Asamblea (828)
A 100 DÍAS DE GOBIERNO LOS DELEGADOS NO PRESENTAN PROGRAMA AMBIENTAL: PARTIDO VERDE
PVEMMéxico, D.F., a 23 de enero de 2013
Boletín 011/13
La degradación ambiental lleva la delantera frente a los gobiernos delegacionales en el DF: Jesús Sesma
Fundamental que se responsabilicen de la defensa del medio ambiente en su territorio y garanticen la protección y trato digno a los animales.
Los 16 jefes delegacionales en sus primeros 100 días de Gobierno no han entregado su proyecto ambiental obligatorio a la Secretaría de Medio Ambiente, como lo ordena la ley. En conferencia de prensa el Secretario General del Partido Verde del Distrito Federal, Samuel Rodríguez Torres y los diputados Jesús Sesma Suárez y Alberto Cinta Martínez señalaron que la degradación ambiental lleva la delantera frente a los gobiernos delegacionales en el DF.
Samuel Rodríguez demandó definir acciones inmediatas para aprovechar los recursos en forma sustentable tales como separar los residuos, instalar sistemas ahorradores de energía, sustituir paulatinamente el alumbrado público, utilizar material ambientalmente amigable, cosechar y aprovechar el agua pluvial, defender áreas verdes frente a nuevos proyectos inmobiliarios y capacitar a su personal.
Para el coordinador de la fracción legislativa del PVEM, diputado Jesús Sesma las autoridades delegacionales deben responsabilizarse de la defensa del medio ambiente en su territorio y establecer mecanismos cercanos de colaboración con la ciudadanía.
Añadió que resulta fundamental que incluyan en sus planes medidas que garanticen la protección y trato digno a los animales en la demarcación coordinándose con las autoridades competentes. Además interesarse más en el manejo de los residuos sólidos, instalando suficientes contenedores en la demarcación, así como detectar y erradicar tiraderos clandestinos.
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
Conferencia de prensa del PVEM ALDF 23-enero-13
Iniciativa Reforma Ley Electoral D.F.
Sobre la investigación en la Central de Abastos
Tribuna Dip. Cinta, cáncer de mama
Tribuna Dip. Sesma iniciativa maltrato animal
REFORMAR LA LEY DE PROTECCIÓN A LOS ANIMALES PARA RESPONSABILIZAR A DUEÑOS SOBRE SUS MASCOTAS: PVEM
PVEMMéxico, D.F. a 16 de enero de 2013
Boletín 006/13
Los dueños o poseedores deberán pagar multas cuando los dejen en la calle y quieran recuperarlos: Dip. Jesús Sesma
El Partido Verde presentará una iniciativa de reforma a la Ley de Protección a los Animales para conferir mayor responsabilidad de los dueños o poseedores de perros o gatos, evitando que proliferen los animales callejeros con riesgos para la comunidad.
En conferencia de prensa el diputado Jesús Sesma Suárez, acompañado de Samuel Rodríguez Torres líder del PVEM en el D.F., explicó que se busca cumplir con un principio básico para que los animales gocen de protección y los dueños o poseedores, no los abandonen sin consecuencia alguna.
En la pasada V legislatura local se reformó a la Ley de Salud para que los Centros de Control Canino, funcionen también como Clínicas Veterinarias Delegacionales y Centros de Atención Canina, sin embargo hoy es urgente dotar de mejores elementos legales a las autoridades para que los protejan y para que la sociedad esté consciente de que las mascotas conllevan una responsabilidad.
La reforma legal propone que cada mascota cuente con un registro que incluya sus datos generales y del propietario. En tanto que el propietario deberá registrarlo de manera obligatoria ante las autoridades responsables; y se harán acreedores a multas por abandono o negligencia.
Al referirse a las muertes lamentables de cinco personas en el Cerro de la Estrella, Iztapalapa, exhortó a las autoridades capitalinas a otorgar una indemnización a sus familiares, así como realizar las campañas de captura y canalización de animales abandonados que contempla la Ley.
