Compañeras y compañeros legisladores:

En un mercado abierto, donde existe la libre competencia entre empresas que compiten por ganar la atención de los consumidores, elementos como la calidad de productos y de atención al cliente son considerados como definitorios al momento de decidir la compra.

Pero esta sana competencia en la que el usuario se beneficia, se rompe cuando el vendedor decide aplicar medidas en contra de los consumidores, hecho que amerita la intervención del Gobierno para proteger los intereses de la sociedad, nivelando las condiciones que llegan a afectar el gasto familiar en productos y servicios que han llegado a incluirse en el grupo de primera necesidad, como es el caso de las telecomunicaciones, pues se estima que el 12 por ciento del ingreso mensual se utiliza en pagar teléfonos móviles e internet.

Es en este caso que se centra la presente iniciativa, puesto que existe una práctica que obliga a los consumidores a mantenerse con una compañía de telefonía celular, aunque el servicio no les satisfaga o decida cambiarse únicamente porque desean ir con otro proveedor.

Me refiero específicamente al llamado sistema de bloqueo, el cual impide utilizar el teléfono con otra compañía, a pesar de que no haya sido adquirido como parte de un plan tarifario; cuando el teléfono fue adquirido para la modalidad de prepago, es propiedad del usuario. Por el contrario, si el teléfono forma parte de un plan tarifario, el costo del equipo será cubierto una vez concluido el plazo establecido sea éste de 12, 18 o 24 mensualidades, por lo que a partir de ese momento también es propiedad del usuario y así se puede solicitar al operador el desbloqueo del equipo.

Cuando llega el final del contrato del plan adquirido sólo se perciben dos posibilidades, deshacerse o guardar el teléfono, teniendo que comprar uno nuevo con otra compañía para poder cambiar de proveedor, o volver a renovar el contrato con la misma empresa.

En cualquiera de los dos casos existía la posibilidad de quedar inconforme con los resultados, sobre todo porque estábamos orillados a tener que elegir una de las opciones anteriores, situación que no debería suceder cuando estás pagando por un servicio y el principal beneficiario tendría que ser el consumidor.

Para evitar abusos como este, en 1976 se creó la Procuraduría Federal del Consumidor, PROFECO, con la misión de convertirse en la institución encargada de defender los derechos de los consumidores, prevenir abusos y garantizar relaciones de consumo justas.

Y así lo han entendido los ciudadanos, pues han hecho uso del canal de comunicación que les permite expresar quejas sobre deficiencias en productos y servicios, siendo el sector de telecomunicaciones el que mayor número de quejas manda a la Procuraduría, con un 26 por ciento del total.

Como ejemplo, de enero de 2013 a 2014 se contabilizaron más de 46 mil quejas en el ámbito de las telecomunicaciones, de la cuales se observaron tres temas recurrentes, primero, la negativa a la rescisión del contrato; dos, la negativa a corregir errores de cobro y tres, la negativa a la entrega del producto y servicio, que incluye la portabilidad numérica.

En este sentido, la PROFECO ha buscado que se haga válido el derecho del consumidor a recibir un teléfono desbloqueado para que, de manera libre este pueda utilizar su equipo en la compañía que lo desee, protegiendo el derecho del consumidor a cambiar de proveedor del servicio cuando éste no satisfaga sus expectativas, cualesquiera que sean.

Dado que en los contratos en la modalidad de plan de renta el solicitante está obligado a liquidar el costo total del plan contratado, lo cual garantiza el pago del equipo de comunicación, debería permitirle al usuario el elegir quien le proveerá del servicio, puesto que si bien el teléfono celular puede ser de última generación, la compañía que lo vende podría no contar con la tecnología apropiada para satisfacer las necesidades de comunicación del usuario.

En resumen, la iniciativa que proponemos pretende beneficiar al usuario en dos sentidos. Que los equipos en venta se oferten desbloqueados, para que los solicitantes puedan contratar los servicios de telecomunicaciones con la compañía que considere la mejor opción; y dos, que se permita a los usuarios liquidar el costo del equipo telefónico, sin importar la fecha de vencimiento del plan contratado, y que con ello se le proporcione la clave de desbloqueo.

Es cuanto.

PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO