Jueves, 17 Octubre 2013 09:59

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY PARA PREVENIR Y ATENDER LA OBESIDAD Y LOS TRASTORNOS ALIMENTICIOS EN EL DISTRITO FEDERAL Featured

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Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 17 de octubre de 2013.

  HONORABLE ASAMBLEA:   Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por los artículos 122 apartado C, Base Primera, inciso V, letra i) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 fracción XIII, y 46 fracción I del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y; 85 fracción I, 86 y 132 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY PARA PREVENIR Y ATENDER LA OBESIDAD Y LOS TRASTORNOS ALIMENTICIOS EN EL DISTRITO FEDERAL, bajo la siguiente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

"Muchos platos, muchas enfermedades”

(Multa fercula, multos morbos).

Proverbio Latino.

  El 16 de octubre, de acuerdo a la Organización de las Naciones Unidas, se ha establecido como fecha para conmemorar el Día Mundial de la Alimentación.   Por ello, la FAO que forma parte de la ONU, al dar a conocer durante los primeros días del mes de enero del 2013 los objetivos y temáticas a desarrollar durante los Días Internacionales declarados por la ONU, estableció que este año el lema y tema central del Día Mundial de la Alimentación será “Los Sistemas alimentarios sostenibles para la seguridad alimentaria y la nutrición”.           En la exposición de motivos se precisa que es necesario que los países miembros incrementemos la comprensión de los problemas y las soluciones en la lucha contra el hambre, ya que “hoy en día cerca de 870 millones de personas en el mundo sufren desnutrición crónica. Los modelos insostenibles de desarrollo están degradando el ambiente natural, amenazando a los ecosistemas y la biodiversidad que serán necesarios para nuestro abastecimiento futuro de alimentos. Los llamamientos para cambios en profundidad en nuestros sistemas agrícolas y alimentarios se hacen cada día más insistentes”.   Por su parte, la Organización Mundial de la Salud, en el año 2004 a través de la Asamblea Mundial de la Salud, adoptó la “Estrategia Internacional sobre el Régimen Alimentario, Actividad Física y Salud”, señalando las medidas necesarias que se tienen que adoptar para el apoyo de una alimentación saludable y actividad física periódica.   Adicionalmente a esta Estrategia, se estableció el “Plan de Acción 2008-2013 de la Estrategia Mundial para la Prevención y el Control de las Enfermedades No Transmisibles”, con miras a ayudar a los millones de personas que ya están afectados por estas enfermedades que duran toda la vida, afrontarlas y prevenir las complicaciones secundarias.   El Plan de acción se basa en el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco y la Estrategia Mundial de la OMS sobre régimen alimentario, actividad física y salud, y proporciona una hoja de ruta para establecer y fortalecer iniciativas de vigilancia, prevención y tratamiento de las enfermedades no transmisibles.   Los datos de la Organización Mundial de la Salud, relativas al sobrepeso y la obesidad establecen que:   - Son el quinto factor principal de riesgo de defunción en el mundo. - Cada año fallecen por lo menos 2.8 millones de personas adultas como consecuencia del sobrepeso o la obesidad. - El 44% de la carga de diabetes, el 23% de la carga de cardiopatías isquémicas y entre el 7% y el 41% de la carga de algunos cánceres son atribuibles al sobrepeso y la obesidad.   A mayor abundamiento, algunas estimaciones mundiales del Organismo de referencia correspondientes a 2008 establecen que:  
  • 1,400 millones de adultos de 20 y más años tenían sobrepeso.
  • De esta cifra, más de 200 millones de hombres y cerca de 300 millones de mujeres eran obesos.
  • En general, más de una de cada 10 personas de la población adulta mundial eran obesas.
