Martes, 05 Agosto 2014 16:10

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DEL POSICIONAMIENTO SOBRE LEY DE INGRESOS DE HIDROCARBUROS DEL SENADOR PABLO ESCUDERO Featured

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Evidentemente no puedo ser ajeno a lo que acaba de suceder aquí, que se ha repetido en otros días. Y hace rato cuando escuchaba con atención el debate de un compañero senador del PRD, nos decía: “no me gusta la Reforma, le faltó pero ojalá le vaya bien a México”.

México, D. F., a  05  de Agosto de 2014

Gracias Presidente

 

Evidentemente no puedo ser ajeno a lo que acaba de suceder aquí, que se ha repetido en otros días. Y hace rato cuando escuchaba con atención el debate de un compañero senador del PRD, nos decía: “no me gusta la Reforma, le faltó pero ojalá le vaya bien a México”.

Y creo que eso es lo que nos tiene aquí a todos los Senadores, que estamos pensando en que le vaya bien a este país.

Podemos discutir, por supuesto que sí. Tenemos posiciones diferentes, por supuesto que sí, pero de eso se trata de enriquecer el debate, de ir al debate de intercambiar puntos de vista y que quede un registro por supuesto que sí en el Diario de los Debates de a qué venimos.

Esa es la intención, esa debería de ser la principal responsabilidad de este Senado de la República, es por ello que en el tema  que se ha registrado de transparencia, yo he querido subir a hacer algunas anotaciones.

He escuchado con atención a mis compañeros  Senadores en el que algunos han dicho que en el tema de transparencia  está incompleto, no basta, no les gusta, nos han hablado del Contralor Interno, nos han hablado de los auditores externos, pero hace falta más, hace falta más, hace falta una revisión integral de todas estas leyes para poder entender con precisión cuál es este sistema de transparencia y rendición de cuentas.

Aquel que lo lea en sólo una ley seguramente no encontrará sus respuestas, estas leyes se hablan entre sí, son más de 6 ordenamientos que se hablan entre sí.

La Ley de Ingresos Sobre Hidrocarburos tiene un capítulo específico de transparencia y fiscalización, de manera vinculante al Fondo Mexicano del Petróleo,  hay que ver las dos, hay que ver también que sin perjuicio de las obligaciones en materia de transparencia habrá sus propias obligaciones de transparencia y de ahí nos remite justamente a la Ley Federal de Transparencia y de Acceso a la Información.

Sin duda, tendríamos que recordar la gran reforma Constitucional que hicimos al Artículo 6º en materia de Transparencia de los sujetos obligados.

Ahí hablamos en esa reforma Constitucional al Artículo 6º de los sindicatos, de las personas físicas, morales de todos aquellos que recibían recursos y también hablamos de los fideicomisos.

Es así como se empiezan hablar todos estos instrumentos.  Además de ello, las obligaciones de la Secretaría de Hacienda de incluir en la cuenta pública los informes trimestrales, ¿es importante esto? Hace rato escuchaba.  Bueno, tendrán que hacer un informe trimestral, incluir algunas cosas.

Estamos hablando de la cuenta pública, estamos hablando de requisitos que deben tener estos informes trimestrales además del de las leyes, situación económica, finanzas y deuda pública, ingresos obtenidos de los contratos y algunos otros.

También encontramos sin duda el control constitucional en el Artículo 74 donde sin duda va a intervenir porque está en la cuenta pública la Cámara de Diputados y por lo tanto la Auditoria Superior de la Federación.

No podríamos dejar de observar que si vamos a la cuenta pública y hacemos referencia a estos ordenamientos, tendríamos que ir también a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, tendríamos que ir a su Artículo 107 para hablar de estos informes trimestrales con una serie de requisitos que deben de ser integrados.

Si vamos a la Ley del Fondo del Petróleo también encontraremos un capítulo de transparencia y de información. Y también encontraremos un capitulo de responsabilidades y de sanciones y ahí encontraremos que se dice que los miembros del Comité del Fondo cuando cause un daño o un perjuicio estimable en dinero, un daño patrimonial, serán sujetos a la aplicación del título 5º de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, es decir, es así como se van hablando los diferentes ordenamientos, las diferentes leyes y la propia Constitución en todo este andamiaje de transparencia y de rendición de cuentas.

En este capítulo de la Ley de Fiscalización, podemos encontrar justamente el fincamiento de responsabilidades resarcitorias de eso estamos hablando. Más aún si  vamos al Artículo específico, encontraremos quiénes pueden ser responsables, sin duda los servidores públicos, personas físicas, personas morales, pero también hay que hablar de qué dice particulares, serán responsables los particulares.

Sin duda ahí también encontraremos todo el procedimiento del fincamiento de responsabilidades de los pliegos preventivos, de los pliegos definitivos  y de todo este andamiaje que he hablado hace un rato.

Es decir,  yo les pido a mis compañeros Senadores, a los que nos siguen por el Canal del Congreso, a los estudiosos de temas tan importantes, que hagan una revisión de todos los temas de transparencia y de rendición de cuentas, no desde una Ley,  hay que empezar a ver los diferentes ordenamientos de cómo se hablan entre si, para tener este sistema de rendición de cuentas, y por respeto al tiempo, es cuanto Señor Presidente, muchas gracias.

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PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

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