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Que reforma los artículos 47 y 48, y adiciona el 52 Bis a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para crear la Unidad de Servicios Ambientales de la Cámara de Diputados. Presentada por la diputada Lourdes Adriana López Moreno, PVEM.

La suscrita, Lourdes Adriana López Moreno, diputada a la LXII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona y reforma la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor del siguiente

Planteamiento del problema

El pasado 13 de junio de 2003, se adicionó un artículo 17 Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y en esta reforma se establece que la Administración Publico Federal, el Poder Legislativo y el Poder Judicial expedirán manuales de sistemas de manejo ambiental, lo anterior con el objeto de optimizar los recursos que se emplean en el desarrollo de sus actividades con el fin de reducir costos financieros y ambientales.

No obstante esta importante reforma, a la fecha este Poder Legislativo solo ha incorporado acciones ambientales en su funcionamiento de forma aleatoria, ya que el 13 de agosto de 2008, la Junta de Coordinación Política de la LX Legislatura, aprobó el Acuerdo mediante el cual se adicionó un artículo 27 Bis a la Norma de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Cámara de Diputados, en el que se estableció lo siguiente:

“Artículo 27 Bis. Tratándose de adquisiciones de madera, muebles y suministros de oficina de este material, deberán requerirse certificados otorgados por terceros, previamente registrados ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que garanticen el manejo sustentable de los bosques de donde proviene la madera de dichas adquisiciones. Para las adquisiciones de papel para uso de oficina, se deberá requerir un mínimo de 50 por ciento de fibras de material reciclado y blanqueado libre de cloro.

En caso de incumplimiento, se estará a lo dispuesto por la presente Norma y demás disposiciones aplicables.”

Es importante destacar que estas disposiciones operan aleatoriamente, y no abordan de forma integral la incorporación de criterios ambientales en todas las actividades administrativas que realiza esta H. Cámara; del mismo modo la complejidad que se requiere para desarrollar e instaurar estos sistemas de manejo, obliga a que exista un órgano especializado dentro de la estructura administrativa de la Cámara de Diputados que se encargue de ello, lo cual a la larga garantizará un ahorro significativo en términos económicos a esta soberanía.

Argumentación

El consumo siempre creciente es ya una amenaza para los habitantes del planeta, así como para las futuras generaciones. La crisis medioambiental actual hace evidente que hemos sobreexplotado los recursos naturales, y hemos alterado el frágil equilibrio de la biósfera. Los humanos debemos hacer que nuestros estándares de consumo sean más equitativos, y los países deben adoptar patrones de consumo sostenibles que podrán ser alcanzados solamente si el sector privado, los gobiernos y la sociedad civil trabajan estrechamente con un objetivo común.

Los gobiernos son consumidores y productores significativos de bienes y servicios:

“El consumo de los gobiernos representa una gran parte del consumo total mundial (aproximadamente 15% del producto interno bruto en países occidentales) por lo tanto es importante que los gobiernos, en cuanto a consumidores, apliquen criterios ambientales dentro de sus procesos de licitación.”1

En nuestro país, durante los últimos años se han adoptado un gran número de medidas regulatorias voluntarias, tal como la certificación en calidad 14000 sobre la gestión ambiental para las empresas, así como instrumentos económicos o “impuestos verdes” con el propósito de reorientar a los sectores públicos y privados hacia un desarrollo sustentable.

Así, los numerosos compromisos internacionales en materia ambiental y las recomendaciones que de ellos derivan, han impulsado el compromiso de mejorar el desempeño ambiental gubernamental a través de los Sistemas de Manejo Ambiental, que se definen como: conjunto de acciones orientadas a fomentar el uso eficiente de los recursos materiales utilizados en el desempeño cotidiano de las actividades de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal con el objeto de reducir los impactos negativos que dichas actividades tengan en el ambiente.2

Los compromisos internacionales más importantes relacionados con los Sistemas de Manejo Ambiental, son con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico OCDE; con la Comisión para la Cooperación Ambiental de América del Norte (CCA) y con la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo (Río de Janeiro 1992).

La OCDE ha emitido recomendaciones acerca de los Sistemas de Manejo Ambiental

“Para mejorar el desempeño ambiental gubernamental con el propósito de integrar consideraciones ambientales en todas las facetas de las operaciones gubernamentales y sus estructuras y en particular, del establecimiento de programas objetivos, y metas en el uso de energía, del agua y de los materiales en las operaciones cotidianas sea eficiente y sustentable”.

Asimismo, los Sistemas de Manejo Ambiental se sustentan en los capítulos 9 y 18 de la Agenda 21, en párrafos 25 y 26 y 38 del Plan de Acción de Johannesburgo.

En conjunto, estos instrumentos internacionales favorecen el establecimiento de los Sistemas de Manejo Ambiental en la Administración Pública Federal; también, en el caso de compromisos vinculantes, ejercen cierta presión sobre los tomadores de decisiones para que cumplan con ellos; en general, ofrecen orientaciones y estrategias para que los poderes públicos asuman sus responsabilidades en sus actividades diarias.

