Con el permiso de la Presidencia;

Buenas tardes, compañeras diputadas y diputados;

Una de las funciones primordiales de esta Asamblea es contribuir a la solución de los problemas nacionales mediante el análisis de la realidad en que se desenvuelve nuestro país y la aportación de propuestas razonadas y viables a favor de la sociedad.

La Constitución, en su artículo 109, fracción II, estatuye que se aplicarán sanciones penales a los servidores públicos por la comisión de delitos, asimismo, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece que para alcanzar la Meta Nacional "Un México en Paz", es necesario fortalecer las instituciones mediante el combate a la corrupción y el fomento de una mayor rendición de cuentas, entendiendo que la corrupción no es un fenómeno aislado sino la consecuencia de distintas formas de transgresión al Estado.

En ese orden de ideas, es indispensable que la función pública se apegue a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, con el propósito de que impere invariablemente en los servidores públicos una conducta ética que fortalezca a las instituciones públicas y que a su vez responda a las necesidades de la sociedad.

Según algunos estudios del CIDE, se calcula que el costo anual de la corrupción está en un rango de entre 2 y 10% del PIB, lo cual equivale entre 26 y 130 mil millones de pesos . Al mismo tiempo, el IMCO estima que en promedio las familias mexicanas destinan el 14% de sus ingresos mensuales a gastos relacionados con la corrupción .

En este contexto, la formulación de nuevas propuestas para sancionar las conductas punibles de los servidores públicos alcanza un papel preponderante, dado que la situación de pobreza y las circunstancias en las cuales viven millones de mexicanos persisten, entre otras cosas, como consecuencia de actos de ilegalidad cometidos contra la administración pública por parte de servidores públicos que se enriquecen a costa de lo que les corresponde a los primeros por fallas en lo previsto en el Código Penal Federal.

Es por ello que propongo a esta soberanía que en el texto de la fracción tercera del artículo 214 del Código Penal Federal, se incorpore el concepto de Empresa Productiva del Estado, pues a consecuencia de la reforma energética, PEMEX y CFE tienen esta denominación y actualmente se encuentran fuera de lo previsto en la fracción mencionada.

Asimismo, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea la propuesta de incrementar las penalidades a quienes caigan en el supuesto jurídico de delitos de los servidores públicos a que se refieren las fracciones I y II del citado artículo 214, con la finalidad de que se impongan de seis días a dos años de prisión, multa de sesenta a seiscientas veces la unidad de medida y actualización.

Además, al infractor de las fracciones III, IV, V y VI se le impondrán de cuatro a diez años de prisión, multa de sesenta a seiscientas veces la unidad de medida y actualización en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de cuatro años a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Es así compañeros que impulsaremos una cultura que promueva la legalidad, la solidaridad, el respeto y el cumplimiento de nuestras obligaciones como mexicanos, que repudie el delito, la corrupción y la impunidad, y que combata severamente estos delitos tanto en el ámbito público y privado, como en la interacción entre ambos, especialmente cuando se trate de servidores públicos.

Gracias por su atención, es cuanto, señor Presidente.

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO