Martes, 19 Febrero 2013 09:00

POSICIONAMIENTO DEL PVEM, EN VOZ DE LA DIP. MARTHA EDITH VITAL VERA, SOBRE LAS REFORMAS AL ARTÍCULO 163 DE LA LEY GENERAL DE SALUD Featured

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México, D. F., a 19 de febrero de 2013

   

La promoción de actitudes, hábitos y valores orientados a incrementar la seguridad de peatones, conductores y pasajeros, en las diversas situaciones de tránsito en que estos se ven involucrados, es fundamental para disminuir la incidencia de la mortalidad y/o consecuencias fatales en los accidentes viales. La educación vial tiene una gran relevancia porque hace énfasis en un valor esencial: el respeto a las disposiciones que establece el reglamento de tránsito, y que van encaminados a proteger nuestra propia seguridad.

Es muy importante fomentar una cultura que haga conscientes a los ciudadanos, de la responsabilidad que tenemos cuando nos ponemos frente al volante o cuando viajamos como pasajeros en un vehículo, o bien cuando caminamos por la calle de cuidarnos a nosotros mismos, de cuidar nuestra vida y la de los demás, adoptando medidas preventivas, como por ejemplo el uso del cinturón de seguridad.

Ponerse el cinturón cuando se viaja a bordo de un automóvil, abstenerse de conducir bajo los influjos del alcohol, revisar las condiciones mecánicas del vehículo y respetar las señales de tránsito, son acciones, todas, que han contribuido a disminuir el número de accidentes viales que se producen en nuestro país, o bien a reducir los impactos negativos que estos generan en la vida de las personas cuando se presentan, como por ejemplo las lesiones incapacitantes.

En el caso concreto del cinturón de seguridad, algunas investigaciones internacionales han demostrado que con su uso se disminuyen tanto las víctimas fatales como las lesiones de los accidentes. A nivel mundial se estima que el uso del cinturón de seguridad evita el 10 por ciento de las muertes que se producen por accidentes de tránsito.

Además, según el Tráfico Nacional Highway, Administración de la Seguridad, agencia que depende del gobierno de Estados Unidos, afirma que el 73% de los pasajeros que sobrevive a accidentes con resultados fatales, es porque usaron el cinturón de seguridad; asimismo, sus estadísticas demuestran también que seis de cada diez niños mueren por no llevar cinturón de seguridad al momento de una colisión.

El año pasado el entonces secretario de Salud, Salomón Chertorivski, informó que en México los accidentes automovilísticos representan la primera causa de muerte y orfandad en niños de entre 5 y 14 años de edad, y la primera de fallecimientos en los jóvenes en nuestro país. El secretario también reveló que en México se registran 16 mil muertes al año por accidentes de tránsito, un millón de lesionados y 40 mil personas con discapacidad permanente, además de que estos constituyen costos por 150 mil millones de pesos.

Esta situación para el Partido Verde nos preocupa y nos ocupa, por ello consideramos urgente la necesidad de legislar en torno a este tema, que se ha convertido en un problema de salud pública, por eso es que entra en esta Ley de Salud.

Por ello, apoyamos poner en práctica, en todo el país, la utilización de los asientos infantiles en los vehículos en donde se transporte menores, para poder disminuir la tasa de mortalidad infantil por accidentes automovilísticos.

Los asientos infantiles brindan protección a los niños, especialmente entre 0 y 5 años, no sólo en accidentes frontales y posteriores, sino también en volcaduras. Por esta razón muchos países han adoptado su utilización obligatoria, y con ello se ha logrado disminuir notoriamente la incidencia de mortalidad en la población infantil causada por accidentes viales.

Según datos de la Unidad de Análisis Estadístico del secretario técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, los asientos especiales para niños previenen entre 50 y 90 por ciento de todas las lesiones infantiles graves y mortales. Es por eso, compañeros diputados, que pedimos su apoyo para aprobar esta reforma.

Al mismo tiempo, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea que se modifique el resolutivo del dictamen de la Comisión de Salud, con Proyecto de Decreto que reforma el artículo 163 de la Ley General de Salud para quedar como sigue:

Primero, se reforma el artículo 163, fracción II, de la Ley General de Salud, para quedar como sigue: artículo 163.

La acción en materia de prevención y control de accidentes comprende, párrafo segundo la adopción de medidas para prevenir accidentes, así como el uso de autoasientos infantiles en niños de 0 a 5 años de edad, estas medidas serán puestas en práctica en el gobierno federal y las entidades federativas.

Segundo, que es muy importante y donde les hago un llamado, se exhorta a los gobiernos estatales y municipales de todo el país y al Gobierno del Distrito Federal, para que a la brevedad incluyan en sus reglamentos de tránsito la medida obligatoria de llevar autoasientos infantiles para niños menores de 5 años en vehículos en los que estos viajen.

Por su atención, muchas gracias.

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

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