Refiriéndonos al orden jurídico nacional y los mecanismos de planeación, encontramos que el Plan Nacional de Desarrollo 2007 – 2012 dentro de su Objetivo 7 – Asegurar la utilización de criterios ambientales en la Administración Pública Federal, señala como estrategia:

“Establecer criterios de sustentabilidad ambiental en los programas y acciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. El desarrollo sustentable debe regir toda la actividad de la Administración Pública Federal, por lo que los programas y estrategias de sus distintas dependencias y organismos serán diseñados tomando en cuenta los tres elementos indispensables para alcanzar el desarrollo sustentable, esto es, el beneficio social, el desarrollo económico y el cuidado del medio ambiente y los recursos naturales.”

Asimismo, con fundamento en el artículo 17 Bis, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, corresponde a los tres Poderes de la Unión expedir los manuales de sistemas de manejo ambiental que

“Tendrán por objeto la optimización de los recursos materiales que se emplean para el desarrollo de sus actividades, con el fin de reducir costos financieros y ambientales”.

Del mismo modo, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos establece entre las facultades de la Federación formular, establecer y evaluar los sistemas de manejo ambiental del Gobierno Federal que apliquen las dependencias y entidades de la administración pública federal.

La Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, en su artículo 28 establece que los contratos de obras públicas y los de servicios relacionados con las mismas se adjudicarán a través de licitaciones públicas que aseguren las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad, eficiencia energética el uso responsable del agua y demás circunstancias pertinentes.

El sistema de manejo ambiental, constituye un mecanismo de planeación en el cual se lleva a cabo un diagnóstico de todas y cada una de las actividades que se realizan en una institución, dentro de las cuales se considera el consumo de agua, la gestión de residuos, consumo de energía; así como, el uso y aprovechamiento de bienes y servicios.

Este diagnóstico permite implementar políticas de carácter ambiental, mediante las cuales se sustentará la implementación del Sistema de Manejo Ambiental, en el cual se busca reducir los patrones de consumo, y una mayor eficiencia en el uso y aprovechamiento de bienes y servicios.

La adopción de Sistemas de Manejo Ambiental dentro del ámbito gubernamental, conceptualmente también ha sido denominada como “gobiernos verdes”.

Este concepto determina que es necesario que los gobiernos adquieran la responsabilidad, de desarrollar sus actividades diarias de forma tal que aseguren el uso sustentable de los recursos y materiales utilizados, particularmente el consumo de energía, agua e insumos de papelería; así como que reduzcan el impacto de sus actividades en el ambiente.

En el ámbito regional, la Comisión para la Cooperación Ambiental de América del Norte (CCA), también ha venido trabajando en los mecanismos para implementar eficientemente el concepto de “gobiernos verdes.” En el Programa de Medio Ambiente, Economía y Comercio ha incorporado la iniciativa “Compras Verdes en América del Norte”.

De tal suerte que en materia de adquisiciones en México, el artículo 26 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, establece que:

“Tratándose de adquisiciones de madera, muebles y suministros de oficina fabricados con madera, deberán requerirse certificados otorgados por terceros previamente registrados ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que garanticen el origen y el manejo sustentable de los aprovechamientos forestales de donde proviene dicha madera. En cuanto a los suministros de oficina fabricados con madera, se estará a lo dispuesto en el Reglamento de la presente Ley.

En las adquisiciones de papel para uso de oficina, éste deberá contener un mínimo de cincuenta por ciento de fibras de material reciclado o de fibras naturales no derivadas de la madera o de materias primas provenientes de aprovechamientos forestales manejados de manera sustentable en el territorio nacional que se encuentren certificadas conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior o de sus combinaciones y elaborados en procesos con blanqueado libre de cloro.”

Por su naturaleza, disposiciones jurídicas como estas, no pueden dejar de aplicarse al Poder de la Unión del cual emanaron, en congruencia con lo anterior, el 13 de agosto de 2008, la Junta de Coordinación Política de la LX Legislatura, aprobó el Acuerdo mediante el cual se adicionó un artículo 27 Bis a la Norma de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Cámara de Diputados, en el que se estableció lo siguiente:

“Artículo 27 Bis. Tratándose de adquisiciones de madera, muebles y suministros de oficina de este material, deberán requerirse certificados otorgados por terceros, previamente registrados ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, que garanticen el manejo sustentable de los bosques de donde proviene la madera de dichas adquisiciones. Para las adquisiciones de papel para uso de oficina, se deberá requerir un mínimo de 50 por ciento de fibras de material reciclado y blanqueado libre de cloro.

En caso de incumplimiento, se estará a lo dispuesto por la presente Norma y demás disposiciones aplicables.”

El objetivo de esta iniciativa, es que la Cámara de Diputados cuente con un Sistema de Manejo Ambiental de acuerdo a los lineamientos determinados por Semarnat, con el fin de aplicar los procesos operativos y la toma de decisiones para mejorar su desempeño con base en los siguientes objetivos generales:

• Cumplir en el curso de sus operaciones cotidianas con la normatividad ambiental vigente.

• Disminuir el impacto ambiental resultante de las actividades cotidianas de la institución.

• Incrementar la eficiencia en el uso de energía agua y recursos materiales en las operaciones cotidianas de todos los centros de trabajo de esa institución.

• Minimizar los residuos mediante el ahorro y la reutilización de los recursos materiales utilizados en las operaciones cotidianas de la institución, así como asegurar su reciclaje en todos los casos que sea posible y su apropiada disposición final.

• Desarrollar una cultura de responsabilidad ambiental entre los servidores públicos para contribuir al desarrollo de una cultura ambiental en México.

• Ejercer, desde el Poder Legislativo, una posición de liderazgo ambiental.

En cuanto a la reglamentación interna, el Manual General de Organización de la Cámara de Diputados, que se constituye como un referente que define los objetivos, atribuciones, funciones y responsabilidades por cada órgano y unidad administrativa y que permite establecer las bases de organización y operación cotidiana de la Cámara, busca incorporar acciones orientadas a fomentar el uso eficiente de los recursos materiales utilizados en el desempeño cotidiano de las actividades. No obstante, la Cámara de Diputados no cuenta en su estructura administrativa con alguna oficina encargada de implementar, mantener y evaluar el Sistema de Administración Ambiental que estamos proponiendo.

Sin embargo, existe un antecedente que sirve como indicador al interior de la propia Cámara de Diputados. La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados de la LX Legislatura acordó en su programa de trabajo implementar un sistema de manejo ambiental durante la LX Legislatura.

Mediante el diagnostico previo a la implementación del Sistema de Manejo Ambiental, se logró determinar que, con un total de 17 empleados se consumían 79,042.33 litros de agua por año, 3,982.4 g de residuos por semana laboral, un consumo de energía de 1,136 kwh por mes, lo que aunado a la energía consumida por concepto de trasportación, se tradujo en la emisión de 24.41 ton de Co2eq, durante los dos primeros años.

En lo que correspondió a bienes y servicios, el diagnostico evidenció que durante los meses de enero y agosto de 2006 (LIX Legislatura), el promedio mensual en consumo de papel fue de 20,000 hojas, para el mismo periodo el promedio mensual en el consumo de vasos de polipropileno fue de 107.1 piezas, poliestireno expandido 135.7 piezas, botellas de PET para agua 48 piezas, y 86 piezas. De cucharas desechables.

Una vez elaborado este diagnostico, se determinó implementar una Política Ambiental, enfocada primordialmente en la filosofía de las 3 “R´s”, promover las compras verdes, la conciencia ambiental, erradicar el consumo de botellas de PET, vasos, platos y cucharas desechables, eficientizar los usos de energía y materiales, reducir el consumo de energía y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero.

Como resultado de la implementación del Sistema de Manejo Ambiental, la Comisión de Medio Ambiente logró compensar al 100% sus emisiones de gases de efecto invernadero, en un año redujo al 73% la solicitud de artículos a proveeduría, aumentando una eficiencia en lo solicitado de un 60% a un 90%.

Al 2007 se había eliminado el 80% el uso de bienes desechables.

Se sustituyo al 100% el papel de fibra nueva por papel reciclado.

La implementación del Sistema de Manejo Ambiental para toda la Cámara, repercutirá directamente en una disminución al consumo de energía eléctrica, así como la adquisición de bienes y servicios, lo que económicamente representará un ahorro presupuestal en materia de agua, energía y material de oficina.

Evitar el derroche de recursos naturales y económicos en las actividades que se desarrollan al interior de la Cámara de Diputados, puede motivar a otras instituciones a implementar el Sistema.

Los esfuerzos legislativos han sido varios con respecto al tema, otro de los antecedentes se dio en la LXI Legislatura, la diputada Augusta Valentina Díaz de Rivera, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó Punto de Acuerdo por el que se exhorta a los Poderes de la Unión y sus áreas administrativas para que formulen, establezcan o evalúen Sistemas de Manejo Ambiental para el año 2010.3 En su exposición de motivos señala lo siguiente:

“... estos Sistemas pueden ser una herramienta para compartir el compromiso de este Congreso de promover y fomentar el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, así como detener y revertir el deterioro del medio ambiente, por medio de acciones y medidas al interior de los tres Poderes del Estado...”

Y reconoce que influirán en el comportamiento de mercados y proveedores, traerá consecuencias pedagógicas positivas entre los empleados públicos y entre los ciudadanos en general y se mejorará la eficiencia en el uso de los recursos.

Debemos estar ciertos de que las dependencias que integran el sector gubernamental, demandan grandes cantidades de bienes y servicios, por lo que son consumidores que tienen incidencia directa en el comportamiento de ciertos mercados. Es necesario que el Poder Legislativo adquiera la responsabilidad de desarrollar sus actividades diarias de forma tal que asegure el uso sustentable de los recursos y materiales utilizados, particularmente el consumo de energía, agua e insumos de papelería; así como que reduzca el impacto de sus actividades en el ambiente.