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
EL PARTIDO VERDE PODRÍA AMPARARSE CONTRA EXCLUSIÓN DE LA DIPUTACION PERMANENTE
PVEMMéxico, D.F., a 16 de enero de 2013
Boletín 007/13
En caso de no encontrar salida política acudiremos al amparo: Sesma
El grupo parlamentario del Partido Verde en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal agotará todas las instancias políticas para recuperar el espacio que le fue negado y que por ley le corresponde en la Diputación Permanente de ese órgano legislativo.
En conferencia de prensa, el líder de la bancada ecologista, Jesús Sesma Suárez, advirtió que de no haber la salida política adecuada, se podrían tomar acciones jurídicas como el amparo en contra de la decisión unilateral, discriminatoria e ilegal de la Comisión de Gobierno.
En cuanto al Fideicomiso para la educación de los jóvenes, Sesma Suárez, consideró que debe haber transparencia en el manejo de los 100 millones de pesos que se canalizarán para este fin, por lo tanto solicitarán el padrón de beneficiarios para analizar caso por caso.
Finalmente, reiteró su llamado a la ALDF para que presente las denuncias ante las autoridades competentes e iniciar una investigación sobre supuestos actos de corrupción en la autorización de construcciones en las delegaciones Benito Juárez, Iztapalapa y Coyoacán, sin contar con el uso de suelo correspondiente.
PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO
Reunión de trabajo de la Comisión de Medio Ambiente ALDF Dip. Sesma Presidente
Pregunta Dip. Sesma, comparecencia Secretario de Seguridad Pública
Instalación Comisión de Medio Ambiente ALDF Dip. Jesús Sesma
Comparecencia del Procurador del D.F. Dip. Sesma
Replica Dip. Sesma comparecencia Procurador del D.F.
Dip. Sema pregunta comparecencia del Procurador del D.F.
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LA ALDF DEBE PRESENTAR DENUNCIAS CONTRA FUNCIONARIOS PÚBLICOS QUE AUTORIZARON CONSTRUCCIONES ILEGALES: PVEM
PVEMMéxico, D.F., a 13 de enero de 2013
Boletín 005/13
- PVEM busca sentar precedente para que no se actué al margen de la Ley: Cinta
La Asamblea Legislativa tiene que presentar denuncias en contra de funcionarios públicos y/o personas físicas o morales que presuntamente violentaron la ley al aprobar y/o construir obras o inmuebles en lugares prohibidos por la ley en las delegaciones Coyoacán, Benito Juárez e Iztapalapa.
El diputado del Partido Verde, Alberto Cinta Martínez recordó que en diciembre pasado los asambleístas aprobaron -durante la discusión de dictámenes para modificar el uso del suelo en diversos casos- la reserva presentada por el PVEM cuyo objetivo es sancionar a funcionarios públicos y particulares que no cumplan con lo establecido en la Ley de Desarrollo Urbano.
Explicó que el planteamiento busca sentar precedente para que no se actúe al margen de la Ley sin consecuencia alguna, para lo cual la ALDF faculto a su representante Legal para presentar denuncias ante las autoridades correspondientes por dichas irregularidades dentro de los siguientes 20 días hábiles después de la aprobación del decreto.
Destacó la importancia de la propuesta ecologista aunque por el momento solamente proceda en casos específicos en tres de las 16 delegaciones políticas, pues “las malas conductas de servidores públicos es un tema que no se puede dejar pasar, por lo que se deben tomar acciones para fincarles responsabilidades y evitar con ello la proliferación de construcciones ilegales”.
