Miércoles, 02 Mayo 2012 10:11

POR OBLIGACIÓN LOS MÉDICOS DEBERÁN ANOTAR EN LAS RECETAS EL NOMBRE GENÉRICO DE LOS MEDICAMENTOS, A FIN DE HACERLOS MÁS ACCESIBLES Featured

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México, D. F., a 2 de mayo de 2012 Boletín 77/12

 

En nuestro país hay 35.4 millones de personas pobres sin acceso a los servicios de saludQue sea obligatorio para los médicos anotar en las recetas el nombre genérico y, si lo deseara, indicar la denominación distintiva de su preferencia, tomando en consideración que la venta del medicamento debería ajustarse a la elección que realice el paciente con base en la denominación genérica prescrita.

Lo anterior es una Iniciativa que presentó el diputado del Partido Verde, Carlos Ezeta Salcedo, la cual adiciona el artículo 225 Bis a la Ley General de Salud, en materia de prescripción de medicamentos.

Desde el 8 de marzo pasado había presentado el legislador dicha iniciativa, y la Presidencia de la Mesa Directiva dispuso que ésta fuera turnada a la Comisión de Salud para su análisis y Dictamen correspondiente. Una vez aprobada en dicha Comisión, se presentaría de nuevo ante el Pleno, pero por falta de tiempo, esto no fue posible y quedó pendiente para el próximo periodo ordinario de sesiones.

En su argumentación, el diputado Ezeta Salcedo apuntó que el artículo 4 de la Constitución Política mexicana garantiza “el derecho a la protección de la salud, es un derecho social y universal, independiente de la situación de vulnerabilidad de sus destinatarios, ya que, además, es un elemento esencial para que el Estado pueda sentar las bases para eliminar la desigualdad existente entre los miembros de una sociedad”.

Dentro de la exposición de motivos, el diputado ecologista menciona que en nuestro país hay 35.4 millones de personas pobres sin acceso a los servicios de salud, de acuerdo con la medición multidimensional de la pobreza 2010, realizada por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval). Si a ello se añade el costo de las consultas médicas y por surtir las recetas, estas personas no tienen la posibilidad de asistir al médico cuando enferman y tampoco de adquirir medicamentos.

Con el propósito de garantizar el acceso a los medicamentos de distintos precios a las personas, asentó el legislador del Partido Verde, es necesario modificar las disposiciones legales para que se permita a los pacientes, previa prescripción médica de la sustancia activa, elegir y decidir, con base en su poder adquisitivo, entre las diferentes denominaciones distintivas que reciba el medicamento que contenga la misma sustancia activa que le hubiere sido recetada.

Por último subrayó que “es importante destacar que no existe justificación científica alguna para que, al momento de que se prescriban medicamentos, prevalezca la denominación distintiva de un medicamento sobre la denominación genérica de la sustancia activa, siempre y cuando los medicamentos genéricos cumplan con lo establecido en el Reglamento de Insumos para la Salud”.

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