Para el Partido Verde, la disminución de los impactos de las operaciones cotidianas es un tema prioritario; por ello se somete a la consideración de esta Soberanía que la Secretaría General de la Cámara de Diputados cuente con las atribuciones necesarias para la instalación del Sistema de Manejo Ambiental.

Con base en el Estatuto de Organización Técnica y Administrativa del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados se sabe que corresponde la Secretaría General las funciones que en otras dependencias realiza la Oficialía Mayor, pues supervisa el correcto funcionamiento de las Secretarías de Servicios Parlamentarios y de Servicios Administrativos y Financieros.

Con esta iniciativa se propone la creación de una Unidad de Servicios Ambientales adscrita a la Secretaría General, dicha oficina será responsable de formular e instaurar el Sistema de Manejo Ambiental al interior de la Cámara de Diputados, y de integrar el Comité Interno de Sistemas de Manejo Ambiental, como órgano de coordinación, consulta y evaluación de las acciones que se propongan y se ejecuten en congruencia con los fines previstos en los lineamientos correspondientes para la Administración Pública Federal.4

La Unidad de Servicios Ambientales que proponemos, será el órgano técnico responsable de:

• Diseñar e implementar el Programa Interno del Sistema de Manejo Ambiental, el cual deberá prever la política ambiental, las responsabilidades, prácticas, procedimientos, procesos y recursos.

• Diseñar los subprogramas de uso eficiente del agua, consumo responsable de material de oficina y ahorro de energía.5 Dirigir las reuniones del Comité Interno de Sistemas de Manejo Ambiental (CISMA) y apoyarle en la realización de sus actividades.

Se sugeriría que el Comité, este integrado por:

• Un Presidente,

• Un Secretario Ejecutivo,

• Un vocal por cada unidad administrativa involucrada en la implementación del Programa Interno del Sistema de Manejo Ambiental

• Funcionarios representantes, (uno para cada enlace necesario del CISMA).

• Asesores internos y externos que aseguren el apoyo técnico especializado al CISMA.

Los integrantes del Comité podrán proponer actividades adicionales que puedan contribuir a mejorar el desempeño ambiental de la Cámara de Diputados, como pueden ser estaciones intermodales de transporte, centros de acopio, entre otros.

No tenemos duda que esta iniciativa incitará a desarrollar la conciencia de los servidores públicos, y dar ejemplo al sector público con acciones congruentes con las leyes que el propio Congreso avala. Se logrará demostrar que con base en buenas estrategias de comunicación interna y externa, el compromiso de los mandos superiores y del personal de la Cámara de Diputados, puede dar como resultado un sistema con el que crearemos mejores condiciones ambientales y el ahorro de recursos económicos.

Fundamento legal

Por lo anteriormente expuesto y fundado en lo dispuesto por el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6 numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adiciona y reforma la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se reforma el artículo 47 numeral 1 y se adicionan un numeral 3 al artículo 47, un inciso f) al artículo 48, y un artículo 52 Bis a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 47.

1. Para la coordinación y ejecución de las tareas que permitan el mejor cumplimiento de las funciones legislativas y la atención eficiente de sus necesidades administrativas, financieras y de desempeño ambiental, la Cámara cuenta con una Secretaría General.

2. ...

3. La Cámara tendrá una Unidad de Servicios Ambientales, para establecer las estrategias institucionales que incorporen criterios ambientales al funcionamiento cotidiano de la Cámara de Diputados; así como la instauración del sistema de manejo ambiental para la Cámara.

Artículo 48.

1. a 4. El Secretario General de la Cámara tiene las atribuciones siguientes:

a) a e) Formular los programas anuales de naturaleza administrativa y financiera; y

f) Formular e implementar el Sistema de Manejo Ambiental.

g) Informar trimestralmente a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, sobre el cumplimiento de las políticas, lineamientos y acuerdos adoptados por ésta, y respecto al desempeño en la prestación de los servicios parlamentarios y administrativos y financieros.

Artículo 52 Bis. La Unidad de Servicios Ambientales de la Cámara de Diputados, es el órgano técnico responsable de la instalación del Sistema de Manejo Ambiental. La Unidad está a cargo de un Coordinador nombrado en los términos que establezca el Estatuto del Servicio de Carrera, y su estructura con las oficinas que se requieran.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el siguiente día al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. La Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos de la Cámara de Diputados propondrá el acuerdo para las reformas al Manual General de Organización de la Cámara de Diputados, dentro de los sesenta días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, donde establecerá las funciones específicas de la Unidad de Manejo Ambiental, responsable de instaurar el Sistema de Manejo Ambiental al interior de la Cámara de Diputados y de integrar el Comité Interno de Sistemas de Manejo Ambiental.