EN 2013 LAS DELEGACIONES PODRÁN CANALIZAR MÁS RECURSOS PARA PROGRAMAS ECOLÓGICOS: PVEM
PVEMMéxico, D.F., a 12 de enero 2013
Boletín 004/13
- La conservación de parques, jardines, camellones y azoteas verdes y la renovación de luminarias ecológicas en vía pública, prioridades: Sesma
Las 16 delegaciones políticas enfrentarán importantes retos en materia de medio ambiente y ecología, reconoció el líder de la diputación del PVEM en la ALDF, Jesús Sesma Suárez, quien precisó que de acuerdo con la Ley Ambiental del D.F. es facultad de las demarcaciones políticas la administración, preservación, protección, fomento y mejoramiento de las áreas verdes de la capital.
Destacó que con el aumento de 1147.1 millones de pesos aprobado por los diputados locales en el presupuesto 2013 para las delegaciones, éstas contarán con más recursos para avanzar, dar seguimiento o concretar según sea el caso, los programas para la preservación del medio ambiente, para lo cual deberán destinar el 7.6 por ciento de sus recursos a este rubro.
Consideró que para garantizar el mejoramiento del medio ambiente y la calidad de vida de los capitalinos, los Jefes delegacionales deberán de centrar su atención en la conservación de áreas verdes en suelo urbano (parques, jardines, camellones, azoteas verdes, entre otros), la renovación de luminarias ecológicas en vía pública y la preservación del suelo de conservación.
Sesma Suárez comentó que pese a la importancia que le ha dado el GDF al cuidado de áreas verdes en la ciudad, en realidad éstas van a la baja debido a la falta de recursos para su mantenimiento, a la presión inmobiliaria y a las obras públicas de transporte, por lo cual su extensión se ha reducido en los últimos años, de acuerdo con información de la Procuraduría Ambiental y Ordenamiento Territorial (PAOT).
El Grupo Parlamentario del Partido Verde en la VI Legislatura de la ALDF, manifiesta su preocupación a la decisión unilateral asumida por la Comisión de Gobierno de este órgano legislativo, de excluirnos de la integración de la Diputación Permanente. Por ello, hacemos un llamado al estricto cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, que a la letra dice en su artículo 47: …”Esta se integrará de manera proporcional conforme al número de Diputados que cada Grupo Parlamentario posea en el pleno”.
Reiteramos nuestra convicción de que sólo a través del diálogo, la voluntad democrática y la inclusión se podrá avanzar en los acuerdos necesarios para lograr iniciativas que beneficien a los capitalinos. PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICORecinto de la Asamblea Legislativa, D.F., a 13 de noviembre de 2012.
DIP. CÉSAR DANIEL GONZÁLEZ MADRUGA PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL P R E S E N T E Los suscritos, Diputados JESÚS SESMA SUÁREZ y ALBERTO EMILIANO CINTA MARTÍNEZ, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en esta VI Legislatura de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por el Artículo 17, fracción VI de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y 133 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, sometemos a la consideración de esta Asamblea, la siguiente PROPOSICIÓN PUNTO DE ACUERDO RELATIVO AL DESARROLLO URBANO DE LA CIUDAD DE MEXICO, bajo la siguiente:EXPOSICION DE MOTIVOS
En días pasados, en el Pleno de esta Asamblea Legislativa durante la discusión de dictámenes relativos a las modificaciones de los usos de suelo a solicitud de particulares, se analizaron varios en los que claramente se podía evidenciar un actuar deficiente por parte de la autoridad al momento de otorgar permisos y verificar el cumplimiento de obligaciones por parte de los particulares. Señalamos que más allá de aprobar o desechar un asunto, lo importante era conocer las causas que originaron las solicitudes para estar en oportunidad también de señalar el incurrimiento en responsabilidades por parte de las mismas autoridades. Tal es el caso de varios dictámenes aprobados por la Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana de la V Legislatura. Al respecto, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 122, Base Primera, Fracción V, inciso j), de manera categórica establece que esta Soberanía se encuentra facultada para legislar en materia de desarrollo urbano, particularmente en