El presidente de la Comisión de Bienestar Animal en el Congreso de la Ciudad de México, Jesús Sesma Suárez confía que, en los primeros meses de 2023, los legisladores capitalinos aprueben prohibir las corridas de toros en la capital del país, luego de que el 9 de enero serán notificados legalmente que la iniciativa ciudadana presentada por Resistencia Defensa Animal Colectivo juntó el 0.13 por ciento de las firmas de apoyo requeridas en la Ley de Participación Ciudadana y por lo tanto están obligados a analizar y en su caso aprobar la propuesta legislativa que busca prohibir las corridas de toros en la capital del país.
El diputado local Sesma Suárez destacó que la iniciativa ciudadana busca modificar la Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos de la Ciudad de México para prohibir las corridas taurinas, así como la utilización de animales en espectáculos públicos o privados, incluyendo los espectáculos a domicilio, fijos o itinerantes, en los cuales se maltrate, torture o prive de la vida a toros, novillos y becerros ya que son considerados actos de maltrato y crueldad animal.
"Coincidió con el texto de la iniciativa ciudadana en que si las tradiciones en México soportan nuestra identidad como mexicanos, no debemos permitir que la violencia nos defina como sociedad, y por consiguiente, como representantes de una sociedad de vanguardia en esta segunda Legislatura del Congreso de la Ciudad de México, las y los legisladores están obligados a hacer a un lado estas falsas tradiciones sin arraigo, para que no constituyan un elemento formativo en las nuevas generaciones", expresó el animalista del Congreso capitalino Jesús Sesma.
El también coordinador de la Alianza Verde en el Congreso de la Ciudad de México, Jesús Sesma Suárez subrayó su beneplácito porque Resistencia Defensa Animal Colectivo haya ejercido su derecho constitucional establecido en el artículo 95 del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México, el cual señala que las y los ciudadanos que reúnan al menos el 0.13 por ciento de la lista nominal de electores vigente en los términos previstos por la Constitución Local y las leyes, pueden presentar una iniciativa ciudadana que puede ser preferente si reúnen las firmas de cuando menos cero punto veinticinco por ciento de la lista nominal, tal como la presentaron.