Tercero. Las adecuaciones reglamentarias a que se refiere el artículo anterior, deberán contemplar medidas tendientes a capacitar y especializar a asesores internos del Comité Interno de Sistemas de Manejo Ambiental.

Notas

1 Masera, Diego. “Hacia un consumo sustentable en América Latina y el Caribe. PNUMA . Orlac. 2001 p. 18

2 Acuerdo que establece los lineamientos y estrategias generales para fomentar el manejo ambiental de los recursos en las oficinas administrativas de las dependencias y entidades administrativas de la Administración Pública Federal. DOF 26-03-1999.

3 Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 2851-II, miércoles 23 de septiembre de 2009.

4 lineamientos y estrategias generales para fomentar el manejo ambiental de los recursos de las oficinas administrativas de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal publicados en el Diario Oficial de la Federación el ocho de marzo de 2001

5 Cuyos lineamientos han quedado establecidos en la El Programa de Uso Eficiente y Racional del Agua, Programa de Ahorro de Energía, Programa de Consumo Responsable de Materiales de oficina (compras verdes).

Dada en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 11 días del mes de octubre del 2012.

Diputada Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica)

Published in gaceta
Que reforma el artículo 223 de la Ley Federal de Derechos, en materia de conservación y restauración de las cuencas. Presentada por la diputada Lourdes Adriana López Moreno, PVEM.

Que reforma el artículo 223 de la Ley Federal de Derechos, a cargo de la diputada Lourdes Adriana López Moreno, del Grupo Parlamentario del PVEM

Planteamiento del problema

Uno de los sectores más importantes para favorecer el crecimiento y desarrollo del país es el energético. Por ello, el Programa Sectorial de Energía se define como uno de los objetivos equilibrar el portafolio de fuentes primarias de energía, lo cual es una vía para incrementar la seguridad consistente en balancear la utilización de fuentes primarias, promoviendo el uso sustentable de los recursos naturales.

Una de estas fuentes primarias el la generación de energía eléctrica a partir del aprovechamiento del agua, ya sea por las hidroeléctricas o su vapor por medio de las termoeléctricas. Reconociendo que un elemento importante de sustentabilidad para la producción hidroeléctrica y las industria cuyo insumo es el agua, es contar con cuencas saludables, una cobertura forestal y conservación de suelos que permita mayor infiltración y captación de agua en las cuencas que tienen mayor valor por su aporte y la infraestructura eléctrica.

Los ríos y arroyos constituyen una red hidrográfica de 633 kilómetros por ellos fluye 87 por ciento del escurrimiento principal cubriendo 65 por ciento del territorio nacional; sin embargo, dos tercios del escurrimiento superficial pertenecen a 7 ríos Grijalva-Usumacinta, Papaloapan, Coatzacoalcos, Balsas, Pánuco, Santiago y Tonalá, a la vez que sus cuencas representan 22 por ciento de la superficie de nuestro país.

De los 653 acuíferos del país, 100 de ellos se encuentran sobre explotados la reversión de la degradación sólo se logra mediante la implementación de programas y proyectos dentro de estas zonas, que además representan un aporte importante como insumos en sectores como el eléctrico, podemos decir que la recaudación por concepto de estos derechos por uso y aprovechamiento de agua a 2009 ascendió a 10 mil 716 millones de pesos, de los cuales mil 938.5 correspondieron a aguas nacionales.

Por ello, esta reforma busca que una parte de estos ingresos se destine al financiamiento de los programas de conservación y restauración de la cuenca o el pago por servicios ambientales hidrológicos.

Adicionalmente, se busca fortalecer la implantación y ejecución de programas y proyectos de restauración de suelos, conservación de la cobertura forestal y reforestación en las cuencas con mayores índices de degradación o más importantes para los diversos sectores industriales entre los que destacamos el energético.

Argumentación

El crecimiento demográfico y económico de las naciones constituye causa directa para el aumento en la demanda y consumo de bienes y servicios. Esta demanda obliga a generar una mayor presión en los recursos naturales de los cuales se obtienen los insumos necesarios para el crecimiento de la economía y la garantía de ofrecer bienes y servicios a la población.

Los recursos naturales son eje toral. Por ello, la economía de los recursos naturales ha incorporado a la sustentabilidad en su manejo. Esta perspectiva de “desarrollo sustentable”, fue promovida dentro de la Comisión de Brundtland sobre medio ambiente y desarrollo durante la segunda mitad de la década de los ochentas definiéndose como un proceso que: “satisface las necesidades de las generaciones actuales sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras de satisfacer sus propias necesidades”,1 lo cual modificó el enfoque sobre la explotación de los recursos naturales.

México ha incorporado en su marco jurídico a la sustentabilidad dentro del artículo 25 de la Carta Magna en el que determina que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable. Con ese principio de sustentabilidad y conservación de los recursos naturales se han orientado la Planeación Nacional del Desarrollo, en la cual se busca como premisa básica el desarrollo sustentable.