      En cuanto a la población infantil a nivel mundial, para el año 2010, se contabilizaban alrededor de 40 millones de niños menores de cinco años de edad con sobrepeso. Si bien el sobrepeso y la obesidad tiempo atrás eran considerados un problema propio de los países de ingresos altos, actualmente ambos trastornos están aumentando en los países de ingresos bajos y medianos, en particular en los entornos urbanos. En los países en desarrollo están viviendo cerca de 35 millones de niños con sobrepeso, mientras que en los países desarrollados esa cifra es de 8 millones.   Finalmente, la OMS señala entre los factores que provocan sobrepeso y obesidad en niños y niñas: el persistente sedentarismo; la disminución del tiempo para actividad física y reemplazo por tiempo dedicado a la televisión, videojuegos y computadora; horarios de comida no establecidos y con largos periodos de ayuno y/o unión de comidas; los hábitos alimentarios inadecuados -dietas altas en lípidos, hidratos de carbono -, y el bajo consumo de verduras, vegetales y fibras.[1]   En ese sentido, en nuestro país, la Encuesta Nacional de salud realizada entre los meses de octubre de 2011 y mayo del 2012, señalan que el sedentarismo afecta a 85% de los niños de nivel primara,[2] lo que ha derivado que México tenga:   a)              El primer lugar en consumo de refrescos a nivel mundial. b)              La población obesa sea de 42 millones de personas. c)               Las enfermedades derivadas de la obesidad constituyan 9% del gasto en salud. d)              La diabetes tenga como causa principal el sobrepeso -éste también incide en enfermedades cardiovasculares-.   Otros datos arrojados por la Encuesta de referencia es que:   -       7 de cada 10 mexicanos tienen sobrepeso u obesidad, lo que nos da como país el primer lugar en este problema de salud pública.   -       48.6 millones de mexicanos mayores a 20 años que representan el 71% de la población padecen obesidad o sobrepeso, incrementándose este problema en los últimos 6 años en un 1.1%.   En cuanto al sobrepeso y obesidad infantil y juvenil, el 34.5% de los niños de entre 5 y 11 años reportan problemas de sobrepeso u obesidad; y el 35% de entre 12 a 19 años reportan problemas de sobrepeso, es decir, 1 de cada 5 niños tienen sobrepeso, y 1 de 10 jóvenes padecen obesidad.   Adicionalmente, el 34.4% de los niños entre 5 a 11 años reportan obesidad, mientras que se incrementó en un 5% entre el 2006 y el 2012 la obesidad y sobrepeso en adolescentes.   Por lo que hace al tema de baja talla, el 2.8% de niños de 5 a 11 años presenta bajo peso, mientras que 13.6% muestra baja talla y el 1.6% desnutrición aguda, presentando el problema de baja talla en preescolares una disminución del 13.3% entre 1988 y este año 2012.   La otra cara de la moneda  es la Anemia, como un problema ocasionado por no tener una sana alimentación. Sobre este tema, la misma Encuesta Nacional de Salud realizada entre octubre del 2011 y mayo del año pasado, establecen que:   a)    Entre 1999 y el año 2012, la prevalencia de anemia en niños en edad escolar, disminuyo de 15.2% a 10.1%;   b) La anemia en los adolescentes en los últimos 6 años, disminuyó del 9.2% al 5.6%, incrementándose en estos grupos los porcentajes de obesidad y sobrepeso.   En cuanto a los adultos, la Encuesta Nacional de Salud establece que 6.4 millones de adultos diagnosticados con diabetes y que reciben tratamiento, cuando en el 2006 eran de 4.3 millones de diabéticos.   Adicionalmente el instrumento de medición de referencia, señala que 22.4 millones de adultos mayores de 20 años tiene hipertensión arterial de los cuales solo 11.2 millones están diagnosticados por un médico.   Sobre los datos arriba citados, el entonces Titular de la Secretaria de Salud Federal, durante la presentación de la Encuesta Nacional de Salud 2012, misma que se realizó por primera vez en el año 2000, y que se realiza cada 6 años, señalo que las enfermedades crónicas no transmisibles han incrementado su presencia y tienen una mayor incidencia.   