Lunes, 19 Marzo 2007 18:00

Propone el PVEM la creación del Comité de Vigilancia de la contraloría del Poder Legislativo Edom Featured

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“2007, Año de la Corregidora de México, Doña Josefa Ortiz de Domínguez”.
Toluca de Lerdo, México a 20 de Marzo del 2007.
Comunicado de Prensa No. 037.

PROPONE EL PVEM LA CREACION DEL COMITÉ DE VIGILANCIA DE LA CONTRALORIA DEL PODER LEGISLATIVO DEL EDOMEX.


• Tendrá facultades para vigilar y evaluar los actos y procedimientos que en cumplimiento de sus atribuciones dicte o ejecute la Contraloría.
• La finalidad es que informe sobre el grado de economía, eficacia, eficiencia, efectividad, imparcialidad, honestidad y apego a la normatividad con que se desempeña.
• Proporcionar a la Junta de coordinación Política, la información que le sea requerida y citar al contralor para conocer en lo específico del trámite de algún asunto
.

El Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, por conducto del diputado Salvador José Neme Sastré, sometió a la consideración de la Junta de Coordinación Política de esta H. LVI Legislatura, la creación del Comité Permanente de Vigilancia de la Contraloría del Poder Legislativo, a fin de contar con un órgano específico de supervisión y evaluación de los procedimientos y actos que realiza esta dependencia y con ello imprimirle mayor certeza y confiabilidad a su actuación.

El establecimiento de comisiones y comités encargados de dar seguimiento, supervisar y evaluar la actuación de los órganos y dependencias del Poder Legislativo, ha sido una práctica parlamentaria común en el Estado de México, como lo acredita el hecho de contar con los comités de administración, estudios legislativos y comunicación social, cuyas funciones se encuentran vinculadas respectivamente, con las tareas que tienen encomendadas la Secretaría de Administración y Finanzas, el Instituto de Estudios Legislativos y la Dirección General de Comunicación Social.

El comité permanente cuya creación se propone, se inscribe en la tendencia que señala el marco normativo vigente, de instituir comisiones o comités afines con las actividades que desarrollan los distintos órganos y dependencias del Poder Legislativo, para que éste ejerza un mejor control sobre el cumplimiento de las facultades, obligaciones y responsabilidades que tienen atribuidos las referidas entidades públicas.

Este Comité de Vigilancia de la Contraloría del Poder Legislativo, tendrá facultades para vigilar y evaluar los actos y procedimientos que en cumplimiento de sus atribuciones dicte o ejecute la Contraloría; conocer y evaluar el programa anual de actividades de la Contraloría; ordenar la práctica de auditorias especiales o complementarias, a las que normalmente realiza la Contraloría a las dependencias del Poder Legislativo.

Asimismo, destaca el citar al Contralor para conocer en lo específico del trámite de algún asunto que tenga encomendado; proporcionar a la Junta de Coordinación Política, la información que le sea requerida respecto del funcionamiento y ejercicio de atribuciones de la Contraloría; vigilar que el funcionamiento de la Contraloría y la actuación de sus servidores públicos se apegue a las disposiciones aplicables; y supervisar que la Contraloría cumpla con las obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información pública.

El Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México está convencido que con la creación de este Comité Permanente, se fortalecerá el Estado de Derecho, se dotará de mayor certidumbre y dinamismo al régimen de responsabilidades de los servidores públicos en el ámbito del Poder Legislativo, se transparentará con mayor intensidad el trámite de los procedimientos disciplinarios, se asegurará un mejor desempeño de las funciones que tiene atribuidas la Junta de Coordinación Política, como órgano de control, y se coadyuvará al combate de la impunidad de los servidores públicos que incurran en responsabilidades administrativas.

Con la creación del Comité Permanente de Vigilancia de la Contraloría del Poder Legislativo del Estado de, se logrará que esta dependencia sea un medio confiable de fiscalización del ejercicio del gasto; de vigilancia del óptimo aprovechamiento de los recursos asignados al Poder Legislativo, así como del mejor desempeño de las áreas administrativas, áreas de apoyo y órganos técnicos.

Asimismo, se tendrá la oportunidad de medir, mediante un examen objetivo, sistemático y evaluatorio de las operaciones financieras y administrativas, los sistemas y procedimientos implantados, la estructura orgánica en operación, los objetivos, planes, programas y metas alcanzados por la propia Contraloría Interna, con el propósito de informar el grado de economía, eficacia, eficiencia, efectividad, imparcialidad, honestidad y apego a la normatividad con que se desempeña.

En ejercicio de las facultades que nos confieren los artículos 51 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 28 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, integrado por los diputados Alejandro Agundis Arias, Rolando Elías Wismayer, Salvador José Neme Sastré, Carla Bianca Grieger Escudero, Francisco Javier Cadena Corona, Gerardo Pasquel Méndez y Stanislao Souza y Sevilla, someten a la consideración de esta Soberanía Popular, la iniciativa de decreto por el que se adiciona el artículo 76, con un antepenúltimo párrafo y el artículo 76 TER, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, para instituir el Comité Permanente de Vigilancia de la Contraloría del Poder Legislativo del Estado de México, al tenor de la siguiente:


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, en el artículo 47, refiere que la Legislatura del Estado establecerá los órganos y sistemas para identificar, investigar y determinar las responsabilidades de los servidores públicos del Poder Legislativo, así como de los presidentes municipales, regidores y síndicos de los ayuntamientos de la propia entidad, para aplicarles, en su caso, las sanciones disciplinarias que correspondan en términos de ley.

La Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 62 fracción X, confiere a la Junta de Coordinación Política atribuciones para conocer y resolver las responsabilidades administrativas en que incurra cualquier servidor público del Poder Legislativo y los integrantes de los ayuntamientos de los municipios de la entidad, por el incumplimiento de las obligaciones que señala la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios.

La Contraloría del Poder Legislativo del Estado de México, es una dependencia que ejerce funciones de auditoria, vigilancia, control, evaluación e inspección, para cumplir con las atribuciones que le señalan las disposiciones legales.

El Reglamento del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, en el artículo 155, consigna la suma de atribuciones que tiene conferidas la Contraloría, dentro de las que destacan las relativas a la instauración y trámite del procedimiento administrativo disciplinario seguido en contra de diputados, servidores públicos del Poder Legislativo e integrantes de los ayuntamientos de los municipios, así como las de vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de manifestación de bienes de los diputados y servidores públicos del Poder Legislativo.

Lo expuesto pone de relieve la delicada y trascendente función que tiene encomendada la Contraloría del Poder Legislativo, la cual concurre a salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben observar en la prestación del servicio público, los diputados, los servidores públicos del Poder Legislativo y los integrantes de los ayuntamientos de los municipios.

De ahí que resulte necesario que la Legislatura del Estado establezca vínculos más estrechos con la Contrataría del Poder Legislativo, para supervisar su actuación y asegurar que esta dependencia cumpla con mayor eficiencia y eficacia las delicadas funciones que tiene atribuidas.


COORDINACION DE COMUNICACIÓN SOCIAL DEL PVEM.





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