Uno de los sectores más importantes para favorecer el crecimiento y desarrollo del país es el energético. La visión 2030 para este sector es que opere con políticas públicas y un marco fiscal, laboral y regulatorio que permita contar con una oferta diversificada, suficiente, continua, de alta calidad y aprecios competitivos; maximizando la renta energética, asegurando al mismo tiempo un desarrollo sostenible en términos económicos, sociales y ambientales.

Así también, el Programa Sectorial de Energía se define como uno de los objetivos equilibrar el portafolio de fuentes primarias de energía, lo cual es una vía para incrementar la seguridad consistente en balancear la utilización de fuentes primarias, promoviendo el uso sustentable de los recursos naturales.

Para garantizar la estabilidad, calidad y seguridad en el abastecimiento de electricidad se requiere equilibrar el portafolio de generación con distintas tecnologías y fuentes primarias, que incorporen el riesgo por disponibilidad, dependencia sobre importaciones, volatilidad de precios, así como los costos ambientales asociados.

Los pronósticos del sector muestran que la demanda eléctrica irá en aumento, sin embargo ante la problemática ambiental mundial y los efectos del cambio climático, se está impulsando la diversificación fuentes primarias para la producción eléctrica, con una tendencia a disminuir su producción basada en combustibles fósiles, la cual actualmente oscila entre 60 por ciento.

La presente iniciativa de reforma tiene como objeto fortalecer las acciones y proyectos de conservación de las cuencas, reconociendo el valor que tienen mediante los servicios ambientales hidrológicos que prestan para proveer el agua como insumo de la producción eléctrica. Cabe resaltar que actualmente el aporte de esta fuente primaria es de sólo 11 por ciento de la producción eléctrica.

Debemos reconocer que un elemento importante de sustentabilidad para la producción hidroeléctrica y las industria cuyo insumo es el agua, es contar con cuencas saludables, una cobertura forestal y conservación de suelos que permita mayor infiltración y captación de agua en las cuencas que tienen mayor valor por su aporte y la infraestructura eléctrica establecida en ellas.

Esta conservación y reversión de la degradación solo se logra mediante la implementación de programas y proyectos dentro de estas zonas. No obstante la carga presupuestal que esto conlleva, se ha planteado como un impedimento para la preservación de estos ecosistemas, por lo cual se hace el planteamiento de evaluar todos y cada uno de los escenarios que permitan una mayor obtención de recursos económicos mediante la internalización de un costo adicional durante el proceso de producción de esta energía, con el objeto de que dicho costo se oriente a programas o proyectos de conservación primordialmente dentro de las cuencas.

Baste señalar que el agua dentro de los procesos de producción eléctrica no solo se utiliza en las hidroeléctricas sino también en las termoeléctricas y geotermoeléctricas. Ese uso del agua origina el pago de un derecho al amparo de la Ley Federal de Derechos, este pago representa ingresos a la Federación los cuales en 2006 ascendieron a mil 61.8 millones de pesos, de los que la aportación por el uso en centrales hidroeléctricas fue de 33 por ciento siendo la cifra más representativa el pago del derecho en las centrales termoeléctricas con 66.52 por ciento.

Se busca que una parte de estos ingresos se destine al financiamiento de los programas de conservación y restauración de la cuenca o el pago por servicios ambientales hidrológicos.

La implantación del pago por servicios ambientales, tiene un referente en el país desde 2003, en casos como servicios hidrológicos, conservación de la biodiversidad y captura de carbono, haciendo partícipes a los dueños de bosques (pequeños propietarios, comunidades y ejidos), lo que ha permitido reducir a la mitad la tasa anual de deforestación, proteger las cuencas hidrográficas y los bosques de nubes, así como evitar la emisión de 3.2 millones de toneladas de dióxido de carbono, según un reporte de la Comisión Nacional Forestal.

Es importante distinguir conceptualmente un servicio ambiental de un bien ambiental. “El servicio es una prestación que satisface a otro, es intangible. Un servicio adquiere la categoría de bien cuando hay otro que lo recibe (un beneficiario)”.2 En el sentido jurídico, un servicio ambiental es la prestación que otorgan los ecosistemas en beneficio del hombre no consistente en la producción de un bien material,3 y el bien ambiental, es la prestación de los ecosistemas en beneficio del hombre consistente en la producción de bienes materiales.4

El programa para el Pago por Servicios Ambientales fue creado como un incentivo económico para los dueños de los terrenos forestales donde se generan estos servicios, con la finalidad de compensar por los costos de conservación y por los gastos en que incurren al realizar prácticas de buen manejo del territorio. De esta forma, el programa asegura que los dueños de los bosques reciban una compensación económica, creando así los incentivos para conservar los bosques, asegurar la provisión de servicios y desincentivar la tala para destinar la tierra a otros usos productivos.5

El esquema de pago por servicios ambientales brinda la oportunidad de impulsar la conservación de los ecosistemas y mantener su productividad, creando un vínculo de coordinación y cooperación entre las autoridades y los legítimos propietarios o poseedores de los bosques. Adicionalmente se busca fortalecer la implementación y ejecución de programas y proyectos de restauración de suelos, conservación de la cobertura forestal y reforestación en las cuencas con mayores índices de degradación o más importantes para los diversos sectores industriales entre los que destacamos el energético.

