Miércoles, 22 Enero 2014 12:13

PUNTO DE ACUERDO SOBRE LAS CLÍNICAS PRIVADAS EN DONDE SE REALIZA EL PROCEDIMIENTO DE INTERRUPCIÓN LEGAL DEL EMBARAZO EN LA CIUDAD DE MEXICO (CMigrator copy 1) Featured

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Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a  22 enero de 2014.

    HONORABLE ASAMBLEA:     Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO SOBRE LAS CLÍNICAS PRIVADAS EN DONDE SE REALIZA EL PROCEDIMIENTO DE INTERRUPCIÓN LEGAL DEL EMBARAZO EN LA CIUDAD DE MEXICO, bajo la siguiente:  

EXPOSICION DE MOTIVOS

    La Salud es el bien más preciado de la vida. Vida y salud constituyen un binomio deseablemente indisoluble.   Obviamente no puede haber salud sin vida, pero al contrario, si bien es cierto que puede existir vida sin niveles de salud aceptables, para la casi totalidad de las personas resulta inaceptable la vida sin salud, es decir, no tiene caso la vida en condición de enfermedad y sufrimiento grave o permanente.   En términos sociales, demostrado de sobra se encuentra la importancia que tiene la salud de la generalidad de las personas en el desarrollo y la economía de las naciones, en la que resulta imposible establecer metas de crecimiento y progreso material sin altos niveles de salud pública.   Por ello, la importancia de la salud tiene un efecto concreto a nivel social, familiar y personal, que se puede verificar en el porcentaje de gasto que se le destina a su salvaguarda y procuración con relación de otras actividades o ámbitos.           Si bien la salud no puede ser el único, ni permanentemente el más importante tema de las sociedades o las personas, lo cierto es que es imprescindible que exista una base y garantía de salud para la mayoría de sus integrantes, así como la capacidad de atención para cualquier contingencia o problema sanitario, a fin de que puedan desplegarse esfuerzos y recursos hacia la consecución de mejores niveles de calidad de vida y de generación de oportunidades y estímulos.   En ese sentido, la Ley de Salud del Distrito Federal, establece en distintas disposiciones, lo siguiente:   “Artículo 2.- Los habitantes del Distrito Federal, independientemente de su edad, género, condición económica o social, identidad étnica o cualquiera otro, tienen derecho a la protección a la salud. El Gobierno del Distrito Federal y las dependencias y entidades federales, en el ámbito de sus respectivas competencias, tiene la obligación de cumplir este derecho.   Artículo 102.- Corresponde al Gobierno, a través de la Agencia, la regulación, control, vigilancia y fomento de la salubridad local de las actividades, condiciones, sitios, servicios, productos y personas que pueden representar un daño o riesgo a la salud humana, con el propósito de evitarlos, controlarlos, disminuirlos y atenderlos desde el punto de vista de la protección a la salud, de conformidad a lo establecido en la Ley General, esta Ley y demás disposiciones aplicables, tales como la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal, Ley Ambiental del Distrito Federal, Ley de Aguas del Distrito Federal, Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, Ley de Protección Civil para el Distrito Federal, Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal, Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos del Distrito Federal, Ley para las Personas con Discapacidad del Distrito Federal y Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores.   Artículo 110.- Las atribuciones de regulación, control, fomento y vigilancia sanitaria que correspondan al Gobierno en materia de salubridad local, serán ejercidas a través del órgano desconcentrado del Gobierno del Distrito Federal, sectorizado a la Secretaría, denominado Agencia de Protección Sanitaria del Gobierno del Distrito Federal, a la que corresponde: I. Ejercer la regulación, control, vigilancia y fomento sanitarios de las actividades, condiciones, sitios, servicios, productos y personas a que se refiere el presente Título, así como en:  j) Ambulancias y servicios de salud;”   Lamentablemente, en días recientes distintos medios de comunicación han dado cuenta sobre las condiciones insalubres y de falta de permisos y registro de Clínicas en donde se practica la interrupción legal del embarazo, incluso por personal que no cuenta con Título Profesional para ejercer la medicina.   Como botón de muestra, la Red Democracia y Sexualidad señaló que el año 2012 se realizaron en el país 1 millón de abortos y que en dicho periodo en la Ciudad de México se formalizaron 50 mil interrupciones legales del embarazo más de las reportadas por las autoridades de la Ciudad en condiciones que siguen poniendo en riesgo la integridad física y vida de las mujeres que deciden interrumpir su embarazo.   Más aún, algunos medios de comunicación han señalado que de abril de 2007 a diciembre de 2011 hubo 69 mil 861 interrupciones legales del embarazo, pero se registraron 107 mil 450 solicitudes y la diferencia tuvo que ser solucionada de alguna forma, pues a pesar de ser legal esta práctica; aún muchas mujeres realizan el procedimiento de manera irregular e insegura por no ser atendidas de manera pronta ante la gran cantidad de solicitudes y procedimientos ya programados en el sector salud.   Adicionalmente, ante el costo que para muchas de ellas tienen las clínicas que cumplen con la normatividad y lineamientos para que de manera eficaz y segura puedan practicar la interrupción legal del embarazo, las obliga a acudir a las denominadas “clínicas espanta cigüeñas”, las cuales han proliferado principalmente en las zonas limítrofes del Distrito Federal o en condiciones de alta marginación en toda la ciudad.   