme convicción que somos iguales a los tarahumaras, a los triquis, a los choles, a los coras, nahuas, mayas o cualquier otro mexicano indígena. Lograr esto será aplicar, en los hechos y en nuestra vida cotidiana, el concepto de multiculturalidad que tanto nos enorgullece como Nación.   Los pueblos indígenas de México quieren sobrevivir como nahuas, tzeltales, zapotecos, mazahuas, yaquis, mixtecos, mayas o chatinos, en sus tierras originales, o en cualquier estado de la República, con dignidad y en armonía con los demás mexicanos.   Por eso los pueblos reclaman que la dignidad y diversidad de sus culturas, tradiciones, historias y aspiraciones, se reflejen debidamente en todas las formas de educación e información pública. Al mismo tiempo, exigen a los Gobiernos Federal, Estatales y Municipales que los consulten y que obtengan su consentimiento, con libertad y conocimiento, antes de aprobar cualquier proyecto que afecte sus tierras, territorios y otros patrimonios naturales.   Exigen, igualmente, el cumplimiento y respeto de sus Derechos Humanos, así como la adopción de medidas eficaces para combatir los prejuicios y la discriminación y promover la tolerancia, la comprensión y las buenas relaciones entre los pueblos indígenas y todos los demás sectores de la sociedad.   Ahora bien, un elemento muy importante que distingue y les da identidad a las personas indígenas, es la lengua con la que se comunican.   De acuerdo al INEGI, existen 13 Entidades del país en las que habitan más de 100 mil personas hablantes de lenguas indígenas. Estas entidades federativas son: Chiapas, con un millón 209 mil 57 personas hablantes de alguna lengua indígena; Oaxaca, con un millón 203 mil 150; Veracruz, con 662 mil 760; Puebla, con 617, mil 504; Yucatán, con 544 mil 927; Guerrero, con 481 mil 098; Estado de México, con 379 mil 75; Hidalgo, con 369 mil 549; San Luis Potosí, con 256 mil 468; Quintana Roo, con 198 mil 587; Michoacán, con 140 mil 820; el Distrito Federal, con 123,224; Chihuahua, con 109 mil 378; y Campeche, la cual, aunque no rebasa los 100 mil habitantes, registra una cantidad muy cercana, con 92 mil 128.   Por su parte, datos de la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades del Distrito Federal, en la Ciudad de México se encuentran hablantes de 55 agrupaciones lingüísticas.   De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda del año 2000 (INEGI), existía en el Distrito Federal una población indígena de 141,710 habitantes; sin embargo, el II Conteo de Población y Vivienda de 2005 registró una población de 118,424 hablantes de lengua indígena, de los cuales 55,487 son hombres y 62,937 mujeres.   Según este mismo instrumento, las delegaciones que tienen mayor presencia de miembros de pueblos indígenas en el Distrito Federal son Iztapalapa, Gustavo A. Madero, Álvaro Obregón, Coyoacán, Tlalpan y Cuauhtémoc. Las delegaciones consideradas como rurales tienen una población de 37,904 indígenas, es decir, 32.2% indígenas habitan en esta zona.[2]   De acuerdo al Programa de Equidad para los Pueblos Indígenas, Originarios y Comunidades de distinto Origen Nacional de la Ciudad de México[3], el estudio realizado en 2002 por Conapo-INI estima una población total de 333,428 indígenas en el D.F., de los que157,714 son hombres y 175,714 mujeres.   Por su parte, las cifras de las propias organizaciones indígenas hablan casi de 500 mil habitantes en la Ciudad de México.   De acuerdo, a la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, en el artículo 7 se establece:    “ARTÍCULO 7. Las lenguas indígenas serán válidas, al igual que el español, para cualquier asunto o trámite de carácter público, así como para acceder plenamente a la gestión, servicios e información pública. Al Estado corresponde garantizar el ejercicio de los derechos previstos en este artículo, conforme a lo siguiente:       a).- En el Distrito Federal y las demás entidades federativas con municipios o comunidades que hablen lenguas indígenas, los Gobiernos correspondientes, en consulta con las comunidades indígenas originarias y migrantes, determinarán cuáles de sus dependencias administrativas adoptarán e instrumentarán las medidas para que las instancias requeridas puedan atender y resolver los asuntos que se les planteen en lenguas indígenas. b).- En los municipios con comunidades que hablen lenguas indígenas, se adoptarán e instrumentarán las medidas a que se refiere el párrafo anterior, en todas sus instancias. La Federación y las entidades federativas tendrán disponibles y difundirán a través de textos, medios audiovisuales e informáticos: leyes, reglamentos, así como los contenidos de los programas, obras, servicios dirigidos a las comunidades indígenas, en la lengua de sus correspondientes beneficiarios.” [4]   Es oportuno mencionar que en el Distrito Federal, si bien no se tiene una certeza sobre el número de personas indígenas que habitan en la Ciudad, de acuerdo al INEGI, menos del 2% de la población total del Distrito Federal pertenece alguna comunidad o pueblo indígena.   Ahora bien, de acuerdo al Programa de Derechos Humanos vigente en el Distrito Federal, en su Capítulo 32 relativo a la Agenda Legislativa local por derecho y Grupo de Población, el subtema 32.19 Derechos de los pueblos y comunidades indígenas[5], se establece como una estrategia el “reconocer e implementar acciones para permitir el derecho de los pueblos indígenas a determinar y mantener su identidad comunitaria”.                 En ese sentido, la presente iniciativa de Ley tiene como primer objetivo, el reconocimiento pleno de los pueblos y comunidades indígenas en un tema que es fundamental en la actualidad, que es el acceso a la información pública por los Entes Obligados[6], tal y como lo establece la Ley General de la materia, así como la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, de la siguiente manera:   “Artículo 9. La presente Ley tiene como objetivos: I. Proveer lo necesario para que toda persona pueda tener acceso a la información pública gubernamental, mediante procedimientos sencillos, expeditos y gratuitos; II. Optimizar el nivel de participación comunitaria en la toma pública de decisiones, y en la evaluación de las políticas públicas; III. Garantizar el principio democrático de publicidad de los actos del Gobierno del Distrito Federal, transparentando el ejercicio de la función pública, a través de un flujo de información oportuno, verificable, inteligible, relevante e integral; IV. Favorecer la rendición de cuentas, de manera que se pueda valorar el desempeño de los sujetos obligados; V. Mejorar la organización, clasificación y manejo de documentos en posesión de los Entes Obligados; VI. Contribuir a la democratización y plena vigencia del Estado de Derecho; VII. Contribuir con la transparencia y la rendición de cuentas de los Entes Obligados a través de la generación y publicación de información sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos de manera completa, veraz, oportuna y comprensible, y VIII. Promover y fomentar una cultura de transparencia y acceso a la información pública.”   No obstante, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal no establece disposición alguna en la que se mencione que la información deberá estar disponible en lenguas maternas indígenas cuando así se solicite, imperando una clara discriminación hacia este grupo vulnerable de la ciudad en cuanto a la apertura de la información pública se refiere. Al respecto consideramos que debiera existir una discriminación positiva o pro persona, tal como se reconoce en la Ley de la materia para los pueblos y comunidades indígenas.         Por ello, el Partido Verde propone al Pleno de esta Soberanía a través de la presente iniciativa, el incluir acciones concretas de igualdad y equidad a los pueblos y comunidades indígenas en el tema de transparencia y acceso a la información, de tal manera que se garantice el respeto irrestricto al derecho fundamental a la información de los pueblos y comunidades indígenas asentados en el Distrito Federal, para que este se realice en su lengua materna.     Por lo expuesto, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea Legislativa la siguiente    

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO DE REFORMAS Y ADICIONES A  DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO

A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

  ÚNICO.-  Se reforma el tercer párrafo del artículo 1; se reforman los incisos a) y b) y se adiciona un inciso c) al artículo 5; se adiciona un artículo 22 bis; y se adiciona un segundo párrafo al artículo 34; todos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, para quedar como sigue:    

LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

  Artículo 1. Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de observancia general en el territorio del Distrito Federal.   El presente ordenamiento contempla los principios y bases establecidos en el segundo párrafo del artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; tiene por objeto transparentar el ejercicio de la función pública, garantizar el efectivo acceso de toda persona a la información pública en posesión de los órganos locales: Ejecutivo, Legislativo, Judicial y  Autónomos por ley, así como de cualquier entidad, organismo u organización que reciba  recursos públicos del Distrito Federal.       El derecho fundamental a la información comprende difundir, investigar y recabar información pública. En el caso de los pueblos y comunidades indígenas asentados en el Distrito Federal, todo ello se realizará en su lengua materna.     Artículo 5. Es responsabilidad de todo Ente Obligado:   a) Facilitar la participación de las personas en la vida política, económica, social y  cultural del Distrito Federal; para lo anterior, deberán difundir entre los  habitantes de esta entidad federativa, el contenido de la presente Ley;   b) Contribuir al fortalecimiento de espacios de participación social, que fomenten  la interacción entre la sociedad y los entes obligados en temas de  transparencia, acceso a la información pública y rendición de cuentas; y   c) Instrumentar las medidas necesarias para que las instancias requeridas puedan atender y resolver los asuntos que se les planteen en lenguas indígenas.     Artículo 22 bis. Los Entes Obligados deberán mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas en los términos que establece el artículo 14 en lengua indígena.     Artículo 34. El Instituto propondrá a las autoridades educativas competentes, incluyan contenidos que versen sobre la importancia social del Derecho de Acceso a la Información Pública, en los planes y programas de estudio de educación preescolar, primaria, secundaria, normal y para la formación de maestros de educación básica que se impartan en el Distrito Federal.   Asimismo, de manera coordinada con la Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades, deberá trabajar para incluir contenidos que versen sobre la importancia social del Derecho de Acceso a la Información Pública y la Protección de Datos Personales en lengua indígena.  

