Miércoles, 17 Julio 2013 09:39

POSICIONAMIENTO DEL PARTIDO VERDE, EN VOZ DEL DIP. ANTONIO CUÉLLAR STEFFAN, RESPECTO AL DECRETO EN MATERIA DE LEGISLACIÓN PENAL PROCESAL ÚNICA Featured

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México, D. F., a 17 de julio de 2013

   

Con su venia, diputada presidenta.

En el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México hemos asumido con absoluta vocación patriótica y una responsabilidad histórica, los compromisos que han derivado de los análisis, discusión y aprobación de las distintas iniciativas que han venido presentándose a lo largo de los últimos meses, con el objeto de reformar leyes diversas que inciden en múltiples materias, con incidencia económica desde luego, que tienen como único propósito, como objetivo final, el mejorar las condiciones de vida de la población y estamos concientes de ello.

 

Pero lo hemos dicho desde el principio y lo reiteramos esta vez, difícilmente creemos que eso se llegue a consolidar en la medida en la que no podamos establecer definitivamente un autentico Estado de Derecho, y nosotros entendemos por Estado de Derecho la observancia plena de la legalidad por parte de todos aquellos órganos de Gobierno a quienes les corresponde bien sea expedirlas, interpretarlas o aplicarlas; y es el caso que México ha venido sufriendo a lo largo de los últimos años, desafortunadamente un estado de creciente inseguridad pública que mantiene en la zozobra a la nación.

Esta zozobra deriva de la impunidad que nosotros repudiamos, impunidad que no se traduce en otra cosa sino en la falta de aplicación de las leyes para castigar a todos aquellos que incurren en conductas antisociales, claramente identificadas en la ley como delitos.

Tenemos que darle los elementos a las autoridades encargadas de la procuración y de la investigación de los delitos, como también a las autoridades encargadas de castigarlos y sancionarlos para que cumplan las funciones.

No basta ya con que se mantenga en el discurso cotidiano esta frase reiterativa de que ‘se va a buscar el fortalecimiento del Estado de Derecho’ si no es con un ejercicio vigoroso y eficaz de las funciones que la Constitución le otorga a las autoridades, eso es persiguiendo a los delitos y castigándolos en los términos que realmente sean los oportunos, los prudentes,  los correctos y vemos nosotros múltiples discusiones legislativas en torno del endurecimiento de las penas.

Pero consideramos también que existen otros mecanismos, a través de los cuales las legislaturas, cada una en su soberanía, decidirá -quizá también- cómo, mediante la persecución eficaz y el castigo, quizá con penas menos duras podría lograrse el reestablecimiento de las cosas y el reencauzamiento de las actividades fuera de estos esquemas de inseguridad.

Vamos a buscar por consiguiente, a través de la aprobación de las reformas conducentes, la abolición de la impunidad y el establecimiento de un auténtico Estado de Derecho.

Desde el año 2008, nuestro constituyente identificó un nuevo mecanismo y un cambio en el paradigma de la defensa de los derechos humanos, para funcionar un nuevo sistema procedimental penal que logre erradicar, de alguna manera, esta preocupación que vengo mencionando.

Desde luego, tan repudiable es la impunidad en la que quedan los delincuentes, muchas veces cobijados por la falta de pericia o por la falta de ejercicio de las facultades que la Ley le otorga a quienes se encargan de perseguir los delitos. Como tan bien lo es, el abuso por parte de las autoridades judiciales, tratándose del respeto de los derechos de todas aquellas personas que se les procesa por la comisión de algún delito.

La Constitución, como ya se ha mencionado antes, establece en el artículo 14 un derecho fundamental de debido proceso y de audiencia, que tiene que respetarse por parte de las autoridades sin distingo, particularmente desde luego por parte de las autoridades judiciales.

¿Qué es lo que sucede en el artículo tercero transitorio a las reformas a la Constitución del 2008?, se establecen plazos fatales para la expedición de las normas procesales. Las nuevas normas procedimentales establecerán la conducción de los procedimientos por parte de los jueces penales, para el cumplimiento de este nuevo paradigma y de esta nueva función respetuosa y garante de los derechos humanos, a fin de erradicar la impunidad.

