Con su venia, presidente;
La facultad reglamentaria ha adquirido en los últimos años una gran importancia en nuestro ordenamiento jurídico.
En este tenor, coincidiendo con el Doctor Miguel Carbonell, “la importancia de estudiar la facultad reglamentaria resulta obvia si se piensa en la expansión que, tanto cuantitativa como cualitativamente, ha tenido en los últimos años. Cada vez más las leyes se van quedando como las normas que contienen los grandes principios, las decisiones generales sobre determinada materia y los reglamentos son los que recogen las reglas prácticas, las que se aplican de manera inmediata al ciudadano.
Del total de normas que conforman el ordenamiento, un gran porcentaje son de tipo reglamentario, de modo que conocer cómo se producen y a qué límites deben sujetarse tantas y tan importantes normas resulta del mayor interés para los juristas mexicanos.
En este orden de ideas, a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de esta Cámara de Diputados, le fue turnada para su estudio, análisis y dictamen la Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 24 de nuestro reglamento.
La iniciativa propone establecer de manera expresa, a través de la adición de dos numerales al artículo 24 del Reglamento de la Cámara de Diputados, que solo al inicio de cada Legislatura podrán constituirse los grupos parlamentarios.
Como lo refieren los autores de la misma, y que cito de forma textual, “…desde diversos aspectos, el artículo 70 de la Carta Magna es el fundamento de la existencia de los grupos parlamentarios que constituyen la forma en que los partidos políticos expresan su corriente ideológica en la Cámara de Diputados. Asimismo, la disposición en comento remite a la Ley General para determinar las Formas y Procedimientos que habrán de regir a las Agrupaciones de los Diputados.
La Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos establece los requisitos para la constitución de las agrupaciones, respecto de los que destaca el relativo a que, en la primera sesión de la Legislatura, cada grupo parlamentario entregará al secretario general el acta en que conste la decisión de sus miembros de constituirse en grupo, con especificación del nombre del mismo y la lista de sus integrantes.
En adición a lo anterior, el Reglamento de la Cámara de Diputados prevé que los grupos parlamentarios podrán ejercer sus derechos y observar sus obligaciones hasta el término de la Legislatura en que fueron constituidos.
De la interpretación de la normatividad descrita se advierte con claridad que se encuentra regulado qué requisitos se deben cumplir para constituirse y se puede deducir cuándo se extinguen los grupos parlamentarios; sin embargo, existe un vacío legal en cuanto al momento en que pueden crearse, ya que, contrario a lo que establece el Reglamento del Senado de la República, el Reglamento de la Cámara Baja no tiene dispositivo legal que prohíba expresamente la constitución de un grupo parlamentario una vez iniciada la Legislatura en la Cámara de Diputados”
Por lo anterior, en el Partido Verde Ecologista de México, estamos convencidos de la importancia del presente dictamen y apoyaremos en todos y cada uno de ellos el mismo. Pero señalar también que quienes han posicionado, anterior a su servidor, en contra de este dictamen, creo que el haber pertenecido a una Facultad de Derecho les pasó de noche porque en ningún momento hay violación a la Constitución.
Y si recordaran que por cortesía parlamentaria, se les diera ese reconocimiento a una agrupación no establecida en el Reglamento de la Cámara de Diputados, y que ahora pretendan también que en la Comisión Permanente se les reconozca cuando ni siquiera como partido político estaba dado el registro en el Instituto Federal Electoral en su momento.
Ahora por esa cortesía se les reconoció para pertenecer a una agrupación, pero aquí no existen como tal, como partido político y en ningún momento se les han violentado sus derechos porque participan y votan en cada una de las decisiones como parte del partido político por el que fueron electos en el año 2012.
En ningún momento se violenta la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos y pretendan favorecerse ahora por disposición, y violentar la ley para que se reconozca como una agrupación.
Es cuanto, señor presidente.
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO