Con la venia de la presidencia.

El objeto del dictamen que hoy se presenta a nuestra consideración es eliminar de la Constitución la figura del fuero entendido como inmunidad procesal penal para los servidores públicos, el objetivo es evitar el uso de ésta como mecanismo de impunidad al amparo de un cargo público.

La figura del fuero fue creada con el fin de proteger a legisladores y funcionarios de la persecución judicial de la cual pudieran ser objeto derivado del cumplimiento de sus funciones.

En su concepción original, la inmunidad fue pensada para fortalecer la autonomía del Poder Legislativo frente a intentos de acoso por parte del Ejecutivo o de los intereses que pudieran verse afectados por las labores que realiza el Congreso.

En el caso de los funcionarios del Poder Ejecutivo, de los ministros de la Suprema Corte, de los magistrados del Tribunal Electoral y de los consejeros del INE, la inmunidad limita la posibilidad de que, utilizando el aparato judicial, se inicien actos de persecución contra ellos mientras cumplen con las funciones inherentes al ejercicio del cargo.

En otras palabras, es una garantía la autonomía de diversos órganos constitucionales autónomos.

A pesar del espíritu original de su establecimiento, en años recientes la sociedad civil y los ciudadanos en general han señalado que el fuero del que gozan los legisladores y funcionarios ha sido utilizado de modo indebido para cometer delitos o evadir la acción de la justicia.

La ciudadanía percibe que el abuso del que el fuero ha sido objeto es no solo un incentivo para el incumplimiento de la ley y un factor que facilita las condiciones para la prevalencia de la impunidad y los hechos de corrupción que tanto han lastimado a nuestra sociedad.

Bajo esta lógica, las modificaciones que se plantean responden a la exigencia de que los servidores públicos no constituyan una clase privilegiada que se encuentra por encima de la justicia, ni mucho menos que la obtención de un puesto de elección popular signifique que quienes lo ocupen no serán castigados por los ilícitos que cometan.

La modificación del pacto constitucional tiene su justificación en la necesidad de generar los incentivos requeridos para que las conductas de los servidores públicos sean ejemplares y se sujeten a los principios de honestidad, decoro y ética con los que deben conducirse.

Aspiramos a que las posiciones de gobierno y representación popular se ejerzan sin la menor suspicacia o sombra de duda sobre la probidad y honradez de quienes las ocupan.

Cabe aclarar que se modifica la concepción de fuero, contenida en el artículo 61 constitucional, de manera tal que éste sea entendido como inmunidad para legisladores, titulares del INE, Magistrados de la Sala Superior y Ministros de la Suprema Corte sean inviolables por las opiniones que manifiesten y difundan, así como por las propuestas que presenten y los votos que emitan durante el tiempo en el que desempeñen sus cargos y jamás puedan ser reconvenidos, procesados ni juzgados por ellas, con lo cual queda completamente a salvo la libre expresión de las ideas.

En el Partido Verde buscamos que los ciudadanos se sientan y se consideren como iguales frente a quienes detentan un cargo público, por ello estamos convencidos de que hay que eliminar el fuero de nuestra Carta Magna, bajo la consideración de que éste va en contra de la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley.

Es cuanto.