 

 

 

TRANSITORIOS

    PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.   SEGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y para su mayor difusión en el Diario Oficial de la Federación.         Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:         DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                       VICECOORDINADOR


[2] Op. Cita. 3
    [4] www.diputados.gob.mx.  Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2003.  Última reforma publicada DOF 09-04-2012
[5] www.derechoshumanosdf.org.mx Programa de derechos Humanos del Distrito Federal. Ciudad de México, agosto de 2009, pág. 1144. Estrategia. Reconocer e implementar acciones para permitir el derecho de los pueblos indígenas a determinar y mantener su identidad comunitaria. ONU, Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, artículo 33 párrafo 1º.
[6] www.diputados.gob.mx. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Constitución publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Última reforma publicada DOF 19-07-2013.
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Los que suscriben, Diputados Jesús Sesma Suarez y Alberto E. Cinta Martínez del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 24 de Septiembre de 2013.

    HONORABLE ASAMBLEA:     Los que suscriben, Diputados Jesús Sesma Suarez y Alberto E. Cinta Martínez del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, de la VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122 Apartado C, Base Primera, Fracción V, inciso h) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 36, 42 fracción VIII y 46 fracción I del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 7, 10 fracción II y 17 fracción IV, 88 fracción I y 89 párrafos primero y segundo de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, 85 fracción I, 86 párrafo primero y 93 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; someto a la consideración de esta Soberanía, la presente  INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN  Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL  CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, al tenor de la siguiente  

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

    El 27 de diciembre de 2012, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la reforma al artículo 362 del Código Penal para el Distrito Federal,  la cual  redujo la pena de prisión para el delito de ataques a la paz pública, que era de cinco a treinta años de prisión. Ahora, derivado de dicha reforma, la pena es de dos a siete años.   El artículo 362 vigente  del Código Penal del Distrito Federal, señala lo siguiente:   Se les impondrán de dos a siete años de prisión y suspensión de derechos políticos hasta por diez años, a los  que mediante la utilización de sustancias tóxicas, por incendio, por inundación o violencia, realicen actos en contra de las personas, de los bienes públicos o privados o servicios públicos que perturben la paz pública   La reincidencia se estará a lo que establezca éste Código.                                                                                                                            Ahora bien, en la versión estenográfica de la reunión de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, de fecha 24 de diciembre de 2012, que contiene el análisis, discusión y votación del dictamen de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se deroga el Artículo 362 del Capítulo denominado ataques a la paz pública, se menciona por parte de los diputados  que  la finalidad de las modificaciones al Código Penal, obedecieron a lo siguiente:   “En ese sentido lo que estamos pretendiendo nosotros, es quitarle la gravedad en una primera instancia a este delito, para que aquellos que estén procesados o sean procesados por la comisión de alguno de los tipos penales o supuestos que establece este artículo, puedan gozar de libertad bajo caución, seguir su proceso normal hasta sentencia.”   “Lo conveniente es para no entrar en interpretaciones, lo que necesitamos y la finalidad de estar aquí, es la liberación de los jóvenes que se encuentran recluidos de manera presumiblemente injusta, al estar ante una aprehensión desatinada, al tener como marco un operativo reactivo, y es en ese sentido, vamos por la derogación para no dar pie a la posibilidad de que a través de pandillerismo o algún tema de acumulación de delitos, estos muchachos estén impedidos de liberarse.”   Como se aprecia de la versión estenográfica, la finalidad de la reforma al artículo 362 era liberar a los jóvenes que se encontraban recluidos a efecto de que su proceso lo pudieran llevar gozando de la libertad bajo caución, más no el estudio de fondo del tipo penal para garantizar su mejor aplicación aplicación.   Hace aproximadamente 9 meses entró en vigor las nuevas disposiciones del artículo 362 del Código Penal para el Distrito Federal, en el que efectivamente se suprimió el concepto de violencia extrema, para dejarlo en violencia y servicios públicos por  bienes públicos,  por considerarlas subjetivas y generar confusión en el  juzgador al momento de aplicar la ley al caso concreto.   Sin embargo,  aun cuando dicho precepto suprimió 2 palabras que efectivamente generaban confusión y modificó la pena, consideramos que el artículo 362 merece ser revisado y modificado en su redacción nuevamente, pues  el tipo penal  de  paz pública, en la actualidad  continua siendo confuso, pues el legislador no incluyó una definición  que desde nuestro punto de vista es necesaria para encuadrar la conducta del infractor al tipo penal, es decir, no existe claridad en su definición y sigue dejando arbitrio e interpretación del juzgador una cuestión de tal relevancia y magnitud que puede llegar afectar al justiciable, a la estabilidad social y al orden público, es decir, a la paz pública. En el Constitucionalismo Mexicano el principio de legalidad es una constante, siendo los componentes básicos del mismo,  los siguientes preceptos constitucionales:   En los juicios del orden criminal, queda prohibido imponer, por simple analogía y aun por mayoría de razón, pena alguna que no este decretada  por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata.   El Código Penal del Distrito Federal, desarrolla el principio de legalidad penal inicialmente en el artículo primero en los siguientes términos:   ARTÍCULO 1 (Principio de legalidad). A nadie se le impondrá pena o medida de seguridad, sino por la realización de una acción u omisión expresamente prevista como delito en una ley vigente al tiempo de su realización, siempre y cuando concurran los presupuestos que para cada una de ellas señale la ley y la pena o la medida de seguridad se encuentren igualmente establecidas en ésta.   Otros principios importantes para los fines de la presente iniciativa son los siguientes, también del Código Penal:   ARTÍCULO 2 (Principio de tipicidad y prohibición de la aplicación retroactiva, analógica y por mayoría de razón). No podrá imponerse pena o medida de seguridad, si no se acredita la existencia de los elementos de la descripción legal del delito de que se trate. Queda prohibida la aplicación retroactiva, analógica o por mayoría de razón, de la ley penal en perjuicio de persona alguna.   ARTÍCULO 4 (Principio del bien jurídico y de la antijuridicidad material). Para que la acción o la omisión sean consideradas delictivas, se requiere que lesionen o pongan en peligro, sin causa justa, al bien jurídico tutelado por la ley penal.   Como sabemos,  el tipo penal establecido en el artículo 362 del Código Penal del Distrito Federal, no limita el derecho a protestar o manifestarse, sino simplemente se dirige a castigar el ejercicio de violencia contra bienes públicos y privados y la alteración del orden y la paz pública, cuando se realicen en el marco de la misma protesta o manifestación.   Recordemos que el artículo 6o. Constitucional señala: “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público…”.   Por su parte, el artículo 7o. De nuestra Carta Magna establece que: “Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquiera materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública...”.   Es decir, las libertades de expresión e imprenta no pueden limitarse sino solo cuando se ataque a la moral, se provoque algún delito, se perturbe el orden o la paz pública, o a los derechos de los demás y, en especial, el derecho a la vida privada.   Igualmente, la Constitución señala en su artículo 29  que en los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con los titulares de las Secretarías de Estado y la Procuraduría General de la República y con la aprobación del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente cuando aquel no estuviere reunido, podrá restringir o suspender en todo el país o en lugar determinado el ejercicio de los derechos y las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación.   Lo anterior no es cosa menor si tomamos en cuenta que la perturbación de la paz pública (bien jurídico tutelado por el artículo 362), es objeto de regulación para el caso de suspensión de garantías individuales, es decir, es tan delicado este supuesto que incluso puede llegar al extremo de ser causa de lo previsto por el mismo artículo 29 en comento.   Ahora bien, el principal instrumento de Derecho internacional que regula los derechos civiles y políticos y sus limitaciones, es el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos  del que México es parte desde 1981. En su articulo 21  reconoce el derecho a la reunión, sin embargo, también señala que se pueden establecer limitaciones a este derecho sólo si éstas  están previstas por la ley.   Desde nuestra perspectiva, estas limitaciones son necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad pública o del orden público, y para proteger la salud y la moral públicas, así como los derechos y libertades de los demás.   Este Pacto también  señala que el derecho a la libertad de expresión debe cumplir con el requisito de proteger la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral pública, por ello señaló que la moral pública comprendía todo aquel comportamiento individual que resultara apegado a las prescripciones que el orden jurídico establece para normar las relaciones del gobernado con la sociedad y el Estado. En consecuencia, se deduce que el Estado mexicano –a través de sus tres niveles de gobierno y de todas las autoridades que tengan atribuciones relacionadas, directa o indirectamente con la seguridad pública– debe coadyuvar a lograr los objetivos de ésta, traducidos en libertad, orden y paz pública, como condiciones imprescindibles para gozar de las garantías que la Constitución reconoce a los gobernados.   En otro orden de ideas, al interpretar el artículo 9º de la Convención Americana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana a señaló  que “la ambigüedad en la formulación de los tipos penales genera dudas y abre el campo al arbitrio de la autoridad, particularmente indeseable cuando se trata de establecer la responsabilidad penal de los individuos o sancionarla con penas que afectan severamente bienes fundamentales, como la vida o la libertad”.   En el  texto de las recomendaciones emitidas por la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, con oficio identificado con clave alfanumérica CDHDF/OI/CIIL/0148/2012, de fecha veintiuno de diciembre de dos mil doce, signado por el Presidente de la Comisión, Doctor Luis Armando González Plasencia, señaló con respecto al delito de ataques a la paz pública contenido en el artículo 362 del Código Penal para el Distrito Federal, lo siguiente:   El otro grave defecto que tiene la descripción típica del artículo 362 del Código Penal del Distrito Federal, es que el bien jurídico tutelado en éste tipo (paz pública) es tan impreciso que no se sabe en que consiste, y por lo tanto tampoco cuando está siendo lesionado o se le está poniendo en peligro…   Asimismo, señaló que dado que el derecho de manifestación se debe ejercer de manera pacífica, el legislador sí está facultado para tipificar conductas delictivas cuando las personas con motivo del ejercicio de tal derecho, hacen violencia en las personas o en las cosas, pero teniendo claridad que la paz pública puede protegerse también a través del derecho penal, los supuestos de alteración de dicha paz deben ser específicos y la punibilidad obviamente no puede ser la del terrorismo, porque los medios de comisión de éste ultimo delito son extremadamente graves debido a la afectación masiva de bienes jurídicos fundamentales que pueden llegar a producir o producen.             Así, la descripción adecuada de la conducta idónea para lesionar un bien jurídico debe ser acorde con los actos y sus efectos, como es el caso de aquellos tipos penales que caracterizan el bien jurídico protegido como alterar el orden público mediante causar lesiones a las personas, producir daños en la propiedades, obstaculizar las vías públicas o los accesos a las mismas de manera peligrosa para los que por ellas circulen, dado que estos supuestos permiten caracterizar la conducta que el legislador considera idónea para la afectación a la paz pública.   Como sabemos, el  orden público determina un estado de coexistencia pacífica entre los miembros de una comunidad; esta idea está asociada con la noción de paz pública, objetivo específico de las medidas de gobierno.   En sentido técnico, la  paz pública se refiere al conjunto de instituciones jurídicas que identifican o distinguen el derecho de una comunidad; principios, normas e instituciones que no pueden ser alteradas ni por la voluntad de los individuos, (no está bajo el imperio de la autonomía de la voluntad) ni por la aplicación del derecho extranjero.   El orden público funciona como un límite por medio del cual se restringe la facultad de los individuos sobre la realización de ciertos actos o se impide que ciertos actos jurídicos válidos tengan efectos dentro de un orden jurídico específico.   Tradicionalmente se ha definido el concepto de paz pública como la coexistencia pacífica, armónica y civilizada de los ciudadanos, bajo la soberanía del Estado y del Derecho. Se le ha asimilado al orden público, como desenvolvimiento regular de la vida en sociedad. En definitiva, es la expresión del clima de tranquilidad pública que normalmente debe imperar en una sociedad organizada.   En consecuencia, la noción de paz pública se ubica -como bien jurídico superior, tutelado por el Estado- en una posición notoriamente jerarquizada, al extremo que impone a todo gobierno la prioridad de su preservación.   Por otro lado,  la pena establecida en todo tipo penal tiene como referente básico el grado de protección que se pretende dar al bien jurídico que es valioso para la sociedad. Y, por supuesto, la cantidad de años de prisión debe ser proporcional al daño causado, según lo establece expresamente el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que a  la letra señala:     “Toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado”.   Sobre la proporcionalidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha resuelto lo siguiente:   “LEYES PENALES. AL EXAMINAR SU CONSTITUCIONALIDAD DEBEN ANALIZARSE LOS PRINCIPIOS DE PROPORCIONALIDAD Y RAZONABILIDAD JURÍDICA. El legislador en materia penal tiene amplia libertad para diseñar el rumbo de la política criminal, es decir, para elegir los bienes jurídicamente tutelados, las conductas típicas antijurídicas y las sanciones penales, de acuerdo con las necesidades sociales del momento histórico respectivo; sin embargo, al configurar las leyes relativas debe respetar el contenido de diversos principios constitucionales, entre ellos los de proporcionalidad y razonabilidad jurídica, a fin de que la aplicación de las penas no sea infamante, cruel, excesiva, inusitada, trascendental o contraria a la dignidad del ser humano, conforme a los artículos 14, 16, 18, 19, 20, 21 y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.   A efecto de analizar los elementos del tipo penal contenidos en el artículo 362 del Código Penal,  se señala lo siguiente:  
  • Sujeto activo:  “puede ser cualquier persona (al que)”;
 