Incluso, de acuerdo a los datos de la Secretaría de Salud Federal, sólo en el año 2010, en México se gastaron alrededor de 240 mil millones de pesos en la compra de comida chatarra y sólo 10 mil millones en la compra de alimentos básicos”, destinándose hasta el 40% del gasto escolar en comida chatarra y ocho de cada diez niños la consumen.   Lo anterior, ha generado un impacto presupuestal, pues de acuerdo a la a la Secretaría de Salud Federal, la obesidad y sobrepeso cuesta al país 54 mil millones de pesos anuales, y para el año 2017, se espera que de continuar con las tendencias actuales el costo sea de 160 mil millones de pesos.   Por lo que hace al Distrito Federal, datos del sector salud de la Ciudad  señalan que además de los problemas más conocidos que ocasionan la obesidad y sobrepeso que es la hipertensión arterial, enfermedades cardiovasculares y diabetes, también causan disfunción sexual, depresión y discriminación.   Por citar un dato, en el Distrito Federal, a escala Nacional, el 75.4% de las mujeres y el 69.8% de los hombres padecen obesidad, lo que nos coloca por encima de la media nacional que es de 60.4%, es decir, en la ciudad 4 de cada 10 personas son obesos o padecen sobrepeso.   Por lo que hace a los niños y niñas, el 34.4% de los niños y 35% de los adolescentes presentan obesidad. Sin embargo en la ciudad de México la prevalencia es de 35.4 y 38.6 respectivamente.   Por lo que hace a los datos que arrojó el Censo de Peso y Talla realizado por las autoridades del Distrito Federal en el 2012, señalan que en niños de 6 a 12 años, el 43% de los varones y 37% de las mujeres presentan problemas de obesidad y sobre peso.   Las delegaciones con mayor prevalencia son Iztacalco, Azcapotzalco, Miguel Hidalgo y Cuauhtémoc, con porcentajes superiores al 19%; mientras que Milpa Alta y Cuajimalpa se ubican como las Delegaciones con menores índices de obesidad y sobrepeso.   Por su parte, el Secretario de Salud del Distrito Federal, de manera reiterada ha señalado la necesidad de trabajar en la prevención de la obesidad y sobre peso, pues de acuerdo al Consejo para la Prevención y la Atención Integral de la Obesidad y los Trastornos Alimentarios en el Distrito Federal, señalan que:   ü  El costo promedio de atención es de 5 mil pesos mensuales, en sobrepeso y obesidad en niños. ü  En adolescentes asciende a 15 mil mensuales; y ü  Superior a los 25 mil cada mes en adultos.   Con los números anteriores, podemos tener una pequeña visión de lo grave del problema de la mala alimentación, y que de continuar con esta tendencia no existe sistema de salud que pueda soportar este gasto sin colapsar.   Lo anterior nos obliga a implementar un trabajo coordinado, eficaz y eficiente, que deriven en el decremento en los niveles de obesidad y sobrepeso que los niños y niñas y población en general de la ciudad.   Si bien este 2013 la Secretaria de Salud del Distrito Federal estableció en su anteproyecto de egresos para el programa denominado “Muévete y Métete en cintura”, y el Censo de peso y talla la cantidad de 5,657,170 millones de pesos, es imperativo trabajar en la prevención y no en la atención reactiva de la obesidad y sobrepeso, más cuando son enfermedades que de contar con información oportuna, evitan direccionar el presupuesto a estas enfermedades, pudiendo ser destinadas a otras áreas del sector salud.   Sabemos que se han realizado grandes esfuerzos para crear un marco legal para reducir la obesidad y sobrepeso de la población de la ciudad, así como otro tipo de trastornos alimentarios, a través de la Ley para Prevenir y Atender la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal, en donde se contemplaron como obligaciones de distintas autoridades, las siguientes:  
  • “Realización de censos periódicos de peso y talla en los planteles de las escuelas públicas de educación básica por cada demarcación territorial, para contar con un diagnóstico sobre el problema del sobrepeso y obesidad.
 
