Miércoles, 09 Noviembre 2011 04:04

IRÁN A PRISIÓN SI GANAN MÁS QUE EL PRESIDENTE Featured

Rate this item
(0 votes)
Por unanimidad, el Senado de la República aprobó la primera Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, que establece cárcel hasta de 14 años a los servidores públicos que ganen más que el Presidente de la República, desde ministros de la Corte, consejeros electorales, legisladores hasta rectores.

Excélsior/9 de Noviembre 2011

El Senado aprueba la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, que contempla penas hasta por 14 años de cárcel

 

Por unanimidad, el Senado de la República aprobó la primera Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, que establece cárcel hasta de 14 años a los servidores públicos que ganen más que el Presidente de la República, desde ministros de la Corte, consejeros electorales, legisladores hasta rectores.

Pero además, coloca en la línea de la desaparición las pensiones de los ex presidentes de la República, pues prohíbe la entrega de pensiones o jubilaciones que estén fuera de la ley, lo cual implica que mientras no exista la ley respectiva, las pensiones de los ex mandatarios dependerán de la voluntad de los diputados, una vez que esta Ley de salarios máximos también pase por la aduana de San Lázaro para entrar en vigor.

De igual forma pone límites a las compensaciones y premios económicos que se reciban de la administración pública, así como de gratificaciones por final de sexenios o de periodos de gobierno o administraciones.

"Las liquidaciones al término de la relación de trabajo en el servicio público sólo serán las que establezca la ley o decreto legislativo, el contrato colectivo de trabajo o las condiciones generales de trabajo, y no podrán concederse por un solo acuerdo de los titulares de los entes públicos ni de sus órganos de gobierno. Los servidores públicos de elección popular no tienen derecho a liquidación o compensación alguna por el términos de su mandato", advierte.

Enviada a la Cámara de Diputados para su revisión y aprobación, también ordena que "únicamente podrán concederse y cubrirse pagos por servicios prestados en el desempeño de la función pública, tales como pensiones, jubilaciones, compensaciones o cualquier otra de semejante naturaleza, cuando tales prestaciones se encuentren asignadas por una ley o decreto legislativo o cuando estén señaladas en contrato colectivo o condiciones generales de trabajo".

Aclara que estarán sujetos a esta nueva ley quienes trabajen en el Senado, la Cámara de Diputados, la Auditoría Superior de la Federación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal; Banco de México, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; Instituto Federal Electoral; Comisión Nacional de los Derechos Humanos; Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

También quienes trabajen en los organismos públicos descentralizados de la Federación, las instituciones de educación superior de la Federación, de carácter autónomo y cualquier otro ente público, de carácter federal, descentralizado, autónomo o independiente de los Poderes de la Unión.

Ordena que ningún servidor público recibirá un salario superior al Presidente; ninguno puede tener una remuneración igual o mayor que su superior, salvo que el excedente sea por varios empleos públicos.

 
Read 14 times