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EJECUTIVO PONE FIN A VETO DE BOLSILLO
Milenio/17 de Agosto 2011
El Presidente tendrá 30 días naturales para emitir observaciones a leyes del Congreso.
El presidente Felipe Calderón promulgó la reforma que elimina el veto de bolsillo, la cual le obliga a publicar o en su caso a rechazar en menos de 30 días una ley o reforma aprobada por el Congreso, pues de lo contrario dicha norma se dará por vigente.
El llamado veto de bolsillo permitía al Ejecutivo guardar de manera indefinida leyes emanadas del Congreso con el simple hecho de no publicarlas, sin remitir a los legisladores observaciones u objeciones.
Mediante un mensaje videograbado, y acompañado del secretario de Gobernación, Francisco Blake, el presidente Calderón explicó que el decreto modifica el artículo 72 de la Constitución y permitirá “que si el Presidente de la República no hace observaciones en los 30 días naturales siguientes a que haya recibido la ley... se entenderá por publicada y vigente. De manera que se cancela el llamado veto de bolsillo”.
Recordó que “tradicionalmente, el Presidente de la República podía ignorar una ley aprobada por el Congreso y simplemente no promulgarla, no publicarla y con ello evitar que entrara en vigencia”.
Esta acción era denominada coloquialmente como “veto de bolsillo, porque equivalía a que el Presidente de la República, cuando recibía una ley aprobada por la Cámara de Diputados y el Senado, la guardara en su bolsillo y evitara que entrara en vigor”, agregó.
Calderón se congratuló por la reforma por el Constituyente Permanente y procedió a su promulgación, mediante refrendo del secretario de Gobernación para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, con lo cual entrará en plena vigencia.
En un comunicado se informó que la reforma, que también incluye los artículos 71 y 78 de la Constitución, “no contiene un régimen transitorio respecto del tratamiento procesal de los decretos pendientes, por lo que buscando garantizar plena certidumbre jurídica, una vez publicados la mayor parte de los proyectos del periodo pasado, se estima conveniente su inserción en nuestro sistema jurídico con esta fecha”.
La reforma cambia el plazo de 10 días “útiles” que se concedía al Presidente para emitir observaciones, a uno de 30 días naturales para publicar un proyecto de decreto emitido por el Congreso o ejercer su veto y de no devolverse con observaciones, habrá un plazo adicional de 10 días para su publicación, pues de lo contrario, el presidente de la Cámara de Diputados o Senadores estará facultado para ordenar su publicación.
Los plazos no se interrumpirán en receso del Congreso, ya que la Comisión Permanente estará facultada para recibir observaciones del Ejecutivo.
LA JUCOPO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS SE PROCLAMÓ EN SESIÓN PERMANENTE
Ayer se reunió la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la Cámara de Diputados y se declaró en sesión permanente, para revisar los avances en las comisiones, y en todo caso, convocar a uno o más periodos extraordinarios, todos ellos antes del mes de Septiembre.
Fecha: 5/18/2011
Duración: 4 minutos 44 segundos
Conductor: Leonardo Curzio
Reportó: Sergio Perdomo
Fuente: Noticiero de Leonardo Curzio
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SENADORES PIDEN REALIZAR PERIODO EXTRAORDINARIO
Ante la urgencia por garantizar la seguridad y desarrollo de los niños mexicanos, senadores de la República exhortaron al Congreso de la Unión a convocar a un periodo extraordinario de sesiones, para ratificar la Ley sobre guarderias.
Fecha: 5/9/2011
Duración: 2 minutos 39 segundos
Conductor: Enrique Cuevas
Reportó: Rosario González Martínez
Fuente: Formato 21
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