  • Asignación de presupuesto específico destinado al tema del combate de la obesidad y el sobrepeso, por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
 
  • Colaboración con las autoridades educativas y salud a nivel federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, para evitar la distribución o comercialización en los establecimientos escolares o cooperativas de los planteles de educación básica de alimentos y bebidas con bajo valor nutricional que contengan altos contenidos de azúcares refinados, sal, colesterol, ácidos grasos saturados y transaturados, denominados comida chatarra.
 
  • Creación de programas que faciliten el acceso libre y gratuito para niñas, niños y adolescentes en los lugares públicos para el deporte o la recreación ubicados en la Ciudad de México, a cargo del Gobierno del Distrito Federal y de las Delegaciones Políticas.
 
  • Fomento de actividades artísticas, culturales y recreativas de acceso gratuito, dirigidas especialmente a la población infantil y adolescente, para contrarrestar el sedentarismo.
 
  • Fomento de actividades físicas en todas las oficinas del Gobierno del Distrito Federal y de las demarcaciones político administrativas.
 
  • Llevar a cabo campañas de difusión dirigida a padres y madres de familia, así como a niños, niñas y adolescentes con los siguientes ejes:
 
  • oImportancia de una alimentación adecuada.
  • Efectos adversos del consumo de comida chatarra.
  • Problemas a la salud que causa la obesidad.
  • Beneficios de la práctica de actividades físicas.
 
  • Evaluación de las acciones para la atención de la obesidad, el sobrepeso  y los trastornos alimenticios.”
  También se han realizado acciones en las áreas de cada una de las Dependencias que forman parte de la Administración Pública Central, y las Jefaturas Delegacionales, Paraestatales, entre las que podemos observar, de acuerdo a la Ley de la materia, que:   “Artículo 15.- Corresponde a la Secretaría de Salud del Distrito Federal, además de lo que señala la presente Ley: I. Diseñar, realizar y coordinar, campañas de prevención sobre nutrición y alimentación sana, difundiendo en los centros de salud, hospitales, planteles escolares y espacios públicos, las causas que provocan el sobrepeso, la obesidad y los trastornos de la conducta alimentaria, así como las formas de prevenir y atender estos problemas; II. Aplicar un programa masivo para incentivar una alimentación saludable entre la población del Distrito Federal; III. Diseñar e instrumentar acciones para la prevención, diagnóstico temprano y atención de las personas que presenten algún trastorno de la conducta alimentaria, con énfasis en la anorexia y la bulimia nerviosas; IV. Implementar campañas de información dirigidas especialmente a adolescentes y jóvenes, sobre los efectos adversos de los trastornos de la conducta alimentaria en la salud y que los planes de alimentación sean prescritos por profesionales en nutrición, así como para la disminución de otros factores de riesgo; V. Proporcionar una atención personalizada, interdisciplinaria e integral de los trastornos de la conducta alimentaria, especialmente la anorexia y la bulimia nerviosas y, en su caso, la referencia oportuna a la institución especializada, de conformidad con la legislación aplicable; VI. Elaborar una guía para la población en general y, de manera particular para los padres y madres, donde se incluya de forma didáctica información básica sobre el sobrepeso, la obesidad y los trastornos de la conducta alimentaria, con énfasis en la anorexia y la  bulimia nerviosas, la forma de detectarlas, el perfil de las personas que las padecen y las actitudes que pueden adoptarse en el ámbito familiar, considerando la diversidad de su constitución, además de la promoción de los derechos humanos y la eliminación de cualquier tipo de discriminación, y     VII. Generar y difundir bases de datos, desagregadas por grupos de edad, sexo y ubicación geográfica que registren la incidencia de trastornos de la conducta alimentaria en la población, indicando peso, talla y masa corporal, poniendo especial énfasis en los planteles de educación básica.   En la realización de las acciones a las que se refieren las fracciones I y II de este artículo, se invitará a participar a organizaciones de la sociedad civil que trabajen en la materia.”   