  • Medios comisivos: “mediante la utilización de sustancias tóxicas, por incendio, inundación o violencia”;
 
  • Sujeto pasivo: “en contra de las personas”
 
  • Conducta: “realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios públicos”;
 
  • Bien jurídico tutelado: “la paz pública”
 
  • Resultado: “que perturben la paz pública”
 
  • Pena: Se le impondrán de dos a  siete años de prisión y suspensión de derechos políticos hasta por diez años.
  Por todo lo anterior el artículo 362 del Código Penal para el Distrito Federal, merece ser revisado y modificado en su redacción, ya que el tipo penal en la actualidad representa confusión para la autoridad al momento de su aplicación y al momento de realizar el encuadramiento de la conducta.   Esto no debe suceder, puesto que no se debe dejar al arbitrio de la autoridad una cuestión de tal relevancia y magnitud, ya que puede constituirse en perjuicio del justiciable. Es confuso como está establecido el tipo penal de “ataques a la paz pública”, no hay propiamente una definición.   Numerosas declaraciones de Naciones Unidas respaldan que la paz es una condición previa para el pleno disfrute de los Derechos Humanos y, que sin estos, es imposible la creación de una sociedad pacífica.   El Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, señalo el pasado 30 de agosto de 2013, lo siguiente:   “Una cosa es manifestarse públicamente y otra que se cometan delitos, la autoridad debe de actuar y aplicar la ley como la mejor medida para que estos hechos no se sigan repitiendo”.   Hoy en día la Ley esta rebasada por nuestra realidad.   El comportamiento de la gente que integra una sociedad tiene y debe tener límites.   Los daños a la infraestructura urbana, a negocios y a vehículos, así como el rompimiento de vallas metálicas, no están consagrados dentro del derecho a la manifestación, por lo que estos actos deben investigarse y sancionarse penalmente, más aun cuando se perturba la paz pública.   Estamos ante la urgente necesidad de proteger los bienes jurídicos que son el orden social, la paz púbica, el normal desarrollo del régimen político democrático, la sana convivencia, la libertad, el respeto a las autoridades  y, por supuesto, el derecho que tenemos todos los que habitamos en esta ciudad de tener una vida en plena libertad, paz y tranquilidad.   Es por ello, que al considerarse como tipo penal el ataque a la paz pública, merece ser protegido de manera proporcional al bien jurídico tutelado, en tal sentido, nos parece que la sanción vigente actualmente que va de 2 a 7  años, no cumple con los principio señalado en el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que señala que  “Toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado”.     Ello porque, como ya quedo establecido, la paz pública se ubica como un bien jurídico superior, tutelado por el Estado, en una posición notoriamente jerarquizada al extremo que impone a todo Gobierno la prioridad de su preservación, por lo que los principios, normas e Instituciones no pueden ser alterados ni por la voluntad de los individuos pues este tiene un rango superior de protección.   En consecuencia, la presente iniciativa tiene como finalidad, primero, definir en el artículo 362 del Código Penal del Distrito Federal, lo que se entiende por  paz pública; aumentar la pena de prisión para que esta sea de 3 a 10 años para considerar al delito en cuestión como grave; y segundo, reformar los artículos 287, 288 y 289, a efecto de incrementar la sanción  a quien cometa los delitos de ultrajes a la autoridad y de ejercicio ilegal del propio derecho,  pues estas acciones definitivamente también alteran la paz pública al involucrar el ataque a la integridad física, así como la vejación de los derechos de los agentes del Estado, y con el objeto de que también se consideren como delitos graves.     Por lo anteriormente expuesto, se somete a la consideración para su estudio, análisis, dictamen y eventual aprobación, la presente    

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE FORMAN

 Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO PENAL

PARA EL DISTRITO FEDERAL

                                                                                                     ARTÍCULO ÚNICO.-Se reforma el primer párrafo y se adiciona un tercer párrafo al artículo 362; y se reforman los artículos 287, 288 y 289; todos del Código Penal para el Distrito Federal,  para quedar como sigue    

CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL

  ARTÌCULO 362.- Se les impondrán de tres a diez años de prisión y suspensión de derechos políticos hasta por doce años, a los  que mediante la utilización de sustancias tóxicas, por incendio, por inundación o violencia, realicen actos en contra de las personas, de los bienes públicos o privados o servicios públicos que perturben la paz pública.       Para efectos del presente artículo se entenderá por paz pública,  la coexistencia pacífica, armónica y civilizada de los ciudadanos, bajo la soberanía del Estado y del Derecho, que permite el desenvolvimiento regular de la vida en sociedad, bajo un clima de tranquilidad y protección.   La reincidencia se estará a lo que establezca éste Código.     ARTÍCULO 287. Al que ultraje a una autoridad en el ejercicio de sus funciones o  con motivo de ellas, se le impondrán de dos a nueve años de prisión y multa  de veinte a   ciento sesenta  días de  multa.                 ARTÍCULO 288. Al que para hacer efectivo un derecho o pretendido derecho, que deba ejercitar, empleare violencia, se le impondrá prisión tres a diez años de prisión.     ARTÍCULO 289. Al que cometa un delito en contra de un servidor o agente de la autoridad en el acto de ejercer lícitamente sus funciones o con motivo de ellas, además de la pena que corresponda por el delito cometido, se le impondrá de tres a diez años de prisión.                  

