Martes, 02 Abril 2013 09:19

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO DE REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO FEDERAL (CMigrator copy 1) Featured

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Los Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ Y ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México

Recinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 2 de Abril de 2013.

  HONORABLE ASAMBLEA:   Los Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ Y ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 122 Base Primera, fracción V, inciso j) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42 fracciones XIV y 46 la fracción I, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10 fracción I, 17 fracción IV y 88 fracción I, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y; 85 fracción I, y 86 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea, la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO DE REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO FEDERAL, bajo la siguiente:  

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

  Actualmente se generan entre 12 y 13 mil toneladas de basura al día en La Ciudad de México, de las cuales 5 mil son desechos orgánicos que pueden ser transformados en composta para disminuir la cantidad de desechos en el Distrito Federal.   Para disminuir estos desechos es importante que las autoridades sigan fomentando la clasificación de los residuos sólidos en orgánicos e inorgánicos, a fin de obtener una mayor calidad y cantidad de residuos, así como fomentar el reciclaje.   El proceso de separar los residuos está regulado en la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal, así como en su Reglamento y en el Programa de Gestión Integral de los Residuos Sólidos. Por ello las autoridades implementan medidas que garantizan la cultura de la separación de los residuos. Esto por supuesto tiene que ir a la par de la voluntad y la participación ciudadana.   La separación de los residuos es de suma importancia, pues con el cierre del Bordo Poniente es necesario considerar disminuir la cantidad de residuos que se generan en la Ciudad. Por ello el Partido Verde propone que esta cultura se siga fortaleciendo, razón por la cual  los trabajos de la Comisión para la Gestión Integral de Residuos Sólidos de la Ciudad de México es de suma importancia para disminuir los residuos sólidos y lograr la separación de éstos para una mejor valorización.   La Ley de Residuos Sólidos para el Distrito Federal[1], contempla en sus artículos 33 y 33 bis, la separación de los residuos mismos que a la letra se transcriben:   Artículo 33. Todo generador de residuos sólidos debe separarlos en orgánicos e inorgánicos, dentro de sus domicilios, empresas, establecimientos mercantiles, industriales y de servicios, instituciones públicas y privadas, centros educativos y dependencias gubernamentales y similares.   Estos residuos sólidos, deben depositarse en contenedores separados para su recolección por el servicio público de limpia, con el fin de facilitar su aprovechamiento, tratamiento y disposición final, o bien, llevar aquellos residuos sólidos valorizables directamente a los establecimientos de reutilización y reciclaje.   El Reglamento definirá la subclasificación que deberá aplicar para la separación obligatoria de residuos sólidos, con base a las disposiciones del presente artículo para cada una de las clasificaciones establecidas, así como para los distintos tipos de generadores.   Artículo 33 Bis.- La Secretaría y las delegaciones deberán aplicar el método de separación de residuos en orgánicos e inorgánicos para el servicio de recolección, la cual será diferenciada conforme a los criterios señalados por las autoridades. ….   Asimismo, en el Reglamento de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal[2], se menciona la obligación de separar la basura, esto en su artículo 32 el cual señala:   Artículo 32. Los residuos sólidos urbanos deberán separarse en orgánicos e inorgánicos. La subclasificación de los residuos orgánicos podrá efectuarse conforme a lo siguiente: I. Residuos de jardinería y los provenientes de poda de árboles y áreas verdes; II. Residuos provenientes de la preparación y consumo de alimentos; III. Residuos susceptibles de ser utilizados como insumo en la producción de composta; IV. Los demás que establezcan en forma conjunta la Secretaría y la Secretaría de Obras.   Los residuos inorgánicos se subclasifican en: I. Vidrio; II. Papel y cartón; III Plásticos; IV. Aluminio y otros metales no peligrosos y laminados de materiales reciclables; V. Cerámicas; VI. Artículos de oficina y utensilios de cocina; VII. Equipos eléctricos y electrónicos; VIII. Ropa y textiles; IX. Sanitarios y pañales desechables; X. Otros no considerados como de manejo especial; y XI. Los demás que establezcan en forma conjunta la Secretaría y la Secretaría de Obras.   El Programa de Gestión Integral de los Residuos Sólidos para el Distrito Federal[3]  también contempla una debida separación de residuos sólidos desde el hogar, los establecimientos comerciales, educativos y laborales, esto a fin de reducir las toneladas de basura y contribuir al manejo integral de los desechos que se generan en el Distrito Federal.   Todo ello en su conjunto constituye la principal tarea de la Comisión para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos de la Ciudad de México, la cual consiste en implementar programas y proyectos que logren la separación de residuos sólidos.   Por ello, con fecha 16 de mayo del 2008, se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el Acuerdo por el que se crea la Comisión para la Gestión Integral de Residuos Sólidos de la Ciudad de México.       Se crea como un órgano de coordinación, operación, monitoreo, seguimiento y evaluación de las políticas, acciones y programas instrumentados por la Administración Pública del Distrito Federal en materia de generación, minimización, manejo, tratamiento, aprovechamiento y disposición final de residuos.   La Comisión es presidida por el Jefe de Gobierno y está integrada por los titulares de:  
  • La Secretaría de Gobierno;
  • La Secretaría del Medio Ambiente;
  • La Secretaría de Obras y Servicios;
  • La Secretaría de Salud;
  • La Secretaría de Finanzas;
  • El Instituto de Ciencia y Tecnología; y
  • La Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial.
  Los integrantes de la Comisión designan a un representante con cargo mínimo en la Administración Pública del Distrito Federal de Director General o su homólogo, quien participará en sus sesiones de manera permanente, con derecho de voz y voto.   Cuando a juicio de la Comisión resulta conveniente contar con la opinión o asesoría de las dependencias y entidades federales, estatales o municipales, así como de especialistas, instituciones educativas y de investigación, organizaciones sociales e internacionales, este órgano colegiado podrá invitarlas a participar en sus sesiones y actividades de forma permanente o temporal, únicamente con derecho de voz.   El representante del Jefe de Gobierno del Distrito Federal funge como Presidente de la Comisión y, en consecuencia, cumple con las atribuciones conferidas en el Acuerdo por el que se crea la Comisión.   Este Acuerdo, en su Artículo Tercero, señala las atribuciones de la Comisión para la Gestión Integral de Residuos Sólidos de la Ciudad de México, siendo éstas:  
  • Proponer y, en su caso, definir los mecanismos y criterios de coordinación y transversalidad de los programas y acciones de la Administración Pública del Distrito Federal que se vinculen con la generación, manejo, tratamiento, minimización, aprovechamiento y disposición final de residuos, así como revisar y dar seguimiento al cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en ellos;
  • Proponer a las instancias federales y estatales la adopción de estrategias y políticas metropolitanas enfocadas a atender de manera integral el tema de los residuos;
  • Presentar al Jefe de Gobierno los resultados de las investigaciones, estudios y diagnósticos elaborados por los integrantes o invitados de la Comisión, cuyo objeto consista en mejorar el diseño, planeación y generación de proyectos, programas y acciones gubernamentales en materia de generación, manejo, tratamiento, aprovechamiento y disposición final de residuos;
  • Proponer a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, la suscripción de convenios, contratos o cualquier instrumento jurídico con los sectores público, privado y social, que contribuyan a la solución de los problemas creados por los residuos sólidos, desde su generación hasta su disposición final;
  • Proponer y, en su caso, presentar a las autoridades competentes los proyectos de modificaciones legislativas, reglamentarias y administrativas que actualicen y hagan más eficiente el marco normativo aplicable en materia de generación, manejo, tratamiento, minimización, aprovechamiento y disposición final de residuos;
  • Fomentar la participación de los sectores público, privado y social en la instrumentación de los programas y acciones gubernamentales en materia de generación, manejo, tratamiento, minimización, aprovechamiento y disposición final de residuos;
  • Diseñar estrategias financieras que generen recursos al Gobierno del Distrito Federal, a través de los mecanismos económicos previstos en los instrumentos nacionales e internacionales y, en su caso, proponer su ejecución a las autoridades competentes;
  • Informar periódicamente al Jefe de Gobierno del Distrito Federal, los avances de los programas, acciones y resultados de la Comisión;
  • Aprobar la creación, modificación o cancelación de las subcomisiones que considere necesarias para el mejor cumplimiento de sus atribuciones;
  • Conocer, revisar y, en su caso, dar seguimiento a las acciones y programas de gestión integral de los residuos que diseñen o ejecuten las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal;
  • Acordar la planeación y ejecución de programas o proyectos que por su grado de especificidad técnica requieran ser atendidos por el Coordinador General de la Comisión y el personal a su cargo;
  • Aprobar su Reglamento Interno; y