No obstante, consideramos que con el objeto de perfeccionar esta legislación, además de las facultades que de manera puntual se otorgan a la Administración Pública, incluso a esta Soberanía en la Ley para Prevenir y Atender la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal, las acciones necesitan cumplir estándares no solo locales y nacionales sino también internacionales, como trabajar para crear sistemas alimentarios sostenibles para la seguridad alimentaria y la nutrición.   Para los Diputados del Partido Verde en esta Asamblea Legislativa, es un hecho irrefutable que la salud es uno de nuestros valores fundamentales y que favorecer su preservación, mantenimiento y restauración es una obligación irrenunciable e inevitable del Gobierno a través de los servicios de salud instituidos.   En ese sentido, es fundamental la transversalidad de las Leyes con el fin de hacerlas operativas. De esta manera, en el año 2009 se publicó la Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional para el Distrito Federal, en donde el Artículo 6 establece las definiciones relativas a la seguridad alimentaria y nutrición y cuyo objetivo estratégico es establecer las actividades prioritarias para el desarrollo de la seguridad alimentaria y nutricional, así como garantizar el derecho universal a la alimentación y seguridad alimentaria.   Se estableció en los artículos 8 fracción IV y 21 fracción IV, lo siguiente:   Artículo 8. La política del Gobierno en materia de planeación para la seguridad alimentaria y nutricional se dirigirá al logro de los siguientes objetivos específicos:   IV. Reducir significativamente las enfermedades relacionadas con la mala nutrición;   Artículo 21. El Programa para la Seguridad Alimentaria y Nutricional deberá contener: IV. Las estrategias del programa, incluyendo la promoción de una dieta correcta y balanceada que combata el sobrepeso y la obesidad, con un programa especial dirigido a los niños y niñas del Distrito Federal;”   En dicho ordenamiento legal se hace referencia a la planeación de políticas en esta materia, siendo la Ley para prevenir y atender la obesidad y los trastornos alimenticios en el Distrito Federal, el ordenamiento legal que establece la operatividad y ejecución del plan de seguridad alimentaria y nutricional a que hace referencia la Ley de la materia, en donde se considera obligatorio el trabajo específico para la erradicación de la obesidad y sobrepeso de la población del Distrito Federal.   Por ello se presenta esta Iniciativa para modificar la Ley en comento, misma que tiene como objetivo central el establecer la obligatoriedad a cargo de las autoridades capitalinas, de realizar de manera anual una Semana (en el marco del Día Mundial de la Alimentación), que sirva no solo para realizar censos de peso y talla o campañas masivas de detección de problemas de obesidad y sobrepeso principalmente, sino que de manera conjunta y coordinada las distintas Secretarías y las Demarcaciones Territoriales, en un mismo momento y de manera transversal, den a conocer las acciones realizadas en la materia y otorguen a la población en general herramientas para combatir el sobrepeso, la obesidad y la desnutrición de manera integral.   La iniciativa de Ley que se hoy se presente, tiene como fin dar cumplimiento a lo que establece el Artículo 2. de la Ley para Prevenir y Atender la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal, el cual establece textual en sus fracciones II y III:   “Artículo 2.- La presente Ley tiene por objeto: II. Determinar las bases generales para el diseño, la ejecución y evaluación de las estrategias y programas públicos que tengan como objetivo prevenir y atender integralmente la obesidad, el sobrepeso y los trastornos de la conducta alimentaria, así como cualquier actividad pública tendiente a promover la adopción de hábitos de alimentación y nutricionales correctos en los habitantes del Distrito Federal; III. Establecer la obligación de las autoridades públicas del Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, de prevenir y atender integralmente la obesidad, el sobrepeso y los trastornos de la conducta alimentaria, así como fomentar de manera permanente e intensiva la adopción de hábitos de alimentación y nutricionales correctos por parte de los habitantes del Distrito Federal, de conformidad a los términos establecidos en la presente Ley. “   En el Partido Verde  estamos convencidos que en salud, el derecho tiene un campo privilegiado para producir leyes que ayuden a preservar la dignidad de las personas, así como de que la tecnología médica y la infraestructura, pueden y deben coadyuvar a prestar servicios de salud eficientes y con humanismo.     Por lo expuesto, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea Legislativa la siguiente    