TRANSITORIOS

  PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.   SUGUNDO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Gobierno del Distrito Federal para su conocimiento y en el Diario Oficial de la Federación para su mayor difusión.        

Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:

 

DIP. JESUS SESMA  SUAREZ            DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ

COORDINADOR                                         VICECOORDINADOR

                                                   
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Sin duda, a 28 años de los sismos del 19 y 20 de septiembre de 1985, el tema de la prevención como forma de protección civil, continúa siendo una prioridad. Hoy en día no existe un solo tema importante en la ciudad, cuya discusión no pase por el análisis de la prevención. Y es que no puede ser de otra manera; siempre será mejor prevenir que lamentar. Hoy en día no existe un solo tema importante en la ciudad, cuya discusión no pase por el análisis de la prevención. Y es que no puede ser de otra manera; siempre será mejor prevenir que lamentar.

México, DF, a 19 de septiembre de 2013

    INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO JESÚS SESMA SUÁREZ, SOBRE   LOS SISMOS DE 1985.   CON SU VENIA DIPUTADO PRESIDENTE:  

“Hay una fuerza motriz más poderosa que el vapor,

la electricidad y la energía atómica: la voluntad”

 Albert Einstein

 

HONORABLE ASAMBLEA: Sin duda, a 28 años de los sismos del 19 y 20 de septiembre de 1985, el tema de la prevención como forma de protección civil, continúa siendo una prioridad.   Hoy en día no existe un solo tema importante en la ciudad, cuya discusión no pase por el análisis de la prevención. Y es que no puede ser de otra manera; siempre será mejor prevenir que lamentar.   Por ello, en el caso de la protección civil, afortunadamente ya no existe escuela,  hospital, oficina ni ningún otro tipo de construcción que se realice en la ciudad, sin tomar en cuenta el tema de la prevención para el caso de sismos o incendios.   De esta manera, gracias a la participación conjunta de autoridades y de la sociedad, todos contamos con información suficiente para actuar frente a la eventualidad de un fenómeno catastrófico de grandes magnitudes. Sin embargo, y aunque hemos avanzado mucho en el tema, debemos decir que la prevención no es lo único por lo que debemos preocuparnos, ya que aún nos falta recorrer un largo camino que nos coloque en una mejor posición ante un fenómeno natural.   La inversión en tecnología que nos ayude a estar mejor preparados, por ejemplo, es una asignatura pendiente. El Sistema Sismológico Nacional de la UNAM se encarga de proporcionar la información necesaria para mejorar nuestra capacidad de evaluar y prevenir el riesgo sísmico nacional, pero en el Distrito Federal, pese a ser una zona especialmente vulnerable por la característica de su suelo, poco se invierte al respecto.     Otro pendiente que tenemos en la materia es el que se refiere al diseño de un mejor desarrollo urbano. La ciudad continúa creciendo desmesuradamente en detrimento de la seguridad de todos, ya que se construyen grandes desarrollos inmobiliarios donde existen hundimientos plenamente identificados.   Ello sin dejar de mencionar que ilegalmente se han tolerado -y hasta patrocinado-, las invasiones por asentamientos humanos irregulares en zonas protegidas que deben servir para dar servicios ambientales a la ciudad y cuya ocupación es sumamente peligrosa, como es el caso del suelo de conservación y las barrancas.   Por otro lado, encontramos la deteriorada y vieja infraestructura hidráulica con la que cuenta el Distrito Federal, en la cual tampoco se ha invertido de manera eficiente, sobre todo en el drenaje. Ello ha provocado que la Ciudad año con año enfrente un potencial colapso por inundaciones, particularmente en las zonas más pobres.   Las inundaciones, al igual que los sismos, no son nuevos en el Distrito Federal. Desde hace siglos han sido un grave problema para todos los que habitamos el Valle de México.       Ante ello, en el año 2012, un equipo de investigación del Instituto de Ingeniería de la UNAM desarrolló mapas de riesgo para calcular las zonas y poblaciones de la capital más vulnerables en épocas de lluvias. Gracias a ello, ahora tenemos toda la información que se requiere para estar prevenidos en esta materia; desafortunadamente no hemos aprendido como sacarle ventaja a la misma y seguimos padeciendo los efectos nocivos de las lluvias.   Por ello es sumamente importante que así como existe un trabajo de prevención e información para saber qué hacer, antes, durante y después de un sismo, las autoridades diseñen estrategias para que la gente tenga información oportuna también en el caso de inundaciones.   Y creo que aquí vale la pena hacer una reflexión que tiene que ver con el daño que continuamos haciéndole al medio ambiente y que contribuye a fortalecer el cambio climático. De continuar con esta tendencia, cada vez nos encontraremos menos preparados ante los embates de la naturaleza, por lo que debemos tomar conciencia de ello y modificar nuestro estilo de vida que continua afectando los ecosistemas.   No basta con modificar leyes. La ciencia y la academia deben ser nuestros guías en la implementación de un sistema de protección civil ante los distintos fenómenos naturales que nos amenazan y frente el crecimiento que la Ciudad tienen de manera permanente, al igual que ante los servicios que ese crecimiento demanda, tales como el gas y la energía eléctrica, mismos que también representan un peligro latente.   Finalmente, quiero hacer un reconocimiento a todas esas personas que hoy tal como ayer y desde hace muchos años, con total altruismo y desinterés particular, han dedicado sus vidas a velar por la seguridad de todos. Me refiero a los rescatistas, bomberos y cuerpos de seguridad, que aún sin contar con los elementos mínimos para llevar a cabo su noble labor, arriesgan su integridad física por todos los que habitamos esta gran Ciudad.   Por ello, es que debemos dotarlos de mejores herramientas de trabajo, lo cual hasta la fecha no ha sucedido y que también representa un pendiente importante en materia de protección civil en el Distrito Federal. A todo ellos, ¡muchas gracias!   Compañeras y compañeros legisladores:   Para el Partido Verde, más que un día de reflexión, este 19 de septiembre  debe ser un día de acción, tal como sucedió hace 28 años cuando los habitantes de la ciudad, sin importar nuestra condición física o económica, nos organizamos y movimos con nuestra voluntad a la Ciudad y al país entero.   Por eso los invitamos a continuar trabajando con madurez y capacidad por nuestra Ciudad, en este y otros temas como los que he mencionado, que son sumamente sensibles para la población capitalina  y que no admiten dilación alguna.   ES CUANTO, DIPUTADO PRESIDENTE.  
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Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 21 de Agosto del 2013.

DIP. VIDAL LLERENAS MORALES PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE P R E S E N T E   Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente Punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del órgano político administrativo de Álvaro Obregón el C. Leonel Luna Estrada a que resuelva las diversas necesidades de las colonias de la demarcación de Álvaro Obregón, bajo los siguientes:

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

  La delegación Álvaro Obregón es una de las delegaciones que presenta los mayores contrastes sociales, al tener zonas residenciales muy exclusivas enfocadas al poder adquisitivo medio-alto y alto como lo son Lomas de Santa Fe, San Ángel, San Ángel Inn, Lomas de San Ángel Inn, Florida, Tlacopac, Jardines del Pedregal, Guadalupe Inn, Colinas del Sur, Las Águilas, Chimalistac, Jardines del Pedregal y Villa Verdún; de clase media como: San Pedro de los Pinos, Tetelpan, Tizapán,  Alpes y Mixcoac así como colonias de clase media baja y baja con un alto índice de delincuencia como lo son: Observatorio, Roebuck, Merced Gómez, Plateros, Américas, Alfonso XIII y Olivar del Conde y otras de clase baja de carácter más irregular donde predominan la delincuencia, marginación y hacinamiento como en el pueblo de Santa Fe, El Cuernito, Golondrinas, La Araña, Punta del Ceguayo, Jajalpa, Barrio norte o la Zona de Cristo Rey. En la delegación también se pueden encontrar en pequeña porción pueblos y colonias de carácter rural y semi-urbano con cierto grado de marginación localizadas en los límites con el Desierto de los Leones hacía el suroeste como Santa Rosa Xochiac y San Bartolo Ameyalco. Álvaro Obregón es también una de las delegaciones con una zona rural y zonas montañosas boscosas, entre los pueblos ubicados en la sierra están: San Bartolo Ameyalco, Santa Rosa Xochiac, El Desierto de los Leones y también Tizapán. Su nombre significa "escudos blancos". Tizapán- Tiza: yeso o greda; pan: en, sobre, encima. El significado del nombre es "en donde la tiza", una zona que en los últimos años ha cambiado de ser un pueblo como se le denominaba hace veinte años, con la ventaja de contar con todos los servicios ya que al estar rodeada de San Ángel y Pedregal. Las zonas montañosas localizadas en esta delegación alcanzan los 3.800 msnm, en donde hay sitios ideales para el excursionismo, campismo y la caminata de alta montaña. Por la delegación corre el Rio Magdalena, último río vivo de la ciudad que sufre un grave problema de contaminación, aunque se planea su limpieza y embellecimiento del entorno que lo rodea. De igual modo, antaño, en los alrededores de periférico y Plateros se encontraba ubicado el ya famoso Manicomio General de La Castañeda, instituido en el año de 1910 por el expresidente, Porfirio Díaz, para celebrar 100 años de la Independencia. Éste tuvo una doble función de hospital y asilo para la atención psiquiátrica de enfermos mentales de ambos sexos, de cualquier edad, nacionalidad y religión. Debido a las pésimas condiciones en que se encontraban los internos en La Castañeda, el gobierno de Gustavo Díaz Ordaz decidió, en 1967, inaugurar granjas-hospitales ubicadas en las afueras de la ciudad, a donde fueron trasladados los 5 000 habitantes del antiguo manicomio. Del Manicomio, sobrevivió la fachada majestuosa de estilo francés, que piedra por piedra fue trasladada de la ciudad de México a Amecameca, en donde hoy resguarda celosamente la vida religiosa de Los Legionarios de Cristo. Algunas colonias de la delegación se encuentra en zona de minas, tales como Olivar del Conde, Presidentes, Capula, Piloto, Bellavista entre otras y están catalogadas como "zona minada de alto riesgo"; en 2005 en la colonia Olivar del Conde es donde más cavidades se han localizado, y del año pasado a la fecha, por medio de un convenio de colaboración con ingenieros de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), se identificaron 21 minas, de las cuales tres fueron consideradas de muy alto riesgo.   También tiene una gran cantidad de riesgos.  El 60% de la población vive sobre suelo minado de relleno,  en taludes, barrancas.  Hay 800 puntos de riesgos.  Tiene siete grandes barrancas que impiden mucho la comunicación entre ellas. Aquí conviven los dos polos opuestos de la sociedad: las zonas con mayor marginación y los de mayor ingresos y son vecinos, lo que convierte a este delegación en la más compleja, porque aquí se suma toda la problemática de la ciudad. “En las laderas de ríos y barrancas viven unas 150 mil personas. Aquí son vecinos  los muy ricos y los muy pobres. Ambos nos piden solución de problemas”. Los millonarios viven en colonias como San Ángel, San Angelín, El Pedregal, Chimalistac, Rancho San Francisco, Complejo Santa Fe, zonas de muy alto ingreso. La gente en extrema pobreza vive en La Araña, El Queso, La Coyate, Barrio Norte, Jalalpa, Lomas de Becerra, con alto grado de marginación. Esto sin duda  remarca la complejidad delegacional. Aun con los programas que se realizan en estas demarcaciones para el desazolve de presa con aguas negras, como la ubicada en Av. Minas de Cristo, la población de las colonias aledañas siguen utilizando estos lugares como depósitos de basura, por lo cual las autoridades tienen que crear nuevas estrategias para contrarrestar la problemática que se vive con la falta de cultura el manejo de la basura.   En este sentido,  el pasado sábado 17 de agosto de este año, los diputados del grupo Parlamentario del Partido Verde realizaron un recorrido por diversas colonias de la delegación Álvaro Obregón,  como la  Colonia Barrio Norte y  la Colonia Palmas Axotlita, los habitantes de dichos lugares expresaron que se requiere más seguridad e incrementar más la vigilancia, pues existen muchos lugares donde se ejerce el narcomenudeo, generando una gran inseguridad como los asaltos en vía pública.   Los habitantes de esta delegación nos comentaron que las condiciones de vida en la delegación Álvaro Obregón se han deteriorado cada vez más, por ejemplo, se han removido varias áreas de banquetas que hasta la fecha siguen sin pavimentar, es casi imposible transitar a pie por las calles: es muy deficiente el servicio de recolección de basura y el servicio de limpia   Otra situación que pasan los habitantes de estos barrios es la aglomeración de basura en las esquinas de las  calles,  provocando contaminación ambiental y como consecuencia, reiteradas  enfermedades infecciosas para los que viven y pasan por dicho lugar, por lo que solicitan mayor vigilancia a efecto de que se sancione a las personas que tiran basura y en consecuencia se eliminen por completo estos tiraderos.   Manifestaron la urgente necesidad de que se solucione el  foco de infección que representa la presa que se encuentra ubicada en la Colonia Barrio Norte en la cerrada de la presa y golondrinas, toda vez que representa para sus habitantes un foco de infección,  despide olores que contaminan y dañan la salud de los pobladores, además de que es utilizada de manera permanente como tiradero.   Solicitan también que se verifique la calidad y la cantidad de agua que llega a la Colonia Barrio Norte, pues lamentablemente la escasez y la mala calidad del agua, ha ocasionado también problemas de salud y dificultad para desarrollar sus actividades de aseo de forma permanente.   Solicitaron que se  limpien las barrancas, pues se han convertido en tiraderos de basura y constantemente hay incendios.   En relación a los incendios, solicitaron que exista mayor vigilancia por parte de la Secretaria de Seguridad Pública, pues en muchas ocasiones los mismos vecinos han tenido que intervenir para apagar los incendios, asumiendo incluso los riesgos que eso conlleva.   Tal como se puede apreciar, es necesario que las autoridades (comenzando por las delegacionales), atiendan de manera urgente la grave problemática que enfrenta  la Delegación Álvaro Obregón, es por ello es que a través del presente Punto de Acuerdo,  hacemos nuestras todas y cada una de las demandas y necesidades de los ciudadanos de esa delegación y solicitamos a las autoridades correspondientes su inmediata intervención.   Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente proposición con:  

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.- Esta Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita al Jefe Delegacional en  Álvaro Obregón,  Leonel Luna Estrada, atienda de inmediato las siguientes demandas ciudadanas:     EN  COLONIA PALMAS AXOTITLA y COLONIA BARRIO NORTE.
  • Solicitan se sustituya el  alumbrado público.
  • Solicitan el desazolve de las coladeras.
  • Se solicita la instalación de un gimnasio al aire libre.
  • Solicita que rehabiliten de las banquetas que están en Av. San Antonio.
  • Solicita  canchas de futbol un gimnasio al aire libre, en el área de la barranca donde esta un estacionamiento.
  • Solicita que se entube o se construya un muro de contención en la presa Becerra A, ubicada en la colonia Barrio Norte.
  • Se solicita se atienda de manera inmediata el hundimiento  ubicado en la calle Minas de Cromo y en  diversas calles de las colonias,  ya que la delegación ha hecho caso omiso.
  • Se solicita que de manera inmediata atiendan y reparen las fugas de agua que existen en esa zona ya que cuando son reportadas tardan mucho en repararlas hasta quince días.
  • Solicitan que de inmediato se concluya la construcción del CENDI que se encuentra ubicado en minas de sal y minas de sufre, ya que desde hace 13 años que comenzó su construcción no se ha concluido.
  • Solicita el retiro del poste que está tirado en la esquina de López Mateos y Malinche ya que los utilizan para tirar la basura y como asiento.
  SEGUNDO.- Esta Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita al Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal, Jesús Rodríguez Almeida, atienda de inmediato las siguientes demandas ciudadanas de las colonias Palmas Axotitla y colonia Barrio Norte.

  • Incrementar la vigilancia de las calles, en parques y jardines, además de  rondines permanentes en patrullas de la Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal.
  • Solicitan que se atienda denuncias de narcomenudeo e inseguridad.
  • Solicitan Cámaras de Vigilancia en vía pública.
  • Se solicita la instalación de Alarmas Vecinales.
  • Se solicita mayor vigilancia y patrullajes principalmente los fines de semana en la calle Malinche y esquina con López Mateos.
    • Solicitan mayor seguridad ya que los policías no entran en los callejones y solo se quedan en las avenidas principales, también los policías no atienden las peticiones de los vecinos y hay mucha delincuencia.
    TERCERO.-  Esta Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita al titular del Sistema de Agua del Ciudad de México,  atienda la  solicitud de los vecinos de las  COLONIAS PALMAS AXOTITLA y COLONIA BARRIO NORTE.
  • Solicita atiendan el cobro excesivo de agua, además de que el recibo no  llega a sus hogares.
  • Revisar fugas de agua que por lo regular hay en dichas  colonias
  • Solicitan se atienda la falta del servicio de agua, porque no siempre hay en la zona y cuando llega sale muy sucia.
 

Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:

 

 

DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ

COORDINADOR                                                            VICECOORDINADOR

 
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Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 4 de Septiembre de 2013.

    Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR LA QUE SE EXHORTA A LAS SECRETARÍAS DE SALUD, PROTECCION CIVIL Y MEDIO AMBIENTE, TODAS DEL DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO A LAS 16 DELEGACIONES POLÍTICAS, PARA QUE REALICEN CONJUNTAMENTE Y DESDE EL ÁMBITO DE SU COMPETENCIA, OPERATIVOS CON LA FINALIDAD DE VIGILAR, CONTROLAR Y CLAUSURAR RASTROS CLANDESTINOS, bajo la siguiente:  

EXPOSICION DE MOTIVOS:

El cierre del único rastro que existía en Milpa Alta, (hace un año ocho meses) ha ocasionado la aparición de rastros clandestinos en casas, bodegas, terrenos e incluso a bordo de tráileres, donde se lleva a cabo la matanza de reses, cerdos, borregos y pollos; alrededor de 3 mil animales a la semana en la demarcación[1]. El máximo número de matanzas clandestinas en esa demarcación se da jueves y viernes, pues el fin de semana es la venta de la carne.   Según el médico veterinario de la UNAM, Roberto Duarte, es imposible cuantificar los rastros clandestinos, y no solo en Milpa Alta. La existencia de estos rastros recorre todo el Distrito Federal, pero principalmente las delegaciones rurales: Tláhuac, Xochimilco, Magdalena Contreras, Tlalpan, Cuajimalpa y Milpa Alta.   De los 1,151 rastros que hay en el país, solo hay uno en el Distrito Federal, pero está clausurado desde el 6 de julio de 2011.   Actualmente, no existen medidas de higiene. “Esos animales se matan en las casas: en cualquier parte se mata para su venta al público; el cierre del rastro originó la clandestinidad. En los domicilios la gente compra los animales de traspatio para vender la carne, y al no haber dónde matarlos se sacrifican en otro lugar”, asegura el Médico Veterinario Roberto Duarte.   El último dato de 2003 de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), dice que los rastros clandestinos en México (DF) representan 30 por ciento del total nacional.[2]   El Estado de México cuenta con 41 rastros municipales, 18 privados y tres de los llamados TIF (Tipo de Certificado Federal; lo más moderno en rastros): Toluca, Ayapango y Ecatepec. De estos puntos llega la carne al DF, pero también de los rastros clandestinos.   Dependencias federales o locales, como SAGARPA, COFEPRIS o la Agencia de Protección Sanitaria de la Secretaría de Salud del Distrito Federal, alegan falta de personal para la verificación o que simplemente no es de su competencia llevar a cabo la clausura de rastros clandestinos.   La carne es un componente básico de la alimentación diaria de cualquier persona, que permite un alto valor nutritivo. El 20% de la carne es pura proteína acompañada de aminoácidos esenciales necesarios para la nutrición humana.   Sin embargo, la matanza de traspatio como comúnmente se le conoce a la matanza clandestina, se hace sin ningún tipo de condiciones de sanidad y genera un problema de salud pública y un impacto ambiental negativo.   Los rastros se clasifican de acuerdo al tipo de actividades que realizan, por el equipamiento y la finalidad para los que fueron creados. En este sentido, existen los rastros Tipo Inspección Federal (TIF) y los rastros Tipo Inspección de la Secretaría de Salud (TSS).   Rastros TIF: Estos rastros son aquéllos que además de prestar servicios básicos que proporcionan los rastros TSS, permiten una industrialización de los productos derivados de la carne. Este tipo de rastro opera fundamentalmente para que sus productos se destinen a la comercialización de grandes centros urbanos y a la exportación.   La ventaja de los rastros TIF es que el animal es mejor aprovechado favoreciendo con ello un mayor rendimiento y abaratamiento de la carne en beneficio de la economía familiar. Sin embargo su operación requiere necesariamente de instalaciones y maquinaria especializada cuyos costos son bastante elevados.   Rastros TSS: Estos rastros son los que se conocen comúnmente como rastros municipales. Se caracterizan por el equipamiento y servicios que proporcionan, así como por el tipo de inspección que lleva a cabo la Secretaría de Salud consistente en el control sanitario de la carne.   De acuerdo con la  LEY DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de septiembre de 2009[3].   DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN SANITARIA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL   Artículo 110.- Las atribuciones de regulación, control, fomento y vigilancia sanitaria que correspondan al Gobierno en materia de salubridad local, serán ejercidas a través del órgano desconcentrado del Gobierno del Distrito Federal, sectorizado a la Secretaría, denominado Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, a la que corresponde:   I. Ejercer la regulación, control, vigilancia y fomento sanitarios de las actividades, condiciones, sitios, servicios, productos y personas a que se refiere el presente Título, así como en: a) Restaurantes y bares; b) Comercio al por mayor de productos lácteos; c) Productos naturistas; d) Productos de la pesca; e) Carnes; f) Huevo; g) Frutas y legumbres; h) Calidad del agua, agua embotellada y hielo; i) Cadáveres y agencias funerarias; j) Ambulancias y servicios de salud; k) Establecimientos especializados en adicciones; l) Sanidad internacional, en los términos que señalen las disposiciones legales aplicables, y (…) V. Identificar, analizar, evaluar, regular, controlar, fomentar y difundir las  condiciones y requisitos para la prevención y manejo de los riesgos sanitarios en el Distrito Federal; VI. Expedir certificados oficiales de la condición sanitaria de procesos, productos, métodos, instalaciones, servicios o actividades relacionadas con las materias de su competencia; VII. Emitir, prorrogar o revocar las autorizaciones sanitarias en las materias de su competencia, así como ejercer aquellos actos de autoridad que para la regulación, control y fomento sanitarios se establecen o deriven de esta Ley, la Ley General y sus reglamentos, las normas oficiales mexicanas, las normas técnicas locales y demás disposiciones legales aplicables; VIII. Ejecutar los procedimientos administrativos que correspondan conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, Ley de Establecimientos Mercantiles y el Reglamento de Verificaciones, en lo que le sea aplicable al esquema normativo regulatorio de la Secretaría, en los términos de sus facultades específicas y necesidades técnicas y organizacionales;   Artículo 147.- La central de abastos, mercados públicos, centros de abasto y similares, serán objeto de verificaciones sanitarias periódicas por la Agencia.   Artículo 167.- El sacrificio de animales se efectuará en los lugares, días y horas que fije la Agencia, tomando en consideración las condiciones del lugar y los elementos de que disponga dicha autoridad para realizar la verificación sanitaria. Queda estrictamente prohibido el sacrificio de animales en casas o domicilios particulares cuando las carnes sean destinadas al consumo público. Si la carne y demás productos animales se destinan al consumo familiar, la Agencia concederá permiso para el sacrificio de ganado menor a domicilio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables.   Artículo 168.- Los rastros, establos o caballerizas y otros similares deberán contar con la autorización sanitaria que emita la Agencia y su operación se apegará a lo estipulado en el Reglamento de control sanitario que al efecto emita el Jefe de Gobierno del Distrito Federal.   Artículo 169.- Los animales destinados al consumo humano deberán ser examinados en pie y en canal por la Agencia, la cual señalará qué carne puede dedicarse a la venta pública, mediante la colocación del sello correspondiente. El manejo, disposición y expendio de la carne para consumo humano y sus derivados, se sujetará a las acciones de verificación sanitaria establecidas por la Agencia. El sacrificio de animales para consumo humano, en cualquiera de sus formas, deberá ser humanitaria y se utilizarán los métodos científicos y técnicas actualizadas que señalen las disposiciones reglamentarias correspondientes.   Artículo 170.- Queda a cargo del Gobierno las actividades de funcionamiento, conservación y aseo de los rastros públicos, así como la vigilancia y supervisión de la operación de los privados. Dichas funciones las podrá ejercer por conducto de las delegaciones, en los términos de los reglamentos que al efecto se expidan.   Las funciones de control y verificación sanitaria corresponden a la Agencia.   Artículo 171.- Todo personal que preste sus servicios en contacto directo con los animales en pie o en canal, deberá contar con la tarjeta sanitaria que expida para tales efectos la Agencia.   Ahora bien la LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL  DISTRITO FEDERAL. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de abril  de 2003[4].Última reforma publicada en la Gaceta Oficial del DF, 18 de Agosto de 2009, establece lo siguiente:   Artículo 25. Queda prohibido por cualquier motivo:   I. Arrojar o abandonar en la vía pública, áreas comunes, parques, barrancas, y en general en sitios no autorizados, residuos sólidos de cualquier especie; II. Depositar animales muertos, residuos sólidos que despidan olores. desagradables o aquellos provenientes de la construcción en los contenedores instalados en la vía publica para el arrojo temporal de residuos sólidos de los transeúntes; III. Quemar a cielo abierto o en lugares no autorizados cualquier tipo de los residuos sólidos; IV. Arrojar o abandonar en lotes baldíos, a cielo abierto o en cuerpos de aguas superficiales o subterráneas, sistemas de drenaje, alcantarillado o en fuentes públicas, residuos sólidos de cualquier especie;   El cierre del único rastro que tenía el Distrito Federal, en Milpa Alta, ocasionó la aparición de rastros clandestinos donde se lleva a cabo la matanza de reses, cerdos, borregos y pollos; alrededor de 3 mil animales a la semana. Todo ello sucede sin medidas de higiene. Esos animales se matan en casas, bodegas, terrenos e incluso a bordo de tráileres: en cualquier parte se mata para su venta al público.[5].   “No hay control de la carne que sale al mercado: los animales pueden estar enfermos, contagiados”, causando algunas enfermedades que pueden contraer las personas que ingieren la carne como son diarreas y salmonelosis.   Imposible cuantificar los rastros clandestinos, la existencia de estos rastros recorre todo el DF, pero principalmente las delegaciones rurales: Tláhuac, Xochimilco, Magdalena Contreras, Tlalpan, Cuajimalpa y Milpa Alta.   Hay rastros clandestinos en los que se vende carne de ganado engordado con clembuterol, sustancia que se concentra en las vísceras de los animales, y puede ser peligroso para quienes padecen problemas cardiovasculares.   El clembuterol puede causar problemas de taquicardia, nauseas, incremento de la presión sanguínea e intoxicación, adormecimiento de las manos, temblores musculares, nerviosismo, dolor de cabeza y dolores musculares, lesiones hepáticas, cáncer estomacal, alteraciones de tiroides, disfunciones metabólicas, entre otras enfermedades de difícil tratamiento, que constituyen riesgo para la salud.   Las consecuencias para la salud pública del consumo de clembuterol en productos de origen animal (POA) se centran mayormente en los riesgos que representa para el consumidor de productos de origen animal contaminados con este fármaco, carne que  carece de algún control sanitario y veterinario.   Se siguen presentando casos de intoxicaciones en humanos debido a que existe poco control o vigilancia de las autoridades correspondientes, ya que no se cuenta con un programa efectivo debidamente supervisado por veterinarios oficiales, por lo que es indispensable erradicar los rastros clandestinos en el Distrito Federal.   “Rastros y establecimientos de venta de carne de res que no cumplen con los requisitos sanitarios, se han convertido en un peligro de salud pública, pues contaminan agua y medio ambiente a los ojos de todos por incapacidad oficial”[6].   “En las delegaciones Venustiano Carranza y Azcapotzalco, se han detectado rastros que violan la Ley de Residuos, y en Iztacalco, en la zona de San Juan, también la higiene es un problema constante y con el peligro de salud pública”.   “Desde los encargados de la matanza hasta los comerciantes de venta de carne y sus derivados tiran en el drenaje o en plena calle los desechos de sangre, grasa y otros residuos de los animales”[7].   Los rastros y mataderos tienen un gran impacto ambiental negativo en la mayoría de las localidades donde se asientan. Los residuos sólidos y líquidos son vertidos, casi en la totalidad de los rastros, en el drenaje o cuerpos de agua. Esta situación representa, además del evidente daño ambiental, un gran desperdicio de recursos que pueden ser empleados en diversas actividades y bien pueden ser considerados como un subproducto de la matanza.   Actualmente, la disposición final de los residuos en estos establecimientos tiene un impacto adverso en la biodiversidad local y en el agua con consecuencias directas e indirectas en la salud pública[8].   Los residuos de los rastros no son basura de la cual se deba deshacer  rápidamente sino que son recursos que pueden tener un uso y aprovechamiento. Para lograr esto último es indispensable, primeramente, recuperar y separar los residuos de manera integral para poder manejarlos de la manera más adecuada y fácil. Lo más importante es evitar al máximo la disposición de residuos en el drenaje o cuerpos de agua ya que el tratamiento posterior resulta muy costoso y se aumentan los riesgos a la salud de la población.   Gran parte del impacto ambiental y en salud pública que tienen los residuos sólidos y líquidos de los rastros no puede ser cuantificado, sin embargo, la evaluación de riesgos proporcionó una perspectiva de la situación.   La recuperación y separación de los residuos de manera integral en el rastro es esencial, primeramente para valorarlos como un subproducto y poderlos utilizar en otras actividades como la elaboración de harinas y alimentos, compostaje o, incluso, generación de energía. Posteriormente, al separar los residuos se facilita el tratamiento del agua residual que se debe realizar para cumplir con la normatividad en la materia (NOM-001-ECOL-1996 y NOM-002-ECOL-1996) y con ello también evitar la contaminación de cuerpos de agua que abastecen a la población.   Por otro lado, el 60% de la carne producida en México se comercializa en forma de canal caliente (sin congelar), lo que afecta la calidad e higiene para el consumidor. El resto se realiza por otros canales donde la calidad es superior, Sin embargo, consumir carne en condiciones poco higiénicas y sanitarias para su ingesta es un tema de salud en el DF[9].   En este sentido, es importante que las Secretarías de Salud y de Protección Civil del Gobierno capitalino, implementen operativos de vigilancia en las zonas de sacrificio de reses y caballos conocidas como rastros, debido a que la matanza y manejo de mucha de esa carne para consumo humano está fuera de control.   Si esto se lleva a cabo, los rastros y mataderos tienen un gran impacto ambiental negativo toda vez que los residuos sólidos y líquidos son vertidos, casi en la totalidad en el drenaje o cuerpos de agua. Esta situación representa un evidente daño ambiental.   Por lo cual, el PVEM cree indispensable fomentar el aprovechamiento de recursos que pueden ser empleados en otras actividades y pueden ser considerados como subproductos de matanza, mediante un buen manejo de los residuos en forma adecuada e integral, evitando a toda costa la disposición de residuos en el drenaje y cuerpos de agua, que representan aumento en el riesgo de salud de la población.   Es indispensable implementar operativos de vigilancia en las zonas de sacrificio de reses y caballos conocidos como rastros, ya que la matanza y el manejo de esa carne para consumo humano está fuera de control.   Las autoridades deben ocuparse de resolver ese problema de manejo de sangre y vísceras sin propiciar una contaminación del medio ambiente y evitando que taponen el drenaje de desechos, que acarrearía un gran potencial de riesgo para la salud ciudadana y de medio ambiente citadino[10].   La población exige que la carne para consumo humano reuna las condiciones higiénicas y sanitarias para su ingesta; realizar una adecuada comercialización y suministro de carne para consumo humano; evitar la matanza clandestina en casas y domicilios particulares, y generar más ingresos derivados del cobro de cuotas por el sacrificio de animales.     Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en el artículo 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a consideración del pleno la siguiente Proposición con:  

