Martes, 26 Junio 2007 19:00

Propone el PVEM iniciativa en beneficio de las personas con discapacidad Featured

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“2007, Año de la Corregidora Doña Josefa Ortiz de Domínguez”.
Toluca de Lerdo, México a 26 de Junio de 2007.
Comunicado de Prensa No. 064.




PROPONE EL PVEM INICIATIVA EN BENEFICIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.



* Incluye multas que van de 40 a 80 veces el salario mínimo.



A pesar de que el reglamento de tránsito del Estado de México establece prohibiciones expresas con relación al mal uso de la vía pública y de la infraestructura vial, la irresponsabilidad e indiferencia mostrada por los automovilistas, propietarios y poseedores de inmuebles de uso habitacional, de establecimientos mercantiles y comerciantes, al estacionar los vehículos en lugares y espacios prohibidos, al hacer mal uso de las aceras, banquetas, rampas y zonas exclusivas de paso peatonal, que afectan cada vez más a la población vulnerable, como son los escolares, las personas adultas mayores, las personas con discapacidad, y en general la población cuando hace uso de la infraestructura vial, hace patente la urgente necesidad de reforzar las medidas y sanciones que la legislación dispone, a fin de hacer valer el derecho de paso de los peatones y usuarios de la vía pública.



Y ante la falta de respeto y abuso generalizado de los espacios públicos y privados destinados para el uso exclusivo de estacionamiento de los vehículos de las personas con discapacidad, específicamente en negocios, centros y plazas comerciales, la fracción parlamentaria del Partido Verde Ecologista de México propuso hoy al pleno de la LVI Legislatura, una iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Libro Octavo del Código Administrativo con la finalidad de ampliar facultades y sanciones para hacer respetar la infraestructura vial, los espacios y áreas reservadas para el tránsito de las personas con discapacidad, así como para el estacionamiento de sus vehículos.

Con esta iniciativa el PVEM propone que los propietarios responsables y administradores de negocios, centros y plazas comerciales, tengan la obligación de vigilar y en su caso solicitar el apoyo de las autoridades para que sean retirados aquellos vehículos que están haciendo mal uso de la infraestructura vial o de las áreas reservadas y destinadas para uso exclusivo de las personas con discapacidad, porque estas tendrán derecho exclusivo a ocupar los espacios de estacionamiento que sean destinados para ello.

Además, se propone que adicionalmente a la sanción que podrá ser de 40 a 80 salarios mínimos, la autoridad retire el vehículo infractor y lo remita al depósito de vehículos.

La iniciativa establece también que la Secretaría General de Gobierno en coordinación con la Secretaría de Transportes, ambas del Estado, así como las direcciones de Tránsito Municipal implementen campañas permanentes de concientización en las que se muestren los problemas que enfrenta la población en general, y en especial, las personas con discapacidad, cuando se ocupan u obstruyen las áreas o zonas exclusivas para su tránsito y estacionamiento, a fin de que establezcan vigilancia estrecha para sancionar inmediatamente la invasión de dichas zonas.

Se busca que bajo ninguna causa se puede usar la vía pública y en específico las banquetas como estacionamiento de los establecimientos mercantiles independientemente de que estén obligados o no a tener cajones de estacionamiento en el mismo predio o en un lugar cercano.

De igual forma los servicios de Vallet Parking han propiciado en gran parte, la indebida utilización de la vía pública, por lo que se prohibirá estacionar vehículos en doble o triple fila, no podrán hacer uso de banquetas, aceras, camellones, andadores, áreas verdes, parques y otras vías reservadas a los peatones.

También se prohibirá estacionarse frente o sobre el acceso a las rampas especiales de ascenso, descenso y de circulación para las personas con discapacidad.

La iniciativa destaca que a efecto de facilitar el estacionamiento de vehículos utilizado por las personas con discapacidad, deberán señalarse los espacios destinados para dichos vehículos. Para su identificación, el vehículo corresp0ndiente deberá contar o portar con algún distintivo, placa, tarjetón, calcomanía o credencial visible, que lo identifique en su condición de persona o personas con discapacidad, expedida por la autoridad competente o por organización o asociación civil debidamente constituida.

Asimismo la Ley prevé que la autoridad podrá actuar de oficio o a petición de parte y quedará facultada para acceder a los estacionamientos de los centros comerciales, culturales, sociales, recreativos, deportivos y en general a los lugares, espacios o áreas destinadas para uso público, independientemente de que sean propiedad pública o privada, o vía pública donde se ubiquen cajones y accesos reservados para las personas con discapacidad, a fin de retirar inmediatamente el vehículo infractor y remitirlo al depósito correspondiente.



COORDINACION DE COMUNICACIÓN SOCIAL DEL PVEM.






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