Martes, 08 Enero 2013 09:50

PROPONE DIPUTADO MARIANO TRILLO TIPIFICAR COMO DELITO EL MALTRATO ANIMAL Featured

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Martes 8 de enero de 2013

  • Se reformaría el Código Penal del estado de Colima

 

El diputado del Partido Verde Ecologista de México, Mariano Trillo Quiroz, propuso hoy en el pleno del Congreso de Colima, una iniciativa de reforma al Código Penal del estado que permitiría tipificar como delito el maltrato animal. Estableciendo penas que irían desde los 3 días hasta un año de prisión y multa a quien maltrate o lesione a un animal (sin matarlo); y de uno a 3 años de prisión y multa a quien maltrate a un animal y le cause la muerte. El delito se perseguiría de oficio y no sería considerado grave.

Dicha iniciativa de reforma al Código Penal del estado retoma las propuestas similares que han hecho los legisladores del Partido Verde a nivel nacional y en otras entidades federativas, con el firme objetivo de proteger la vida, integridad y dignidad de los seres animales no humanos, estableciendo un marco de sanciones adecuado, coherente y proporcional para castigar a quienes atenten contra esos seres vivos. Y vendría a ser complementaria a la Ley para la Protección a los Animales del Estado de Colima, publicada el día 31 de agosto de 2011 en el periódico oficial.

El legislador verde ecologista, señaló que el maltrato a los animales comprende una gama de comportamientos que causan dolor innecesario, sufrimiento o estrés al animal, que van desde la mera negligencia en los cuidados básicos hasta el asesinato malicioso e intencional. Trillo Quiroz destacó también que existen distintas formas de crueldad para con los animales, la cuales pueden clasificarse en crueldad dolosa y culposa.

El diputado, Presidente de la Comisión de Protección y Mejoramiento Ambiental en la presente legislatura, explicó que en casos de crueldad dolosa, los ataques más comunes incluyen balear, pegar, patear, acuchillar, tirar, quemar, ahogar, colgar, envenenar, abusar sexualmente o mutilar a los animales. Y los maltratos culposos comprenden: la negligencia extrema en los cuidados básicos, en otras palabras la omisión de proporcionar al animal de los cuidados básicos como alimento, refugio y atención veterinaria.

Además, dijo Mariano Trillo también se considera maltrato animal, acciones tales como los casos de abandono, ya sea en la vía pública o en algún lugar cerrado. De aprobarse la reforma en mención, los animales que sean asegurados podrían quedar a cuidado y resguardo de las asociaciones protectoras debidamente constituidas en la entidad, para posteriormente ser ofrecidos en adopción.

Finalmente, el legislador ecologista aclaró que cuando la lesión o muerte del animal se cause con la finalidad de evitar un mal igual o mayor a una persona o animal, no se aplicará la sanción, siempre y cuando se justifique el hecho.

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