Jueves, 19 Junio 2014 14:34

POSICIONAMIENTO DEL PARTIDO VERDE, ENVIADO AL DIARIO DE LOS DEBATES A PETICIÓN DEL SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES RESPECTO AL ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DF Featured

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Atendiendo a la reforma constitucional del 10 de febrero de 2014, en materia política electoral; todas las entidades de la Federación, deben armonizar su legislación local en la materia a más tardar el 30 de junio próximo; y el Distrito Federal, no es ajeno a ello.México, D. F., a 19 de Junio de 2014     Posicionamiento del Partido Verde, enviado al diario de los debates a petición del Senador Pablo Escudero Morales respecto al Estatuto de Gobierno del DF

 

Atendiendo a la reforma constitucional del 10 de febrero de 2014, en materia política electoral; todas las entidades de la Federación, deben armonizar su legislación local en la materia a más tardar el 30 de junio próximo; y el Distrito Federal, no es ajeno a ello.

 

En esta tesitura, hoy las Comisiones Unidas del Distrito Federal y de Estudios Legislativos; presentan en este Dictamen una visión, que lejos de atender sólo a un requisito Constitucional, muestra mayores y mejores garantías a los capitalinos, que las prevalecientes al día de hoy.

Con esta reforma al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, “GANAN LOS CIUDADANOS”:

-       Al garantizarse derechos electorales elementales y la representación de las minorías.

-       Se abona efectivamente con certidumbre en las elecciones.

-       Habrá una mejor rendición de cuentas.

-       Se da certeza y garantía de que se separa la visión política de la legal, en lo que a delitos electorales se refiere, y que estos se atendrán a los principios de la Ley y no a una visión partidista (Con la creación de la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales).

Con esta reforma se fortalece más el régimen democrático y sistema electoral de la Capital; y se imprime mayor calidad a la democracia, otorga más poder al ciudadano para premiar o sancionar a sus representantes; y se dota de los elementos más básicos para provocar confianza ciudadana en los procesos electorales.

En efecto, en su contenido privilegia y se atiende en un sentido mucho más amplio derechos ciudadanos como:

- La Votación en consultas populares como derecho y obligación ciudadana;

- Las Candidaturas independientes;

- El Voto en el extranjero;

- La Iniciativa ciudadana;

- La votación en mecanismos de participación ciudadana;

- Y el principio electoral a la máxima publicidad.

Garantiza derechos tan elementales como: la paridad de género, pues establece:

-   Que los Diputados suplentes, deben ser del mismo género que el propietario; y,

- Que las listas de Diputados de representación proporcional, deberán estar integradas por ambos géneros de forma alternada entre ellos.

Por otra parte, abona el principio de representación de las minorías, pues:

-       Determina que con el 3% de votación, se tiene derecho a un diputado de representación proporcional, independientemente de los de mayoría que se pudieran obtener.

-       Y hasta que sean asignadas las diputaciones anteriores (de 3%), se procederá a asignar el resto de las correspondientes a representación proporcional.

Adicionalmente determina circunstancias que fortalecen los principios democráticos de la Capital, como:

La reelección:

-       De Diputados a la Asamblea, hasta por 4 periodos consecutivos; y,

-       De Jefes Delegacionales hasta por dos periodos de 3 años.

-       Y la creación de la Fiscalía especializada en Delitos Electorales.

No puede pasar por alto, que esta reforma al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, responde efectivamente a las necesidades políticas y democráticas de la capital, con circunstancias como:

(Principios de certeza)

-       Que la demarcación de los distritos las realizará el INE;

-       Que el Instituto Electoral local determinará anualmente el monto total de los recursos públicos que se distribuirán entre los partidos.

-       Que no se podrá contar con un total de diputados por ambos principios que exceda en 8 puntos a su porcentaje de votación válida. Y,

-       En atención a la reforma constitucional, Incrementa del 2% al 3% el porcentaje de votación “válida” para que se asignen diputaciones de representación proporcional.

Respecto al Instituto electoral Local, establece circunstancias tan relevantes como que:

-       Ante una vacante de Consejero, nombrará el INE en términos de la Ley General:

-       Si es dentro de los primeros 4 años, será para concluir el cargo;

-       Si es en los últimos 3 años, será una nueva designación.

-       Y, que la designación del Secretario Ejecutivo se realizara por voto de 5 Consejeros

-       Por lo que hace al Tribunal Electoral, se determina su autonomía técnica y de gestión del Tribunal Electoral; Que se integrará por 5 Magistrados, electos por 7 años, por el Senado; y su presidente es electo entre ellos mismos. Y tendrá competencia en materia de participación ciudadana.

Por todo lo anterior;

-       Porque estamos cerca de los ciudadanos.

-       Porque la visión del fortalecimiento de la democracia en la capital de la República es una necesidad y una obligación.

-       Porque la rendición de cuentas de los Legisladores y Jefes Delegacionales, se verá fortalecida con la reelección.

Apoyamos y promovemos ante esta Soberanía el voto a favor.

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PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO

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