Martes, 16 Abril 2013 08:33

VERSIÓN ESTENOGRÁFICA DE LA INTERVENCIÓN DEL SENADOR LUIS ARMANDO MELGAR SOBRE EL DICTAMEN A LAS INICIATIVAS CONSTITUCIONALES EN MATERIA DE DEUDA PÚBLICA LOCAL Featured

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México, D. F., a  16  de abril de 2013

Con su venia, Presidente Estimados Senadores: El dictamen que hoy se pone a consideración de esta Soberanía representa una reforma de gran trascendencia en materia de finanzas públicas y responsabilidad hacendaria. En primer lugar, establece un nuevo esquema de control y de responsabilidad en materia de la deuda pública local y en segundo lugar esta reforma constitucional fue generada mediante un amplio consenso y colaboración de las fuerzas políticas aquí representadas en conjunto con el Poder Ejecutivo Federal, con quien se tuvo una estrecha comunicación y trabajo, dando como resultado esta propuesta Lo anterior, en cumplimiento de los compromisos del Pacto por México y que deriva de la necesidad apremiante de normar los esquemas de contratación y registro de la deuda pública de los Estados y  los Municipios. Ello demuestra que si nos podemos poner de acuerdo y generar los espacios de consenso y cooperación necesarios para impulsar reformas de esta  trascendencia estaremos haciendo un bien por México. Este dictamen que hoy analizamos, incluye propuestas generada por los Grupos Parlamentarios con el fin de contar con un marco constitucional y legal que garantice en el mediano y largo plazo, un manejo responsable adecuado de las finanzas públicas.  Principalmente porque la deuda pública juega un papel relevante en la sostenibilidad de las finanzas públicas y puede conducir a problemas de pago como ya lo hemos visto, de forma potencialmente riesgosa  y bajo una enorme responsabilidad de los gobernantes. Los cambios resultan tan relevantes que se consideró necesario reformar diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con el fin de plasmar en dicho ordenamiento las normas de carácter general que habrán de adoptarse en un esquema de corresponsabilidad y participación de los poderes federal, locales así como del legislativo en respeto a la soberanía de los estados y de los municipios. Hoy tenemos en nuestras manos un instrumento que pretende poner orden a un problema, que de no atenderlo, nos representaría un riesgo grave en materia financiera, para las haciendas públicas al igual que para el sistema financiero y bancario. Lo hemos visto en los años recientes, hemos visto como entre algunos estados se compiten generándose mayores endeudamientos con un atroz resultado que en nada beneficia, porque sólo se socializan  las perdidas con una total y absoluta irresponsabilidad. Para tal fin, considera vital establecer que el Estado vele por la estabilidad de las finanzas públicas y el sistema financiero, plasmando dicha obligación en el esquema de planeación democrática, nacional y local. Faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes generales en materia de responsabilidad hacendaria para regular la deuda pública en los tres órdenes de gobierno, así como las participaciones federales. Destaca una figura en la cual el Senado tendrá participación en un esquema innovador, que sin violar la soberanía de los Estados, lo faculta para aprobar la deuda estatal garantizada, mediante un sistema de controles políticos y jurídicos así como incentivos adecuados y disciplina financiera, con garantías nacionales y con un esquema de sanción de estrategias para los estados con altos niveles de deuda. Asimismo, se crea un registro único de empréstitos y obligaciones y se faculta al Congreso de la Unión para definir este esquema de vanguardia y controles adecuados, que incluye las participaciones a cargo de la SHCP así como el sistema de alertas sobre el manejo de la deuda, creando conceptos tales como nivel elevado de deuda, garantía del gobierno federal y financiamientos de corto plazo. Adicionalmente, se faculta a la Auditoría Superior de la Federación para fiscalizar al Gobierno Federal a fin de verificar que el otorgamiento de las garantías con cargo al crédito de la Nación haya sido adecuada y fiscalizada de manera correcta hacia los Estados y Municipios cuando accedan a dichas garantías, así como asegurar que la deuda no se haya destinado a gasto corriente. Esta fiscalización será realizada de manera conjunta con las entidades de fiscalización locales, que se fortalecen con el fin de fiscalizar fondos, recursos federales y locales, así como la deuda de Estados y Municipios. Se mandata a los gobiernos locales a que contemplen en sus marcos jurídicos que serán responsables los servidores públicos de los Estados y Municipios por el manejo indebido de recursos públicos y de la deuda pública. Con el fin de fomentar un uso responsable del endeudamiento y se prohíbe contraer obligaciones con gobiernos de otras naciones, personas físicas o morales extranjeras, así como aquéllos que deban cubrirse en moneda extranjera o fuera del territorio nacional. Las legislaturas locales expedirán sus propias leyes en la materia y aprobarán los montos de endeudamiento y los conceptos a los cuales serán destinados por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes. Señores Senadoras y señoras Senadores: Estamos frente a una Reforma Constitucional trascendente. Esta reforma implica responsabilidad, implica modernidad, implica al Estado mexicano al que todos debiéramos aspirar, un Estado que sepa que la palanca del gasto público tiene ese fin obligado de rendir cuentas y de ser utilizado de manera eficiente, por lo tanto distinguidos Senadoras y Senadores, los invito a que voten a favor del presente dictamen. Es cuanto, Señor Presidente.

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