uso del suelo. En este sentido, la palabra legislar hace referencia a que como Legisladores podamos adicionar, reformar, modificar, derogar y abrogar Leyes. Por ello, no podemos estar supeditados a tiempos y sanciones de carácter netamente administrativas y aplicarse la afirmativa ficta, tal como lo establece la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal y especialmente en lo que tiene que ver con temas de aprobación de Programas Delegacionales, Parciales, Modificaciones de Uso de suelo y Áreas de Gestión Estratégica. Sin embargo, si bien es cierto que como Órgano Legislativo tenemos esa encomienda, para llevarla a cabo debemos contar con las herramientas que nos permitan hacerla de manera clara, transparente y eficiente y sobre todo, atendiendo a los principios que establece nuestra Constitución Política en sus artículo 14 y 16, relativos a la certeza y seguridad jurídica. Así también lo dispone la propia Ley Orgánica de la ALDF: “ARTÍCULO 11.- La Asamblea está facultada para expedir normas de observancia general y obligatoria en el Distrito Federal con el carácter de leyes o decretos en las materias expresamente determinadas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo podrá realizar foros de consulta pública, promoción, gestión, evaluación de las políticas públicas y supervisión de las acciones administrativas y de gobierno encaminadas a satisfacer las necesidades sociales de la población de la entidad. Además vigilar la asignación, aplicación y transparencia de los recursos presupuestales disponibles de la hacienda pública local.” Lo anterior resulta de gran relevancia para los efectos de la presente proposición, ya que no es posible legislar y atender al mandato constitucional de hacerlo, cuando la legislación secundaria que hay que atender para realizar tal tarea, viola los mismos principios constitucionales de certeza y seguridad jurídica, al contener normas obscuras, contradictorias y sin reglamentación. A continuación nos permitiremos hacer mención de algunas. a) En la Ley de Desarrollo Urbano vigente, no se establecen tiempos de vigencia de los Programas General, Delegacional y Parciales del Distrito Federal, y su artículo 35 solo establece que los programas y sus modificaciones serán formulados con base en los resultados que arroje el Sistema de Información y Evaluación del Desarrollo Urbano. Sin embargo, el Reglamento de la Ley establece en el Artículo 9 que la revisión de los programas se hará en función de las determinaciones del sistema de información y evaluación, la cual se realizará por lo menos cada 3 años. b) No se establece de manera clara el reconocimiento y participación de los Comités Vecinales y Consejos de Pueblos durante el proceso de formulación y modificaciones a los Programas General, Delegacionales, Parciales y modificaciones a los usos de suelo realizados por particulares. Sobre este punto la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ya ha resuelto a través de diversas Tesis Jurisprudenciales. 9ª. Época, Pleno, diciembre de 1995, Página 206. “CONSEJOS DE CIUDADANOS. SON ORGANOS DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL. De lo dispuesto en el artículo 122 constitucional, parte inicial, se advierte que el Gobierno del Distrito Federal está a cargo de los Poderes de la Unión, que lo ejercerán por sí y a través de los órganos de gobierno representativos y democráticos, caracteres estos que no pueden negarse a los Consejos de Ciudadanos, ya que dentro de las funciones que la ley les encomienda, fundamentalmente en los artículos 120, 121 y 123 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; y 35 de la Ley de Participación Ciudadana, destaca, como característica indiscutible de poder público, la de aprobación de los programas operativos anuales que los delegados deben someter necesariamente a su consideración, atribución a través de la cual, los Consejos de Ciudadanos pueden aplazar los programas anuales delegacionales o hacer que se modifiquen; y aun en su aparentemente inocua función de gestión, pueden afectar intereses particulares como cualquier autoridad con iniciativa de acción administrativa, pues al tomar participación en ella, influyen sobre la autoridad correspondiente, sea ordenadora o ejecutora, para actuar en aspectos que pueden afectar la esfera