El impulso de estos programas se plantea que provenga de aumentar los recursos destinados al Fondo Forestal Mexicano, proviniendo estos de los ingresos que tiene la Federación por concepto del pago de derechos por uso y explotación del agua, al respecto se debe señalar que la Comisión Nacional del Agua lleva a cabo el cobro de derechos por conceptos de explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales; uso de cuerpos receptores; extracción de materiales; suministro de agua en bloque a centros urbanos e industriales y servicio de riego.

La recaudación por concepto de estos derechos a 2009 ascendió a 10 mil 716 millones de pesos, de los cuales mil 938.5 correspondieron a uso o aprovechamiento de aguas nacionales; sin embargo, los RHA con mayor recaudación fueron VI Río Bravo, VIII Lerma-Santiago-Pacífico y XIII Aguas del Valle de México.

Según los volúmenes declarados para el pago de derechos por uso de agua en producción hidroeléctrica la mayor cantidad corresponde a la RHA Frontera Sur con 64 mil 305 hectómetros cúbicos, casi 50 por ciento de los 136 mil 85 hectómetros cúbicos que para 2009 representaron el total nacional.

Debido a ese universo de recaudación en la presente iniciativa de reforma se propone modificar el último párrafo del artículo 223 de la Ley Federal de Derechos, para aumentar de 300 a 600 millones de pesos los montos destinados al programa pago por servicios ambientales.

Ciertos casos en el país pueden ser referentes, como el de la sierra de Zapalinamé, Saltillo, Coahuila, ésta se ubica en el sureste del estado, entre Saltillo y Arteaga, se eleva una pequeña ramificación de la Sierra Madre Oriental. Esta ramificación es formada por un macizo montañoso compuesto de varias capas de corteza terrestre, fuertemente unidas y fracturadas, con una topografía muy accidentada y perfiles cortados en orientación este-oeste, la cual es llamada Sierra de Zapalinamé.6

La zona cobra relevante importancia por albergar una vasta diversidad de especies de flora y fauna, y por ser principal proveedor de agua en el estado gracias a la capacidad de sus mantos acuíferos y montañas. No obstante se enfrenta a importantes amenazas como: la invasión de mancha urbana, sobreexplotación del acuífero, cambio de uso de suelo, cambios forestales a agrícolas, contaminación, entre otras. Tal es el caso que el 15 de octubre de 1996, la sierra de Zapalinamé se decretó “zona sujeta a conservación ecológica” por el gobierno de Coahuila; otorgando a la UAAAN la encomienda de elaborar el Programa de Manejo y a Profauna, AC, su administración y operación.7

Con objeto de conservar esta sierra el 31 de octubre de 1996, se da el Convenio de Operación del Área Natural Protegida otorgado a Profauna, AC, que un año después se le otorga la operación para posteriormente en septiembre de 1998 la UAAAN entrega el Primer Programa de Manejo.8

En 2002, Profauna inició con el Fondo Mexicano para la Conservación de la Naturaleza, A.C. y la Fundación Gonzalo Río Arronte, un programa basado en recaudación voluntaria llamado “Por una razón de peso”. En este programa se invita a la población a donar un peso (al momento de pagar el recibo de agua) para que Profauna lo utilice en la realización de trabajos de conservación en la sierra de Zapalinamé.9

De acuerdo con los datos más recientes emitidos por Profauna, a 2010 los ingresos para la conservación de la sierra de Zapalinamé se componen de la siguiente manera: 3 838 361.27 millones de pesos de proyectos específicos, 2 295 436.54 millones de pesos de Operación ZSCE, resultando un total de 6 133 797.81 millones de pesos.

Éste es un ejemplo del interés existente por la conservación y la participación activa que tiene las organizaciones no gubernamentales. A nivel nacional existen cada día mas organizaciones interesadas en ingresar o impulsar este tipo de programas como Pronatura, AC, Profauna, o fondos como el Fondo de Conservación El Triunfo, quienes trabajan de forma vinculada con instancias del gobierno federal dedicada a la conservación; sin embrago, los recursos que se obtengan deben formar parte de políticas públicas focalizadas a resolver problemas en concreto y atender la degradación que sufren zonas o cuencas determinadas como prioritarias, considerando además su grado de aportación a las actividades económicas e industriales.

Por ello y tomando como sustento los principales usos y aprovechamientos del agua es que se plantea direccionar los recursos provenientes del cobro de derechos por uso y aprovechamiento del agua, como se ha mencionado las cuencas en las que se aprovechan los mayores volúmenes son en consecuencia las que aportan mayor cantidad del recurso hídrico como la del balsas o el Grijalva, razón por la que resulta importante conservar y restaurar dichas cuencas.

