Jueves, 26 Septiembre 2013 11:11

DIPUTADA JUDIT GUERRERO LÓPEZ, RESPECTO AL DICTAMEN QUE REFORMA LA LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO Featured

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México, D. F., a 26 de septiembre de 2013

 

POSICIONAMIENTO DEL PARTIDO VERDE, EN VOZ DE LA DIPUTADA JUDIT GUERRERO LÓPEZ, RESPECTO AL DICTAMEN QUE REFORMA LA LEY DE FOMENTO PARA LA LECTURA Y EL LIBRO

Con su venia, presidente.

Compañeras y compañeros legisladores.

Les presento a continuación el proyecto de dictamen de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos con proyecto de decreto por el que se  adicionan las fracciones XI, XII y XIII del artículo 14 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, que presentó a esta Cámara el pasado mes de abril la diputada Mónica García de la Fuente.

Lamentablemente, en nuestro país tenemos un importante rezago en lo que se refiere al fomento de la lectura y el libro, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Lectura del 2012, el mexicano lee poco menos de tres libros por año.

Por su parte, el Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe organismo dependiente de la UNESCO, realizó un estudio comparativo sobre el comportamiento lector y los hábitos de lectura en América Latina, tomando en cuenta datos de Argentina, Brasil, Colombia, Chile, México, Perú y España, en el cual se señala que nuestra población tiene el promedio más bajo de la región en lo que se refiere a la lectura de libros.

Cuando hablamos de fomento a la lectura y el libro, nos referimos a las acciones que buscan generar las condiciones para el desarrollo de sociedades lectoras, el impulso de la producción y circulación del libro; la promoción de la lectura y la escritura; y el estímulo y protección de la creación intelectual.

La importancia de fortalecer la presencia del libro y de la lectura en la sociedad, radica en que ambas conllevan esencialmente, el desarrollo de la ciudadanía y de sus capacidades comunicativas. Nuestra democracia requiere que los individuos que la conforman sean capaces de reflexionar, articular, comprender, interpretar y comunicar sus ideas.

Así, dentro de los esfuerzos realizados en la materia, resalto la creación del Consejo Nacional de Fomento para el Libro y la Lectura, el cual, de acuerdo con la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, se conformó con el objeto de ser un órgano consultivo de la Secretaría de Educación Pública y un espacio de concertación y asesoría entre todas las instancias públicas, sociales y privadas vinculadas al libro y la lectura.

En él, se trató de agrupar a los principales actores públicos, sociales y privados relacionados con el tema, integrando un cuerpo asesor que oriente las políticas públicas y al mismo tiempo, un espacio de discusión, análisis y consenso sobre los diversos intereses y necesidades que se generan en torno al libro y la lectura.

El dictamen que les , reconoce que al momento de la creación de dicho Consejo, por falta de visión y claridad en los alcances y exigencias de las labores propias del Consejo, se omitió integrar a tres instituciones fundamentales en el afianzamiento del papel del libro como vehículo cultural y del fomento de la lectura como motor del avance de la sociedad y su ciudadanía, el Fondo de Cultura Económica, el Instituto Nacional del Derecho de Autor y la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos.

En su momento, buscando subsanar esta omisión legislativa, el Consejo ha integrado como invitados con carácter no permanente a las mencionadas instituciones, procurando su participación de forma constante tanto en las sesiones, en los grupos de trabajo, comisiones y acuerdos tomados por este órgano colegiado.

El dictamen también toma en cuenta que el Fondo de Cultura Económica, es la editorial más importante de México en su género y una de las más importantes de Iberoamérica, cuenta con filiales en Argentina, Colombia, Brasil, Perú, Venezuela, Guatemala, Chile, Estados Unidos y España; así como con una red de 35 librerías propias, 24 en México y 11 en el resto del mundo hispanoparlante.

Por otra parte, el Instituto Nacional del Derecho de Autor es la autoridad administrativa en materia de derechos de autor y derechos conexos, y dentro de sus funciones encontramos el proteger y fomentar el derecho de autor.

A su vez, la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuito, con fundamento en la gratuidad de la educación establecida en el artículo tres de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es una institución dependiente de la Secretaría de Educación Pública, creada con el objetivo de romper con las barreras económicas y garantizar condiciones educativas equitativas, a partir de la unificación de contenidos temáticos auspiciados por el Estado, con la visión de que el libro de texto gratuito, además de un derecho social, es un vehículo que faculta el diálogo y la equidad en la escuela.

En virtud de lo anterior, el dictamen reflexiona que en cada uno de los casos, se trata de instituciones de interés público que contribuyen directamente en el cumplimiento de los objetos de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, así como de las funciones que dicha ley establece para el Consejo.

En congruencia, la iniciativa adiciona tres fracciones al artículo 14 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, para quedar como sigue:

“Artículo 14.- El Consejo estará conformado por:

I a X…

XI. El Director General del Fondo de Cultura Económica;

XII. El Director General del Instituto Nacional del Derecho de Autor;

XIII. El Director General de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos”.

Por lo anterior, y con la finalidad de promover el fomento de la lectura y el libro, someto a consideración del pleno de esta Cámara de Diputados el dictamen en comento.

Es cuanto, presidente.

 

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

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