Ahora bien, en su primer informe de actividades con motivo de la Glosa del Informe de Gobierno del Distrito Federal, en el mes de octubre el Titular de la Secretaría de Salud del Distrito Federal señaló respecto al tema de la interrupción legal del embarazo, lo siguiente:   “En materia de salud la presente administración tiene como prioridad que las y los habitantes de la Ciudad de México reciban los servicios de salud con oportunidad, calidad y trato digno; sin exclusión, ni discriminación, en especial los grupos vulnerables, pero además llevar al cabo acciones de prevención y educación. Garantizar a los más de 4 millones de personas que no cuentan con seguridad social laboral su derecho a la salud, tal como lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.   El conjunto de programas y acciones en materia de salud operan en el marco del Eje 1 del Programa General de Desarrollo del Distrito Federal 2013-2018, con la instrumentación de estrategias que brinden las mejores condiciones de equidad e inclusión social para el desarrollo humano.   Con Medicina a Distancia, … A partir de junio de 2013 ampliamos la orientación médica y psicológica las 24 horas, los 365 días del año.     En el período que se informa atendimos más de 179 mil llamadas destacando las de de orientación médica con más de 43 mil llamadas; 44 mil de psicología; 7 mil de información de Interrupción Legal del Embarazo; 9 mil de mascotatel; más de 26 mil adherencia terapéutica y fueron referidos 29 mil 439 pacientes a Centros de Salud para su tratamiento.   El servicio de Interrupción Legal del Embarazo, se aplica en 4 Hospitales Generales, 5 Materno Infantiles y en los Centros de Salud: “Beatriz Velazco de Alemán”, “Santa Catarina”, “México España” y “Juan Duque de Estrada”.   Desde el inicio del programa a la fecha realizamos aproximadamente 108 mil procedimientos, 15 mil 550 de los cuales corresponden a la presente administración.”[1]   En ese sentido, independientemente de nuestra posición sobre el tema de la interrupción legal de embarazo, lo importante (como ya se señaló), es la salud e integridad de las personas, en este caso de las mujeres.   Es un hecho irrefutable que la salud es uno de nuestros valores fundamentales y que favorecer su preservación, mantenimiento y restauración es una obligación irrenunciable e inevitable del Gobierno a través de los servicios de salud instituidos en el marco del funcionamiento del sistema de salud local.   En ese sentido, los Titulares de la Secretaría de Salud y de la Agencia de Protección Sanitaria ambas del Distrito Federal, son las encargadas de vigilar y evaluar el cumplimiento de lo establecido en la Ley de Salud del Distrito Federal, en lo que tiene que ver en este caso con el funcionamiento de los servicios de salud a cargo de las autoridades locales, así como por particulares y grupos sociales.   Por ello, a través de este punto de acuerdo estamos solicitando a los Titulares de las Secretaría de Salud, Doctor Armando Ahued Ortega, así como al Director General de la Agencia de Protección Sanitaria del Distrito Federal, Doctor José Jesús Trujillo Gutiérrez a que realicen en términos de sus facultades y atribuciones, las verificaciones correspondientes en las clínicas privadas en donde se realizan interrupciones legales del embarazo en el Distrito Federal y que en las mismas se observen y cumplan con las Normas Oficiales, Lineamientos en materia sanitaria y su registro para la realización del procedimiento de interrupción del embarazo.     Asimismo, en su caso, se den los avisos correspondientes a las autoridades competentes en materia administrativa y penal para que se impongan las sanciones que en derecho correspondan, pues en muchas de estas clínicas se está violentando el derecho humano a la protección a la salud.     Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición con    

PUNTO DE ACUERDO

 

  ÚNICO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaría de Salud y de la Agencia de Protección Sanitaria del Distrito Federal, para que en términos de sus facultades y atribuciones, implementen a la brevedad un programa de verificación en las clínicas privadas en donde se realiza el procedimiento de interrupción legal del embarazo, con el objeto de observar que en las mismas se cumpla con las Normas oficiales, Lineamientos en materia sanitaria y su registro para la realización de estos procedimientos y, en su caso, se den los avisos correspondiente a las autoridades competentes en materia administrativa y penal para que se impongan las sanciones que en derecho correspondan. Los resultados de dicho programa y acciones deberán ser informados a esta Soberanía al término de las mismas.

Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:  

       DIP. JESUS SESMA  SUAREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINEZ COORDINADOR                                                    VICECOORDINADOR  


[1] Versión estenográfica. Comparencia ante la Comisión de Salud de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, VI Legislatura del Doctor Armando Ahued Ortega, Titular de la Secretaría de Salud del Distrito Federal. Salón Heberto Castillo. Recinto Legislativo de Donceles. 12 de octubre 2013.
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