  • Las demás que el Jefe de Gobierno le asigne.
          Como podemos apreciar, la Comisión tiene conferida una tarea sustancial para el desarrollo sustentable de la Ciudad, por lo que su permanencia y eficiente trabajo constituye una herramienta fundamental para la preservación del medio ambiente y la protección ecológica.   Por ello, en esta Propuesta de reformas y adiciones a la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal, pretendemos cumplir con ese objetivo, es decir, que la Comisión para la Gestión Integral de Residuos Sólidos de la Ciudad de México quede reconocida en la Ley como autoridad encargada de velar por el cumplimiento de la Ley de Residuos, así como dejar establecidas sus funciones  en los términos que describe el Acuerdo de creación de la misma.   En tal virtud, en la adición de un artículo 5 Bis se estipula que la Comisión es un órgano de coordinación, operación, monitoreo, seguimiento y evaluación de las políticas, acciones y programas instrumentados por la Administración Pública del Distrito Federal en materia de generación, minimización, manejo, tratamiento, aprovechamiento y disposición final de residuos.   Asimismo, en la adición de un artículo 5 Bis 2, se especifican las facultades de la Comisión para la Gestión Integral de Residuos Sólidos de la Ciudad de México, quedando de la siguiente manera:   Artículo 5º. BIS 2. Corresponde a la Comisión para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos de la Ciudad de México el ejercicio de las siguientes facultades:   I.Proponer y, en su caso, definir los mecanismos y criterios de coordinación y transversalidad de los programas y acciones de la administración pública del Distrito Federal que se vinculen con la generación, manejo, tratamiento, minimización, aprovechamiento y disposición final de residuos, así como revisar y dar seguimiento al cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en ellos; II.Proponer a las instancias federales y estatales la adopción de estrategias y políticas metropolitanas enfocadas a atender de manera integral el tema de los residuos; III.Presentar al Jefe de Gobierno los resultados de las investigaciones, estudios y diagnósticos elaborados por los integrantes o invitados de la Comisión, cuyo objeto consista en mejorar el diseño, planeación y generación de proyectos, programas y acciones gubernamentales en materia de generación, manejo, tratamiento, aprovechamiento y disposición final de residuos; IV.Proponer a las dependencias y entidades de la administración pública del Distrito Federal, la suscripción de convenios, contratos o cualquier instrumento jurídico con los sectores público, privado y social, que contribuyan a la solución de los problemas creados por los residuos sólidos, desde su generación hasta su disposición final; V.Proponer y, en su caso, presentar a las autoridades competentes los proyectos de modificaciones legislativas, reglamentarias y administrativas que actualicen y hagan más eficiente el marco normativo aplicable en materia de generación, manejo, tratamiento, minimización, aprovechamiento y disposición final de residuos; VI.Fomentar la participación de los sectores público, privado y social en la instrumentación de los programas y acciones gubernamentales en materia de generación, manejo, tratamiento, minimización, aprovechamiento y disposición final de residuos; VII.Diseñar estrategias financieras que generen recursos al Gobierno del Distrito Federal, a través de los mecanismos económicos previstos en los instrumentos nacionales e internacionales y, en su caso, proponer su ejecución a las autoridades competentes; VIII.Informar periódicamente al Jefe de Gobierno del Distrito Federal y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, los avances de los programas, acciones y resultados de la Comisión; IX.Conocer, revisar y, en su caso, dar seguimiento a las acciones y programas de gestión integral de los residuos que diseñen o ejecuten las dependencias y entidades de la administración pública del Distrito Federal; X.Acordar la planeación y ejecución de programas o proyectos que por su grado de especificidad técnica requieran ser atendidos por el coordinador general de la Comisión y el personal a su cargo; y XI.Las demás que el Jefe de Gobierno le asigne.     Por otro lado y tal como lo señala el Acuerdo, se dispone que la Comisión se reunirá en sesiones ordinarias bimestrales y en sesiones extraordinarias cuando las circunstancias así lo ameriten. Todo ello quedará ahora establecido en la adición de un artículo 5 Bis 3.   Es importante mencionar que en el Acuerdo por el que se crea la Comisión para la Gestión Integral de Residuos Sólidos de la Ciudad de México, describe también las funciones de los integrantes, del Presidente, del Secretario Técnico y del Coordinador General de la Comisión. Estas funciones no son necesarias trasladadas al ámbito legal ya que la estructura interna de la Comisión es materia del Reglamento Interior de la misma.   La Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal, en su artículo 11, establece las disposiciones de la Política Ambiental para la Gestión Integral de los Residuos bajo los criterios de reducción de la generación de residuos sólidos, separación en fuente, reincorporación al ciclo productivo de materiales reutilizables o reciclables, empleo de infraestructura para su adecuado manejo, promoción de la cultura, educación y capacitación ambiental, generación y difusión de información, responsabilidad compartida, participación de la población, sociedad civil organizada y sector privado, así como la definición de estrategias sectoriales e intersectoriales donde se armonicen las variables económicas, sociales, culturales, tecnológicas, sanitarias y ambientales, en un contexto de desarrollo sustentable.   De ahí que para lograr una gestión integral de los residuos sólidos se requiere la participación concertada de distintos actores en un espacio común, donde se determine la adopción de acciones integrales en las que intervengan los sectores público, social y privado. Por ello y bajo la figura de Acuerdo del Ejecutivo local se dio existencia a la Comisión para la Gestión Integral de Residuos Sólidos de la Ciudad de México, como un órgano interinstitucional que coordine, analice, proponga e incentive la participación de los sectores público, privado y social en los programas y acciones de la Administración Pública del Distrito Federal materia en materia de generación, minimización, manejo, tratamiento, aprovechamiento y disposición final de residuos sólidos, por lo que esta propuesta sólo es para que quede reconocida dicha Comisión como autoridad competente para la aplicación de la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal, tal y como lo señala el artículo cuarto de dicho ordenamiento.   Según el informe de la Comisión, la producción de residuos plásticos se duplicó en los últimos 15 años (pet, unicel, plástico, cartón y vidrio).   Hay aproximadamente 2,400 camiones recolectores, 15 mil trabajadores de limpia y 6 mil voluntarios. Al recolectar la basura se va a 13 estaciones de transferencia. Después, los residuos ya seleccionados se trasladan a los siguientes rellenos sanitarios.
  • La Cañada,
  • Mina el Milagro,
  • Cuautitlán,
  • San Acatlán,
  • Cuautla,
  • Tepotzotlán.
  Esta Comisión trabaja en coordinación con otras autoridades y empresas en los siguientes programas:  
  • Programa de Centros de Acopio Comunitario, trabajando en 25 estaciones de reciclaje, módulos de seguridad pública-participación ciudadana, es un programa conjunto con vecinos, recicladores y con iniciativa privada y el Gobierno del Distrito Federal, con participación y apoyo de las Secretaría de Desarrollo Social y la Secretaría de Seguridad Pública.
  • Programa de Acopio de Aceite usado comestible; se lleva a cabo en 250 establecimientos en el Centro Histórico, es un programa en donde participan cadenas de restaurantes y hoteles. El aceite usado se convierte en biodisel, jabones y aceites. El biodisel que se utiliza para las unidades de RTP y turibus son de este Programa.
  • Programa Acopio Permanente de Residuos Electrónicos, en acopio en los 22 cibercentros de las estaciones del Sistema de Transporte Colectivo Metro, este programa se encarga del reciclaje integral de residuos electrónicos, participan la Secretaría de Educación del DF, la Secretaría del Medio Ambiente y el Sistema de Trasporte Colectivo.
  • Programa de Gestión Integral de los Residuos Sólidos para el DF, creado en la anterior administración con el fin de buscar la separación y manejo de los residuos sólidos. Es así como este programa establece las políticas ambientales en materia de residuos sólidos, las estrategias, metas, lineamientos, acciones y recomendaciones para el desarrollo del programa, involucrando al Servicio Público de Limpia, por la labor que desarrollan.
  • Programa de Reciclado para el papel Bond; este se lleva a cabo en los inmuebles del Gobierno del DF, para que sean permutados por bienes de uso común para cada dependencia. Aproximadamente están incorporados 45 inmuebles del GDF, que tienen un promedio aproximado de recolección por sitio de 305.8 Kg. Valorizan 86,251.8 Kg de papel y cartón. Donde cuatro empresas privadas participan en este programa, sensibilizando así a los trabajadores del GDF.
  Derivado de todo esto es importante que la Comisión para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos de la Ciudad de México continúe trabajando sin estar sujeta a los cambios de administraciones y a las prioridades que cada una de ellas pueda tener. Esto porque después de tres meses de que el nuevo Gobierno inicio su gestión, la Comisión aún no ha sesionado, lo cual es sumamente preocupante ya que existen asignaturas y temas pendientes de tratar.   No olvidemos que desde que se cerró el Bordo Poniente, ni a la ciudadanía ni al Grupo Parlamentario del Partido Verde nos ha quedado claro el trabajo que está realizando el Gobierno del Distrito Federal, con respecto al trato y disposición final de los residuos sólidos que se generan en la Ciudad de México.     Por lo anteriormente expuesto y fundado, sometemos a la consideración de esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, el siguiente      