Nosotros hemos estudiado y nos percatamos de que a pesar de que existen grandes esfuerzos, que han venido materializándose por parte de entidades federativas para concretar leyes procesales, que den respuesta a este mandato constitucional, sin embargo, existe hoy un retraso de la misma, pero no nada más eso.

Existe también el riesgo de que por virtud de la implementación de la reforma constitucional se aprueben leyes procedimentales diversas, con términos, con derechos y obligaciones, facultades diversas para todos los actores dentro del procedimiento penal que vendrían a causar una incertidumbre jurídica para todos los que participan, llámense víctimas, procesados, autoridades encargadas de la persecución y de la investigación de los delitos y desde luego, de los jueces.

Dentro de lo que nosotros identificamos como un claro compromiso dentro del federalismo, que reconoce a la Constitución, podemos ver dentro de la iniciativa que hoy se presenta, y que en su caso tendrá que aprobarse por parte de esta Legislatura, la ventaja y la convivencia de logar establecer dentro de esta nueva facultad, el camino para que el Congreso de la Unión, el día de mañana emita una ley procedimental única en materia penal para toda la República, que vendrá a dar certidumbre jurídica a todos los que participan en esta actividad, que es de fundamental importancia, para el desarrollo y progreso del país.

Entonces, identificamos, desde luego, la conveniencia de aproar este mecanismo que es congruente con al Pacto federal, es congruente con el compromiso que asume la federación con los estados, porque respeta su soberanía en cuanto a la identificación de las conductas antisociales que deben castigarse como delitos.

Exclusivamente atañe a los aspectos procedimentales con el objeto de armonizar a nivel nacional la forma en que los abogados habrán de cumplir sus funciones como acusadores, defensores o juzgadores.

Desde luego, a pesar que nosotros sólo discutimos y valoramos esta conveniencia de aprobar esta nueva facultad constitucional de Código de Procedimientos Penal Único, no dejamos de ver la conveniencia que esto pudiera tener lugar también en otro tipo de actividades, porque finalmente acaban traduciéndose en lo mismo, en materia contenciosa administrativa, por ejemplo podemos encontrar legislaciones a lo largo la republica que contemplan términos distintos, obligaciones y recursos distintos, medidas cautelares y providenciales distintas que lo único que causan es incertidumbre jurídica.

Sí, con motivo de la complejidad con la que se vienen llevando a cabo las actividades delincuenciales, hoy en día y con motivo de la intercomunicación obligada, que además seguirá progresando en el país entre entidades federativas, podemos ver que las conductas empiezan cometiéndose en una entidad y en un estado, pero continúan en otras, entonces es conveniente darle a los abogados instrumentos armónicos únicos a través de los cuales, con conciencia plena de sus obligaciones, de las facultades que la ley le conceda a las autoridades, estos puedan atajar el cumplimiento de aquello que la ley establezca, a fin de haber cumplido sus propósitos en cualquiera de los sentidos que esto pueda llegar a darse.

Es por esta razón que el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México desde luego suscribe con decisión esta iniciativa de reforma al artículo 73, fracción 21 de la Constitución que no afecta a la cláusula federal que contempla el pacto de la unión, sino todo lo contrario un fortalecimiento a favor de la mayor vinculación entre las entidades federativas con respeto de aquellas decisiones que en su esfera soberna han de llevar a cabo, implementar en la identificación de conductas antisociales que se identifiquen como delitos y su penalización.

Desde luego sin dejar de ver que en la misma reforma constitucional que estamos discutiendo se reconoce, se contempla y se deja a salvo la posibilidad que el Congreso también identifique y emita, a través de leyes con valor nacional los tipos penales y las sanciones para delitos comunes y que nos aquejan a todos como es el delito de secuestro, o el delito de trata de personas.

De ahí que encontramos en la reforma constitucional que se propone plena congruencia y desde luego un fortalecimiento de aquello que queremos llevar a cabo con el objeto de lograr el establecimiento de un Estado Derecho y el cumplimiento de la legalidad.

Por su atención, muchas gracias.

Es cuanto diputada.

 

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

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