Adicionalmente, en el norte del país resulta de vital importancia el cuidado de los acuíferos, por lo que contar con cuencas bien conservadas y saludables aumenta los niveles de infiltración en los acuíferos y por consecuencia su disponibilidad para los principales usos.

La implantación de la presente reforma permitirá dotar al sector forestal de mayores recursos para seguir estableciendo diversos mecanismos de financiamiento a programas de pago por servicios ambientales y proyectos de conservación y restauración en cuencas prioritarias de conformidad con el texto propuesto en la reforma.

El principal objetivo es transferir recursos a fondos regionales o la firma de proyectos como el de de conservación y restauración de cuencas como la del río Grijalva, donde existe convenio de coordinación celebrado entre los gobiernos de Chiapas y federal a través de la Comisión Nacional Forestal y está dirigido a la cuenca en particular.10

Debemos impulsar instrumentos que nos permitan realizar un trabajo vinculado entre los 3 ordenes de gobierno, la ciudadanía y las organizaciones no gubernamentales, el problema del abasto y perdida de los recursos hídricos es grave de acuerdo con los trabajos realizados por la Comisión Nacional del Agua, en su publicación Las estadísticas del agua en México 2011, el país tiene una recepción de 1,489 miles de millones de metros cúbicos de agua en forma de precipitación.

De esa agua, se estima que 73.1 por ciento se evapotranspira y regresa a la atmósfera, 22.1 escurre por los ríos o arroyos, y el restante 4.8 por ciento se filtra al subsuelo de forma natural y recarga los acuíferos.

No obstante, de los 653 acuíferos del país, 100 de ellos se encuentran sobreexplotados primordialmente en las regiones hidrológico administrativas Lerma-Santiago-Pacífico y Cuencas Centrales del Norte, siendo las que tiene la mayor recarga la de frontera sur y península de Yucatán, esta iniciativa identifica oportunidades normativas para impulsar el desarrollo del pago por servicios ambientales, así como la conservación y restauración de las cuencas que más beneficios aportan en el país.

La presente reforma es totalmente congruente con la tendencia de conservación y fortalecimiento de los programas de pago por servicios ambientales y los ordenamientos legales vigentes, ya que el artículo 30 de la Ley General de Cambio Climático que en próximos meses entrará en vigor establece:

Artículo 30. Las dependencias y entidades de la administración pública federal centralizada y paraestatal, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito de sus competencias, implementarán acciones para la adaptación conforme a las disposiciones siguientes:

I. a XII. ...

XIII. Impulsar el cobro de derechos y establecimiento de sistemas tarifarios por los usos de agua que incorporen el pago por los servicios ambientales hidrológicos que proporcionan los ecosistemas a fin de destinarlo a la conservación de los mismos;

...

Fundamento legal

Por lo expuesto y fundado en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se reforma el artículo 223 de la Ley Federal de Derechos

Artículo Único. Se reforma el tercer párrafo del artículo 223 de la Ley Federal de Derechos, para quedar como sigue:

Artículo 223. ...

A. ...

I. a IX. ...

...

De los ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos por la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales por usuarios distintos de los municipales y organismos operadores de los mismos, 600 millones de pesos tendrán destino específico para el Fondo Forestal Mexicano para el desarrollo y operación de Programas de Pago por Servicios Ambientales de los cuales 300 millones se destinarán a proyectos de Conservación y Restauración de las Cuencas con mayor aportación hídrica y mayores índices de degradación . Estos recursos ampliarán el presupuesto que se asigne a la Comisión Nacional Forestal.

B. ...

I. a IV. Balnearios y centros recreativos:

Zona de disponibilidad 1 a 6........... $10.4031

Zona de disponibilidad 7................... $5.1252

Zona de disponibilidad 8................... $2.4128

Zona de disponibilidad 9................... $1.1473

...

C. ...

Zona de disponibilidad 1 a 9............ $0.1295

(Se deroga penúltimo párrafo).

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se deroga toda disposición que se oponga en todo o en parte al presente decreto.

Notas

1 Quadri de la Torre, Gabriel. Políticas públicas, sustentabilidad y medio ambiente, Porrúa, México, página 43.

2 Información obtenida de las memorias del taller Pago por servicios ambientales en México: situación actual y objetivos del futuro, Mauricio Limón (2007).

3 Captura o secuestro de carbono y belleza escénica, entre otros.

4 Madera y plantas, entre otros.

6 Proyecto para la Cuenca Hidrológica de Saltillo: Sierra de Zapalinamé, Suma de Voluntades.

7 Profauna, 2011, en línea. Disponible en http://www.profauna.org.mx, con acceso el 8 de septiembre de 2012.

8 Ibídem.

9 Rickards Guevara, Jorge (2008). Financiamiento de programas para conservación de ecosistemas templados de montaña, México, en www.ine.gob.mx/ujeajei/publicaciones/libros/39.pdf, consultado el 8 de septiembre de 2012, páginas 32.

10 Lineamientos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de septiembre de 2011.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 13 de septiembre de 2012.

Diputada Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica)

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