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE Se REFORMAN Y ADICIONAn  DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS

DEL DISTRITO FEDERAL

 

 

ÚNICO.- Se reforma la fracción V y se adiciona una fracción VII al artículo 4; se adicionan los artículos 5 Bis, 5 Bis 1, 5 Bis 2 y 5 Bis 3, todo ello a la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal, para quedar como sigue:    

 

LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO FEDERAL

 

Artículo 4º. Son autoridades competentes para la aplicación de la presente Ley, y ejercerán las atribuciones de conformidad con la distribución de facultades que este ordenamiento, su reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables establecen: I. La o el Jefe de Gobierno del Distrito Federal; II. La Secretaría; III. La Secretaría de Obras y Servicios; IV. La Secretaría de Salud; V. La Comisión para la Gestión Integral de Residuos Sólidos de la Ciudad de México; VI. La Procuraduría; y VII. Las Delegaciones.     Artículo 5º. BIS. La Comisión para la Gestión Integral de Residuos Sólidos de la Ciudad de México, es un órgano de coordinación, operación, monitoreo, seguimiento y evaluación de las políticas, acciones y programas instrumentados por la Administración Pública del Distrito Federal en materia de generación, minimización, manejo, tratamiento, aprovechamiento y disposición final de residuos.   Artículo 5° Bis 1. La Comisión será presidida por el Jefe de Gobierno y estará integrada por los titulares de:  
  1. I.              La Secretaría de Gobierno;
  2. II.            La Secretaría del Medio Ambiente;
  3. III.           La Secretaría de Obras y Servicios;
  4. IV.          La Secretaría de Salud;
  5. V.           La Secretaría de Finanzas;
  6. VI.          El Instituto de Ciencia y Tecnología; y
  7. VII.         La Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial.
  Los integrantes de la Comisión, deberán designar a un representante con cargo mínimo en la Administración Pública del Distrito Federal de Director General o su homólogo, quien participará en sus sesiones de manera permanente, con derecho de voz y voto.   Cuando a juicio de la Comisión resulte conveniente contar con la opinión o asesoría de las dependencias y entidades federales, estatales o municipales, así como de especialistas, instituciones educativas y de investigación, organizaciones sociales e internacionales, este órgano colegiado podrá invitarlas a participar en sus sesiones y actividades de forma permanente o temporal, únicamente con derecho de voz.   El representante del Jefe de Gobierno del Distrito Federal fungirá como Presidente de la Comisión. Los representantes de los titulares de las Dependencias y Entidades serán el enlace entre éstas y la Coordinación General de la Comisión, a efecto de lograr una mayor eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los acuerdos asumidos.   Artículo 5° BIS 2. Corresponde a la Comisión para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos de la Ciudad de México el ejercicio de las siguientes facultades:  
  1. I.              Proponer y, en su caso, definir los mecanismos y criterios de coordinación y transversalidad de los programas y acciones de la administración pública del Distrito Federal que se vinculen con la generación, manejo, tratamiento, minimización, aprovechamiento y disposición final de residuos, así como revisar y dar seguimiento al cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en ellos;
  2. II.            Proponer a las instancias federales y estatales la adopción de estrategias y políticas metropolitanas enfocadas a atender de manera integral el tema de los residuos;