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO DE REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY PARA PREVENIR Y ATENDER LA OBESIDAD Y LOS TRASTORNOS ALIMENTICIOS EN EL DISTRITO FEDERAL

    ÚNICO.- Se reforma la fracción VII y se adiciona la fracción VIII al Artículo 5; se reforma el Artículo 12; se reforma la fracción II del Artículo 15; se reforma el segundo párrafo y se adiciona un tercer párrafo al Artículo 17; se adiciona un tercer párrafo al artículo 18; se adiciona un segundo párrafo al Artículo 19; se adiciona un segundo párrafo al Artículo 20; y se adiciona un artículo 23; todo de la Ley para Prevenir y Atender la Obesidad y los Trastornos Alimenticios en el Distrito Federal, para quedar como sigue:    

LEY PARA PREVENIR Y ATENDER LA OBESIDAD Y LOS TRASTORNOS ALIMENTICIOS EN EL DISTRITO FEDERAL

    Artículo 5.- Corresponde al Gobierno del Distrito Federal:   I.  a  VI.    VII. Realizar durante la segunda semana del mes de octubre de cada año, la Semana de la Sana Alimentación, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la presente Ley.   VIII. Las demás que le reconozcan esta Ley y otras normas aplicables.     Artículo 12.- Las instancias señaladas en el artículo anterior, sin menoscabo de las atribuciones que les confiere el marco jurídico del Distrito Federal, y con independencia de las que le señale la presente Ley, instrumentarán las políticas de prevención y atención integral relacionadas con el sobrepeso, la obesidad y los trastornos de la conducta alimentaria que para tal efecto diseñe el Consejo.   Para ello, durante la segunda semana del mes de octubre de cada año, deberán realizar la Semana de la Sana Alimentación, en donde  dichas instancias deberán dar a conocer a la población general en el ámbito de su competencia, las acciones y políticas de prevención y atención integral relacionadas con el sobrepeso, la obesidad y los trastornos de la conducta alimentaria.   Artículo 15.- Corresponde a la Secretaría de Salud del Distrito Federal, además de lo que señala la presente Ley:  
 
  1. II.            Aplicar un programa masivo para incentivar una alimentación saludable entre la población del Distrito Federal y durante la segunda semana del mes de octubre realizar de manera coordinada con otras Dependencias, Órganos de Gobierno y Organismos autónomos, la Semana de la Sana Alimentación del Distrito Federal para realizar actividades de difusión y fortalecimiento en la materia.
  III. a VII. …     Artículo 16.- Corresponde a la Secretaría de Educación del Distrito Federal, además de lo que señala la presente Ley:   I. a V . …   VI. Coordinar y coadyuvar con la Secretaría de Salud en la organización de clubes o redes de padres, niños y maestros para fomentar la salud y estilos sana alimentación como forma de vida durante todo el año y durante la Semana de la sana alimentación a que se refiere la presente Ley.   Artículo 17.- Corresponde a la Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal, además de lo que señala la presente Ley:   I. a III. …   Para la realización de las acciones a las que se refiere el presente artículo, se establecerá la coordinación necesaria con la Secretaría de Salud, en cuanto elaboración de contenidos, y con la Secretaría de Educación, para la difusión de las acciones, además se invitará a participar a organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y especialistas que trabajen en la materia.   Igualmente, dichas acciones se deberán dar a conocer durante la segunda semana del mes de octubre con motivo de la semana de la Sana Alimentación del Distrito Federal y en ella también se realizarán acciones de fortalecimiento en la materia.     Artículo 18.-  …       Todo lo establecido en el presente artículo se deberá dar a conocer durante la segunda semana del mes de octubre con motivo de la semana de la Sana Alimentación del Distrito Federal y en ella se llevarán a cabo acciones tendientes a reforzar las políticas en la materia.     Artículo 19.-   Asimismo, dicha Secretaría deberá participar en la Semana de la Sana Alimentación del Distrito Federal con el objeto de dar a conocer todas las actividades que se mencionan en el párrafo anterior, así como para realizar actividades específicas para reforzar las políticas en la materia.     Artículo 20.- ...   Igualmente, las delegaciones deberán difundir todas las actividades y acciones mencionadas en el párrafo anterior durante la Semana de la Sana Alimentación y llevar a cabo todas aquellas que tengan por objeto reforzar las políticas en la materia.     Artículo 23.- Los informes y la evaluación a que hace referencia el artículo anterior, servirán de base a las instancias competentes en el ámbito de sus atribuciones para la realización de la Semana de la Sana Alimentación del Distrito Federal.  

 

 

 

 

 

TRANSITORIOS

    ARTÍCULO PRIMERO.- Remítase al Jefe de Gobierno del Distrito Federal para su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y para su mayor difusión en el Diario Oficial de la Federación.     ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.       Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:   DIP. JESÚS SESMA  SUÁREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ COORDINADOR                                                    VICECOORDINADOR  


[1] http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs311/es/
[2] Los alimentos chatarra en México, regulación publicitaria y autorregulación. Derecho a Comunicar. Número 2, Mayo – Agosto 20111, ISSN:2207-137X. www.insp.mx/encuestoteca./html
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