jurídica de los gobernados.” Más aún, en la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, no son reconocidos los mismos como autoridades en la materia y en cuanto a su intervención y participación en la formulación de los programas General, Delegacionales y Parciales, así como en lo que tiene que ver con la modificación a los usos de suelo, ésta se reduce a una invitación que el Jefe Delegacional realiza (no la SEDUVI) para que emitan su opinión. Este disposición implica que los comités vecinales y consejos de pueblos son considerados como apéndices de las Delegaciones, cuando su integración se realiza a través de votación directa, libre y secreta. c) Se establece para el caso de la Asamblea Legislativa, solo la facultad de aprobar los Programas General, Delegacional y Parciales de desarrollo urbano que envía el Jefe de Gobierno a esta Soberanía, tal y como lo establece el artículo 5 fracción II de la Ley de Desarrollo Urbano, lo cual muestra una clara incongruencia con lo que establece la fracción I del precepto legal invocado. La fracción I establece la facultad que tiene este Órgano Legislativo de legislar en materia de planeación del desarrollo, en desarrollo urbano, particularmente en uso de suelo. No obstante, derivado de lo que dispone la fracción II, no se le reconoce a la ALDF la atribución de desechar la propuesta o modificarla. Es decir, esta Soberanía realiza sobre el particular un mero trámite de oficialía de partes de la Jefatura de Gobierno del Distrito Federal, siendo vista como parte de la Administración Pública de la Ciudad, lo cual es erróneo e inconstitucional. d) Adicionalmente a los puntos anteriores, los cuales se han señalado como botones de muestra, resulta impostergable realizar una revisión exhaustiva de la Ley de Desarrollo Urbano de la Ciudad, toda vez que en los Artículos Tercero y Cuarto Transitorios de la Ley vigente, se establece lo siguiente: “TERCERO. Las disposiciones reglamentarias de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal publicadas el 29 de enero de 1996, continuarán en vigor, en lo que no contradigan a las disposiciones de esta Ley, hasta en tanto no se expidan otras nuevas. CUARTO.- Los Programas Delegacionales y Parciales de Desarrollo Urbano, Recursos Administrativos, y las Acciones Públicas que se encuentren en trámite a la entrada en vigor de esta Ley, se resolverán hasta su total solución en términos de la ley anterior.” Sin embargo, el Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano fue reformado por última vez en el año 2004, por lo que las figuras jurídicas que regula así como los procedimientos que establece, forman parte de la Ley anterior (1996), en donde existen figuras anacrónicas que ya han sido rebasadas como el Juicio de Lesividad (forma de control ciudadano a las violaciones de uso de suelo y las modificaciones ilegales al mismo). e) De igual forma, en la Ley anterior (1996), se establecían claramente las facultades tanto de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, como de la Secretaría de Medio Ambiente, en lo relativo a la zonificación del uso de suelo en suelo urbano y de conservación. Es decir, las autoridades en materia de uso de suelo eran ambas dependencias, situación que beneficiaba la sustentabilidad de la Ciudad al darle un cariz ecológico a los usos de suelo. La Ley de Desarrollo Urbano vigente solo reconoce como autoridad a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, como la única que realiza como Dependencia la formulación de los Programas General, Delegacionales y Parciales, lo cual resulta un contrasentido, toda vez que en el Distrito Federal, 9 Delegaciones cuentan con suelo de conservación. Por ello es necesario el reconocimiento como autoridad en la materia a la Secretaria de Medio Ambiente, pues debe participar del desarrollo de la ciudad para que los usos de suelo y las estrategias de desarrollo sean sustentables f) Otro ejemplo de lo rebasada que ha quedado la ley lo tuvimos el pasado día jueves cuando la Asamblea no aprobó modificaciones de uso de suelo realizado por particulares, lo mismo para construir conjuntos habitacionales, como deportivos y oficinas. Sin embargo, más allá de aprobar o no cambios de uso de suelo, existe una realidad que la ley tampoco contempla, que es el relativo a las sanciones