  3. III.           Presentar al Jefe de Gobierno los resultados de las investigaciones, estudios y diagnósticos elaborados por los integrantes o invitados de la Comisión, cuyo objeto consista en mejorar el diseño, planeación y generación de proyectos, programas y acciones gubernamentales en materia de generación, manejo, tratamiento, aprovechamiento y disposición final de residuos;
  4. IV.          Proponer a las dependencias y entidades de la administración pública del Distrito Federal, la suscripción de convenios, contratos o cualquier instrumento jurídico con los sectores público, privado y social, que contribuyan a la solución de los problemas creados por los residuos sólidos, desde su generación hasta su disposición final;
  5. V.           Proponer y, en su caso, presentar a las autoridades competentes los proyectos de modificaciones legislativas, reglamentarias y administrativas que actualicen y hagan más eficiente el marco normativo aplicable en materia de generación, manejo, tratamiento, minimización, aprovechamiento y disposición final de residuos;
  6. VI.          Fomentar la participación de los sectores público, privado y social en la instrumentación de los programas y acciones gubernamentales en materia de generación, manejo, tratamiento, minimización, aprovechamiento y disposición final de residuos;
  7. VII.         Diseñar estrategias financieras que generen recursos al Gobierno del Distrito Federal, a través de los mecanismos económicos previstos en los instrumentos nacionales e internacionales y, en su caso, proponer su ejecución a las autoridades competentes;
  8. VIII.       Informar periódicamente al Jefe de Gobierno del Distrito Federal y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, los avances de los programas, acciones y resultados de la Comisión;
  9. IX.          Conocer, revisar y, en su caso, dar seguimiento a las acciones y programas de gestión integral de los residuos que diseñen o ejecuten las dependencias y entidades de la administración pública del Distrito Federal;
  10. X.           Acordar la planeación y ejecución de programas o proyectos que por su grado de especificidad técnica requieran ser atendidos por el coordinador general de la Comisión y el personal a su cargo; y
  11. XI.          Las demás que el Jefe de Gobierno le asigne.
  Artículo 5° BIS 3. La Comisión se reunirá en sesiones ordinarias bimestrales y en sesiones extraordinarias cuando las circunstancias así lo ameriten. La convocatoria de la sesión respectiva deberá ser notificada a los miembros de la Comisión por su Presidente o Secretario Técnico, a más tardar cinco días hábiles antes de la celebración de la misma.   Cuando un integrante de la Comisión o su representante no pueda asistir a la sesión convocada, el titular de la dependencia o institución respectiva deberá designar a un representante provisional, quién sólo estará autorizado para participar en dicha sesión.  

T R A N S I T O R I O S

 

  PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, para su debida observancia y aplicación.   SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.       Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:  

       DIP. JESÚS SESMA  SUÁREZ                DIP. ALBERTO E. CINTA MARTÍNEZ COORDINADOR                                                        VICECOORDINADOR


[1] Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 22 de marzo del 2003.
[2] Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 7 de octubre del 2008.
[3] Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, el 18 de septiembre del 2010.
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