PUNTO DE ACUERDO:

  ÚNICO. La Diputación Permanente de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal,  VI Legislatura, respetuosamente exhorta a las Secretarías de Salud y Medio Ambiente, ambas del Distrito Federal, así como a las 16 Delegaciones, para que de manera conjunta y desde el ámbito de su competencia, implementen políticas públicas con la finalidad de evitar el funcionamiento de rastros clandestinos y, en su caso, sancionar las conductas ilegales en la que se incurran al respecto.

 

Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:

    DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                       VICECOORDINADOR  

 


[7]www.grillaenelpoder.com.mx/edicion/index.php?option=com_content&view=article&id=17953&catid=35:noticia&Itemid=57
[8]  www.cofepris.gob.mx/Documents/TemasInteres/Alimentos/GUIA4.PDF
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Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 28 de Agosto de 2013.

    DIP. VIDAL LLENERAS MORALES PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA P R E S E N T E                                                    Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO SOBRE LA IMPERIOSA NECESIDAD DE REGULAR LAS MARCHAS Y MANIFESTACIONES EN LA VÍA PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, bajo la siguiente:

 

 

                                             EXPOSICION DE MOTIVOS

 

  El pasado jueves 22 de agosto, la estación del metro Zócalo suspendió su  servicio ocasionando grandes problemas a los usuarios.  Por otra parte, la invasión total del Zócalo por parte de los maestros agremiados a la CNTE obligó a modificar la ruta del Maratón Internacional de la Ciudad de México en su edición XXXI, poniendo en riesgo la certificación mundial de la competencia. El miércoles 21 de agosto, un hombre murió en las calles aledañas el platón del magisterio en el Zócalo, debido a un paro cardiaco y a que la ambulancia no pudo entrar.   A esto debemos sumar que los manifestantes usan el mobiliario urbano para colocar sus carpas, por lo que ya se han  presentado denuncias en su contra. Solo por mencionar un caso, ocuparon la estación 90 de Ecobici para colgar sus lonas y abrieron un registro de la CFE.   Igualmente, el Palacio Nacional se encuentra cerrado a visitas y que decir de los Portales de Mercaderes que únicamente cuentan con un par de metros para el paso peatonal y el ingreso a los negocios.   Al día de hoy,  personal de concertación política  del GDF, calcula 18 mil personas ocupando el Zócalo. Pero no solo eso, sino que los propios manifestantes se encuentran en peligro, pues algunas de sus carpas están sobre registros eléctricos de la CFE y bloquean la salida de los edificios aledaños, lo que ocasionaría que en una emergencia, la evacuación fuera sumamente complicada.   En cuanto a los números,  son ya 7 mil 500 negocios en la delegación Cuauhtémoc afectados y el sector empresarial del DF pierde 100 millones de pesos diarios, según la COPARMEX.   También se ha visto afectada la circulación  del Metrobús y, en consecuencia, el servicio que presta en detrimento de miles de personas.   El día en que se manifestaron en la Cámara de Diputados, según notas periodísticas (La Prensa), hubo 20 policías heridos y 17 autos dañados. También se agredió a elementos de la Policía Federal, en un claro ejemplo de ultrajes a la autoridad. Todo ello sin dejar de mencionar las agresiones a reporteros que se encontraban cubriendo periodísticamente los hechos.   Pero no solo se afecta la zona del Zócalo capitalino, todos hemos sido testigos de afectaciones viales en las calles de Tacuba, Hidalgo, Avenida Insurgentes, Paseo de la Reforma, Bucareli y el Circuito Interior. También en las entradas de las carreteras a Cuernavaca y Pachuca, desquiciando la circulación de automovilistas, motociclistas, ciclistas y peatones.   Los datos más recientes indican que las manifestaciones y plantones recientes. El pequeño y mediano comercio de la Ciudad reportó pérdidas por más de 400 millones de pesos. El presidente de la Cámara Nacional del Comercio en Pequeño en el DF indicó que se ha afectado a poco más de 16 mil negocios establecidos en las inmediaciones de los puntos en donde se han realizado bloqueos.   Tan solo en el bloqueo en la zona del Aeropuerto, abarrotes, papelerías y farmacias disminyeron sus ventas en 60% y los negocias de comida en casi 90%. Ello aunado a los miles de viajeros que no pudieron tomar sus vuelos a tiempo y cuyas pérdidas aún no se han cuantificado.   Se estima que el bloqueo del Boulevard Puerto Aéreo que ocasiono el cierre de de la circulación en Río Churubusco y Viaducto Río Piedad duro entre 10 y 12 horas.   El Metro cerró sus estaciones Boulevard Puerto Aéreo de la Línea 1 y Terminal Aérea de la línea 5.       Dejó sin vuelo a 4 mil 160 pasajeros, según cálculos del director  general del AICM, quien preciso que se programaron y operaron mil 80 vuelos y que los pasajeros que no alcanzaron a llegar a tiempo tenían un boleto para la mitad de los vuelos programados, es decir 540.   Otros medios afirman que se afectó a 500 vuelos y a 3 mil pasajeros   En el ramo turístico, los hoteleros también han hechos sentir su frustración al tener que reubicar a un número indeterminado de turistas de los hoteles cercanos a las zonas de conflicto a otras más desahogadas, con el consecuente desprestigio para la Ciudad.   También la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo en Pequeño del DF, (Canacope) denunció que los hoteles del Centro Histórico perdieron hasta el 90 por ciento de su ocupación por el plantón. La mayoría de los huéspedes venían al Maratón de la Ciudad de México.   Los hoteles absorbieron el costo de la comisión por cancelación, no lo cobraron a los maratonistas.   Para la Canacope el plantón magisterial ha ocasionado pérdidas por 150 mil millones de  pesos ante la baja actividad comercial y turística  en el centro de la  ciudad.   Al respecto, el propio Secretario de Desarrollo Económico del D.F., también ha dicho que no existe “una métrica robusta,seria, que pudiera calcular las pérdidas.   Todo ello solo en lo que se refiere a los eventos suscitados durante los últimos 10 días en los que ha participado la CNTE.   Pero los maestros no son los únicos que constantemente se manifiestan con desorden. También el Sindicato Mexicano de Electricistas, organizaciones civiles y en general cualquier grupo que ve afectados sus intereses.   Es verdad, uno de los derechos humanos más importantes es la libertad de expresión, pues gracias a ella todos tenemos la oportunidad de externar nuestras ideas y opiniones. De ahí que todos nos podamos manifestar y reunirnos para ello.   Pero por otro lado encontramos a las personas que simplemente no forman parte de las mismas y que necesitan circular, llegar a su trabajo, hacer sus actividades cotidianas o simplemente ejercitar su derecho de tránsito, el cual también es un derecho de todos.   Recordemos que, según la Constitución, la manifestación de ideas debe realizarse sin atacar la moral, los derechos de terceros, provocar algún delito o perturbar el orden público, todas ellas condiciones que constantemente son violadas en perjuicio de millones de personas en el Distrito Federal.   Por ello es sumamente urgente que las autoridades pongan un alto a las personas que violan las leyes y la Constitución de manera sistemática, afectando el trabajo, la economía, la educación y la salud de todas esas personas que habitamos la Ciudad de México.   La solución consiste simple y sencillamente en regular las marchas, salvaguardando el derecho de expresión de quienes quieren hacerse escuchar por parte de las autoridades, así como protegiendo los intereses individuales y colectivos de los ciudadanos que vivimos y trabajamos en la Capital.   Debo señalar que países como España, Rusia, Libia, Colombia y Chile, ya cuentan con leyes que regulan las manifestaciones, porque coincidieron en que se requería regular la libertad de expresión y manifestación para garantizar el orden público y proteger los derechos de terceros.   Y aunque en el DF las propuestas ya están hechas con ese mismo objetivo, el PRD insiste en detenerlas fomentando el caos.   En este sentido, el sector privado ha hecho públicas algunas cifras muy reveladoras los problemas de tráfico vehicular en la Ciudad de México se traducen en pérdidas anuales de 33 mil millones de pesos. Y según la investigación a pesar de las grandes inversiones que han hecho las diferentes administraciones del Gobierno del Distrito Federal, como lo son el Metrobus, segundos pisos, ampliaciones al Sistema de Transporte Colectivo en tan solo 4 años el promedio de tiempo que lleva trasladarse de un punto a otro de la ciudad pasó de 53 minutos a 81 minutos.   Todo esto es tan solo por el trafico que se genera independientemente si se genera por una manifestación o no, mas la Canaco emitió un comunicado en donde establecía que tan solo en la Delegación Cuauhtémoc se registran pérdidas por unos 957 millones de pesos cuando las manifestaciones duran de siete a ocho horas; cuando su duración es de cuatro a cinco horas, la pérdida es de 574 millones de pesos; y las de menor tiempo son de unos 319 millones de pesos.   Los sectores comercio, servicios y turismo registran pérdidas de unos mil millones de pesos a causa de las marchas en el Centro Histórico del Distrito Federal, por lo que la Cámara Nacional de Comercio local (Canaco) pidió reglamentar estas manifestaciones.   La marcha estudiantil del 2 de octubre de 2012, tan sólo en la delegación Cuauhtémoc se registran pérdidas por unos 957 millones de pesos en casos en los que las marchas duran de siete a ocho horas.[1]   Los sectores comercio, servicios y turismo registran pérdidas de unos mil millones de pesos a causa de las marchas en el Centro Histórico del Distrito Federal, por lo que la Cámara Nacional de Comercio (Canaco) local pidió reglamentar estas manifestaciones.   De acuerdo con un estudio del Centro de Transporte Sustentable, los problemas de tráfico vehicular que se presentan a diario en el DF dejan pérdidas anuales de 33 mil millones de pesos, 2 mil 450 millones de dólares.   La velocidad promedio de los vehículos en el Distrito Federal se redujo en 2 décadas de 38 a 17 km por hora, según el Centro de Transporte Sustentable.   Pero eso no es todo, también la sociedad se ha pronunciado en torno a la realización de marchas y plantones: El Universal: 82% de encuestados está a favor de impedir los bloqueos como los de la CNTE; 16% dice Sí a permitir los bloqueos. Encuesta BGC-Excélsior: 52% está a favor de usar la fuerza pública.   Derivado de todo lo anterior es que consideramos que es impostergable que las autoridades tomen cartas en el asunto. No se trata de reprimir ni de ejercer violencia contra nadie. Simple y llanamente se trata de hacer cumplir la ley y la ley dice que existen instituciones para hacer valer las inconformidades de personas y grupos, que nadie puede hacerse justicia por su propia mano, que nadie puede afectar los derechos de terceros y que las autoridades deben velar por el respeto de todas estas prerrogativas de los ciudadanos.   Por eso es que hoy, más que nunca, urge regular las manifestaciones en la vía pública, para que toda persona pueda decir lo que quiera usando los medios idóneos para que su voz sea escuchada, incluso los mismos que utiliza el Gobierno, pero de una manera ordenada, sin transgredir los derechos de la gran mayoría que se ve afectada seriamente su economía, seguridad e integridad física.         Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con      

PUNTO DE ACUERDO

 

  PRIMERO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal respetuosamente solicita a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Distrito Federal, que dentro del ámbito de sus facultades, tome las medidas oportunas y necesarias para que el sector productivo del Distrito Federal pueda reducir sus pérdidas durante la realización de marchas, mítines, manifestaciones y plantones, mediante la aplicación de instrumentos económicos y fiscales.   SEGUNDO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal solicita a su Comisión de Gobierno para que a la brevedad acuerde lo necesario con la finalidad de que este Órgano legislativo se avoque de inmediato al estudio de las distintas iniciativas que se han presentado en materia de regulación de marchas u manifestaciones en la vía pública.           Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:     DIP. JESUS SESMA  SUAREZ              DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                  VICECOORDINADOR
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