que debe haber para las personas o servidores públicos que en su momento incurrieron en una responsabilidad al otorgar permios o no verificar el cumplimiento de requisitos. Sobre el particular, no debemos perder de vista que para dar de alta un establecimiento mercantil es necesario exhibir el certificado de uso de suelo que expide la Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda ante la Secretaría de Desarrollo Económico, o en el caso de construcción o modificación en materia de obras, es necesario para la Licencia o Manifestación de construcción ante la Delegación correspondiente. En este aspecto es importante destacar que de acuerdo al Artículo 343 Bis del Código Penal vigente, quien hace un uso distinto al permitido u obtenga un beneficio económico derivado de dicha conducta, se le impone de 3 a 9 años de prisión y de 1,000 a 5,000 días de multa, pero la ley es omisa al respecto. Lo anterior quiere decir que se permite el ingreso de solicitudes para modificar usos de suelo, por actos que actualmente son considerados como delito. g) El caso de la afirmativa ficta es otra grave inconsistencia que presenta la Ley de Desarrollo urbano. Por virtud de ésta, si la ALDF no se pronuncia respecto de la aprobación de Programas o modificaciones de uso de suelo, estas se entiende como aprobadas una vez que ha trascurrido el tiempo que la ley marca: 20 días para modificaciones de particulares y 40 para modificaciones por parte de la autoridad. h) El procedimiento legislativo es otro asunto donde la actual Ley de desarrollo urbano viola la esfera de facultades del esta Soberanía, ya que para legislar en la materia se le acotan los plazos que según la normatividad interna de la Asamblea deben existir para analizar las iniciativas que son puestas a su consideración. i) Por otro lado, el artículo 41 de la misma Ley de desarrollo urbano menciona que el Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, podrá enviar iniciativas en materia de Programas de desarrollo y modificación de usos de suelo, en clara contravención a lo establecido por la Constitución General que de manera contundente establece quienes son facultados para ejercer el derecho de iniciativa, es decir, el Jefe de Gobierno, los Diputados a la Asamblea Legislativa y los ciudadanos a través de las Iniciativas populares. Todo lo anterior son solo algunas de las razones por las que concluimos que la actual ley debe revisarse a profundidad, de tal suerte que se convierta en una legislación reguladora y facilitadora, que otorgue certeza jurídica a todos los involucrados en el tema, y deje de ser oscura, contradictoria e inconstitucional. Si no damos prioridad a estas consideraciones, el desarrollo urbano de la Ciudad estará basado en lineamientos y criterios anacrónicos y obsoletos que impedirán darle rumbo al crecimiento y a la sustentabilidad. Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta Honorable Asamblea, la siguiente Proposición conPUNTO DE ACUERDO
PRIMERO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, respetuosamente solicita a la Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana de esta Soberanía, que de manera inmediata organice, convoque y realice Mesas de Trabajo en donde participen las Comisiones Ordinarias de esta Soberanía, las Dependencias y Entidades del Gobierno local, Colegios y Barras de Arquitectos, Ingenieros y Urbanistas; Instituciones Educativas Públicas y Privadas y a las organizaciones de la sociedad civil involucradas, con el fin de crear una nueva Ley de Desarrollo Urbano para el Distrito Federal. SEGUNDO.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal, solicita respetuosamente a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Gobierno del Distrito Federal, que mediante el procedimiento interno que corresponda, suspenda el inicio de los trámites a que se refieren los artículos 38 (formulación y aprobación de Programas), 41 (modificación de usos de suelo solicitados por particulares) y 46 (áreas de gestión estratégica), todos de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, en el hasta en tanto no se publique una nueva Ley de la materia y su correlativo Reglamento. Por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México:DIP. JESUS SESMA SUAREZ DIP. ALBERTO E. CINTA MARTINE
COORDINADOR VICECOORDINADOR